MODELO DE DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION DE SERVICIOS DE CONSULTORIA
MODELO DE DOCUMENTO BASE CONTRATACIÓN
DE SERVICIOS DE CONSULTORI
MODELO DE DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION DE SERVICIOS DE CONSULTORIA
LICITACIÓN PÚBLICA
CONSULTORÍA POR PRODUCTO: “CONTRATACION DE SERVICIOS DE FORTALECIMIENTO
INSTITUCIONAL EN LA FASE DE INVERSION DE LOS PROYECTOS: SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO XX XXXXX PARACAYA – PABELLON B (COCHABAMBA), SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO APOLO (LA PAZ), SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO Y AGUA POTABLE YUCUMO (BENI), SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO LOS NEGROS (SANTA XXXX)”
LPN-C-02-2014
CUCE: 14 – 0225 – 00 - 490795 – 3 – 1
i
TERCERA CONVOCATORIA
Aprobado Mediante Resolución Ministerial N° 055 de 24 de enero de 2014 Elaborado en base al Decreto Supremo N° 0181 de 28 xx xxxxx de 2009
de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios
MODELO DE DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA
EN LA MODALIDAD DE LICITACIÓN PÚBLICA INSTRUCCIONES GENERALES
i) El Documento Base de Contratación (DBC) para la contratación de Servicios de Consultoría en la modalidad de Licitación Pública por Convocatoria Pública Nacional o Internacional, debe ser elaborado según el presente Modelo de DBC.
ii) Excepcionalmente, se podrán introducir modificaciones al Modelo de DBC, para incorporar características particulares de la contratación, previa a la publicación de la convocatoria, a cuyo efecto deberá requerirse la aprobación expresa del Órgano Rector, según lo regula el Artículo 46, del Decreto Supremo N° 0181, de 28 xx xxxxx de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS) y sus modificaciones.
Para la aprobación de estas modificaciones la entidad convocante deberá presentar su solicitud adjuntando la siguiente documentación:
a) Cuadro Comparativo conteniendo texto del modelo vigente, texto propuesto y su respectiva justificación.
b) Informes técnico y legal.
iii) El DBC contiene:
a) Parte I: Información General a los Proponentes.
b) Parte II: Información Técnica de la Contratación.
c) Parte III: Anexos.
La Parte I, Información General a los Proponentes, establece las condiciones generales del proceso de contratación.
La Parte II, Información Técnica de la Contratación, establece las particularidades del proceso de contratación que deben ser elaboradas y proporcionadas por la entidad convocante y que deben contemplar el objeto de la contratación, el plazo de entrega de los productos de la consultoría, el cronograma de plazos del proceso de contratación, los datos particulares de la entidad convocante, los términos de referencia, el personal clave requerido y toda otra información que se considere necesaria para el desarrollo de la consultoría.
La Parte III, contiene los siguientes Anexos:
Anexo 1: Modelo de Convocatoria para la publicación en Medios de Prensa.
Anexo 2: Formularios para la Presentación de Propuestas, que deben ser utilizados por los proponentes.
Anexo 3: Formularios de Verificación, Evaluación y Calificación de Propuestas, que deben ser utilizados por la entidad convocante para la evaluación y calificación de propuestas.
Anexo 4: Modelo de Contrato.
Nota: Los textos escritos entre paréntesis, en negrilla y cursivas, sirven de guía y apoyo, para la elaboración del documento, por lo que deberán ser suprimidos en el DBC que será publicado en el SICOES.
CONTENIDO
1 NORMATIVA APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATACIÓN 1
3 ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS PREVIAS A LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS 1
3.2 Consultas escritas sobre el DBC 1
4 ENMIENDAS Y APROBACIÓN DEL DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN (DBC) 1
5 AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS 2
7 RECHAZO Y DESCALIFICACIÓN DE PROPUESTAS 3
8 CRITERIOS DE SUBSANABILIDAD Y ERRORES NO SUBSANABLES 3
10 CANCELACIÓN, SUSPENSIÓN Y ANULACIÓN DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN 4
12 PREPARACIÓN DE PROPUESTAS 5
13 MONEDA DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN 5
14 COSTOS DE PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN 5
17 DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA 5
18 ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA MÍNIMA GENERAL Y ESPECÍFICA DEL PROPONENTE 6
21 PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS 8
21.2 Plazo y lugar de presentación 8
21.3 Modificaciones y retiro de propuestas 8
23 EVALUACIÓN DE PROPUESTAS 10
25 MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN CALIDAD, PROPUESTA TÉCNICA Y COSTO 10
25.1 Evaluación Propuesta Económica 10
25.2 Evaluación Propuesta Técnica. 11
25.3 Determinación del Puntaje Total 11
26 MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN CALIDAD 11
26.1 Evaluación de la Propuesta Económica 11
26.2 Evaluación de la Propuesta Técnica 12
27 MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN PRESUPUESTO FIJO 12
27.1 Evaluación de la Propuesta Técnica 12
28 MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN MENOR COSTO 12
28.1 Evaluación de la Propuesta Económica 12
28.2 Evaluación de la Propuesta Técnica 13
29 CONTENIDO DEL INFORME DE EVALUACIÓN Y RECOMENDACIÓN 13
30 RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN O DECLARATORIA DESIERTA 13
31 CONCERTACIÓN DE MEJORES CONDICIONES TÉCNICAS 14
33 MODIFICACIONES AL CONTRATO 15
34 ENTREGA DE LOS PRODUCTOS DE LA CONSULTORÍA 15
36 DATOS GENERALES DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN 37
CRONOGRAMA DE PLAZOS DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN ................................................
38 TÉRMINOS DE REFERENCIA.................................................................................................
39 PERSONAL TÉCNICO CLAVE REQUERIDO...............................................................................
40 CONSULTORÍAS SIMILARES ................................................................................................
PARTE I
INFORMACIÓN GENERAL A LOS PROPONENTES
SECCIÓN I GENERALIDADES
1 NORMATIVA APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATACIÓN
El proceso de contratación de servicios de consultoría se rige por el Decreto Supremo N° 0181, de 28 xx xxxxx de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS), sus modificaciones y el presente Documento Base de Contratación (DBC).
En esta convocatoria podrán participar únicamente los siguientes proponentes:
a) Empresas consultoras nacionales, legalmente constituidas.
b) Asociaciones Accidentales entre empresas consultoras nacionales legalmente constituidas en Bolivia.
c) Asociaciones Accidentales entre empresas consultoras nacionales y extranjeras.
d) Organizaciones No Gubernamentales, constituidas como Asociaciones Civiles sin Fines de Lucro, que serán consideradas únicamente cuando no se presenten propuestas o cuando exista una sola propuesta de personas jurídicas legalmente constituidas.
3 ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS PREVIAS A LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
Se contemplan las siguientes actividades previas a la presentación de propuestas:
3.1 Inspección Previa NO CORRESPONDE
3.2 Consultas escritas sobre el DBC
Cualquier potencial proponente podrá formular consultas escritas dirigidas al RPC, hasta la fecha límite establecida en el presente DBC.
Se realizará una Reunión de Aclaración en la fecha, hora y lugar señalados en el presente DBC, en la que los potenciales proponentes podrán expresar sus consultas sobre el proceso de contratación.
Las solicitudes de aclaración, las consultas escritas y sus respuestas, deberán ser tratadas en la Reunión de Aclaración.
Al final de la reunión, el convocante entregará a cada uno de los potenciales proponentes asistentes o aquellos que así lo soliciten, copia o fotocopia del Acta de la Reunión de Aclaración, suscrita por los servidores públicos y todos los asistentes que así lo deseen, no siendo obligatoria la firma de los asistentes.
4 ENMIENDAS Y APROBACIÓN DEL DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN (DBC)
4.1 La entidad convocante podrá ajustar el DBC con enmiendas, por iniciativa propia o como resultado de las actividades previas, en cualquier momento, antes de emitir la Resolución de Aprobación del DBC.
Estas enmiendas deberán estar orientadas a modificar únicamente los Términos de Referencia.
4.2 El DBC será aprobado por Resolución expresa del RPC, misma que será notificada a los potenciales proponentes de acuerdo con lo establecido en el Artículo 51 de las NB-SABS.
5 AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
5.1 El RPC podrá ampliar el plazo de presentación de propuestas como máximo por diez (10) días hábiles, por única vez mediante Resolución expresa, por las siguientes causas debidamente justificadas:
a) Enmiendas al DBC.
b) Causas de fuerza mayor.
c) Caso fortuito.
La ampliación deberá ser realizada de manera previa a la fecha y hora establecidas para la presentación de propuestas.
5.2 Los nuevos plazos serán publicados en el SICOES y en la Mesa de Partes de la entidad convocante.
5.3 Cuando la ampliación sea por enmiendas al DBC, la ampliación de plazo de presentación de propuestas se incluirá en la Resolución de Aprobación del DBC.
6.1 Tipo de Garantías requerido
La entidad convocante, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 20 de las NB-SABS, podrá requerir los siguientes tipos de garantía:
a) Boleta de Garantía.
b) Garantía a Primer Requerimiento.
c) Póliza de Seguro de Caución a Primer Requerimiento.
6.2 Ejecución de la Garantía de Seriedad de Propuesta
La Garantía de Seriedad de Propuesta será ejecutada cuando:
a) El proponente decida retirar su propuesta con posterioridad al plazo límite de presentación de propuestas.
b) Se compruebe falsedad en la información declarada en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1).
c) Para la suscripción del contrato, la documentación presentada por el proponente adjudicado no respalda lo señalado en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1).
d) El proponente adjudicado no presente, para la suscripción del contrato, uno o varios de los documentos señalados en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1), salvo que hubiese justificado oportunamente el retraso por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad.
e) El proponente adjudicado desista, de manera expresa o tácita, de suscribir el contrato en el plazo establecido, salvo por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad.
6.3 Devolución de la Garantía de Seriedad de Propuesta
La Garantía de Seriedad de Propuesta, será devuelta a los proponentes en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles, en los siguientes casos:
a) Después de la notificación con la Resolución de Declaratoria Desierta.
b) Si existiese Recurso Administrativo de Impugnación, luego de su agotamiento.
c) Cuando la entidad convocante solicite la extensión del periodo de validez de propuestas y el proponente rehúse aceptar la solicitud.
d) Después de notificada la Resolución de Cancelación del Proceso de Contratación.
e) Después de notificada la Resolución de Anulación del Proceso de Contratación, cuando la anulación sea hasta antes de la publicación de la convocatoria.
f) Después de suscrito el contrato con el proponente adjudicado.
6.4 El tratamiento de ejecución y devolución de las Garantías de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, se establecerá en el Contrato.
7 RECHAZO Y DESCALIFICACIÓN DE PROPUESTAS
7.1 Procederá el rechazo de la propuesta cuando ésta fuese presentada fuera del plazo (fecha y hora) y/o en lugar diferente al establecido en el presente DBC.
7.2 Las causales de descalificación son:
a) Incumplimiento u omisión en la presentación de cualquier formulario de Declaración Jurada requerido en el presente DBC.
b) Incumplimiento a la Declaración Jurada del Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1).
c) Cuando la propuesta técnica y/o económica no cumpla con las condiciones establecidas en el presente DBC.
d) Cuando la propuesta económica exceda el Precio Referencial, excepto cuando la evaluación sea mediante el Método de Selección y Adjudicación Presupuesto Fijo, donde el proponente no presenta propuesta económica.
e) Cuando producto de la revisión aritmética de la propuesta económica existiera una diferencia superior al dos por ciento (2%), entre el monto expresado en numeral con el monto expresado en literal.
f) Cuando el período de validez de la propuesta, no se ajuste al plazo mínimo requerido en el presente DBC.
g) Cuando el proponente no presente la Garantía de Seriedad de Propuesta.
h) Cuando la Garantía de Seriedad de Propuesta no cumpla con las condiciones establecidas en el presente DBC.
i) Cuando el proponente presente dos o más alternativas en una misma propuesta.
j) Cuando el proponente presente dos o más propuestas.
k) Cuando la propuesta contenga textos entre líneas, borrones y tachaduras.
l) Cuando la propuesta presente errores no subsanables.
m) Si para la suscripción del contrato, la documentación presentada por el proponente adjudicado, no respalda lo señalado en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1).
n) Si para la suscripción del contrato la documentación solicitada, no fuera presentada dentro del plazo establecido para su verificación; salvo que el proponente adjudicado hubiese justificado oportunamente el retraso por causas de fuerza mayor, caso fortuito o cuando la causa sea ajena a su voluntad.
o) Cuando el proponente adjudicado desista, de forma expresa o tácita, de suscribir el contrato.
La descalificación de propuestas deberá realizarse única y exclusivamente por las causales señaladas precedentemente.
8 CRITERIOS DE SUBSANABILIDAD Y ERRORES NO SUBSANABLES
8.1 Se deberán considerar como criterios de subsanabilidad, los siguientes:
a) Cuando los requisitos, condiciones, documentos y formularios de la propuesta cumplan sustancialmente con lo solicitado en el presente DBC.
b) Cuando los errores sean accidentales, accesorios o de forma y que no incidan en la validez y legalidad de la propuesta presentada.
c) Cuando la propuesta no presente aquellas condiciones o requisitos que no estén claramente señalados en el presente DBC.
Los criterios señalados precedentemente no son limitativos, pudiendo la Comisión de Calificación considerar otros criterios de subsanabilidad.
Cuando la propuesta contenga errores subsanables, éstos serán señalados en el Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta.
Estos criterios podrán aplicarse también en la etapa de verificación de documentos para la suscripción de contrato.
8.2 Se consideran errores no subsanables, siendo objeto de descalificación, los siguientes:
a) La ausencia de cualquier Formulario solicitado en el presente DBC.
b) La falta de firma del Proponente en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1).
c) La falta de firma del personal propuesto Formulario Hoja de Vida del Gerente (Formulario A-4) y Formulario Hoja de Vida del Personal Clave (Formulario A-5).
d) La falta de la propuesta técnica o parte de ella.
e) La falta de la propuesta económica o parte de ella, excepto cuando la evaluación sea mediante el Método de Selección y Adjudicación Presupuesto Fijo, donde el proponente no presenta propuesta económica.
f) La falta de presentación de la Garantía de Seriedad de Propuesta.
g) Cuando la Garantía de Seriedad de Propuesta fuese emitida en forma errónea.
h) La presentación de una Garantía diferente a la solicitada por la entidad convocante, salvo que el tipo de garantía presentada sea de mayor solvencia.
i) Cuando la Garantía de Seriedad de Propuesta sea girada por un monto menor al solicitado en el presente DBC, admitiéndose un margen de error que no supere el cero punto uno por ciento (0.1%).
j) Cuando la Garantía de Seriedad de Propuesta sea girada por un plazo menor al solicitado en el presente DBC, admitiéndose un margen de error que no supere los dos (2) días calendario.
k) Cuando se presente en fotocopia simple, el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1) y/o la Garantía de Seriedad de Propuesta.
El RPC declarará desierta una convocatoria pública, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 27 de las NB-SABS.
10 CANCELACIÓN, SUSPENSIÓN Y ANULACIÓN DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN
El proceso de contratación podrá ser cancelado, anulado o suspendido hasta antes de la suscripción del contrato, mediante Resolución expresa, técnica y legalmente motivada, de acuerdo, con lo establecido en el Artículo 28 de las NB-SABS.
Los proponentes podrán interponer Recurso Administrativo de Impugnación, únicamente contra las resoluciones establecidas en el inciso a), del parágrafo I, del Artículo 90 de las NB-SABS; siempre que las mismas afecten, lesionen o puedan causar perjuicio a sus legítimos intereses, de acuerdo con lo regulado en el Capítulo VII del Título I de las NB-SABS.
SECCIÓN II PREPARACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Las propuestas deben ser elaboradas conforme los requisitos y condiciones establecidos en el presente DBC, utilizando los formularios incluidos en Anexos.
13 MONEDA DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN
Todo el proceso de contratación, incluyendo los pagos a realizar, deberá efectuarse en bolivianos.
Para Convocatorias Internacionales, los precios de la propuesta podrán ser expresados en moneda extranjera. Los pagos se realizarán en moneda nacional, al tipo de cambio oficial de compra de la moneda extranjera establecido por el Banco Central de Bolivia, en la fecha de pago.
14 COSTOS DE PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN
Los costos de la elaboración y presentación de propuestas y de cualquier otro costo que demande la participación de un proponente en el proceso de contratación, cualquiera fuese su resultado, son asumidos exclusivamente por cada proponente, bajo su total responsabilidad y cargo.
La propuesta, los documentos relativos a ella y toda la correspondencia que intercambien entre el proponente y el convocante, deberán presentarse en idioma castellano.
16.1 La propuesta deberá tener una validez no menor a sesenta (60) días calendario, desde la fecha fijada para la apertura de propuestas. En Convocatorias Internacionales, la propuesta deberá tener una validez no menor a noventa (90) días calendario.
16.2 En circunstancias excepcionales por causas de fuerza mayor, caso fortuito o interposición de Recursos Administrativos de Impugnación, la entidad convocante podrá solicitar por escrito la extensión del período de validez de las propuestas, disponiendo un tiempo perentorio para la renovación de garantías, para lo que se considerará lo siguiente:
a) El proponente que rehúse aceptar la solicitud será excluido del proceso, no siendo sujeto de ejecución de la Garantía de Seriedad de Propuesta.
b) Los proponentes que accedan a la prórroga, no podrán modificar su propuesta.
c) Para mantener la validez de la propuesta, el proponente deberá necesariamente presentar una garantía que cubra el nuevo plazo de validez de su propuesta.
Todos los Formularios de la propuesta, solicitados en el presente DBC, se constituirán en Declaraciones Juradas.
17.1 Los documentos que deben presentar los proponentes, según sea su constitución legal y su forma de participación, son:
a) Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1).
b) Formulario de Identificación del Proponente (Formulario A-2a o Formulario A-2c).
c) Garantía de Seriedad de Propuesta, en original, equivalente al cero punto cinco por ciento (0.5%) de la propuesta económica del proponente, que exceda en treinta (30) días
calendario el plazo de validez de la propuesta, establecida en el presente DBC y que cumpla con las características de renovable, irrevocable y de ejecución inmediata emitida a nombre de la entidad convocante.
En caso de aplicarse el Método de Selección y Adjudicación de Presupuesto Fijo, la Garantía de Seriedad de Propuesta, será equivalente al cero punto cinco por ciento (0.5%) del presupuesto fijo determinado por la entidad.
d) Formulario de Experiencia General y Específica del Proponente (Formulario A-3)
e) Formulario Hoja de Vida del Gerente (Formulario A-4).
f) Formulario Hoja de Vida del Personal Clave (Formulario A-5).
g) Relación de Instalaciones y Equipamiento (Formulario A-6).
17.2 En el caso de Asociaciones Accidentales, los documentos deberán presentarse diferenciando los que corresponden a la Asociación y los que corresponden a cada asociado.
17.2.1 La documentación conjunta a presentar es la siguiente:
a) Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1).
b) Formulario de Identificación del Proponente (Formulario A-2b).
c) Garantía de Seriedad de Propuesta, en original, equivalente al cero punto cinco por ciento (0.5%) de la propuesta económica del proponente, que exceda en treinta (30) días calendario el plazo de validez de la propuesta, establecida en el presente DBC. Esta Garantía podrá ser presentada por una o más empresas que conforman la Asociación, siempre y cuando cumpla con las características de renovable, irrevocable y de ejecución inmediata, emitida a nombre de la entidad convocante.
En caso de aplicarse el Método de Selección y Adjudicación de Presupuesto Fijo, la Garantía de Seriedad de Propuesta, será equivalente cero punto cinco por ciento (0.5%) del presupuesto fijo determinado por la entidad.
d) Formulario Hoja de Vida, del Gerente (Formulario A-4).
e) Formulario Hoja de Vida, del Personal Clave (Formulario A-5).
f) Relación de Instalaciones y Equipamiento (Formulario A-6).
17.2.2 Cada asociado, en forma independiente, deberá presentar la siguiente documentación,:
a) Identificación del Proponente para integrantes de la Asociación Accidental (Formulario A- 2b),
b) Formulario de Experiencia General y Específica del Proponente (Formulario A-3)
La experiencia para Asociaciones Accidentales, será la suma de las experiencias individualmente declaradas por las empresas que integrarán la Asociación.
18 ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA MÍNIMA GENERAL Y ESPECÍFICA DEL PROPONENTE
18.1 Experiencia General y Específica de la Empresa o Asociación Accidental.
18.1.1 La experiencia del proponente será computada considerando los contratos de consultoría ejecutados durante los últimos diez (10) años, que deberán ser acreditados con el Certificado de Cumplimiento de Contrato o su equivalente.
La experiencia general es el conjunto de consultorías realizadas y la experiencia específica es el conjunto de consultorías similares a la consultoría objeto de la contratación.
La experiencia específica es parte de la experiencia general, pero no viceversa, consiguientemente, las consultorías similares pueden ser incluidas en el requerimiento de experiencia general.
18.1.2 En los casos de Asociación Accidental, la experiencia general y específica, serán la suma de las experiencias individualmente demostradas por las empresas que integran la Asociación.
18.1.3 La suma de los montos percibidos por la experiencia general señalada, será calificada conforme los puntajes definidos.
18.1.4 Las áreas de experiencia específica que se requieran para la consultoría, deberán ser definidas, por la entidad convocante, en el numeral 38 del presente DBC.
La entidad convocante debe establecer el tiempo mínimo requerido para la validez de cada servicio de consultoría conforme el numeral 38 del presente DBC. El tiempo mínimo requerido del servicio de consultoría, no deberá ser mayor a la mitad del tiempo estimado de realización de la consultoría objeto de contratación.
18.1.5 Los servicios de consultoría que cumplan con los requisitos solicitados tanto de área de experiencia, como de tiempo mínimo de ejecución, requeridos en el numeral 38; podrán ser considerados como válidos para la evaluación en el Formulario V-3 Evaluación de la Propuesta Técnica.
18.2 Experiencia General y Específica del Personal Clave de la Consultoría
18.2.1 La experiencia del personal clave será computada considerando el conjunto de contratos en los cuales el profesional ha desempeñado cargos similares o superiores al requerido por la entidad convocante, que podrán ser acreditados con certificado suscrito por la empresa o entidad para la cual ha desempeñado el cargo declarado u otros documentos que avalen esta participación.
La experiencia general es el conjunto de consultorías en general y la experiencia específica es el conjunto de consultorías similares al objeto de la contratación.
La experiencia específica es parte de la experiencia general, pero no viceversa. Esto quiere decir que los cargos en consultorías similares pueden ser incluidos en el requerimiento de experiencia general; sin embargo, los cargos en consultorías en general no pueden ser incluidos como experiencia específica.
18.2.2 La valoración de Experiencia Específica mínima requerida para el personal clave deberá efectuarse considerando las condiciones de formación, cargo a desempeñar, áreas de especialización y experiencia específica requeridas, para el personal clave, en el numeral 39 del presente DBC
18.2.3 Para la calificación de Cursos o Seminarios del personal clave se consideran las Áreas de Especialización establecidas por la entidad convocante en el numeral 39 y la duración mínima de los mismos.
Los proponentes deben presentar los siguientes documentos de la propuesta económica:
a) Propuesta Económica (Formulario B-1)
b) Presupuesto Total del Costo de los Servicios de Consultoría (Formulario B-2).
c) Honorarios Mensuales del Personal Asignado (Formulario B-3).
d) Detalle de Alquileres y Misceláneos (Formulario B-4).
Cuando se aplique el Método de Selección y Adjudicación de Presupuesto Fijo el proponente no deberá presentar propuesta económica y si ésta hubiese sido presentada no será considerada en la evaluación.
La propuesta técnica deberá incluir:
a) Formulario de Propuesta Técnica (Formulario C-1).
b) Formulario de Condiciones Adicionales (Formulario C-2).
SECCIÓN III
PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS
21.1.1 La propuesta deberá ser presentada en sobre cerrado y con cinta adhesiva transparente sobre las firmas y sellos, dirigido a la entidad convocante, citando el Número de Licitación, el Código Único de Contrataciones Estatales (CUCE) y el objeto de la Convocatoria.
21.1.2 La propuesta deberá ser presentada en un ejemplar original y una copia, identificando claramente el original.
21.1.3 El original de la propuesta deberá tener sus páginas numeradas, selladas y rubricadas por el proponente, con excepción de la Garantía de Seriedad de Propuesta.
21.1.4 La propuesta deberá incluir un índice, que permita la rápida ubicación de los Formularios y documentos presentados.
21.2 Plazo y lugar de presentación
21.2.1 Las propuestas deberán ser presentadas dentro del plazo (fecha y hora) fijado y en el domicilio establecido en el presente DBC.
Se considerará que el proponente ha presentado su propuesta dentro del plazo, si ésta ha ingresado al recinto en el que se registra la presentación de propuestas, hasta la fecha y hora límite establecidas para el efecto.
21.2.2 Las propuestas podrán ser entregadas en persona o por correo certificado (Courier). En ambos casos, el proponente es el responsable de que su propuesta sea presentada dentro el plazo establecido.
21.3 Modificaciones y retiro de propuestas
21.3.1 Las propuestas presentadas sólo podrán modificarse antes del plazo límite establecido para el cierre de presentación de propuestas.
Para este propósito, el proponente deberá solicitar por escrito la devolución total de su propuesta, que será efectuada bajo constancia escrita y liberando de cualquier responsabilidad a la entidad convocante.
Efectuadas las modificaciones, podrá proceder a su presentación.
21.3.2 Las propuestas podrán ser retiradas mediante solicitud escrita firmada por el proponente, hasta antes de la conclusión del plazo de presentación de propuestas.
La devolución de la propuesta cerrada se realizará bajo constancia escrita.
21.3.3 Vencidos los plazos citados, las propuestas no podrán ser retiradas, modificadas o alteradas de manera alguna.
22.1 La apertura de las propuestas será efectuada en acto público por la Comisión de Calificación, inmediatamente después del cierre del plazo de presentación de propuestas, en la fecha, hora y lugar señalados en el presente DBC.
El Acto de Apertura será continuo y sin interrupción, donde se permitirá la presencia de los proponentes o sus representantes que hayan decidido asistir, así como los representantes de la sociedad que quieran participar.
El acto se efectuará así se hubiese recibido una sola propuesta. En caso de no existir propuestas, la Comisión de Calificación suspenderá el acto y recomendará al RPC que la convocatoria sea declarada desierta.
22.2 El Acto de Apertura comprenderá:
a) Lectura de la información sobre el objeto de la contratación, las publicaciones realizadas y la nómina de las propuestas presentadas y rechazadas, según el Acta de Recepción.
Si hubiere lugar, se informará sobre los Recursos Administrativos de Impugnación interpuestos contra la Resolución que aprueba el DBC.
b) Apertura y registro en el acta correspondiente de todas las propuestas recibidas dentro del plazo, dando a conocer públicamente el nombre de los proponentes y el precio total de sus propuestas económicas, excepto cuando se aplique el Método de Selección y Adjudicación de Presupuesto Fijo.
c) Verificación de los documentos presentados por los proponentes, aplicando la metodología PRESENTÓ/NO PRESENTÓ, del Formulario V-1 correspondiente.
La Comisión de Calificación procederá a rubricar todas las páginas de cada propuesta original, excepto la Garantía de Seriedad de Propuesta.
Cuando no se ubique algún Formulario o documento requerido en el presente DBC, la Comisión de Calificación podrá solicitar al representante del proponente, señalar el lugar que dicho documento ocupa en la propuesta o aceptar la falta del mismo, sin poder incluirlo. En ausencia del proponente o su representante, se registrará tal hecho en el Acta de Apertura.
d) Registro, en el Formulario V–2, del nombre del proponente y del monto total de su propuesta económica, excepto cuando se aplique el Método de Selección y Adjudicación de Presupuesto Fijo.
Cuando existan diferencias entre el monto literal y numeral de la propuesta económica, prevalecerá el literal sobre el numeral.
e) Elaboración del Acta de Apertura, que debe ser suscrita por todos los integrantes de la Comisión de Calificación y por los representantes de los proponentes asistentes, a quienes se les deberá entregar una copia o fotocopia del Acta
Los proponentes que tengan observaciones deberán hacer constar las mismas en el Acta.
22.3 Durante el Acto de Apertura de propuestas no se descalificará a ningún proponente, siendo esta una atribución de la Comisión de Calificación en el proceso de evaluación.
Los integrantes de la Comisión de Calificación y los asistentes deberán abstenerse de emitir criterios o juicios de valor sobre el contenido de las propuestas.
22.4 Concluido el Acto de Apertura, la nómina de proponentes será remitida, por la Comisión de Calificación, al RPC en forma inmediata, para efectos de eventual excusa.
SECCIÓN IV EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN
La entidad convocante, para la evaluación de propuestas podrá aplicar uno de los siguientes Métodos de Selección y Adjudicación:
a) Calidad, Propuesta Técnica y Costo. APLICA
b) Calidad.
c) Presupuesto Fijo.
d) Menor Costo.
Concluido el acto de apertura, en sesión reservada, la Comisión de Calificación determinará si las propuestas continúan o se descalifican, verificando el cumplimiento sustancial y la validez de los Formularios de la Propuesta y la Garantía de Seriedad de Propuesta;
25 MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN CALIDAD, PROPUESTA TÉCNICA Y COSTO
La evaluación de propuestas se realizará en dos (2) etapas, con los siguientes puntajes: PRIMERA ETAPA: Propuesta Económica (PE) : 30 puntos
SEGUNDA ETAPA: Propuesta Técnica (PT) : 70 puntos
25.1 Evaluación Propuesta Económica
25.1.1 Errores Aritméticos.
Se corregirán los errores aritméticos, verificando la propuesta económica en el Formulario B-1 de cada propuesta, considerando lo siguiente:
a) Cuando exista discrepancia entre los montos indicados en numeral y literal, prevalecerá el literal.
b) Si la diferencia entre el numeral y el literal es menor o igual al dos por ciento (2%), se ajustará la propuesta, caso contrario la propuesta será descalificada.
A la propuesta ajustada de menor valor se le asignará treinta (30) puntos, al resto de las propuestas se les asignará un puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:
Donde:
Las propuestas que no fueran descalificadas en la etapa de la Evaluación Económica, pasaran a la Evaluación de la Propuesta Técnica.
25.2 Evaluación Propuesta Técnica.
La propuesta técnica, contenida en los Formularios C-1, X-0, X-0, X-0 y A-6 será evaluada aplicando la metodología CUMPLE/NO CUMPLE, utilizando el Formulario V-3.
A las propuestas que no hubieran sido descalificadas, como resultado de la metodología CUMPLE/NO CUMPLE, se les asignarán treinta y cinco (35) puntos. Posteriormente, se evaluará las condiciones adicionales establecidas en el Formulario C-2, asignando un puntaje de hasta treinta y cinco (35) puntos, utilizando el Formulario V-3.
El puntaje de la Evaluación de la Propuesta Técnica (PTi), será el resultado de la suma de los puntajes obtenidos de la evaluación de los Formularios C-1, X-0, X-0, A-5, A-6 y C-2, utilizando el Formulario V-3.
Las propuestas que en la Evaluación de la Propuesta Técnica (PTi) no alcancen el puntaje mínimo de cincuenta (50) puntos serán descalificadas.
25.3 Determinación del Puntaje Total
Una vez calificadas las propuestas económica y técnica de cada propuesta, se determinará el puntaje total (PTPi) de cada una de ellas, utilizando el Formulario V-4, de acuerdo con la siguiente fórmula:
PTPi = PEi + PTi
Donde:
PTPi = Puntaje Total de la Propuesta Evaluada PEi = Puntaje de la Propuesta Económica
PTi = Puntaje de la Propuesta Técnica
La Comisión de Calificación, recomendará la adjudicación de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total PTPi.
26 MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN CALIDAD
La evaluación de propuestas se realizará en dos (2) etapas, con los siguientes puntajes:
PRIMERA ETAPA: | Propuesta Económica (PE) | : Sin puntuación |
SEGUNDA ETAPA: | Propuesta Técnica (PT) | : 70 puntos |
26.1 Evaluación de la Propuesta Económica
26.1.1 Errores Aritméticos.
Se corregirán los errores aritméticos, verificando la propuesta económica, en el Formulario B-1 de cada propuesta, considerando lo siguiente:
a) Cuando exista discrepancia entre los montos indicados en numeral y literal, prevalecerá el literal.
b) Si la diferencia entre el numeral y el literal es menor o igual al dos por ciento (2%), se ajustará la propuesta.
Las propuestas que no fueran descalificadas en la etapa de la Evaluación Económica, pasaran a la Evaluación de la Propuesta Técnica.
26.2 Evaluación de la Propuesta Técnica
La propuesta técnica, contenida en los Formularios C-1, X-0, X-0, X-0 y A-6, será evaluada aplicando la metodología CUMPLE/NO CUMPLE, utilizando el Formulario V-3.
A las propuestas que no hubieran sido descalificadas, como resultado de la metodología CUMPLE/NO CUMPLE, se les asignarán treinta y cinco (35) puntos. Posteriormente, se evaluará las condiciones adicionales establecidas en el Formulario C-2, asignando un puntaje de hasta treinta y cinco (35) puntos, utilizando el Formulario V-3.
El puntaje de la Evaluación de la Propuesta Técnica (PTi), será el resultado de la suma de los puntajes obtenidos de la evaluación de los Formularios C-1, X-0, X-0, A-5, A-6 y C-2, utilizando el Formulario V-3.
Las propuestas que en la Evaluación de la Propuesta Técnica (PTi) no alcancen el puntaje mínimo de cincuenta (50) puntos serán descalificadas.
La Comisión de Calificación, recomendara la adjudicación la propuesta que obtuvo la mejor calificación técnica (PTi).
27 MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN PRESUPUESTO FIJO
La evaluación tendrá una ponderación de setenta (70) puntos y se realizará de la siguiente forma:
27.1 Evaluación de la Propuesta Técnica
La propuesta técnica contenida en los Formularios C-1, X-0, X-0, X-0 y A-6, será evaluada aplicando la metodología CUMPLE/NO CUMPLE, utilizando el Formulario V-3.
A las propuestas que no hubieran sido descalificadas, como resultado de la metodología CUMPLE/NO CUMPLE, se les asignará treinta y cinco (35) puntos. Posteriormente, se evaluará las condiciones adicionales establecidas en el Formulario C-2, asignando un puntaje de hasta treinta y cinco (35) puntos, utilizando el Formulario V-3.
El puntaje de la Evaluación de la Propuesta Técnica (PTi), será el resultado de la suma de los puntajes obtenidos de la evaluación de los Formularios C-1, X-0, X-0, A-5, A-6 y C-2, utilizando el Formulario V-3.
Las propuestas que en la Evaluación de la Propuesta Técnica (PTi) no alcancen el puntaje mínimo de cincuenta (50) puntos serán descalificadas.
La Comisión de Calificación, recomendará la adjudicación de la propuesta que obtuvo la mejor calificación técnica (PTi).
28 MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN MENOR COSTO
La evaluación de propuestas se realizará en dos (2) etapas con los siguientes puntajes:
PRIMERA ETAPA: | Propuesta Económica (PE) | : Sin puntuación |
SEGUNDA ETAPA: | Propuesta Técnica (PT) | : 70 puntos |
28.1 Evaluación de la Propuesta Económica
28.1.1 Errores Aritméticos.
Se corregirán los errores aritméticos, verificando la propuesta económica y en el Formulario B-1 de cada propuesta, considerando lo siguiente:
a) Cuando exista discrepancia entre los montos indicados en numeral y literal, prevalecerá el literal.
b) Si la diferencia entre el numeral y el literal es menor o igual al dos por ciento (2%), se ajustará la propuesta; caso contrario la propuesta será descalificada.
Las propuestas que no fueran descalificadas en la etapa de la Evaluación Económica, pasaran a la Evaluación de la Propuesta Técnica.
28.2 Evaluación de la Propuesta Técnica
La propuesta técnica contenida en los Formularios C-1, X-0, X-0, X-0 y A-6 será evaluada aplicando la metodología CUMPLE/NO CUMPLE, utilizando el Formulario V-3.
A las propuestas que no hubieran sido descalificadas, como resultado de la metodología CUMPLE/NO CUMPLE, se les asignará treinta y cinco (35) puntos. Posteriormente, se evaluará las condiciones adicionales establecidas en el Formulario C-2, asignando un puntaje de hasta treinta y cinco (35) puntos, utilizando el Formulario V-3.
El puntaje de la Evaluación de la Propuesta Técnica (PTi), será el resultado de la suma de los puntajes obtenidos de la evaluación de los Formularios C-1, X-0, X-0, A-5, A-6 y C-2, utilizando el Formulario V-3.
Las propuestas que en la Evaluación de la Propuesta Técnica (PTi) no alcancen el puntaje mínimo de cincuenta (50) puntos serán descalificadas.
De las propuestas que no fueron descalificadas, la Comisión de Calificación, recomendará la adjudicación de la propuesta que tenga el menor costo.
29 CONTENIDO DEL INFORME DE EVALUACIÓN Y RECOMENDACIÓN
El Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta, deberá contener mínimamente lo siguiente:
a) Nómina de los proponentes.
b) Cuadros de Evaluación.
c) Detalle de errores subsanables, cuando corresponda.
d) Causales para la descalificación de propuestas, cuando corresponda.
e) Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta.
f) Otros aspectos que la Comisión de Calificación considere pertinentes.
30 RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN O DECLARATORIA DESIERTA
30.1 El RPC, recibido el Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta y dentro del plazo fijado en el cronograma de plazos, emitirá la Resolución de Adjudicación o Declaratoria Desierta.
30.2 En caso de que el RPC solicite a la Comisión de Calificación la complementación o sustentación del informe, podrá autorizar la modificación del cronograma de plazos a partir de la fecha establecida para la emisión de la Resolución de Adjudicación o Declaratoria Desierta. El nuevo cronograma de plazos deberá ser publicado en el SICOES.
Si el RPC, recibida la complementación o sustentación del Informe de Evaluación y Recomendación, decidiera bajo su exclusiva responsabilidad, apartarse de la recomendación, deberá elaborar un informe fundamentado dirigido a la MAE y a la Contraloría General del Estado.
30.3 La Resolución de Adjudicación o Declaratoria Desierta será motivada y contendrá mínimamente la siguiente información:
a) Nómina de los participantes y precios ofertados.
b) Los resultados de la calificación.
c) Causales de descalificación, cuando corresponda.
d) Lista de propuestas rechazadas, cuando corresponda.
e) Causales de Declaratoria Desierta, cuando corresponda.
30.4 La Resolución de Adjudicación o Declaratoria Desierta será notificada a los proponentes, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 51 de las NB-SABS. La notificación, deberá incluir copia de la Resolución y del Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta.
31 CONCERTACIÓN DE MEJORES CONDICIONES TÉCNICAS
Una vez adjudicada la contratación, la MAE, el RPC, la Comisión de Calificación y el proponente adjudicado, podrán acordar mejores condiciones técnicas de contratación, si la magnitud y complejidad de la contratación así lo amerita, aspecto que deberá ser señalado en el Acta de Concertación de Mejores Condiciones Técnicas.
La Concertación de Mejores Condiciones Técnicas no dará lugar a ninguna modificación del monto adjudicado.
En caso de que el proponente adjudicado no aceptará las condiciones técnicas demandadas por la entidad, se continuará con las condiciones técnicas adjudicadas.
SECCIÓN V
SUSCRIPCIÓN Y MODIFICACIONES AL CONTRATO
32.1 El proponente adjudicado deberá presentar, para suscripción de contrato, los originales o fotocopias legalizadas de los documentos señalados en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1), excepto aquella documentación cuya información se encuentre consignada en el Certificado xxx XXXX.
Las entidades públicas deberán verificar la autenticidad del Certificado xxx XXXX, presentado por el proponente adjudicado, ingresando el código de verificación del Certificado en el SICOES.
Para el caso de proponentes extranjeros establecidos en su país de origen, los documentos deben ser similares o equivalentes a los requeridos localmente.
La entidad convocante deberá establecer el plazo de entrega de documentos, que no deberá ser menor a diez (10) días hábiles, computables a partir del vencimiento del plazo para la interposición del Recurso Administrativo de Impugnación.
Para el caso de Asociaciones Accidentales entre empresas consultoras nacionales y extranjeras establecidas en su país de origen, el plazo no deberá ser menor a quince (15) días hábiles, considerando la necesidad de legalizaciones y traducciones, cuando sea el caso.
Si el proponente adjudicado presentase los documentos antes del plazo otorgado, el proceso deberá continuar.
32.2 En caso que el proponente adjudicado justifique, oportunamente, el retraso en la presentación de uno o varios documentos requeridos para la suscripción de contrato, por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad, se deberá ampliar el plazo de presentación de documentos.
32.3 Cuando el proponente adjudicado desista de forma expresa o tácita de suscribir el contrato, su propuesta será descalificada, procediéndose a la revisión de la siguiente propuesta mejor evaluada. En caso de que la justificación del desistimiento no sea por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad, además, se ejecutará su Garantía de Seriedad de Propuesta, y se informará al SICOES, en cumplimiento al inciso c) del artículo 49 de las NB-SABS.
Si el desistimiento se debe a que la notificación de adjudicación se realizó una vez vencida la validez de la propuesta presentada, corresponderá la descalificación de la propuesta; sin embargo, no corresponde el registro en el SICOES como impedido.
Si producto de la revisión efectuada para la formalización de la contratación los documentos presentados por el adjudicado no cumplan con las condiciones requeridas, no se considerará desistimiento, por lo que no corresponde el registro en el SICOES como impedido; sin embargo, corresponderá la descalificación de la propuesta y la ejecución de la Garantía de Seriedad de Propuesta
En los casos señalados precedentemente, el RPC deberá autorizar la modificación del cronograma de plazos a partir de la fecha de emisión de la Resolución de adjudicación.
32.4 En caso de convenir un anticipo, el proponente adjudicado deberá presentar la Garantía de Correcta Inversión de Anticipo, equivalente al cien por ciento (100%) del anticipo solicitado.
El contrato podrá ser modificado mediante Contrato Modificatorio, cuando la modificación a ser introducida afecte el alcance, monto y/o plazo del contrato. Se podrán realizar uno o varios contratos modificatorios, que sumados no deberán exceder el diez por ciento (10%) del monto del contrato principal.
SECCIÓN VI
ENTREGA DE LOS PRODUCTOS DE LA CONSULTORÍA Y CIERRE DEL CONTRATO
34 ENTREGA DE LOS PRODUCTOS DE LA CONSULTORÍA
34.1 La entrega de los productos de la consultoría deberá efectuarse cumpliendo con las estipulaciones del contrato suscrito y de sus partes integrantes, que incluyen los Términos de Referencia y el cronograma de presentación de los productos de la consultoría.
34.2 La entidad contratante deberá establecer en los Términos de Referencia, el plazo máximo para aprobar los productos intermedios y finales presentados por la consultoría.
Una vez emitido, por la Contraparte, el Informe Final de Conformidad, la Unidad Administrativa, efectuará el cierre del contrato, verificando el cumplimiento de las demás estipulaciones del contrato suscrito, a efectos del cobro de penalidades, la devolución de garantía(s), si corresponde, y emisión del Certificado de Cumplimiento de Contrato.
SECCIÓN VII GLOSARIO DE TÉRMINOS
Concepto: Es la interpretación que hace el Proponente de la problemática que se pretende solucionar con el servicio (estudio, supervisión, asesoramiento, etc.), demostrando el conocimiento que tiene del proyecto en particular. Contiene una interpretación y análisis de los Términos de Referencia, estableciendo y justificando claramente las coincidencias y desacuerdos con los mismos.
Enfoque: Es en términos amplios, la explicación de cómo el Proponente piensa llevar adelante la realización del servicio bajo criterio de coherencia y lógica, resaltando los aspectos novedosos o aspectos especiales que el proponente ofrece para la realización del servicio.
Objetivo y Alcance: Objetivo es la descripción concreta y tangible del fin último que se persigue en el ente contratante luego de realizado el trabajo de consultoría.
Alcance es la descripción detallada y ordenada de las actividades que el Proponente desarrollará para lograr el objetivo del trabajo en directa relación al logro de los productos intermedios y finales a ser entregados.
Se debe especificar los productos intermedios y finales objeto de la consultoría.
Metodología: Es la descripción de los métodos que empleará el proponente, para lograr el alcance del trabajo en la ejecución del servicio ofrecido, incluyendo tanto una descripción amplia como detallada de cómo el proponente piensa llevar adelante la realización de cada tarea. Si el proponente así lo considera, será conveniente resaltar cuál de los métodos planteados son novedosos y diferenciadores de la metodología propuesta.
Plan de trabajo: Es la descripción de la secuencia lógica expresada en un cronograma de trabajo que tendrá las actividades del servicio y su interrelación con los productos intermedios y finales descritos en el alcance de trabajo, con la organización, asignación de personal y equipamiento ofrecido, para llevar adelante la realización del servicio en el plazo ofertado.
Certificado de cumplimiento de contrato: Se define, como el documento extendido por la entidad contratante en favor del Consultor, que oficializa el cumplimiento del contrato; deberá contener como mínimo los siguientes datos: objeto del contrato, monto contratado y plazo.
Consultor: Empresa especializada dotada de estructura organizada y conocimiento técnico, con capacidad de gerencia suficientes para realizar servicios multidisciplinarios, dentro de los Términos de Referencia, de plazo y costo que se acuerda con el cliente.
Consultoría: Es una actividad intelectual independiente dirigida a la organización del conocimiento aplicado en función de la solución a problemas específicos, relacionando sus posibilidades y modo de aplicación con la realidad socio económica, el medio ambiente físico y humano, desde puntos de vista técnico, económico y social.
Consultoría similar: Es aquella que está en la misma área de trabajo y que tenga alcance similar. Por ejemplo, son similares con los estudios de micro riego, los de uso de agua y suelos, de hidrogeología, etc., con los proyectos aeropuertos, los proyectos de obras de arquitectura, urbanismo, edificaciones, puentes, etc.
Contraparte: Profesional o equipo de profesionales que constituyen el apoyo técnico de acompañamiento permanente a lo largo del desarrollo del proyecto, tanto en el diseño y discusión conceptual como proceso de transferencia tecnológica.
Contratante: Es la institución de derecho público que una vez realizada la convocatoria pública y adjudicado el servicio, se convierte en parte contractual del mismo.
Convocante: Es la institución de derecho público que requiere la prestación de servicios de consultoría, mediante a convocatoria pública.
Desistimiento: Renuncia expresa o tácita por voluntad propia del proponente adjudicado, de suscribir el contrato, que no es consecuencia de causas de fuerza mayor y/o caso fortuito.
Costo del servicio: Es el costo del servicio de consultoría que compromete todos los gastos financieros (directos e indirectos) de la consultora, producto de la ejecución del servicio.
Precio del servicio o monto del contrato: El precio es el valor que las partes firmantes del contrato definen entre sí para la prestación de los servicios de consultoría. Se establece a través de un presupuesto presentado en la propuesta del contratista.
Supervisor de estudio: Servidor público de línea, profesional especialista designado por autoridad competente de la entidad contratante, para realizar el seguimiento del estudio, supervisando directamente el cumplimiento de las condiciones contractuales del Consultor.
Empresa Nacional: Empresa comercial legalmente establecida en el Registro de Comercio de Bolivia.
Empresa Extranjera: Empresa establecida de conformidad con las disposiciones legales del país donde tenga su domicilio principal.
Desistimiento: Renuncia expresa o tácita, por decisión propia del proponente adjudicado, de formalizar la contratación, que no es consecuencia de causas de fuerza mayor y/o caso fortuito.
PARTE II
INFORMACIÓN TÉCNICA DE LA CONTRATACIÓN
36 DATOS GENERALES DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN
1. DATOS DE LA CONTRATACIÓN | |||||||||||||
CUCE : 1 4 - | 0 | 2 | 2 | 5 | - 0 0 - | 4 | 9 | 0 | 7 | 9 | 5 | - 3 1 - | |
Objeto de la : contratación Modalidad : | CONTRATACION DE SERVICIOS DE FORTA FASE DE INVERSION DE LOS PROYECTOS SANITARIO XX XXXXX PARACAYA – PABELL ALCANTARILLADO SANITARIO APOL ALCANTARILLADO SANITARIO Y AGUA POT ALCANTARILLADO SANITARIO LOS NE CONVOCATORIA Licitación Pública | LECIMIENTO INSTITUCIONAL EN LA : SISTEMA DE ALCANTARILLADO ON B (COCHABAMBA), SISTEMA DE O (LA PAZ), SISTEMA DE ABLE YUCUMO (BENI), SISTEMA XX XXXX (SANTA XXXX) – TERCERA | |||||||||||
Código de la entidad para identificar al proceso : Gestión : Precio Referencial : | LPN-C-02-2014 | ||||||||||||
2014 | |||||||||||||
Bs. 1.835.078 (Un Millón Ochocientos Treinta y Cinco Mil Setenta y Ocho/100 Bolivianos) | |||||||||||||
Plazo para la ejecución de la Consultoría : | 410 DIAS CALENDARIO | ||||||||||||
Método de Selección y : b) Calidad c) Presupuesto Adjudicación X a) Calidad, Propuesta Técnica y Costo Fijo d) Menor Costo Tipo de convocatoria : X a) Convocatoria Pública Nacional b) Convocatoria Pública Internacional Forma de Adjudicación : X a) Por el total Tipo de garantía : a) Boleta de Garantía requerida para la Seriedad de Propuesta b) Garantía a Primer Requerimiento X c) Póliza de Seguro de Caución a Primer Requerimiento Tipo de garantía a) Boleta de Garantía requerida para el Cumplimiento de b) Garantía a Primer Requerimiento Contrato X c) Póliza de Seguro de Caución a Primer Requerimiento Señalar con que X a) Presupuesto de la gestión en curso. presupuesto se inicia el proceso de Presupuesto de la próxima gestión (el proceso se iniciará una vez promulgada contratación b) la Ley del Presupuesto General del Estado de la siguiente gestión) Organismos Nombre del Organismo Financiador % de Financiamiento Financiadores : # (de acuerdo al clasificador vigente) 1 ESPAÑA 100 2 3 |
2. DATOS GENERALES DE LA ENTIDAD CONVOCANTE | |||||||||||
Nombre de la Entidad | : | Servicio Nacional Para la Sostenibilidad de Servicios en Saneamiento Básico – SENASBA | |||||||||
: | Ciudad | Zona | Dirección | ||||||||
Domicilio (fijado para el proceso de contratación) | SOPOCACHI | Calle: Xxxxx Xxxxxx Nº 2474 de la Zona de Sopocachi (altura plaza Avaroa) de la ciudad de La Paz – Bolivia | |||||||||
Teléfono | : | ||||||||||
Fax | : | ||||||||||
Correo electrónico | : | ||||||||||
3 PERSONAL DE LA ENTIDAD | |||||||||||
Ap. Paterno | Ap. Materno | Nombre(s) | Cargo | ||||||||
Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE) | : | XXXXXXX | XXXXXX | XXXX | DIRECTORA GENERAL EJECUTIVA | ||||||
Ap. Paterno | Ap. Materno | Nombre(s) | Cargo | ||||||||
Responsable del Proceso de Contratación (RPC) | : | XXXXXXX | XXXXXX | XXXX | DIRECTORA GENERAL EJECUTIVA | ||||||
Ap. Paterno | Ap. Materno | Nombre(s) | Cargo | ||||||||
Encargado de atender consultas | : | XXXXX | XXXXXX | XXXXX | COORDINADORA TECNICA | ||||||
4 SERVIDORES PÚBLICOS QUE OCUPAN CARGOS EJECUTIVOS HASTA EL TERCER NIVEL JERÁRQUICO DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA SON: | |||||||||||
Apellido Paterno | Apellido Materno | Nombre(s) | Cargo | ||||||||
XXXXXXXX | XXX | ||||||||||
Apellido Paterno | Apellido Materno | Nombre(s) | Cargo | ||||||||
XXXXXX | XXXXX |
LA PAZ |
2110662 - 2115733 |
2152404 |
XXXXXX | XXXXXXX XXX-XXX. |
XXXXXXXXX | XXXXXXX TECNICO |
37 CRONOGRAMA DE PLAZOS DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN
El proceso de contratación se sujetará al siguiente Cronograma de Plazos:
ACTIVIDAD | FECHA | HORA | LUGAR | |||||||||
1. | Publicación del DBC en el SICOES | : | Día | Mes | Año | |||||||
01 | 12 | 2014 | ||||||||||
2 | Inspección Previa (si corresponde) | : | Día | Mes | Año | Hora | Min. | |||||
NO CORRESPONDE | ||||||||||||
3 | Consultas Escritas (fecha límite) | : | Día | Mes | Año | |||||||
08 | 12 | 2014 | ||||||||||
Día | Mes | Año | Hora | Min. | ||||||||
4 | Reunión de Aclaración | : | 09 | 12 | 2014 | 15 | 30 | Calle: Xxxxx Xxxxxx Xx 0000 xx xx Xxxx xx Xxxxxxxxx (xxxxxx plaza Avaroa) de la ciudad de La Paz – Bolivia | ||||
Aprobación del DBC con las enmiendas si hubieran (fecha límite) | Día | Mes | Año | |||||||||
5 | : | 10 | 12 | 2014 | ||||||||
Notificación de aprobación del DBC (fecha límite) | Día | Mes | Año | |||||||||
6 | : | 11 | 12 | 2014 |
Día | Mes | Año | Hora | Min. | ||||||||||
7 | Presentación y Apertura de Propuestas (Fecha límite) | : | 22 | 12 | 2014 | 10 | 00 | Calle: Xxxxx Xxxxxx Xx 0000 xx xx Xxxx xx Xxxxxxxxx (xxxxxx plaza Avaroa) de la ciudad de La Paz – Bolivia | ||||||
Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta (fecha límite) | Día | Mes | Año | |||||||||||
8 | : | 29 | 12 | 2014 | ||||||||||
Día | Mes | Año | ||||||||||||
9 | Adjudicación o Declaratoria Desierta (fecha límite) | : | 12 | 01 | 2015 | |||||||||
Notificación de la adjudicación o declaratoria desierta (fecha límite) | Día | Mes | Año | |||||||||||
10 | : | 13 | 01 | 2015 | ||||||||||
Presentación de documentos para suscripción de contrato (fecha límite) | Día | Mes | Año | |||||||||||
11 | : | 09 | 02 | 2015 | ||||||||||
Día | Mes | Año | ||||||||||||
12 | Suscripción de contrato (fecha límite) | : | 11 | 02 | 2015 |
Todos los plazos son de cumplimiento obligatorio, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 47 de las NB-SABS.
38. TERMINOS DE REFERENCIA Y CONDICIONES REQUERIDAS PARA EL SERVICIO DE CONSULTORÍA
CONTRATACION DE SERVICIOS DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL EN LA FASE DE INVERSION DE LOS PROYECTOS: SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO XX XXXXX PARACAYA – PABELLON B (COCHABAMBA), SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO APOLO (LA PAZ), SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO Y AGUA POTABLE YUCUMO (BENI), SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO LOS NEGROS (SANTA XXXX)
A. ANTECEDENTES
El impacto de las medidas de privatización de los servicios de agua potable y saneamiento básico, fue uno de los detonantes de la reacción popular ante las medidas implementadas por los gobiernos de turno, en el marco de los ajustes estructurales xx xxxxx neoliberal desde el año 1985.
Aunque la cobertura de los servicios de saneamiento básico no satisfacía las necesidades de la población con la política de privatización de estos servicios, los problemas se agudizaron afectando a un número cada vez mayor de personas, de las ciudades y de las áreas rurales, que derivaron en conflictos.
La Guerra del Agua en Cochabamba (2000) y los levantamientos populares en las ciudades de El Alto y La Paz (2004), son dos hitos históricos importantes que han marcado la reconsideración de los servicios básicos como servicios sociales que cuenten con la participación del Estado, sin perder de vista que los alcances de estas movilizaciones fueron mucho mayores.
Las demandas de la población han sido recogidas, en gran medida, en el Plan Nacional de Desarrollo, propuesta de desarrollo que tiene como filosofía el Vivir Bien, basada en cuatro pilares fundamentales, cuyo objetivo es la construcción de una sociedad democrática y con justicia social.
De esta manera el xxxxx Bolivia Digna, que tiene como fin último la erradicación de la pobreza y la inequidad a partir de la construcción participativa de un patrón de distribución y redistribución de la riqueza y las oportunidades, una de cuyas proyecciones es la generación de capacidades personales y comunitarias para el desarrollo económico, social, político y cultural para reproducir el sujeto transformador más importante que son los seres humanos, como individuos, familias y comunidades.
Es este marco se inscriben los servicios de saneamiento básico que una breve mirada nos permite ver la complejidad de la problemática: Sólo el 74,5% de la población boliviana tiene acceso a servicios de agua (no necesariamente a agua potable), que para áreas urbanas llega al 87,5% y área rurales al 50,3%. En relación al saneamiento la situación es aún más dramática ya que el 47,7% de la población cuenta con estos servicios, un 53,7% en las áreas urbanas y un 36,5% en áreas rurales,
y mucho más si toma en cuenta que los servicios de agua generan necesariamente aguas residuales que no son recolectadas, menos tratadas y dispuestas adecuadamente y entonces contaminan las fuentes de agua.
Asimismo la disponibilidad de agua se ve afectada, tanto en calidad como en cantidad debido a la competencia por su uso y creciente demanda como por la recarga de acuíferos asociada a la variabilidad de los regímenes pluviales relacionada a los cambios climáticos.
En este panorama la propuesta del Plan Sectorial de Desarrollo de Saneamiento Básico 2011-2015 para el ejercicio del agua como derecho fundamentalísimo para la vida y como componente del Plan Nacional de Saneamiento Básico ha establecido los criterios de integralidad, universalidad, responsabilidad y sostenibilidad para el acceso a los servicios de agua potable y saneamiento básico en el marco de la Gestión Integral de Recursos Hídricos y el Enfoque xx Xxxxxx tiene como objetivo meta mejorar sustancialmente el acceso a estos servicios y que estos sean sostenibles.
En este marco se han definido entre los ejes estratégicos de desarrollo sectorial el acceso universal y equitativo a los servicios de agua potable y saneamiento y la sostenibilidad de los mismos que comprende ejecución de programas de inversión acompañada de ajuste a la normativa, fortalecimiento institucional y asistencia técnica a las EPSA, así como el desarrollo comunitario que fortalece los mecanismos de participación social.
Entonces, la política financiera sectorial define acciones integrales y presupuestos específicos para las inversiones a través del Mecanismo de Inversión para Coberturas en el Sector potable y Saneamiento
– MICSA para priorizar la asignación de recursos en favor de la población más vulnerable, el mismo que establece dos modalidades: Línea de Financiamiento Sectorial (LFS) para aquellos programas y proyectos que pueden cumplir condiciones de financiamiento definidas para una canasta de recursos de diferentes fuentes, formas y la Línea de Financiamiento Directo (LFD) para programas y proyectos no pueden someterse a las condiciones de la LFS.
Por otra parte la institucionalidad sectorial que se viene construyendo en respuesta a las metas a lograr y los desafíos que implican, se está consolidando y el MMAyA ha creado una entidad responsable de la infraestructura, la Entidad Ejecutora de Medio Ambiente y Agua (EMAGUA), otra para regularla los servicios, la Autoridad de Regulación y Control Social (AAPS) y la institución cuyo mandato es el desarrollo de capacidades en las EPSA y la población para la sostenibilidad de los servicios, el Servicio para la Sostenibilidad de Servicios en Saneamiento Básico (SENASBA) y unidades ejecutoras, entre otras, así como el fortalecimiento y reorganización de otras ya existentes.
Una consideración importante es que el ejercicio pleno del derecho humano al agua en el que está empeñado no solo el sector sino el Estado, es que se trata de un desafío de gran magnitud y deberá contar con el concurso y participación comprometida de todos los niveles de gobierno, cuyas competencias están definidas en la Xxx Xxxxx de Autonomías bajo los principios constitucionales, que en su artículo 89 definen los alcances para agua potable y saneamiento, señalando claramente la concurrencia entre niveles central, departamentales y municipales.
Pero la realidad muestra que las capacidades, sobre todo de los gobiernos municipales, es insuficiente lo que se constituye en un reto importante, que no solo implica fortalecimiento de capacidades a las EPSA municipales sino a los gobiernos municipales y departamentales que coadyuven a la sostenibilidad de los servicios de manera efectiva.
Este es el contexto en el que se está ejecutando el Programa Suministro de Agua Potable y Saneamiento para pequeñas SAS-PC, financiado por la Cooperación Española – AECID, se ha elaborado el Plan de Sostenibilidad con el objetivo de incrementar las capacidades al interior del operador que le permita planificar, ejecutar, decidir, evaluar, etc. en el marco de su desarrollo y apoyados por las instancias de los Gobiernos Municipales, los cuales deben estar conscientes de su rol y tener las capacidades necesarias para ejercerlo.
Por otra parte, es importante una acción educativa constante con la población en general para el buen uso de los servicios del agua potable y alcantarillado. Y finalmente para respaldar dichas acciones se hace necesaria la promoción de alianzas estratégicas interinstitucionales para la acción intersectorial en agua y saneamiento para el logro de intervenciones integrales que contribuyan a que los servicios realmente mejoren las condiciones de vida de la población que es en todo caso el fin último de estos proyectos.
En este entendido, el SENASBA, aplicando el Decreto Supremo 181 y en cumplimiento a las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios, y de acuerdo a lo que establece la Ley Nº 1178 y Decretos Reglamentarios, requiere contratar una entidad que se encargue de la ejecución de los Servicios de Fortalecimiento Institucional de los proyectos: Sistema de Alcantarillado Sanitario xx Xxxxx Paracaya – Pabellón B (Cochabamba), Sistema de Alcantarillado Sanitario Apolo (La Paz), Sistema de Alcantarillado Sanitario y Agua Potable Yucumo (Beni), Sistema de Alcantarillado Sanitario Los Negros (Santa Xxxx)
B. JUSTIFICACIÓN
El país actualmente considera fuertes inversiones de carácter social que necesariamente requieren del trabajo coordinado de los usuarios, instituciones, organizaciones, población en general y el operador de los servicios de saneamiento básico.
Las condiciones actuales de las EPSAs promedio, evidencian que no existen las capacidades instaladas para el desarrollo de los servicios y la administración adecuada de los mismos.
Por lo cual es necesaria la vocación institucional de los operadores, para que su accionar sea incidente en la correcta operación y mantenimiento de la infraestructura, la comercialización de los servicios, la administración de los recursos y la gestión institucional, que permita alcanzar la vida útil de la infraestructura implementada y la sostenibilidad de los servicios.
Para la sostenibilidad de los servicios, es muy importante realizar el Fortalecimiento Institucional a las EPSAs y Gobiernos Municipales, en la gestión técnica, administrativa y comercial de los sistemas de Agua Potable y Saneamiento Básico, de tal manera de instalar capacidades en el personal de las EPSAs para la sostenibilidad técnica y financiera de la gestión de los servicios ejecutados por el programa, así como otros proyectos a ser asistidos por los Gobiernos Municipales.
C. MARCO REFERENCIAL
El Marco Legal para la implementación del Plan de Fortalecimiento Institucional del Plan de Sostenibilidad es: la Constitución Política del Estado (CPE), Plan Nacional de Desarrollo (PND), el Plan Sectorial de Desarrollo de Saneamiento Básico, la Xxx xxxxx de autonomías y descentralización Ley No. 031 del 19 de julio de 2010, Manual de Operaciones de Asistencia Técnica del SENASBA, el Decreto Supremo Nº 29751 de 22 de octubre de 2008 que establece el Mecanismo de Inversión para Coberturas en el Sector de Agua Potable y Saneamiento – MICSA, el documento del proyecto de infraestructura, guías DESCOM y planes municipales y la Guía de Implementación del Enfoque de Género en Proyectos de Agua Potable y Saneamiento Básico, según corresponda.
D. OBJETIVO DE LA CONSULTORIA
Desarrollar las bases de la sostenibilidad en la prestación de los servicios de agua potable y alcantarillado sanitario, a través de procesos participativos en gestión técnica, administrativa y comercial dirigidos a las EPSAs y GAM de los proyectos de agua potable y/o saneamiento básico en las poblaciones de: Linde Paracaya Pabellón B (Cochabamba), Yucumo (Beni), Apolo (La Paz) y Los Negros (Santa Xxxx)
E. OBJETIVOS ESPECIFICOS
- Capacitar y asistir técnicamente a las EPSAs en la gestión técnica de los sistemas de agua potable, saneamiento básico en general, plantas de tratamiento de aguas potables y aguas residuales.
- Capacitar y asistir técnicamente a las EPSAs en la gestión administrativa de los servicios de agua potable, saneamiento básico en general, plantas de tratamiento de aguas potables y aguas residuales.
- Capacitar y asistir técnicamente a las EPSAs en la gestión comercial de los servicios de agua potable, saneamiento básico en general.
- Capacitar y asistir técnicamente a las EPSAs en la Puesta en Marcha de los sistemas de agua potable y/o saneamiento básico, planta de tratamiento de agua potable y agua residual.
- Capacitar y asistir técnicamente a los Gobiernos Municipales en la gestión técnica, administrativa y comercial de los sistemas de agua potable, saneamiento básico en general, plantas de tratamiento de aguas potables y aguas residuales para operadores de su Municipio.
F. ALCANCE
El alcance de la consultoría está definido por los resultados que se desean alcanzar, aspectos que deben ser considerados al momento de realizar la ejecución del Fortalecimiento Técnico y Comercial.
En este sentido, para la ejecución del Plan de Fortalecimiento Técnico y Comercial, se han identificado las siguientes áreas de intervención y los resultados esperados de la consultoría:
ÀREAS DE INTERVENCIÓN | RESULTADOS ESPERADOS |
Gestión técnica de los sistemas de agua potable, saneamiento básico en general, plantas de tratamiento de aguas potables y aguas residuales | EPSAs capacitadas en: Operación y mantenimiento de sistemas de agua potable, saneamiento básico en general, plantas de tratamiento de aguas potables y aguas residuales; catastro técnico de redes (en base a los planos as built). |
EPSAs cuentan con manuales de operación y mantenimiento, catastro técnico de sistemas de agua potable, saneamiento básico en general, plantas de tratamiento de aguas potables y aguas residuales. | |
EPSAs fortalecidas con intercambio horizontal de experiencias en el área técnica EPSA capacitada y con conocimiento de lectura e interpretación de planos | |
Gestión administrativa de los servicios de agua potable, saneamiento básico en general, plantas de tratamiento de aguas potables y aguas residuales | EPSAs formalizadas ante la AAPS, con estatutos ACORDE AL MODELO DE GESTIÓN , reglamentos, catastro de usuarios, formalización de la EPSA |
Manuales administrativos, procedimientos, contrataciones, compras, formulación y presentación de estados financieros, análisis de costos y gestión de financiamiento implementados EPSAs fortalecidas con intercambio horizontal de experiencias en el área administrativa | |
Gestión comercial a las EPSAs y Gobiernos Municipales en los servicios de agua potable, saneamiento básico en general | EPSA cuenta con asistencia técnica en Catastro de Usuarios y Categorización EPSA cuenta con estructura tarifaria de acuerdo a lineamientos de la AAPS. Con la estrategia del ciclo comercial des de la incorporación, lecturación, facturación, cobranza, atención al cliente, reclamos, xxxx, micro medición. EPSAs fortalecidas con intercambio horizontal de experiencias en el área comercial Alianzas estratégicas con EPSAS mayores y menores para asistir e impartir asistencia técnica. |
Puesta en Marcha de los sistemas de agua y/o saneamiento básico, planta de tratamiento de agua potable y agua residual. | EPSA cuenta con asistencia para la Puesta en Marcha de sistemas de agua potable, saneamiento básico en general, plantas de tratamiento de aguas potables y aguas residuales |
Gestión técnica, administrativa y comercial a los Gobiernos Municipales de los sistemas de agua potable, saneamiento básico en general, plantas de tratamiento de aguas potables y aguas residuales para operadores de su Municipio. | GAM capacitado para brindar asistencia técnica en gestión técnica, administrativa y comercial de sistemas de agua potable, saneamiento básico en general, plantas de tratamiento de aguas potables y aguas residuales, catastro técnico de redes y otros a operadores de su jurisdicción. GAM capacitado en el uso, manejo e interpretación de datos del laboratorio Portátil de agua potable y residual (HACH) GAM cuenta con conocimientos para la toma de muestras de aguas residuales (afluente y efluente) |
Para el logro de los resultados se plantea a nivel enunciativo y no limitativo el siguiente alcance de la consultoría:
La ejecución de la Consultoría de Fortalecimiento Institucional deberá ser realizada por un equipo multidisciplinario.
El equipo técnico deberá tener presencia en los lugares especificados acorde a las actividades de su especialidad de acuerdo a una planificación propuesta por el Ejecutor y aceptada por el SENASBA
La consultora, deberá contar con oficinas equipadas en los lugares de la ejecución de cada proyecto, de tal manera que el personal trabaje en condiciones óptimas.
La consultora deberá coordinar con todos los actores del proyecto: Gobierno Autónomo Municipal, EPSA, Supervisión de obras, fiscal de obras, empresa ejecutora y supervisión DESCOM/ESA, empresa constructora, autoridades locales y otros, para el desarrollo de sus actividades.
La consultora debe alcanzar la participación activa de la EPSA en el Fortalecimiento Institucional, estableciendo en el plan de asistencia técnica, indicadores de gestión a ser cumplidas por el Ejecutor FI y la EPSA, de manera de lograr el empoderamiento y la corresponsabilidad de la EPSA.
La consultora debe proporcionar reportes e informes de cumplimiento de productos y resultados en los tiempos establecidos y solicitud de la Supervisión Técnica FI.
Coordinar con la Ejecutora DESCOM y la EPSA para plantear el cronograma de catastro y categorización de usuarios, para la aprobación de estructura de tarifas, pago oportuno de tarifas.
G. METODOLOGÍA
El trabajo se implementará en base a los lineamientos de Fortalecimiento Institucional FI del SENASBA.
La metodología, herramientas e instrumentos deben ser desarrolladas por la consultora, demostrando la experiencia que tiene en el ámbito objeto de estas actividades.
A continuación se describe la metodología mínimamente aplicable en la realización de las actividades para la consecución de los productos y resultados:
Cronograma inicial: La consultora debe presentar un cronograma ajustado por cada sistema a la fecha de Orden de Proceder, el cual deberá estar consensuado con la Supervisión, considerando las características de la EPSA, el cronograma de obras, etc.
Intervenciones en general: La metodología a utilizarse será totalmente participativa, con enfoque de género1 e interculturalidad2, debiendo estar acorde a los lineamientos del SENASBA y la normativa del sector.
1 Equidad de género como acción afirmativa orientada a que ambos sexos se beneficien igualmente, con igualdad de oportunidades en la participación, capacitación y otros para el ejercicio pleno de sus derechos.
Eventos de socialización y capacitación: Los eventos de socialización deben contar con la participación mínima de los actores establecidos en los indicadores objetivamente verificables, debiendo cumplir con la representatividad y participación solicitada, con enfoque de género e interculturalidad. En caso de no ser así, se realizará un diagnóstico y se plantearán estrategias correctivas.
La consultora se relacionará con la población beneficiaria mediante el Ejecutor DESCOM, Gobierno Autónomo Municipal y la EPSA, quienes coadyuvarán con la convocatoria para las capacitaciones, talleres, reuniones, asambleas, etc. a ser realizados, sin dejar de lado la responsabilidad de la Consultora sobre el adecuado cumplimiento de estas actividades.
Documentos de capacitación, difusión, perfil de evento: Todo documento trabajado (material de apoyo, de difusión, perfil de evento, etc.) deberá ser presentado y contar con el visto bueno del SENASBA antes de implementación, para lo cual deberá ser enviado con (10) días hábiles antes de su aplicación.
Planes Integrales de Capacitación: Toda capacitación debe ser parte de un Plan Integral de Capacitación con resultados definidos, ninguna capacitación deberá realizarse de manera aislada. Por ello el ejecutor deberá englobar según corresponda las acciones de capacitación requeridas en la matriz del FI Técnico y Comercial en un plan integral y presentarlo a sus Supervisores para aprobación antes de su implementación.
Coordinación: Los profesionales de la consultora, deberán coordinar estrechamente todas las actividades a ser realizadas con el equipo de supervisión del SENASBA, Ejecutor DESCOM y los Gobiernos Autónomos Municipales de San Xxxxxx, San Xxxxx, Xxxxx y Pampa Grande, fiscal de EMAGUA, supervisor de obra.
Cronogramas: La consultora deberá remitir a la Supervisión del Fortalecimiento Institucional con copia a la EPSA y el GAM su cronograma mensual de actividades 5 días antes de iniciado el mes. Toda modificación al cronograma deberá contar con la aprobación expresa del Supervisor.
Resultados: Todas las actividades realizadas deberán enfocarse al logro de productos y resultados más que al simple cumplimiento de actividades.
Documentos: Los perfiles, informes, diagnósticos, manuales, reportes y otros documentos a ser presentados al SENASBA deberán ser elaborados según requerimientos del mismo.
Material: Todo el material producido deberá contar con la identificación del Ministerio de Medio Ambiente y Agua, del SENASBA y garantizar la visibilidad de la AECID (Agencia Española para la Cooperación Internacional para el Desarrollo) acorde a la orientación del SENASBA y el Supervisor.
Relacionamiento con Ejecutor DESCOM: La consultora deberá coordinar actividades con el Ejecutor DESCOM al menos en las siguientes actividades:
a. Proceso de formalización de la EPSA
b. Aprobación de precios y tarifas
c. Catastro de usuarios
d. Pago oportuno de tarifas
2 Relación equilibrada y armónica entre culturas, rescatando los conocimientos y valores ancestrales que fomentan la dignidad humana.
Relacionamiento con EMAGUA (Supervisión y Fiscal de Obras): La consultora deberá coordinar actividades con EMAGUA al menos en las siguientes actividades:
a. Recopilación de información del proyecto (inicial, intermedio y final)
b. Entrega de planos Asbuilt a la EPSA
c. Puesta en marcha del sistema
d. Coordinación para la entrega provisional y definitiva de obras.
En caso de no existir un buen relacionamiento con los involucrados en la consultoría, esta será comunicada oportunamente al Supervisor del SENASBA.
Además deberá incluir en su Plan de Actividades todos los aspectos referidos al relacionamiento con los actores establecidos en la Metodología de intervención de los términos de referencia.
Línea base y línea de salida: La consultora debe realizar una recopilación de información que contenga como mínimo la Estructura del Plan de Fortalecimiento Institucional Técnico, que se anexa en el (ANEXO TDR 3 – A y ANEXO TDR 3 - B).
Verificación de resultados de las capacitaciones: La metodología propuesta debe detallar la forma de realizar las actividades de capacitación considerando los objetivos e indicadores determinados en las matrices del Plan de Fortalecimiento Institucional, incluyendo siempre una evaluación de los conocimientos y habilidades adquiridos.
Memorias de eventos: Las memorias de eventos deben contener el perfil del evento, material a ser utilizado, archivo fotográfico, actas de los eventos firmados por los participantes, etc., deberán ser elaboradas según el formato del SENASBA.
Archivo fotográfico: La consultora deberá adjuntar a su informe el respaldo fotográfico de los eventos realizados en versión digital, formato JPG en alta resolución, al menos 5 fotos por actividad.
Movilización: La consultora deberá disponer de los medios de movilización necesarios para acceder a todas las comunidades del área del proyecto.
Orientación a Resultados: La consultora deberá prever que todo el trabajo a realizarse esté orientado al cumplimiento de productos y resultados, realizando seguimientos periódicos e informando de los mismos en cada informe, adjuntando tabla resumen de productos e indicadores alcanzados en cada periodo.
Deberá informar a la supervisión en caso de que no se estén logrando los resultados esperados, exponiendo razones de fuerza mayor y/o caso fortuito que lo justifiquen, debiendo reprogramar las acciones para alcanzar los resultados, en coordinación con el Supervisor.
La metodología planteada en estos TdR no es limitativa, el proponente debe desarrollar una metodología de ejecución de las actividades en forma coherente y eficaz.
H. CONDICIONES ESPECIALES
• De acuerdo a lo establecido en el Reglamento Operativo del Programa, donde se señala que por el Real Decreto 1460/2009 del 29 de Septiembre3 debe asegurarse estándares internacionales de transparencia que garantice la competencia y la calidad de las adjudicaciones. Así como que el beneficiario asegurará la aplicación de procedimientos que garantice la libre competencia y la participación de empresas y profesionales de otros países en igualdad de condiciones. En este sentido, en el caso de proponentes extranjeros4, las condiciones y los documentos requeridos para la presentación de propuestas en servicios de
3 Convenio ICO Beneficiario – Real Decreto/Convenio ICO Beneficiario
4 ROP Modificado Abril 2014
Consultoría, serán los equivalentes a los documentos requeridos por la normativa del Estado Plurinacional de Bolivia, o los que su normativa del país extranjero así lo prevea.
En caso de ser adjudicada una empresa extranjera, los documentos legales para firma del contrato, serán los requeridos por el Decreto Supremo N° 0181 de 28 xx xxxxx de 2009 y sus disposiciones reglamentarias en lo que sea aplicable.
• Todos los documentos elaborados por la Consultora serán de propiedad del SENASBA, por lo que la Consultora no podrá compartir la información con otros organismos o personas sin previa autorización escrita de la Máxima Autoridad Ejecutiva de la entidad contratante.
• Los materiales producidos por la Consultora, así como la información a la que éste tuviera acceso, durante o después de la ejecución del presente contrato, tendrá carácter confidencial, quedando expresamente prohibida su divulgación a terceros.
I. PRODUCTOS ESPERADOS
Los productos a entregar, por proyecto y según las áreas de intervención, se encuentran detallados por proyecto en el ANEXO TDR-1, que contiene el detalle de resultados esperados, actividades y medios de verificación.
X. XXXXX
El monto total previsto para la Consultoría (Precio referencial) es de Bs. 1.835.078 (Un Millón Ochocientos Treinta y Cinco Mil Setenta y Ocho/100 Bolivianos), monto que incluye salarios de los consultores y el equipo técnico de apoyo que pueda requerirse, beneficios sociales, aportes a la AFP, equipos, herramientas, materiales, instalaciones, alquileres, seguros e impuestos, gastos generales utilidades y el pago de pasajes, transporte, alojamiento y viáticos de acuerdo al desarrollo de la presente Consultoría.
El monto de la Consultoría incluye también todos los gastos de material didáctico y de capacitación para las reuniones y talleres, refrigerios, material de escritorio, uso de computadora e impresora, fotocopias, uso de data show y todo insumo requerido para desarrollar las actividades descritas.
La Empresa Consultora será responsable del cuidado de sus equipos.
La Empresa Consultora será responsable por la seguridad del personal contratado.
K. MODALIDAD, PLAZO, LUGAR DE PRESENTACIÓN, SEDE Y PLAZO DE LA CONSULTORÍA
La Consultoría es por producto. Las sedes de trabajo serán las EPSAs constituidas en: la población xx Xxxxx Paracaya, Pabellón B y adyacentes; la población de Yucumo, la población de Los Negros y la población xx Xxxxx. Asimismo, los Gobiernos Municipales de: San Xxxxxx, San Xxxxx, Xxxxx y Pampa Grande.
El plazo de duración del servicio es de 410 días calendario, desde la otorgación de la Orden de Proceder correspondiente a cada Proyecto y por fase, hasta la entrega del Informe Final. Sin embargo, Al estar el servicio ligado al proceso constructivo puede sufrir ampliaciones en el plazo, por lo cual se ha dividido el servicio en 5 Informes incluyendo un Informe Final (Entregables); pudiéndose dar cortes entre las fases, por lo cual se ha dividido el servicio en tres fases: FASE DE DIAGNÓSTICO, FASE DE IMPLEMENTACIÓN y FASE DE EVALUACIÓN; pudiéndose dar 2
cortes: al inicio de la Fase de Implementación y al inicio de la Fase de Implementación Post Inversión de acuerdo al desarrollo de la obra, sin embargo en dichos cortes la consultora deberá disponer un personal mínimo en campo para realizar el seguimiento a los compromisos a ser asumidos por la EPSA, en cuanto al mejoramiento de indicadores.
En caso de suspensión parcial por un tiempo mayor a tres meses, o total de la obra de infraestructura, los productos relacionados directamente con la entrega de la obra, serán analizados por el Supervisor FI, Coordinador e instancias competentes, pudiéndose generar modificaciones contractuales, según procedimiento vigente.
El tiempo de movilización que dispondrá la Consultora por proyecto, es de un máximo de cinco (5) días hábiles a partir de la orden de proceder y estará considerado dentro del plazo de duración del servicio.
La revisión y las observaciones que pudiese haber a los documentos de los informes por parte del SENASBA se harán en un plazo no mayor a quince (15) días calendario, estableciendo en la nota de comunicación el plazo para las correcciones y la entrega definitiva de los productos observados. Concluido el plazo otorgado para las correcciones definitivas se iniciará con el cómputo de multas.
De acuerdo al avance de los productos y resultados, se realizarán evaluaciones después de cada entregable para determinar si el trabajo que se viene desarrollando es el adecuado o deben considerarse algunos cambios pertinentes. Los cambios debidamente justificados a ser realizados en las actividades (por ejemplo número de talleres, plazos de entrega de actividades, número de participantes y otros similares), se realizarán de acuerdo a:
Modificaciones Menores No Sustanciales: Son todas aquellas modificaciones autorizadas por el Supervisor y/o Contraparte de la Entidad, que no afectan ni modifican el objetivo, alcance, monto y/o plazo total del contrato, plazo de presentación de productos o informes.
Estas modificaciones incluyen:
(i) La modificación del cronograma dentro el período de entrega del Informe.
(ii) El intercambio de productos de un informe a otro.
Contrato Modificatorio: El Contrato Modificatorio es aplicable cuando la modificación a ser introducida afecte el alcance, monto y/o plazo del contrato, sin dar lugar al incremento de los precios unitarios.
Se contemplarán los mecanismos de seguimiento y control que el Departamento del Fondo de Agua y Saneamiento (XXXXX en adelante) de la Cooperación Española realizará sobre el procedimiento de licitación, adjudicación y ejecución del presente contrato, que derivan de los compromisos adquiridos mediante el contrato de Financiación y el Reglamento Operativo que regulan el programa “Suministro de Agua potable y Saneamiento en Pequeñas Comunidades rurales de Bolivia SAS-PC”. Así como los otros procedimientos de seguimiento y no objeción al proceso de licitación y a las ampliaciones y/o modificaciones al contrato. Concretamente el XXXXX emitirá la No Objeción a los Contratos Modificatorios que modifiquen substancialmente el objeto de la presente Consultoría, y se informará de ampliaciones de plazo superiores a 60 días calendario.
La consultora adjudicada deberá presentar el certificado de no adeudo a la gestora pública por contribuciones al seguro social (AFP’s).
Los plazos para que la firma consultora pueda presentar justificaciones (debidamente documentadas) al SENASBA es de 10 días hábiles después de ocurrido el suceso, que impida o perjudique alguna actividad, el SENASBA cuenta con 10 días hábiles para contestar el reclamo.
Los días de multa no amplían el plazo de la consultoría.
L. PRESENTACIÓN DE INFORMES - ENTREGABLES
El tiempo estipulado para la presentación de los “informes” como de los “entregables” (conjunto de productos), dependerán de las fechas de orden de proceder de cada uno de los proyectos y fases, es decir, son independientes unos a otros, el SENASBA emitirá la Orden de Proceder y el tiempo para cada informe estará directamente relacionado a la mencionada orden.
Para su aprobación, la firma consultora deberá presentar durante el tiempo que dure su contrato 5 informes por proyecto, según el siguiente detalle:
• Primer Informe (Fase de Diagnóstico): a los 60 días de la Orden de Proceder de la Fase de Diagnóstico, que contenga los productos definidos para el Entregable 1- E1 (ANEXO TDR-2), que incluya respaldos solicitados en los medios de verificación y un informe de actividades. De acuerdo a formato establecido por el SENASBA y en cumplimiento a las actividades señaladas en el ANEXO TDR-2, uno por proyecto.
• Segundo informe (Fase de Implementación 1): a los 90 días de la Orden de Proceder de la Fase de Implementación, que contenga los productos definidos para el Entregable 2- E2 (ANEXO TDR-2), que incluya respaldos solicitados en los medios de verificación y un informe de actividades. De acuerdo a formato establecido por el SENASBA y en cumplimiento a las actividades señaladas en el ANEXO 2, uno por proyecto.
• Tercer informe (Fase de Implementación 2): a los 180 días de la Orden de Proceder de la fase de Implementación, que contenga los producto definidos para el Entregable 3- E3 (ANEXO TDR-2), que incluya respaldos solicitados en los medios de verificación y un informe de actividades. De acuerdo a formato establecido por el SENASBA y en cumplimiento a las actividades señaladas en el ANEXO TDR-2, uno por proyecto.
• Cuarto informe (Fase de Implementación Post Inversión): a los 120 días de la Orden de Proceder de la Fase de Implementación Post Inversión, que contenga los productos definidos para el Entregable 4- E4 (ANEXO TDR-2), que incluya respaldos solicitados en los medios de verificación y un informe de actividades. De acuerdo a formato establecido por el SENASBA y en cumplimiento a las actividades señaladas en el ANEXO TDR-2, uno por proyecto.
• Informe Final (Fase de Evaluación de Resultados): La consultora tendrá 170 días de la Orden de Proceder de la Fase de Implementación Post Inversión para entregar su Informe Final, referido al documento de consolidación de cumplimiento de productos y resultados alcanzados, que incluya el alcance logrado y una sistematización de todo el trabajo desarrollado, uno por proyecto.
Los informes deben ser presentados en la Oficina Nacional del SENASBA en copia dura en 1 ejemplar original y una copia, además en medio magnético dos (2) discos compactos. Los mismos deberán ser entregados en las fechas establecidas de los entregables.
Los informes y productos deben ser escritos en español con excelente redacción y presentación.
M. MODALIDAD DE PAGO
Si las Órdenes de Xxxxxxxx son dadas en la misma fecha para los proyectos, se realizarán los pagos de acuerdo al número de proyectos, caso contrario, se realizarán pagos por proyecto a la aprobación de cada informe explicado en el anterior punto, acorde al siguiente detalle:
• Primer pago de 15% contra presentación y aprobación del Primer Informe (Diagnóstico) - Entregable 1 E1 – (ANEXO TDR-2) en el que se definen los productos y actividades a ser cumplidas, para cada proyecto.
• Segundo pago de 15% contra presentación y aprobación del Segundo Informe (Implementación 1) Entregable 2 E2 - (ANEXO TDR-2) en el que se definen los productos y actividades a ser cumplidas, para cada proyecto.
• Tercer pago de 20% contra presentación y aprobación del Tercer Informe (Implementación 2) Entregable 3 E3 - (ANEXO TDR-2) en el que se definen los productos y actividades a ser cumplidas, para cada proyecto.
• Cuarto pago de 30% contra presentación y aprobación del Cuarto Informe (Implementación Post Inversión) Entregable 4 E4 - (ANEXO TDR-2) en el que se definen los productos y actividades a ser cumplidas, para cada proyecto.
• Quinto pago de 20% contra presentación y aprobación del Informe de Evaluación de Resultados e Informe Final Entregable 5 E5, para cada proyecto.
A solicitud de la consultora, se podrá efectivizar un adelanto de hasta el 20% del monto total del contrato acorde al cumplimiento a las normas vigentes y lo establecido en el contrato, debiéndose descontar el mismo en los primeros 4 pagos.
N. SUPERVISIÓN
Los trabajos de campo, los productos y resultados definidos en el presente documento, serán supervisados por personal específicamente designado por el SENASBA.
La supervisión tendrá las siguientes atribuciones:
a) Realizar de manera conjunta y consensuada con la empresa ejecutora el replanteo del cronograma de actividades una vez emitida la orden de proceder, para ajustar el desarrollo de las actividades.
b) Verificar la participación del personal comprometido.
c) Verificar la calidad, pertinencia y oportunidad de las actividades a ser ejecutadas
d) Verificar la participación de los beneficiarios, asumiendo corresponsabilidad en la mejora de los indicadores y logro de los resultados.
e) Verificar la calidad de los entregables
f) Revisar informes y aprobarlos para el pago correspondiente
g) Viabilizar y verificar la participación de los beneficiarios, cuando esta acción no fuera respondida oportunamente.
h) Dar la conformidad al cambio de personal clave de la consultora previa revisión de documentos, según lo establecido en el Contrato.
i) Solicitar la ejecución de multas, cuando corresponda.
j) Solicitar la ejecución de las garantías cuando corresponda.
k) En casos excepcionales y justificables, el Supervisor en coordinación con la Ejecutora, podrá cambiar el Orden de la Presentación de Informes Entregables y/o características de los mismos, respaldado en un informe técnico aprobado por la coordinación del Programa.
l) Solicitar la inclusión de actividades adicionales que contribuyan al logro de los resultados del Plan de Sostenibilidad.
m) Orientar el desarrollo de actividades de los diferentes componentes de acuerdo a las líneas establecidas en el SENASBA.
La Supervisión será realizada por la Contraparte que será designada por el SENASBA y a nombre de ésta, aspecto que será notificado a la Consultora oportunamente.
El XXXXX o la persona que dicha oficina designe, se reserva el derecho de efectuar auditorias y verificaciones de la ejecución del Contrato, incluidas inspecciones, auditorias documentales en situ, sobre la utilización de los fondos por parte del Contratista. El Contratista (i) mantendrá cuentas y registros precisos y sistemáticos respecto del Contrato, de acuerdo con principios contables aceptados internacionalmente, en tal forma y detalle que identifique claramente todos los cambios por unidad de tiempo y costos, y el fundamento de los mismos.
Permitirá que el Contratante, o su representante designado y/o el XXXXX, a través de su Oficina Técnica de Cooperación Española en Bolivia así como cualquier persona designada por ésta y coordinada con el Contratante, periódicamente inspeccione la ejecución del contrato, controle, tanto en las instalaciones del Contratista como en las de sus Subcontratista, así como en el sitio del proyecto, hasta diez (10) años después de la expiración o la rescisión de este Contrato, obtenga copias de ellos.
Para el efecto de los anteriores controles, el Consultor deberá otorgar todas las facilidades y conservar la información completa durante el periodo de tiempo indicado.
O. PROPUESTA TÉCNICA
La entidad ejecutora (firma consultora) debe presentar una Propuesta Técnica la cual deberá responder a los Términos de Referencia detallados en esta sección y contemplar como mínimo, los siguientes aspectos:
a) Objetivo
b) Alcance
c) Metodología
d) Plan de Trabajo
Haciendo énfasis en la metodología de ejecución de las actividades, sobre la base enunciativa de la metodología planteada en estos TdR.
La propuesta técnica será altamente valorada solicitándose que la misma plantee alternativas novedosas que sean probadas en experiencias exitosas.
P. PROPUESTA ECONÓMICA
Deberá incluir todos los costos incurridos para la prestación total del servicio en moneda nacional.
Q. REQUISITOS MÍNIMOS NECESARIOS RELATIVOS A LA FIRMA CONSULTORA - EQUIPO DE PROFESIONALES
Podrán participar todas las empresas, asociaciones, etc., establecidas en el DBC.
En caso que el participante sea Empresa Consultora Extranjera, se solicita que su documentación sea visada en el Consulado de Bolivia en el País de Origen. Para el caso de adjudicación, la misma tendrá que presentar su documentación visada en la Cancillería en Bolivia
La experiencia general mínima deberá ser de tres (3,0) años en entidades públicas/privadas, en servicios de Consultoría ejecutados como empresa.
La experiencia específica será de dos años (2,0) en trabajos similares como ser Fortalecimiento Institucional a EPSAs y/o Gobiernos Municipales en agua y saneamiento, o supervisión de sistemas de Agua Potable y Saneamiento Básico, plantas de tratamiento de agua potable y residuales, o planes de desarrollo de los servicios, o elaboración de estructura de tarifas, o diseños de proyectos en agua y saneamiento, planes maestros en agua y saneamiento básico, diagnósticos en agua y saneamiento, coordinación de proyectos en agua y saneamiento, reingeniería de proyectos, auditorías técnicas en agua y saneamiento, etc., ejecutados por la empresa consultora.
Se define como experiencia general, el conjunto de servicios de consultoría en general y como experiencia específica el conjunto de servicios de consultoría señalados en el párrafo anterior.
La experiencia específica es parte de la experiencia general, pero no viceversa. Esto quiere decir que las “Consultorías similares” pueden ser incluidas en el requerimiento de experiencia general, sin embargo “Consultorías en general” no siempre pueden ser incluidas como experiencia específica.
En los casos de Asociación Accidental y según su propósito, la experiencia general y específica, serán la suma de las experiencias individualmente demostradas por quienes integran la Asociación. Exceptuando las consultorías en que hayan participado en forma conjunta.
Se aclara que debido a lo específico y particular de los productos requeridos, en el proceso de calificación y evaluación de propuestas hará énfasis en la experiencia general y específica del personal clave propuesto, además del contenido de la propuesta técnica presentada.
Es imprescindible que la firma consultora cuente con el siguiente personal clave para ejecutar los proyectos:
Gerente de Proyecto.
• Título Profesional de Licenciatura en Ingeniería Civil y/o Ciencias Administrativas Financieras y/o ramas afines.
• Post grado en agua y/o saneamiento básico y/o Formulación, Gestión y/o Evaluación de Proyectos (no excluyente).
• Experiencia laboral general mínima de ocho (8,0) años en el sector público y/o privado, computables a partir de la emisión del Título Profesional.
• Experiencia específica de cuatro (4,0) computables a partir de la emisión del Título Profesional, relacionada a la Gerencia y/o coordinación de proyectos y/o programas.
• Adjuntar fotocopias de respaldos (en caso de ser adjudicado, deberá presentar los respaldos originales).
Dos Especialistas FI Técnico en Operación y Mantenimiento de Sistemas de Agua y Saneamiento Básico y PTAR y/o PTAP.
• Título Profesional de Licenciatura en Ingeniería Civil.
• Post grado en agua y/o saneamiento básico y/o Formulación, Gestión y/o Evaluación de Proyectos (no excluyente).
• Experiencia laboral general mínima de cinco (5,0) años en el sector público y/o privado, computables a partir de la emisión del Título Profesional.
• Experiencia específica de tres años (3,0) computables a partir de la emisión del Título Profesional, relacionada al: diseño, ejecución, supervisión y/o fiscalización de sistemas de agua potable, alcantarillado sanitario, plantas de tratamiento; operación y mantenimiento de sistemas de agua potable y/o saneamiento básico PTAR y/o PTAP; control de laboratorio físico, químico y bacteriológico; seguimiento y evaluación de indicadores de gestión de EPSAs; planificación de aspectos técnicos de las EPSAs; elaboración de tarifas y planes de desarrollo en el ámbito técnico; auditorías operativas en agua y saneamiento; elaboración de manuales en operación y mantenimiento de sistemas de agua potable y/o saneamiento básico y PTAR y/o PTAP.
• Adjuntar fotocopias de respaldos (en caso de ser adjudicado, deberá presentar los respaldos originales).
Dos Especialistas FI Administrativo Financiero - Comercial
• Título Profesional de Licenciatura en Ingeniería Civil, Ciencias Administrativas y/o Financieras y/o ramas afines.
• Post grado en agua y/o saneamiento básico y/o Formulación, Gestión y/o Evaluación de Proyectos, y/o área Administrativa Financiera (no excluyente).
• Experiencia laboral general mínima de cinco (5,0) años en el sector público y/o privado, computables a partir de la emisión del Título Profesional.
• Experiencia específica de tres años (3,0) computables a partir de la emisión del Título Profesional, relacionada a: fortalecimiento institucional a EPSAs; mejoramiento organizacional a EPSAs; regulación a EPSAs; desarrollo de procedimientos técnicos, administrativos, financieros y comerciales; seguimiento y evaluación de indicadores de gestión de EPSAs; planificación de aspectos administrativos comerciales de las EPSAs; elaboración de tarifas y planes de desarrollo en el ámbito administrativo comercial; elaboración y/o implementación de sistemas de contabilidad, presupuestos para EPSAs; elaboración de manuales administrativos, financieros y/o comerciales; auditorías operativas en agua y saneamiento; elaboración y/o implementación de sistemas comerciales, catastro de usuarios, procesos de lecturación, facturación y cobranzas, gestión xx xxxx; atención al cliente; elaboración de manuales comerciales; auditorías operativas en agua y saneamiento; evaluación técnica y financiera de proyectos de agua y saneamiento; evaluación socio económica de proyectos de agua y saneamiento; elaboración de planes de sostenibilidad de agua o saneamiento; elaboración, implementación o seguimiento de planes de Desarrollo Municipal.
Adjuntar fotocopias de respaldos (en caso de ser adjudicado, deberá presentar los respaldos originales).
Cuatro (4) Técnicos en FI de Campo
• Título de licenciatura en ingeniería Civil, Arquitectura, Área Administrativa Financiera; Egresado o Técnico Superior de las mismas áreas; construcciones de sistemas de agua potable, saneamiento básico; PTAR y/o PTAP y/o ramas afines.
• Se valorará el conocimiento de algún idioma nativo.
• Experiencia laboral general mínima de tres años (3,0) en el sector público y/o privado, computables a partir de la emisión del Título Profesional, o certificado correspondiente.
• Experiencia específica de un año y medio (1,5) en construcción, supervisión y fiscalización de sistemas de agua potable, alcantarillado sanitario, plantas de tratamiento, construcciones y reparación de conexiones domiciliarias e intradomiciliarias, fortalecimiento institucional a EPSAs, computable a partir de la emisión del Título Profesional, o certificado correspondiente.
• Adjuntar fotocopias de respaldos (en caso de ser adjudicado, deberá presentar los respaldos originales).
EQUIPAMIENTO MÍNIMO REQUERIDO
La Consultora deberá contar con el siguiente equipamiento mínimo:
• Movilidad para desplazarse hacia los componentes de los sistemas
• Computadoras
• Impresora
• Data Display
• Data Loguer
• Scanner
• Cámaras fotográficas digitales
• Flujómetro
• GPS o tablet
• Macro medidores (o Macro medidores Diferenciales)
• Micro medidores
• Medidor de Cloro
• Manómetros
• Equipos de comunicación
• Oficina Equipada
CONDICIONES ESPECIALES
Todos los documentos elaborados por la Consultora serán de propiedad del SENASBA, por lo que la Consultora no podrá compartir la información con otros organismos o personas sin previa autorización escrita de la Máxima Autoridad Ejecutiva de la entidad contratante.
Los materiales producidos por la Consultora, así como la información a la que éste tuviera acceso, durante o después de la ejecución del presente contrato, tendrá carácter confidencial, quedando expresamente prohibida su divulgación a terceros.
OTRAS IMPORTANTES PARA LA PRESENTACION DE PROPUESTAS
Las garantías exigidas deben ser emitidas con la siguiente información, sin omitir detalle
SERVICIO NACIONAL PARA LA SOSTENIBILIDAD DE SERVICIOS EN SANEAMIENTO BASICO – SENASBA.
Toda la propuesta presentada, deberá enviarse en dos copias impresas con respaldo en CD de todos los formularios presentados en formato digital abierto y PDF, siendo válida para la calificación solo la presentación en formato impreso.
SIGLAS Y ABREVIACIONES
AAPS: Autoridad de Fiscalización y Control Social de Agua Potable y Saneamiento Básico AECID: Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo
CPE: Constitución Política del Estado DESCOM: Desarrollo Comunitario
EMAGUA: Entidad Ejecutora de Medio Ambiente y Agua
EPSA: Entidad Prestadora de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado
Sanitario
FECASALC: Fondo Español de Cooperación para Agua y Saneamiento en América Latina y el Caribe
FI : Fortalecimiento Institucional GAM: Gobierno Autónomo Municipal
MICSA: Mecanismo de Inversión para Coberturas en el Sector de Agua Potable y Saneamiento
MMAYA: Ministerio de Medio Ambiente y Agua LFS: Línea de Financiamiento Sectorial
LFD: Línea de Financiamiento Directo OTB: Organización Territorial de Base
SENASBA: Servicio Nacional para la Sostenibilidad de Servicios en Saneamiento.
39 PERSONAL TÉCNICO CLAVE REQUERIDO
El personal técnico clave requerido, es el siguiente:
PERSONAL TÉCNICO CLAVE REQUERIDO | ||||||
N° | Formación | Cargo a desempeñar | Áreas de especialización | Experiencia específica (*) | ||
Cursos / seminarios realizados | Tiempo mínimo de duración del curso para ser considerado en la evaluación (en horas) | Área | Tiempo mínimo de desarrollo de la consultoría para ser considerada en la evaluación (en meses) | |||
1 | ||||||
2 | ||||||
3 | ||||||
… | ||||||
N | ||||||
(*) El tiempo requerido para la experiencia específica, no puede ser mayor a la mitad del tiempo estimado para la presente consultoría. |
La valoración de consultorías similares debe considerar las siguientes categorías:
# | Área de experiencia específica requerida | Tiempo mínimo requerido por cada consultoría para ser considerado en la evaluación de la experiencia específica de la empresa (en meses) |
1 | ||
2 | ||
N | ||
1. El tiempo requerido para la experiencia similar, no puede ser mayor a la mitad del tiempo estimado para la presente consultoría. |
CONSULTORÍAS SIMILARES
Para la valoración de consultorías similares, debe considerarse el área de desarrollo de las consultorías citándose, entre otras, las siguientes:
1. Estudios de pre inversión
2. Estudios a Diseño Final de todo tipo de proyectos
3. Servicios de capacitación
4. Análisis financieros, estudios económicos y de auditoria
5. Servicios de consultoría y comerciales
6. En informática e ingeniería de sistemas
7. Geodesia, fotogrametría, cartografía
8. En ingeniería industrial y proyectos
9. En temas jurídicos y legales
10. En ingeniería mecánica y metalmecánica
11. En ingeniería eléctrica y electrónica
12. En ingeniería metalúrgica y minería
13. En medio ambiente, recursos renovables y no renovables
14. Áreas de Producción en general
Todas las consultorías de proyectos de pre inversión e inversión deben considerar las Normas Básicas del Sistema Nacional de Inversión Pública.
PARTE III ANEXO 2
FORMULARIOS PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
Documentos Legales y Administrativos
Formulario A-1 Presentación de Propuesta.
Formulario A-2a Identificación del Proponente para Empresas
Formulario A-2b Identificación del Proponente para Asociaciones Accidentales Formulario A-2c Identificación del Proponente para Organizaciones no Gubernamentales Formulario A-3 Experiencia General y Específica del Proponente
Formulario A-4 Hoja de Vida del Gerente. Formulario A-5 Hoja de Vida del Personal Clave.
Formulario A-6 Relación de Instalaciones y Equipamiento
Documentos de la Propuesta Económica
Formulario B-1 Propuesta Económica
Formulario B-2 Presupuesto Total del Costo de los Servicios de Consultoría. Formulario B-3 Honorarios Mensuales del Personal Asignado
Formulario B-4 Detalle de Alquileres y Misceláneos
Documentos de la Propuesta Técnica
Formulario C-1 Propuesta Técnica. Formulario C-2 Condiciones Adicionales.
FORMULARIO A-1 PRESENTACIÓN DE PROPUESTA
(Para Empresas, Asociaciones Accidentales u Organizaciones no Gubernamentales)
1. DATOS DEL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN | ||||||||||||||||
CUCE: | - | - | - | - | - | |||||||||||
SEÑALAR EL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN: | ||||||||||||||||
2. MONTO Y PLAZO DE VALIDEZ DE LA PROPUESTA (en días calendario) | ||||||||||||||||
(El proponente debe registrar el monto total que ofrece por la prestación del servicio de consultoría) | ||||||||||||||||
DESCRIPCIÓN | MONTO NUMERAL (Bs.) | MONTO LITERAL | PLAZO DE VALIDEZ | |||||||||||||
A nombre de (Nombre del proponente) al cual represento, remito la presente propuesta, declarando expresamente mi conformidad y compromiso de cumplimiento, conforme con los siguientes puntos:
I.- De las Condiciones del Proceso
a) Declaro cumplir estrictamente la normativa de la Ley N° 1178, de Administración y Control Gubernamentales, lo establecido en las NB-SABS y el presente DBC.
b) Declaro no tener conflicto de intereses para el presente proceso de contratación.
c) Xxxxxxx que, como proponente, no me encuentro en las causales de impedimento, establecidas en el Artículo 43 de las NB-SABS, para participar en el proceso de contratación.
d) Declaro y garantizo haber examinado el DBC, y sus enmiendas, si existieran, así como los Formularios para la presentación de la propuesta, aceptando sin reservas todas las estipulaciones en dichos documentos y la adhesión al texto del contrato.
e) Declaro respetar el desempeño de los servidores públicos asignados, por la entidad convocante, al proceso de contratación y no incurrir en relacionamiento que no sea a través de medio escrito, salvo en los actos de carácter público y exceptuando las consultas efectuadas al encargado de atender consultas, de manera previa a la presentación de propuestas.
f) Declaro la veracidad de toda la información proporcionada y autorizo mediante la presente, para que en caso de ser adjudicado, cualquier persona natural o jurídica, suministre a los representantes autorizados de la entidad convocante, toda la información que requieran para verificar la documentación que presento. En caso de comprobarse falsedad en la misma, la entidad convocante tiene el derecho a descalificar la presente propuesta y ejecutar la Garantía de Seriedad de Propuesta, sin perjuicio de lo dispuesto en normativa específica.
g) Declaro la autenticidad de las garantías presentadas en el proceso de contratación, autorizando su verificación en las instancias correspondientes.
h) Declaro haber realizado la Inspección Previa (cuando corresponda).
i) Comprometo mi inscripción en el Registro Único de Proveedores del Estado (XXXX), una vez presentada mi propuesta a la entidad convocante (excepto aquellos proponentes que ya se encuentren inscritos en el XXXX)
j) Me comprometo a denunciar por escrito, ante la MAE de la entidad convocante, cualquier tipo de presión o intento de extorsión de parte de los servidores públicos de la entidad convocante o de otras personas, para que se asuman las acciones legales y administrativas correspondientes.
k) Xxxxxx a sola firma de este documento que todos los Formularios presentados se tienen por suscritos, excepto los Formularios A-4 y A-5 que deberán ser suscritos por el personal propuesto.
l) Declaro que el Gerente y el Personal Clave propuesto se encuentra inscrito en los registros que prevé la normativa vigente (cuando corresponda) y que éste no está considerado como Personal Clave en otras propuestas.
II.- De la Presentación de Documentos
En caso de ser adjudicado, para la suscripción de contrato, se presentará la siguiente documentación, en original o fotocopia legalizada, salvo aquella documentación cuya información se encuentre consignada en el Certificado xxx XXXX, aceptando que el incumplimiento es causal de descalificación de la propuesta. En caso de Asociaciones Accidentales, cada socio, presentará la documentación detallada a continuación; excepto los documentos señalados en los incisos a), d), i), j) y l), que deberán ser presentados por la Asociación Accidental en forma conjunta.
a) Certificado xxx XXXX que respalde la información declarada en su propuesta.
b) Documento de constitución de la empresa, excepto aquellas empresas que se encuentran inscritas en el Registro de Comercio.
c) Matricula de Comercio actualizada, excepto para proponentes cuya normativa legal inherente a su constitución así lo prevea.
d) Poder General Xxxxxx y Suficiente del Representante Legal del proponente con facultades para presentar propuestas y suscribir contratos, inscrito en el Registro de Comercio, esta inscripción podrá exceptuarse para otros proponentes cuya normativa legal inherente a su constitución así lo prevea. Aquellas empresas unipersonales que no acrediten a un Representante Legal, no deberán presentar este Poder.
e) Certificado de Inscripción en el Padrón Nacional de Contribuyentes (NIT), valido y activo.
f) Declaración Jurada de Pago de Impuestos a las Utilidades de las Empresas, con el sello del Banco, excepto las empresas de reciente creación.
g) Certificado de Solvencia Fiscal, emitido por la Contraloría General del Estado (CGE).
h) Certificado de no Adeudo por Contribuciones al Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo y al Sistema Integral de Pensiones.
i) Garantía de Cumplimiento de Contrato equivalente al siete por ciento (7%) del monto del contrato. En el caso de Asociaciones Accidentales esta garantía podrá ser presentada por una o más empresas que conforman la Asociación, siempre y cuando cumpla con las características de renovable, irrevocable y de ejecución inmediata, emitida a nombre de la entidad convocante.
j) Testimonio de Contrato de Asociación Accidental.
k) Documentación que respalde la Experiencia General y Especifica de la Empresa.
l) Documentación que respalde la Experiencia General y Especifica, y Formación del personal propuesto, (especificar la documentación o caso contrario suprimir el inciso)
(En caso de que el proponente adjudicado sea una Organización No Gubernamental (ONG), debe presentar la siguiente documentación, en original o fotocopia legalizada:
a) Certificado xxx XXXX que respalde la información declarada en su propuesta.
b) Acta de Fundación.
c) Estatutos y Reglamento Interno, si corresponde.
d) Resolución Suprema que aprueba la personalidad jurídica correspondiente.
(Firma del Proponente) (Nombre completo del Proponente)
FORMULARIO A-2a IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE
(Para Empresas)
1. DATOS GENERALES DEL PROPONENTE | ||||||
Nombre del proponente o Razón Social: | ||||||
País | Ciudad | Dirección | ||||
Domicilio Principal: | ||||||
Teléfonos: | ||||||
Número de Identificación Tributaria (*): (Valido y Activo) | NIT | |||||
Número de Matricula | Fecha de Expedición | |||||
Matricula de Comercio (**): (Actualizada) | (Día | Mes | Año) | |||
2. DATOS COMPLEMENTARIOS DEL PROPONENTE (Xxxxxxxx este numeral cuando el proponente sea una empresa unipersonal y éste no acredite a un Representante Legal). | ||||||
Apellido Paterno | Apellido Materno | Nombre(s) | ||||
Nombre del Representante Legal | : | |||||
Número | ||||||
Cédula de Identidad del Representante Legal | : | |||||
Número de Testimonio | Fecha de Expedición | |||||
Lugar de emisión | ||||||
(Día | Mes | Año) | ||||
Poder del Representante Legal | : | |||||
Declaro en calidad de Representante Legal contar con un poder general amplio y suficiente con facultades para presentar propuestas y suscribir Contratos. Declaro que el poder del Representante Legal se encuentra inscrito en el Registro de Comercio. (Suprimir este texto cuando por la naturaleza jurídica del proponente no se requiera la inscripción en el Registro de Comercio de Bolivia). | ||||||
3. INFORMACIÓN SOBRE NOTIFICACIONES | ||||||
Solicito que las notificaciones me sean remitidas vía: | Fa | x: | ||||
Correo Electróni | co: |
(*) Número de Identificación Tributaria o equivalente según legislación nacional para empresa consultora extranjera (válido y activo)
(**) Matrícula de Comercio (Actualizada) o equivalente según su legislación nacional para empresa consultora extranjera (actualizada)
FORMULARIO A-2b IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE
(Para Asociaciones Accidentales)
1. DATOS GENERALES DE LA ASOCIACIÓN ACCIDENTAL | |||||||
Denominación de la Asociación : Accidental : Nombre del Asociados # Asociado % de Participación | |||||||
1 2 3 Núme Testi | |||||||
ro de monio Lu | gar | Fecha de expedición (Día mes Año) | |||||
Testimonio de contrato : Nombre de la Empresa Líder : | |||||||
2. DATOS DE CONTACTO DE LA EM | PRESA LIDER | ||||||
País : Dirección Principal : Teléfonos : | Ciudad : | ||||||
Fax : | |||||||
Correo electrónico : | |||||||
3. INFORMACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA ASOCIACIÓN ACCIDENTAL | |||||||
Ap. Paterno Ap. Materno Nombre(s) Nombre del representante legal : Número Cédula de Identidad : Número de Fecha de Expedición Testimonio Lugar (Día mes Año) | |||||||
Poder del representante legal : Dirección del Representante Legal : Teléfonos : Correo electrónico : |
| ||||||
Fax : | |||||||
Declaro en calidad de Representante Legal contar con un poder general amplio y suficiente con facultades para presentar propuestas y suscribir Contrato | |||||||
4. INFORMACIÓN SOBRE NOTIFICACIONES | |||||||
Solicito que las notificaciones Fax: | |||||||
me sean remitidas vía: Correo Electrónico: | |||||||
5. EMPRESAS INTEGRANTES DE LA ASOCIACIÓN | |||||||
Cada integrante de la Asociación Accidental deberá llenar el Formato para identificación de integrantes de Asociaciones Accidentales que se encuentra a continuación |
FORMULARIO A-2b
IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE PARA INTEGRANTES DE LA ASOCIACIÓN ACCIDENTAL
1. DATOS GENERALES DEL PROPONENTE | ||||||
Nombre del proponente o Razón Social: | ||||||
Número de Identificación Tributaria (*): (Valido y Activo) | NIT | |||||
Número de Matricula | Fecha de Expedición | |||||
Matricula de Comercio (**): (Vigente) | (Día | Mes | Año) | |||
2. DATOS COMPLEMENTARIOS DEL PROPONENTE PROPONENTE (Xxxxxxxx este numeral cuando el proponente sea una empresa unipersonal y éste no acredite a un Representante Legal). | ||||||
Apellido Paterno | Apellido Materno | Nombre(s) | ||||
Nombre del Representante Legal | : | |||||
Número | ||||||
Cédula de Identidad del Representante Legal | : | |||||
Número de Testimonio | Fecha de Expedición | |||||
Lugar de emisión | ||||||
(Día | Mes | Año) | ||||
Poder del Representante Legal | : |
(*) Número de Identificación Tributaria o equivalente según legislación nacional para empresa consultora extranjera (válido y activo)
(**) Matrícula de Comercio (Vigente) o equivalente según su legislación nacional para empresa consultora extranjera (actualizada)
FORMULARIO A-2c IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE
(Para Organizaciones No Gubernamentales)
1. DATOS GENERALES DE LA ONG | |||
(En este cuadro la ONG debe señalar los datos de su Acta de Fundación, de Estatutos y Reglamento Interno, si corresponde y la Resolución Suprema que aprueba su personalidad jurídica correspondiente) | |||
2. DATOS DE CONTACTO DE LA ONG | |||
Nombre del Representante Legal de la ONG | : | ||
Ciudad : | |||
Domicilio fijado para el proceso de contratación | : | ||
Teléfonos | : | ||
Fax (Sólo si tiene) | : | ||
Casilla (Sólo si tiene) | : | ||
Correo electrónico (Sólo si tiene) | : |
FORMULARIO A-3 EXPERIENCIA GENERAL DEL PROPONENTE
[NOMBRE DEL PROPONENTE] | ||||||||
N° | Entidad Contratante | Objeto de la Contratación | Lugar de Realización | Monto final percibido por el contrato en Bs. | Periodo de Ejecución | Forma de Participación (Asociado/No Asociado) | ||
Inicio | Fin | Tiempo de Ejecución | ||||||
1 | ||||||||
2 | ||||||||
3 | ||||||||
4 | ||||||||
5 | ||||||||
… | ||||||||
N | ||||||||
TOTAL PERCIBIDO | ||||||||
NOTA.- Toda la información contenida en este formulario es una declaración jurada. |
EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE
[NOMBRE DEL PROPONENTE] | ||||||||
N° | Entidad Contratante | Objeto de la Contratación | Lugar de Realización | Monto final percibido por el contrato en Bs. | Periodo de Ejecución | Forma de Participación (Asociado/No Asociado) | ||
Inicio | Fin | Tiempo de Ejecución | ||||||
1 | ||||||||
2 | ||||||||
3 | ||||||||
4 | ||||||||
5 | ||||||||
… | ||||||||
N | ||||||||
TOTAL PERCIBIDO | ||||||||
NOTA.- Toda la información contenida en este formulario es una declaración jurada. |
FORMULARIO A-4 HOJA DE VIDA DEL GERENTE
1. DATOS GENERALES | ||||||
Paterno Materno Nombre(s) Nombre Completo : Número Lugar de expedición Cédula de Identidad : Edad : Nacionalidad : Profesión : Número de Registro Profesional (*) : | ||||||
2. FORMACIÓN ACADÉMICA | ||||||
Universidad / Institución | Fechas | Grado Académico | Título en Provisión Nacional (**) | |||
Desde | Hasta | |||||
3. CURSOS DE ESPECIALIZACIÓN | ||||||
Universidad / Institución | Fechas | Nombre del Curso | Duración en Horas | |||
Desde | Hasta | |||||
4. EXPERIENCIA EN CONSULTORÍAS EN GENERAL | ||||||
N° | Entidad / Empresa | Objeto de la Consultoría | Monto de la Consultoría (Bs.) | Cargo | Fecha (día/mes/año) | |
Desde | Hasta | |||||
1 | ||||||
2 | ||||||
N. | ||||||
5. EXPERIENCIA EN EL CARGO EN CONSULTORÍAS ESPECÍFICAS | ||||||
N° | Entidad / Empresa | Objeto de la Consultoría | Monto de la Consultoría (Bs.) | Cargo | Fecha (día/mes/año) | |
Desde | Hasta | |||||
1 | ||||||
2 | ||||||
N | ||||||
6. DECLARACIÓN JURADA | ||||||
Yo, [Nombre completo de la Persona] con C.I. N° [Número de documento de identificación], de nacionalidad [Nacionalidad] me comprometo a prestar mis servicios profesionales para desempeñar la función de Gerente, únicamente con [Nombre de la empresa o de la Asociación Accidental], en caso que se suscriba el contrato para [Objeto de la Contratación] con la entidad [Nombre de la Entidad]. Asimismo, confirmo que tengo pleno dominio hablado y escrito del idioma castellano. El Representante Legal del proponente, ha verificado que el profesional propuesto sólo se presenta con esta propuesta. De encontrarse propuesto sus servicios en otra propuesta para la misma contratación, asumo la descalificación de la presente propuesta. Lugar y fecha: [Indicar el lugar y la fecha] | ||||||
NOTA.- Toda la información contenida en este formulario es una declaración jurada. En caso de adjudicación el proponente se compromete a presentar los certificados o documentos que respalden la información detalla, en original o fotocopia legalizada. |
(*) Número de Registro Profesional o equivalente según legislación nacional donde se desempeña el profesional.
(**) Título en Provisión Nacional o su equivalente en el País de origen, ver Punto H. Condiciones Especiales.
(Firma del Profesional Propuesto) (Nombre completo del Profesional Propuesto)
FORMULARIO A-5
HOJA DE VIDA DEL PERSONAL CLAVE
1. DATOS GENERALES | ||||||
Paterno Materno Nombre(s) Nombre Completo : Número Lugar de Expedición | ||||||
Cédula de Identidad : Edad : Nacionalidad : Profesión : Número de Registro Profesional (*) : | ||||||
2. FORMACIÓN ACADÉMICA | ||||||
Universidad / Institución | Fechas | Grado Académico | Título en Provisión Nacional (**) | |||
Desde | Hasta | |||||
3. CURSOS DE ESPECIALIZACIÓN | ||||||
Universidad / Institución | Fechas | Nombre del Curso | Duración en Horas | |||
Desde | Hasta | |||||
4. EXPERIENCIA EN CONSULTORÍAS EN GENERAL | ||||||
N° | Entidad / Empresa | Objeto de la Consultoría | Monto de la Consultoría (Bs.) | Cargo | Fecha (día/mes/año) | |
Desde | Hasta | |||||
1 | ||||||
2 | ||||||
N | ||||||
5. EXPERIENCIA EN EL CARGO EN CONSULTORÍAS ESPECÍFICAS | ||||||
N° | Entidad / Empresa | Objeto de la Consultoría | Monto de la Consultoría (Bs.) | Cargo | Fecha (día/mes/año) | |
Desde | Hasta | |||||
1 | ||||||
2 | ||||||
N | ||||||
6. DECLARACIÓN JURADA | ||||||
Yo, [Nombre completo de la Persona] con C.I. N° [Número de documento de identificación], de nacionalidad [Nacionalidad] me comprometo a prestar mis servicios profesionales para desempeñar la función de [Cargo en la Consultoría], únicamente con [Nombre de la empresa o de la Asociación Accidental], en caso que se suscriba el contrato para [Objeto de la Contratación] con la entidad [Nombre de la Entidad]. Asimismo, confirmo que tengo pleno dominio hablado y escrito del idioma castellano. El Representante Legal del proponente, ha verificado que el profesional propuesto sólo se presenta con esta propuesta. De encontrarse propuesto sus servicios en otra propuesta para la misma contratación, asumo la descalificación de la presente propuesta. Lugar y fecha: [Indicar el lugar y la fecha] | ||||||
NOTA.- Toda la información contenida en este formulario es una declaración jurada. En caso de adjudicación el proponente se compromete a presentar los certificados o documentos que respalden la información detalla, en original o fotocopia legalizada. Este formulario deberá ser presentado para cada uno de los profesionales propuestos. |
(*)Número de Registro Profesional o equivalente según legislación nacional donde se desempeña el profesional.
((**) Título en Provisión Nacional o su equivalente en el País de origen, ver Punto H. Condiciones Especiales.
(Firma del Profesional Propuesto) (Nombre completo del Profesional Propuesto)
FORMULARIO A-6
RELACIÓN DE INSTALACIONES Y EQUIPAMIENTO
CONCEPTO | DESCRIPCIÓN | MONTO Bs. |
INMUEBLES | ||
VEHÍCULOS | ||
EQUIPO PRINCIPAL | ||
EQUIPO SECUNDARIO | ||
EQUIPO DE APOYO | ||
OTROS |
FORMULARIO Nº B-1 PROPUESTA ECONOMICA
Este Formulario no es aplicable para el Método de Selección y Adjudicación de Presupuesto Fijo, donde no es necesaria la presentación de propuesta económica. En caso de que el proponente presente propuesta económica y este fuese adjudicado, se procederá a pagar el monto del presupuesto fijo establecido por la entidad.)
DETALLE DEL SERVICIO DE CONSULTORIA | MONTO TOTAL (Literal) | MONTO TOTAL Bs (Numeral) |
FORMULARIO B-2 PRESUPUESTO TOTAL DEL COSTO
DE LOS SERVICIOS DE CONSULTORÍA
DESCRIPCIÓN | Monto (Bs) | ||
I | COSTOS DIRECTOS | ||
A | Honorarios mensuales del personal asignado (Formulario B-3) | ||
B | Alquiler y Misceláneos (Formulario B-4). | ||
SUB TOTAL COSTOS DIRECTOS (A+B) | |||
II | COSTOS INDIRECTOS | ||
C | Gastos Generales. | ||
D | Impuestos y otros (*). | ||
SUB TOTAL COSTOS INDIRECTOS (C+D) | |||
III | UTILIDAD | ||
COSTO TOTAL DEL SERVICIO (I + II + III) |
FORMULARIO B-3
HONORARIOS MENSUALES DEL PERSONAL ASIGNADO
(en Bolivianos)
Nómina | Especialidad | Actividades a desarrollar | Periodo | Honorario por periodo | Costo honorarios | |
Profesionales | ||||||
1 | ||||||
2 | ||||||
… | ||||||
N | ||||||
Técnicos | ||||||
1 | ||||||
2 | ||||||
… | ||||||
N | ||||||
Administrativos | ||||||
1 | ||||||
2 | ||||||
… | ||||||
N | ||||||
Auxiliares | ||||||
1 | ||||||
2 | ||||||
… | ||||||
N | ||||||
Total |
FORMULARIO B-4
DETALLE DE ALQUILERES Y MISCELÁNEOS
N° | CONCEPTO | CANTIDAD | UNIDAD | COSTO UNITARIO (En Bolivianos) | COSTO TOTAL |
1 | Oficinas | ||||
2 | Vehículos, combustible y mantenimiento | ||||
3 | Equipos (Computadoras, graficadores, reproducciones y otros) | ||||
4 | Comunicaciones | ||||
5 | Subcontratos | ||||
6 | Pasajes | ||||
7 | Viáticos | ||||
8 | Otros (detalle de acuerdo a cada caso) | ||||
TOTAL |
FORMULARIO C-1 PROPUESTA TÉCNICA
Para ser llenado por el proponente de acuerdo a lo establecido en el numeral 38, 39 y 40. |
Propuesta(*) |
(*) La propuesta deberá contener como mínimo: Objetivos, Alcance, Metodología y Plan de trabajo.
FORMULARIO C-2 CONDICIONES ADICIONALES
Para ser llenado por la Entidad convocante (llenar de manera previa a la publicación del DBC) | Para ser llenado por el proponente al momento de elaborar su propuesta | ||
# | Condiciones Adicionales Solicitadas (*) | Puntaje asignado (definir puntaje) (**) | Condiciones Adicionales Propuestas (***) |
1 | Experiencia Específica del personal clave : Gerente Especialista FI - 1 Técnico en Operación y Mantenimiento de Sistemas de Agua y Saneamiento Básico y PTAR y/o PTAP. Especialista FI - 2 Técnico en Operación y Mantenimiento de Sistemas de Agua y Saneamiento Básico y PTAR y/o PTAP. Especialista FI Administrativo Financiero - Comercial - 1 Especialista FI Administrativo Financiero - Comercial – 2 Técnicos en FI de Campo 1 Técnicos en FI de Campo 2 Técnicos en FI de Campo 3 Técnicos en FI de Campo 4 | 0 - 4 años = 0, un punto adicional por cada año, hasta 5 puntos 0 - 3 años = 0, un punto adicional por año, hasta 4 puntos 0 - 3 años = 0, un punto adicional por año, hasta 4 puntos 0 - 3 años = 0, un punto adicional por año, hasta 4 puntos 0 - 3 años = 0, un punto adicional por año, hasta 4 puntos 0 – 1,5 años = 0, un punto adicional por año, hasta 1 punto 0 – 1,5 años = 0, un punto adicional por año, hasta 1 punto 0 – 1,5 años = 0, un punto adicional por año, hasta 1 punto 0 – 1,5 años = 0, un punto adicional por año, hasta 1 punto | |
2 | Propuesta Técnica: Mejor hasta 5 puntos Segunda hasta 3 puntos | 5 puntos | |
3 | Propuesta Económica: Propuesta Económica más baja, hasta 5 puntos Propuesta Económica 2da más baja, hasta 3 puntos Propuesta Económica 3ra más baja, hasta 1 punto | 5 puntos | |
TOTAL | 35 puntos |
(*) Se deberá describir los criterios que se consideren necesarios. Por ejemplo experiencia especifica del Proponente o del personal clave, condiciones adicionales o mejoras a los Términos de Referencia, siempre y cuando sean: objetivos, congruentes y se sujeten a los criterios de razonabilidad y proporcionalidad.
(**) La suma de los puntajes asignados para las condiciones adicionales solicitadas deberá ser 35 puntos.
(***)El proponente podrá ofertar condiciones adicionales superiores a las solicitadas en el presente Formulario, que mejoren la calidad del servicio de consultoría ofertado, siempre que estas características fuesen beneficiosas para la entidad y/o no afecten para el fin que fue requerido el servicio.
ANEXO 4
FORMULARIOS DE VERIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE PROPUESTAS
Formulario V-1a Evaluación Preliminar para Empresas y Organizaciones no Gubernamentales Formulario V-1b Evaluación Preliminar para Asociaciones Accidentales
Formulario V-2 Evaluación de la Propuesta Económica Formulario V-3 Evaluación de la Propuesta Técnica
Formulario V-4 Resumen de la Evaluación Técnica y Económica
FORMULARIO V-1a EVALUACIÓN PRELIMINAR
(Para Empresas y Organizaciones no Gubernamentales)
DATOS GENERALES DEL PROCESO | |||||||||||||||||||||
CUCE | : | - | - | - | - | - | |||||||||||||||
Objeto de la contratación | : | ||||||||||||||||||||
Nombre del Proponente | : | ||||||||||||||||||||
/ | / | ||||||||||||||||||||
Propuesta Económica determinado por la entidad | : | ||||||||||||||||||||
Número de Páginas de la propuesta | : | ||||||||||||||||||||
REQUISITOS EVALUADOS | Verificación (Acto de Apertura) | Evaluación Preliminar (Sesión Reservada) | |||||||||||||||||||
PRESENTÓ | Pagina N° | ||||||||||||||||||||
SI | NO | CONTINUA | DESCALIFICA | ||||||||||||||||||
DOCUMENTOS | |||||||||||||||||||||
1. Formulario A-1. Presentación de Propuesta. | |||||||||||||||||||||
2. Formulario A-2a o A-2c. Identificación del Proponente, según corresponda. | |||||||||||||||||||||
3. Formulario A-3. Experiencia General y Específica del Proponente. | |||||||||||||||||||||
4. Formulario A-4. Hoja de Vida del Gerente. | |||||||||||||||||||||
5. Formulario A-5. Hoja de Vida del Personal Clave. | |||||||||||||||||||||
6. Formulario A-6. Relación de Instalaciones y Equipamiento. | |||||||||||||||||||||
7. Garantía de Seriedad de Propuesta. | |||||||||||||||||||||
PROPUESTA TÉCNICA | |||||||||||||||||||||
8. Formulario C-1. Propuesta Técnica | |||||||||||||||||||||
9. Formulario C-2. Condiciones Adicionales | |||||||||||||||||||||
PROPUESTA ECONÓMICA | |||||||||||||||||||||
10. Formulario B-1. Propuesta Económica | |||||||||||||||||||||
11. Formulario B-2 Presupuesto Total del Costo de los Servicios de Consultoría. | |||||||||||||||||||||
12. Formulario B-3 Honorarios Mensuales del Personal Asignado. | |||||||||||||||||||||
13. Formulario B-4 Detalle de Alquileres y Misceláneos |
FORMULARIO V-1b EVALUACIÓN PRELIMINAR
(Para Asociaciones Accidentales)
DATOS GENERALES DEL PROCESO | |||||||||||||||||||
CUCE : Objeto de la contratación : Nombre del Proponente : : Propuesta Económica o Presupuesto Fijo determinado por la : entidad Número de Páginas de la propuesta : | - | - | - | - - | |||||||||||||||
REQUISITOS EVALUADOS | Verificación (Acto de Apertura) | Evaluación Preliminar (Sesión Reservada) | |||||||||||||||||
PRESENTÓ | Pagina N° | ||||||||||||||||||
SI | NO | CONTINUA | DESCALIFICA | ||||||||||||||||
DOCUMENTOS | |||||||||||||||||||
1. Formulario A-1. Presentación de Propuesta. | |||||||||||||||||||
2. Formulario A-2b Identificación del Proponente | |||||||||||||||||||
3. Formulario A-4. Hoja de Vida del Gerente. | |||||||||||||||||||
4. Formulario A-5. Hoja de Vida del Personal Clave. | |||||||||||||||||||
5. Formulario A-6. Relación de Instalaciones y Equipamiento | |||||||||||||||||||
6. Garantía de Seriedad de Propuesta. | |||||||||||||||||||
Además cada socio en forma independiente presentará: | |||||||||||||||||||
7. Formulario A-3. Experiencia General y Específica del Proponente | |||||||||||||||||||
PROPUESTA TÉCNICA | |||||||||||||||||||
8. Formulario C-1. Propuesta Técnica. | |||||||||||||||||||
9. Formulario C-2. Condiciones Adicionales | |||||||||||||||||||
PROPUESTA ECONÓMICA | |||||||||||||||||||
10. Formulario B-1.Propuesta Económica. | |||||||||||||||||||
11. Formulario B-2 Presupuesto Total del Costo de los Servicios de Consultoría. | |||||||||||||||||||
12. Formulario B-3 Honorarios Mensuales del Personal Asignado. | |||||||||||||||||||
14. Formulario B-4 Detalle de Alquileres y Misceláneos |
FORMULARIO Nº V-2 EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
Este formulario no es aplicable para el método de selección y adjudicación de presupuesto fijo
CUCE | : |
Objeto de la Contratación | : |
N° | NOMBRE DEL PROPONENTE | PROPUESTA ECONÓMICA (PE) | ORDEN DE LA PROPUESTA A PARTIR DEL MENOR VALOR | OBSERVACIONES |
1 | ||||
2 | ||||
3 | ||||
… | ||||
N |
FORMULARIO V-3 EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA
Formulario C-1 (Llenado por la Entidad) | PROPONENTES | |||||||
Proponente A | Proponente B | Proponente C | Proponente n | |||||
Cumple | No cumple | Cumple | No cumple | Cumple | No cumple | Cumple | No cumple | |
METODOLOGÍA CUMPLE/NO CUMPLE | (señalar si cumple o no cumple) | (señalar si cumple o no cumple) | (señalar si cumple o no cumple) | (señalar si cumple o no cumple) |
EXPERIENCIA Y OTROS ASPECTOS TÉCNICOS | PROPONENTES | |||||||
Proponente A | Proponente B | Proponente C | Proponente n | |||||
Cumple | No cumple | Cumple | No cumple | Cumple | No cumple | Cumple | No cumple | |
Formulario A-3 Experiencia General y Específica del Proponente. | ||||||||
Formulario A-4 Hoja de Vida, del Gerente. | ||||||||
Formulario A-5 Hoja de Vida, del Personal Clave. | ||||||||
Formulario A-6 Relación de Instalaciones y Equipamiento | ||||||||
METODOLOGÍA CUMPLE/NO CUMPLE | (señalar si cumple o no cumple) | (señalar si cumple o no cumple) | (señalar si cumple o no cumple) | (señalar si cumple o no cumple) |
CONDICIONES ADICIONALES Formulario C-2 (Llenado por la entidad) | PROPONENTES | |||||
Proponente A | Proponente B | Proponente C | Proponente n | |||
Puntaje Asignado | Puntaje Obtenido | Puntaje Obtenido | Puntaje Obtenido | Puntaje Obtenido | ||
PUNTAJE TOTAL DE LAS CONDICIONES ADICIONALES | 35 | (Sumar los puntajes obtenidos de cada condición) | (Sumar los puntajes obtenidos de cada condición) | (Sumar los puntajes obtenidos de cada condición) | (Sumar los puntajes obtenidos de cada condición) | |
RESUMEN DE LA EVALUACIÓN TÉCNICA | PUNTAJE ASIGNADO | Proponente A | Proponente B | Proponente C | Proponente n | |
Puntaje de la Evaluación CUMPLE/NO CUMPLE | 35 | (si cumple, asignar 35 puntos) | (si cumple, asignar 35 puntos) | (si cumple, asignar 35 puntos) | ||
Puntaje de las Condiciones Adicionales | 35 | |||||
Puntaje total de la Evaluación de la Propuesta Técnica (PT) | 70 |
FORMULARIO V-4
RESUMEN DE LA EVALUACIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA
(Para el Método de Selección y Adjudicación Calidad, Propuesta Técnica y Costo)
En caso de NO aplicar el Método Selección y Adjudicación Calidad, Propuesta Técnica y Costo suprimir este formulario
Los factores de evaluación deberán determinarse de acuerdo con lo siguiente:
ABREVIACIÓN | DESCRIPCIÓN | PUNTAJE ASIGNADO |
PE | Puntaje de la Evaluación de la Propuesta Económica | 30 puntos |
PT | Puntaje de la Evaluación de la Propuesta Técnica | 70 puntos |
PTP | PUNTAJE TOTAL DE LA PROPUESTA EVALUADA | 100 puntos |
RESUMEN DE EVALUACIÓN | PROPONENTES | |||
PROPONENTE A | PROPONENTE B | PROPONENTE C | PROPONENTE n | |
Puntaje de la Evaluación de la Propuesta Económica (de acuerdo con lo establecido en el Sub Numeral 25.1.1) | ||||
Puntaje de la Evaluación de la Propuesta Técnica, del Formulario V-3. | ||||
PUNTAJE TOTAL |
ANEXO 5 MODELO DE CONTRATO
I. CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO
PRIMERA.- Partes Contratantes
SEGUNDA.- Antecedentes Legales del Contrato
TERCERA.- Objeto del Contrato
CUARTA.- Plazo de Prestación del Servicio
QUINTA.- Monto del Contrato
SEXTA.- Anticipo
SÉPTIMA.- Garantía de Cumplimiento de Contrato
OCTAVA.- Domicilio a efectos de Notificación
NOVENA.- Vigencia del Contrato
DÉCIMA.- Documentos de Contrato
DÉCIMA PRIMERA.- Idioma
DÉCIMA SEGUNDA.- Legislación Aplicable al Contrato DÉCIMA TERCERA.- Derechos del Consultor
DÉCIMA CUARTA.- Estipulaciones sobre Impuestos
DÉCIMA QUINTA.- Cumplimiento xx Xxxxx Laborales
DÉCIMA SÉXTA.- Protocolización del Contrato
DÉCIMA SÉPTIMA.- Subcontratos
DÉCIMA OCTAVA Intransferibilidad del Contrato
DÉCIMA NOVENA.- Causas de Fuerza Mayor y/o Caso Fortuito VIGÉSIMA.- Terminación del Contrato
▪ Por Cumplimiento
▪ Por Resolución VIGÉSIMA PRIMERA.- Solución de Controversias VIGÉSIMA SEGUNDA.- Modificaciones al Contrato
II. CONDICIONES PARTICULARES DEL CONTRATO
VIGÉSIMA TERCERA.- Inicio de Prestación del Servicio VIGÉSIMA CUARTA.- Supervisión del Servicio VIGÉSIMA QUINTA.- Representante del Consultor VIGÉSIMA SEXTA.- Personal del Consultor
VIGÉSIMA SÉPTIMA.- Informes
VIGÉSIMA OCTAVA.- Aprobación de Documentos y Propiedad de los Mismos VIGÉSIMA NOVENA.- Forma de Pago
TRIGÉSIMA.- Facturación
TRIGÉSIMA PRIMERA.- Modificaciones al Servicio TRIGÉSIMA SEGUNDA.- Pago por Servicios Adicionales TRIGÉSIMA TERCERA.- Morosidad y sus Penalidades
TRIGÉSIMA CUARTA.- Responsabilidad y Obligaciones del Consultor TRIGÉSIMA QUINTA.- Suspensión de Actividades
TRIGÉSIMA SÉXTA.- Certificado de Liquidación Final
TRIGÉSIMA SÉPTIMA.- Procedimiento de Pago del Certificado de Liquidación Final TRIGÉSIMA OCTAVA.- Conformidad
MINUTA DE CONTRATO
SEÑOR NOTARIO DE GOBIERNO DEL DISTRITO ADMINISTRATIVO DE
(registrar el lugar donde será protocolizado el Contrato)
En el registro de Escrituras Públicas que corren a su cargo sírvase usted insertar el presente contrato de Servicios de Consultoría, para (registrar el servicio de consultoría a ser realizado) sujeto a los siguientes términos y condiciones:
I. CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO
PRIMERA.- (PARTES CONTRATANTES) Dirá usted que las partes CONTRATANTES son:
(registrar de forma clara y detallada el nombre de la ENTIDAD), con NIT Nº
(señalar el Número de Identificación Tributaria), con domicilio en
(señalar de forma clara el domicilio de la entidad), en (señalar el distrito,
provincia y departamento) representada legalmente por ( registrar el nombre de
la MAE o del servidor público a quien se delega la competencia para la suscripción del Contrato, y la Resolución correspondiente de delegación), en calidad de (señalar el cargo del Servidor Público que suscribe el contrato) que en adelante se denominará la ENTIDAD y la
(registrar la Razón Social de la empresa adjudicada), legalmente constituida conforme a la legislación de Bolivia, inscrita en el Registro de Comercio Nº (registrar el número) representada legalmente por (registrar el nombre completo y número de la cédula de identidad del propietario o representante legal habilitado para la suscripción del contrato en representación de la empresa) en virtud del testimonio de poder Nº (registrar número) otorgado ante (registrar el Nº de Notaria de Fe Publica en la que fue otorgado el poder), el (registrar la fecha, día, mes ,año) en la (registrar el lugar donde fue otorgado el poder), que en adelante se denominara el CONSULTOR, quienes celebraran y suscriben el presente Contrato de Consultoría.
SEGUNDA.- (ANTECEDENTES LEGALES DEL CONTRATO) Dirá usted que LA ENTIDAD, mediante
Licitación Pública Nº (registrar el número de la Licitación), convocó a empresas consultoras para que presenten sus propuestas, de acuerdo con las condiciones establecidas en el Documento Base de Contratación (DBC) aprobado mediante Resolución Nº de (registrar el número y fecha de la Resolución de aprobación del DBC), proceso de contratación realizado en el marco del Decreto Supremo N° 0181, de 28 xx xxxxx de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS) y sus modificaciones.
Que la Comisión de Calificación de LA ENTIDAD, luego de efectuada la apertura de propuestas presentadas, realizó el análisis y evaluación de las mismas, habiendo emitido el Informe de Evaluación y Recomendación al Responsable del Proceso de Contratación (RPC), quién resolvió adjudicar la Consultoría, mediante Resolución de Adjudicación Nº (registrar el número y la fecha de la Resolución), a (registrar la razón social del Adjudicado), al cumplir su propuesta con todos los requisitos y ser la más conveniente a los intereses de LA ENTIDAD.
(Si el RPC, en caso excepcional decide adjudicar el servicio de consultoría un proponente que no sea el recomendado por la Comisión de Calificación, deberá adecuarse la redacción de la presente cláusula).
TERCERA.- (OBJETO Y CAUSA DEL CONTRATO) El CONSULTOR se compromete y obliga por el presente Contrato, a prestar todos los servicios necesarios para (Describir de forma detallada la CONSULTORÍA que será ejecutada), hasta su conclusión, que en adelante se denominara LA CONSULTORIA, con estricta y absoluta sujeción a este Contrato, a los documentos que forman parte de el y dando cumplimiento a las normas, condiciones, precio, regulaciones, obligaciones, especificaciones, tiempo de prestación del servicio y características técnicas establecidas en los documentos del Contrato.
CUARTA.- (PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO) EL CONSULTOR desarrollará sus
actividades de forma satisfactoria, en estricto acuerdo con el alcance del servicio, la propuesta adjudicada, los Términos de Referencia y el cronograma de servicios en el plazo de
(Registrar en forma literal y numeral el plazo de prestación del servicio) días calendario, que serán computados a partir, de la fecha de la Orden de Proceder que será emitida por proyecto y por cada fase. En caso de otorgarse anticipo la Orden de Proceder no podrá ser emitida antes de que se haga efectivo el desembolso total del anticipo.
El plazo establecido precedentemente se distribuye de acuerdo al siguiente detalle:
1. Movilización (Registrar el número de días de forma literal y numeral) días calendario.
2. Periodo de realización de la Consultoría incluida la entrega final del producto contratado
(registrar el número de días de forma numeral) días calendario.
3. Período de aprobación del Informe Final por parte de LA ENTIDAD (Registrar el número de días de forma numeral y literal) días calendario.
Emitida, por escrito, la Orden de Proceder comenzará a correr el plazo de prestación del servicio, mismo que podrá ser ampliado en los casos siguientes:
a) Por modificación del servicio, por parte de LA ENTIDAD, mediante el procedimiento establecido en la cláusula Trigésima Primera, incrementando o instruyendo la realización de otros servicios de consultoría relacionados al objeto del presente contrato, lo que será consignado en el Contrato Modificatorio.
b) Por demora en el pago de certificados de prestación del servicio,
c) Por otras causales previstas en este Contrato y documentos que forman parte del mismo.
QUINTA.- (MONTO DEL CONTRATO) El monto total propuesto y aceptado por ambas partes para la ejecución del objeto del presente Contrato es de (Registrar en forma numeral y literal el monto del Contrato, en bolivianos, establecido en la Resolución de Adjudicación). (En Convocatoria Pública Internacional el monto del contrato podrá ser en moneda extranjera, dejando expresamente establecido que el pago se realizará en moneda nacional y al tipo de cambio oficial de venta establecido por el Banco Central de Bolivia en el día de la facturación). Este precio corresponde a la propuesta adjudicada establecida en la propuesta económica que forma parte de este Contrato.
Queda establecido que el monto consignado en la propuesta adjudicada incluye todos los elementos sin excepción alguna, que sean necesarios para la realización y cumplimiento del servicio de CONSULTORÍA. Este monto también comprende todos los costos referidos a salarios, incidencia en ellos por leyes sociales, impuestos, aranceles, daños a terceros, gastos de seguro de equipo y de accidentes personales, gastos de transporte y viáticos; es decir, todo otro costo directo o indirecto incluyendo utilidades que pueda tener incidencia en el monto total del servicio, hasta su conclusión.
Es de exclusiva responsabilidad del CONSULTOR, prestar los servicios contratados dentro del monto establecido como costo del servicio, ya que no se reconocerán ni procederán pagos por servicios que excedan dicho monto.
(Seleccionar una de las siguientes cláusulas considerando si acordó o no la otorgación del anticipo)
SEXTA.- (ANTICIPO)
En el presente contrato la ENTIDAD no otorgará anticipo.
(Seleccionar la siguiente cláusula cuando el objeto de la contratación esté relacionado a la elaboración de estudios a diseño final)
SEXTA.- (ANTICIPO)
Después de ser suscrito el Contrato la ENTIDAD, a solicitud expresa del CONSULTOR, podrá otorgarle un anticipo que no deberá exceder el veinte por ciento (20%) del monto total del contrato, el cual podrá ser desembolsado en uno o más desembolsos, contra entrega de una Garantía de Correcta Inversión de Anticipo por el cien por ciento (100%) del monto a ser desembolsado. El importe del anticipo será descontado en (indicar el número de certificados de pago acordados entre ambas partes contratantes) certificados de pago, hasta cubrir el monto total del anticipo.
El importe de la garantía podrá ser cobrado por la ENTIDAD en caso de que el CONSULTOR no haya iniciado la prestación del servicio dentro de los (Registrar en forma literal y numérica, el plazo previsto al efecto) días calendario establecidos al efecto, o en caso de que no cuente con el personal y equipos necesarios para la realización del servicio estipulado en el contrato, una vez iniciado éste.
Esta garantía original, podrá ser sustituida periódicamente deduciéndose el monto amortizado y ser emitida por el saldo que resta por amortizar. Las garantías substitutivas deberán mantener su vigencia en forma continua y hasta el plazo originalmente previsto, por lo que el CONSULTOR realizará las acciones correspondientes a este fin oportunamente.
LA CONTRAPARTE llevará el control directo de la vigencia y validez de la garantía, en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONSULTOR o solicitar a la ENTIDAD su ejecución.
(Seleccionar la siguiente cláusula cuando el objeto de la contratación NO esté relacionado a la elaboración de estudios a diseño final)
SEXTA.- (ANTICIPO)
Después de ser suscrito el Contrato la ENTIDAD, a solicitud expresa del CONSULTOR, podrá otorgarle un anticipo que no deberá exceder el veinte por ciento (20%) del monto total del contrato, el cual podrá ser desembolsado en uno o más desembolsos, contra entrega de una Garantía de Correcta Inversión de Anticipo por el cien por ciento (100%) y la factura por el monto a ser
desembolsado. El importe del anticipo será descontado en (indicar el número de
certificados de pago acordados entre ambas partes contratantes) certificados de pago, hasta cubrir el monto total del anticipo.
El importe de la garantía podrá ser cobrado por la ENTIDAD en caso de que el CONSULTOR no haya iniciado la prestación del servicio dentro de los (Registrar en forma literal y numérica, el plazo previsto al efecto) días calendario establecidos al efecto, o en caso de que no cuente con el personal y equipos necesarios para la realización del servicio estipulado en el contrato, una vez iniciado éste.
Esta garantía original, podrá ser sustituida periódicamente deduciéndose el monto amortizado y ser emitida por el saldo que resta por amortizar. Las garantías substitutivas deberán mantener su vigencia en forma continua y hasta el plazo originalmente previsto, por lo que el CONSULTOR realizará las acciones correspondientes a este fin oportunamente.
LA CONTRAPARTE llevará el control directo de la vigencia y validez de la garantía, en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONSULTOR o solicitar a la ENTIDAD su ejecución.
SÉPTIMA.- (GARANTÍA) El CONSULTOR, garantiza el correcto cumplimiento y fiel ejecución del presente Contrato en todas sus partes con la (registrar el tipo de garantía establecido en el DBC) Nº emitida por (registrar el nombre del ente emisor de la garantía), con vigencia hasta el (registrar, día, mes y año de la vigencia de la garantía), a la orden de (registrar el nombre o razón social de la Entidad), por (registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal), equivalente el siete por ciento (7 %) del monto total del Contrato.
El importe de dicha garantía en caso de cualquier incumplimiento contractual incurrido por el CONSULTOR, será pagado a favor de LA ENTIDAD, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial, a su sólo requerimiento.
Si se procediera a la recepción definitiva del producto objeto de la consultoría dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta o Informe correspondiente, suscrito por ambas partes Contratantes, dicha garantía será devuelta después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato.
EL CONSULTOR, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato durante la vigencia de éste. LA CONTRAPARTE llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONSULTOR, o solicitar a LA ENTIDAD su ejecución.
La Garantía de Cumplimiento de Contrato, estará bajo custodia de la Unidad Administrativa, lo que no eximirá la responsabilidad de LA CONTRAPARTE.
OCTAVA.- (DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN) Cualquier aviso o notificación entre las partes contratantes será enviada:
Al CONSULTOR:
(registrar el domicilio que señale el Consultor, especificando zona, calle y número del inmueble y ciudad donde funcionan sus oficinas).
A LA ENTIDAD:
(registrar el domicilio de la Entidad, especificando zona, calle y número del inmueble y ciudad donde funcionan sus oficinas)
NOVENA.- (VIGENCIA DEL CONTRATO). El presente Contrato, entrará en vigencia desde el día siguiente hábil de su suscripción, por ambas partes, hasta la terminación del contrato.
DÉCIMA.- (DOCUMENTOS DE CONTRATO) Para cumplimiento de lo preceptuado en el presente contrato, forman parte del mismo los siguientes documentos:
10.1 Documento Base de Contratación, sus aclaraciones y/o enmiendas, si existiesen.
10.2 Propuesta adjudicada.
10.3 Resolución de Adjudicación.
10.4 Acta de Concertación de Mejores Condiciones Técnicas, cuando corresponda.
10.5 Certificado de Información sobre Solvencia Fiscal, emitido por la Contraloría General del Estado.
10.6 Certificado xxx XXXX
10.7 Garantía de Cumplimiento de Contrato.
10.8 Garantía de Correcta Inversión de Anticipo (si corresponde).
10.9 Contrato de Asociación Accidental (si corresponde).
10.10 Poder del Representante Legal de la Asociación Accidental (si corresponde).
10.11 Otros documentos específicos de acuerdo a la contratación (Señalar los que correspondan).
DÉCIMA PRIMERA.- (IDIOMA) El presente Contrato, toda la documentación aplicable al mismo y la que emerja de la prestación del servicio de consultoría, deben ser elaborados en idioma castellano.
DÉCIMA SEGUNDA.- (LEGISLACIÓN APLICABLE AL CONTRATO) El presente contrato, al ser de naturaleza administrativa, se celebra exclusivamente al amparo de las siguientes disposiciones:
12.1 Constitución Política del Estado.
12.2 Ley N° 1178, de 20 de julio de 1990, de Administración y Control Gubernamentales.
12.3 Decreto Supremo N° 0181, de 28 xx xxxxx de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS) y sus modificaciones.
12.4 Ley del Presupuesto General del Estado y su reglamentación.
12.5 Otras disposiciones relacionadas.
DÉCIMA TERCERA.- (DERECHOS DEL CONSULTOR) El CONSULTOR, tiene derecho a plantear los reclamos que considere correctos, por cualquier omisión de LA ENTIDAD, por falta de pago del servicio prestado, o por cualquier otro aspecto consignado en el presente Contrato.
Tales reclamos deberán ser planteados por escrito y de forma documentada, a LA CONTRAPARTE, hasta treinta (30) días hábiles posteriores al suceso.
LA CONTRAPARTE, dentro del lapso impostergable de cinco (5) días hábiles de recibido el reclamo, analizará el mismo, debiendo emitir su informe - recomendación a LA ENTIDAD, para que a su vez tome conocimiento y analice la recomendación a objeto de aceptar la misma, o en su caso pedir aclaración, ampliación del informe o rechazar la recomendación, lo que realizará por escrito, a los fines de la respuesta al CONSULTOR.
En los casos que así corresponda por la complejidad del reclamo, LA CONTRAPARTE podrá solicitar el análisis del reclamo a las dependencias técnica, financiera o legal según corresponda, a objeto de procesar la respuesta al CONSULTOR.
Todo proceso de respuesta a reclamos, no deberá exceder los diez (10) días hábiles, computables desde la recepción del reclamo documentado por la contraparte. (Si el plazo de prestación del servicio es corto, el plazo previsto puede ser reducido en concordancia con el plazo del contrato).
LA CONTRAPARTE y LA ENTIDAD, no atenderán reclamos presentados fuera del plazo establecido en esta cláusula.
DÉCIMA CUARTA.- (ESTIPULACIONES SOBRE IMPUESTOS) Correrá por cuenta del
CONSULTOR el pago de todos los impuestos vigentes en el país, a la fecha de presentación de la propuesta.
En caso de que posteriormente, el Estado Plurinacional de Bolivia implantara impuestos adicionales, disminuyera o incrementara los vigentes, mediante disposición legal expresa, el CONSULTOR deberá acogerse a su cumplimiento desde la fecha de vigencia de dicha normativa.
DÉCIMA QUINTA.- (CUMPLIMIENTO XX XXXXX LABORALES) El CONSULTOR deberá dar
estricto cumplimiento a la legislación laboral y social vigente en el Estado Plurinacional de Bolivia, respecto a su personal.
EL CONSULTOR será responsable y deberá mantener a LA ENTIDAD exonerada contra cualquier multa o penalidad de cualquier tipo o naturaleza que fuera impuesta por causa de incumplimiento o infracción de dicha legislación laboral o social.
DÉCIMA SEXTA.- (PROTOCOLIZACIÓN DEL CONTRATO) El presente contrato, será protocolizada con todas las formalidades xx Xxx por LA ENTIDAD. El importe por concepto de protocolización debe ser pagado directamente por El CONSULTOR, en caso que este monto no sea cancelado por EL CONSULTOR, podrá ser descontado por la ENTIDAD a tiempo de hacer efectivo el pago correspondiente.
Esta protocolización contendrá los siguientes documentos:
a) Contrato (original).
b) Documento legal de representación de LA ENTIDAD y Poder del Representante Legal del
CONSULTOR (fotocopias legalizadas).
c) Garantías (fotocopia simple).
En caso de que por cualquier circunstancia, el presente documento no fuese protocolizado, servirá a los efectos xx Xxx y de su cumplimiento, como documento suficiente entre las partes.
DÉCIMA SÉPTIMA.- (SUBCONTRATOS) Cuando esta previsión de subcontrato estuviese autorizada, el CONSULTOR podrá efectuar subcontrataciones, que acumuladas no deberán exceder el veinticinco por ciento (25%) del valor total de este Contrato, siendo el CONSULTOR directo y exclusivo responsable por los trabajos, su calidad y la perfección de ellos, así como también por los actos y omisiones de los subcontratistas y de todas las personas empleadas en el servicio.
En ningún caso el CONSULTOR podrá pretender autorización para subcontratos que no hubiesen sido expresamente previstos en su propuesta.
Ningún subcontrato o intervención de terceras personas relevará al CONSULTOR del cumplimiento de todas sus obligaciones y responsabilidades emergentes del presente Contrato.
DÉCIMA OCTAVA.- (INTRANSFERIBILIDAD DEL CONTRATO) El CONSULTOR bajo ningún título
podrá ceder, transferir, subrogar, total o parcialmente este Contrato.
En caso excepcional, emergente de causa de fuerza mayor, caso fortuito o necesidad pública, procederá la cesión o la subrogación del contrato, total o parcialmente, previa aprobación de la MAE, bajo los mismos términos y condiciones del presente contrato.
DÉCIMA NOVENA.- (CAUSAS DE FUERZA MAYOR Y/O CASO FORTUITO). Con el fin de
exceptuar AL CONSULTOR de determinadas responsabilidades por xxxx durante la vigencia del presente contrato, LA CONTRAPARTE tendrá la facultad de calificar las causas de fuerza mayor y/o caso fortuito, que pudieran tener efectiva consecuencia sobre el cumplimiento del presente Contrato.
Se entiende por fuerza mayor al obstáculo externo, imprevisto o inevitable que origina una fuerza extraña al hombre que impide el cumplimiento de la obligación (ejemplo: incendios, inundaciones y otros desastres naturales).
Se entiende por caso fortuito al obstáculo interno atribuible al hombre, imprevisto o inevitable, proveniente de las condiciones mismas en que la obligación debía ser cumplida (Ejemplo: conmociones civiles, huelgas, bloqueos, revoluciones, etc.).
Para que cualquiera de estos hechos puedan constituir justificación de impedimento en la prestación del servicio o demora en el cumplimiento del Cronograma de Trabajo, dando lugar a retrasos en el avance, de modo inexcusable e imprescindible en cada caso, El CONSULTOR, de manera justificada, deberá recabar de LA CONTRAPARTE un certificado de constancia de la existencia del impedimento, dentro de los cinco (5) días hábiles de ocurrido el hecho, sin el cual, de ninguna manera y por ningún motivo podrá solicitar luego a LA CONTRAPARTE, por escrito dentro del plazo previsto para los reclamos, la ampliación del plazo del Contrato (contrato modificatorio) o la exención del pago de penalidades o la intención de la resolución del contrato.
VIGÉSIMA.- (TERMINACIÓN DEL CONTRATO) El presente contrato concluirá por una de las siguientes causas:
20.1 Por Cumplimiento del Contrato De forma normal, tanto LA ENTIDAD como EL CONSULTOR darán por terminado el presente contrato, una vez que ambas partes hayan dado cumplimiento a todas las condiciones y estipulaciones contenidas en el mismo, lo cual se hará constar en el Certificado de Cumplimiento de Contrato, emitido por la ENTIDAD.
20.2 Por Resolución del Contrato Si se diera el caso y como una forma excepcional de terminar el contrato, a los efectos legales correspondientes, LA ENTIDAD y EL CONSULTOR, acuerdan las siguientes causales para procesar la resolución del Contrato:
20.2.1 Resolución a requerimiento de la ENTIDAD, por causales atribuibles al CONSULTOR. LA ENTIDAD, podrá proceder al trámite de resolución del Contrato, en los siguientes casos:
a) Por disolución del CONSULTOR (sea Empresa Consultora o Asociación Accidental de Empresas Consultoras).
b) Por quiebra declarada del CONSULTOR.
c) Por suspensión del servicio sin justificación, por el lapso de (registrar el número de días en función del plazo total del servicio que se presta) días calendario continuos, sin autorización escrita de LA CONTRAPARTE.
d) Por incumplimiento en la iniciación del servicio, si emitida la Orden de Proceder demora más de quince (15) días calendario en movilizarse. (en caso de servicio de corta duración, este plazo puede ser reducido).
e) Por incumplimiento en la movilización al servicio, del personal y equipo ofertados, de acuerdo a Cronograma.
f) Por incumplimiento injustificado del programa de prestación de servicios sin que EL CONSULTOR adopte medidas necesarias y oportunas para recuperar su demora y asegurar la conclusión del servicio dentro del plazo vigente.
g) Por negligencia reiterada (3 veces) en el cumplimiento de los Términos de Referencia, u otras especificaciones, o instrucciones escritas de LA CONTRAPARTE.
h) Por falta de pago de salarios a su personal y otras obligaciones contractuales que afecten al servicio.
i) Por subcontratación de una parte del servicio sin que ésta haya sido prevista en la propuesta y/o sin contar con la autorización escrita de LA CONTRAPARTE.
j) Cuando el monto de la multa por atraso en la prestación del servicio alcance el diez por ciento (10%) del monto total del contrato, decisión optativa, o el quince por ciento (15%), de forma obligatoria.
20.2.2 Resolución a requerimiento del CONSULTOR por causales atribuibles a LA ENTIDAD. EL CONSULTOR, podrá proceder al trámite de resolución del Contrato, en los siguientes casos:
a) Por instrucciones injustificadas emanadas de LA ENTIDAD o emanadas de la CONTRAPARTE, con conocimiento de la ENTIDAD, para la suspensión de la prestación del servicio por más de treinta (30) días calendario.
b) Si apartándose de los términos del contrato LA ENTIDAD a través de la CONTRAPARTE, pretende efectuar aumento o disminución en el servicio sin emisión del necesario Contrato Modificatorio.
c) Por incumplimiento injustificado en el pago de un certificado de prestación de servicios aprobado por LA CONTRAPARTE, por más de cuarenta y cinco (45) días calendario computados a partir de la fecha de remisión del Informe de Conformidad por LA CONTRAPARTE, a LA ENTIDAD.
20.2.3 Reglas aplicables a la Resolución: Para procesar la Resolución del Contrato por cualquiera de las causales señaladas, LA ENTIDAD o EL CONSULTOR dará aviso escrito mediante carta notariada, a la otra parte, de su intención de resolver el Contrato, estableciendo claramente la causal que se aduce.
Si dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de la fecha de notificación, se enmendaran las fallas, se normalizara el desarrollo de los servicios, se tomaran las medidas necesarias para continuar normalmente con las estipulaciones del Contrato y el requirente de la resolución expresará por escrito su conformidad a la solución, el aviso de intensión de resolución será retirado.
Caso contrario, si al vencimiento del término de los diez (10) días hábiles no existiese ninguna respuesta, el proceso de resolución continuará, a cuyo fin LA ENTIDAD o EL CONSULTOR, según quien haya requerido la resolución del contrato, notificará mediante carta notariada a la otra parte, que la resolución del contrato se ha hecho efectiva.
Cuando el monto de la multa por atraso en la entrega definitiva, alcance al quince por ciento (15%) del monto total del contrato, la ENTIDAD deberá notificar mediante carta notariada que la resolución de contrato se ha hecho efectiva.
Esta carta notariada dará lugar a que: cuando la resolución sea por causales atribuibles al CONSULTOR, se consolide a favor de LA ENTIDAD la Garantía de Cumplimiento de Contrato, hasta que se efectúe la conciliación de saldos, si aún la vigencia de dicha garantía lo permite; caso contrario si la vigencia está a finalizar y no se amplía, será ejecutada con cargo a esa liquidación. LA CONTRAPARTE a solicitud de LA ENTIDAD, procederá a establecer y certificar los montos reembolsables al CONSULTOR por concepto de servicios satisfactoriamente prestados. En este caso no se reconocerá al CONSULTOR gastos de desmovilización de ninguna naturaleza. Con base en el certificado de cómputo final de servicios prestados, emitido por la CONTRAPARTE, EL CONSULTOR preparará el Certificado de Liquidación Final, estableciendo saldos en favor o en contra para su respectivo pago o cobro de las garantías pertinentes.
Sólo en caso que la resolución no sea originada por negligencia del CONSULTOR, éste tendrá derecho a una evaluación de los gastos proporcionales que demande la desmovilización y los compromisos adquiridos por el CONSULTOR para la prestación del servicio, contra la presentación de documentos probatorios y certificados.
20.2.4 Resolución por causas de fuerza mayor o caso fortuito que afecten a la ENTIDAD o al CONSULTOR: Si en cualquier momento, antes de la terminación de la prestación del servicio objeto del Contrato, LA ENTIDAD o el CONSULTOR se encontrase con situaciones no atribuibles a su voluntad, por causas de fuerza mayor o caso fortuito, que imposibilite la prestación del servicio o vayan contra los intereses del Estado, la parte afectada comunicará por escrito su intención de resolver el contrato, justificando la causa.
LA ENTIDAD, en cualquier momento, mediante carta notariada dirigida al CONSULTOR, suspenderá la prestación del servicio y resolverá el Contrato total o parcialmente. A la entrega de dicha comunicación oficial de resolución, EL CONSULTOR suspenderá la prestación del servicio de acuerdo a las instrucciones escritas que al efecto emita LA CONTRAPARTE.
EL CONSULTOR conjuntamente con LA CONTRAPARTE, procederán a la verificación del servicio prestado hasta la fecha de suspensión, la evaluación de los compromisos que EL CONSULTOR tuviera pendientes por subcontratos u otros relativos al servicio, debidamente documentados. Asimismo, LA CONTRAPARTE liquidará los costos proporcionales que demanden la desmovilización de personal y equipo y algunos otros gastos que a juicio de LA CONTRAPARTE fueran considerados sujetos a reembolso. Con estos datos LA CONTRAPARTE elaborará el Certificado de Liquidación Final y el trámite de pago será el previsto en la cláusula Vigésima Novena.
VIGÉSIMA PRIMERA.- (SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS). En caso de surgir controversias sobre los derechos y obligaciones de las partes, durante la ejecución del presente contrato, las partes
acudirán a los términos y condiciones del contrato, Documento Base de Contratación, propuesta adjudicada, sometidas a la Jurisdicción Coactiva Fiscal.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- (MODIFICACIONES AL CONTRATO) El presente contrato no podrá ser modificado, excepto por causas señaladas en el Documento Base de Contratación, previo acuerdo entre partes. Dichas modificaciones deberán estar destinadas al objeto de la contratación y estar sustentadas por informes técnico y legal que establezcan la viabilidad técnica y de financiamiento.
La referida modificación se realizará a través de uno o varios contratos modificatorios, que sumados no deberán exceder el diez por ciento (10%) del monto del contrato principal.
II. CONDICIONES PARTICULARES DEL CONTRATO
VIGÉSIMA TERCERA- (INICIO DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO) La prestación del servicio se hará efectiva, a partir de la fecha en la que El CONSULTOR reciba de forma escrita la Orden de Proceder, la cual coincidirá con la fecha en que se haga efectivo el desembolso total del anticipo.
VIGÉSIMA CUARTA.- (SUPERVISIÓN DEL SERVICIO) Con el objeto de realizar el seguimiento y control del servicio a ser prestado por EL CONSULTOR, LA ENTIDAD desarrollará las funciones de CONTRAPARTE, a cuyo fin designará, mediante notificación escrita, como CONTRAPARTE a un Profesional Técnico especializado en (Especificar la profesión) (o un equipo multidisciplinario bajo la dirección de un Profesional Técnico especializado en - especificar la profesión – que ejercerá la Jefatura del equipo) de la planta de personal de la entidad contratante.
LA CONTRAPARTE, será el medio autorizado de comunicación, notificación y aprobación de todo cuanto corresponda a los asuntos relacionados con el servicio a ser prestado por el CONSULTOR, bajo términos del presente Contrato y los documentos que forman parte del mismo.
LA CONTRAPARTE, tendrá la autoridad necesaria para conocer, analizar, rechazar o aprobar los asuntos correspondientes al cumplimiento del presente Contrato, de acuerdo a las atribuciones e instrucciones que por escrito le confiera expresamente LA ENTIDAD.
LA ENTIDAD a través de LA CONTRAPARTE, observará y evaluará permanentemente el desempeño del CONSULTOR, a objeto de exigirle, en su caso, mejor desempeño y eficiencia en la prestación de su servicio, o de imponerle sanciones.
XXXXXXXX XXXXXX.- (REPRESENTANTE DEL CONSULTOR) El CONSULTOR designa como su
representante legal en el servicio, al GERENTE DE PROYECTO, profesional calificado en la propuesta del CONSULTOR, como profesional titulado, con suficiente experiencia en la dirección de CONSULTORÍAS similares, que lo califiquen como idóneo para llevar a cabo satisfactoriamente la prestación del servicio, será presentado oficialmente antes del inicio del trabajo, mediante comunicación escrita dirigida a LA CONTRAPARTE.
El GERENTE DE PROYECTO tendrá residencia en el lugar previsto en el Documento Base de Contratación; prestará servicios a tiempo completo y está facultado para:
a) Dirigir el servicio de CONSULTORÍA.
b) Representar al CONSULTOR durante toda la prestación del servicio.
c) Mantener permanentemente informada a la CONTRAPARTE sobre todos los aspectos relacionados con el servicio.
d) Mantener coordinación permanente y efectiva con la Oficina Central del CONSULTOR.
e) Presentar el Organigrama completo del personal del CONSULTOR, asignado al servicio.
f) Es el responsable del control de la asistencia, así como de la conducta y ética profesional de todo el personal bajo su dependencia, con autoridad para asumir medidas correctivas en caso necesario.
g) Cuidará de la economía con la que debe desarrollarse la prestación del servicio de Consultoría, a efectos de cumplir con el presupuesto asignado.
En caso de ausencia temporal del servicio, por causas emergentes del presente contrato, u otras de fuerza mayor o caso fortuito, con conocimiento y autorización de la ENTIDAD a través de la CONTRAPARTE; asumirá esas funciones el profesional inmediato inferior, con total autoridad para actuar en legal representación del CONSULTOR.
Esta suplencia será temporal y no deberá exceder los treinta (30) días hábiles, salvo casos de gravedad, caso contrario el CONSULTOR deberá proceder a sustituir al GERENTE, presentando a consideración de la ENTIDAD una terna de profesionales de similar o mejor calificación que el que será reemplazado.
Una vez que la ENTIDAD acepte por escrito al nuevo GERENTE, éste recién entrará en ejercicio de la función; cualquier acto anterior es nulo.
VIGÉSIMA SÉXTA.- (PERSONAL DEL CONSULTOR) El CONSULTOR cumplirá sus deberes y
responsabilidades asignando al servicio, el personal profesional y técnico experimentado, de acuerdo al número y especialidades señaladas en su propuesta, así como en ulteriores modificaciones aconsejables de acuerdo al programa de trabajo, con aprobación previa y escrita de la ENTIDAD. Cualquier cambio en esta nómina tendrá carácter excepcional, y será debidamente justificado por el CONSULTOR.
26.1 Retiro de personal del CONSULTOR a solicitud de la ENTIDAD: EL CONSULTOR retirará del servicio a cualquier empleado cuyo cambio justificado sea solicitado por la ENTIDAD, sustituyéndolo por otro de nivel similar o superior. En este caso, los gastos que resulten emergentes del cambio, correrán por cuenta del CONSULTOR.
26.2 Seguros: El CONSULTOR contratará los seguros, por los conceptos siguientes, cuyo costo estará incluido en los precios de contrato:
a) Accidentes o incapacidad para el personal del CONSULTOR, de acuerdo a la Ley General del Trabajo del Estado Plurinacional de Bolivia.
b) Seguro contra todo riesgo, de los vehículos y equipo asignados al servicio.
26.3 Coordinación con la oficina central del CONSULTOR: El personal del CONSULTOR de la Oficina Principal de éste, coordinará y efectuará un control adecuado de la marcha del servicio, manteniendo contacto permanente con el GERENTE DEL PROYECTO (o con el suplente legal de éste), visitando periódicamente y cuantas veces sea necesario, en el lugar de prestación del servicio las oficinas y lugares de trabajo. Los salarios, pasajes y viáticos del personal que realice esta coordinación o seguimiento, no serán reconocidos de forma separada, por cuanto forman parte de los costos indirectos de la propuesta del CONSULTOR.
VIGÉSIMA SÉPTIMA.- (INFORMES) El CONSULTOR, someterá a la consideración y aprobación de la ENTIDAD a través de la CONTRAPARTE, los siguientes informes:
27.1 Informe Inicial: Un informe inicial, en (registrar el número) ejemplares, a los (Registrar el plazo de forma literal) días calendario de la recepción de la Orden de Proceder, conteniendo un cronograma detallado de sus actividades, ajustado a la fecha de Orden de Proceder, indicando como se propone ejecutar y concluir el servicio. Este cronograma, una vez aprobado, solamente podrá ser modificado con la aprobación escrita de la ENTIDAD, en la instancia competente.
27.2 Informes Periódicos: Los informes periódicos (no repetitivos), en
(registrar el numero) ejemplares serán presentados a la CONTRAPARTE y contendrán el avance del producto final contratado, consignado en el Documento Base de Contratación y un detalle de:
a) Problemas más importantes encontrados en la prestación del servicio y el criterio técnico que sustentó las soluciones aplicadas en cada caso.
b) Comunicaciones más importantes intercambiadas con la CONTRAPARTE.
c) Información sobre modificaciones mediante Orden de Cambio (si se procesaron en el periodo).
d) Información miscelánea.
(Si se trata de productos intermedios completos, la Entidad Contratante debe registrar en esta cláusula dichos productos de forma específica, en sustitución de lo precedentemente detallado)
27.3 Informes Especiales: Cuando se presenten asuntos o problemas que, por su importancia, incidan en el desarrollo normal del servicio, a requerimiento de la ENTIDAD a través de la CONTRAPARTE, el CONSULTOR emitirá informe especial sobre el tema especifico requerido,
en (establecer el numero) ejemplares, conteniendo el detalle y las
recomendaciones para que la ENTIDAD pueda adoptar las decisiones más adecuadas.
27.4 Producto Final: Dentro del plazo previsto, el CONSULTOR entregará el producto final objeto del servicio de CONSULTORÍA, incluyendo todos los aspectos y elementos previstos en el Alcance de Trabajo y Propuesta presentada.
Este informe contendrá también las respectivas conclusiones y recomendaciones a efectos de que la ENTIDAD tome y asuma las acciones técnicas, económicas, legales u otras que correspondan.
El documento final debe ser presentado por el CONSULTOR dentro del plazo previsto, en (Especificar el número) ejemplares.
El documento final, deberá ser analizado por la ENTIDAD, en el nivel operativo correspondiente dentro del plazo máximo de veinte (20) días calendario desde su presentación. Emitida su aceptación y aprobación por la ENTIDAD, ésta autorizará el pago final a favor del CONSULTOR.
En caso que el documento final presentado fuese observado por la ENTIDAD, dentro del plazo máximo de veinte (20) días calendario, el mismo será devuelto al CONSULTOR, para que éste realice ya sea las complementaciones o correcciones pertinentes, dentro del plazo que la ENTIDAD prevea al efecto de forma expresa en la carta de devolución del documento final.
Concluido el plazo señalado, el CONSULTOR presentará el documento final y el trámite de aprobación, se procesará conforme lo previsto en la presente Cláusula.
VIGÉSIMA OCTAVA.- (APROBACIÓN DE DOCUMENTOS Y PROPIEDAD DE LOS MISMOS)
28.1 Procedimiento de aprobación: La CONTRAPARTE una vez recibidos los informes, revisará cada uno de éstos de forma completa, así como otros documentos que emanen de la CONSULTORÍA y hará conocer al CONSULTOR sus observaciones dentro del plazo máximo de (registrar el plazo de forma literal, de acuerdo a la magnitud del servicio y registrar el plazo de forma numeral, entre paréntesis) días hábiles computados a partir de la fecha de su presentación. Este plazo no incluye el de las posibles observaciones, comentarios o solicitudes de información adicionales.
EL CONSULTOR se obliga a satisfacer dentro del plazo de (registrar el plazo de forma literal, de acuerdo a la magnitud del servicio) (registrar el plazo de forma numeral, entre paréntesis) días hábiles de su recepción, cualquier pedido de aclaración efectuado por la CONTRAPARTE o a través de éste de la ENTIDAD.
Si dentro de los (registrar el plazo de forma literal, de acuerdo a la magnitud del servicio) (registrar el plazo de forma numeral, entre paréntesis) días hábiles de la presentación de los documentos, la CONTRAPARTE no envía sus observaciones al CONSULTOR, se aplicará el silencio administrativo positivo, o sea que las partes considerarán que dichos documentos cuentan con la aprobación de la CONTRAPARTE.
28.2 Propiedad de los documentos emergentes de la CONSULTORÍA: El documento final en original, copia y fotocopias del mismo, como su soporte magnético, y otros documentos resultantes de la prestación del servicio, así como todo material que se genere durante los servicios del CONSULTOR, son de propiedad de la ENTIDAD y en consecuencia, deberán ser entregados a ésta a la finalización de los servicios de CONSULTORÍA, quedando absolutamente prohibido al CONSULTOR difundir dicha documentación, total o parcialmente, sin consentimiento escrito previo de la ENTIDAD.
El presente Contrato otorga a la ENTIDAD el derecho de autor, derechos de patente y cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual sobre los documentos emergentes de la CONSULTORÍA, en cumplimiento del Contrato.
El CONSULTOR está prohibido de divulgar o revelar cualquier información reservada y confidencial a la que pueda tener acceso en la ejecución del Contrato, a menos que se le haya autorizado por escrito. Esta prohibición se extiende igualmente a los empleados, representantes y subcontratistas del CONSULTOR
El CONSULTOR solo podrá mencionar el servicio a terceros, como prueba de sus antecedentes profesionales, sobre lo cual la ENTIDAD emitirá la certificación detallada pertinente.
VIGÉSIMA NOVENA.- (FORMA DE PAGO) El pago se realizará de acuerdo al progreso del servicio, en número de pagos y fechas preestablecidos y convenidos en este contrato por ambas partes, de acuerdo al siguiente detalle:
a) Primer Pago (...%). (registrar el plazo o la fecha prevista)
b) Segundo Pago (... %)… (registrar el plazo o la fecha prevista)
c) Tercer Pago (...%). (registrar el plazo o la fecha prevista)
d) Pago Final (...%). (registrar el plazo o la fecha prevista)
EL CONSULTOR presentará a LA CONTRAPARTE, para su revisión en versión definitiva, el informe periódico y un certificado de pago debidamente llenado, con fecha y firmado por el GERENTE DE PROYECTO, que consignará todos los trabajos ejecutados a los precios establecidos, de acuerdo a los trabajos desarrollados.
De no presentar EL CONSULTOR el informe periódico y el respectivo certificado de pago dentro del plazo previsto; los días de demora serán contabilizados por LA CONTRAPARTE, a efectos de deducir los mismos del plazo que LA ENTIDAD en su caso pueda demorar en la efectivización del pago del citado certificado.
LA CONTRAPARTE, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, después de recibir el informe periódico y en versión definitiva el certificado de pago; indicará por escrito su aprobación o devolverá el informe y el certificado para que se enmienden los motivos de rechazo, debiendo El CONSULTOR, en éste último caso, realizar las correcciones necesarias y volver a presentar el informe y certificado, con la nueva fecha.
El informe periódico y el certificado de pago, aprobado por LA CONTRAPARTE, (con la fecha de aprobación), será remitido a la dependencia que corresponda de LA ENTIDAD, para el procesamiento del pago. En dicha dependencia se expedirá la orden de pago dentro del plazo máximo de tres (3) días hábiles computables desde su recepción.
El pago de cada certificado de prestación de servicios, se realizará dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la fecha de remisión de LA CONTRAPARTE a la dependencia prevista de LA ENTIDAD para el pago.
El CONSULTOR recibirá el pago del monto certificado, menos las deducciones que correspondiesen. Si el pago del certificado no se realizara dentro de los treinta y tres (33) días hábiles computables a partir de la fecha de remisión de LA CONTRAPARTE a la dependencia prevista de LA ENTIDAD para el pago; EL CONSULTOR tendrá derecho a reclamar por el tiempo transcurrido desde el día treinta y tres (33) hasta el día en que se haga efectivo el pago, la ampliación de plazo por día de demora.
Si en ese tiempo, el pago que se realiza es parcial, sólo podrá reclamar la compensación en tiempo por similar porcentaje al que falta recibir en pago.
Si la demora de pago parcial o total, supera los sesenta (60) días calendario, desde la fecha de aprobación del certificado de pago por LA CONTRAPARTE, EL CONSULTOR tiene el derecho de reclamar el pago de un interés sobre el monto no pagado por cada día adicional de retraso, a partir del día sesenta y uno (61), calculado basándose en la tasa de interés pasiva anual promedio ponderada nominal del sistema bancario para depósitos en caja de ahorro en moneda nacional que publica periódicamente el Banco Central de Bolivia, de la semana anterior a la que se vaya a fijar el interés, el mismo que será dividido en trescientos sesenta y cinco (365) días y multiplicado por los días de retraso en que incurra LA ENTIDAD.
En caso de que se hubiese pagado parcialmente el certificado de avance del servicio, el reclamo corresponderá al porcentaje que resta por ser pagado.
A este fin EL CONSULTOR deberá hacer conocer a LA ENTIDAD la demora en el pago (en días), mediante nota dirigida a LA CONTRAPARTE dentro de los cinco (5) días hábiles subsiguientes a la fecha de haberse hecho efectivo el pago parcial o total, quien pondrá de inmediato a conocimiento de LA ENTIDAD, para que independientemente del pago de intereses, establezca las causas de la demora de pago y asuma los ajustes correspondientes a los efectos de las responsabilidades administrativa y/o civil que emerjan.
En cada caso, el informe de LA CONTRAPARTE consignará también la deducción de los días de demora en la presentación del certificado en que en su caso hubiese incurrido el CONSULTOR. En caso de que EL CONSULTOR, no presente a LA CONTRAPARTE el respectivo certificado de avance del servicio hasta treinta (30) días calendario posteriores al plazo previsto en la presente cláusula, la CONTRAPARTE deberá elaborar el certificado en base a los datos de control del servicio prestado que disponga y la enviará para la firma del GERENTE DE PROYECTO, con la respectiva llamada de atención por este incumplimiento contractual, advirtiéndole de las implicancias posteriores de esta omisión.
El procedimiento subsiguiente de pago a ser aplicado, será el establecido precedentemente.
TRIGÉSIMA.- (FACTURACIÓN) El CONSULTOR emitirá la factura correspondiente a favor de la ENTIDAD por el anticipo, cuando éste exista, y una vez que cada informe periódico y el certificado de pago hayan sido aprobados por la CONTRAPARTE. En caso de que no sea emitida la factura respectiva, la ENTIDAD no hará efectivo el pago.
(Seleccionar una de las siguientes cláusulas considerando si acordó o no la otorgación del anticipo considerando además el objeto de contratación)
TRIGÉSIMA.- (FACTURACIÓN) El CONSULTOR emitirá la factura correspondiente a favor de la ENTIDAD por el anticipo, cuando éste exista, y una vez que cada informe periódico y el certificado de pago hayan sido aprobados por la CONTRAPARTE. En caso de que no sea emitida la factura respectiva, la ENTIDAD no hará efectivo el pago.
(Seleccionar la siguiente cláusula cuando el objeto de la contratación esté relacionado a la elaboración de estudios a diseño final)
TRIGÉSIMA.- (FACTURACIÓN) El CONSULTOR emitirá la factura correspondiente a favor de la ENTIDAD una vez que cada informe periódico y el certificado de pago hayan sido aprobados por la CONTRAPARTE. En caso de que no sea emitida la factura respectiva, la ENTIDAD no hará efectivo el pago.
TRIGÉSIMA PRIMERA.- (MODIFICACIONES AL SERVICIO)
31.1 LA ENTIDAD, o LA CONTRAPARTE designada, previo el trámite respectivo de aprobación, podrá introducir modificaciones que considere estrictamente necesarias y con tal propósito, tendrá la facultad para ordenar por escrito al CONSULTOR y éste deberá cumplir con cualquiera de las siguientes instrucciones:
a) Efectuar ajustes de rutina o especiales en el desarrollo cotidiano del servicio de
CONSULTORÍA.
b) Incrementar o disminuir cualquier parte del servicio previsto en el Contrato.
c) Prestar servicios adicionales inherentes a la CONSULTORÍA, que sean absolutamente necesarios, aunque no cuenten con precios establecidos en el Contrato.
Ninguna de estas modificaciones podrá viciar o invalidar el Contrato, ni serán ejecutadas por el CONSULTOR sin una orden previa escrita.
31.2 LA CONTRAPARTE o LA ENTIDAD, puede ordenar las modificaciones únicamente a través de Contrato Modificatorio, sólo en caso extraordinario en que el servicio deba ser complementado y se determine una modificación significativa en la CONSULTORÍA que conlleve un decremento o incremento en los plazos o alcance. LA CONTRAPARTE deberá formular el documento de sustento técnico-financiero que establezca las causas y razones por las cuales debiera ser suscrito este documento. Esta(s) modificación(es) no deberá(n) exceder el diez por ciento (10%) del monto del contrato principal. En caso de que signifique una disminución en el servicio, deberá concertarse previamente con EL CONSULTOR, a efectos de evitar reclamos posteriores. El informe-recomendación y antecedentes será cursado por LA CONTRAPARTE a LA ENTIDAD, quien luego de su análisis a través de
(registrar el nombre de la dependencia responsable del seguimiento del servicio), realizará el procesamiento del análisis legal y formulación del Contrato, antes de su suscripción.
31.3 El Contrato Modificatorio debe ser emitido y suscrito de forma previa a la prestación de los servicios por parte del CONSULTOR, en ningún caso constituye un documento regularizador de procedimiento de prestación de los servicios, excepto en casos de emergencia probada, que incida en la prestación del servicio objeto de LA CONSULTORÍA.
TRIGÉSIMA SEGUNDA.- (PAGO POR SERVICIOS ADICIONALES) Los servicios adicionales ordenados conforme la modalidad descrita en la cláusula Trigésima Primera, serán pagados según lo expresamente establecido en el Contrato Modificatorio.
En caso de existir estos servicios adicionales el CONSULTOR de forma mensual consignará los mismos en el certificado de pago.
TRIGÉSIMA TERCERA.- (MOROSIDAD Y SUS PENALIDADES) Queda convenido entre las partes contratantes, que salvo casos de fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados por la CONTRAPARTE, se aplicarán por cada periodo de retraso las siguientes multas:
a) Equivalente al 3 por 1.000 del monto total del Contrato, por cada día de atraso desde el día 1 hasta el día 30 de atraso.
b) Equivalente al 4 por 1.000 del monto total del Contrato, por cada día de atraso desde el día 31 en adelante.
Las causales para la aplicación de multas son las siguientes:
a) Cuando el CONSULTOR, no entregara los productos establecidos en la cláusula Vigésima Séptima dentro de los plazos previstos en el cronograma,
b) Cuando el CONSULTOR demorará más de cinco (5) días hábiles en responder las consultas formuladas por escrito por la ENTIDAD o por la CONTRAPARTE, en asuntos relacionados con el objeto del presente contrato.
De establecer la CONTRAPARTE que por la aplicación de multas por moras se ha llegado al límite xxx xxxx por ciento (10%) del monto total del Contrato, podrá iniciar el proceso de resolución del Contrato, conforme a lo estipulado en la Cláusula Vigésima.
De establecer la CONTRAPARTE que por la aplicación de multas por moras se ha llegado al límite máximo del quince por ciento (15%) del monto total del Contrato, comunicará oficialmente esta situación a la ENTIDAD a efectos del procesamiento de la resolución del Contrato, conforme a lo estipulado en la Cláusula Vigésima.
Las multas serán cobradas mediante descuentos establecidos expresamente por la CONTRAPARTE, con base en el informe específico y documentado que formulará el mismo, bajo su directa responsabilidad, de los Certificados de pago mensuales o del Certificado de Liquidación Final, sin perjuicio de que la ENTIDAD ejecute la Garantía de Cumplimiento de Contrato y proceda al resarcimiento de daños y perjuicios por medio de la acción coactiva fiscal por la naturaleza del Contrato, conforme lo establecido en el Artículo 47 de la Ley N° 1178.
TRIGÉSIMA CUARTA.- (RESPONSABILIDAD Y OBLIGACIONES DEL CONSULTOR)
34.1 Responsabilidad Técnica: EL CONSULTOR asume la responsabilidad técnica absoluta, de los servicios profesionales prestados bajo el presente contrato, conforme lo establecido en los Términos de Referencia y su propuesta, por lo que deberá desarrollar su trabajo conforme a las más altas normas técnicas de competencia profesional, conforme a las leyes, normas de conducta y costumbres locales. En consecuencia EL CONSULTOR garantiza y responde del servicio prestado bajo este Contrato, por lo que en caso de ser requerida su presencia por escrito, para cualquier aclaración, de forma posterior a la liquidación del contrato, se compromete a no negar su participación.
En caso de no responder favorablemente a dicho requerimiento, LA ENTIDAD hará conocer a la Contraloría General del Estado, para los efectos legales pertinentes, en razón de que el servicio ha sido prestado bajo un contrato administrativo, por lo cual EL CONSULTOR es responsable ante el Estado.
EL CONSULTOR, en ningún caso efectuará pagos a terceros, ni aceptará pagos indirectos de terceros, en relación con el servicio objeto de este Contrato, o con los pagos que de éstos deriven.
No deberá tener vinculación alguna con empresas, organizaciones, funcionarios públicos o personas que puedan potencialmente o de hecho, derivar beneficio comercial del servicio encomendado al CONSULTOR, o de los resultados o recomendaciones de éste.
Bajo esta responsabilidad se establece que EL CONSULTOR, se hará pasible a las sanciones legales pertinentes, cuando se haya establecido su culpabilidad, por la vía legal correspondiente.
34.2 Responsabilidad Civil: El CONSULTOR será el único responsable por reclamos judiciales y/o extrajudiciales efectuados por terceras personas que resulten de actos u omisiones relacionadas exclusivamente con la prestación del servicio bajo este Contrato.
TRIGÉSIMA QUINTA.- (SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES) LA ENTIDAD está facultada para
suspender temporalmente los servicios que presta EL CONSULTOR, en cualquier momento, por motivos de fuerza mayor, caso fortuito y/o razones convenientes a los intereses del Estado; para lo cual notificará al CONSULTOR por escrito por intermedio de LA CONTRAPARTE, con una anticipación de cinco (5) días calendario, excepto en los casos de urgencia por alguna emergencia imponderable. Esta suspensión puede ser total o parcial.
En este caso LA ENTIDAD reconocerá a favor del CONSULTOR los gastos en que éste incurra por mantenimiento del personal en el servicio objeto de LA CONSULTORÍA, siempre y cuando el lapso de la suspensión sea mayor a los (10) diez días calendario. A los efectos del pago de estos gastos, la
CONTRAPARTE llevará el control respectivo de personal paralizado y elaborará el respectivo informe conteniendo el importe y plazo que en su caso corresponda, para que se sustente el pago y la ampliación del plazo.
Asimismo, EL CONSULTOR podrá comunicar a LA ENTIDAD la suspensión temporal de sus servicios en la CONSULTORÍA, cuando se presentan situaciones de fuerza mayor, caso fortuito o por causas atribuibles a LA ENTIDAD que afecten al CONSULTOR en la prestación de sus servicios, esta suspensión puede ser parcial o total. Cuando el servicio fuera totalmente suspendido por más xx xxxx
(10) días calendario a efectos de reconocimiento del pago, se seguirá el procedimiento ya previsto en la presente cláusula.
Si los servicios se suspenden parcial o totalmente por negligencia del CONSULTOR en observar y cumplir correctamente las estipulaciones del contrato y/o de los documentos que forman parte del mismo, el tiempo que los servicios permanezcan suspendidos, no merecerán ninguna ampliación del plazo del servicio, ni corresponderá pago alguno por el personal parado.
TRIGÉSIMA SEXTA.- (CERTIFICADO DE LIQUIDACIÓN FINAL)
Dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de la entrega del documento final, EL CONSULTOR elaborará y presentará el Certificado de Liquidación Final del servicio y lo presentará a LA CONTRAPARTE, en versión definitiva con fecha y firma del GERENTE DEL PROYECTO.
LA CONTRAPARTE y LA ENTIDAD no darán por finalizada la revisión de la liquidación, si el CONSULTOR no hubiese cumplido con todas sus obligaciones de acuerdo a los términos del contrato y de sus documentos anexos, por lo que LA CONTRAPARTE y LA ENTIDAD podrán efectuar correcciones en el Certificado de Liquidación Final y se reservarán el derecho de que aún después del pago final, en caso de establecerse anomalías, se pueda obtener por la vía coactiva fiscal, por la naturaleza administrativa del Contrato, la restitución de saldos que resultasen como indebidamente pagados al CONSULTOR.
El cierre de contrato deberá ser acreditado con un Certificado de Cumplimiento de Contrato, otorgado por la autoridad competente de LA ENTIDAD luego de concluido el trámite precedentemente especificado.
Este cierre de Contrato no libera de responsabilidades al CONSULTOR, por negligencia o impericia que ocasionasen daños posteriores sobre el objeto de contratación.
TRIGÉSIMA SÉPTIMA.- (PROCEDIMIENTO DE PAGO DEL CERTIFICADO DE LIQUIDACIÓN FINAL)
EL CONSULTOR deberá tener presente que deberá descontarse del importe del Certificado de Liquidación Final los siguientes conceptos:
a) Sumas anteriores ya pagadas en los certificados.
b) Reposición de daños, si hubieren.
c) El porcentaje correspondiente a la recuperación del anticipo si hubiera saldos pendientes.
d) Las multas y penalidades, si hubieren.
e) Por la protocolización del contrato, si este pago no se hubiere hecho efectivo oportunamente.
Asimismo, EL CONSULTOR podrá establecer el importe de los pagos a los cuales considere tener derecho, que hubiesen sido reclamados sustentada y oportunamente (dentro de los treinta (30) días calendario de sucedido el hecho que originó el reclamo) y que no hubiese sido pagado por LA ENTIDAD.
Preparado así el Certificado de Liquidación Final y debidamente aprobado por LA CONTRAPARTE, ésta lo remitirá a la dependencia de LA ENTIDAD que realiza el seguimiento del servicio, para su conocimiento, quien en su caso requerirá las aclaraciones que considere pertinentes; de no existir observación alguna para el procesamiento del pago, autorizará el mismo.
Este proceso utilizará los plazos previstos en la cláusula Vigésima Novena del presente Contrato, para el pago de saldos en caso que existiesen
TRIGÉSIMA OCTAVA.- (CONFORMIDAD) En señal de conformidad y para su fiel y estricto cumplimiento suscriben el presente Contrato, en cuatro ejemplares de un mismo tenor y validez, el
(Registrar el nombre y cargo del servidor público habilitados para la suscripción del Contrato), en representación legal de LA ENTIDAD, y el (registrar
el nombre del propietario o representante legal del CONSULTOR, habilitado para suscribir el Contrato) en representación legal del CONSULTOR.
Este documento, conforme a disposiciones legales de control fiscal vigentes, será registrado ante la Contraloría General del Estado.
Usted Señor Xxxxxxx se servirá insertar todas las demás cláusulas que fuesen de estilo y seguridad
(Registrar la ciudad o localidad y fecha en que se suscriba el contrato).
(Registrar el nombre y cargo (Registrar el nombre del del Servidor Público habilitado para CONSULTOR)
la firma del contrato)