Lugares de Pago Cláusulas de Ejemplo

Lugares de Pago. En el propio Ayuntamiento, o en la oficina colaboradora………… Aplazamiento y Fraccionamiento: podrá solicitarse según lo dispuesto en el art. 48 del Reglamento General de Recaudación Ante mí: El Secretario El Alcalde NOTIFICACIÓN En virtud del Decreto de Alcaldía núm../ o del acuerdo adoptado por esta Corporación en sesión de fecha ...... de ............ de dos mil …se procede a notificar lo siguiente: Visto el expediente de resolución de contrato administrativo de servicios, resolución por incumplimiento del contratista acordada por Decreto/Acuerdo de fecha …......... Considerando el decreto de aprobación provisional de liquidación de daños, por el que se concedió audiencia al contratista, avalista o asegurador. Transcurrido el plazo concedido sin alegar oposición a la liquidación de daños aprobada, / o alegando oposición. NOTA: La Administración puede no estimar las alegaciones formuladas o estimar en parte las alegaciones. Esta Alcaldía, en uso de las facultades conferidas por el Ordenamiento Jurídico, ha resuelto: Aprobar definitivamente la liquidación de las cantidades adeudadas por el contratista a esta Administración debido a (deben especificarse las cantidades y su procedencia con detalle y motivación), (a título de ejemplo podrían señalarse las siguientes): - Pérdida de subvención de distintas Administraciones Públicas por importe de……………euros. Se adjuntan Decretos de concesión de subvención y pérdida. - Mayor xxxxx en la adjudicación de la parte del contrato que no se había prestado valoración realizada por el Jefe de Sección y que consta en el informe emitido con fecha ….......... - Como consecuencia de la no realización del servicio, por observarse deficiencias en el mantenimiento, este Ayuntamiento se ha visto obligado a … Se aportan facturas por un importe de ................ euros. La cantidad a abonar se ingresará en la cuenta que posee este Ayuntamiento con la Entidad Bancaria xxxxx.- Los plazos de Pago: Para las liquidaciones notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el 20 del mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. Para las liquidaciones notificadas entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día cinco del segundo mes posterior siguiente o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. Las deudas no satisfechas en los periodos citados se exigirán por vía ejecutiva con el recargo qu...
Lugares de Pago en el propio Ayuntamiento, o en la oficina colaboradora………… Aplazamiento y fraccionamiento: podrá solicitarse según lo dispuesto en el art. 48 del Reglamento General de Recaudación Lo que le comunico, para su conocimiento y efectos, significándole que, contra la presente liquidación podrá interponer ante el órgano que dictó el acto, de conformidad con el art. 14 de el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, recurso de reposición en el plazo de un mes a contar de la recepción de esta notificación, el cual se entenderá desestimado, si no se notificare su resolución, por el transcurso de un mes, a contar desde la interposición del recurso. El plazo para interponer, en su caso, recurso contencioso- administrativo ante el Juzgado xx Xxxxxx, será de dos meses, contados desde el día siguiente a la notificación de la resolución expresa del recurso de reposición. Si no hubiera resolución expresa, el plazo será de seis meses, a contar de la fecha en que se entienda desestimado por silencio el recurso de reposición. Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
Lugares de Pago. Son la red de instituciones bancarias autorizadas y los comercios donde podrás realizar el pago de tu mensualidad. Los establecimientos que reflejan tu pago de manera inmediata son: Estos establecimientos no cobran comisión por pago También podrás realizar tu pago en: Los establecimientos mencionados cobran una comisión por el pago de tu servicio. Los establecimientos que reflejan tu pago al día siguiente son: Estos establecimientos no cobran comisión por pago. También podrás realizar tu pago en: Este establecimiento cobra una comisión por el pago de tu servicio. Y las referencias bancarias, si deseas realizar tus pagos en las siguientes Instituciones de crédito son:
Lugares de Pago. 1. A través de las entidades colaboradoras (Bancos, Cajas de Ahorro y Cooperativas de Crédito) en las que no es preciso tener cuenta abierta, mediante los impresos carta de pago y talón de cargo que deberán recogerse en la Delegación de Eco- nomía y Hacienda. Solicitud de aplazamiento: Se podrá aplazar o fraccionar el pago de las deudas en período voluntario. La presentación de las solicitudes se efectuará en la Delegación de Economía y Hacienda en que deba efectuarse el pago. Procedimiento de apremio: El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario, sin haber sido satisfecha la deuda, determinará el inicio del procedimiento de apremio, el devengo del recargo de apremio y de los intereses de demora, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 161 de la Xxx Xxxx- ral Tributaria y en los artículos 70 y siguientes del Reglamento General de Recaudación (Real Decreto 939/2005, de 29 de julio). Santa Xxxx de Tenerife a 18 de noviembre de 2008.—La Delegada de Economía y Hacienda, P.D. (Artículos 19 y 20 del R.D. 1330/2000 de 7 de julio (BOE del 8)). Nombre: Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxx. Población: Sevilla. Provincia: Sevilla. Liquidación: 38200800019517. NIF: 00000000X. Objeto T.: Ley 28/2005. Infracc. Art. 19.2.a). Importe: 30,00. 40-16421 4 Boletín Oficial de la provincia xx Xxxxxxx. Número 130 Miércoles 8 xx xxxxx de 2011 «De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al intentarse la notificación y no poderse practicar, se procede mediante este acto, a notificar la resolución de fecha 15 xx xxxxx de 2011, de la Delegación Provincial xx Xxxxxxx de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda de la Junta de An- dalucía, dictada en el Expediente 41-AP-G-00-4624/04, que re- suelve reconocer a don Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, el derecho a la prórroga de la subsidiación. Previa acreditación de su iden- tidad podrá comparecer en las dependencias del Servicio de Vi- vienda, Sección Vivienda Protegida, de la citada Delegación Provincial, sita en plaza de San Xxxxxx número 2, Sevilla, para la notificación del texto íntegro. Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer re- curso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Obras Públi- cas y Vivienda, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su notificación, de confor- midad con lo establecido...
Lugares de Pago. El cliente podrá realizar sus pagos anticipados o prepagos en los puntos de autorizados por NetTV, pagando el importe que se encuentre vigente y de acuerdo al día o días en los que el cliente quiera disfrutar del servicio, para que de esta forma, se ejerzan los derechos y obligaciones establecidos en el contrato asentados en el clausulado del mismo, como consecuencia de que NetTV, en forma directa o a través de un DA, haya instalado un equipo en el domicilio del suscriptor. Son los comercios donde podrás realizar el pago por 30 días. Los establecimientos que reflejan el pago de forma inmediata y cobran una comisión por el pago del servicio. Consúltalos en xxxxx.xxx.xx/xxxxxxx_xx_xxxx.xxxx
Lugares de Pago. Entidad Por la Pá gina Web En Agencias y Agentes Express Código de Identificación Scotiabank Sí Sí DNI o RUC Interbank Sí Sí BBVA Continental Sí Sí Banco de Crédito BCP Sí Sí La Positiva Seguros a Nivel Nacional No Sí Póliza Nº: 230181925 * 23018192 5* Ramo: XXXXXXXXX Vigencia-Inicio: 03/04/2019 12:00 hrs Término: 03/04/2020 12:00 hrs Oficina: Premium/Empresarial Módulo: AutoTotal individual Nombre o Razón Social: XXXXXXXXXX XXXXXX, XXX XXXXXXX Dirección: XXXXX 00 XX 00 XX 00 - XXXXX XXXXX (LIMA 43) - LIMA (PROV) Nombre o Razón Social: XXXXXXXXXX XXXXXX, XXX XXXXXXX Dirección: XXXXX 00 XX 00 XX 00 - XXXXX XXXXX (LIMA 43) - LIMA (PROV) Fecha de Vencimiento: 03/05/2019 Prima Comercial US$ 555.86 Prima Comercial + IGV US$ 655.92 La Prima Comercial incluye: Cargo de agenciamiento por la intermediación xx xxxxxxxx de Seguros DIRECTOS Registro : 0 Monto US$ 0.00 Marca / Modelo : HYUNDAI / I20 Clase : Camioneta Rural hasta 9 Astos Ocupantes : 5 Motor Nº : G4LCHU885732 Rodaje : BCD-078 Chasis Nº : XXXXX00XXXX000000 Año : Tipo de Uso : 2017 Particular Timón cambiado : NO Daño Propio a Valor Asegurado, hasta US$ 16,280.20 Responsabilidad Civil Frente a Terceros, hasta US$ 150,000.00 Responsabilidad Civil Frente a Ocupantes, hasta US$ 50,000.00 Muerte c/u US$ 25,000.00 Invalidez Permanente, c/u hasta US$ 25,000.00 Gastos de Curación, c/u hasta US$ 4,000.00 Gastos de Sepelio, c/u hasta US$ 1,500.00 Accesorios Musicales, hasta US$ 1,000.00 Riesgos de la Naturaleza, hasta US$ 16,280.20 Uso de Vías No Autorizadas, hasta US$ 16,280.20 Huelga, Daño Malicioso, Vandalismo, Terrorismo, hasta US$ 16,280.20 Ausencia de Control - Daño Propio, hasta US$ 16,280.20 Ausencia de Control - Responsabilidad Civil, hasta US$ 50,000.00 Prima Comercial (no incluye IGV) US$ 555.86 BBVA CONSUMER FINANCE - EDPYME 004 Responsabilidad civil frente a ocupantes 012 Rehabilitación automá tica suma asegurada 014 Uso de vias no autorizadas 021 Cob. de asistencia y serv. linea positiva 023 Indem. pólizas a valor asegurado 027 Repuestos032 Chofer de Reemplazo 041 Deducibles Especiales Póliza de Seguro de Vehiculos 009 Exoneración de denuncia 013 Riesgos de la naturaleza 018 Defensa jurídica 022 Indem. pérd. parciales TC o china o india 024 Ausencia control entidades financieras 029 Vehículo de reemplazo 034 Asegurado adicional 046 Clá usula de garantía de inspección Fenix - Los deducibles se duplicará n para conductores menores a 26 años cuando el conductor sea responsable segú n los resultados de las...

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  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 156 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) TGLA 227. Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • SUSPENSIÓN TEMPORAL Cuando en el periodo de prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la Convocante bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente entregados. En cualquier caso, la suspensión deberá constar por escrito, señalando el plazo de la suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del instrumento jurídico, lo que se notificará al licitante adjudicado.

  • Habilitación No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial firme, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.