Sistema de Comunicación Cláusulas de Ejemplo

Sistema de Comunicación. El agente deberá proveer al menos un puerto de comunicaciones de uso exclusivo para el TRANSPORTADOR, donde se conectará un dispositivo externo de transmisión de datos. Los elementos necesarios para la comunicación (antena, cableado, dispositivo de transmisión), alimentación de energía entre otros, así como el mantenimiento periódico deberán ser provistos por el agente. El tipo de puerto y el protocolo de comunicaciones a usar serán dados por el TRANSPORTADOR para que sea compatible con su sistema de comunicaciones. El TRANSPORTADOR le indicará al remitente todas las características técnicas que requiere la comunicación con su sistema y el agente está obligado a realizar toda la configuración que sea necesaria para lograr la comunicación entre dicho sistema y el sistema de comunicación del TRANSPORTADOR. Como mínimo el TRANSPORTADOR deberá recibir en sus sistemas de comunicaciones las señales de presión, temperatura, volumen acumulado día, volumen del día anterior, rata de flujo instantánea y parámetros de calidad de gas (cromatografía). Adicionalmente, se debe tener en cuenta que el elemento terciario asociado al sistema de medición deberá permitir la generación de archivos históricos con el formato cfx, el cual es empleado por EL TRANSPORTADOR para las labores de verificación de medición y elaboración de balance.
Sistema de Comunicación. Se tiene en operación dos sistemas de comunicación en la banda UHF para voz y datos, propiedad de CONAGUA, de acuerdo a la tabla 1. El mantenimiento preventivo a los equipos será programado como sigue: cada dos meses a los radio módems, radios base, móviles y portátiles; cada mes a los repetidores (La Palma, La Coyota en la xxxxx xxx Xxxxxx y las Palmas en la Marquesa) e incluye el suministro e instalación de refacciones menores como son: fusibles, diodos, antenas de radios portátiles, conectores, circuitos integrados, lámparas xxxxxx xx xxxxxx, foto celdas , pruebas con analizador de potencia, medición de voltajes de operación y corrientes, limpieza, limpieza de paneles solares, mantenimiento a bancos de baterías y controlador de carga, programación de frecuencias cuando sea necesario por cambio de las mismas, cambio de elementos dañados que sean suministrados por el contratista por separado.
Sistema de Comunicación. El contratista deberá contar con un servicio de comunicaciones eficiente, que garantice una comunicación fluida y simultánea entre el personal que preste servicio; así como con el Área de Logística y la Oficina de Administración de la Entidad, debiendo efectuarse en los siguientes términos:
Sistema de Comunicación. El PRESTADOR deberá incluir, como parte de los servicios correctivos, la integración de la radio VHF modelo FM8800S y radio de largo alcance FS250 / MF-HF existentes y que se encuentran disponibles desde el Centro de Control. Así mismo, deberá incluir los materiales necesarios y adecuados para su correcta operación e integración al sistema en el Centro de Control. Debido a que este subsistema es el encargado del envío de señales de audio, se considera que las siguientes funciones serán rehabilitadas como parte de los servicios correctivos contratados. • Registro y reproducción de escenarios grabados (en conjunto con imagen de radar, comunicaciones VHF/HF y AIS). Los procesos de grabación y reproducción deberán ser simultáneos. Se dispondrá en el sistema de facilidades de búsqueda de escenarios por fecha y hora. • La funcionalidad de grabación digital. Este deberá cumplir con los requisitos de la Tabla 1 Requerimientos del servicio. SISTEMA AUXILIAR DE GRABACIÓN Y REPRODUCCIÓN. Será responsabilidad del PRESTADOR considerar dentro de su propuesta la rehabilitación del sistema o módulo de grabación y reproducción digital el cual deberá almacenar de forma sincrónica las comunicaciones de voz, la imagen del radar digital, mensajes AIS, XxxX, así como el estado actual del sistema general. Esta información deberá ser reproducida desde el puesto de operador y desplegada en el sistema como si esta fuera en tiempo real. Se deberá considerar la rehabilitación de las señales provenientes de los sistemas de radio VHF y MF/HF descritos en la Este deberá cumplir con los requisitos de la Tabla 1 Requerimientos del servicio. Se considera que el PRESTADOR realizará los servicios correctivos necesarios para habilitar nuevamente las funcionalidades operativas del actual Centro de Control de Tráfico Marítimo (CCTM) a través un conjunto de tareas que permitan disponer de un sistema estable, así como compatible con los elementos que ya dispone la ASIPONA PROGRESO y, sobre todo, haciendo uso de los sistemas de detección con los que se cuentan actualmente, principalmente un sistema de Radar de la marca Furuno, un sistema AIS de la marca SAAB, sistema de radio VHF y MF como elementos de detección primaria.
Sistema de Comunicación. El contratista deberá contar con un sistema de comunicación – call center, para las actividades que deben llevarse a cabo con los usuarios propendiendo por una efectiva comunicación y que cumpla con los estándares de calidad a aplicar, el recuso tecnológico e informático y recurso humano disponible para la atención de los usuarios del Fondo. Este sistema de comunicación es diferente a la línea de atención e información a usuarios y autorización de urgencias 24 horas del Plan de Beneficios y deberá ser implementada, para lo cual deberán informar al Fondo los números de la misma línea. El Oferente deberá contar con un sistema telefónico de asignación de citas básicas con capacidad para satisfacer la demanda de los usuarios del Fondo.
Sistema de Comunicación. Todo el equipo de la contratista para los servicios de transporte en la zonas de operación de la EP PETROECUADOR sin excepción, debe poseer teléfonos celulares o radios de comunicación para monitoreo constante por parte del supervisor de la contratista. Y será responsabilidad del supervisor de la contratista el indicar al Administrador del contrato y al Especialista / Analista o su delegado la ubicación o reporte en el menor tiempo posible.

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  • MEDIOS DE COMUNICACIÓN Se entiende en forma enunciativa: el estado de cuenta, la Carátula, cartas, carteles, listas, folletos, tableros, pizarrones visibles de forma ostensibles en las Sucursales, los Medios Electrónicos como el teléfono, SMS, los cajeros automáticos, el Internet o el correo electrónico del Cliente, Banca por Internet o cualquier otro que en lo futuro sea adicionado e informado previamente por el Banco al Cliente para este fin. Medios de Disposición. Se entiende la Tarjeta de Débito o Tarjeta de Crédito (según corresponda), los cheques, el OTP.

  • COMUNICACIÓN Las pólizas emitidas de conformidad con el Contrato deberán contener una estipulación que obligue a la compañía aseguradora respectiva a notificar por escrito al REGULADOR y al CONCEDENTE sobre cualquier omisión de pago xx xxxxxx en que incurriese el CONCESIONARIO y sobre cualquier circunstancia que afecte la vigencia, validez o efectividad de la póliza, con una anticipación no menor a veinte (20) Días a la fecha en que el incumplimiento del CONCESIONARIO pueda determinar la caducidad o pérdida de vigencia de la póliza en forma total o parcial. La obligación de notificación será también aplicable al supuesto de cesación, retiro, cancelación o falta de renovación de cualquier seguro que el CONCESIONARIO deba mantener conforme a este Contrato. La póliza respectiva deberá establecer, asimismo, que la caducidad o pérdida de vigencia de la póliza sólo se producirá si la compañía aseguradora ha cumplido previamente con la obligación a que se refiere el párrafo precedente.

  • AVISOS Y COMUNICACIONES 2.9.1. Los avisos y comunicaciones que intercambien las partes contratantes deberán ser formuladas por escrito en el domicilio señalado en la póliza o alternativamente por el medio de comunicación que ambas partes acuerden, bajo sanción de tenerse por no cursadas.

  • Comunicaciones 6.1 Las comunicaciones cursadas entre las partes a las que se hace referencia en las Condiciones del Contrato sólo serán válidas cuando sean formalizadas por escrito. Las notificaciones entrarán en vigor una vez que sean entregadas.

  • Medios Remotos de Comunicación Electrónica Los dispositivos tecnológicos para efectuar transmisión de datos e información a través de computadoras, líneas telefónicas, enlaces dedicados, microondas y similares.

  • Revelación de Comisiones Durante la vigencia de la póliza, el contratante podrá solicitar por escrito a la Compañía le informe el porcentaje de la prima que, por concepto de comisión o compensación directa, corresponda al intermediario o persona moral por su intervención en la celebración de este contrato. La Compañía proporcionará dicha información, por escrito o por medios electrónicos, en un plazo que no excederá xx xxxx días hábiles posteriores a la fecha de recepción de la solicitud.

  • INFORMACIÓN SOBRE NOTIFICACIONES/COMUNICACIONES Solicito que las notificaciones/comunicaciones me sean remitidas vía: Fax: (solo si tiene) Correo Electrónico:

  • NOTIFICACIONES Y COMUNICACIONES A efectos de garantizar el debido proceso y el principio de publicidad, los actos que decidan las peticiones y recursos deberán constar por escrito y se notificarán de conformidad con lo previsto en el Código Contencioso Administrativo. Los actos que no pongan fin a una actuación administrativa y los que resuelvan peticiones en interés general, serán objeto de comunicación en los términos del mismo Código. Lo anterior, en virtud de lo establecido en los artículos 43 y 44 de dicho Código.

  • COMUNICACIÓN DEL FALLO La fecha del fallo se efectuará a la hora y en el lugar señalado en el punto 3.2 del numeral 3. “Forma y términos que regirán los diversos actos de este procedimiento” de la presente Convocatoria, se llevará a cabo conforme lo siguiente:  El servidor público de La Secretaría facultado para presidir el fallo, declarará el inicio del acto.  Se dará a conocer el fallo de la Invitación a los licitantes registrados, servidores públicos y a todas aquellas personas asistentes, el cual contendrá la información referida en el artículo 37 de la LAASSP.  La Secretaría a través del servidor público designado levantará el acta de notificación de fallo de la Invitación. El acta será firmada por los licitantes y los servidores públicos presentes, así mismo se les entregará copia simple del acta y en su caso, de los anexos correspondientes. La falta de firma de algún licitante, no invalidará su contenido y efectos. A los licitantes que no hayan asistido a la junta pública se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que el acta de fallo se encuentra a su disposición en Compranet. Al finalizar cada evento (Junta (s) de Aclaraciones, Presentación y Apertura de Proposiciones y Notificación de Fallo) se pondrá una copia del acta correspondiente, para efectos de notificación y a disposición de los licitantes por un término no menor de cinco días hábiles posteriores a cada acto, en el pizarrón de avisos de la Dirección de Contrataciones ubicado en Boulevard Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx No. 3025, Piso 4, Colonia San Xxxxxxxx Xxxxxx, Delegación La Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, C.P. 10400, Ciudad de México, siendo responsabilidad exclusiva de los licitantes acudir a enterarse de su contenido y en su caso obtener copia de dichas actas en la Dirección de Contrataciones ubicada en el domicilio antes citado, durante el mismo plazo señalado anteriormente, de 09:00 a 14:00 horas en días hábiles. Así mismo, las actas correspondientes se difundirán en Compranet. Este procedimiento sustituye a la notificación personal. Los licitantes que hubieren presentado proposiciones por medios remotos de comunicación electrónica, aceptarán que se tendrán por notificados de las actas que se levanten, cuando éstas se encuentren a su disposición a través del sistema Compranet, en la dirección electrónica xxxxx://XxxxxxXxx xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, a más tardar el día hábil siguiente en que se celebre cada evento, sin menoscabo de que puedan acudir a recoger las actas en el domicilio de la Convocante.

  • Comunicación de daños al Consorcio de Compensación de Seguros La solicitud de indemnización de daños cuya cobertura corresponda al Consorcio de Compensación de Seguros, se efectuará mediante comunicación al mismo por el tomador del seguro, el asegurado o el beneficiario de la póliza, o por quien actúe por cuenta y nombre de los anteriores, o por la entidad aseguradora o el mediador de seguros con cuya intervención se hubiera gestionado el seguro.