SISTEMAS DE COMUNICACIÓN Cláusulas de Ejemplo

SISTEMAS DE COMUNICACIÓN. (Arts. 127º al 129º)
SISTEMAS DE COMUNICACIÓN. Es obligatorio el uso de un sistema adecuado de comunicación entre las diferentes áreas de la operación minera. Este sistema debe tener su propia fuente de energía eléctrica, dando prioridad a la fácil comunicación entre las diferentes labores mineras.
SISTEMAS DE COMUNICACIÓN. El sistema de comunicación mínimo que el adjudicatario debe disponer a su cuenta es el que a continuación se señala: -Teléfono de urgencia: Estará disponible las 24h del día a disposición de los Servicios Técnicos Municipales y Policía Municipal. -Internet: Para agilizar el flujo de información entre Ayuntamiento y adjudicatario. -Teléfonos oficina técnica: Líneas telefónicas en servicio de horario de trabajo y con contestador automático el resto del día, a disposición de las Áreas del Ayuntamiento, para las averías que no son de urgencia. - Teléfonos móviles: Tanto el personal directivo, como los técnicos de la empresa adjudicataria y el encargado dispondrán de un teléfono móvil, para realizar las gestiones que fueran necesarias. El adjudicatario del servicio de mantenimiento entregará un documento denominado “Listado Telefónico” al inicio del contrato al equipo de Edificios Municipales y a la Policía Local.
SISTEMAS DE COMUNICACIÓN. 7.1 Será obligación del contratista dotar, por su cuenta, de medios de comunicación o localización necesarios para una rápida intercomunicación entre los vigilantes de seguridad en servicio, la central de su empresa y la de la OSI XXXXX para casos de necesidad o emergencia. La OSI podrá dotar al servicio de vigilancia de un teléfono móvil corporativo para una comunicación más directa del personal de la OSI con el servicio de vigilancia y seguridad.
SISTEMAS DE COMUNICACIÓN. El personal de vigilancia y seguridad de la empresa adjudicataria estará dotado de medios de comunicación (walkie talkies, teléfonos etc.) que permitan una intercomunicación permanente, tanto entre los diversos vigilantes –en su caso-, como con la Dirección Centro y las fuerzas de seguridad públicas. Esta comunicación deberá ser en todo momento eficaz y capaz de garantizar la cobertura en cualquier punto o espacio dentro del centro objeto del presente concurso. Los sistemas de comunicación deberán estar dotados de un sistema de auricular o similar, con la finalidad de preservar la confidencialidad de las conversaciones de seguridad y contribuir a la tranquilidad de los usuarios del centro. Asimismo, el Hospital PODRÁ PROPORCIONAR OTRO MEDIOS DE COMUNICACIÓN Y POSICIONAMIENTO COMPATIBLES CON LOS SISTEMAS DE COMUNICAICÓN PROPIOS DEL CENTRO.
SISTEMAS DE COMUNICACIÓN. EQUIPO (Descripción) MODELO CANTIDAD UBICACION ALCANCE
SISTEMAS DE COMUNICACIÓN. La entidad adjudicataria deberá contar, como mínimo, con los siguientes recursos para la comunicación, estando disponibles y con personal que los atienda durante los días y horas de prestación del servicio: - Teléfono fijo en la sede de la entidad. - Teléfono móvil en posesión de la persona responsable del servicio. - Sistema de intercomunicadores por radiofrecuencia (Walkie-Talkies o similar) para asegurar una comunicación continua entre la persona responsable del servicio de la estación de esquí y el personal monitor de las actividades / cursos. - Correo electrónico habilitado, que se revisará a diario, así como dirección de correo postal. - Fax en la sede de la entidad. - Acceso a Internet para consulta y acceso a los listados de inscripción. - Vestuarios: Dispondrá de un mínimo de 2 vestuarios (separados para chicas y chicos) con unas dimensiones y dotados con un número de bancos y duchas (agua caliente y fría) suficiente para el número de participantes en las actividades.
SISTEMAS DE COMUNICACIÓN. El Concesionario será responsable de subir a Internet mediante uno o varios WEB SERVICES toda la información que recopila y concentra en los edificios de control. El o los WEB SERVICES deberán ser configurables para que pueda ser accedido con una combinación de usuario y contraseña, y garantizando la seguridad de los datos y evitando ataques informáticos; cada uno de los WEB SERVICES deberán permitir al menos diez (10) usuarios concurrentes. Adicionalmente, el Concesionario deberá generar información histórica consolidada con una periodicidad que como mínimo deberá ser mensual, generando tablas de datos planos de acceso público de cada uno de los Indicadores de seguimiento de la Concesión, siguiendo las directrices de datos abiertos que el Ministerio de las TIC ha impartido. El Concesionario deberá transmitir la información de los conceptos que se definen más adelante en tiempo real bajo protocolos de seguridad adecuados y actualizados. Para tal efecto, el Concesionario implementará un sistema con cobertura a todo lo largo de la Hidrovía, el cual deberá enlazar con los edificios de control y los WEB SERVICES que suben la información a Internet. Los datos subidos a Internet a través de WEB SERVICES deberán seguir los estándares xxx xxxxxxx para cada uno de los tipos de datos que se estén usando (los cuales se deberán acordar con la ANI previa a su instalación) y adicionar consolidados de la información en tablas de texto plano, de forma que siempre se garantice la compatibilidad de la comunicación y coordinación apropiadas. La información que el Concesionario deberá suministrar a la ANI en tiempo real mediante un WEB SERVICES a través de Internet será, como mínimo, la siguiente: Embarcaciones por categoría o clasificación y por sentido en cada esclusa, esta información se reportará mínimo una vez por cada 12 horas (mínimo 2 reportes al día) y adicionalmente un consolidado diario.

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  • MEDIOS DE COMUNICACIÓN Se entiende en forma enunciativa: el estado de cuenta, la Carátula, cartas, carteles, listas, folletos, tableros, pizarrones visibles de forma ostensibles en las Sucursales, los Medios Electrónicos como el teléfono, SMS, los cajeros automáticos, el Internet o el correo electrónico del Cliente, Banca por Internet o cualquier otro que en lo futuro sea adicionado e informado previamente por el Banco al Cliente para este fin. Medios de Disposición. Se entiende la Tarjeta de Débito o Tarjeta de Crédito (según corresponda), los cheques, el OTP.

  • AVISOS Y COMUNICACIONES 2.9.1. Los avisos y comunicaciones que intercambien las partes contratantes deberán ser formuladas por escrito en el domicilio señalado en la póliza o alternativamente por el medio de comunicación que ambas partes acuerden, bajo sanción de tenerse por no cursadas.

  • Medios Remotos de Comunicación Electrónica Los dispositivos tecnológicos para efectuar transmisión de datos e información a través de computadoras, líneas telefónicas, enlaces dedicados, microondas y similares.

  • COMUNICACIÓN Las pólizas emitidas de conformidad con el Contrato deberán contener una estipulación que obligue a la compañía aseguradora respectiva a notificar por escrito al REGULADOR y al CONCEDENTE sobre cualquier omisión de pago xx xxxxxx en que incurriese el CONCESIONARIO y sobre cualquier circunstancia que afecte la vigencia, validez o efectividad de la póliza, con una anticipación no menor a veinte (20) Días a la fecha en que el incumplimiento del CONCESIONARIO pueda determinar la caducidad o pérdida de vigencia de la póliza en forma total o parcial. La obligación de notificación será también aplicable al supuesto de cesación, retiro, cancelación o falta de renovación de cualquier seguro que el CONCESIONARIO deba mantener conforme a este Contrato. La póliza respectiva deberá establecer, asimismo, que la caducidad o pérdida de vigencia de la póliza sólo se producirá si la compañía aseguradora ha cumplido previamente con la obligación a que se refiere el párrafo precedente.

  • Comunicaciones 6.1 Las comunicaciones cursadas entre las partes a las que se hace referencia en las Condiciones del Contrato sólo serán válidas cuando sean formalizadas por escrito. Las notificaciones entrarán en vigor una vez que sean entregadas.

  • Coberturas de contratación opcional e. Reclamaciones por incumplimiento contractual por la compra, limpieza, restauración o alquiler de ajuar doméstico y personal, muebles, electrodomésticos, aparatos de imagen, sonido, electrónicos y objetos de arte. f. Reclamaciones derivadas de contratos laborales del servicio doméstico siempre que esté dado de alta en la Seguridad Social y al corriente de pago. ¿Qué no cubre? Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos: 1. Los gastos y honorarios por la intervención de peritos no autorizados por la compañía. 2. Las multas y sanciones que fueran impuestas directamente al asegurado. 3. Los hechos relacionados con la actividad profesional del asegurado. 4. El pago de los gastos de abogados o procuradores de su libre elección, cuando no hubiera comunicado previamente su designación por escrito a MM Xxxxx. 5. Los impuestos u otros pagos de carácter fiscal, derivados de la presentación de documentos públicos o privados. 6. Las reclamaciones que puedan formular los asegurados de una misma póliza entre sí o por cualquiera de éstos contra MM Hogar. 7. Las reclamaciones que se presenten transcurrido un año desde la extinción de este contrato. 8. Las reclamaciones derivadas de: a. Los vehículos automóviles a motor, aeronaves o embarcaciones de los que el asegurado ostente la condición de propietario, conductor u ocupante. b. Proyectos de construcción o derribo de la vivienda, urbanismo, concentración parcelaria y expropiación o los derivados sobre contratos de cesión de derechos sobre la vivienda. Límites COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO Hasta 6.000€ por siniestro

  • INFORMACIÓN SOBRE NOTIFICACIONES/COMUNICACIONES Solicito que las notificaciones/comunicaciones me sean remitidas vía: Fax: (solo si tiene) Correo Electrónico:

  • COMUNICACIÓN DEL FALLO La fecha del fallo se efectuará a la hora y en el lugar señalado en el punto 3.2 del numeral 3. “Forma y términos que regirán los diversos actos de este procedimiento” de la presente Convocatoria, se llevará a cabo conforme lo siguiente:  El servidor público de La Secretaría facultado para presidir el fallo, declarará el inicio del acto.  Se dará a conocer el fallo de la Invitación a los licitantes registrados, servidores públicos y a todas aquellas personas asistentes, el cual contendrá la información referida en el artículo 37 de la LAASSP.  La Secretaría a través del servidor público designado levantará el acta de notificación de fallo de la Invitación. El acta será firmada por los licitantes y los servidores públicos presentes, así mismo se les entregará copia simple del acta y en su caso, de los anexos correspondientes. La falta de firma de algún licitante, no invalidará su contenido y efectos. A los licitantes que no hayan asistido a la junta pública se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que el acta de fallo se encuentra a su disposición en Compranet. Al finalizar cada evento (Junta (s) de Aclaraciones, Presentación y Apertura de Proposiciones y Notificación de Fallo) se pondrá una copia del acta correspondiente, para efectos de notificación y a disposición de los licitantes por un término no menor de cinco días hábiles posteriores a cada acto, en el pizarrón de avisos de la Dirección de Contrataciones ubicado en Boulevard Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx No. 3025, Piso 4, Colonia San Xxxxxxxx Xxxxxx, Delegación La Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, C.P. 10400, Ciudad de México, siendo responsabilidad exclusiva de los licitantes acudir a enterarse de su contenido y en su caso obtener copia de dichas actas en la Dirección de Contrataciones ubicada en el domicilio antes citado, durante el mismo plazo señalado anteriormente, de 09:00 a 14:00 horas en días hábiles. Así mismo, las actas correspondientes se difundirán en Compranet. Este procedimiento sustituye a la notificación personal. Los licitantes que hubieren presentado proposiciones por medios remotos de comunicación electrónica, aceptarán que se tendrán por notificados de las actas que se levanten, cuando éstas se encuentren a su disposición a través del sistema Compranet, en la dirección electrónica xxxxx://XxxxxxXxx xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, a más tardar el día hábil siguiente en que se celebre cada evento, sin menoscabo de que puedan acudir a recoger las actas en el domicilio de la Convocante.

  • NOTIFICACIONES Y COMUNICACIONES A efectos de garantizar el debido proceso y el principio de publicidad, los actos que decidan las peticiones y recursos deberán constar por escrito y se notificarán de conformidad con lo previsto en el Código Contencioso Administrativo. Los actos que no pongan fin a una actuación administrativa y los que resuelvan peticiones en interés general, serán objeto de comunicación en los términos del mismo Código. Lo anterior, en virtud de lo establecido en los artículos 43 y 44 de dicho Código.

  • COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES Todas las comunicaciones, sin excepción, entre las partes, relativas a los trabajos, serán formuladas por escrito y en idioma castellano. Las comunicaciones entre la administración y el CONTRATISTA se harán a través de documentos escritos.