PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS PARA LA CONTRATACIÓN, POR PROCEDMIENTO ABIERTO, DE LOS SERVICIOS DE EJECUCIÓN PROGRAMAS TÉCNICOS- DEPORTIVOS MUNICIPALES DEL PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES.-
PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS PARA LA CONTRATACIÓN, POR PROCEDMIENTO ABIERTO, DE LOS SERVICIOS DE EJECUCIÓN PROGRAMAS TÉCNICOS- DEPORTIVOS MUNICIPALES DEL PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES.-
1. OBJETO DEL CONTRATO
Es objeto del contrato la realización de los servicios descritos en el Anexo I “Cuadro de características” y Anexo IV Pliego de Prescripciones Técnicas, en el que asimismo se especifican la necesidad e idoneidad del contrato para el cumplimiento de fines institucionales.
La clasificación del servicio a contratar (CPV) es la que se refleja en el Anexo I (cuadro de características del contrato)
El órgano de contratación será el indicado en el Anexo I.
2. PRESUPUESTO DEL CONTRATO Y TIPO DE LICITACIÓN
Se señala como tipo máximo de licitación el importe que figura en el Anexo I “Cuadro de características del contrato”, que se financiará con cargo a la partida presupuestaria que asimismo se indica.
En la contratación de este servicio se entenderá que los contratistas, al formular sus propuestas económicas, han incluido dentro de las mismas el importe del IVA, sin perjuicio de que el importe de este impuesto se indique como partida independiente, de conformidad con el art. 75.2.
3.- ANUALIDADES EN QUE SE DISTRIBUYE
La prestación de los servicios se distribuirá en cuatro anualidades, incluidas sus prórrogas.
4.- FINANCIACIÓN
Para atender las obligaciones económicas que se derivan para este Ayuntamiento del cumplimiento del contrato existe crédito suficiente en el Presupuesto con cargo a la partida señalada en el Anexo I a este Pliego.
5.- RÉGIMEN JURÍDICO CON CONTRATO Y DOCUMENTOS QUE TIENEN CARÁCTER CONTRACTUAL.-
Su régimen jurídico viene dado, además por de por el presente pliego, por lo establecido en la legislación vigente que a continuación de detalla:
- Ley 30/2007, de 30 de octubre de Contratos del Sector Público (LCSP),
- Reglamento General de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (RGCAP), en cuanto a lo que no se encuentre derogado por aquélla
- RD 817/09 de 8 xx xxxx por el que se desarrolla la LCSP.
- Ley 7/85 de 2 xx xxxxx, reguladora de las bases de Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del gobierno Local y RDL 781/86, de 18 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local.
- Ley 31/95, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales y normativa complementaria.
Además del presente pliego tendrán carácter contractual los siguientes documentos:
- El pliego de prescripciones técnicas, en su caso.
- El documento en que se formalice el contrato.
6.- PLAZO DE EJECUCIÓN.
El plazo de ejecución del contrato será el que se indique en el Anexo I (cuadro ce características
anexo).
8. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
El procedimiento de adjudicación del contrato será abierto, con varios criterios de valoración de ofertas, conforme al artº. 158 Ley 30/2007, de 30 de Octubre LCSP.
9.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR
Están capacitados para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y acrediten la correspondiente clasificación o, en su defecto, solvencia económica, financiera o técnica en los términos de los artículos 43 a 48 de la Ley de Contratos del Sector público y, no estén afectados por ninguna de las circunstancias que enumera el art. 49 como prohibitivas para contratar.
10.- GARANTÍAS
Garantía Provisional
Los que deseen tomar parte en la licitación deberán prestar una fianza provisional ascendente al 2% del presupuesto base de licitación.
Esta garantía será devuelta a los licitadores de forma automática, inmediatamente después de la propuesta de adjudicación definitiva del contrato. Será retenida al propuesto como adjudicatario y le será
devuelta una vez constituida la garantía definitiva en los términos previstos en este pliego, igualmente de forma automática, sin necesidad de acuerdo expreso al efecto.
Garantía definitiva
Esta será del 5% del precio de adjudicación, excluido el IVA, o en su caso del presupuesto base de licitación, según lo previsto en el cuadro de características anexo. Dicha fianza deberá constituirse por el adjudicatario en el plazo de 15 días hábiles contados desde el siguiente a la publicación de la adjudicación provisional del contrato.
La forma de constitución de ambas fianzas podrá ser en cualquiera de las formas a que se refiere el art. 84 de la LCSP.
Al terminar el contrato, si no existieran responsabilices exigibles y, terminado, en su caso, el plazo de garantía, se procederá a la devolución de la fianza definitiva constituida.
11.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.-
1) Las proposiciones deberán presentarse en sobres cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente e indicando el nombre, apellidos o razón social de la empresa; debiendo constar en cada uno el nombre del mismo, e indicando el objeto del contrato. En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente.
2) Los sobres se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, provisionalmente situado en c/ Músico Xxxxxx xx Xxxxx, núm. 44 de La Rinconada), durante el plazo indicado en el cuadro de características anexo, dando al presentador como acreditación recibo de su presentación.
3) De igual modo, las proposiciones podrán ser presentadas por correo. En tal caso, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día.
4) Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio.
12.- FORMA EN QUE DEBEN PRESENTARSE LAS PROPOSICIONES.-
Las proposiciones se presentarán en tres sobres numerados correlativamente:
A. EL SOBRE NÚMERO 1. Título: Documentación General (denominación del contrato al que se refiere la oferta)
Contendrá, de conformidad con lo que dispone el art. 130 de la LCSP la siguiente documentación, que deberá reunir los requisitos de autenticidad previstos en las leyes:
1) Documentos acreditativos de la personalidad jurídica:
- Si fuese persona jurídica, mediante la presentación de escritura de constitución o modificación, debidamente inscrita, en su caso, en el Registro Mercantil, o Registro Oficial que corresponda.
- Para los empresarios individuales será obligatoria la presentación del D.N.I., o del documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
- Empresas extranjeras:
· Cuando se trate de empresas no españolas de estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, su capacidad de obrar se acreditará mediante la presentación de la certificación de estar inscritas en alguno de los registros que se indican en el Anexo I del RLCAP.
Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.
Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe e la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público, asimilables a los enumerados en el art. 3, en forma sustancialmente análogas. Art. 44 LCSP.
Finalmente, las empresas extranjeras que contraten en España presentarán la documentación traducida de forma oficial al castellano. Igualmente, dichas empresas deberán tener abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y que estén inscritas en le Registro Mercantil, debiendo, asimismo, presentar declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
2) Documentos acreditativos de la representación.
Los ofertantes que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, o representen a una persona jurídica, deberán acreditar su personalidad y la representación que ostentan. Si fuese persona
jurídica deberá presentar escritura de poder inscrita en el Registro Mercantil. En todo caso, el poder deberá estar bastanteado por el Secretario General de la Corporación.
3) Documento de compromiso de constituir una Unión Temporal de Empresas:
En los casos en que varios empresarios concurran agrupados en unión temporal aportarán además un documento, que podrá ser privado, en el que, para el caso de resultar adjudicatarios, se comprometan a constituirla. Este documento deberá ir firmado por el representante de cada una de las empresas y en él se expresará la persona a quien designan representante de la UTE ante la Administración para todos los efectos relativos al contrato, así como la participación que a cada uno de ellos corresponda en la misma.
4) Documento expedido por la Tesorería de Fondos Municipales acreditativo de haberse
depositado la garantía provisional.
5) Declaraciones relativas a no estar incursos en prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración Pública, que incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de La Rinconada, conforme al modelo indicado en el Anexo III de este pliego, sin perjuicio de que la justificación acreditativa del tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación definitiva por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
6) Acreditación documental de la solvencia económica y financiera o profesional de la empresa o, en su caso, la correspondiente clasificación, en la forma prevista en el cuadro de características anexo.
7) Acreditación de la finalidad de la empresa y de su organización.- Los licitadores deberán presentar la documentación que acredite debidamente que la finalidad o actividad de la persona física o jurídica tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales.
De conformidad con lo establecido en el art. 72 de la LCSP, la acreditación de la aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar representación, habilitación profesional empresarial, solvencia económica y financiera, así como la no concurrencia de prohibición para contratar, podrá realizarse mediante certificado de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y empresas clasificadas del Estado, o en su caso de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Dicho certificado, deberá acompañarse de una declaración responsable sobre su vigencia.
8) Documentación específica.- Los licitadores, en su caso, deberán aportar en este sobre la documentación específica indicada en el cuadro de características anexo.
B) EL SOBRE NÚM. 2.- Título: Propuesta técnica.
Contendrá la documentación relativa a los criterios de valoración cuya puntuación dependa de un juicio de valor indicado en el Anexo I (criterios de adjudicación) al Pliego de Cláusulas administrativas particulares.
Contenido: Documentación de los criterios núm. 3 y 4, descrito en el Anexo I (criterios de adjudicación)
C) EL SOBRE NÚM. 3.- Título: Proposición Económica (denominación del contrato al que se refiere la oferta).
Contendrá la documentación relativa a los criterios cuya valoración se efectúa mediante cifras o porcentajes resultantes de de aplicar las fórmulas establecidas en el Anexo I (criterios de adjudicación) al pliego de cláusulas administrativas particulares.
Contenido: Anexo II relativos al criterio 1 y documentación del criterio 2 descrito en el anexo I (criterios de adjudicación).
13.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Los criterios de adjudicación serán los determinados en el cuadro de características anexo.
14.- CONFIDENCIALIDAD.-
Sin perjuicio de las disposiciones de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a los candidatos y a los licitadores, éstos podrán designar como confidencial parte de la información facilitada por ellos al formular las ofertas, en especial con respecto a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las mismas. Los órganos de contratación no podrán divulgar esta información sin su consentimiento.
15.- REVISIÓN DE PRECIOS
La revisión de precios podrá realizarse en los términos del art. 77 de la LCSP, según lo indicado en el cuadro de características anexo.
16.- APERTURA DE LA DOCUMENTACIÓN, MESA DE CONTRATACIÓN Y COMITÉ DE EXPERTOS
La calificación de los documentos y el examen y la valoración de las ofertas se realizará por la Mesa de Contratación, cuya composición se señala en el Anexo I.
La calificación de la documentación presentada a que se refiere el artículo 130.1 de la Ley 30/2007, de 30 de Octubre, de Contratos del Sector Público se efectuará al tercer día hábil siguiente al de la terminación del plazo de presentación de proposiciones, a las 9:00 horas.
b) Si la Mesa de contratación observase defectos u omisiones subsanables en la documentación que se incluye en el sobre nº 1, lo comunicará verbalmente a los interesados, sin perjuicio de que estas circunstancias se hagan públicas a través de anuncios del órgano de contratación, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen ante la propia mesa de contratación.
b) De lo actuado se dejará constancia en el acta que necesariamente deberá extenderse.
c) Una vez calificada la documentación diferente de la que se acompañó a la solicitud de participación, y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada la mesa declarará admitidos a la licitación a los licitadores que hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos previos indicados en el artículo 130 de la Ley haciendo declaración expresa de los rechazados y de las causas de su rechazo.
d) La apertura del sobre nº 2 “Propuesta Técnica” (documentación relativa a la ponderación de criterios que dependen de un juicio de valor), se llevará a cabo por la Mesa de Contratación en un acto de carácter público en el lugar y día que previamente se haya señalado. En este acto, conforme a lo dispuesto en el artículo 27.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, sólo se abrirá el sobre correspondiente a los criterios no cuantificables automáticamente y se dejará constancia de todo lo actuado.
Efectuada la correspondiente valoración, su ponderación se hará pública a través del Perfil del Contratante
e) La apertura del sobre nº 3 tendrá lugar en acto publico, una vez valorados los criterios contenidos en el sobre nº 2, en el lugar y días indicados en el acto de apertura del sobre nº 2, observándose, asimismo, en dicho acto las formalidades previstas en el artículo 83 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. En dicho acto se procederá a la apertura de los sobres y se hará público su contenido.
La Mesa de Contratación podrá rechazar las proposiciones que no se ajusten a los modelos anexos a estos pliegos de cláusulas administrativas particulares, así como aquellas que adolezcan de algunos de los defectos previstos en el artículo 84 del Reglamento General de la Ley de Contratos del Sector Público.
17.- ADJUDICACIÓN
Adjudicación provisional
El órgano de contratación podrá solicitar, antes de adjudicar provisionalmente el contrato, cuantos informes técnicos considere precisos.
La adjudicación provisional se acordará en resolución motivada, que deberá notificarse a los candidatos o licitadores y publicarse en un diario oficial y/o en el perfil del contratante del Ayuntamiento de La Rinconada, dentro del plazo de tres días siguientes a aquel en que se hubiera
adoptado el acuerdo correspondiente, en los términos establecidos en el art. 135.3 de la LCSP.
En el plazo de los 15 días hábiles siguientes a la publicación de la adjudicación provisional, el licitador propuesto deberá aportar la siguiente documentación:
a) Constituir la garantía definitiva por un importe del 5% del presupuesto de adjudicación.
b) Documentación acreditativa de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social.
Si en el plazo anteriormente señalado no se recibiese la documentación o el licitador no justificase que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias, el órgano de contratación, previo informe de la unidad administrativa de tramitación del contrato, acordará la adjudicación provisional a favor del licitador siguiente por el orden establecido en el Acta de la Mesa de Contratación.
Adjudicación definitiva
La elevación a definitiva de la adjudicación provisional no podrá producirse con anterioridad a que transcurra un plazo de 15 días hábiles, contados desde el siguiente a aquel en que se publique en el perfil del contratante el acuerdo de adjudicación provisional. Transcurrido dicho plazo, deberá producirse dentro del plazo xx xxxx días hábiles siguientes.
Transcurridos tres meses desde que se firme el acuerdo de adjudicación definitiva, sin requerimiento previo, el Ayuntamiento podrá destruir la documentación presentada por los licitadores que no la hubieran retirado. Hasta dicho momento y, durante dicho plazo de tres meses, podrán los licitadores solicitar la devolución de la documentación aportada, a excepción de la oferta económica, siendo de su cargo los costes que se ocasionen.
18.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se formalizará en documento administrativo dentro del plazo xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente al de la notificación de adjudicación definitiva.
En el supuesto de resultar adjudicataria una Unión Temporal de Empresarios, dentro de dicho plazo deberá formalizar su constitución mediante escritura pública y designar representante o apoderado ante el Ayuntamiento, en Escritura pública, así como presentar el correspondiente C.I.F.
19.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Responsable municipal
El órgano de contratación podrá designar un responsable del contrato, (anexo I al pliego) al que corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta ejecución de la prestación pactada. El responsable del contrato podrá ser una persona física o jurídica.
El responsable y sus colaboradores, acompañado por el delegado del contratista, tendrá libre acceso a los lugares donde se realice el servicio.
Ejecución del contrato
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista.
El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en su clausulado y en los pliegos, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere al contratista el órgano de contratación.
El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración y para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
El contratista no podrá sustituir al personal facultativo adscrito a la realización de los trabajos, sin la expresa autorización del responsable del contrato.
El contratista está obligado a guardar sigilo respecto de los datos y antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo.
Modificación del contrato
Se podrá modificar el contrato en los términos del art. 202 LCSP.
Ni el contratista ni el responsable del servicio podrán introducir o ejecutar modificación alguna en el objeto del contrato sin la debida aprobación previa y, en su caso, del presupuesto correspondiente por el órgano de contratación. Las modificaciones que no estén debidamente autorizadas por la Administración originarán responsabilidad en el contratista, el cuál estará obligado a rehacer la parte de los mismos que resulte afectada por aquéllas sin abono alguno.
Los posibles aumentos de duración del contrato producidos por modificación, no pueden acumularse de manera que se supere el plazo máximo de duración del contrato, incluida sus prórrogas, previsto normativamente.
20.- PAGO DEL PRECIO
El contratista tiene derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos, de los trabajos que realmente ejecute con sujeción al contrato otorgado, a sus modificaciones aprobadas y las instrucciones dadas por la Administración, siendo la forma de pago y su periodicidad las especificadas en el cuadro de características anexo.
El pago se efectuará previa presentación de factura, debiendo ser repercutido como partida independiente el Impuesto sobre el Valor Añadido en el documento que se presente para el cobro, sin que el importe global contratado experimente incremento alguno.
21.- REVISIÓN DE PRECIOS
Procede la revisión de precios de conformidad con lo prevenido en los artículos 77 y siguientes de la LCSP.
Sistema aplicable: IPC de la anualidad inmediatamente anterior con el límite establecido en el art. 78.3 de la LCSP
22.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
La prestación de los trabajos se realizará con estricta sujeción a los documentos contractuales y demás documentos básicos que definan y condicionen el objeto del contrato, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere la Administración al contratista.
El contratista estará obligado a adscribir los medios ofrecidos para la prestación de los trabajos incluso con el carácter nominal con lo que hubiese sido y en los mismo términos en que se hubiese ofertado. La no intervención de cualquier persona comprometida facultará a la Administración para resolver el contrato por causas imputables al contratista.
La Administración podrá exigir del contratista la sustitución de cualquier persona que no desarrolle los trabajos debidamente, sin que el ejercicio o no de esta facultad exima al contratista de ejecutar el objeto del contrato a satisfacción.
El contratista será responsable de las reclamaciones, y deberá mantener indemne a la Administración de los daños y perjuicios que por la misma puedan derivarse a la formulación de aquellas.
El contratista queda obligado a guardar secreto y hacerlo guardar al personal que emplee o que con él colabore en el desarrollo del trabajo, no pudiendo utilizar para sí, proporcionar a terceros o divulgar dato alguno en relación con el contrato sin la expresa autorización de la Administración.
Abonar todos los gastos de publicación de anuncios de licitación en diarios oficiales y medios de comunicación, así como los que se produzcan con motivo de las invitaciones que se cursen, y cualquier otros que resulten de aplicación, según las disposiciones del presente pliego y la normativa vigente, en la forma y cuantía que en estos se señalen.
El contratista deberá cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, debiendo tener a su cargo el personal necesario para la realización del objeto del contrato, respecto del que ostentará, a todos los efectos, la condición de empresario.
Además, todas aquellas obligaciones específicas establecidas en el anexo IV “Pliego de Prescripciones Técnicas”.
23. SEGUROS.-
El contratista deberá tener suscritos los seguros obligatorios, así como un seguro que cubra las responsabilidades que se deriven de la ejecución del contrato, en los términos que, en su caso, se indique en el pliego de prescripciones técnicas.
24.- PENALIDADES ADMINISTRATIVAS
La empresa adjudicataria está obligada a cumplir el plazo total y los plazos parciales fijados para el cumplimiento del contrato. En caso de incumplimiento de esta obligación se estará a lo establecido en el art. 196 de la LCSP.
El régimen de penalizaciones, en caso de incumplimiento del contrato, serán las establecidas en la cláusula xxxxxxx xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
25.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
El contrato podrá extinguirse por alguna de las causas de resolución anunciadas en los artículos 206, 220 y siguientes de la Ley de Contratos del Sector Público.
26.- PRERROGATIVAS DE LAS ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN.-
La Administración ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente, podrá modificar y acordar su resolución, dentro de los trámites y con supresión de los requisitos señalados en la LCSP.
Los acuerdos correspondientes pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos. Contra dichos acuerdos procederá el recurso contencioso-administrativo, conforme a lo dispuesto en la Ley Regidora de dicha jurisdicción.
Si el contrato estuviera sujeto a regulación armonizada, podrá interponerse el recurso especial en materia de contratación previsto en el art. 37 de la LCSP, con carácter previo a la interposición del recursos contencioso administrativo, contra los acuerdos de adjudicación provisional, los pliegos reguladores de la licitación y los que establezcan las características de la prestación, así como, contra los actos de trámite adoptados en el procedimiento, siempre que estos últimos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos.
ANEXO I
CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO
OBJETO DEL CONTRATO
Constituye el objeto del contrato la prestación de los Servicios y Programas Técnicos – Deportivos gestionados por el Patronato Municipal de Deportes.
Código CPV
Código | Descripción |
92600000-7 | Servicios deportivos |
92620000-3 | Servicios relacionados con los deportes |
ORGANO DE CONTRATACIÓN
Consejo de Gobierno del Patronato Municipal de Deportes
PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN
Presupuesto base de licitación: 977.611,28 euros, IVA no incluido: IVA 16%: 156.417,80 euros.
A partir del 1 de Julio de 2010, el tipo general del IVA aplicable será del 18%.
El presupuesto máximo que deberá soportar la Administración, para la ejecución del servicio, durante el primer año, ascenderá como máximo a la cantidad de 567.014,54 euros IVA incluido.
El precio hora, IVA no incluido, por la prestación del servicio y que podrá ser mejorado a la baja es el siguiente:
Categoría Profesional | Precio/hora Máximo, IVA no incluido |
Monitor Deportivo de Actividades Acuáticas | 14,30 € |
Monitor Deportivo de Actividades Específicas | 14,30 € |
Socorrista Acuático | 14,30 € |
Auxiliar de Clínica | 14,80 € |
Fisioterapeutas | 15,96 € |
Diplomado en E.F. | 15,96 € |
Todas las categorías soportarán un IVA del 8%, a excepción de “Socorrista Acuático”, que soportará un IVA del 18%.
Estas ofertas serán desglosadas en importe del coste del servicio e I.V.A. correspondiente al mismo. En el importe del precio ofrecido quedarán comprendidos todos los conceptos, gastos e impuestos que fueren procedentes.
REVISIÓN DE PRECIOS
La cantidad resultante de la adjudicación en cuanto al importe base del precio/hora de cada uno de los servicios contemplados en el presente pliego se revisará anualmente en función del Índice de Precios al Consumo elaborado por el Instituto Nacional de Estadística u organismo que legalmente le sustituya para el periodo anual inmediatamente anterior a aquel en que se aplique la revisión.
PARTIDA PRESUPUESTARIA
El servicio se financiará con cargo a las siguientes partidas presupuestarias: 341/22611 Campañas de natación Piscina Cubierta
341/22682 Escuelas deportivas municipales
341/22687 Campañas xx Xxxxxx 341/22707 Servicios de fisioterapia.
RÉGIMEN DE PAGOS
El servicio efectuado por el adjudicatario será abonado, previa presentación de la factura mensual en el plazo de 60 días naturales.
La factura deberá ser conformada por la persona responsable del Patronato Municipal de Deportes y su pago se efectuará previa acreditación de las horas reales prestadas del servicio contratado.
En todo caso, la factura se ajustará a los requisitos establecidos en las Bases de Ejecución del Presupuesto aprobadas por el Ayuntamiento de La Rinconada.
COMPOSICIÓN MESA DE CONTRATACIÓN
Presidente: Sr. Alcalde o persona en quien delegue.
Vocales:
Sr. Secretario General de la Corporación Sr. Interventor
Sr. Tesorero
Sr. Director Técnico del Patronato Municipal de Deportes
Secretario: Técnico de Administración General de la Corporación.
PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN:
Procedimiento abierto.
TRAMITACIÓN
Del expediente de contratación: Ordinaria
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Será de QUINCE DÍAS NATURALES siguientes al de la publicación de la licitación en el Boletín Oficial de la provincia y perfil del contratante.
PLAZO DEL CONTRATO Y LUGAR DE EJECUCIÓN
La duración del contrato se establece por un periodo de DOS AÑOS, desde el 1 de septiembre de 2010 hasta el 31 xx xxxxxx de 2012, de forma ininterrumpida, en función de los periodos correspondientes a cada categoría profesional, detallados en el Pliego de prescripciones técnicas.
Prórroga: Si
Duración máxima de la prórroga: 2 años
Lugar de ejecución: Instalaciones Deportivas del Patronato Municipal de Deportes.
SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA Y PROFESIONAL.- CRITERIOS DE SELECCIÓN, CLASIFICACIÓN REQUERIDA.-
La acreditación de la solvencia del empresario con arreglo a lo dispuesto en la cláusula 12 del presente Pliego:
- Informe de al menos una institución financiera, del que se desprenda que a la vista de la capacidad económica del licitador, éste podrá hacer frente a las obligaciones derivadas del contrato que se licita, de carácter positivo y reciente, emitido con una antelación máxima de 2 meses a la finalización del plazo de presentación de ofertas.
- Para la prestación de los servicios por las distintas categorías profesionales, indicación del personal encargado de la ejecución del contrato así como de las titulaciones profesionales de los mismos.
- Relación de los principales trabajos de socorrismo realizados en los últimos tres años, incluyendo importes, fechas y beneficiarios de los mismos. El licitador deberá haber
desempeñado al menos dos servicios similares durante esos tres años, por un importe de al menos 100.000,00 euros cada uno.
- Relación de los principales trabajos de docencia de cursos deportivos de natación en los últimos tres años, incluyendo importes, fechas y beneficiarios de los mismos. El licitador deberá haber desempeñado al menos dos servicios similares durante esos tres años, por un importe de al menos 100.000,00 euros, cada uno.
- Relación de los principales trabajos de docencia de cursos deportivos de los relacionados en las cláusulas 2.1, 2.2. xxx Xxxxxx de prescripciones técnicas, realizadas en los últimos tres años, incluyendo importes, fechas y beneficiarios de los mismos. El licitador deberá haber desempeñado al menos dos servicios similares durante esos tres años, por un importe de al menos 100.000,00 euros, cada uno.
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
La enumeración y ponderación máxima asignada a cada criterio es la siguiente:
Numeración | Criterio | Puntuación máxima asignada (100) |
1 | Oferta económica | 45 |
2 | Retribución del Personal | 10 |
3 | Proyecto Técnico | 40 |
4 | Mejoras Propuestas | 5 |
Puntuación máxima asignada a los criterios evaluables automáticamente mediante la aplicación de fórmulas: 55 PUNTOS.- CRITERIOS nº 1 y 2
Puntuación máxima asignada a los criterios cuya valoración depende de un juicio de valor: 45 PUNTOS.- CRITERIOS 3 y 4
Descripción de los criterios y documentación a aportar por los licitadores en relación a los mismos.
1.- Oferta Económica en base al Precio Máximo de Licitación. (45 puntos)
Se valorará de 0 a 45 puntos. A la mejor oferta total se le asignará el máximo de puntuación previsto (45 puntos), a la oferta sin baja, 0 puntos, y a cada una de las demás ofertas (oferta x) se le asignará una puntuación proporcional resultante de la aplicación de la siguiente fórmula:
Puntos oferta n = (45 x mejor oferta) / (oferta x)
Se presumirán bajas anormales o desproporcionadas las ofertas inferiores al 12% del precio de licitación.
2.- Retribución del Personal. (10 puntos)
Se valorará con un máximo de 10 puntos aquella oferta que aplique un mayor porcentaje de mejora salarial bruta sobre el “II Convenio Colectivo Estatal de Instalaciones Deportivas y Gimnasios”, tomando como base la última actualización que esté vigente en el momento de presentación de las ofertas, ó si fuese el caso, en el Convenio Colectivo Estatal que lo sustituyese. Para ello se utilizará el siguiente criterio:
Categoría Profesional | Ponderación | Porcentaje de Mejora | Porcentaje Aplicable |
Monitor deportivo actividades acuáticas | 0,45 | ||
Monitor deportivo actividades específicas | 0,24 | ||
Socorrista Acuático | 0,11 | ||
Auxiliar de Clínica | 0,06 | ||
Fisioterapeuta | 0,11 | ||
Licenciado en E.F. | 0,03 |
Esta tabla la forman los siguientes conceptos:
- Categoría profesional.
- Ponderación de cada categoría, en función de las horas de servicio respecto al total de horas del concurso.
- Porcentaje de Mejora que se oferta para cada categoría profesional y que será vinculante, por tanto de obligado cumplimiento y exigible, para aquella empresa que resulte adjudicataria.
- Porcentaje aplicable ó participación de cada uno de los porcentajes de mejora ofertados en el cálculo del porcentaje global.
- El porcentaje global que se utilizará a efectos de criterio puntuable será el resultado de sumar la columna de porcentaje aplicable.
Aquella oferta que presente un mayor porcentaje global, será valorada con 10 puntos, asignando al resto de las ofertas con una puntuación de forma proporcional.
9.1. Mejoras propuestas. (5 puntos)
Serán valoradas aquellas mejoras o aportaciones adicionales, tanto funcionales como materiales, sin coste para el Patronato de Deportes y que por su calidad, a criterio de los técnicos del propio Patronato, mejor se adecuen a las necesidades y Objeto del contrato. No considerando aquellas aportaciones que no añadan valor al servicio. Todas estas mejoras serán presentadas con su correspondiente valoración económica, I.V.A. excluido.
Una vez analizadas y aceptadas las mejoras, por parte de los técnicos del Patronato de Deportes, aquella oferta cuyas mejoras supongan un mayor importe obtendrá 5 puntos, valorándose el resto de ofertas de forma proporcional.
Cualquier mejora que haya sido tenida como tal por los técnicos del Patronato de Deportes, por tanto valorada, será exigida a al empresa adjudicataria.
9.2. Proyecto Técnico. (40 puntos)
Se valorará la calidad del proyecto para la prestación del servicio en función de los siguientes parámetros:
- Mejor propuesta de programación de actividades atendiendo a los horarios propuestos, programación de objetivos para cada una de las actividades, control y seguimiento de la adecuada prestación de actividades.
- Sistemas de control y evaluación del personal.
- Medios personales.
- Procedimientos de control interno.
- Programa de calidad.
LEGISLACIÓN LABORAL
En la ejecución del contrato, el contratista quedará obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de ordenación laboral, social, y de seguridad e higiene en el trabajo, referidas al propio personal a su cargo.
El incumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de prevención de riesgos laborales por parte de la empresa o la infracción de las disposiciones sobre prevención por parte del personal designado por ella, no implicará responsabilidad alguna para la Administración contratante.
El contratista se obliga previo a la formalización del contrato y durante la vigencia del mismo, a entregar en el Negociado de Contratación, los documentos que acrediten el cumplimiento de las obligaciones antes referidas.
DEVOLUCIÓN O CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA
Concluida la vigencia del contrato, y cumplidas por el contratista las obligaciones derivadas del contrato, si no resultaren responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva, se dictará acuerdo de devolución o cancelación de ésta.
PLAZO DE GARANTÍA
SEIS meses desde la recepción del contrato.
GASTOS DE PUBLICIDAD
Máximo 400 euros.
ANEXO II
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
Don………. Con D.N.I. núm. ………………..vecino de ………….., con domicilio a efectos de notificaciones en ……………, teléfono……….., actuando en nombre de ………….., en calidad de
…………….
EXPONE
Que enterado de las condiciones y requisitos, que acepta y que se exigen para la adjudicación por procedimiento abierto, el CONTRATO DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS Y PROGRAMA TÉCNICOS-DEPORTIVOS MUNICIPALES”, a cuya realización se compromete en su totalidad con estricta sujeción al pliego de Condiciones Administrativas Particulares y al pliego de prescripciones técnicas (en su caso), presenta la siguiente oferta:
Categoría profesional | Precio/hora sin IVA | Precio/hora Total (IVA incluido) | Porcentaje de baja ofertada (%) |
Monitor Deportivo de Actividades Acuáticas | |||
Monitor Deportivo Actividades Específica | |||
Socorrista Acuático | |||
Auxiliar de Clínica Fisioterapeutas | |||
Fisioterapeutas | |||
Diplomado en E.F. |
El que suscribe se somete voluntariamente y acepta íntegramente los Pliegos y cuantas obligaciones se deriven de estos, tanto como licitador como adjudicatario, en su caso.
(lugar y fecha)
(sello de la empresa y firma del proponente)
DIRIGIDO AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN QUE CORRESPONDA
ANEXO III
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSO EN PROHIBICIÓN PARA CONTRATAR A EFECTOS DE CONTRAR CON EL EXCMO AYUNTAMIENTO DE LA RINCONADA.-
D/Xx con D.N.I. nº , y domicilio a efecto de notificaciones en , en nombre propio o en representación de la empresa , con N.I.F. _ , en calidad de , DECLARA y CERTIFICA bajo su personal responsabilidad:
Tener el licitador plena capacidad de obrar, hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias (recibos de alta y estar al corriente del pago, o exento del mismo, del Impuesto sobre actividades Económicas, certificaciones positivas que acrediten la no existencia de deudas con la Administración del Estado y con el Ayuntamiento de La Rinconada) y con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes, y no encontrarse incurso en las prohibiciones de contratar con la Administración previstas en el artículo 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre de Contratos del Sector Público, y en particular, que no está incursa la persona física o los administradores de la persona jurídica en alguno de los supuestos de la Ley 5/2006, de 10 xx xxxxx, de regulación de los conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones públicas ni cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 xx xxxxx, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma.
Y para que así conste y a los efectos de concurrir en la presente licitación, expide la presente declaración, En , a de de 20 .
SELLO DE LA EMPRESA Y FIRMA AUTORIZADA
FDO.: …………………………………………….
Nota: Esta declaración responsable deberá ser expedida por el órgano de dirección o representación de la empresa o sociedad.
ANEXO IV.- PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
1. OBJETO DEL CONTRATO Y ÁMBITO DEL SERVICIO.
1.1. Constituye el objeto del presente concurso la prestación de los Servicios y Programas Técnicos- Deportivos gestionados por el Patronato Municipal de Deportes del Excmo. Ayuntamiento de La Rinconada (en adelante, Patronato de Deportes).
1.2. Los Servicios se prestarán bajo la dirección y supervisión del Patronato de Deportes, con arreglo a las especificaciones del presente pliego de prescripciones técnicas.
1.3. La empresa adjudicataria proporcionará el personal necesario, preferentemente de la localidad, para el desarrollo de los programas y actividades bajo la supervisión del Patronato de Deportes.
1.4. Los programas que serán atendidos por el personal encargado del servicio son, en principio, y sin que ello suponga compromiso por parte del Patronato de Deportes, los siguientes:
- Programa de Adultos y Mayores.
- Programa de Deporte en la Escuela.
- Programa de Escuelas Deportivas de Iniciación.
- Programa de Juegos Deportivos Municipales.
- Programa de Servicios Deportivos en Piscina Cubierta.
- Programa de Servicios Deportivos en Piscinas xx Xxxxxx.
- Programa de Salud y Fisioterapia.
- Otros Programas de carácter lúdico, formativo, recreativo y/o competitivo.
1.5. El calendario de actividades, así como horario de las mismas, será establecido por el Patronato de Deportes, de acuerdo con las necesidades del servicio. Se podrán incluir servicios en xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos.
1.6. Los criterios técnicos y de organización del servicio, serán establecidos por el Patronato de Deportes, que podrá evaluar periódicamente el desempeño de las funciones del personal, solicitar de manera razonada la sustitución de algún técnico, y si lo considerase oportuno, participar en los procesos de selección.
1.7. La empresa encargada del servicio, deberá nombrar a un Responsable Coordinador Técnico como interlocutor válido con el Patronato de Deportes, que velará por la correcta comunicación y coordinación entre Patronato, empresa y trabajadores. Cualquier consulta o duda sobre la prestación del mismo será resuelta, en primera instancia por el citado Coordinador.
2. DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD.
2.1. Actividades para adultos, de carácter deportivo, saludable, recreativo, de tiempo libre y de mantenimiento físico. Estas actividades se desarrollan, principalmente, entre los meses de
octubre x xxxx, en horario de tarde y mañana. A continuación, a efectos informativos y sin que suponga compromiso por parte del Patronato de Deportes se adjunta cuadro de actividades, con volumen de horas mínimas y máximas anuales estimadas.
Actividad | Horas Máximas | Horas Mínimas |
Mayores en Forma | 210 | 120 |
Gimnasia Integral | 480 | 408 |
Mantenimiento Físico | 310 | 170 |
Pilates | 100 | 60 |
Pádel Iniciación | 860 | 520 |
Pádel Perfeccionamiento | 1.400 | 1.000 |
Tenis | 920 | 750 |
Bailes de Salón | 140 | 96 |
2.2. Actividades para jóvenes y niños, de carácter deportivo, lúdico y de pedagogía de la actividad física. Estas actividades se desarrollan, principalmente, entre los meses de octubre x xxxx, en horario de tarde. A continuación, a efectos informativos y sin que suponga compromiso por parte del Patronato de Deportes se adjunta cuadro de actividades, con volumen de horas mínimas y máximas anuales estimadas.
Actividad | Horas Máximas | Horas Mínimas |
Psicomotricidad | 340 | 184 |
Iniciación Deportiva | 270 | 184 |
Baile Moderno | 195 | 136 |
Bici-Patines | 74 | 40 |
Fútbol 7 | 510 | 360 |
Orientación | 80 | 40 |
Pádel Iniciación | 350 | 232 |
Tenis | 480 | 320 |
Tenis xx Xxxx | 80 | 40 |
Baloncesto | 291 | 90 |
Gimnasia Rítmica | 356 | 136 |
Escuela Discapacitados | 90 | 40 |
Ajedrez | 250 | 100 |
Atletismo | 365 | 150 |
Bádminton | 395 | 200 |
Balonmano | 320 | 150 |
Fútbol Sala | 320 | 150 |
Voleibol | 240 | 100 |
2.3. Actividades de enseñanzas deportivas en el medio acuático. La Piscina Cubierta Municipal presta sus servicios entre los meses de septiembre a junio. Las piscinas xx xxxxxx prestan sus servicios entre los meses xx xxxxx x xxxxxx. A continuación, a efectos informativos y sin que suponga compromiso por parte del Patronato de Deportes se adjunta cuadro de actividades, con volumen de horas mínimas y máximas anuales estimadas.
Actividad | Horas Máximas | Horas Mínimas |
Cursillos en Piscina Cubierta | 12.005 | 11.500 |
Cursillos en Piscinas xx Xxxxxx | 2.300 | 1.800 |
2.4. Actividades de Socorrismo acuático. La Piscina Cubierta Municipal presta sus servicios entre los meses de septiembre a junio. Las piscinas xx xxxxxx prestan sus servicios entre los meses xx xxxxx x xxxxxx. A continuación, a efectos informativos y sin que suponga compromiso por parte del Patronato de Deportes se adjunta cuadro de actividades, con volumen de horas mínimas y máximas anuales estimadas.
Actividad | Horas Máximas | Horas Mínimas |
Socorrismo en Piscina Cubierta | 700 | 550 |
Socorrismo en Piscinas xx Xxxxxx | 2.800 | 2.350 |
2.5. Actividades del Gabinete Médico y de la Salud. El Gabinete Médico presta sus servicios, principalmente, entre los meses de septiembre a junio. A continuación, a efectos informativos y sin que suponga compromiso por parte del Patronato de Deportes se adjunta cuadro de actividades, con volumen de horas mínimas y máximas anuales estimadas.
Actividad | Horas Máximas | Horas Mínimas |
Auxiliar de Clínica | 1.900 | 1.600 |
Tratamiento de Fisioterapia | 3.900 | 3.000 |
Hidroterapia | 500 | 350 |
2.6. Actividades de Juegos Deportivos. Estos juegos se desarrollan entre los meses de noviembre x xxxx. A continuación, a efectos informativos y sin que suponga compromiso por parte del Patronato de Deportes se adjunta cuadro de actividades, con volumen de horas mínimas y máximas anuales estimadas.
Actividad | Horas Máximas | Horas Mínimas |
Juegos Deportivos Municipales | 825 | 520 |
2.7. El Patronato de Deportes, a criterio de sus técnicos, podrá suspender o reducir aquellas actividades previstas en las que no existiese una demanda de usuarios considerada suficiente.
2.8. El Patronato de Deportes, podrá ampliar el número máximo de horas por mes de algunas actividades, e incluso introducir nuevas actividades a propuesta de sus técnicos, con la aprobación del órgano competente del Excmo. Ayuntamiento, si fuese necesario.
2.9. Las actividades se desarrollarán en aquellos centros escolares, e instalaciones municipales de la localidad que el Patronato de Deportes considere oportunas.
2.10. La dotación de equipamiento deportivo necesario para el desarrollo de las actividades correrá a cargo del Patronato de Deportes, debiendo velar la empresa adjudicataria por el cuidado, control y adecuado mantenimiento del mismo y del estado de las instalaciones.
2.11. Dentro del mes siguiente a al inicio de la prestación del servicio, la empresa adjudicataria confeccionará un Plan de Organización y Funcionamiento del servicio, para cada programa y actividad. El cual trasladará al Patronato de Deportes, para su debida constancia, sin perjuicio de las modificaciones que el Patronato de Deportes estime procedentes, a tenor de la oferta, xxx Xxxxxx de Condiciones y la Normativa aplicable.
3. PERSONAL.
3.1. Los Servicios serán desempeñados por personal de plantilla de la empresa adjudicataria, la cual asume toda relación laboral y social con los trabajadores así como toda responsabilidad que derive de la prestación del servicio, en cualquier ámbito sea penal, civil o administrativo.
3.2. El personal empleado por la empresa adjudicataria estará vinculado sólo con ella y en ningún caso con el Patronato de Deportes. Corresponde a la adjudicataria el cumplimiento de la Legislación Laboral, Convenio Colectivo aplicable, Seguridad y Salud en el Trabajo. Debiendo extremarse el cumplimiento de las disposiciones legales vigentes.
3.3. La empresa adjudicataria dispondrá en todo momento del personal necesario para satisfacer adecuadamente las exigencias del contrato, debiendo garantizar la cualificación e idoneidad técnica del personal, el cual estará en posesión de la titulación exigible en las disposiciones legales, para cada categoría profesional.
3.4. Como requisito previo al inicio del servicio, la empresa adjudicataria presentará al Patronato de Deportes el currículum de cada trabajador propuesto, titulaciones oficiales y experiencia en el puesto.
3.5. El Patronato de Deportes comunicará a la empresa contratista el incumplimiento de las obligaciones laborales del personal contratado por ésta.
3.6. La empresa adjudicataria facilitará con periodicidad mensual, un cuadrante donde se reflejen los turnos de trabajo y nombre del personal en cada turno. El cómputo horario de trabajo por persona no excederá las horas legalmente establecidas. Del referido cuadrante quedará una copia en el centro de trabajo. El Patronato de Deportes se reserva el derecho de comprobar la veracidad de los datos remitidos.
3.7. La empresa adjudicataria garantizará la prestación continua del servicio, para ello dispondrá de un sistema de sustitución y reemplazo inmediato de personal, en caso de bajas por enfermedad, accidente u otras circunstancias. Es responsabilidad de la adjudicataria evitar el abandono del lugar de trabajo sin sustitución previa. Todo el personal asignado a la ejecución del servicio tendrá que ofrecer una imagen en esmeradas condiciones de higiene y correcta presentación. Debiendo estar obligados al uso de uniformidad, con ropa y calzado acorde a sus funciones. Las
empresas deberán presentar en su oferta la relación de prendas que conformen el uniforme, color y características de los mismos y distintivos que la identifican, pudiendo aportar folletos donde aparezcan fotografías que lo documenten.
3.8. La empresa contratista presentará, antes del inicio de cada temporada, una propuesta de vestuario del personal adscrito al servicio.
3.9. Para la correcta ejecución de los Programas y Actividades del Patronato de Deportes, son necesarias las siguientes categorías profesionales:
- Monitor Deportivo de Actividades Acuáticas.
- Monitor Deportivo de Actividades Específicas.
- Socorrista Acuático.
- Auxiliar de Clínica.
- Fisioterapeuta.
- Diplomado en E.F.
3.10. Funciones de Monitor Deportivo de Actividades Acuáticas.
- Es objetivo principal del Monitor impartir las sesiones de las actividades acuáticas programadas, en la piscina cubierta y piscinas xx xxxxxx, en sus diferentes niveles y modalidades, incluidas las actividades de hidroterapia, facilitando al alumno el conocimiento del propio cuerpo, sus posibilidades y limitaciones, desarrollando en las personas las capacidades motrices necesarias y manifestando los efectos que la actividad física ejerce sobre la educación, la salud y el mantenimiento corporal.
- Manejo de la planificación y programación deportiva.
- Aplicación de técnicas, métodos y estilos de enseñanza, así como la metodología específica para la iniciación a las actividades acuáticas.
- Selección, organización y utilización de material auxiliar específico lúdico-didáctico.
- Establecimiento de programas de mantenimiento para adultos, tercera edad, actividades acuáticas para bebés, infantiles, embarazadas y personas con minusvalías físicas, sensoriales y psíquicas.
- Manejo y cumplimentado de la documentación y protocolos establecidos para este servicio por la empresa.
- Realizar y preparar con anterioridad las programaciones de las sesiones e impartirlas en base a las directrices en cuanto a contenidos y objetivos de la actividad, así como los ajustes necesarios según el nivel y situación del grupo de alumnos.
- Realizar evaluaciones individuales de la participación y progreso de cada alumno y de su grupo de actividad.
- Conformar y actuar en las sesiones de manera que los alumnos tengan una motivación suficiente y constante para conseguir el máximo nivel de interés y rendimiento.
- Ajustarse a la metodología específica y emplear un sistema didáctico que asegure, además del aprendizaje y mejora de técnicas de natación, el alcance de los objetivos propuestos.
- Asegurar el buen desarrollo de la actividad, colaborando en todo momento con el resto de personal.
- Pasar el control de asistencia en todos los grupos.
- Controlar diariamente las incidencias o cualquier otra observación de interés con respecto a su grupo de alumnos.
- Realizar las guardias de vestuario correspondientes supervisando el comportamiento de los menores y regulando su acceso según corresponda por edad y sexo.
- Controlar la seguridad en las sesiones.
- No abandonar a su grupo de alumnos, permaneciendo con ellos siempre, debiendo, en caso de necesidad, ponerlo en conocimiento del socorrista y del monitor más cercano.
- No permitir que ningún alumno entre en el agua sin su conocimiento y consentimiento, mientras que el monitor no tenga el control de la clase.
- No abandonar la vigilancia del grupo asignado, mientras algún alumno permanezca en el agua.
- Responsabilizarse del comportamiento de sus alumnos mientras se encuentren en clase, marcando las pautas de comportamiento adecuadas.
- Estar en la instalación y en su zona de trabajo, debidamente uniformado, como mínimo cinco minutos antes del comienzo de de cada sesión.
- Organizar el material y los equipos necesarios antes de cada sesión, recogiéndolos y devolviéndolos al lugar establecido después de la misma.
- Informar a sus superiores de situaciones imprevistas, urgentes o problemas graves que puedan surgir durante el desarrollo de las sesiones.
- Atender a las sugerencias y quejas de los usuarios y trasladarlas a la dirección.
- Hacer respetar las normas de uso de la instalación.
3.11. Funciones de Monitor Deportivo de Actividades Específicas.
- El objetivo principal del Monitor Deportivo, consiste en la enseñanza de actividades físicas, en las instalaciones municipales destinadas a tal fin, en sus diferentes modalidades, facilitando el conocimiento del cuerpo, sus posibilidades y limitaciones, desarrollo de habilidades motrices necesarias y manifestando los efectos positivos para la salud, la educación y el ocio de los participantes.
- Manejo de la planificación y programación deportiva.
- Aplicación de técnicas, métodos y estilos de enseñanza, así como la metodología específica para la iniciación a las actividades.
- Selección, organización y utilización de material auxiliar específico lúdico-didáctico.
- Manejo y cumplimentado de la documentación y protocolos establecidos para este servicio por la empresa.
- Realizar y preparar las rutinas de entrenamiento en base a las directrices establecidas en cuanto a contenidos y objetivos, ajustando las necesidades al nivel de los alumnos.
- Conformar y actuar en las sesiones de manera que los alumnos tengan una motivación suficiente y constante para conseguir el máximo nivel de interés y rendimiento.
- Llevar un control exhaustivo de las instalaciones, tanto de usuarios como de maquinaria y elementos.
- Controlar diariamente las incidencias o cualquier otra observación de interés respecto a las clases.
- Control de la seguridad de los usuarios.
- No abandonar las instalaciones mientras algún usuario permanezca en ella.
- Responsabilizarse del comportamiento de los usuarios mientras se encuentren en las instalaciones, marcando las pautas de comportamiento adecuadas.
- Estar en la instalación y en su zona de trabajo, debidamente uniformado, como mínimo cinco minutos antes del comienzo de de cada sesión.
- Organizar el material y los equipos de la instalación.
- Informar a sus superiores de situaciones imprevistas, urgentes o problemas graves que puedan surgir durante el desarrollo de las sesiones.
- Atender a las sugerencias y quejas de los usuarios y trasladarlas a la dirección.
- Hacer respetar las normas de uso de la instalación.
3.12.Funciones de Socorrista Acuático.
- El objetivo principal del Socorrista Acuático será ofrecer el mayor control y seguridad de la integridad y salud de los usuarios de las piscinas cubierta y xx xxxxxx, aplicando los procedimientos de emergencias y prestando los primeros auxilios a las personas que lo requieran.
- Manejo de métodos, técnicas y formas de organización de la prevención de accidentes acuáticos.
- Vigilancia de la zona de baño y entorno.
- Actuaciones de Primeros Auxilios: heridas y hemorragias, fracturas, luxaciones y esguinces, lipotimias, desmayos y mareos, cuadros convulsivos, reanimación cardio - pulmonar, intoxicaciones, etc.
- Conocimiento y manejo de medios y elementos necesarios en actuaciones de Primeros Auxilios: vendas, apósitos, sutura adhesiva, desinfectantes, colirios, pomadas, férulas …
- Actuaciones de Salvamento Acuático: métodos, técnicos y organización del salvamento y rescate, inmovilizaciones y traslados, preparación y entrenamiento.
- Conocimiento y manejo de medios y elementos necesarios en actuaciones de salvamento: aros, cuerda, etc.
- Mantenimiento, gestión y custodia del botiquín así como la renovación de existencias y custodia del equipo de reanimación (agotamiento o caducidad).
- Control de tratamiento físico.
- Prevención de accidentes acuáticos: información y divulgación de consejos, conocimiento de elementos y obstáculos peligrosos en las instalaciones, estado del material de intervención y rescate, estado del material de primeros auxilios, vigilancia de las personas, seguridad y responsabilidad en cursos de natación y baño libre.
- Conocimiento y uso correcto del Reglamento Técnico-Sanitario de Piscinas de Uso Colectivo.
- Divulgar conocimientos básicos sobre el medio acuático, accidentes más frecuentes y formas de evitarlos, técnicas de auto-salvamento y sencillas pautas de intervención y rescate.
- Mantenimiento de los carteles de avisos, normas y consejos (actualización, renovación y pérdidas).
- Mantener ordenada la zona de playa de la piscina.
- Instalar elementos acuáticos auxiliares para el adecuado y correcto funcionamiento de la instalación y las actividades planificadas.
- Ordenar los recintos y contenedores de almacenamiento de material auxiliar utilizado en el desarrollo de actividades.
- Cumplimentar los protocolos diarios del servicio e informe a entregar al jefe de actividades acuáticas de la instalación.
- Hacer respetar las normas de uso de la instalación.
3.13. Funciones de Auxiliar de Clínica.
- Colaboración junto a los médicos de los reconocimientos médicos de clubs, escuelas deportivas y usuarios que lo soliciten, (realización de E.E.C. y envío del mismo por teléfono , toma de tensión en ausencia del médico, toma de glucemia, elaboración de historias, toma de mediciones en determinados deportistas, preparación del material necesario para espirometría, etc.)
- Curas y atención inmediata en piscina y a usuarios que entren en servicio médico procedente de piscina.
- Control de los medicamentos y aparatos diversos del servicio médico.
- Realización del pedido de farmacia.
- Control de los botiquines de las distintas instalaciones deportivas del patronato de deportes y su reposición.
- Colaboración en los diversos acontecimientos deportivos que se realicen en el patronato y requiera personal sanitario (carreras, competiciones, etc.).
- Preparación y desarrollo de la programación de la actividad de matronatación.
- Impartición de las clases de matronatación.
- Atención a usuarios informando sobre los distintos programas del servicio médico deportivo.
- Atención telefónica (información, llamadas de lista de espera y tratamientos)
- Dar citas para los tratamientos de fisioterapia y el control de los pagos de cada usuario.
- A nivel ofimático, realizar promedios y gráficos sobre el desarrollo de los cursos, informatizar historias clínicas, introducir datos en el programa de gestión del Patronato de deportes, realización de fotocopias diversas así como la realización de documentos varios necesarios en el departamento
3.14. Funciones de Fisioterapeuta.
Programas en los intervienen los Fisoterapeutas en el Servicio médico:
En agua:
- Hidroterapia para adultos e Hidroterapia Infantil para niños con discapacidad.
- Natación terapeútica adultos y niños.
- Matronatación.
- Recuperación funcional en piscina ( lesiones deportivas e intervenciones quirúrgicas). En seco:
- Reeducación funcional.
- Ejercicios de post-parto.
- Terapias manuales ( MMII, MMSS, columna vertebral) auriculoterapia, punción en seco.
- Fisioterpia deportiva.
- Formación ( cursos y charlas en matria de deporte y salud)
3.15. Funciones de Diplomado en E.F.
- Es objetivo principal del Diplomado en E.F., impartir las clases en las siguientes modalidades, Pádel Perfeccionamiento, Pádel Iniciación, Bailes de Salón, Pilates y Escuela Discapacitados, en las instalaciones municipales destinadas a tal fin, en sus diferentes modalidades, facilitando el conocimiento del cuerpo, sus posibilidades y limitaciones,
desarrollo de habilidades motrices necesarias y manifestando los efectos positivos para la salud, la educación y el ocio de los participantes.
- Manejo de la planificación y programación deportiva.
- Aplicación de técnicas, métodos y estilos de enseñanza, así como la metodología específica para la iniciación a las actividades.
- Selección, organización y utilización de material auxiliar específico lúdico-didáctico.
- Manejo y cumplimentado de la documentación y protocolos establecidos para este servicio por la empresa.
- Realizar y preparar las rutinas de entrenamiento en base a las directrices establecidas en cuanto a contenidos y objetivos, ajustando las necesidades al nivel de los alumnos.
- Conformar y actuar en las sesiones de manera que los alumnos tengan una motivación suficiente y constante para conseguir el máximo nivel de interés y rendimiento.
- Llevar un control exhaustivo de las instalaciones, tanto de usuarios como de maquinaria y elementos.
- Controlar diariamente las incidencias o cualquier otra observación de interés respecto a las clases.
- Control de la seguridad de los usuarios.
- No abandonar las instalaciones mientras algún usuario permanezca en ella.
- Responsabilizarse del comportamiento de los usuarios mientras se encuentren en las instalaciones, marcando las pautas de comportamiento adecuadas.
- Estar en la instalación y en su zona de trabajo, debidamente uniformado, como mínimo cinco minutos antes del comienzo de de cada sesión.
- Organizar el material y los equipos de la instalación.
- Informar a sus superiores de situaciones imprevistas, urgentes o problemas graves que puedan surgir durante el desarrollo de las sesiones.
- Atender a las sugerencias y quejas de los usuarios y trasladarlas a la dirección.
- Hacer respetar las normas de uso de la instalación.
3.16. A efectos informativos, se adjunta cuadro con precio máximo por hora de trabajo, que varía según la categoría profesional requerida para cada uno de los servicios. Estos precios serán tomados como base para el cálculo del precio de licitación.
Categoría Profesional | Precio/hora Máximo |
Monitor Deportivo de Actividades Acuáticas | 14,30 € |
Monitor Deportivo de Actividades Específicas | 14,30 € |
Socorrista Acuático | 14,30 € |
Auxiliar de Clínica | 14,80 € |
Fisioterapeutas | 15,96 € |
Diplomado en E.F. | 15,96 € |
4. RESPONSABILIDADES.
Todo daño que se produzca a personas o bienes, durante la prestación de este servicio, será responsabilidad de la empresa adjudicataria.
En caso de reclamación por parte de los usuarios, en cuanto a la prestación del servicio, será igualmente imputable a la adjudicataria.
Por estos motivos, la empresa encargada de la ejecución del servicio se obliga a suscribir un seguro de responsabilidad civil y daños a terceros por importe de 600.000,00 €.
5. CONTROL DEL SERVICIO.
5.1. La empresa adjudicataria facilitará con periodicidad mensual, un cuadrante donde se reflejen las actividades realizadas, turnos de trabajo, nombre de trabajadores por turno, número de usuarios, y toda aquella información que los técnicos del Patronato de Deportes consideren oportuna.
5.2. En caso de incidencia, el personal redactará y entregará al Patronato un parte en el que se incluirá como mínimo la fecha, turno, nombre del trabajador, firma de éste y en su caso las incidencias que hayan tenido lugar, expresadas de forma detallada. También se podrá exigir a la empresa, en tiempo y forma requeridos, la remisión de los datos complementarios que estime precisos.
5.3. Los responsables técnicos del Patronato de Deportes, efectuarán las visitas que consideren necesarias para conocer el grado de cumplimiento del servicio y si el mismo se ajusta a lo contratado.
5.4. Los trabajadores podrán ser evaluados periódicamente por el Patronato de Deportes para comprobar que reúnen los conocimientos y competencias suficientes para el desempeño de sus funciones, pudiendo solicitar a la empresa la sustitución del mismo.
5.5. El Patronato de Deportes establecerá los canales de comunicación apropiados para la correcta supervisión del servicio y coordinación con la empresa adjudicataria.
5.6. La empresa adjudicataria establecerá sistemas de control de presencia de los trabajadores, así como evaluación de su labor. Estos sistemas serán puestos a disposición del Patronato de Deportes cuando así se requiera.
5.7. La empresa adjudicataria se obliga a elaborar todos aquellos informes técnicos solicitados por el Patronato de Deportes.
6. OBLIGACIONES GENERALES DEL ADJUDICATARIO.
6.1. La empresa adjudicataria deberá realizar directamente la prestación del servicio, no pudiendo subrogar, subarrendar, ceder o traspasar, directa o indirectamente, la explotación, ni hacer uso en sus relaciones comerciales, publicitarias, laborales o cualquier otra, del nombre del Patronato de Deportes, sin autorización expresa.
6.2. Será de exclusiva cuenta del adjudicatario el pago del personal propio que emplee para la realización de los trabajos objeto de este contrato, y de las obligaciones con la Agencia Tributaria y la Tesorería General de La Seguridad Social que el este servicio pudiera generar.
6.3. El Patronato de Deportes podrá exigir, en cualquier momento, certificados oficiales que acrediten que la empresa adjudicataria está al corriente de sus obligaciones con el personal, la Seguridad Social y la Hacienda Pública.
6.4. La empresa adjudicataria será responsable directa y única, ó solidaria con Entidad Aseguradora que contrate póliza; y ante los Tribunales de Justicia, con motivo de las reclamaciones o daños que se produzcan durante la prestación del servicio y por causa de la propia actividad.
6.5. La empresa adjudicataria, de quien depende única y exclusivamente todo el personal, tendrá todos los derechos y obligaciones sobre el mismo. En ningún caso el Patronato de Deportes resultará responsable de dichas obligaciones, aún cuando los despidos o medidas que adopte sean consecuencia directa o indirecta del incumplimiento o interpretación del contrato establecido.
6.6. La empresa adjudicataria participará en todas aquellas reuniones de coordinación del servicio a las que sea requerida.
6.7. Siempre que se encuentre en horas de prestación de servicio y/o realización de actividades presentadas en este pliego, existirá un responsable de la empresa localizable, vía teléfono fijo o teléfono móvil, con quien poder contactar y solucionar cualquier contingencia.
6.8. Velar porque todos los trabajadores conozcan y por consiguiente cumplan, como mínimo, con las funciones establecidas en el presente pliego, además de comunicar cualquier variación en las funciones a criterio del Patronato de Deportes.
6.9. Ceder los derechos de imagen de la propia empresa y de los trabajadores para la realización de trabajos audiovisuales, durante la impartición de cualquier actividad, con el fin de publicitar la imagen general del Patronato de Deportes.
6.10. Velar por el cumplimiento estricto de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, en la utilización de archivos o registros de usuarios. Cualquier reclamación al respecto cuya causa sea la mala praxis por parte de la empresa adjudicataria será responsabilidad de la misma.
7. RÉGIMEN DE PENALIZACIONES EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO.
7.1. Faltas Leves. Serán consideradas faltas de carácter leve, por parte de la empresa adjudicataria, todas las que a continuación se enumeran:
- No respetar el calendario de actividades y horario de las mismas.
- No respetar los criterios técnicos fijados por el Patronato de Deportes.
- No resolver, en el plazo fijado, cualquier aclaración o duda planteada por el Patronato de Deportes sobre el servicio.
- Sustituir personal de manera definitiva sin ponerlo en conocimiento del Patronato de Deportes.
- El incumplimiento, por parte del personal, de alguna de las funciones establecidas para cada categoría profesional en el presente pliego.
- La impuntualidad sobre la hora fijada del inicio de cualquier actividad.
- No entregar, en el plazo fijado, los informes solicitados por el Patronato de Deportes.
- El trato descortés o incorrecto con los usuarios del servicio o el público en general.
- Cualquier otro incumplimiento de escasa entidad.
7.2. Faltas Graves. Serán consideradas faltas de carácter grave, por parte de la empresa adjudicataria, todas las que a continuación se enumeran:
- Cometer, al menos, tres faltas leves de distinto carácter.
- Persistencia en el tiempo, más allá de un mes, de una misma falta leve.
- El incumplimiento, por parte del personal, de funciones que pongan en riesgo la integridad de los usuarios participantes en alguna actividad.
- La no presentación, sin causa justificada ni sustitución, de algún trabajador en su puesto de trabajo.
- No entregar cualquier documentación, administrativa o técnica, requerida a la empresa adjudicataria.
- Entorpecer, de cualquier manera, la labor de control del servicio por parte del Patronato de Deportes.
- Actos fraudulentos en la cuantificación de horas.
- Cualquier otro incumplimiento que afecte a la ejecución del contrato.
7.3. Faltas Muy Graves. Serán consideradas faltas de carácter muy grave, por parte de la empresa adjudicataria, todas las que a continuación se enumeran:
- Cometer, al menos, tres faltas graves de distinto carácter.
- Persistencia en el tiempo, más allá de un mes, de una misma falta grave.
- No iniciar por causas imputables al contratista, la prestación de los servicios en la debida fecha.
- La negligencia en el cumplimiento del servicio cuando implique o se deduzca racional y justificadamente como abandono del mismo.
- El incumplimiento de las obligaciones generales del adjudicatario del presente pliego, presentadas en los epígrafes 6.1, 6.2, 6.3, 6.4 y 6.5.
7.4. Régimen de Penalizaciones.
- En el caso xx xxxxxx leves, sanción económica hasta el 2 % de las dos mensualidades anteriores a la imposición de la sanción.
- En el caso xx xxxxxx graves, sanción económica de hasta el 5 % de las dos mensualidades anteriores a la imposición de la sanción.
- En el caso xx xxxxxx muy graves, rescisión del contrato sin derecho a indemnización a la adjudicataria, con la incautación de la fianza definitiva, y en su caso, la reclamación de daños y perjuicios ocasionados, cuando a juicio del Órgano competente municipal se haya producido grave perturbación en la ejecución del servicio o daño a los intereses municipales.
- En el caso xx xxxxxx muy graves, y ponderando las circunstancias y el daño producido, la resolución podrá sustituirse por sanción económica de hasta el 10% del importe facturado en las dos mensualidades anteriores a la imposición de la sanción.