VALOR PÓLIZA. El Valor Póliza corresponderá a la suma de los saldos de las alternativas de inversión del artículo Nº 7 del presente condicionado y de cada una de las cuentas administradas bajo su nombre. A cada una de estas cuentas administradas del Valor Póliza se abonarán o cargarán los siguientes conceptos:
a) Se abonará la prima pagada en cada una de las cuentas indicadas en las Condiciones Particulares de la póliza, la que se distribuirá entre las alternativas de inversión, de acuerdo a las instrucciones del contratante.
b) Se abonará la rentabilidad obtenida en cada alternativa de inversión seleccionada por el contratante de acuerdo a lo indicado en el Anexo 1 de Rentabilidad, con respecto a los saldos mantenidos en cada alternativa de inversión. Para las alternativas de inversión indicadas en el artículo N° 7 letras a), b) y c), la rentabilidad se abonará en forma diaria, al cierre del día y se determinará por la variación de los valores cuotas. La alternativa de inversión de la letra d) la rentabilidad se abonará en forma diaria, al cierre del día y se determinará de acuerdo a la tasa variable. La alternativa de inversión de la letra e) la rentabilidad se abonará en forma diaria, al cierre del día y se determinará por la variación del índice de instrumento financiero. Sí la alternativa de inversión son Fondos Mutuos y/o de Inversión, distribuyen dividendos, estos se abonarán en el día del reparto a la rentabilidad del fondo, según los puntos 2 y 3 de la letra A) Rentabilidad del Valor Xxxxxx xxx Xxxxx 0, xxxxxxx.
c) Se descontará en la Cuenta Principal del Valor Póliza los Cargos de la Póliza, si corresponden, de acuerdo a los montos y/o porcentajes, la periodicidad, la forma y el periodo de los descuentos establecidos e indicados expresamente en las Condiciones Particulares de la póliza.
d) Diariamente se cargará los Cargos Operacionales y Gestión de Inversión, el porcentaje se aplicará sobre el Valor Póliza del saldo del día anterior. El monto se cargará diariamente al saldo del día.
e) El primer día de cada mes se cargarán en la Cuenta Principal los costos de las coberturas contratadas que aparecen detallados en las Condiciones Particulares de la póliza.
f) Se descontarán cualquier rescate del Valor Póliza que efectúe el contratante, de acuerdo a lo establecido en el artículo N° 8 del presente condicionado.
g) El día de la reasignación de las inversiones de acuerdo a lo señalado en el punto 7.3 del artículo N° 7, se cargará en la Cuenta Principal del Valor Pó...
VALOR PÓLIZA. Corresponde al saldo de una cuenta en la que se acumulan las primas recibidas por la aseguradora, se abona la rentabilidad obtenida y se descuentan los cargos de la póliza y los costos de las coberturas periódicamente conforme se acuerda en ésta póliza, así como los rescates solicitados. El Valor Póliza puede estar constituido por la suma de las siguientes cuentas:
a) Cuenta Principal: Corresponde a los aportes de las primas mínimas y en exceso de la prima minina.
b) Cuentas Adicionales: Corresponden las cuentas de los aportes de las primas adicionales, que se indican en las Condiciones Particulares de la póliza. El Valor Póliza se expresará en la moneda señalada en las Condiciones Particulares de la póliza.
VALOR PÓLIZA. Corresponde al saldo de una cuenta en la que se acumulan las primas recibidas por la aseguradora, se abona la rentabilidad obtenida y se descuentan los cargos de la póliza y los costos de las coberturas periódicamente conforme se acuerda en ésta póliza, así como los rescates solicitados.
a) Cuenta Principal: Corresponde a los aportes de las primas mínimas y en exceso de la prima minina.
VALOR PÓLIZA. Corresponde a una cuenta por cada asegurado en la que se acumulan las primas recibidas por la compañía aseguradora, se abona la rentabilidad obtenida y se descuentan el Cargo sobre el Valor Póliza, los rescates solicitados y las devoluciones al contratante en los casos que correspondan. El Valor Póliza de cada asegurado está constituido por la suma de las siguientes cuentas:
a) Cuenta Empleador o Contratante: Corresponde a la fracción del Valor Póliza que se ha originado con los aportes de las primas mínimas del empleador o contratante, y es de propiedad de él.
b) Cuenta Empleador o Contratante Adicional: Corresponde a la fracción del Valor Póliza que se ha originado con los aportes de las primas en exceso del empleador o contratante, y es de propiedad de él.
c) Cuenta Asegurado: Corresponde a la fracción del Valor Póliza que se ha originado con los aportes de las primas mínimas del asegurado, y es de propiedad del asegurado.
d) Cuenta Asegurado Adicional: Corresponde a la fracción del Valor Póliza que se ha originado con los aportes de las primas en exceso de la prima mínima del asegurado, y es de propiedad de cada asegurado El Valor Póliza se expresará en la moneda señalada en las Condiciones Particulares de la póliza.
VALOR PÓLIZA. El Valor Póliza corresponderá a la suma de los saldos de cada una de las cuentas administradas que se abonarán o cargarán los siguientes conceptos:
a) Se abonará la prima pagada en cada una de las cuentas indicadas en las Condiciones Particulares de la póliza, de acuerdo a las instrucciones del contratante.
VALOR PÓLIZA. Corresponde al saldo de una cuenta en la que se acumulan las primas recibidas por la aseguradora, se abona la rentabilidad obtenida y se descuentan los gastos de la póliza y los costos de las coberturas periódicamente conforme se acuerda en ésta póliza, así como los rescates solicitados. De esta manera representa la obligación de la Compañía Aseguradora con el Contratante o con el Beneficiario, en su caso, según se define en el artículo N° 5 de estas Condiciones Generales.
VALOR PÓLIZA. El Valor Póliza corresponderá a la suma de los saldos diarios de cada uno de los Instrumentos o Activos de Inversión vinculados a la Póliza, en la moneda o unidad indicada en las Condiciones Particulares de la Póliza. Este valor se determina de la siguiente manera:
a) Diariamente, se determinará el valor para cada Instrumento o Activo de Inversión según el número de Cuotas vigentes multiplicado por el Valor Cuota del día en que se realiza la inversión.
VALOR PÓLIZA. Es el saldo de una cuenta que representa la obligación de la compañía aseguradora con el contratante o con el beneficiario cuando corresponda. El Valor de la Póliza pertenece al Contratante, quien puede ejercer su derecho a él, a través de Rescates Parciales o también puede ejercer su derecho a través del Rescate Total del Valor de la Póliza, en cuyo caso terminará el seguro. El Valor de la Póliza se expresará en la moneda señalada en las Condiciones Particulares de la Póliza, según se define en el artículo N° 5 de estas Condiciones Generales.
VALOR PÓLIZA. El valor póliza se determinará al final de cada mes de vigencia, de la siguiente forma:
a) Se abonará a la cuenta:
1. La prima efectivamente pagada durante el mes.
2. Los intereses devengados durante el mes, según la tasa que corresponda de acuerdo a la elección de la inversión vinculada al valor póliza, referida en el Artículo 9 siguiente.
b) Se descontará de la cuenta:
1. El gasto de administración de la póliza indicado en el Certificado de Cobertura.
2. El costo de las coberturas correspondientes al mes respectivo. Excepcionalmente, el último día del primer mes de vigencia del seguro, se descontará adicionalmente de la cuenta el costo de las coberturas correspondiente al primer mes de vigencia, que será calculado en forma proporcional a los días de vigencia efectiva del seguro durante el primer mes.
3. El importe de los rescates parciales que pueda haber efectuado el Asegurado.
4. Los cargos por los rescates efectuados. Los intereses que se abonarán serán calculados sobre el valor póliza determinado al último día del mes anterior, menos cualquier rescate parcial efectuado en el mes. Los intereses que pagará el Asegurador serán calculados en base a la tasa de interés que se detalla en el Certificado de Cobertura. Los aumentos de la cuenta por concepto xx xxxxxx pagadas en el transcurso de un mes, no devengarán intereses en ese mismo mes.
VALOR PÓLIZA. El Valor Póliza corresponderá a la suma de los saldos de las alternativas de inversión del artículo No 7 del presente condicionado y de cada una de las cuentas administradas bajo su nombre. A cada una de estas cuentas administradas del Valor Póliza se abonarán o cargarán los siguientes conceptos: 5
a) Se abonará la prima pagada en cada una de las cuentas indicadas en las Condiciones Particulares de la póliza, la que se distribuirá entre las alternativas de inversión, de acuerdo a las instrucciones del contratante.