BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZARAGOZA
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA XX XXXXXXXX
Año CLXXXIII • Núm.251— Lunes, 31 de octubre de 2016
S U M A R I O
SECCIÓN TERCERA
Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxxxx
Anuncio relativo a la contratación de las obras de aula de uso múltiple en Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx 2
SECCIÓN QUINTA
Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxx
Anuncio relativo a acuerdo de aprobación provisional de modificación de diferentes ordenanzas fiscales
para el ejercicio 2017 2
Anuncio relativo a acuerdo de aprobación inicial de modificación de varios artículos de la Ordenanza reguladora
de las tarifas por la prestación de los servicios de saneamiento y depuración de aguas 3
Anuncio relativo a extracto de acuerdo del Gobierno xx Xxxxxxxx por el que se aprueba la convocatoria
de subvenciones a entidades de protección animal en régimen de concurrencia competitiva, ejercicio 2016 3
Confederación Hidrográfica del Ebro
Anuncio relativo al trámite de información pública de expediente de solicitud de autorización de plantación
de arbolado en el municipio de Épila 3
SECCIÓN SEXTA
Corporaciones locales
Alfajarín (2) 3
Ateca 4
Xxxxxxxx xx Xxxxxxx (2) 4
Cariñena 5
Xxxxxxxx de Valdejasa (2) 6
Xxxxxx 6
Cinco Olivas 6
Comarca Xxxxxx Baja del Ebro 6
Comarca xx Xxxxxxxx y el Xxxxxxx 8
Ejea de los Caballeros 9
El Xxxxx xx Xxxx (2) 9
El Frasno 9
Xxxxxxx de los Navarros 11
Lécera (2) 11
Leciñena 12
Maella 12
Xxxxx xx Xxxxxx 12
Moros 13
Orés (3) 13
Pedrola 13
Perdiguera 13
Xxxxx Xxxx xx Xxxx 00
Xxxxxxxx 14
Utebo 14
Xxxxxxx xx Xxxx 16
Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx 00
SECCIÓN SÉPTIMA
Administración de Justicia
Tribunal Superior de Justicia xx Xxxxxx
Secretaría de Gobierno (jueces xx xxx) 16
Juzgados de Primera Instancia
Juzgado núm. 15 16
Juzgados de Instrucción
Juzgado núm. 4 16
Juzgado núm. 8 16
Juzgados de lo Social
Juzgado núm. 1 (2) 17
Juzgado núm. 2 (2) 17
Juzgado núm. 4 (8) 17
Juzgado núm. 5 (5) 18
Juzgado núm. 6 19
Juzgado núm. 7 20
PARTE NO OFICIAL
Comunidad de Regantes de Campiel y Xxxxxx
Junta general ordinaria 20
Comunidad de Regantes xx Xxxxx, xx Xxxxx
Asamblea general ordinaria 20
Comunidad de Regantes de Escatrón
Asamblea general ordinaria 20
Comunidad de Regantes de Garrapinillos
Junta general ordinaria 20
SECCIÓN TERCERA
Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxxxx
HACIENDA Y RÉGIMEN INTERIOR
Contratación Núm. 9.700
ANUNCIO relativo a la contratación de las obras de aula de uso múltiple en Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx, por procedimiento abierto y tramitación or- dinaria, oferta económicamente más ventajosa con varios criterios de adjudicación.
Mediante decreto de Presidencia núm. 2.308, de fecha 24 de octubre de 2016, se convoca contrato por procedimiento abierto y tramitación ordinaria, oferta económica más ventajosa con varios criterios de adjudicación, para la contratación de la obra que se reseña, aprobándose al mismo tiempo el expediente de contratación, que incluye las consideraciones técnicas y de ejecución del presupuesto provincial que rigen en la presente contratación.
1. Entidad adjudicadora: Diputación Provincial xx Xxxxxxxx.
2. Objeto del contrato:
2.1. Descripción del objeto: Obras de aula de uso múltiple en Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx (ref.: 57/16).
2.2. Plazo de ejecución: Siete meses.
2.3. Clasificación:
De acuerdo con lo previsto en el artículo 65 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, al tratarse de un contrato de cuantía inferior a
500.000 euros no precisa que el contratista cuente con clasificación. No obstan- te, y sin perjuicio de lo anterior, se admite la justificación de la solvencia eco- nómica, financiera y técnica con la presentación de la siguiente clasificación:
—Grupo C, subgrupos 2 y 4, categoría 1.
En caso de no aportar la citada clasificación a la que no está obligado, la solvencia económica y financiera del empresario, se acreditará por el si- guiente medio:
Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ám- bito al que se refiera el contrato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos años concluidos deberá alcanzar un importe igual o superior a 127.224,14 euros.
Este umbral resulta de la aplicación de la siguiente fórmula: Umbral (solv. econ.): valor estimado × 1,5
La solvencia técnica del empresario se acreditará por el medio siguiente: Relación de obras ejecutadas y concluidas en los últimos diez años, ava- lada por certificados de buena ejecución para las obras más importantes; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y que una de ellas el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras, y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término. El importe anual que el empresario deberá acreditar como ejecutado en el año de mayor ejecución del período antes indicado en obras de igual o similar naturaleza que las del
contrato, será, al menos de 59.371,26 euros.
Este umbral resulta de la aplicación de la siguiente fórmula Umbral (solv. téc.): 70% del valor estimado
3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación: Procedimiento abierto, tramitación ordinaria, oferta económicamente más ventajosa con va- xxxx criterios de adjudicación
4. Presupuesto base de licitación: El valor total estimado del contrato es de 84.816,09 euros de ejecución; 17.811,38 euros de IVA, y un presupuesto total de 102.627,47 euros.
5. Garantía provisional: De conformidad con el artículo 103 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), no se exige.
6. Obtención de documentación e información:
6.1. Entidad: Diputación Provincial xx Xxxxxxxx (Servicio de Contrata- ción y Compras).
6.2. Domicilio: Xxxxx xx Xxxxxx, 0, 00000 Xxxxxxxx. 6.3. Teléfono: 000 000 000. Fax: 000 000 000.
6.4. Perfil del contratante: xxxx://xxx.xxx.xx/xxxxxxxxx/xxxxxx-xx-xxxxxxxxxxx.
6.5. Plazo de obtención de documentos e información: Durante el plazo de presentación de proposiciones, en el perfil del contratante y en el Servicio de Contratación de la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx
7. Presentación de las ofertas:
7.1. La documentación para tomar parte en el presente procedimiento abierto, se presentará en el Registro General de la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx (xxxxx xx Xxxxxx 0, 00000 Xxxxxxxx) (teléfono: 000 000 000, fax: 000 000 000), en horario de 9:00 a 14:00, en el plazo de los veintiséis días siguientes a la publicación de la convocatoria.
Los plazos se computarán por días naturales, si bien en el caso de que el último día de presentación fuese xxxxxx, xxxxxxx o festivo, se entenderá como fin de plazo de presentación el primer día laborable siguiente.
7.2. Documentación a presentar: La indicada en los sobres uno y dos xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
7.3. Lugar de presentación: En el Registro General de la Diputación Pro- vincial xx Xxxxxxxx.
8. Apertura de proposiciones:
• Pública. Apertura del sobre dos: “Proposición económica y documenta- ción relativa a criterios evaluables de forma matemática sujetos a valoración posterior”.
Se publicará en el perfil del contratante de DPZ.
9. Gastos de anuncios: Los gastos derivados de la inserción de anuncios en boletines, diarios oficiales y cualesquiera otras publicaciones serán, en todo caso, de cuenta del adjudicatario.
10. Criterios de adjudicación:
Criterios evaluables a través de la aplicación directa de fórmulas ma- temáticas (100% de la puntuación total).
Los criterios de valoración que servirán de base para la adjudicación del presente contrato se especifican a continuación:
1. Oferta económica.
La máxima puntuación otorgable por este concepto será de 80 puntos.
Esta máxima puntuación será otorgada al precio más bajo ofertado que no supere el tipo de licitación. Las ofertas que superen dicho tipo de licitación serán rechazadas, excluyéndose, por tanto, del proceso de adjudicación.
Para el resto de las ofertas, la puntuación se calculará restando de la máxima posible un punto por cada punto porcentual de diferencia que exista entre la oferta a valorar y la oferta más barata. En nuestro caso, como la puntuación máxima son 50 puntos, tendríamos:
Puntos oferta = 80 – 100 × Precio oferta a puntuar – Precio más barato
Precio más barato
Con la salvedad de que si el resultado es inferior a cero, la puntuación a otorgar será cero.
2. Baja desproporcionada.
Para la consideración de si una oferta incurre o no en baja desproporcio- nada, en primer lugar se calculará la media aritmética de las bajas de todas las ofertas, expresadas en puntos porcentuales.
La propuesta de una baja superior en 5 puntos porcentuales a la media calculada será considerada como baja desproporcionada.
A modo de ejemplo, si la media aritmética de las bajas fuera el 5,52%, se consideraría desproporcionada toda baja que superase el 10,52%.
3. Mejoras.
La máxima puntuación otorgable por este concepto será de 20 puntos. Los licitadores podrán ofertar alguna o algunas de las siguientes mejoras:
—Mejora en el plazo de garantía: 10 puntos (5 puntos/año).
—Mejora en el plazo de ejecución: 10 puntos (2 puntos/semana). Zaragoza, 25 de octubre de 2016. — El presidente, Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx
Xxxxx.
SECCIÓN QUINTA
Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxx
Área de Economía y Cultura
Agencia Municipal Tributaria
Departamenteo de Hacienda y Economía Núm. 9.758
El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 28 de octubre del 2016, acordó:
0360637/2016. Aprobar provisionalmente la modificación de la Orde- nanza fiscal núm. 1, reguladora de la gestión, inspección y recaudación de los tributos y demás ingresos de derecho público, y su anexo relativo a las calles de la ciudad.
0360662/2016. Aprobar provisionalmente la modificación de la Orde- nanza fiscal núm. 2, reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles.
0360686/2016. Aprobar provisionalmente la modificación de la Orde- nanza fiscal núm. 3, reguladora del impuesto sobre actividades económicas. 0360711/2016. Aprobar provisionalmente la modificación de la Ordenanza
fiscal núm. 6, reguladora del impuesto de vehículos de tracción mecánica.
0360760/2016. Aprobar provisionalmente la modificación de la Orde- nanza fiscal núm. 9, reguladora del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.
0360796/2016. Aprobar provisionalmente la modificación de la Orde- nanza fiscal núm. 10, reguladora del impuesto sobre construcciones, insta- laciones y obras.
0360833/2016. Aprobar provisionalmente la modificación de la Ordenanza fiscal núm. 11, reguladora de la tasa por prestación de servicios generales.
0360906/2016. Aprobar provisionalmente la modificación de la Orde- nanza fiscal núm. 17.1, reguladora de la tasa por prestación de servicios de recogida de residuos urbanos.
0360931/2016. Aprobar provisionalmente la modificación de la Orde- nanza fiscal núm. 17.2, reguladora de la tasa por prestación de servicios de tratamiento y eliminación de residuos urbanos.
0360955/2016. Aprobar provisionalmente la modificación de la Orde- nanza fiscal núm. 19, reguladora de la tasa por prestación de servicios en el Cementerio Municipal xx Xxxxxxx.
0361315/2016. Aprobar provisionalmente la modificación de la Orde- nanza fiscal núm. 24.25, reguladora de la tasa por prestación de servicios vinculados al Ciclo Integral del Agua.
0361511/2016. Aprobar provisionalmente la modificación de la Orde- nanza fiscal núm. 25.11, reguladora de las tasas por el estacionamiento de vehículos de tracción mecánica dentro de determinadas zonas de la ciudad.
0361596/2016. Aprobar provisionalmente la modificación del texto regu- lador núm. 27, de los precios públicos por prestación de servicios y realiza- ción de actividades.
Lo que se pone en general conocimiento a fin de que los interesados, en el plazo de treinta días hábiles contados a partir del siguiente al de la publi- cación del presente anuncio en el BOPZ, puedan examinar los expedientes, de lunes a viernes en horario de 9:00 a 14:00, en el Servicio de Atención al Contribuyente (Departamento de Hacienda y Economía), ubicado en el edi- ficio Seminario, planta primera, y presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas.
En el caso de que no se presenten reclamaciones, se entenderán definiti- vamente adoptados los acuerdos hasta entonces provisionales, sin necesidad de acuerdo plenario.
Zaragoza, a 28 de octubre de 2016. — El consejero de Economía y Cultura, Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxx. — El secretario General, Xxxx Xxxxxxx Xxxx.
Dirección de Régimen Jurídico Núm. 9.759
El Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el día 28 de octu- bre de 2016, acordó aprobar con carácter inicial la modificación de los artículos séptimo, undécimo y vigesimocuarto de la Ordenanza reguladora de las tarifas por la prestación de los servicios de saneamiento y depuración de aguas.
Lo que se hace público mediante el presente anuncio para general cono- cimiento, informando que se abre un período de información pública durante un plazo de treinta días, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio, para su examen y la presentación de reclamaciones, alegaciones y sugerencias, encontrándose disponible el texto normativo en la página web del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx (xxx.xxxxxxxx.xx).
El expediente núm. 1.050.110/201 se encuentra a disposición de los inte- resados, en la Dirección de Régimen Jurídico del Area de Economía y Cul- tura (sita en Xxxxx xxx Xxxxx, xxx. 18, de esta ciudad), en horario de oficina de 9:00 a 14:00.
La presentación de reclamaciones, alegaciones y sugerencias se podrá realizar ante el Registro General del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx, indicando en el mismo el número de expediente de referencia.
Zaragoza, a 28 de octubre de 2016. — El coordinador general del Área de Economía y Cultura, Xxxxxx Xxxxx Xxxx Xxxx.
Área de Servicios Públicos y Personal
Oficina Económico-Jurídica
de Servicios Públicos y Personal Núm. 9.641
EXTRACTO de acuerdo del Gobierno xx Xxxxxxxx de fecha 28 de septiembre de 2016 por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones a en- tidades de protección animal en régimen de concurrencia competitiva, ejercicio 2016.
Texto: BDNS (identif.): 320840.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http:xxx.xxx.xxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx/xxxxx):
Primero. — Beneficiarios.
Asociaciones y demás entidades sin ánimo de lucro legalmente consti- tuidas, con personalidad jurídica propia, que reúnan los requisitos generales establecidos en los artículos 6 y 7 de la Ordenanza general municipal de subvenciones y que cumplan las condiciones recogidas en la convocatoria.
Segundo. — Objeto.
Impulsar, a través de entidades sociales e instituciones sin ánimo de lucro, actuaciones relacionadas con el bienestar y la protección animal, y ayuda en la instrumentalización y refuerzos en situaciones de calamidades que favorezcan cambios en materia integral de protección animal en la ciudad xx Xxxxxxxx.
Tercero. — Bases reguladoras.
Ordenanza General Municipal de Subvenciones, aprobada por acuerdo del Excmo. Ayuntamiento Pleno xx Xxxxxxxx de 11 de enero de 2005.
Cuarto. — Cuantía.
La cuantía total máxima de las ayudas convocadas asciende a 40.000 euros. Quinto. — Plazo de solicitud.
Quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOPZ.
Zaragoza, a 28 de septiembre de 2016. — La letrado-jefe de la Oficina Económico-Jurídica de Servicios Públicos y Personal, Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx.
Confederación Hidrográfica del Ebro
COMISARÍA DE AGUAS Núm. 9.436
Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx ha solicitado la autorización cuyos datos y cir- cunstancias se indican a continuación:
Circunstancias:
Solicitante: Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx.
Objeto: Plantación de arbolado en 0,24 hectáreas, de las cuales 0,16 hec- táreas se sitúan en dominio público hidráulico y el resto en la zona de policía, afectando a los cinco metros de la zona de servidumbre, con carácter de explotación de frutales.
Cauce: Río Jalón.
Paraje: “Caudo”, polígono: 1, parcelas 104 y 135. Municipio: Épila (Zaragoza).
Se advierte la posibilidad de presentar peticiones en competencia e in- compatibles con la petición inicial, en virtud del artículo 72 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 xx xxxxx, modificado por Real Decreto 606/2003, de 23 xx xxxx.
Lo que se hace público para general conocimiento y para que quienes se consideren perjudicados con esta petición puedan presentar por escrito sus reclamaciones ante la Confederación Hidrográfica del Ebro durante el plazo de veinticinco días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de este anuncio en el BOPZ, a cuyo efecto el expediente y la documentación técnica estarán de manifiesto en la Confederación Hidrográfica del Ebro (pa- seo xx Xxxxxxx, 26-28, Zaragoza), en horas hábiles de oficina.
Zaragoza, a 30 de septiembre de 2016. — El comisario de Aguas, P.D.: El comisario adjunto, Xxxxxxxxx Xxxx Hijós Xxxxxxx.
SECCIÓN SEXTA
CORPORACIONES LOCALES
A L F A J A R Í N Núm. 9.572
El Pleno del Ayuntamiento de Alfajarín, en sesión ordinaria celebrada el día 19 de octubre de 2016, acordó la aprobación del calendario fiscal del mu- nicipio correspondiente al ejercicio 2017, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 24 y 25 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, en los términos que se exponen a continuación:
PLAN TESORERÍA AYUNTAMIENTO DE ALFAJARÍN CALENDARIO DEL CONTRIBUYENTE 2017
CONCEPTO | PERIODO | PLAZO COBRANZA | ||||
BICE | ANUAL | Del 5 xx Xxxxx al 5 xx xxxxxx | ||||
CONCEPTO | PERIODO | PLAZO COBRANZA | ||||
IAE | ANUAL | Del 5 de Septiembre al 5 de Noviembre | ||||
CONCEPTO | PERIODO | PLAZO COBRANZA | ||||
IVTM | ANUAL | Del 5 xx Xxxxx al 5 xx xxxx | ||||
CONCEPTO | PERIODO | PLAZO COBRANZA | ||||
PRADOS, PASTOS, XXXXXX | ANUAL | Del 5 de septiembre al 5 de noviembre | ||||
CONCEPTO | PERIODO | PLAZO COBRANZA | ||||
HUERTOS SOCIALES | ANUAL | Del 5 de septiembre al 5 de noviembre | ||||
CONCEPTO | PERIODO | PLAZO COBRANZA | ||||
IBI RÚSTICA | ANUAL | Del 5 xx xxxxx al 5 xx xxxxxx | ||||
CONCEPTO | PERIODO | PLAZO COBRANZA PRIMER 50% | PLAZO COBRANZA SEGUNDO 50% | |||
IBI URBANA | ANUAL | Del 5 xx xxxxx al 5 xx xxxxxx | Del 5 de septiembre al 5 de noviembre | |||
CONCEPTO | PERIODO | PLAZO COBRANZA | PERIODO | PLAZO COBRANZA | ||
TASA RECOG. DOM. RESIDUOS | 2º SEMESTRE AÑO ANTERIOR | Del 5 de Febrero al 5 xx xxxxx | 1º SEMESTRE AÑO ACTUAL | Del 5 de Julio al 5 de septiembre | ||
CONCEPTO | PERIODO | PLAZO COBRANZA | PERIODO | PLAZO COBRANZA | PERIODO | PLAZO COBRANZA |
TASA POR DISTRIBUC. AGUA | 4º TRIMESTRE AÑO ANTERIOR | Del 15 de Enero al 15 xx Xxxxx | 1º TRIM. AÑO ACTUAL | Del 15 xx Xxxxx al 15 xx Xxxxx | 2º T AÑO ACTUAL | Del 15 de Julio al 15 de Septiembre |
TASA POR SERVICIO ALCANTARILLADO | 4º TRIMESTRE AÑO ANTERIOR | Del 15 de Enero al 15 xx Xxxxx | 1º T AÑO ACTUAL | Del 15 xx Xxxxx al 15 xx Xxxxx | 2º T AÑO ACTUAL | Del 15 de Julio al 15 de Septiembre |
CONCEPTO | PERIODO | PLAZO COBRANZA | ||||
TASA POR DISTRIBUC. AGUA | 3º TRIMESTRE AÑO ACTUAL | Del 15 de Octubre al 15 de Diciembre | ||||
TASA POR SERVICIO ALCANTARILLADO | 3º TRIMESTRE AÑO ACTUAL | Del 15 de Octubre al 15 de Diciembre | ||||
CONCEPTO | PERIODO | PLAZO COBRANZA | PERIODO | PLAZO COBRANZA | PERIODO | PLAZO COBRANZA |
CUOTA ESCUELA INFANTIL | ENERO | 5 de Enero | FEBRERO | 15 de Febrero | MARZO | 5 xx Xxxxx |
CONCEPTO | PERIODO | PLAZO COBRANZA | PERIODO | PLAZO COBRANZA | PERIODO | PLAZO COBRANZA |
CUOTA ESCUELA INFANTIL | ABRIL | 5 de Xxxxx | XXXX | 5 xx Xxxx | JUNIO | 5 xx Xxxxx |
CONCEPTO | PERIODO | PLAZO COBRANZA | PERIODO | PLAZO COBRANZA | ||
CUOTA ESCUELA INFANTIL | JULIO | 5 de Julio | SEPTIEMBRE | 5 de Septiembre | ||
CONCEPTO | PERIODO | PLAZO COBRANZA | PERIODO | PLAZO COBRANZA | PERIODO | PLAZO COBRANZA |
CUOTA ESCUELA INFANTIL | OCTUBRE | 5 de Octubre | NOVIEMBRE | 5 de Noviembre | DICIEMBRE | 5 de Diciembre |
CONCEPTO | PERIODO | PLAZO COBRANZA | PERIODO | PLAZO COBRANZA | PERIODO | PLAZO COBRANZA |
COMEDOR ESCUELA INFANTIL | ENERO | 15 de enero | FEBRERO | 15 de Febrero | MARZO | 5 xx Xxxxx |
CONCEPTO | PERIODO | PLAZO COBRANZA | PERIODO | PLAZO COBRANZA | PERIODO | PLAZO COBRANZA |
COMEDOR ESCUELA INFANTIL | ABRIL | 5 de Xxxxx | XXXX | 5 xx Xxxx | JUNIO | 5 xx Xxxxx |
CONCEPTO | PERIODO | PLAZO COBRANZA | PERIODO | PLAZO COBRANZA | PERIODO | PLAZO COBRANZA |
COMEDOR ESCUELA INFANTIL | JULIO | 5 de Xxxxx | XXXXXX | 5 xx Xxxxxx | SEPTIEMBRE | 5 de Septiembre |
CONCEPTO | PERIODO | PLAZO COBRANZA | PERIODO | PLAZO COBRANZA | PERIODO | PLAZO COBRANZA |
COMEDOR ESCUELA INFANTIL | OCTUBRE | 5 de Octubre | NOVIEMBRE | 5 de Noviembre | DICIEMBRE | 5 de Diciembre |
CALENDARIO CONTRIBUYENTE 2017
PLAN TESORERÍA PATRONATO MUNICIPAL RESIDENCIA NTRA. SRA. DE LA PEÑA
CONCEPTO | PERIODO | PLAZO COBRANZA | PERIODO | PLAZO COBRANZA | PERIODO | PLAZO COBRANZA |
CUOTAS RESIDENTES | ENERO | 15 de Enero | FEBRERO | 15 de Febrero | MARZO | 5 xx Xxxxx |
CONCEPTO | PERIODO | PLAZO COBRANZA | PERIODO | PLAZO COBRANZA | PERIODO | PLAZO COBRANZA |
CUOTAS RESIDENTES | ABRIL | 5 de Xxxxx | XXXX | 5 xx Xxxx | JUNIO | 5 xx Xxxxx |
CONCEPTO | PERIODO | PLAZO COBRANZA | PERIODO | PLAZO COBRANZA | PERIODO | PLAZO COBRANZA |
CUOTAS RESIDENTES | JULIO | 5 de Xxxxx | XXXXXX | 5 xx Xxxxxx | SEPTIEMBRE | 5 de Septiembre |
CONCEPTO | PERIODO | PLAZO COBRANZA | PERIODO | PLAZO COBRANZA | PERIODO | PLAZO COBRANZA |
CUOTAS RESIDENTES | OCTUBRE | 5 de Octubre | NOVIEMBRE | 5 de Noviembre | DICIEMBRE | 5 de Diciembre |
CONCEPTO | PERIODO | PLAZO COBRANZA | PERIODO | PLAZO COBRANZA | PERIODO | PLAZO COBRANZA |
CUOTAS CENTRO DE DÍA | ENERO | 5 de Enero | FEBRERO | 5 de Febrero | MARZO | 5 xx Xxxxx |
CONCEPTO | PERIODO | PLAZO COBRANZA | PERIODO | PLAZO COBRANZA | PERIODO | PLAZO COBRANZA |
CUOTAS CENTRO DE DÍA | ABRIL | 5 de Xxxxx | XXXX | 5 xx Xxxx | JUNIO | 5 xx Xxxxx |
CONCEPTO | PERIODO | PLAZO COBRANZA | PERIODO | PLAZO COBRANZA | PERIODO | PLAZO COBRANZA |
CUOTAS CENTRO DE DÍA | JULIO | 5 de Xxxxx | XXXXXX | 5 xx Xxxxxx | SEPTIEMBRE | 5 de Septiembre |
CONCEPTO | PERIODO | PLAZO COBRANZA | PERIODO | PLAZO COBRANZA | PERIODO | PLAZO COBRANZA |
CUOTAS CENTRO DE DÍA | OCTUBRE | 5 de Octubre | NOVIEMBRE | 5 de Noviembre | DICIEMBRE | 5 de Diciembre |
CALENDARIO CONTRIBUYENTE 2017
PLAN TESORERÍA PATRONATO MUNICIPAL DE AGRICULTURA
CONCEPTO | PERIODO | PLAZO COBRANZA | PERIODO | PLAZO COBRANZA |
BÁSCULA MUNICIPAL | 4º TRIMESTRE AÑO ANTERIOR | Del 15 de Enero al 15 xx Xxxxx | 1º TRIMESTRE AÑO ACTUAL | Del 15 xx Xxxxx al 15 xx Xxxxx |
CONCEPTO | PERIODO | PLAZO COBRANZA | PERIODO | PLAZO COBRANZA |
BÁSCULA MUNICIPAL | 2º TRIMESTRE AÑO ACTUAL | Del 15 de Julio al 15 de Septiembre | 3º TRIMESTRE AÑO ACTUAL | Del 15 de Octubre al 15 de Diciembre |
CONCEPTO | PERIODO | PLAZO COBRANZA | PERIODO | |
AGUA DEPÓSITO MUNICIPAL | 4º TRIMESTRE AÑO ANTERIOR | Del 15 de Enero al 15 xx Xxxxx | 1º TRIMESTRE AÑO ACTUAL | Del 15 xx Xxxxx al 15 xx Xxxxx |
CONCEPTO | PERIODO | PLAZO COBRANZA | PERIODO | PLAZO COBRANZA |
AGUA DEPÓSITO MUNICIPAL | 2º TRIMESTRE AÑO ACTUAL | Del 15 de Julio al 15 de Septiembre | 3º TRIMESTRE AÑO ACTUAL | Del 15 de Octubre al 15 de Diciembre |
CONCEPTO | PERIODO | PLAZO COBRANZA | ||
SELECCIONADORA | ANUAL | Del 15 de Octubre al 30 de Noviembre |
CALENDARIO CONTRIBUYENTE 2017
PLAN TESORERÍA PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES
CONCEPTO | PERIODO | PLAZO COBRANZA |
ABONOS PMD | ANUAL | Del 5 de Febrero al 5 xx xxxxx |
CONCEPTO | PERIODO | PLAZO COBRANZA |
BONOS PISCINAS | TEMPORADA | Del 20 xx Xxxx al 31 xx Xxxxxx |
Alfajarín, a 21 de octubre de 2016. — La alcaldesa, Xxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx.
A L F A J A R Í N Núm. 9.696
Aprobado inicialmente el proyecto de obras para renovación de redes de abastecimiento la calle Río Xxxxxxx por resolución de Alcaldía de fecha 26 de octubre de 2016, se somete a información pública por el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en el BOPZ.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Alfajarín, a 26 de octubre de 2016. — La alcaldesa, Xxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx.
A T E C A Núm. 9.699
El Pleno del Ayuntamiento xx Xxxxx, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de octubre de 2016, acordó la aprobación provisional de la modificación
y ordenación para el año 2017 de las siguientes Ordenanzas fiscales regula- doras de:
—Ordenanza reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles de natu- raleza urbana.
—Ordenanza reguladora de la tasa del servicio de alcantarillado.
—Ordenanza reguladora de la tasa del suministro de agua potable.
—Ordenanza reguladora del precio público por la utilización de piscinas, instalaciones deportivas y otros servicios análogos.
—Ordenanza reguladora por la utilización de locales municipales.
—Ordenanza reguladora de la tasa por la recogida domiciliaria de resi- duos sólidos urbanos.
—Ordenanza reguladora por las licencias de autotaxi y demás vehículos de alquiler.
—Ordenanza reguladora de la tasa reguladora por el servicio de cementerio.
—Ordenación de la ordenanza reguladora del precio público por la pres- tación de servicios turísticos y medioambientales.
—Ordenación de la ordenanza reguladora de la tasa por la utilización privativa o uso especial del subsuelo, suelo y vuelo de la vía pública.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a in- formación pública, por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOPZ, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Ateca, a 26 de octubre de 2016. — El xxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx.
XXXXXXXX XX XXXXXXX Núm. 9.544
Transcurrido el plazo de exposición pública sin que se hayan producido reclamaciones, quedan elevados a definitivos los respectivos acuerdos de esta Corporación Municipal de fecha 8 de septiembre de 2016 (BOPZ núm. 215, de 17 de septiembre de 2016), por los que se acordó aprobar la modifi- cación de las siguientes ordenanzas:
Ordenanza fiscal núm. 1, reguladora de la tasa por distribución de agua potable a domicilio
Artículo 6.º
Epígrafe 1. — Consumo y contadores.
a) Uso doméstico:
—Cuota fija abastecimiento y consumo: 25,46 euros.
b) Uso servicios:
—Cuota fija abastecimiento y consumo: 25,46 euros.
c) Uso industrial:
—Cuota fija abastecimiento y consumo: 25,46 euros.
d) Uso recreativo:
—Cuota fija abastecimiento y consumo: 25,46 euros.
Ordenanza fiscal núm. 2, reguladora de la tasa por recogida de residuos sólidos urbanos
Artículo 5.2. Tarifas:
—Vivienda: 32,35 euros.
—Vivienda unifamiliar aislada: 32,35 euros.
—Entidades de crédito y centros públicos: 32,35 euros.
—Comercios, oficinas: 32,35 euros.
—Talleres automoción, metálicos, eléctricos: 32,35 euros.
—Almacenes pequeña empresa (< 10 emp.): 32,35 euros.
—Peluquerías (actividad o empresa): 32,35 euros.
—Xxxxxxxxx, verdulerías, carnicerías y pescaderías: 32,35 euros.
—Ultramarinos: 32,35 euros.
—Supermercados y autoservicios: 32,35 euros.
—Industrias y talleres de producción: 32,35 euros.
—Mediana y gran empresa: 32,35 euros.
—Hostelería: hoteles, restaurantes, residencias y asimilados: 32,35 euros.
—Hostelería: café-bar: 32,35 euros.
—Hostelería: bar especial: 32,35 euros.
Ordenanza fiscal núm. 4, reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica
A) Turismos:
—De menos de 8 caballos fiscales: 18,72
—De 8 hasta 11.99 caballos fiscales: 49,51 euros.
—De 12 hasta 15,99 caballos fiscales: 102,96 euros.
—De 16 hasta 19,99 caballos fiscales: 128,31 euros.
—De más de 20 caballos fiscales: 167,12 euros.
B) Autobuses:
—De menos de 21 plazas: 140,66 euros.
—De 21 a 50 plazas: 199,19 euros.
—De más de 50 plazas: 248,70 euros.
C) Camiones:
—De menos de 1.000 kilogramos: 60,19 euros.
—De 1.000 a 2.999 kilogramos: 119,27 euros.
—De más de 2.999 a 9.999 kilogramos: 167,99 euros.
—De más de 9.999 kilogramos: 200,32 euros.
D) Tractores:
—De menos de 16 caballos fiscales: 28,04 euros.
—De 16 a 25 caballos fiscales: 46,69 euros.
—De más de 25 caballos fiscales: 138,95 euros.
E) Remolques:
—De menos de 1.000 kilogramos: 29,23 euros.
—De 1.000 a 2.999 kilogramos: 46,75 euros.
—De más de 2.999 kilogramos: 138,97 euros.
F) Ciclomotores: 6,73 euros.
G) Motocicletas:
—De hasta 125 c.c.: 6,73 euros.
—De 125 hasta 250 c.c.: 12,36 euros.
—De más de 250 hasta 500 c.c.: 32,07 euros.
—De más de 500 hasta 1.000 c.c.: 45,55 euros.
—De más de 1.000 c.c.: 101,82 euros.
Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, a 18 de octubre de 2016. — El alcalde-presidente, Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx.
XXXXXXXX XX XXXXXXX Núm. 9.545
Transcurrido el plazo de exposición pública sin que se hayan producido reclamaciones, quedan elevados a definitivos los respectivos acuerdos de esta Corporación Municipal de fecha 8 de septiembre de 2016 (BOPZ núm. 215, de 17 de septiembre de 2016), por el que se acordó aprobar la siguiente ordenanza:
Ordenanza reguladora de creación y funcionamiento del Registro Electrónico Municipal
Art. 1.º Objeto.
El objeto de la presente Ordenanza es la creación y regulación xxx Xxxxx- tro Electrónico del Ayuntamiento de Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, de conformidad con lo establecido en los artículos 24.3 y 25 de la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de Acceso electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos.
Art. 2.º Naturaleza y eficacia del Registro Electrónico.
El Registro Electrónico tiene carácter auxiliar respecto al Registro Gene- ral del Ayuntamiento.
La presentación de solicitudes, escritos y/o comunicaciones en el Regis- tro Electrónico tendrá los mismos efectos que la presentación efectuada en el Registro físico del órgano administrativo al que se dirijan.
Art. 3.º Ámbito de Aplicación.
La presente Ordenanza Municipal se aplicará a todos los órganos y unida- des administrativas de las distintas áreas y distritos del Ayuntamiento de Bel- xxxxx xx Xxxxxxx y entidades de Derecho público dependientes del mismo.
Art. 4.º Responsable del Registro Electrónico.
El órgano o unidad responsable de la gestión del Registro Electrónico es la Secretaría municipal.
Art. 5.º Acceso al Registro Electrónico.
El acceso al Registro Electrónico se realizará a través de la Sede Elec- trónica del Ayuntamiento de Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, ubicada en la siguiente dirección URL: www. xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/.
Art. 6.º Identificación de los ciudadanos.
De conformidad con el artículo 13.2 de la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, los ciudada- nos interesados en realizar la presentación de solicitudes en el Registro Elec- trónico podrán utilizar alguno de los sistemas de identificación electrónica:
a) En todo caso, los sistemas de firma electrónica incorporados al docu- mento nacional de identidad, para personas físicas.
b) Sistemas de firma electrónica avanzada basados en certificados elec- trónicos reconocidos.
c) Otros sistemas de identificación electrónica, como la utilización de claves concertadas en un registro previo como usuario, la aportación de in- formación conocida por ambas partes u otros sistemas no criptográficos, en los términos y condiciones que en cada caso se determinen.
Art. 7.º Presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones.
El Registro Electrónico estará habilitado únicamente para la presenta- ción de solicitudes, escritos y comunicaciones respecto de los trámites y procedimientos que se relacionen en la sede electrónica. Los demás escritos carecerán de efectos jurídicos y no se tendrán por presentados, comunicán- dose al interesado dicha circunstancia, por si considera conveniente utilizar cualquiera de las formas de presentación de escritos ante el Ayuntamiento que prevé el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
—Los registros electrónicos permitirán la presentación de solicitudes, es- critos y comunicaciones todos los días del año durante las veinticuatro horas.
—El Registro Electrónico se regirá por la fecha y hora oficial de la sede electrónica.
Art. 8.º Copia de solicitudes, escritos y comunicaciones.
El Registro Electrónico emitirá automáticamente un recibo consistente en una copia autenticada de la solicitud, escrito o comunicación incluyendo la hora y fecha de presentación y el número de entrada de registro.
Art. 9.º Rechazo de solicitudes, escritos y comunicaciones.
La Administración Municipal podrá rechazar aquellos documentos elec- trónicos que se presenten en las siguientes circunstancias:
a) Que contengan código malicioso o un dispositivo susceptible de afec- tar a la integridad o la seguridad del sistema.
b) En el caso de utilización de documentos normalizados, cuando no se cumplimenten los campos requeridos como obligatorios o cuando tenga in- congruencias u omisiones que impidan su tratamiento.
Los documentos adjuntos a los escritos y comunicaciones presentadas en el Registro Electrónico deberán ser legibles y no defectuosos, pudiéndose utilizar los formatos comúnmente aceptados que se harán públicos en la sede electrónica de este Ayuntamiento.
En estos casos, se informará de ello al remitente del documento, con indicación de los motivos del rechazo así como, cuando ello fuera posible, de los medios de subsanación de tales deficiencias. Cuando el interesado lo solicite, se remitirá justificación del intento de presentación, que incluirá las circunstancias del rechazo.
Art. 10. Cómputo de plazos.
El Registro Electrónico del Ayuntamiento de Xxxxxxxx xx Xxxxxxx se re- girá, a efectos de cómputo de plazos, vinculantes tanto para los interesados como para las Administraciones Públicas, por la fecha y la hora oficial de la Sede Electrónica, que contará con las medidas de seguridad necesarias para garantizar su integridad y figurar visible.
El Registro Electrónico estará a disposición de sus usuarios las veinticua- tro horas del día, todos los días del año, excepto las interrupciones que sean necesarias por razones técnicas.
A los efectos de cómputo de plazo fijado en días hábiles o naturales, y en lo que se refiere a cumplimiento de plazos por los interesados, habrá que estar a lo siguiente:
—La entrada de solicitudes, escritos y/o comunicaciones recibidas en días inhábiles se entenderán efectuadas en la primera hora del primer día hábil siguiente.
—No se dará salida, a través del Registro Electrónico, a ningún escrito o comunicación en día inhábil.
—Se consideran días inhábiles a efectos del Registro Electrónico de la Administración Municipal los establecidos como días festivos en el calen- xxxxx oficial de fiestas laborales del Estado, de la Comunidad Autónoma y de fiestas locales de este municipio. A estos efectos, se podrá consultar el calendario publicado en la sede electrónica.
El inicio del cómputo de los plazos que hayan de cumplir los órganos administrativos y entidades de derecho público vendrá determinado por la fecha y hora de presentación en el propio registro o, en el caso previsto en el apartado 2.b del artículo 24 de la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, por la fecha y hora de entrada en el registro del destinatario. En todo caso, la fecha efectiva de inicio del cómputo de plazos deberá ser comunicada a quien presentó el escrito, solicitud o comunicación.
Disposición adicional única
Se habilita a la Alcaldía-Presidencia para adoptar acuerdos de desarrollo de las medidas técnicas y administrativas necesarias para la puesta en marcha y posterior funcionamiento del Registro, con el objeto de adaptar las previ- siones de esta Ordenanza a las innovaciones tecnológicas.
Disposición final
La Ordenanza se dicta al amparo de la potestad de autoorganización muni- cipal reconocida en el artículo 4 de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, de Bases de Régimen Local; de la potestad de despliegue reglamentario, y en virtud de lo que dispone el artículo 38 y 45.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Adminis- trativo Común, y en concreto el artículo 24.3 y 25 de la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de Acceso electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos. Al mismo tiempo, con la creación del Registro Electrónico y la norma- lización de su uso, el Ayuntamiento de Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, de conformi- dad con lo dispuesto en el artículo 70 bis.3 de la Ley 7/1985, se impulsa la utilización interactiva de las tecnologías de la información y la comuni- cación como medio para facilitar la participación y comunicación con los ciudadanos y para la presentación de documentos y la realización de trámites
administrativas.
En especial, se tendrá que actuar de conformidad con el artículo 18.4 de la Constitución; la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal; la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos; la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, así como el resto de normativa apli- cable en vigor.
Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, a 18 de octubre de 2016. — El alcalde-presidente, Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx.
C A R I Ñ E N A Núm. 9.554
Visto el expediente tramitado relativo a la concesión del Premio de Pin- tura Ciudad de Cariñena.
Visto el acuerdo de Pleno de 27 xx xxxxx de 2016 por el que se aprobaron las bases que han de regir, en régimen de concurrencia competitiva, el VIII Premio de Pintura Ciudad de Cariñena (BOPZ de 5 de julio de 2016).
Vista la propuesta de 12 de septiembre de 2016 realizada por el jurado encargado de la selección de los ganadores.
Vista la propuesta presentada por la concejal de Cultura.
Visto el informe emitido al respecto por la Intervención municipal el 21 de octubre de 2016.
Esta Alcaldía, en uso de las facultades que le confiere el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, reguladora de las Bases del Régimen Local, y disposiciones concordantes,
Resuelve:
Primero. — Disponer el gasto y reconocer obligación por importe de 1.600 euros, con cargo a la partida 3410.48004 del presupuesto vigente, de acuerdo con el siguiente detalle:
—Primer premio: Puerto, de Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, por importe de 840,34 euros y 159,66 euros en concepto de IRPF.
—Segundo premio: Xxxxxxx, de Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, por importe de 504,20 euros y 95,80 euros en concepto de IRPF.
—Accésit: Recortado, de Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx.
—Accésit: Contraluz en la ciudad, de Xxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx.
Segundo. — Proceder al pago de la obligación reconocida de acuerdo a las disponibilidades de tesorería.
Tercero. — Notificar el presente acuerdo a los interesados, con el ofreci- miento de recursos que proceda.
Cuarto. — Dar traslado a la Intervención del acuerdo anterior a los efec- tos del suministro de la información a la Base de Datos Nacional de Subven- ciones, de acuerdo con lo establecido en el artículo 36.4 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en los términos previstos en los artículos 35 a 41 de dicha norma, y dar publicidad a la resolución anterior de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.1 c) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
Cariñena, a 21 de octubre de 2016. — El alcalde, Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx.
XXXXXXXX DE VALDEJASA Núm. 9.679
Por resolución de Alcaldía de 25 de octubre de 2016 se ha aprobado y dispuesto el sometimiento a pública exposición xxx xxxxxx fiscal de las tasas por suministro de agua potable, alcantarillado y basuras correspondiente al tercer trimestre de 2016, haciendo pública por medio del presente anuncio la apertura del período voluntario de cobranza de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación.
En ejecución de la tramitación a la que queda sometida el procedimiento, se expone al público el padrón por término de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de inserción de este anuncio en el BOPZ.
El plazo para el pago en voluntaria será de dos meses desde el día si- guiente a su publicación en el BOPZ.
Lugar y forma de pago: En la entidad bancaria colaboradora en la re- caudación del Ayuntamiento, es decir, Ibercaja xx Xxxxxxxx de Valdejasa. Los contribuyentes que dentro de los primeros veinte días del período de cobranza no hayan recibido la documentación de pago podrán reclamarla en el Ayuntamiento, sin que su falta de recepción exima de la obligación de realizar el pago. Los recibos domiciliados serán cargados directamente en las cuentas señaladas por los contribuyentes.
Procedimiento de apremio: Transcurrido el período voluntario de cobranza sin que se haya hecho efectivo el pago, se incurrirá en los recargos establecidos en el artículo 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y vencido el plazo de ingreso en vía de apremio se exigirá un recargo del 20% del importe de la deuda no ingresada, más los intereses de demora.
Régimen de recursos: Contra este acuerdo cabe recurso de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de finalización de la exposición pública de los padrones. Contra su desesti- mación expresa o presunta cabe recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la notificación de la resolución del recurso de reposi- ción, si fuese expresa, y, si no lo fuera, en el plazo de seis meses desde el día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxx, a 25 de octubre de 2016. — El xxxxxxx, Xxx Xxx Xxx.
XXXXXXXX DE VALDEJASA Núm. 9.680
El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria de 17 de octubre de 2016, acordó aprobar provisionalmente la modificación de las Ordenanzas fiscales siguientes:
—Tasa por aprovechamientos forestales: cultivos.
—Tasa por prestación del servicio de piscinas.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a
información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día si- guiente de la publicación de este anuncio en el BOPZ, para que los intere- sados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxx, a 21 de octubre de 2016. — El xxxxxxx, Xxx Xxx Xxx.
X X X X X X Núm. 9.508
Por decreto de alcaldía de fecha 26 de septiembre de 2016, y habiéndose comprobado que la interesada que se cita no reside en el municipio, de con- formidad con lo dispuesto en los artículos 15 y siguientes de la Ley de Bases de Régimen Local, así como el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación territorial de las Entidades Locales, se ha resuelto iniciar expe- diente de baja de oficio en el padrón municipal de habitantes, por inscripción indebida, de la siguiente persona:
Xxxxxx xxx Xxxxxx, Xxxxxx Xxxxx 15311585 Xxxxx Xxxxxxx, xxx. 51 Lo que se pone en conocimiento de los interesados para que en el plazo
xx xxxx días a partir de la publicación del presente puedan comparecer y
manifestar de forma expresa su conformidad o disconformidad con la baja, aportando la documentación que consideren procedente a su derecho.
Xxxxxx, a 17 de octubre de 2016. — El alcalde, Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx.
CINCO OLIVAS Núm. 9.546
El Pleno del Ayuntamiento ha aprobado el cuarto expediente de modifica- ción de créditos del presupuesto de 2016.
Se expone al público durante el plazo de quince días, a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio en el BOPZ. Durante este plazo los interesados podrán examinar el expediente y presentar cuantas reclamaciones crean oportunas, todo ello a tenor de lo previsto en el artículo 177 del Real Decreto legislativo 2/2004, de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el cita- do plazo no se presentase reclamación alguna.
Cinco Olivas, a 19 de octubre de 2016. — La alcaldesa.
COMARCA XXXXXX BAJA DEL EBRO Núm. 9.529
Habiendo sido aprobadas por el Consejo Comarcal de esta Comarca de la Xxxxxx Baja del Ebro, en sesión extraordinaria celebrada el día 6 de octu- bre de 2016, las bases del concurso-oposición para la creación de una bolsa de interinos para la sustitución del auxiliar de juventud titular de la citada plaza en esta Comarca, mediante el presente anuncio se hacen públicas las siguientes bases:
Bases para la creación de una bolsa de trabajo para la contratación temporal de un técnico auxiliar
de juventud en la Comarca Xxxxxx Baja del Ebro
Primera. — Objeto.
Es objeto de estas bases la creación de una bolsa de trabajo para la con- tratación con carácter temporal de un técnico auxiliar de juventud a fin de realizar sus tareas para el Servicio de Juventud de la Comarca de Ribera Baja del Ebro y de realizar algunas funciones concretas del Servicio de Deportes durante la situación de excedencia del técnico auxiliar titular de la plaza, mediante contrato de interinidad a jornada completa por el tiempo en que su titular se encuentre en tal situación de excedencia.
Las funciones propias de las plazas se desarrollarán en los municipios in- tegrantes de esta Comarca, debiendo realizarse los desplazamientos propios del puesto de trabajo por sus propios medios, abonándose mensualmente por la Comarca los correspondientes gastos.
Dado que el puesto de trabajo están encuadrado en el grupo B al que hace referencia el artículo 76 de la Ley 7/2007 EBEP, sus retribuciones anuales ascienden a 19.860,78 euros (doce pagas mensuales de 1.434,88 euros y dos pagas extras de 1.321,11 euros) según el vigente convenio colectivo (publi- cado en el BOPZ núm. 120, de 29 xx xxxx de 2014).
Segunda. — Requisitos de los aspirantes.
1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los/as aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Nacionalidad: Ser español/a o nacional de algún Estado miembro de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que en virtud de tratados inter- nacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. También podrá participar el cónyuge de los españoles, o de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y de los nacionales de algún Estado al que en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén excluidos de tal derecho así como sus descendientes y los del cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas o ser extranjero con residencia legal en España.
b) Edad: Tener cumplidos 16 años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos (ciclos formativos de Grado Superior) o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias:
—Técnico Superior en Animación Sociocultural y Turística.
—Técnico Superior en Educación Infantil.
—Técnico Superior en Integración Social.
—Técnico Superior en Animación de Actividades Físico-Deportivas. Así como disponer de carné de conducir B-1.
d) Compatibilidad funcional: No hallarse incurso en ninguna causa de incapacidad ni enfermedad, debiendo poseer las condiciones físicas y psíqui- cas adecuadas para el ejercicio de las funciones propias del puesto.
e) Habilitación: No hallarse inhabilitado o suspendido para el ejercicio de funciones públicas o no haber sido separado mediante expediente disciplina- rio del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas.
f) Aceptar las bases de la convocatoria y comprometerse a desarrollar la función y tareas propias del puesto de trabajo.
2. Todos los requisitos enumerados en esta base deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse en el momento de la toma de posesión.
Tercera. — Instancias: forma, pago y plazo de presentación.
1. Las instancias solicitando tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales a la plaza que se opta, dirigidas a la Presidencia de la Co- xxxxx Xxxxxx Baja del Ebro, presentándose en el Registro de Entrada de esta entidad, con sede en Quinto, o bien mediante el procedimiento previsto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, dentro del plazo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOPZ, debiendo presentar con la solicitud los siguientes documentos:
—Instancia dirigida a la señora presidenta solicitando su participación en el proceso selectivo.
—Currículum vítae.
—Fotocopia del DNI.
—Fotocopia del carné de conducir.
—Fotocopia del título acreditativo de la titulación exigida.
—Acreditación de los méritos de formación.
—Acreditación de los méritos profesionales.
No serán tenidos en cuenta los méritos alegados sin el suficiente respaldo documental, debiendo presentarse debidamente compulsadas las copias de los méritos alegados. Los/as aspirantes quedan vinculados por los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado dentro del plazo de presentación de instancias, establecido en las presentes bases.
2. Junto con la anterior documentación, deberá aportarse el justificante bancario del pago de la tasa comarcal para la participación en procesos se- lectivos, por importe de 12 euros, en la cuenta bancaria número ES55-2085- 0000-00-0000000000 de Ibercaja Banco, S.A., especificando el nombre y apellidos, así como el proceso selectivo al que se aspira.
Cuarta. — Admisión de los aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia dicta- rá resolución declarando aprobada provisionalmente la lista de admitidos y excluidos, publicándose su resolución en los tablones de anuncios de la sede física y de la sede electrónica de la Comarca en: xxxx://xxxxxxxxxx.xxxx- xxxxxxxxxx.xx/?xxXxxXXxXX0XxxXxXxxX0xXx, con expresión del plazo de subsanación de errores que se conceda a los aspirantes excluidos de forma que, si transcurrido dicho plazo no se presentaran reclamaciones contra la citada resolución, se entenderá aprobada definitivamente, a sin la necesidad de nueva publicación determinando dicha resolución el lugar y fecha del comienzo del proceso selectivo, y composición del correspondiente tribunal. Esta publicación será determinante a efectos de posibles impugnaciones o recursos, por lo que los/as aspirantes que no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión, justificando dentro del plazo señalado su derecho a ser incluido/as en la relación de admitido/as, serán excluido/as de la reali-
zación de las pruebas.
Quinta. — Tribunal calificador.
El tribunal calificador, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/2007 del Estatuto Básico del Empleado Público, y en el artículo 247 de la Ley 7/1999, de Administración Local xx Xxxxxx, estará constituido de la siguiente forma:
Presidente: El técnico de juventud titular de la Comarca de la Xxxxxx Baja del Ebro o persona en quien delegue.
Vocales:
—Un trabajador con carácter fijo del personal laboral del Servicio de Juventud de una Comarca aragonesa o persona en quien delegue.
—Un trabajador con carácter fijo del personal laboral del Servicio de Juventud de otra Comarca aragonesa o persona en quien delegue.
—La coordinadora de Servicios Sociales de la Comarca de la Xxxxxx Baja del Ebro o persona en quien delegue.
—La agente de empleo y desarrollo local de la Comarca de la Xxxxxx Baja del Ebro o persona en quien delegue, que actuará como secretaria del tribunal.
El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará a lo dispuesto en los artículo 22 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Ré- gimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi- nistrativo Común, por lo que, para poder actuar válidamente, se requerirá la presencia de la mayoría de sus miembros, titulares o suplentes, resultando necesaria la asistencia del presidente y el secretario en cualquier caso.
Contra los actos y decisiones del tribunal que imposibiliten la continua- ción del procedimiento para el interesado o produzcan indefensión podrá interponer contra los mismos recurso de alzada impropio ante la Presiden- cia de la Comarca, y posterior recurso de reposición de conformidad con lo establecido en el artículo 107 y demás concordantes de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Ad- ministrativo Común, sin perjuicio de la interposición de cualesquiera otros recursos que se estimen oportunos.
El presidente del tribunal coordinará la realización de las pruebas y diri- mirá los posibles empates en las votaciones con voto de calidad, correspon- diendo al tribunal la resolución de cualquier incidencia que pueda producirse.
El tribunal podrá requerir en cualquier momento al candidato/a para que acredite su personalidad.
Si en algún momento llega a conocimiento del tribunal que alguno de lo/ as aspirantes carece de uno o varios de los requisitos exigidos en la convo- catoria, deberá proponer su exclusión a la Presidencia de la Comarca, que resolverá, previa audiencia del interesado.
Las presentes bases se interpretarán en el sentido finalista que mejor ga- rantice la preservación de los principios de igualdad, mérito y capacidad.
El tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría que corresponda al grupo B, a los efectos de la percepción de asistencias por parte de sus miembros.
Sexta. — Sistema de selección de los aspirantes.
El sistema de selección de aspirantes será el de concurso-oposición, va- lorándose en la fase de concurso la titulación, formación y experiencia pro- fesional con arreglo a los siguientes puntos:
1) Fase de concurso. (Máximo 10 puntos):
El tribunal valorará los méritos alegados y debidamente acreditados por los aspirantes a través de originales, certificados, o fotocopias compulsadas de acuerdo con el siguiente baremo:
A) Titulación y formación. (Máximo 5 puntos):
A1. Titulación:
• Grado en Trabajo Social o en Educación Social: 1,5 puntos.
• Por el título de Director de Actividades en el Tiempo Libre: 1 punto.
• Por el titulo de Monitor de Actividades en el Tiempo Libre: 0,50 puntos. A2. Formación:
—Diferentes procesos formativos que tengan relación con los siguientes
aspectos que conforman las funciones específicas de este puesto de trabajo (información juvenil, planes locales de juventud, dinamización rural, partici- pación social, idiomas, prevención de riesgos laborales, fomento del deporte y gestión de servicios comarcales):
• De 20 a 50 horas acumulativas: 0,10 puntos.
• De 51 a 100 horas acumulativas: 0,20 puntos.
• De 101 a 150 horas acumulativas: 0,30 puntos.
• Más de 151 horas acumulativas: 0,40 puntos.
En estos apartados se valorarán todos los cursos, seminarios, etc., que hayan realizado los aspirantes en calidad de participantes, siempre que hayan sido impartidos por Administraciones Públicas o entidades particulares reco- nocidas u homologadas al efecto por cualquier Administración Pública. Para este último caso los aspirantes deberán aportar, junto al curso, seminario, etc., documento acreditativo de dicho reconocimiento.
No serán valorados aquellos cursos, seminarios, etc., en los que no se haga constar la duración en horas de los mismos, o en los que dicho extremo figure fuera de la certificación y no conste en dicho añadido firma y sello de la Administración Pública correspondiente que de fe de la duración en horas.
Las acreditaciones de los cursos deberán estar en castellano o traducidas por la propia institución que acredite.
B) Experiencia profesional. (Máximo 5 puntos):
1. En servicios prestados en el Área de Juventud de cualquier Administra- ción Pública como monitor o técnico o figura similar:
• Por cada mes completo: 0,20 puntos.
2. En servicios prestados en cualquier entidad privada como monitor o técnico de juventud o figura similar:
• Por cada mes completo: 0,10 puntos.
Los servicios prestados a tiempo parcial se reducirán proporcionalmente.
La experiencia profesional se acreditará mediante la presentación de la vida laboral y los contratos respectivos.
2) Fase de oposición. (Máximo 10 puntos):
La fase de oposición comprenderá la realización por escrito de un cues- tionario tipo test con un máximo de treinta preguntas, a razón de 0,33 por pregunta acertada, con una única respuesta correcta por pregunta, descon- tándose una respuesta correcta por cada tres respuestas erróneas (0,11 por
cada respuesta errónea) y no puntuándose las no contestadas, en un tiempo máximo de cuarenta y cinco minutos, sobre el siguiente temario:
1. La Constitución española de 1978.
2. Decreto legislativo 1/2006, de 27 de diciembre, del Gobierno de Ara- gón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Comarcalización xx Xxxxxx. La Comarca Xxxxxx Baja del Ebro.
3. Ley 6/2015, de 25 xx xxxxx, de Juventud xx Xxxxxx.
4. Decreto 68/1997, de 13 xx xxxx, normativa sobre condiciones xx xxx- lización de determinadas actividades juveniles de tiempo libre en Aragón.
5. Instituto Aragonés de la Juventud. Ejes estratégicos y objetivos. Ac- ciones en el territorio.
6. Información joven: Sistema Aragonés de Información Joven. Puntos de Información Joven. Antenas Informativas.
7. Programa europeo Erasmus +. Acción clave 1- Movilidad de las perso- nas por motivos de aprendizaje.
8. La dinamización juvenil: Objetivos, funciones, estrategias.
9. Planes, programas y proyectos de juventud: Diseño, ejecución y evaluación.
10. Asociacionismo y participación juvenil. Constitución y funciona- miento de las asociaciones.
El resultado final del concurso-oposición se obtendrá sumando la puntua- ción de la fase de oposición y de la fase de concurso.
En aquellos casos en los que varios aspirantes hayan obtenido el total máximo de puntuación, se volverá a revisar la documentación de la fase de concurso, sin tener en cuenta lo límites máximos establecidos en cada apar- tado, realizando la selección por orden de puntuación total obtenida. En caso de permanecer el empate, se procederá a sorteo.
Séptima. — Propuesta de contratación.
Concluidas las pruebas, el tribunal publicará la relación de aspirantes por orden de puntuación en los tablones de anuncios de la sede física y de la sede electrónica de la Comarca, en:
xxxx://xxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/?xxXxxXXxXX0XxxXxXxxX0xXx.
Seguidamente el tribunal elevará su propuesta de adjudicación de la plaza convocada, haciendo concreta referencia al/la aspirante seleccionado, dirigi- do a la Presidencia, que acordará su contratación laboral, debiendo incluir una relación complementaria que generará una bolsa para la cobertura de posibles necesidades temporales de personal, en el mismo régimen y cate- goría, con los aspirantes que hubiesen superado todas las pruebas sin haber obtenido plaza, de acuerdo con la puntuación obtenida, teniendo validez di- cha bolsa un máximo de dos años o, transcurrido dicho período, hasta la convocatoria de nuevas pruebas selectivas en el mismo régimen y categoría.
Octava. — Normas de funcionamiento de la bolsa:
1. El orden de prelación de la bolsa se mantendrá durante un período de vigencia de dos años, si bien transcurrido dicho período este podrá prorro- garse hasta la convocatoria de nuevas pruebas selectivas, de forma que al finalizar cada una de las correspondientes contrataciones se seguirá el mismo orden de llamada para nuevos contratos.
2. La bolsa de trabajo se usará siempre teniendo en cuenta la puntuación obtenida, de modo que se llamará a los aspirantes capacitados para desempe- ñar la plaza concreta que se pretende cubrir, en orden a la puntuación obteni- da en el presento proceso de selección de concurso-oposición.
3. Los aspirantes a los que se oferten trabajos temporales deberán mani- festar su opción a la mayor brevedad. El plazo de respuesta será en función de la urgencia de cobertura de la plaza, plazo que se fijará en el momento de la llamada y en función de la urgencia de cada caso.
4. Penalizaciones. Cuando un aspirante renuncie a la oferta de un contrato o nombramiento interino se le penalizará con seis meses de exclusión, salvo en los siguientes supuestos:
a) Encontrarse prestando servicios en otra entidad, ya sea Administración Pública o entidad privada, para lo cual deberá aportar justificante en el plazo de cinco días hábiles a contestar desde la comunicación de la oferta. Esta penalización finalizará, en todo caso, a la fecha de fin del contrato que se encontraba prestando, sin que ello comporte la modificación del contrato previamente formalizado por la Comarca Xxxxxx Baja del Ebro.
b) Encontrarse en situación de enfermedad que impida el desempeño del puesto de trabajo, debiendo justificarse mediante informe médico o parte de baja en el plazo de cinco días hábiles.
c) Haber aceptado otra oferta de trabajo, como mejora de empleo, en otra Administración Pública o entidad privada, debiendo acreditarse en el plazo de cinco días hábiles a contestar desde la comunicación de la oferta, y entendiéndose que el plazo de justificación comienza a partir del inicio de la nueva relación laboral.
d) Estar realizando cursos de formación relacionados con el puesto de trabajo a desempeñar, presentando documentación acreditativa en el plazo de cinco días hábiles a partir de la oferta de trabajo.
El incumplimiento de los plazos previstos en los apartados a), b), c) y
d) implica la aplicación del sistema de penalizaciones. Pudiendo estudiarse otros casos de fuerza mayor debidamente justificados no previstos en los apartados anteriores al objeto de no aplicar el sistema de penalizaciones.
Novena. — Presentación de documentos y contratación.
La resolución de contratación será adoptada por la Presidencia de la Co- marca en favor del/la aspirante propuesto por el tribunal.
El/ la aspirante aprobado/a presentará en la Secretaría de la Comarca los documentos acreditativos de las condiciones exigidas en la convocatoria, dentro del plazo de cinco días hábiles desde la publicación de la lista defini- tiva de aprobados.
Si no presenta la documentación en el plazo indicado, salvo los casos de fuerza mayor, o si no reúne los requisitos exigidos en estas bases, no podrá ser contratado/a y quedará anuladas y sin efecto todas sus actuaciones anteriores, sin perjuicio de las responsabilidades en que haya podido incurrir por falsedad en la documentación presentada para tomar parte en las pruebas selectivas.
Además deberá presentar, a la hora de formalizar la contratación, un cer- tificado procedente del Registro Central de Delincuentes Sexuales que indi- que que sobre su persona no consta información penal, tal y como dispone la legislación española para poder ejercer profesiones, oficios u otras activida- des que impliquen un contacto habitual con menores de edad.
La formalización del contrato laboral de interinidad se extenderá hasta el momento en que el titular de la mencionada plaza de técnico auxiliar de ju- ventud de esta Comarca solicite la reincorporación a su puesto tras concluir su actual situación de excedencia.
Décima. — Legislación aplicable.
La convocatoria se regirá por lo dispuesto en estas bases, y en su defecto por lo dispuesto por la Ley 7/2007, de 12 xx xxxxx, del Estatuto Básico del Empleado Público, así como por lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, reguladora de las Bases de Régimen Local, y sus modificaciones, y la Ley 7/1999, de 9 xx xxxxx, de Administración Local xx Xxxxxx; el Real Decreto 364/1995, de 10 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; el Real Decreto 896/1991, de 7 xx xxxxx, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local, y legislación concordante.
Undécima. — Recursos.
Estas bases y cuantos actos administrativos se deriven de las mismas y de la actuación del tribunal podrán ser impugnados por lo/as interesado/as en los casos y en la forma establecida en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
Xxxxxx, a 20 de octubre de 2016. — La presidenta, Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx.
ANEXO
Modelo de solicitud
Don ……, con DNI núm. ……, con domicilio en ……, teléfonos ……
Expone:
Que está interesado/a en participar en el proceso selectivo para la pro- visión en régimen de contratación laboral de interinidad de una plaza de técnico auxiliar de juventud a jornada completa de la Comarca Xxxxxx Baja del Ebro.
Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en la convocatoria. Que acompaña a esta instancia el currículum vítae, la fotocopia del docu- mento nacional de identidad, la fotocopia del titulo acreditativo de la titula- ción exigida, la fotocopia del carné de conducir y la fotocopia de todos los méritos de formación y profesionales que deban ser valorados, presentando
todos los documentos debidamente compulsados.
Que en vista de lo que ha expuesto,
Solicita:
Ser admitido/a como aspirante en el citado procedimiento selectivo. En Quinto, a ……, de …… de 2016.
Fdo.: …….
Sra. presidenta de la Comarca Xxxxxx Baja del Ebro.
Sus datos personales pasarán a formar parte de ficheros responsabilidad de La Comarca Xxxxxx Baja del Ebro. Estos ficheros se utilizan para la ges- tión del proceso selectivo de acuerdo con las bases del mismo, así como la posterior gestión de la bolsa de empleo, si la hubiere. Los datos de nombre y apellidos, DNI y calificación parcial o final podrán ser expuestos para dar pu- blicidad al proceso de selección en los tablones de anuncios de la sede física y de la sede electrónica de la Comarca, en: xxxx://xxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx. es/?x= DwtEGkRH3JcxKqUvpI6xNw de acuerdo con la normativa vigente. Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición podrán ser ejercitados mediante escrito acompañado de fotocopia del DNI dirigido a la Comarca Xxxxxx Baja del Ebro, xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, 00, 00000 Xxxxxx (Xxxxxxxx).
COMARCA XX XXXXXXXX Y EL XXXXXXX Núm. 9.702
Mediante resolución núm. 2016-0303, de fecha 26 de octubre de 2016, se han aprobado por la Presidencia de esta Comarca las liquidaciones y el padrón-lista cobratoria de los recibos relativos a la tasa por la prestación del servicio de ayuda domiciliaria correspondientes al mes de septiembre del ejercicio 2016. Dicha documentación se encuentra a disposición de los interesados en las oficinas generales de la Comarca.
Contra dicha resolución cabe la interposición del recurso de reposición regulado en el artículo 14 del texto refundido de la Ley de las Haciendas Lo- cales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, dentro del plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la finalización del período de exposición pública xxx xxxxxx-lista cobratoria de obligados al pago. Contra su resolución podrán los interesados interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo regulados en la ley de tal orden jurisdiccional. De conformidad con cuanto disponen la Ley Ge- neral Tributaria y el Reglamento General de Recaudación, se hace pública la apertura del período de cobranza, con los siguientes plazos y formas de pago:
Plazos de pago
a) Período voluntario: Desde el 16 de septiembre hasta el 16 de noviem- bre de 2016.
b) Período ejecutivo: Vencido el período voluntario de pago sin que resul- te satisfecha la deuda se iniciará automáticamente el período ejecutivo de co- bro, con devengo de los recargos de los intereses de demora correspondientes y de las costas, en su caso. Una vez efectuado el ingreso, será diligenciado el “recibí” de la carta de pago.
Lugares de pago
a) Oficinas generales de la Comarca (sita en xxxxxxx xx xx Xxx, 0, xxxxxx 0, xxxxx 0), de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas.
b) En las oficinas de Ibercaja y de Caja de Ahorros de la Xxxxxxxxxx (CAI). Xxxxxxxx, a 26 de octubre de 2016. — El presidente, Xxxxxxx Xxx Xxxxx.
EJEA DE LOS CABALLEROS Núm. 9.547
Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxx ha solicitado licencia ambiental de actividades clasificadas para explotación porcina de cebo en la parcela 20.045 xxx xxxx- gono 105, de El Sabinar, en Ejea de los Caballeros.
Lo que se hace público, en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 77 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental xx Xxxxxx, se abre información pública, a fin de que quienes se consideren afectados de algún modo por la actividad que se pretende realizar puedan for- mular por escrito, que presentarán en el Registro General de este Ayuntamien- to, las observaciones pertinentes durante el plazo de quince días hábiles.
Ejea de los Caballeros, 18 de octubre de 2016. — La alcaldesa, Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx.
EL XXXXX XX XXXX Núm. 9.511
Aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada con fecha de 20 de octubre de 2016, el proyecto técnico básico y de ejecu- ción redactado por el señor arquitecto don Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx para ejecución de las obras de construcción de un centro de usos múltiples en la calle Xxxxxx, sin número, de esta localidad, así como su respectiva adenda, se somete en cumplimiento de cuanto dispone el artículo 345.1 del Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Ara- gón, el expediente instruido a trámite de información pública por un plazo de quince días, contados desde el día siguiente al de la inserción del presente anuncio en el BOPZ, a fin de que quienes se estimen interesados en el mismo puedan presentar cuantas alegaciones, sugerencias u observaciones puedan considerar convenientes.
El Xxxxx xx Xxxx, a 21 de octubre de 2016. — El alcalde, Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxx.
EL XXXXX XX XXXX Núm. 9.658
Solicitada por Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, con DNI núm. 00.000.000-H, y con domicilio a efectos de notificación en la xxxxx Xxxxx x Xxxxx, 000, 0.x X, xx Xx Xxxxx xx Xxxx (Xxxxxxxx), la regularización jurídico-administrativa de una explotación de ganado ovino, que viene desarrollando en las parcelas 619 y 774 del polígono 4 del catastro topográfico parcelario, según el pro- yecto técnico presentado al efecto, en cumplimiento de cuanto dispone el artículo 65,2 de la Ley 7/2006, de 22 xx xxxxx, de Protección Ambiental xx Xxxxxx, se procede a abrir período de información pública por término de quince días, contados desde la inserción del presente anuncio en el BOPZ, para que quienes se vean afectados de algún modo por dicha actividad pre- senten las observaciones que consideren pertinentes.
El expediente objeto de esta información se encuentra depositado en las oficinas municipales, pudiéndose consultar en las mismas durante horario de oficina
El Xxxxx xx Xxxx, a 24 de octubre de 2016. — El alcalde, Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxx.
EL FRASNO Núm. 9.564
Publicado en el BOPZ núm. 179, de 5 xx xxxxxx de 2016, el acuerdo de aprobación del Ayuntamiento Pleno de la Ordenanza indicada, y no habién- dose formulado reclamación alguna, se procede a la publicación íntegra.
Ordenanza de administración electrónica y reguladora de creación y funcionamiento del Registro Electrónico auxiliar
del Ayuntamiento de El Frasno
CAPÍTULO 1
Objeto y ámbito de aplicación
Art. 1.º Objeto.
La presente Ordenanza tiene por objeto la regulación de los aspectos electrónicos de la Administración municipal, la creación y determinación del régimen jurídico propio de la sede electrónica, del Registro Electrónico y de la gestión electrónica administrativa, haciendo efectivo el derecho de los ciudadanos al acceso electrónico a los servicios públicos municipales.
Art. 2.º Ámbito de aplicación.
Esta Ordenanza será de aplicación al Ayuntamiento de El Frasno y a los vecinos en sus relaciones con la Administración municipal.
CAPÍTULO 2
Sistemas de identificación y autenticación
Art. 3.º Sistemas de identificación y autenticación.
Los sistemas de identificación y autenticación serán los establecidos en el capítulo II de la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos. En este sentido, los ciudadanos inte- resados en realizar la presentación de solicitudes en el Registro Electrónico podrán utilizar alguno de los sistemas de identificación electrónica:
a) En todo caso, el DNI electrónico.
b) Sistemas de firma electrónica avanzada basados en certificados elec- trónicos reconocidos. El Ayuntamiento admitirá todos los certificados reco- nocidos incluidos en la siguiente lista de confianza:
—FMNT-CERES (Fabrica Nacional de Moneda y Timbre).
—AC CARMEFIRMA. Certificado digital.
—ANCERT (Agencia Notarial de certificación).
—ACA (Autoridad de Certificación de la Abogacía).
CAPÍTULO 3
Sede electrónica
Art. 4.º Sede electrónica.
Se crea la sede electrónica del Ayuntamiento, disponible en la dirección web: xxx.xxxxxxxx.xx.
Corresponde al Ayuntamiento de El Frasno su titularidad, gestión y admi- nistración, pudiendo encargar la gestión y administración a otras entidades, públicas o privadas, mediante el oportuno instrumento jurídico.
La sede electrónica deberá ser accesible a los ciudadanos todos los días del año, durante las veinticuatro horas del día. Solo cuando concurran xxxx- nes justificadas de mantenimiento técnico u operativo podrá interrumpirse, por el tiempo imprescindible, la accesibilidad a la misma. La interrupción deberá anunciarse en la propia sede siempre y cuando resulte posible. En supuestos de interrupción no planificada en el funcionamiento de la sede, y siempre que sea factible, el usuario visualizará un mensaje en que se co- munique tal circunstancia. En este caso, la presentación de documentación tendrá que realizarse en otro momento o utilizando los medios admitidos legalmente. El Ayuntamiento de El Frasno, al ser un municipio de menos de 500 habitantes, y al carecer en su plantilla de personal de técnico en infor- mática, no se puede hacer responsable, en ningún caso, de la interrupción del servicio del Registro Electrónico —que tiene siempre carácter de auxiliar— por causas técnicas, operativas, u otras cualesquiera que sea su naturaleza. La sede electrónica se sujeta a los principios de publicidad oficial, res-
ponsabilidad, calidad, seguridad, disponibilidad, accesibilidad, neutralidad.
Art. 5.º Catálogo de procedimientos.
Tal y como establece la disposición final tercera de la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, los derechos reconocidos en el artículo 6 de esta Ley podrán ser ejercidos en relación con los procedimientos y actuaciones adaptados a ella. A estos efectos, el Ayuntamiento de El Frasno hará público y mantendrá actualizado el catálogo de procedimientos y actuaciones en la sede electrónica.
Catalogo de procedimientos o tramites del Ayuntamiento de El Frasno.
1. Registro de documentos dirigidos al Ayuntamiento de El Frasno, den- tro del horario establecido en la presente ordenanza.
2. Solicitud de certificados empadronamiento.
3. Quejas y Reclamaciones, dirigidos a los concejales según sus delegaciones.
4. Buzón de Sugerencias Barrios Rurales: Inoges, Aluenda, y Pietas.
5. Oficina Virtual de la Sra. Alcaldesa de Atención vecinal/ciudadana.
6. Petición de información y licencias de naturaleza urbanísticas. Art. 6.º Contenido de la sede electrónica.
La sede electrónica tendrá el contenido marcado en la legislación aplica- ble, debiendo figurar en todo caso:
a) La identificación de la sede, así como del órgano u órganos titulares y de los responsables de la gestión y de los servicios puestos a disposición de los vecinos en la misma.
b) La información necesaria para la correcta utilización de la sede, inclu- yendo el mapa de la sede electrónica o información equivalente, con especi- ficación de la estructura de navegación y las distintas secciones disponibles.
c) El sistema de verificación de los certificados de la sede y de los sellos electrónicos.
d) Un acceso a la sede de Registro Electrónico
e) La información relacionada con la protección de datos de carácter per- sonal.
f) El Inventario de información administrativa y la relación de los me- dios electrónicos a los que se refiere el artículo 27.4 de la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos Municipales.
f) Un enlace para la formulación de sugerencias y quejas ante los órganos que en cada caso resulten competentes.
g) La indicación de la fecha y hora oficial.
h) El calendario de días hábiles e inhábiles a efectos del cómputo de plazos.
i) El horario y días abiertos del Registro electrónico. Art. 7.º Tablón de edictos electrónico.
La publicación en el tablón de edictos de la sede electrónica tendrá ca- rácter complementario y auxiliar a la publicación en el tablón de anuncios municipal, sin perjuicio de que pueda ser sustituida por dicha publicación electrónica en los casos en que así se determine.
Art. 8.º Publicidad activa.
El Ayuntamiento publicará, atendiendo a su escasa capacidad en medios personales, de forma periódica (como mínimo cada 6 meses y en todo caso cada 12 meses), actualizada la información cuyo conocimiento sea relevante para garantizar la transparencia de su actividad y de la actuación pública, todo ello de conformidad con la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transpa- rencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
En este sentido, el Ayuntamiento de El Frasno publicará:
—Información institucional, organizativa y de participación vecinal.
—Información de relevancia jurídica. Ordenanzas fiscales.
—Información presupuestaria: Resúmenes generales por capítulos de gastos e ingresos.
El Ayuntamiento de El Frasno podrá cuando así lo permitan sus recursos ir ampliando la información.
Art. 9.º Perfil de contratante.
Desde la sede electrónica se podrá acceder al perfil de contratante del Ayuntamiento, siempre cuando las circunstancias lo permitan, cuyo conteni- do se ajustará a lo dispuesto en la normativa de contratación.
CAPÍTULO 4
Registro electrónico
Art. 10. Creación y funcionamiento del Registro Electrónico.
Mediante esta Ordenanza se crea el Registro Electrónico del Ayuntamien- to determina el régimen de funcionamiento y se establecen los requisitos y condiciones que habrán de observarse en la presentación y remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones que se transmitan por medios electró- nicos. Su uso es voluntario.
El funcionamiento del Registro Electrónico se rige por lo establecido en la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos; por la presente Ordenanza, y, en lo no previsto por estos, por la normativa de Derecho Administrativo que le sea de aplicación. Art. 11. Naturaleza eficacia y ámbito de aplicación del Registro Elec-
trónico.
El Registro Electrónico del Ayuntamiento se integra en el Registro Gene- ral, garantizándose la interconexión con este. Tiene carácter auxiliar respecto al Registro General del Ayuntamiento de El Frasno.
La presentación de solicitudes, escritos y/o comunicaciones en el Regis- tro Electrónico tendrá los mismos efectos que la presentación efectuada en el Registro físico del órgano administrativo al que se dirijan.
Art. 12. Funciones del Registro Electrónico.
El Registro Auxiliar Electrónico del Ayuntamiento cumplirá sus funcio- nes teniendo en cuenta que determinadas previsiones legales retrasaran su efectividad mas allá del plazo establecido en la disposición final séptima de la Ley 39/2015, posiblemente en atención a que estas previsiones exigen además adaptaciones estructurales de las Administraciones publicas y puesta en marcha de aplicaciones informáticas.
Se mantienen en vigor hasta el 2 de octubre de 2018, los preceptos actual- mente vigentes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, y del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre.
• Funciones:
a) La recepción de escritos, solicitudes y comunicaciones, así como la anotación de su asiento de entrada solo aquellos que tenga que conocer y resolver el Ayuntamientos de El Frasno, en virtud de sus competencias reco- gidas en la Ley y recogidas en la presente ordenanza.
b) La expedición de recibos electrónicos acreditativos de la presentación de dichos escritos, solicitudes y comunicaciones.
c) La remisión de comunicaciones y notificaciones electrónicas, así como la anotación de su asiento de salida, con los requisitos establecidos en la presente Ordenanza.
En todo caso, a través del Registro auxiliar Electrónico se podrán realizar los siguientes tramites.
1. Solicitud de certificado de empadronamiento o volante.
2. Solicitud de licencias: de obras o declaración responsable, información urbanística, licencias urbanísticas, de actividad.
3. Solicitud de autorizaciones en general y de distinta naturaleza, siempre y cuando sean de competencia municipal de El Frasno y versen, sobre los si- guientes servicios públicos: sobre alumbrado público, cementerio, recogida de residuos, limpieza viaria, abastecimiento domiciliario de agua potable, alcanta- rillado, acceso a los núcleos de población, pavimentación de las vías públicas.
Art. 13. Responsable del Registro Electrónico.
La responsabilidad de la gestión de este Registro auxiliar Electrónico corresponderá al Ayuntamiento de El Frasno.
Art. 14. Acceso al Registro Electrónico.
El acceso al Registro Electrónico se realizará a través de la sede elec- trónica de este Ayuntamiento ubicada en la siguiente dirección URL: www. xxxxxxxx.xx.
Horario de Acceso: de lunes x Xxxxxxx, de 14:00 a 18:00 horas. Art. 15. Presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones.
El Registro Electrónico estará habilitado únicamente para la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones respecto de los trámites y proce- dimientos que se relacionen en la sede electrónica, atendiendo al articulo 12 de la presente ordenanza. Los demás escritos carecerán de efectos jurídicos y no se tendrán por presentados, no será obligatorio para el Ayuntamiento de El Frasno de comunicar esta hecho; no obstante, dentro de lo posible se informara al peticionario de que su escrito no se tiene por presentado.
El Registro Electrónico permitirá la presentación de solicitudes, escritos y
comunicaciones todos los días del año, salvo los días declarados festivos por la Administración de Estado, de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, fiestas locales y domingos, o bien que por motivos técnicos u otros debidamente mo- tivados no sea posible la presentación. El horario de presentación será de 14:00 a 18:00, de lunes a sábado. Podrá suspenderse, por un plazo ininterrumpido no superior a treinta y dos días hábiles, el servicio de Registro Auxiliar Electróni- co, si el Ayuntamiento de El Frasno así lo considera oportuno.
El Registro Electrónico se regirá por la fecha y hora oficial de la sede
electrónica.
El Registro Electrónico generará automáticamente un recibo de la pre- sentación realizada, en formato pdf y mediante alguno de los sistemas de identificación admitidos, que deberá contener fecha y hora de presentación, número de entrada del registro y relación de los documentos adjuntos al formulario de presentación. La falta de emisión del recibo acreditativo de la entrega equivaldrá a la no recepción del documento.
Art. 16. Rechazo de solicitudes, escritos y comunicaciones.
La Administración Municipal podrá rechazar aquellos documentos elec- trónicos que se presenten en las siguientes circunstancias:
a) Que contengan código malicioso o un dispositivo susceptible de afec- tar a la integridad o la seguridad del sistema.
b) En el caso de utilización de documentos normalizados, cuando no se cumplimenten los campos requeridos como obligatorios o cuando tenga in- congruencias u omisiones que impidan su tratamiento.
c) En el caso que la presentación no se haga directamente por el interesado.
d) Que se trate de documentos sobre temas o asuntos fuera del ámbito competencial municipal de El Frasno o esté delegada en otra Administración Pública Los documentos adjuntos a los escritos y comunicaciones presenta- das en el Registro Electrónico deberán ser legibles y no defectuosos.
Art. 17. Cómputo de los plazos.
El Registro Electrónico se regirá, a efectos de cómputo de plazos, vincu- lantes tanto para los interesados como para las Administraciones Públicas, por la fecha y la hora oficial de la sede electrónica, que contará con las me- didas de seguridad necesarias para garantizar su integridad y figurar visible. Hay que tener en cuenta, sin embargo, que los plazos de tramitación vie- nen determinados por las fechas establecidas en la normativa, convocatoria,
etc., del trámite que se está realizando.
A los efectos de cómputo de plazo fijado en días hábiles o naturales, y en lo que se refiere a cumplimiento de plazos por los interesados, habrá que estar a lo siguiente:
—La entrada de solicitudes, escritos y/o comunicaciones recibidas en días inhábiles o declarados festivos se entenderán efectuadas en la primera hora del primer día hábil siguiente. Para ello, en el asiento de entrada se inscribirán como fecha y hora de la presentación aquellas en las que se pro- dujo efectivamente la recepción, constando como fecha y hora de entrada la primera hora del primer día hábil siguiente.
—La entrada de las solicitudes se entenderán recibidas en el plazo es- tablecido si se inicia la transmisión dentro del mismo día y se finaliza con éxito. A efectos de cómputo de plazos, será válida y producirá efectos jurídi- cos la fecha de entrada que se consigne en el recibo expedido por la unidad de registro.
—No se dará salida a través del Registro Electrónico a ningún escrito o comunicación en día inhábil, festivo, xxxxxxx, xxxxxxxx, o bien los días que el Registro General del Ayuntamiento de El Frasno, este cerrado por vacacio- nes del funcionario/a, es decir ambos registros en este sentido se armonizan; asimismo no se dará salida a partir de las 14:00 horas, de lunes a viernes. Y nunca se dará salida los sábados.
—Se consideran días inhábiles a efectos del Registro Electrónico de la Administración Municipal los establecidos como días festivos en el calen- xxxxx oficial de fiestas laborales del Estado, de la Comunidad Autónoma y por los de la capitalidad del municipio, fiestas patronales. A estos efectos, se podrá consultar el calendario publicado en la sede electrónica.
CAPÍTULO 5
Notificaciones electrónicas
Art. 18. Condiciones generales de las notificaciones.
Para que las notificaciones administrativas puedan llevarse a cabo a través de medios electrónicos de conformidad con el artículo 28 de la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, será preciso que el interesado haya señalado o consentido expre- samente dicho medio de notificación como preferente. No obstante, si el Ayuntamiento de El Frasno, no pudiera notificar por medios electrónicos, por causas diversas, previa advertencia al interesado notificara por los me- dios escritos.
La práctica de la notificación electrónica se realizará por comparecencia electrónica; no obstante deberá, si fuera el caso, remitir la documentación por escrito, si ello asegura mejor los derechos del ciudadano y el mejor cum- plimiento de la legalidad vigente por parte del Ayuntamiento de El Frasno.
La notificación por comparecencia electrónica consiste en el acceso por parte del interesado debidamente identificado, al contenido de la actuación administrativa correspondiente a través de la sede electrónica de la Adminis- tración Municipal.
Para que la comparecencia electrónica produzca los efectos de notifica- ción de acuerdo con el artículo 28.5 de la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, ser requerirá que reúna las siguientes condiciones:
—Con carácter previo al acceso a su contenido, el interesado deberá vi- sualizar un aviso del carácter de notificación de la actuación administrativa que tendrá dicho acceso.
—El sistema de información correspondiente dejará constancia de dicho acceso con indicación de fecha y hora, momento a partir del cual la notifica- ción se entenderá practicada a todos los efectos legales.
El sistema de notificación permitirá acreditar la fecha y hora en que se produzca la puesta a disposición del interesado del acto objeto de notifica- ción, así como la de acceso a su contenido.
Cuando, existiendo constancia de la puesta a disposición y transcurrieran diez días naturales sin que se acceda a su contenido, se entenderá que la notificación ha sido rechazada con los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi- nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y normas concordantes, salvo que de oficio o a instancia del destinatario se compruebe la imposibilidad técnica o material del acceso, en este caso en particular, toda vez que se solvente la imposibilidad técnica, se volverá a otorgar el plazo xx xxxx días.
Disposiciones adicionales
Primera. — Entrada en funcionamiento de la sede electrónica.
La sede electrónica entrará en funcionamiento según lo marcado en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y estará plenamente operativa a las cero horas y un segundo del día 1 de diciembre de 2016.
Segunda. — Entrada en funcionamiento del Registro Electrónico.
El Registro auxiliar Electrónico entrará en funcionamiento a las 14:00 horas del 1 de diciembre de 2016.
Tercera. — Seguridad.
La seguridad de las sedes y registros electrónicos, así como la del acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, se regirán por lo esta- blecido en el Esquema Nacional de Seguridad.
El Pleno del Ayuntamiento aprobará su política de seguridad con el con- tenido mínimo establecido en el artículo 11 del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
Se deberá dar publicidad en las correspondientes sedes electrónicas a las declaraciones de conformidad y a los distintivos de seguridad de los que se disponga.
Se deberá realizar una auditoria regular ordinaria al menos cada dos años o bien por falta de presupuesto, cada cuatro años. El informe de auditoria tendrá el contenido establecido en el artículo 34.5 del Esquema Nacional de Seguridad.
Cuarta. — Protección de datos.
La prestación de los servicios y las relaciones jurídicas a través de redes de telecomunicación se desarrollarán de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, y las disposiciones específicas que regulan el tratamiento automatizado de la información, la propiedad intelectual y los servicios de la sociedad de la información.
Quinta. — Habilitación de desarrollo.
Se habilita a la Alcaldía-Presidencia para que adopte las medidas organi- zativas necesarias que permitan el desarrollo de las previsiones de la presente
Ordenanza y pueda modificar los aspectos técnicos que sean convenientes por motivos de normalización, interoperabilidad o, en general, adaptación al desarrollo tecnológico. De dicha habilitación dará cuenta al Pleno xxx Xxxx- tamiento.
Sexta. — Aplicación de las previsiones contenidas en esta Ordenanza.
Las previsiones contenidas en esta Ordenanza serán de aplicación te- niendo en cuenta el estado de desarrollo de las herramientas tecnológicas del Ayuntamiento, que procurará adecuar sus aplicaciones a las soluciones disponibles en cada momento, sin perjuicio de los períodos de adaptación que sean necesarios. Cuando las mismas estén disponibles, se publicará tal circunstancia en la sede electrónica.
Séptima. — Aplicación de las previsiones contenidas en esta Ordenanza.
Las previsiones contenidas en esta Ordenanza serán de aplicación tenien- do en cuenta, en todo caso, el estado de desarrollo de las herramientas tec- nológicas del Ayuntamiento El Frasno, la población del mismo y los medios económicos y el personal al servicio del mismo. El Ayuntamiento procurará adecuar sus aplicaciones a las soluciones disponibles en cada momento, sin perjuicio de los períodos de adaptación que sean necesarios para la bue- na aplicación de la presente Ordenanza. En este período de adaptación el Ayuntamiento de El Frasno, actuando de buena fe, no se responsabiliza que la tanto la Sede Electronica como el Registro Auxiliar funcionen en toda la amplitud recogida en la Ley.
Disposición final. — Entrada en vigor
La presente Ordenanza, cuya redacción definitiva ha sido aprobada por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada en fecha 30 xx xxxx de 2016, se publicará en el BOPZ y no entrará en vigor hasta que se haya publicado completamente su texto y haya transcurrido el plazo previsto en el artículo
65.2 de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, reguladora de las Bases del Régimen Lo- cal, permaneciendo vigente hasta su modificación o derogación expresa. La presente ordenanza entra en vigor al día siguiente de su publicación. La sede electrónica, según lo establecido en la Ley 39/2015, estará en la web partir del 2 de octubre de 2016, estando plenamente operativa a 1 de diciembre de 2016, así como el Registro Electrónico auxiliar, durante este tiempo tanto la Sede, como el Registro Auxiliar y como la propia ordenanza podrán sufrir modificaciones, con los requisitos legales que ello implica, a fin de adaptarse a los derechos y necesidades de los vecinos y ciudadanos.
El Frasno, a 30 de septiembre de 2016. — La alcaldesa, Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx.
XXXXXXX DE LOS NAVARROS Núm. 9.566
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del artículo 177.2, del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haber- se presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo de Pleno de fecha 29 de julio de 2016 sobre el expediente de modificación de créditos número 4/2016 del presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito, en vista de lo cual y de conformidad con el artículo 169.3, por remisión del artículo 177.2, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 xx xxxxx, se procede a la publicación de dicha modificación de créditos, resumida por capítulos.
Aumen | to de Gastos | |||||
Modificación | Org. | Prog. | Eco. | Vinc. | Denominación | Importe |
Suplemento de Crédito | 1500 | 35700 | 1.3 | Ejecución de avales Total Aumento | 93000,00 93.000,00 |
Para financiar la modificación de créditos se cuenta con los siguientes recursos:
Aumento de Ingresos | ||||
Modificación | Org. | Eco. | Denominación | Importe |
Aumento Previsiones Iniciales | 11200 | Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana y Rústica Total Aumento | 93.000,00 93.000,00 |
Contra la aprobación definitiva de la modificación presupuestaria podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establece la normativa vigente, según lo dispuesto en el artículo 171, en relación con los artículos 177 y 179, del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Xxxxxxx xx xxx Xxxxxxxx, a 21 de octubre de 2016. — El alcalde, Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx.
L É C E R A Núm. 9.531
Con fecha de 3 de octubre de 2016 se formalizó del contrato de obras correspondiente a la obra de pavimentación de los viales de la xxxxx Xxxxx
J. Sénder y prolongación de la calle Dula, de Lécera, lo que se publica en cumplimiento de lo establecido en el artículo 154.1 del Real Decreto legisla- tivo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público
1. Entidad adjudicadora:
a) Organismo: Ayuntamiento de Lécera.
b) Dependencia donde se tramita el expediente: Secretaría.
2. Objeto del contrato: Pavimentación de los viales de la xxxxx Xxxxx X. Sénder y prolongación de la calle Dula, de Lécera.
a) Tipo de contrato: Obras.
Descripción del objeto: Pavimentación de los viales de la xxxxx Xxxxx X. Sénder y prolongación de la calle Dula, de Lécera.
b) Lugar de ejecución: Lécera.
c) Plazo de ejecución: Dos meses.
3. Tramitación y procedimiento:
a) Procedimiento: Contrato menor.
b) Criterios adjudicación: Precio más bajo.
4. Precio del contrato: Precio, 31.901,46 euros y 6.699,31 euros de IVA.
5. Adjudicatario:
a) Fecha de adjudicación: 15 de septiembre del 2016.
b) Contratista: Construcciones Bamar 2009, S.L.
c) Importe adjudicación: 31.900,00 euros y 6.699,00 euros de IVA.
d) Fecha formalización contrato: 3 de octubre del 2016.
Lécera, a 20 de octubre de 2016. — La alcaldesa, Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx.
L É C E R A Núm. 9.532
Con fecha de 20 de octubre de 2016 se formalizó del contrato de obras correspondiente a la obra de renovación de red de alumbrado público en camino del Cementerio y camino de la La Loma, de Lécera, lo que se publi- ca en cumplimiento de lo establecido en el artículo 154.1 del Real Decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refun- dido de la Ley de Contratos del Sector Público
1. Entidad adjudicadora:
a) Organismo: Ayuntamiento de Lécera.
b) Dependencia donde se tramita el expediente: Secretaría.
2. Objeto del contrato: Renovación de red de alumbrado público en cami- no del Cementerio y camino de la La Loma.
a) Tipo de contrato: Obras.
Descripción del objeto: Renovación de red de alumbrado público en ca- xxxx del Cementerio y camino de la La Loma.
b) Lugar de ejecución: Lécera.
c) Plazo de ejecución: Hasta el 9 de diciembre de 2016.
3. Tramitación y procedimiento:
a) Procedimiento: Contrato menor.
b) Criterios adjudicación: Precio más bajo.
4. Precio del contrato: Precio, 24.057,46 euros y 5.052,27 euros de IVA.
5. Adjudicatario:
a) Fecha de adjudicación: 17 de octubre del 2016.
b) Contratista: Xxxxxx B, S.L.
c) Importe adjudicación: 13.263 euros y 2.785,23 euros de IVA.
d) Fecha formalización contrato: 20 de octubre de 2016.
Lécera, a 21 de octubre de 2016. — La alcaldesa, Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx.
L E C I Ñ E N A Núm. 9.548
Por resolución de esta Alcaldía de fecha 5 de octubre de 2016 se adjudicó el contrato de obras consistentes en primera separata del proyecto de ejecu- ción de impermeabilización, tratamiento naturalista y desagüe de la balsa de Zuera en Leciñena, lo que se publica a los efectos del artículo 154 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
1. Entidad adjudicadora:
a) Organismo: Ayuntamiento xx Xxxxxxxx.
b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría.
c) Número de expediente: 226/2016.
d) Dirección de Internet del perfil del contratante: xxx.xxx.xx.
2. Objeto del contrato:
a) Tipo: Obras.
b) Descripción: Primera separata del proyecto de ejecución de imper- meabilización, tratamiento naturalista y desagüe de la balsa de Zuera, en Leciñena
c) CPV (referencia de nomenclatura): 45261420-4.
3. Tramitación y procedimiento:
a) Tramitación: Ordinaria.
b) Procedimiento: Negociado sin publicidad.
4. Valor estimado del contrato: 66.113,23 euros, excluido IVA.
5. Presupuesto base de licitación: Importe neto: 66.113,23 euros. Importe total: 79.997,01 euros. IVA incluido.
6. Formalización del contrato:
a) Fecha de adjudicación: 5 de octubre de 2016.
b) Fecha de formalización del contrato: 11 de octubre de 2016.
c) Contratista: Lecitech Innovación, S.L.
d) Importe o canon de adjudicación: Xxxxxxx xxxx, 57.000 euros y 11.970 euros de IVA. Importe total: 68.970 euros.
e) Ventajas de la oferta adjudicataria: La más ventajosa económicamente, de las dos presentadas.
Leciñena, a 18 de octubre de 2016. — El alcalde-presidente, Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx.
M A E L L A Núm. 9.549
Mediante acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento adoptado en sesión celebrada el día 29 de septiembre de 2016 se aprobó definitivamente el pro- yecto de reparcelación del sector de suelo urbanizable del polígono industrial La Plana (segunda fase), lo que se publica a los efectos de lo establecido en la disposición adicional quinta del texto refundido de la Ley de Urbanismo xx Xxxxxx, aprobado por Decreto legislativo 1/2014, de 8 de julio.
«5.ª Proyecto de reparcelación del sector de suelo urbanizable del polígo- no industrial La Plana (segunda fase): aprobación definitiva.
Visto que con fecha 28 xx xxxxx de 2016 tuvo entrada en este Ayuntamien- to la propuesta de reparcelación voluntaria del sector de suelo urbanizable (segunda fase) del polígono industrial La Plana, formulada por Guimerá Se- lect Fruits, S.L.
Visto que con fecha 18 de julio de 2016 los Servicios Técnicos Munici- pales informaron favorablemente el proyecto de reparcelación presentado por los interesados.
Visto que con fecha 25 de julio de 2016, por resolución de Alcaldía núm. 4/2016, se aprobó inicialmente el proyecto de reparcelación referenciado, que ha sido sometido a información pública y a audiencia de los interesados por plazo de un mes mediante anuncio en el tablón de anuncios del Ayunta- miento, en el BOPZ núm. 196, de 26 xx xxxxxx, y en “Xxxxxxx xx Xxxxxx” de fecha 11 xx xxxxxx de 2016.
Visto que no se presentaron alegaciones.
Realizada la tramitación legalmente establecida, y visto el informe-pro- puesta de Secretaría, y de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1
j) de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, reguladora de las Bases del Régimen Lo- cal, y los artículos 68 y 147 del texto refundido de la Ley de Urbanismo xx Xxxxxx, aprobado por Decreto legislativo 1/2014, de 8 de julio, por el señor alcalde se propone al Pleno la adopción del siguiente acuerdo:
Primero. — Aprobar definitivamente el proyecto de reparcelación que afecta al sector de suelo urbanizable de la segunda fase del polígono indus- trial La Plana.
Segundo. — Publicar el presente acuerdo en el BOPZ.
Tercero. — Notificar a los interesados el presente acuerdo, con indicación de los recursos pertinentes.
La propuesta es aprobada por mayoría, con el voto a favor de los miem- bros del Grupo Popular y del Grupo Socialista y la abstención del miembro del Grupo CHA».
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el pla- zo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, ante el Pleno de este Ayuntamiento xx Xxxxxx, de conformidad con los artículos 116 y 117 xx Xxx 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrati- vo Común, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado competente de lo Contencioso-Administrativo xx Xxxxxxxx, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Juris- dicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponerse recurso contencioso-admi- nistrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se pudiera estimar más conveniente a su derecho. Maella, a 17 de octubre de 2016. — El xxxxxxx, Xxxxx Xxxxx Xxx Xxxxxx.
XXXXX XX XXXXXX Xxx. 9.682
Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 14 de octubre de 2016 se ha aprobado el padrón de la tasa por prestación del servicio de su- ministro de agua potable, tasa de alcantarillado y tasa de basuras correspon- diente al tercer trimestre de 2016.
Xxxxx xxxxxx se expone al público por el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la publicación en el BOPZ del presente anuncio, du- rante el cual estará a disposición de los interesados en las oficinas generales del Ayuntamiento.
Contra el acuerdo de aprobación xxx xxxxxx en cuanto a la tasa por pres- tación del servicio de suministro de agua potable, tasa de alcantarillado y tasa de basura y liquidaciones incorporadas en el mismo podrá formularse recurso de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de finalización del período de exposición pública.
El plazo de ingreso en período voluntario será de dos meses a contar desde la publicación del presente anuncio en el BOPZ, pudiendo efectuarse el pago por domiciliación bancaria o transferencia bancaria.
Transcurrido el período voluntario sin que se haya efectuado el pago, se iniciará el período ejecutivo, que determina el devengo de los recargos e intereses de demora sobre el importe de la deuda no ingresada, en los siguientes
términos: En caso de que la deuda se satisfaga con anterioridad a la notifi- cación de la providencia de apremio, el recargo exigible será del 5%, y no habrán de satisfacerse intereses de demora. El recargo exigible será del 10% en caso de que, notificada la providencia de apremio, el importe de deuda no ingresada y recargo se satisfaga dentro de los plazos marcados por el artículo
62.5 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y tampoco habrán de satisfacerse en este caso intereses de demora. En último término, agotadas las dos posibilidades anteriores, procederá un recargo del 20%, con exigencia asimismo de los intereses de demora correspondientes. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 26, 28 y 161 de la citada Ley 58/2003.
Xxxxx xx Xxxxxx, a 25 de octubre de 2016. — La alcaldesa, Xxxxx del Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxx.
M O R O S Núm. 9.703
ANUNCIO de exposición al público y apertura de período de alegaciones de aprobación provisional de la modificación de las ordenanzas fiscales reguladoras de impuestos, tasas y precios públicos para el año 2017 del Ayuntamiento xx Xxxxx.
El Pleno del Ayuntamiento xx Xxxxx, en sesión ordinaria celebrada el día 20 de octubre de 2016, acordó la aprobación provisional de la modificación de las siguientes Ordenanzas fiscales reguladoras de impuestos, tasas y pre- cios públicos para el año 2017 del Ayuntamiento xx Xxxxx.
—Ordenanza fiscal núm. 4, reguladora de la tasa por prestación del servi- cio de cementerio municipal.
—Ordenanza fiscal núm. 16, reguladora de la tasa por servicios de activi- dades culturales y deportivas.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a in- formación pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOPZ, para que los interesados a que hace referencia el artículo 18 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL) puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
En la Secretaría de esta entidad local, y a los efectos de cuanto dispone el artículo 17 del TRLRHL, se halla expuesto al público el acuerdo provisional de modificación de las ordenanzas citadas:
Finalizado el período de exposición pública, la Corporación adoptará los acuerdos definitivos que procedan, resolviendo las reclamaciones que se hu- bieran presentado y aprobando la redacción definitiva de la Ordenanza, su derogación o las modificaciones a que se refiera el acuerdo provisional. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se consi- derará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Moros, a 25 de octubre de 2016. — El alcalde-presidente, Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx.
O R É S Núm. 9.662
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 212.3 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, queda expuesta al público la cuenta general del ejercicio 2015 por el plazo de quince días.
Si en este plazo y ocho días más los interesados hubieran presentado alegaciones, reclamaciones o sugerencias, la Comisión procederá a emitir un nuevo informe.
Orés, a 7 de octubre de 2016. — El alcalde, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx.
O R É S Núm. 9.663
Por medio del presente anuncio se expone al público que se van a poner al cobro el padrón correspondiente al cultivo de parcelas comunales del ejer- cicio 2013.
El plazo de cobro será el siguiente: En período voluntario, desde el día 20 de octubre hasta el 20 de noviembre de 2016, por el banco, en el caso de los recibos que estén domiciliados, para los que no estén, se podrá efectuar su pago en el Ayuntamiento desde el día 20 de octubre hasta el 30 de noviembre de 2016.
Transcurrido el período voluntario indicado sin que se haya efectuado el pago voluntario, se iniciará el período ejecutivo, que determina el devengo de un recargo del 20% del importe de la deuda no ingresada, así como los intereses de demora.
Orés, a 19 de octubre de 2016. — El alcalde, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx.
O R É S Núm. 9.664
Por medio del presente anuncio se expone al público que se van a poner al cobro el padrón correspondiente al cultivo de parcelas comunales del ejer- cicio 2014.
El plazo de cobro será el siguiente: En período voluntario, desde el día 20 de octubre hasta el 20 de noviembre de 2016, por el banco, en el caso de los recibos que estén domiciliados, para los que no estén, se podrá efectuar su pago en el Ayuntamiento desde el día 20 de octubre hasta el 30 de noviembre 2016.
Transcurrido el período voluntario indicado sin que se haya efectuado el pago voluntario, se iniciará el período ejecutivo, que determina el devengo de un recargo del 20% del importe de la deuda no ingresada, así como los intereses de demora.
Orés, a 19 de octubre de 2016. — El alcalde, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx.
P E D R O L A Núm. 9.521
El expediente número 6 de modificación presupuestaria del Ayuntamiento xx Xxxxxxx para el ejercicio 2016 queda aprobado definitivamente con fecha 20 de octubre de 2016, en vista de lo cual, de conformidad con el artículo 169 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 xx xxxxx, se procede a la publicación de dicha modificación del presupuesto resumida por capítulos.
El presupuesto de gastos ha sido aumentado de la siguiente forma:
Modificación | Prog. | Eco. | Vinc. | Denominación | Importe |
Crédito | 9200 | 61108 | 9.6 | Rehabilitación xx xxxx para almacén Camino Luceni Total Aumento | 50.000,00 |
Extraordinario | |||||
50.000,00 |
El anterior importe ha sido financiado tal y como se resume a continuación:
Modificación | Eco. | Denominación | Importe |
Aumento Previsiones Iniciales | 11600 | Impuesto sobre Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana | 19.000,00 |
Aumento Previsiones Iniciales | 32100 | Licencias urbanísticas | 1.000,00 |
Aumento Previsiones Iniciales | 32300 | Tasas por otros servicios urbanísticos (Licencias de apertura, actividades,...) | 19.000,00 |
Aumento Previsiones Iniciales | 33200 | Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial por empresas explotadoras de servicios de suministros | 11.000,00 |
Total Aumento | 50.000,00 |
Contra la aprobación definitiva de la modificación presupuestaria podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establece la normativa vigente, según lo dispuesto en el artículo 171, en relación con los artículos 177 y 179, del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Xxxxxxx, a 21 de octubre de 2016. — El xxxxxxx, Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx.
PERDIGUERA Núm. 9.666
Aprobados, por resolución de esta Alcaldía dictada con fecha 14 de octu- bre de 2016, los padrones y listas cobratorias correspondientes al canon de labor y siembra de las adjudicaciones de los lotes del monte “El Vedado”, de los roturados del monte “Asteruelas” y “El Vedado” y de las adjudicaciones de los lotes del monte “Sardilla y Guaral”, referidos todos ellos al ejercicio 2016/2017, a efectos tanto de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, Gene- ral Tributaria, como de la sumisión de los mismos a trámite de información pública, por medio del presente anuncio se exponen al público en las ofici- nas municipales y tablón municipal de edictos por el plazo de quince días hábiles, a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones tengan por convenientes.
Contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o las liquidaciones contenidas en los mismos podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía-Presidencia en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la finalización del término de exposición pública, de acuerdo con cuanto establece el artículo 14 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx.
De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los con- tribuyentes que se procederá al cobro en período voluntario del canon de labor y siembra correspondiente al ejercicio 2016/2017, en:
—Localidad: Perdiguera.
—Oficina de Recaudación: Oficinas municipales.
—Plazo de Ingreso: Del 14 de octubre al 14 de diciembre de 2016.
—Horario: 9:00 a 14:00.
Los contribuyentes que hayan recibido el aviso de pago podrán pagarlo presentando el aviso en la oficina de recaudación o en las oficinas de las siguientes entidades (entidades colaboradoras en la gestión recaudatoria del artículo 9 del Reglamento General de Recaudación).
Los contribuyentes que no hayan recibido el aviso de pago podrán pagarlo en la oficina de recaudación en el horario y plazo establecidos.
Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda se iniciará el período ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artícu- los 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio.
Perdiguera, a 20 de octubre de 2016. — La tesorera, Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxx.
SANTA XXXX XX XXXX Núm. 9.688
El Pleno de esta Corporación, en sesión ordinaria celebrada el 5 de octu- bre de 2016, aprobó inicialmente la Ordenanza de creación y funcionamiento del Registro Electrónico Municipal y la Ordenanza reguladora de la utiliza- ción de medios y técnicas electrónicas informáticas y telemáticos suscepti- bles de aplicación en los procedimientos administrativos tramitados por el Ayuntamiento de Santa Xxxx xx Xxxx.
En cumplimiento de lo establecido en el TRLHL 2/2004, de 5 xx xxxxx, se expone al público el presente acuerdo por plazo de treinta días, durante el cual los interesados podrán presentar reclamaciones. Finalizado dicho plazo, la Corporación resolverá las alegaciones presentadas; de no presentarse, el acuerdo quedará elevado a definitivo.
Santa Xxxx xx Xxxx, a 20 de octubre de 2016. — El alcalde, Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx.
X X X X X X X X Núm. 9.607
El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 28 de septiem- bre de 2016, acordó provisionalmente la modificación de la Ordenanza fiscal número 14, reguladora de los derechos y tasas por recogida de vehículos de la vía pública abandonados, estacionados abusivamente o que impidan la circulación.
Y en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 17 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de la inserción de este anuncio en el BOPZ, durante los cuales podrá examinarse y presentarse las reclamaciones que se estimen oportunas, entendiéndose aprobada definitivamente en el supuesto de que en el plazo señalado no se formulen reclamaciones, procediéndose a la publicación del texto íntegro de las mismas en el referido BOPZ.
Xxxxxxxx, a 20 de octubre de 2016. — El alcalde-presidente, Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxx.
U T E B O Núm. 9.560
RESOLUCIÓN del Ayuntamiento de Utebo (Zaragoza) por la que se hacen públicas las bases de la convocatoria para la provisión de tres puestos de trabajo no singularizados de peón de mantenimiento, mediante concurso interno (movilidad voluntaria), vacantes en la plantilla, y en la relación de puestos de trabajo correspondiente al personal funcionario de este Ayuntamiento, pertenecientes al grupo E, agrupaciones profesionales, escala de Administración especial, subescala servicios especiales, per- sonal de oficios.
La Junta de Gobierno Local, en sesión de fecha 13 de octubre de 2016, ha acordado convocar pruebas selectivas para la provisión por el sistema de con- curso interno las siguientes plazas vacantes, con sujeción a las siguientes bases:
Primera. — Objeto de la convocatoria.
Es objeto de las presentes bases y su correspondiente convocatoria la provisión de tres puestos de trabajo no singularizados de peón de manteni- miento, mediante concurso interno (movilidad voluntaria), vacantes en la plantilla y en la relación de puestos de trabajo correspondiente al personal funcionario de este Ayuntamiento, encuadrados en la escala de Administra- ción especial, subescala de servicios especiales, personal de oficios, grupo E, agrupaciones profesionales, relacionados en el anexo II que se adjunta a las presentes bases.
Segunda. — Requisitos.
Para ser admitidos, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos debiendo poseerse el día en que finalice el plazo de presentación de ins- tancias y mantenerse en el momento de la toma de posesión de los puestos objeto de la convocatoria:
a) Tener la condición de personal funcionario xx xxxxxxx del Ayuntamien- to de Utebo, peón de mantenimiento, grupo E, agrupaciones profesionales, escala de Administración especial, subescala servicios especiales, clase per- sonal de oficios, cualquiera que sea su situación administrativa, siempre que reúnan las condiciones generales exigidas y los requisitos determinados en la convocatoria en la fecha que termine el plazo de presentación de solicitudes de participación, salvo aquellos que estén suspensos, en virtud de sanción
disciplinaria o sentencia firme, que para participar deberán haber cumplido la sanción.
b) Xxxxx permanecido al menos dos años en el puesto de trabajo que constituya su actual destino con carácter definitivo.
Tercera. — Instancias.
Las personas interesadas podrán presentar instancia dirigida al señor alcal- de-presidente del Ayuntamiento de Utebo en el Registro General de la Corpo- ración (xxxxxxx xx Xxxxxxxx, 0), de 9:00 a 14:00 horas, o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dentro del plazo de quince días hábiles siguientes al de la publicación de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.
La instancia se presentará de acuerdo con el modelo de solicitud que figu-
ra como anexo I de estas bases, donde los aspirantes manifestarán que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda, así como los méritos que aleguen a los efectos del concurso de méritos y además conten- drá el orden de preferencia de ocupación de los puestos objeto de concurso. La preferencia manifestada tendrá carácter vinculante.
A la instancia se acompañará la documentación, original o debidamente compulsada, que acredite cuantos méritos sean alegados a tenor del baremo establecido en la convocatoria, con la excepción de la justificativa de los servicios prestados en el Ayuntamiento de Utebo, que será facilitada directa- mente a la Comisión de Valoración por el órgano convocante.
La presentación de instancias comportará que el interesado acepta las bases de la convocatoria y que, por tanto, reúne todos y cada uno de los re- quisitos exigidos en la misma, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias.
Cuarta. — Admisión y exclusión de los aspirantes.
Una vez finalizado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía u órgano en que en su caso delegara dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de los aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en BOPZ, en la página web (sede electrónica) y en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial.
Dentro de los diez días hábiles siguientes a dicha publicación se podrán efectuar reclamaciones contra la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, así como solicitar la subsanación de errores materiales. Las recla- maciones, en su caso, serán resueltas por la Alcaldía, y el anuncio correspon- diente a la lista definitiva se publicará en la página web (sede electrónica) y en el tablón de anuncios de la Corporación.
Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos serán excluidos del proceso de provisión de puestos de trabajo.
Quinta. — Comisión de Valoración.
La comisión de valoración, que será nombrada por decreto de Alcaldía, valorará y puntuará los méritos del concurso. Su composición será colegiada debiendo ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y se tenderá, asimismo, a la paridad entre hombres y mujeres. Dicha comisión estará integrada por un presidente y cuatro vocales, de los cuales, uno de ellos ejercerá la función de secretario y todos ellos ten- drán voz y voto. La Comisión estará integrada, además, con los respectivos suplentes que, simultáneamente con los titulares, habrán de designarse, no pudiendo constituirse ni actuar sin la presencia de la mayoría de sus miem- bros, titulares o suplentes, incluidos el presidente y el secretario o suplentes. Todos los miembros de la comisión, titulares y suplentes, deberán perte- necer a cuerpos o escalas del grupo de titulación igual o superior al exigido
para los puestos convocados.
Los miembros de la Comisión deberán abstenerse de intervenir, notificán- dolo al señor alcalde, cuando concurran en ellos cualesquiera de las circuns- tancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal cuando concurran dichas circunstancias, a tenor de lo establecido en el artículo 29 de la misma Ley.
La comisión de valoración resolverá todas las cuestiones derivadas de la
aplicación de las bases de la convocatoria, quedando facultada para adoptar todas aquellas determinaciones que estime pertinentes para el correcto desa- rrollo del proceso.
La composición de la comisión de valoración se hará pública en el BOPZ, en el tablón de anuncios de la Corporación y en la página web (sede electrónica).
Los acuerdos de la comisión se harán públicos en todo caso en el tablón de anuncios de la Corporación y en la sede electrónica.
La comisión de valoración elevará al alcalde-presidente o en su caso, al órgano en que tuviera delegada la competencia, propuesta de resolución del concurso.
Sexta. — Méritos a valorar.
A) Grado personal consolidado:
Se valorará en sentido positivo en función de su posición en el intervalo de la escala o subescala correspondiente y en relación con el nivel de los puestos de trabajo objeto del concurso, de acuerdo con el siguiente baremo:
—Por la posesión de grado personal consolidado superior al del puesto solicitado: 1 punto.
—Por la posesión de grado personal consolidado igual al del puesto so- licitado: 0,5 puntos.
—Por la posesión de grado personal consolidado inferior al del puesto solicitado: 0,25 puntos.
La justificación de este apartado se realizará a través del certificado co- rrespondiente de la Administración donde se haga constar el grado personal consolidado actual del funcionario.
B) Trabajo desarrollado con anterioridad como peón de mantenimiento: Será objeto de valoración el trabajo desarrollado en cualquier Adminis-
tración como peón de mantenimiento, a razón de 0,10 puntos por año, hasta un máximo de 2,5 puntos.
Si el número de años no fuese entero, se asignará la puntuación que pro- porcionalmente corresponda al período en que se hayan prestado servicios.
La justificación de este apartado se realizará a través de certificado de la Administración correspondiente en el que se haga constar la denominación del puesto y el tiempo de servicios prestados.
C) Formación: Se valorará de acuerdo con el detalle que se contiene a continuación, con un máximo de 2,5 puntos.
Cursos relacionados con el contenido del puesto a cubrir, de acuerdo con el siguiente detalle:
—De 10 a 20 horas: 0,05 puntos.
—De 21 a 40 horas: 0,15 puntos.
—De 41 a 60 horas: 0,30 puntos.
—De 61 a 80 horas: 0,45 puntos.
—De 81 a 100 horas: 0,60 puntos.
—De 101 a 200 horas: 1 punto.
—De más de 200 horas: 1,5 puntos.
No se valorarán, ni por tanto, obtendrán puntuación, los cursos inferiores a 10 horas ni tampoco los que no indiquen con claridad el número de horas de duración.
La justificación de los cursos se realizará mediante certificado de la rea- lización del mismo, con indicación de la materia impartida y del número de horas de duración. La acreditación de dichos cursos deberá estar en castella- no o traducida por la propia institución acreditante.
D) Antigüedad:
La antigüedad se valorará por años de servicio, computándose a estos efectos los reconocidos que se hubieran prestado en cualquier Administra- ción Pública, con anterioridad al inicio de la relación funcionarial o laboral con el Ayuntamiento de Utebo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, sobre reconocimiento de servicios previos, a razón de 0,16 puntos por año de servicio.
No se computarán los servicios prestados simultáneamente con otros
igualmente alegados.
La puntuación máxima de este apartado no podrá exceder de 4 puntos. La justificación de este apartado se realizará a través de certificado de la
Administración correspondiente en el que se haga constar la denominación del puesto y el tiempo de servicios prestados.
Todos los documentos presentados para el concurso de méritos deberán ser originales o fotocopias compulsadas debidamente.
Séptima. — Puntuación final.
La puntuación final de los aspirantes vendrá determinada por la suma de los resultados obtenidos en cada uno de los apartados anteriores objeto del concurso y la propuesta de adjudicación para cada uno de los puestos de tra- bajo convocados deberá recaer sobre el aspirante que haya obtenido mayor puntuación, debiendo obtener un punto como mínimo para la adjudicación de las vacantes convocadas.
En caso de empate en la puntuación se acudirá para dirimirlo a la otor-
gada a los méritos enunciados por este orden: posesión de un determinado grado personal, valoración del trabajo desarrollado, los cursos de formación y perfeccionamiento superados y la antigüedad.
De persistir el empate se acudirá a la fecha de ingreso como funcionario xx xxxxxxx en el Cuerpo o Escala desde el que se concursa y, de ser la misma, al número obtenido en el proceso selectivo.
Octava. — Resolución y nombramiento.
El presente concurso será resuelto en el plazo de treinta días contados a partir del día en que finalice el plazo de presentación de instancias.
Finalizada la valoración de méritos, la comisión de valoración publicará la puntuación de cada aspirante en el tablón de edictos de la Casa Consis- torial y en la Sede Electrónica, abriéndose a partir de dicha publicación un plazo xx xxxx días hábiles para la presentación de alegaciones.
Una vez transcurrido el plazo citado en el apartado precedente, la Comi- sión de Valoración procederá a elevar propuesta de resolución del concurso al alcalde-presidente de la Corporación u órgano en quien tuviera delegada la competencia.
La resolución se publicará en el BOPZ.
Los nombramientos derivados de la resolución del concurso se comunica- rán a las áreas afectadas y se notificarán a los interesados, debiendo constar en su expediente personal.
Novena. — Toma de posesión, destino y redistribución.
El plazo para tomar posesión del nuevo destino será de tres días hábiles si radica en la misma localidad o de un mes si radica en localidad distinta
o conlleva el reingreso al servicio activo. El plazo de toma de posesión co- mienza a partir del día siguiente al del cese, que deberá producirse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución en el BOPZ. Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que, antes de finali- zar el plazo de toma de posesión, se hubiere obtenido otro distinto mediante
convocatoria pública.
Los traslados que se deriven de la resolución del concurso tendrán la consideración de voluntarios y, por tanto, no generarán derecho a pago de indemnización alguna.
Décima. — Normativa y aplicación supletoria.
Las presentes bases, la convocatoria correspondiente y cuantos actos ad- ministrativos se deriven de ella podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Para todo cuanto no se halle establecido en estas bases será de aplicación, en cuanto al procedimiento a seguir, lo previsto en la Ley de Bases de Ré- gimen Local, de 2 xx xxxxx de 1985; Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; Ley 30/1984, de 2 xx xxxxxx, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto 364/95, de 10 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso de Personal al Servicio de la Administración del Estado; el Real Decreto 896/1991, de 7 xx xxxxx, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local; Ley 7/1999, de 9 xx xxxxx, de Administración Local xx Xxxxxx; y demás disposiciones concordantes.
Utebo, a 20 de octubre de 2016. — El alcalde, Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx.
ANEXO I - MODELO DE INSTANCIA
De conformidad con lo previsto en la ley Orgánica 15/99 de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal se informa que los datos que obran en este escrito forman parte del fichero de datos de carácter personal denominado “Registro de Entradas/Registro de Salidas”. Los datos solicitados son necesarios para remitir la respuesta que el Ayuntamiento dé al respecto, así como, para la gestión del cobro del servicio que se interesa. Dicha información podrá ser utilizada, salvaguardando su identidad, para la realización de estadísticas internas. Los datos serán tratados de forma confidencial. El afectado podrá ejercer sus derechos de acceso, cancelación, rectificación y oposición en relación con los mismos, dirigiéndose a la Alcaldía-Presidencia, utilizando a tal efecto los formularios que el Ayuntamiento pone a su disposición o bien mediante los que la Agencia de Protección de Datos facilita a través de su página web.
D/Xx................................................................con DNI núm.......................................
Domiciliado en ..........................calle........................................……................nº...........
Código postal …………………. y teléfono.......................................
EXPONE:
- Que está enterado/a de las bases para la convocatoria del concurso interno de traslados para la provisión de tres puestos de trabajo vacantes de PEÓN DE MANTENIMIENTO del Ayuntamiento de Utebo, manifestando el siguiente orden de preferencia:
1º………………………………………
2º………………………………………
3º………………………………………
- Que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria.
- Que une a la presente instancia la documentación justificativa de los méritos alegados para la valoración del concurso.
Por todo lo expuesto, SOLICITA:
- Qué se tenga por presentada esta solicitud y sea admitido/a al proceso selectivo correspondiente.
UTEBO, ..................de.............................de ………
SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE UTEBO
ANEXO II
RELACIÓN DE PUESTOS VACANTES Y UBICACIÓN
- NÚMERO 78 PEON DE MANTENIMIENTO – INSTALACIONES DEPORTIVAS (PABELLON XXXX XX XXXXXX)- Grupo E – Agrupaciones Profesionales, Nivel 12, Complemento específico 7.847,00 euros, Jornada continua xx xxxxxx a viernes, turno de tarde de 15:00 a 22:30 y sábados a turnos; y cuyas tareas principales son realizar tareas de colaboración en el mantenimiento de instalaciones y vías públicas.
- NÚMERO 91- PEON DE MANTENIMIENTO – GESTIÓN DEL PATRIMONIO / VÍAS PÚBLICAS (Brigada) – Grupo E – Agrupaciones Profesionales, Nivel 12, Complemento específico 6.855,52 euros, Jornada continua de lunes a viernes, turno de mañana, trabajando un fin de semana (sábado y domingo) cada siete semanas y cuyas tareas principales son realizar tareas de colaboración en el mantenimiento de instalaciones y vías públicas.
- NÚMERO- 156- PEON DE MANTENIMIENTO – GESTIÓN DEL PATRIMONIO / VÍAS PÚBLICAS (Brigada) – Grupo E – Agrupaciones Profesionales, Nivel 12, Complemento específico 6.855,52 euros, Jornada continua de lunes a viernes, turno de tarde, trabajando un fin de semana (sábado y domingo) cada siete semanas y cuyas tareas principales son realizar tareas de colaboración en el mantenimiento de instalaciones y vías públicas.
XXXXXXX XX XXXX Núm. 9.686
Aprobado inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento el proyecto de pa- vimentación y renovación de red de saneamiento en xxxxx Xxx Xxxx, 0-0, redactado por el arquitecto xxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, se expone al público por plazo de veinte días, contados a partir del siguiente al de la inserción de este anuncio en el BOPZ, quedando el expediente a disposición de cualquier persona física o jurídica que quiera examinar el procedimiento en la Secre- taría del Ayuntamiento para deducir alegaciones. En caso de no producirse reclamaciones, el proyecto se considerará aprobado definitivamente.
Xxxxxxx xx Xxxx, a 25 de octubre de 2016. — La alcaldesa, Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx.
XXXXXXXXXX XX XXXXXXX Núm. 9.681
Aprobada por decreto de Alcaldía de fecha 24 de octubre de 2016 la matrí- cula de contribuyentes correspondiente al año 2016 de la tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, carga y descarga de mercancías, se expone al público durante el plazo de quince días hábiles, durante los cuales se podrá exa- minar por los interesados a los efectos de interponer, de acuerdo con el artículo
14.2 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, recurso de reposición ante la Alcaldía-Presidencia de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la finalización del plazo anteriormente mencionado, contra la liquidación practicada a cada contribuyente.
Asimismo, el cobro de la tasa se efectuará, previa publicación en el BOPZ y en el tablón de edictos del Ayuntamiento del correspondiente anuncio de cobranza, que contendrá los extremos a que se refiere el artículo 88 del Re- glamento General de Recaudación, en el plazo de dos meses naturales conta- dos desde el día siguiente de la finalización del plazo de dicha publicación.
Los contribuyentes que no tengan domiciliado el pago en entidades ban- xxxxxx deberán abonar la tasa en las oficinas de Ibercaja x Xxxxxxxxx o en la Caja del propio Ayuntamiento en horario de atención al público.
Transcurrido el período voluntario indicado sin que se haya efectuado el pago voluntario, se iniciará el período ejecutivo, que determina el devengo de los correspondientes recargos de la deuda no ingresada, así como los in- tereses de demora y costas.
Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx, a 26 de octubre de 2016. — El alcalde, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx.
SECCIÓN SÉPTIMA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Tribunal Superior de Justicia xx Xxxxxx
SECRETARÍA DE GOBIERNO Núm. 9.644
En cumplimiento de las disposiciones vigentes de la Ley Orgánica del Poder Judicial y Reglamento núm. 3/1995, de 7 xx xxxxx, de los Jueces xx Xxx, la Comisión de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia xx Xxxxxx, en su reunión del día 7 de octubre de 2016, ha acordado el nombra- miento de los jueces xx xxx, correspondientes a la provincia xx Xxxxxxxx que en anexo se relacionan, quienes deberán tomar posesión de su cargo dentro de los veinte días naturales siguientes a la fecha de publicación de su nom- bramiento en el BOPZ, previo el oportuno juramento, en su caso.
Lo que se hace público, en virtud de lo dispuesto en el artículo 8.º del citado Reglamento, haciéndose saber que, según dispone el artículo 12 del mismo, contra dicho acuerdo cabe recurso de alzada o de revisión, en su caso, ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en los plazos y por los motivos y formas que establece la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Zaragoza, veinte de octubre de dos mil dieciséis. — La secretaria de Xx- xxxxxx, Xxxxx Xxx Xxxxxxx Xxxxxx.
ANEXO
Relación de jueces xx xxx
Partido judicial xx Xxxxxxxx
—Xxx Xxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, con DNI núm. 00.000.000-J, xxxx xx xxx titular de Xxxx xx Xxxx.
—Xxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, con DNI núm. 00.000.000-X, xxxx xx xxx sustituto de Xxxxxx xxx Xxxx.
Partido judicial xx Xxxxxxxxx
—Xxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, con DNI núm. 00.000.000-E, jueza xx xxx titular xx Xxxxx.
—Xxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, con DNI núm. 00.000.000-J, xxxx xx xxx sustituto xx Xxxxx.
—Xxx Xxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx, con DNI núm. 00.000.000-X, xxxx xx xxx titular de Xxxxxxxx xx Xxxxxxx.
—Xxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, con DNI núm. 00.000.000-C, xxxx xx xxx sustituto de Xxxxxxxx xx Xxxxxxx.
—Xxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, con DNI núm. 00.000.000-B, xxxx xx xxx titular xx Xxxxxxxx de las Armas.
—Xxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, con DNI núm. 00.000.000-R, xxxx xx xxx sustituto xx Xxxxxxxx de las Armas.
Partido judicial de Ejea de los Caballeros
—Xxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx, con DNI núm. 00.000.000-R, xxxx xx xxx titular de Orés.
—Xxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, con DNI núm. 00.000.000-H, xxxx xx xxx sustituto de Xxxx.
Partido judicial de La Almunia de Xxxx Xxxxxx
—Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, con DNI núm. 00.000.000-R, xxxx xx xxx titular xx Xxxxxxx de Isuela.
Juzgados de Primera Instancia
JUZGADO NÚM. 15 Núm. 9.517
Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 15 xx Xxxxxxxx;
Hace saber: En este órgano judicial se tramita juicio verbal núm. 559/2016-A, seguido a instancias de Wet & Dry Solutions, S.L., contra Xxxxx Xxxxxxxx, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
«Sentencia. — En Zaragoza, a 21 de julio de 2016. — El ilustrísimo señor xxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx, magistrado-juez del Juzgado de Primera Ins- tancia número 15 de los xx Xxxxxxxx, habiendo visto los presentes autos de juicio verbal número 559/2016-A, promovidos por Wet & Dry Solutions, S.L., representada por el procurador don Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx-Xxxxxx, contra Xxxxx Xxxxxxx, en reclamación de cantidad, y…
Fallo: Que estimando la demanda interpuesta, debo condenar y condeno a Xxxxx Xxxxxxxx a que pague a Wet & Dry Solutions, S.L., la cantidad de 663,99 euros, con sus intereses legales desde demanda y costas procesales causadas.
Contra la presente resolución no cabe interponer recurso.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. — El/la magis- trado/a-juez/a».
Y encontrándose dicho demandado Xxxxx Xxxxxxxx en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
En Zaragoza, a seis de octubre de dos mil dieciséis. — La letrada de la Administración de Justicia, Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx.
Juzgados de Instrucción
JUZGADO NÚM. 4 Núm. 9.573
Xxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Instrucción número 4 xx Xxxxxxxx;
Da fe y certifica: Que en el delito leve inmediato número 117/2016 segui- do en este Juzgado se ha dictado sentencia, quedando la misma a disposición de Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx.
Y para que sirva de notificación de sentencia a Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOPZ, expido el presente en Zaragoza, a diecinueve de octubre de dos mil dieciséis. — La letrada de la Administración de Justicia, Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx.
JUZGADO NÚM. 8 Núm. 9.533
Xxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Instrucción número 8 xx Xxxxxxxx;
Da fe: Que en la ejecutoria número 75/2016 se ha dictado resolución cuya parte dispositiva es la siguiente:
«Por lo que dispongo se proceda a declarar la insolvencia de Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx.
Notifíquese el presente a la condenada por medio de edictos, al encontrar- se en ignorado paradero, así como al Ministerio fiscal, haciéndoles saber que contra el mismo cabe interponer recurso de reposición, en el plazo de tres días, ante este órgano judicial.
Una vez firme el presente, líbrese requisitoria de busca, captura e ingreso en prisión para cumplimiento de veintidós días de responsabilidad personal subsidiaria por impago de 135 euros de multa.
Así lo manda y firma el letrado de la Administración de Justicia don Cé- sar Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx».
Y para que conste y sirva de notificación a Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, ac- tualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOPZ, expido el presente en Zaragoza, a diecisiete de octubre de dos mil dieciséis. — El letrado de la Administración de Justicia, Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx.
Juzgados de lo Social
JUZGADO NÚM. 1
Cédula de notificación Núm. 9.480
Doña Xxxxx Xxxxxx Xxxxx, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número 1 xx Xxxxxxxx;
Hace saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 174/2016 de este Juzgado de lo Social se ha dictado resolución, de la que los interesados podrán tener conocimiento íntegro.
Contra dicha resolución cabe recurso de reposición ante este órgano xxxx- cial en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma. Y para que sirva de notificación en legal forma a Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx,
en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOPZ, en Zaragoza a catorce de octubre de dos mil dieciséis. — La letrada de la Admi- nistración de Justicia, Xxxxx Xxxxxx Xxxxx.
JUZGADO NÚM. 1 Núm. 9.534
Doña Xxxxx Xxxxxx Xxxxx, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número 1 xx Xxxxxxxx;
Hace saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 158/2016 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Xxxxx Xxxx Xxxxxxx contra Xxxxxxxx Xxxx Restauración, S.L., sobre despido disci- plinario, se ha dictado resolución de fecha 17 de octubre de 2016, de la que los interesados podrán tener conocimiento íntegro.
Contra dicha resolución cabe recurso de revisión en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento. Y para que sirva de notificación en legal forma x Xxxxxxxx Xxxx Restaura- ción, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOPZ, en Zaragoza a diecisiete de octubre de dos mil dieciséis. — La letrada
de la Administración de Justicia, Xxxxx Xxxxxx Xxxxx.
JUZGADO NÚM. 2 Núm. 9.501
Xxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número 2 xx Xxxxxxxx;
Hace saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 159/2016 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx contra la empresa Xxxxx Xxx Xxxxxxxx, S.L., sobre can- tidad, se ha dictado decreto de insolvencia de fecha 13 de octubre de 2016.
Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma, con expresión de la infracción co- metida en la misma a juicio del recurrente (art. 188 LJS).
El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de ré- gimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta de Grupo Santander número 4914-0000-64-015916, debiendo hacer constar en el campo “concepto” la indicación “recurso” seguida del código “31 Social-Revisión de resoluciones del letrado de la Administración de Justicia”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluirse tras la cuenta referida, separados por un espacio, la indicación “recurso” seguida del código “31 Social-Revisión de resoluciones del letrado de la Administración de Justicia”.
Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de “observaciones” la fecha de la re- solución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso el Ministerio fiscal, el Estado, las comunidades autóno- mas, las entidades locales y los organismos autónomos dependiente de ellos. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento. Y para que sirva de notificación en legal forma a Xxxxx Xxx Xxxxxxxx,
S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el tablón de anuncios de este Juzgado.
Zaragoza, a trece de octubre de dos mil dieciséis. — La letrada de la Administración de Justicia, Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx.
JUZGADO NÚM. 2 Núm. 9.502
Xxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número 2 xx Xxxxxxxx;
Hace saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales nú- mero 96/2016 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Xxxxxxx
Xxxxx Xxxxxxxx contra la empresa Tormes Xxxxxxx, S.R.L., sobre despido dis- ciplinario, se ha dictado decreto de insolvencia de fecha 13 de octubre de 2016. Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma, con expresión de la infracción co-
metida en la misma a juicio del recurrente (art. 188 LJS).
El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de ré- gimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta de Grupo Santander número 4914-0000-64-009616, debiendo hacer constar en el campo “concepto” la indicación “recurso” seguida del código “31 Social-Revisión de resoluciones del letrado de la Administración de Justicia”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluirse tras la cuenta referida, separados por un espacio, la indicación “recurso” seguida del código “31 Social-Revisión de resoluciones del letrado de la Administración de Justicia”.
Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de “observaciones” la fecha de la re- solución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso el Ministerio fiscal, el Estado, las comunidades autóno- mas, las entidades locales y los organismos autónomos dependiente de ellos. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento. Y para que sirva de notificación en legal forma x Xxxxxx Xxxxxxx, S.R.L.,
en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el tablón de anuncios de este Juzgado, haciéndole saber que el contenido íntegro de dicha resolución se encuentra a disposición en la Secretaría del Juzgado.
Zaragoza, a trece de octubre de dos mil dieciséis. — La letrada de la Administración de Justicia, Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx.
JUZGADO NÚM. 4 Núm. 9.490
Xxxx Xxxxx Xxx Xxxxxxx, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número 4 xx Xxxxxxxx;
Hace saber: Que en el procedimiento número 367/2015, que se encuentra en este Juzgado a su disposición, se ha dictado sentencia con fecha 18 de ju- lio de 2016, teniendo la parte que se encuentra en domicilio desconocido un plazo de cinco días para recurrir la misma desde la fecha de su publicación en el BOPZ.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento. Y para que sirva de notificación en legal forma a la demandada La Parri-
lla de Xxx Xxxxxxxx, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOPZ, en Zaragoza a once de octubre de dos mil dieciséis. — La letrada de la Administración de Justicia, Xxxxx Xxx Xxxxxxx.
JUZGADO NÚM. 4 Núm. 9.492
Xxxx Xxxxx Xxx Xxxxxxx, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número 4 xx Xxxxxxxx;
Hace saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 234/2014 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Sora- ya Xxxxxx Xxxxxxxxxx contra la empresa Aplicaciones Frigoríficas Zaragoza, S.A., sobre cantidad, se ha dictado con fecha 17 de octubre de 2016 reso- lución teniendo por subrogado al Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) en el procedimiento, cuyo contenido íntegro se encuentra en la Secretaría del Juzgado para su consulta.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Aplicaciones Frigoríficas Zaragoza, S.A., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOPZ, en Zaragoza a diecisiete de octubre de dos mil dieciséis. — La letrada de la Administración de Justicia, Xxxxx Xxx Xxxxxxx.
JUZGADO NÚM. 4 Núm. 9.493
Xxxx Xxxxx Xxx Xxxxxxx, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número 4 xx Xxxxxxxx;
Hace saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 190/2016 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx contra la empresa Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, sobre cantidad, se han dictado con fecha 17 de octubre de 2016 orden general de ejecución y decreto de medidas, cuyo contenido íntegro se encuentra en la Secretaría del Juzgado para su consulta.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOPZ, en Zaragoza a diecisiete de octubre de dos mil dieciséis. — La letrada de la Administración de Justicia, Xxxxx Xxx Xxxxxxx.
JUZGADO NÚM. 4 Núm. 9.494
Xxxx Xxxxx Xxx Xxxxxxx, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número 4 xx Xxxxxxxx;
Hace saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancia de Xxxxx Xxxx Xxxxxx contra Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) y Miga Express Siglo XXI, S.L., en reclamación de cantidad, re- gistrado con el número procedimiento ordinario 352/2016, se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 LJS, citar a Miga Express Siglo XXI, S.L., en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 15 de febrero de 2017, a las 10:50 horas, en la sala de vistas número 33 (sita en Ciudad de la Justicia, planta baja, recinto Expo Zaragoza, avenida de Xxxx Xxxxxx, edificio Xxxxx xx Xxxxxxxx), para la celebración de los actos xx xxxxx- liación y, en su caso, juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.
En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado o representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del Juzgado o Tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda este es- tar representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designa- ción a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
Y para que sirva de citación a Miga Express Siglo XXI, S.L., se expide la presente cédula para su publicación en el BOPZ y colocación en el tablón de anuncios, en Zaragoza a diecisiete de octubre de dos mil dieciséis. — La letrada de la Administración de Justicia, Xxxxx Xxx Xxxxxxx.
JUZGADO NÚM. 4 Núm. 9.495
Xxxx Xxxxx Xxx Xxxxxxx, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número 4 xx Xxxxxxxx;
Hace saber: Que en el procedimiento número 767/2015, que se encuentra en este Juzgado a su disposición, se ha dictado sentencia con fecha 12 de septiembre de 2016, teniendo la parte que se encuentra en domicilio desco- nocido un plazo de cinco días para recurrir la misma desde la fecha de su publicación en el BOPZ.
Asimismo se ha dictado auto de aclaración de sentencia, sin que contra el mismo quepa recurso alguno.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Aislamientos Integrales y Control de Ruido, S.A., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOPZ, en Zaragoza a once de octubre de dos mil dieciséis. — La letrada de la Administración de Justicia, Xxxxx Xxx Xxxxxxx.
JUZGADO NÚM. 4 Núm. 9.496
Xxxx Xxxxx Xxx Xxxxxxx, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número 4 xx Xxxxxxxx;
Hace saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 281/2015 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Xxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx contra la empresa Residencias Aragonesas Vista Ale- gre, S.L., sobre extinción por causa objetiva, se ha dictado la subrogación del Fondo de Garantía Salarial (Fogasa).
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento. Y para que sirva de notificación en legal forma a Residencias Aragonesas Vista Alegre, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOPZ, en Zaragoza a diecisiete de octubre de dos mil dieciséis. — La
letrada de la Administración de Justicia, Xxxxx Xxx Xxxxxxx.
JUZGADO NÚM. 4 Núm. 9.497
Xxxx Xxxxx Xxx Xxxxxxx, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número 4 xx Xxxxxxxx;
Hace saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 335/2015 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Xxxxx Xxxx Xxxxx contra la empresa Intracove, S.L., sobre cantidad, se ha dictado la subrogación del Fondo de Garantía Salarial (Fogasa).
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento. Y para que sirva de notificación en legal forma a Intracove, S.L., en igno- rado paradero, expido la presente para su inserción en el BOPZ, en Zaragoza a diecisiete de octubre de dos mil dieciséis. — La letrada de la Administra-
ción de Justicia, Xxxxx Xxx Xxxxxxx.
JUZGADO NÚM. 4 Núm. 9.503
Xxxx Xxxxx Xxx Xxxxxxx, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número 4 xx Xxxxxxxx;
Hace saber: Que en el procedimiento de despido número 749/2015, que se encuentra en este Juzgado a su disposición, se ha dictado sentencia con fecha 5 de octubre de 2016, teniendo la parte que se encuentra en domicilio desconocido un plazo de cinco días para recurrir la misma desde la fecha de su publicación en el BOPZ.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento. Y para que sirva de notificación en legal forma a La Parrilla de Xxx Xxx- xxxxx, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOPZ, en Zaragoza a diecisiete de octubre de dos mil dieciséis. — La letrada
de la Administración de Justicia, Xxxxx Xxx Xxxxxxx.
JUZGADO NÚM. 5
Cédula de citación Núm. 9.446
Xxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número 5 xx Xxxxxxxx;
Hace saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha en el pro- ceso seguido a instancia de Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx contra Hecos Restaura- ción, S.C., Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx y Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, en reclamación por cantidad, registrado con el número de procedimiento ordinario 439/2016, se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social, citar a Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 22 xx xxxx de 2017, a las 10:30 horas, en la sala de vistas número 35 de este Juzgado de lo Social número 5 xx Xxxxxxxx (sito en Ciudad de la Justicia, plaza Expo, número 6, edificio Xxxxx xx Xxxxxxxx, planta baja), para la cele- bración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, pudiendo compare- cer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.
En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado
o representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del Juzgado o Tribunal por escrito dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda este estar representado técnicamente por graduado social colegiado o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán
fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento. Y para que sirva de citación a Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, se expide la pre- sente para su publicación en el BOPZ y colocación en el tablón de anuncios, en Zaragoza a diez de octubre de dos mil dieciséis. — El letrado de la Admi-
nistración de Justicia, Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx.
JUZGADO NÚM. 5 Núm. 9.504
Xxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número 5 xx Xxxxxxxx;
Hace saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 194/2016 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Xxxxx Xxxxxx Xxxxx contra la empresa Grupo News VSS 59, S.L., se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva dice:
«Parte dispositiva:
Dispongo: Despachar orden general de ejecución del título indicado a favor de la parte ejecutante Xxxxx Xxxxxx Xxxxx frente a Grupo News VSS 59, S.L., parte ejecutada.
Notifíquese a las partes.
Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición, a interponer en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción cometida en la resolución, cumplimiento o incumplimiento de presupuestos y requisitos procesales exigidos y/o oposición a la ejecución despachada en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley Regu- ladora de la Jurisdicción Social, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Así lo acuerda y firma su señoría».
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento. Y para que sirva de notificación en legal forma a Grupo News VSS 59, S.L.,
en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOPZ en Zaragoza a diecisiete de octubre de dos mil dieciséis. — El letrado de la Administración de Justicia, Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx.
JUZGADO NÚM. 5 Núm. 9.505
Xxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número 5 xx Xxxxxxxx;
Hace saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales nú- mero 151/2016 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Xxxxxx Xxxxxxxxxxx contra la empresa Transportes y Hostelería Xxxxxxx Xxxxx, S.L., sobre extinción por causa objetiva, se ha dictado resolución, cuya parte dis- positiva dice:
«Dispongo: Se declara extinguida en esta fecha la relación laboral que unía a Xxxxxx Xxxxxxxxxxx con la empresa Transportes y Hostelería Vi- cente Xxxxx, S.L., condenando a esta a que abone a aquella la cantidad de 19.110,54 euros en concepto de salarios de tramitación y 5.636,72 euros en concepto de indemnización por la extinción de la relación laboral.
Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición, a interponer ante este órgano judicial en el plazo de los tres días hábiles siguientes a su notifi- cación, con expresión de la infracción cometida en la resolución a juicio del recurrente, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Así lo acuerda y firma su señoría».
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento. Y para que sirva de notificación en legal forma a Transportes y Hostelería Vi- cente Xxxxx, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOPZ en Zaragoza a diecisiete de octubre de dos mil dieciséis. — El letrado
de la Administración de Justicia, Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx.
JUZGADO NÚM. 5 Núm. 9.506
Xxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número 5 xx Xxxxxxxx;
Hace saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 196/2016 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Xxxxx Xxxxx Xxxxxx contra la empresa Xxxxxxx Xxxxxxx Xxx Xxxxxx, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva dice:
«Parte dispositiva:
Dispongo: Xxxxxxxxx la orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante Xxxxx Xxxxx Xxxxxx frente a Xxxxxxx Xxxxxxx Xxx Xxxxxx, parte ejecutada, por importe de 27.736,28 euros en concepto de prin- cipal, más otros 4.160 euros que se fijan provisionalmente en concepto de in- tereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
El presente auto, junto con el decreto que dictará el/la secretario/a xxxx- cial, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parte ejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la Ley de Enjuicia- miento Civil, quedando la ejecutada apercibida a los efectos mencionados en los razonamientos jurídicos tercero y cuarto de esta resolución, y conforme disponen los artículos 251.2 y 239.3 de la Ley de Jurisdicción Social.
Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición ante este órga- no judicial, en el plazo de los tres días hábiles siguientes a su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incu- rrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución. Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la cuenta de consignaciones de este Juzgado de lo Social número 5 abierta en Banco Santander número
0049 3569 92 0005001274, debiendo hacer constar en el campo “concep- to” la indicación “recurso” seguida del código “30 Social-Reposición”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluirse tras la cuenta referida, separados por un espacio, el código “30 Social-Reposición”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distin- ta clase, indicando en el campo de “observaciones” la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.
Así lo acuerda y firma su señoría».
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento. Y para que sirva de notificación en legal forma a Xxxxxxx Xxxxxxx Xxx Xxxxxx, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOPZ, en Zaragoza a dieciocho de octubre de dos mil dieciséis. — El letrado
de la Administración de Justicia, Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx.
JUZGADO NÚM. 5 Núm. 9.559
Xxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número 5 xx Xxxxxxxx;
Hace saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha en el pro- ceso seguido a instancia de Xxxxx Xxxxxx Xxxxx contra Grupo News VSS 59, S.L., registrado con el número de ejecución de títulos judiciales número 194/2016, se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 LJS, citar a Grupo News VSS 59, S.L., en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 16 de noviembre de 2016, a las 9:20 horas, en la sala de vistas número 35 del edificio Xxxxx xx Xxxxxxxx (Ciudad de la Justicia), para la celebración de comparecencia, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.
En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado o representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del Juzgado o Tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda este estar representado técnicamente por graduado social colegiado o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento. Y para que sirva de citación a Grupo News VSS 59, S.L., se expide la presente cédula para su publicación en el BOPZ y colocación en el tablón
de anuncios.
Dado en Zaragoza, a diecisiete de octubre de dos mil dieciséis. — El letrado de la Administración de Justicia, Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx.
JUZGADO NÚM. 6 Núm. 9.599
Xxx Xxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxx, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número 6 xx Xxxxxxxx;
Hace saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancia de Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx contra Xxxxxxxx Xxxxxxx Xx- xxxx, Xxxxx, S.C., y Xxxxx Xxxx Xxxxxx, en reclamación de cantidad, registrado con el número procedimiento ordinario 5/2016, se ha acordado, en cumpli- miento de lo que dispone el artículo 59 LJS, citar x Xxxxx, S.C., Xxxxx Xxxx Te- ller y Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, en ignorado paradero, a fin de que comparezcan el día 8 de noviembre de 2016, a las 10:20 horas, en la sala 34 de este Juzgado (Ciudad de la Justicia, recinto Expo), para la celebración de los actos de con- ciliación y, en su caso, juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento. Y para que sirva de citación x Xxxxx, S.C., Xxxxx Xxxx Xxxxxx y Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, se expide la presente cédula para su publicación en el BOPZ
y colocación en el tablón de anuncios.
Dado en Zaragoza, a diecinueve de octubre de dos mil dieciséis. — El letrado de la Administración de Justicia, Xxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxx.
JUZGADO NÚM. 7 Núm. 9.687
Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx, letrada de la Administración de Justicia del Juzga- do de lo Social número 7 xx Xxxxxxxx;
Hace saber: Que en el procedimiento ordiniario núm. 654/2015 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx contra la empresa Bell-Viva, S.L., sobre cantidad, se ha dictado sentencia “in voce” en fecha 5 de octubre de 2016, cuyo contenido íntegro se halla a disposición de la parte en la Secretaría de este Juzgado.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento. Y para que sirva de notificación en legal forma x Xxxx-Viva, S.L., en igno- rado paradero, expido la presente para su inserción en el BOPZ, en Zaragoza a veintiséis de octubre de dos mil dieciséis. — La letrada de la Administración
de Justicia, Xxxxx Xxxx Xxxxxxx.
PARTE NO OFICIAL
COMUNIDAD DE REGANTES
DE CAMPIEL Y XXXXXX Núm. 9.685
Dando cumplimiento a lo dispuesto en el capítulo II (arts. 45 y siguientes) de las Ordenanzas, se convoca Junta general ordinaria de la Comunidad, a celebrar el día 19 de noviembre de 2016 (sábado), a las 18:30 horas, en la sala multiusos del Excmo. Ayuntamiento de Embid de la Xxxxxx (Zaragoza), con arreglo al siguiente
Orden del día
1.º Lectura y aprobación, si procede, del acta de la Junta anterior.
2.º Memoria semestral general presentada por la Junta de Gobierno de la Comunidad de Regantes.
3.º Reaces impagados de los ejercicios 2008 a 2016, con adopción de medidas para gestionar su cobro.
4.º Aprobación del presupuesto para 2017, cuantificación xxx xxxx para dicho ejercicio y fecha en que se pasará al cobro.
5.º Ratificación de los acuerdos de la Junta de Gobierno que xxxx xxxxxx- xxxx con arreglo a la Ley.
6.º Cese del presidente de la Comunidad y nombramiento de nueva Junta de Gobierno. Votación.
7.º Xxxxxx, preguntas y cuanto convenga para el mejor provecho del agua y distribución xx xxxxxx.
Embid de la Xxxxxx, a 26 de octubre de 2016. — El presidente, Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx.
COMUNIDAD DE REGANTES DE XXXXX XX XXXXX
Convocatoria a Asamblea general ordinaria Núm. 9.639
Por medio del presente se convoca a Asamblea general ordinaria, que se celebrará en el salón de sesiones de la Comunidad de Regantes xx Xxxxx (xxxxxxx xx Xxxxxx, 00) el día 25 de noviembre de 2016, a las 19:30 horas en primera convocatoria o a las 20:00 horas en segunda, dando cumplimiento a las Ordenanzas vigentes, con el siguiente
Orden del día
1.º Lectura y aprobación del acta anterior, si procede.
2.º Aprobación del presupuesto para el ejercicio 2016, si procede, y nom- bramiento de censores de cuentas para el año 2015.
3.º Informe de presidencia.
4.º Situación de embalses y riegos en general.
5.º Toma de acuerdos sobre la regularización y ampliación de la zona regable de la Comunidad a través de la modificación de la concesión admi- nistrativa de agua.
6.º Ruegos y preguntas.
Xxxxx, a 25 de octubre de 2016. — El presidente, X. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx. — El secretario, Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx.
COMUNIDAD DE REGANTES
DE ESCATRÓN Núm. 9.684
Como miembro de la Comunidad de Regantes de Escatrón, se le convoca a Asamblea general ordinaria para el día 25 de noviembre de 2016, en el sa- lón de actos del Centro Polivalente de Escatrón, a las 19:30 horas en primera convocatoria y a las 20:00 horas en segunda. El orden del día será el siguiente:
1.º Lectura del acta anterior y aprobación, si procede. 2.° Informe de gastos e ingresos del año 2015.
3.º Presupuesto del año 2016.
4.º Subvención del Ayuntamiento de tajaderas La Villa y Gotor y Las Planas.
5.º Informe sobre las obras realizadas ejercicio 2015.
6.º Contratación de asesoría legal para tramitación de impagados, acuer- do xx Xxxxx, incumplimiento del mismo y medidas a tomar.
7.º Xxxxxx y preguntas.
Escatrón, a 26 de octubre de 2016. — El presidente.
COMUNIDAD DE REGANTES
DE GARRAPINILLOS Núm. 9.676
Se convoca a los partícipes de esta Comunidad de Regantes a Junta ge- neral ordinaria, que se celebrará el día 11 de noviembre de 2016, a las 10:00 horas en primera convocatoria y a las 10:30 horas en segunda, en el domi- cilio social de la Comunidad, Xxxx xx Xxx Xxxxxxx, 000, xx Xxxxxxxxxxxxx (Xxxxxxxx), para tratar de los siguientes asuntos:
Orden del día
1.º Lectura y aprobación, si procede, del acta de la Junta anterior de 2 xx xxxxx de 2016.
2.º Dar cuenta de la memoria correspondiente al primer semestre del año 2016.
3.º Examen y aprobación, si procede, de los presupuestos de ingresos y gastos para el año 2017 y revisión de las cuotas de alfarda.
4.º Renovación de cargos comunitarios.
5.º Ratificar, si procede, el acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 6 de septiembre de 2016 de permuta de una parcela propiedad de la Comunidad de Regantes de Garrapinillos por parcelas propiedad del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx, y facultar, en su caso, al presidente para que firme cuantos docu- mentos sean necesarios para elevación a escritura pública e inscripción en el Registro de la propiedad.
6.º Propuestas del presidente de la Junta de Gobierno. 7.º Xxxxxx y preguntas.
Xxxxxxxxxxxxx (Zaragoza), a 24 de octubre de 2016. — El presidente de la Comunidad, Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA XX XXXXXXXX
CIF: P-5.000.000-I • Depósito legal: Z. número 1 (1958)
Administración:
Xxxxxxx de la Diputación xx Xxxxxxxx (Admón. del BOPZ). Xxxxx xx Xxxxxx, 0. Teléfono: 000 000 000 - Directo: 000 000 000 - Fax: 000 000 000
Talleres:
Imprenta Provincial. Carretera de Madrid, s/n - Teléfono: 000 000 000
Envío de originales para su publicación:
Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxxxx (Registro General) Xxxxx xx Xxxxxx, xxxxxx 0, 00000 Xxxxxxxx
Correos electrónicos: xxx@xxx.xx / xxxxxxxx@xxx.xx
TARIFAS Y CUOTAS
El “Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxxxxx” puede consultarse en las siguientes páginas web: xxxx://xxxxxxx.xxx.xx/XXXX/ o xxx.xxx.xx
(Art. 7.º Ordenanza fiscal núm. 3 vigente)
1. Anuncios:
1.1. Cuando se remitan por correo electrónico o en soporte informático y cumplan las prescripciones técnicas establecidas en el Reglamento de gestión del BOPZ, de forma que permita su recuperación sin necesidad de realizar ningún trabajo de composición y montaje:
—Anuncios ordinarios: Por cada carácter que integre el texto del anuncio, 0,025 euros.
—Anuncios urgentes: Ídem ídem, 0,050 euros.
1.2. Cuando se remitan en soporte papel y sea necesario transcribir el texto del anuncio:
—Anuncios ordinarios: Por cada carácter que integre el texto del anuncio, 0,0300 euros.
—Anuncios urgentes: Ídem ídem, 0,0600 euros.
2. Información en soporte electrónico:
2.1. Cada página de texto de una disposición o anuncio: 0,05 euros.
2.2. Si se facilita en disquete, además: 1 euro.
2.3. Si se facilita en CD-ROM, además: 3 euros.
3. Suscripción al BOPZ para su recepción por correo electrónico: 10 euros/mes.
4. Suscripción al BOPZ en formato papel: 50 euros/mes.