VENTAS Cláusulas de Ejemplo

VENTAS. ARTICULO 145º: Toda venta de bienes del Estado que no tenga un régimen expresamente contemplado en alguna disposición legal, cualquiera sea la Repartición, Organismo Descentralizado o Poder que haya tenido el uso o usufructo, será previamente autorizada por el Poder Ejecutivo con intervención del Ministerio de Economía, de acuerdo con el Art. 31º de la Ley 5140 (T.O. Dec. 404/95) y realizada por intermedio de la UNIDAD CENTRAL DE CONTRATACIONES, quien confeccionará el PLIEGO DE CONDICIONES para el llamado a Licitación o remate, de acuerdo con el monto probable de la venta que previamente se estimase.-
VENTAS. Los expositores que deseen realizar ventas u obsequios al público, de productos con entrega inmediata, deberán prever la existencia de stock en el stand, ya que queda estrictamente prohibido el retiro de las muestras expuestas. La venta de comestibles, bebidas, cigarrillos, diarios, revistas, etc., sólo podrán efectuarla los concesionarios designados por la CABS.
VENTAS. En la Gcia Prov. Económica y Financiera SPSE. Tel. 0000-000000 / e-mail: xxxxxxxxx.xxxx@xxxxx.xxx y/o xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx Sito en xxxxx Xxxxxxx X° 000, Xxx Xxxxxxxx. Hasta dos (2) días hábiles previos a la fecha de apertura. P1/3 Servicios Públicos Sociedad del Estado de la Provincia de Santa Xxxx, llama a la Licitación Pública Nº 14/ SP/2023, con el objeto de “ADQUISICIÓN DE COLUMNAS DE HORMIGÓN ARMADO, PARA ARMADO DE DESTINO: A LA PROVINCIA DE SANTA XXXX FECHA DE APERTURA: 15 XX XXXXX DE 2023 HORA: 11:00 HS Subgerencia Compras SPSE, localidad de Río Gallegos, Provincia de Santa Xxxx, sito en xxxxx Xxxxxxx X° 000 xx Xxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxx Xxxx. CONSULTAS: En el Departamento de Compras S.P.S.E - Cel 2966-15473529 - e-mail: dpto.compras@spse. xxx.xx sito en Xxxxxxx x° 000 - Xxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxx Xxxx. Hasta dos (2) días hábiles previos a la fecha de apertura.
VENTAS. En la Gcia Prov. Económica y Financiera SPSE. Tel. 0000-000000 / e-mail: xxxxxxxxx.xxxx@xxxxx.xxx y/o xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx Sito en xxxxx Xxxxxxx X° 000, Xxx Xxxxxxxx. Hasta dos (2) días hábiles previos a la fecha de apertura. P1/3 Servicios Públicos Sociedad del Estado de la Provincia de Santa Xxxx, llama a la Licitación Pública Nº 15/ SP/2023, con el objeto de “ADQUISICIÓN DE POSTES Y CRUCETAS PARA LÍNEAS DE MEDIA TENSIÓN” con destino a la Provincia de Santa Xxxx DESTINO: A LA PROVINCIA DE SANTA XXXX FECHA DE APERTURA: 16 XX XXXXX DE 2023 HORA: 11:00 HS QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO) IVA INCLUIDO Subgerencia Compras SPSE, localidad de Río Gallegos, Provincia de Santa Xxxx, sito en xxxxx Xxxxxxx X° 000 xx Xxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxx Xxxx. CONSULTAS: En el Departamento de Compras S.P.S.E - Cel 2966-15473529 - e-mail: dpto.compras@spse. xxx.xx sito en Córdoba N° 280 - Río Gallegos, Provincia de Santa Xxxx. Hasta dos (2) días hábiles previos a la fecha de apertura.
VENTAS. En la Gcia Prov. Económica y Financiera SPSE. Tel. 0000-000000 / e-mail: xxxxxxxxx.xxxx@xxxxx.xxx y/o xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx Sito en xxxxx Xxxxxxx X° 000, Xxx Xxxxxxxx. Hasta dos (2) días hábiles previos a la fecha de apertura. P1/3 Gobierno de la Provincia Ministerio de Educación de la Nación P2/4 MÉDICA INTEGRAL PARA LA COMUNIDAD (SAMIC) Decreto PEN N°34/2015 Licitación Pública N° 0005/2023 Expediente N° DIT 0116/2023.
VENTAS. (Art. 51 Ley 6.838). Se preferirá la venta de bienes muebles o semovientes a través del procedimiento de remate o subasta pública, pudiendo sacarse a remate por unidad, por lotes o en forma total. El instrumento administrativo que disponga la venta de bienes mediante remate o subasta pública, indicará el procedimiento a seguirse, el que deberá ser realizado por un martillero inscripto en la matrícula. El producido de las ventas ingresará x Xxxxxx Generales, salvo aquellos que correspondan a entidades autárquicas que incrementarán sus propios recursos. La valuación de los bienes estará a cargo de la entidad contratante, pudiendo requerir informe técnico especializado a la Unidad Central de Contrataciones.
VENTAS. (Art. 60 Ley 8.072)
VENTAS. 1. Las ventas de contado o crédito deben respaldarse mediante la emisión de facturas, prenumeradas y membretadas, las cuales deben utilizarse en forma cronológica y consecutiva, indicando si el pago se recibió en efectivo o por medio de cheque, número y banco girado.
VENTAS. 10. Plan de marketing para crear conciencia y generar ventas en toda América del Sur y, de manera secundaria, en el mercado global