Propuesta de contratación Cláusulas de Ejemplo

Propuesta de contratación. A la vista de la calificación final otorgada, la Comisión de Selección elevará a la Alcaldía Presidencia, propuesta de contratación del aspirante con mayor puntuación. Las sucesivas contrataciones se efectuarán conforme a la Bolsa Constituida, delegando la propuesta de contratación en el Concejal de Personal. Aquellas personas que hayan sido contratadas al menor en una de las 3 convocatorias anteriores de esta bolsa, sólo se les contabilizarán las cargas familiares señaladas en el apartado 2 de estas bases, exceptuando el apartado 2 d) de estas bases.
Propuesta de contratación. 1. La comisión de selección propondrá para la contratación al aspirante que obtenga la puntuación más alta. Para el caso de convocatorias en las que haya más de una dotación, éstas se asignarán por el orden de prelación que figure en la propuesta. En el caso de que los contratos se vinculen a distintos centros de adscripción, los candidatos propuestos elegirán por el orden de prelación de dicha propuesta. 2. Efectuada la propuesta de contratación, el presidente o el secretario de la comisión de selección hará entrega a la unidad que gestione la convocatoria de la propuesta de contratación y del resto de documentación del proceso selectivo, así como de la documentación de los aspirantes. 3. La propuesta de la comisión de selección se publicará única y exclusivamente en el e_TOUZ. La publicación en el mencionado tablón de anuncios servirá de notificación a los interesados a todos los efectos. La publicación de la propuesta de contratación será realizada por la unidad que gestione la convocatoria.
Propuesta de contratación. PERSONAL: 1 Auxiliar Administrativo 35 h/sem. y 1 auxiliar administrativo a 24h/sem. TEMPORADA CONTRATACIÓN: 1 Julio al 31 xx Xxxxxx. NOTA: Los costes y datos de la propuesta que se aportan a este informe sobre la contratación de personal de refuerzo para las fechas indicadas, fueron aportados en esta oficina de turismo por Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx (Concejal de Personal de este Ayuntamiento). Vista la oferta de la FAC, se propone la adjudicación a la FAC.” VISTA la oferta presentada por la Federación Asturiana de Concejos, con CIF: G- 33475864 y domicilio en la calle Xxxx n º58, 1º, 33003 xx Xxxxxx, en relación al contrato de servicio para el refuerzo de la Oficina Municipal de Turismo durante los meses xx xxxxxx de 2015, que asciende a la cantidad de 6.960,87 euros (IVA incluido), VISTO lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Contratos del sector Público, según el cual son contratos de servicios aquellos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II. VISTO lo dispuesto en el artículo 111 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Contratos del sector Público, según el cual los contratos menores definidos en el artículo 138.3, la tramitación del expediente sólo exigirá la aprobación del gasto y la incorporación al mismo de la factura correspondiente, que deberá reunir los requisitos que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan. VISTO lo dispuesto en el artículo 138.3 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Contratos del sector Público, según el cual se consideran contratos menores los contratos de importe inferior a 50.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 18.000 euros, cuando se trate de otros contratos, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 206 en relación con las obras, servicios y suministros centralizados en el ámbito estatal. VISTO que existe consignación para afrontar el gasto con cargo a la aplicación 43200.22699 del presupuesto municipal; habiéndose efectuado la oportuna retención de crédito. VISTO lo dispuesto en la Disposición Adicional Segund...
Propuesta de contratación. Teniendo en cuenta el importe y naturaleza de las obras, éstas se han licitado mediante un procedimiento abierto. Constando la autorización del gasto por Acuerdo del Consejo de Gobierno ya citado, para la celebración del contrato se precisa igualmente acuerdo del Consejo de Gobierno en este sentido.
Propuesta de contratación. 1.- La Comisión de Selección formulará a la Presidencia de la Corporación propuesta de contra- tación temporal en régimen laboral como Arquitecto/a Superior en favor del/la aspirante que, habien- do superado los tres ejercicios, haya obtenido la mayor puntuación total. 2.- En caso de empate en la puntuación total, se acordará la celebración de una prueba comple- mentaria de aptitud profesional.
Propuesta de contratación. 1. El Tribunal Calificador no podrá declarar que ha superado el procedimiento selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. 2. Concluida selección, se efectuará propuesta de contratación del aspirante seleccionado/a, según el orden de puntuación. 3. La propuesta de contratación junto con la relación de calificaciones, el expediente y actas, serán elevados por el Tribunal a la Presidenta de la G.M.U. que, de acuerdo con la propuesta efectuada, procederá a contratar al candidato seleccionado.
Propuesta de contratación. 7.1.1 Concluido el proceso, la Comisión de Selección correspondiente elevará a la Dirección del ICU o VICYT, según corresponda, la lista definitiva con las puntuaciones finales ordenadas de mayor a menor. 7.1.2 La Dirección del ICU o VICYT, según corresponda, procederá a la contratación de la persona aspirante que haya obtenido la mayor puntuación, siempre que conste el cumplimiento de los requisitos establecidos en el apartado 1.2 de esta Resolución, en todo caso, y en el apartado en el apartado 7.2 del Anexo I o en el apartado 7.2 del Anexo II, según corresponda.
Propuesta de contratación. Los investigadores principales o los directores de proyectos de investigación con financiación externa que tengan previsto la contratación de personal científico e investigador con cargo a dicho proyecto, deberán solicitarlo en escrito dirigido al Vicerrector competente en el ámbito de la investigación, detallando las características del contrato conforme a lo indicado en el Anexo I de esta normativa. Junto a la solicitud deberá acompañarse en todos los casos una copia del proyecto concedido que sustenta la petición, o hacer referencia al mismo si ya existiera copia en el Vicerrectorado de Investigación, en cuyo contenido deberá constar la autorización para gastos de personal, con dotación suficiente para cubrir la totalidad de los costes del contrato.
Propuesta de contratación. 11.1. La comisión de valoración emitirá un informe razonado y vinculante donde se incluirá una lista priorizada de las y los aspirantes de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en la convocatoria, propondrá para la contratación al candidato que obtenga la puntuación más alta y se remitirá toda la documentación del proceso de selección al Vicerrectorado con competencias en materia de investigación. 11.2. Por parte del Servicio correspondiente, se revisarán los requisitos exigidos a la candidatura seleccionada según la convocatoria y se emitirá un informe razonado por parte de la Jefatura de Servicio. Toda la documentación relativa a la propuesta de contratación se elevará al Servicio Jurídico para emitir un informe de legalidad, con el fin de velar por el cumplimiento de los requisitos necesarios para facilitar el uso de estas modalidades de contratación, según la Circular de la Intervención 1/2016 y la normativa vigente y asegurar una correcta fiscalización de los expedientes. 11.3. De forma opcional, la comisión de valoración podrá proponer una lista de reservas para asegurar las posibles sustituciones que se pudieran originar si alguna de las personas candidatas renuncia a su incorporación o durante el periodo de vigencia del contrato. 11.4. La propuesta no genera derecho alguno a favor de la candidatura propuesta frente a la Administración mientras no se haya publicado la resolución de contratación.
Propuesta de contratación. Una vez finalizado el proceso, la Comisión elevará el listado definitivo con propuesta de contratación para los/las candidatos/as que haya obtenido la mayor puntuación.