Tramitación y consultas Cláusulas de Ejemplo

Tramitación y consultas. Con fecha 4 xx xxxxx de 2015, se recibe en esta Dirección de Programas de Impacto Am- biental el documento ambiental correspondiente al proyecto xx xxxxxxx de gases licuados del petróleo. Con fecha 24 xx xxxxx de 2015, la Dirección General de Medio Ambiente realiza consulta a los siguientes organismos y entidades, con objeto de determinar la necesidad de someter el proyecto a evaluación de impacto ambiental ordinaria y señalar las implicaciones ambienta- les del mismo, señalando con una “X” aquellos que han emitido informe en relación con la do- cumentación ambiental: Relación de consultados Respuestas recibidas Dirección General de Transportes, Ordenación del Territorio y Urbanismo Dirección General de Patrimonio Cultural X Confederación Hidrográfica xxx Xxxxxxxx X Ayuntamiento de Campo Lugar Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas X ADENEX Sociedad Española de Ornitología. Ecologistas en Acción El resultado de las contestaciones de las distintas administraciones públicas, se resume a con- tinuación: — El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas: • La actividad no se encuentra incluida en la Red Natura 2000. La parcela limita con la ZEPA Xxxxxx xx Xxxxxx y Embalse xx Xxxxxx Brava. • Se informa favorablemente la actividad, si bien los posibles efectos negativos deberán ser corregidos con la aplicación de las medidas correctoras que se describen en el informe. — La Dirección General de Patrimonio Cultural: • El proyecto no presenta incidencias sobre el Patrimonio Arqueológico Conocido. No obs- tante, y como medida preventiva de cara a la protección del patrimonio arqueológico no detectado, se impone la siguiente medida correctora, contemplada en el art. 54 de la Ley 2/1999, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura: “si durante la eje- cución de las obras se hallasen restos u objetos con valor arqueológico, el promotor y/o la dirección facultativa de la misma paralizarán inmediatamente los trabajos, to- xxxxx las medidas adecuadas para la protección de los restos y comunicarán su des- cubrimiento en el plazo de cuarenta y ocho horas a la Consejería de Cultura”. • Se emite informe favorable, condicionado al cumplimiento de la totalidad de las medi- das correctoras señaladas con anterioridad. — La Confederación Hidrográfica xxx Xxxxxxxx: En materia de su competencia hace las si- guientes consideraciones: El cauce xxx xxxxxx de Duranejo discurre a unos 300 metros al noreste de la zona de ac- tuación planteada, p...
Tramitación y consultas. El 9 xx xxxxx de 2018, se recibe en la Dirección General de Medio Ambiente la solicitud de evaluación de impacto ambiental relativa al proyecto “Planta de almacenamiento de resi- duos de construcción y demolición”, proyectada en la parcela 136 del polígono 14 del término municipal de Xxxxxxxxxxx xx Xxxxx (Badajoz). Con fecha 17 xx xxxxx de 2018 se solicita al promotor documentación complementaria del proyecto, recibiendo respuesta de la misma con fecha 16 xx xxxx de 2018.
Tramitación y consultas. Mediante comunicado de régimen interior de 00 xx xxxx xx 2018 la Sección de Autoriza- ciones Ambientales remite a la Dirección de Programas de Impacto Ambiental el Docu- mento Ambiental del proyecto, redactado en mayo de 2018, para su sometimiento a evaluación de impacto ambiental. Con fecha 26 xx xxxxx de 2018 se requiere al promotor la subsanación del Documento Ambiental existente en el expediente de autorización ambiental unificada del proyecto (AAU18/4). El 3 de octubre de 2018 tiene entrada en el Sistema de Registro Único de la Administra- ción de la Comunidad Autónoma de Extremadura el Documento Ambiental definitivo subsanado, redactado en octubre de 2018, correspondiente al proyecto.

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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 2.1 Información, descripción de la contratación.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,34 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS La entidad contratante podrá solicitar los documentos que estime pertinentes conforme al objeto de contratación misma que serán considerados como requisitos mínimos.

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO El concesionario tendrá los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.