VENTAS. PAGARÉS O COMPROBANTES DE OPERACIÓN
VENTAS. Toda venta de bienes del Estado que no tenga un régimen expresamente contemplado en alguna disposición legal, cualquiera sea la Repartición, Organismo Descentralizado o Poder que haya tenido el uso o usufructo, será previamente autorizada por el Poder Ejecutivo con intervención del Ministerio de Economía, de acuerdo con el Art. 31º de la Ley 5140 (T.O. Dec. 404/95) y realizada por intermedio de la UNIDAD CENTRAL DE CONTRATACIONES, quien confeccionará el PLIEGO DE CONDICIONES para el llamado a Licitación o remate, de acuerdo con el monto probable de la venta que previamente se estimase.-
VENTAS. El EXPOSITOR que desee realizar ventas u obsequios al público, de productos con entrega inmediata, deberán prever la existencia de stock en el stand, ya que queda estrictamente prohibido el retiro de las muestras expuestas. La venta de comestibles, bebidas, cigarrillos, diarios, revistas, etc., sólo podrán efectuarla los concesionarios designados por EL ORGANIZADOR.
VENTAS. El monto pagado o pagadero al Asegurado por los bienes que se vendan o entreguen o por los servicios prestados en la conducción de los negocios en las UBICACIONES ASEGURADAS.
VENTAS. En la Gcia Prov. Económica y Financiera SPSE. Tel. 0000-000000 / e-mail: xxxxxxxxx.xxxx@xxxxx.xxx y/o xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx Sito en xxxxx Xxxxxxx X° 000, Xxx Xxxxxxxx. Hasta dos (2) días hábiles previos a la fecha de apertura. P1/3 Servicios Públicos Sociedad del Estado de la Provincia de Santa Xxxx, llama a la Licitación Pública Nº 14/ SP/2023, con el objeto de “ADQUISICIÓN DE COLUMNAS DE HORMIGÓN ARMADO, PARA ARMADO DE DESTINO: A LA PROVINCIA DE SANTA XXXX FECHA DE APERTURA: 15 XX XXXXX DE 2023 HORA: 11:00 HS Subgerencia Compras SPSE, localidad de Río Gallegos, Provincia de Santa Xxxx, sito en xxxxx Xxxxxxx X° 000 xx Xxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxx Xxxx. CONSULTAS: En el Departamento de Compras S.P.S.E - Cel 2966-15473529 - e-mail: dpto.compras@spse. xxx.xx sito en Xxxxxxx x° 000 - Xxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxx Xxxx. Hasta dos (2) días hábiles previos a la fecha de apertura.
VENTAS. En la Gcia Prov. Económica y Financiera SPSE. Tel. 0000-000000 / e-mail: xxxxxxxxx.xxxx@xxxxx.xxx y/o xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx Sito en xxxxx Xxxxxxx X° 000, Xxx Xxxxxxxx. Hasta dos (2) días hábiles previos a la fecha de apertura. P1/3 Servicios Públicos Sociedad del Estado de la Provincia de Santa Xxxx, llama a la Licitación Pública Nº 15/ SP/2023, con el objeto de “ADQUISICIÓN DE POSTES Y CRUCETAS PARA LÍNEAS DE MEDIA TENSIÓN” con destino a la Provincia de Santa Xxxx DESTINO: A LA PROVINCIA DE SANTA XXXX FECHA DE APERTURA: 16 XX XXXXX DE 2023 HORA: 11:00 HS QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO) IVA INCLUIDO Subgerencia Compras SPSE, localidad de Río Gallegos, Provincia de Santa Xxxx, sito en xxxxx Xxxxxxx X° 000 xx Xxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxx Xxxx. CONSULTAS: En el Departamento de Compras S.P.S.E - Cel 2966-15473529 - e-mail: dpto.compras@spse. xxx.xx sito en Córdoba N° 280 - Río Gallegos, Provincia de Santa Xxxx. Hasta dos (2) días hábiles previos a la fecha de apertura.
VENTAS. En la Gcia Prov. Económica y Financiera SPSE. Tel. 0000-000000 / e-mail: xxxxxxxxx.xxxx@xxxxx.xxx y/o xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx Sito en xxxxx Xxxxxxx X° 000, Xxx Xxxxxxxx. Hasta dos (2) días hábiles previos a la fecha de apertura. P1/3 Gobierno de la Provincia Ministerio de Educación de la Nación P2/4 MÉDICA INTEGRAL PARA LA COMUNIDAD (SAMIC) Decreto PEN N°34/2015 Licitación Pública N° 0005/2023 Expediente N° DIT 0116/2023.
VENTAS. El procedimiento para la venta de bienes muebles e inmuebles del Estado se regirá por la presente Ley, su reglamentación, y por las cláusulas particulares que para cada contrato apruebe el organismo contratante, sin perjuicio de las disposiciones que al respecto establezca la Ley de Administración Financiera de la Provincia. La autoridad superior de cada entidad fijará los precios o determinará la forma en que éstos serán establecidos y los procedimientos y condiciones en que se efectuarán las mismas. Los precios y condiciones que se establezcan deberán tener como referencia valores de mercados o contar con análisis de costos. Se preferirá la venta de bienes muebles a través del procedimiento de remate o subasta pública, sin perjuicio de lo cual se podrá realizar la venta de manera directa cuando así resulte conveniente a los intereses del Estado, a juicio de la autoridad superior de la entidad contratante.
VENTAS. Es el adjudicatario, o su subcontratista, en su caso, quien efectúa la venta al cliente final y, por tanto, quién emite la correspondiente factura. También le corresponde hacer la gestión de cobro. El conjunto de ventas de un mes natural servirá para el cálculo de la liquidación del precio del contrato. Los responsables designados por el Órgano de Contratación podrán acceder a los datos de ventas para realizar las comprobaciones necesarias para la certificación mensual del servicio prestado.
VENTAS. No estará permitida la realización durante el desarrollo de la feria, actos de comercio inherentes a este tipo de eventos. Por lo tanto, los expositores expondrán sus bienes de capital o servicios sin realizar ningún tipo de transacción. Del mismo modo se deja establecido que no habrá entrega material de estos bienes a otras empresas o personas naturales durante el desarrollo de la feria. Toda mercadería, regalos, comestibles, etc., que sea consumida, repartida gratuitamente o vendida durante la feria por el expositor para entrega inmediata al comprador o consumidor, debe ingresar al recinto previo pago de sus derechos de aduana e impuesto en el caso que corresponda. Solo se podrán expender bebidas y comestibles en los locales autorizados expresamente para ese efecto por La organización de la feria.