VENTAS Cláusulas de Ejemplo

VENTAS. Toda venta de bienes del Estado que no tenga un régimen expresamente contemplado en alguna disposición legal, cualquiera sea la Repartición, Organismo Descentralizado o Poder que haya tenido el uso o usufructo, será previamente autorizada por el Poder Ejecutivo con intervención del Ministerio de Economía, de acuerdo con el Art. 31º de la Ley 5140 (T.O. Dec. 404/95) y realizada por intermedio de la UNIDAD CENTRAL DE CONTRATACIONES, quien confeccionará el PLIEGO DE CONDICIONES para el llamado a Licitación o remate, de acuerdo con el monto probable de la venta que previamente se estimase.-
VENTAS. Los expositores que deseen realizar ventas u obsequios al público, de productos con entrega inmediata, deberán prever la existencia de stock en el stand, ya que queda estrictamente prohibido el retiro de las muestras expuestas. La venta de comestibles, bebidas, cigarrillos, diarios, revistas, etc., sólo podrán efectuarla los concesionarios designados por la CABS.
VENTAS. 1. Las ventas de contado o crédito deben respaldarse mediante la emisión de facturas, prenumeradas y membretadas, las cuales deben utilizarse en forma cronológica y consecutiva, indicando si el pago se recibió en efectivo o por medio de cheque, número y banco girado. 2. El funcionario responsable de preparar y entregar la mercadería al cliente, así como de quien recibe el dinero producto de la transacción, debe ser diferente al empleado que confecciona la factura.
VENTAS. El monto pagado o pagadero al Asegurado por los bienes que se vendan o entreguen o por los servicios prestados en la conducción de los negocios en las UBICACIONES ASEGURADAS.
VENTAS. CONTENIDO Agrupa las subcuentas que acumulan los ingresos por ventas de bienes y/o servicios inherentes a las operaciones del giro del negocio, desagregando las que corresponden a entidades relacionadas de las que corresponden a ventas a terceros, así como ventas locales de ventas de exportación.
VENTAS. El procedimiento para la venta de bienes muebles e inmuebles del Estado se regirá por la presente Ley, su reglamentación, y por las cláusulas particulares que para cada contrato apruebe el organismo contratante, sin perjuicio de las disposiciones que al respecto establezca la Ley de Administración Financiera de la Provincia. La autoridad superior de cada entidad fijará los precios o determinará la forma en que éstos serán establecidos y los procedimientos y condiciones en que se efectuarán las mismas. Los precios y condiciones que se establezcan deberán tener como referencia valores de mercados o contar con análisis de costos. Se preferirá la venta de bienes muebles a través del procedimiento de remate o subasta pública, sin perjuicio de lo cual se podrá realizar la venta de manera directa cuando así resulte conveniente a los intereses del Estado, a juicio de la autoridad superior de la entidad contratante.
VENTAS. EL AGENTE AFILIADO promoverá y concluirá, en EL TERRITORIO, el mayor número posible de ventas a clientes de productos de LA SOCIEDAD, teniendo en cuenta lo siguiente: a) El AGENTE AFILIADO, cuando realice el pago de lo contratado, recibirá un link de afiliado, y todas las claves pertinentes para el acceso a OMA. b) Los precios de venta serán los establecidos en la tarifa vigente en cada momento por LA SOCIEDAD. c) EL AGENTE AFILIADO deberá acomodarse a las condiciones generales de venta que le indique LA SOCIEDAD. LA SOCIEDAD se reserva el derecho de modificar a su conveniencia dichas condiciones generales de venta. EL AGENTE AFILIADO solamente podrá convenir condiciones particulares con los clientes si media autorización previa y por escrito de LA SOCIEDAD. d) LA SOCIEDAD podrá negarse a servir los productos cuando EL AGENTE AFILIADO y/o el cliente se hallen en situación de incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones. e) LA SOCIEDAD facturará directamente a los clientes y facilitará los datos y volúmenes de venta al AGENTE AFILIADO siempre que lo solicitare.
VENTAS. En la Gcia Prov. Económica y Financiera SPSE. Tel. 0000-000000 / e-mail: xxxxxxxxx.xxxx@xxxxx.xxx y/o xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx Sito en xxxxx Xxxxxxx X° 000, Xxx Xxxxxxxx. Hasta dos (2) días hábiles previos a la fecha de apertura. P1/3 Servicios Públicos Sociedad del Estado de la Provincia de Santa Xxxx, llama a la Licitación Pública Nº 15/ SP/2023, con el objeto de “ADQUISICIÓN DE POSTES Y CRUCETAS PARA LÍNEAS DE MEDIA TENSIÓN” con destino a la Provincia de Santa Xxxx DESTINO: A LA PROVINCIA DE SANTA XXXX FECHA DE APERTURA: 16 XX XXXXX DE 2023 HORA: 11:00 HS QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO) IVA INCLUIDO Subgerencia Compras SPSE, localidad de Río Gallegos, Provincia de Santa Xxxx, sito en xxxxx Xxxxxxx X° 000 xx Xxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxx Xxxx. CONSULTAS: En el Departamento de Compras S.P.S.E - Cel 2966-15473529 - e-mail: dpto.compras@spse. xxx.xx sito en Córdoba N° 280 - Río Gallegos, Provincia de Santa Xxxx. Hasta dos (2) días hábiles previos a la fecha de apertura.
VENTAS. Plan de marketing para crear conciencia y generar ventas en toda América del Sur y, de manera secundaria, en el mercado global