SECRETARÍA GENERAL. 01 - DESPACHO No. 819 CONCEPTO
SECRETARÍA GENERAL. Si hubiera causado alta en el impuesto durante el presente ejercicio o en el inmediato anterior, documento acreditativo del alta. ▪ Declaración responsable de que dispone efectiva y suficientemente, de los medios materiales y personales comprometidos para la ejecución del contrato, a tenor de lo dispuesto en el artículo 151.2 del TRLCSP, en consonancia con el artículo 64.2.. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. El licitador que no cumplimente lo establecido en este apartado dentro del plazo señalado mediando dolo, culpa o negligencia podrá ser declarado en prohibición de contratar según lo previsto en el artículo 60.2.d) del TRLCSP. El licitador incurrirá en prohibición de contratar, de conformidad con lo previsto en el artículo XXXXX XXXXXXXXX XXXXX XXX XXXXXX - 2017-11-24 11:25:34 CET La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el código electrónico: FN3M35VN2XDPDXXK en xxxx://xxx.xxx.xxxxxxx.xxx.xx 60.1.e) del TRLCSP, si hubiera incurrido en falsedad al efectuar las declaraciones responsables sobre su capacidad, representación y solvencia. Atendidas las circunstancias concurrentes en el contrato, y conforme a lo estipulado en el artículo 109.1 de la LGP, no es necesaria la prestación de la garantía definitiva. El órgano de contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego. El órgano de contratación podrá, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar el contrato antes de la adjudicación. También podrá desistir de la celebración antes de la adjudicación cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación. La renuncia a la celebración del contrato o el desistimiento del procedimiento en los términos del artículo 155 del TRLCSP sólo podrán acordarse por el órgano de contratación, y antes de la adjudicación notificándolo a los licitadores. Si antes de la adjudicación, el órgano de contratación renunciase a la celebración del contrato o desistiese del procedimiento, deberá compensar a los licitadores por los gastos efectivos en que hubieran incurrido, previa solicitud y d...
SECRETARÍA GENERAL. En virtud de la delegación otorgada por la Auditora General, el (la) Secretario (a) General realizará las siguientes actividades en materia contractual: Manual de Contratación - AGR superior los 300 salarios mínimos legales mensuales vigentes y los convenios que se sometan a su consideración. En todo caso, el Ordenador del Gasto podrá convocar al Comité Asesor de Contratación independientemente de la cuantía en razón a la importancia y/o complejidad del asunto.
SECRETARÍA GENERAL. Aprobación del convenio o contrato Revisar en el flujo, el convenio o contrato. Si considera que requiere ajustes, emitir observaciones para que sean enviadas al contratante (paso 12). Si las observaciones son aceptadas por el contratante, una vez se reciba el convenio o contrato actualizado, lo envía en físico a la Rectoría para su respectiva firma y legalización. Una vez el contrato sea firmado por el rector, continuar con el paso 13
SECRETARÍA GENERAL. 01 - DESPACHO ESTUDIOS PREVIOS
SECRETARÍA GENERAL. 104 CONTROL INTERNO 105 GABINETE 106 COMUNICACIÓN 200 CONSEJO
SECRETARÍA GENERAL. 21. Seguimiento: Realizar seguimiento al contrato, con actas o informes de supervisión. Supervisor o Interventor
SECRETARÍA GENERAL. A N E X O I A N E X O II
SECRETARÍA GENERAL. De acuerdo con el acto administrativo de delegación, la Secretaría General tiene las siguientes funciones en materia de contratación: - Ordenación del gasto en general y sin límite de cuantía. - La realización de los procesos de contratación en cualquiera de sus modalidades de selección, sin límite de cuantía e independientemente de su objeto. Derivado de esta potestad, tiene como competencia adelantar todos los trámites y actos inherentes a dicha actividad, incluyendo la modificación, liquidación, ejercicio de los poderes excepcionales, imposición de sanciones, exigibilidad de las garantías y resolución de los recursos a que haya lugar.
SECRETARÍA GENERAL. Serán de cuenta del adjudicatario los gastos derivados de la formalización del contrato, incluidos los tributos y todos los demás exigibles por las disposiciones vigentes. En el supuesto de que el contratista opte por formalizar el contrato en documento público notarial, realizará las actividades precisas para el otorgamiento de la escritura pública ante el notario que designe el colegio notarial de la provincia en que se formalice el contrato, corriendo en este caso, de su cuenta, todos los gastos que suponga el otorgamiento de la escritura notarial. El adjudicatario entregará una copia autorizada y tres simples en el órgano de contratación. De la formalización del contrato se dará publicidad según lo dispuesto en el artículo 154 del TRLCSP. XXXXX XXXXXXXXX XXXXX XXX XXXXXX - 2017-11-24 11:25:34 CET La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el código electrónico: FN3M35VN2XDPDXXK en xxxx://xxx.xxx.xxxxxxx.xxx.xx