ACTIVIDADES DE SUPERVISIÓN Cláusulas de Ejemplo

ACTIVIDADES DE SUPERVISIÓN. El contratista a través de dos (2) supervisores, efectuará la supervisión de los puestos de vigilancia mediante visitas diarias por turno. - Verificar que el personal destacado esté correctamente uniformado, en los turnos y horarios correspondientes, de acuerdo con el Anexo ³A´y cuente con todos los materiales de escritorio (lapiceros, cuadernos de ocurrencia y/o formatos) para la prestación del servicio. - Verificar que el personal destacado a la Entidad cumpla con las actividades y funciones encomendadas. - Realizar rondas (externos), inspecciones diurnas y nocturnas, complementadas con medidas de control telefónico y, otras formas de control establecidas en el plan de trabajo a fin de garantizar que el servicio se ejecute de manera eficiente, continua y conforme a los horarios establecidos.
ACTIVIDADES DE SUPERVISIÓN. 3.1 Calificación de las conclusiones y armonización de las medidas que se tomarán en caso de no conformidades. La definición de los niveles de calificación de las conclusiones aplicados por las ANS en sus actividades de supervisión es específica de cada Estado miembro. Las partes trabajarán para establecer una herramienta de concordancia para la calificación de las conclusiones y para converger, en la medida de lo posible, hacia una definición común. Con respecto a las normas europeas comunes, se constituirá un grupo de trabajo, tal y como se define en la parte general de este acuerdo, que debatirá sobre una serie de cuestiones comunes relacionadas con ellas, para comparar visiones e interpretaciones, así como sobre la armonización de las medidas que deberán tomarse en caso de no conformidades.
ACTIVIDADES DE SUPERVISIÓN. 4.3.1 En la etapa contractual 4.3.1.1 Funciones relacionadas con la ejecución del objeto contractual: 4.3.1.2 Funciones de supervisión relacionadas con aspectos económicos del contrato: 4.3.2 En la etapa postcontractual
ACTIVIDADES DE SUPERVISIÓN. 3.1 Adquisición de bienes y Servicios Una vez el contratista haya cumplido con el objeto del contrato u orden, o de acuerdo a como esté establecido en éste, el supervisor debe diligenciar el (1). El supervisor debe realizar las siguientes funciones relacionadas con los pagos al contratista: ✓ Verificar el cumplimiento de todas las obligaciones contractuales y autorizar su pago. ✓ Verificar el pago de seguridad social integral del contratista para el periodo de ejecución del contrato u orden. ✓ Elaborar y firmar el acta de recibido (1) ✓ Elaborar el informe de ejecución del contrato u orden y sus soportes. Nota 1: La información que debe contener el informe de supervisión es:  Nombre completo del contratista.  Número del contrato.  Fecha de inicio del contratoFecha de terminación del contrato  Periodo del informe: día, mes y año de inicio y de terminación del periodo.  Objeto del contrato: Copiar textualmente la cláusula del contrato.  Actividades contractuales: Copia textual de las actividades del contrato.  Actividades desarrolladas en el periodo del informe: Referirse una a una a las actividades realizadas durante el periodo del informe resumiendo para cada una, la gestión realizada, soportándola cuando a ello hubiere lugar. Nota 2: Si llegare a tener dudas sobre la ejecución del mismo, no podrá expedir el certificado de cumplimiento final, hasta tanto tenga certeza de su cumplimiento. 1 día Supervisor (1) FAI-05 “Acta de Recibido de Bienes y Servicios” Documentos necesarios para trámite de pago 3.2 Contratación de OPS Mensualmente, o de acuerdo a como esté establecido en la orden de prestación de servicios profesionales o personales, el supervisor aprueba y firma el (1), presentado por el contratista. 1 día Supervisor (1)FDE.VA-13 “Informe de Actividades / Constancia de Cumplimiento Orden de Prestación de Servicios” El supervisor debe realizar además las siguientes funciones relacionadas con los pagos al contratista: ✓ Verificar el pago de seguridad social integral del contratista para el periodo de ejecución. ✓ En el caso de OPS que deban realizar capacitaciones o seminarios, debe aportar los respectivos listados de asistencia. Documentos necesarios para trámite de pago 3.3 En el caso de que el supervisor no presente los informes de ejecución y demás documentos que hagan parte de su función como supervisor del contrato/orden, la oficina de Contratación informará mediante correo electrónico a la oficina de Control Interno de Gestión para que i...

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  • Comisión de Seguimiento Con el fin de facilitar la coordinación y el desarrollo del presente convenio se constituirá una Comisión de Seguimiento, que estará formada por dos representantes de la Consejería de Economía e Infraestructuras, y dos representantes de Extremadura Avante Servicios Avanza- dos a Pymes, SLU, designados por quienes suscriben el presente convenio. El régimen jurídico de esta Comisión de Seguimiento será el establecido en la Sección3.ª, Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. La Presidencia de la Comisión de Seguimiento corresponde a la Consejería de Economía e Infraestructuras, de la Junta de Extremadura, ostentando voto de calidad en caso de empa- te. El ejercicio de las funciones de Secretario de la Comisión de Seguimiento corresponderá a uno de los representantes de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU. La Comisión de Seguimiento establecerá las directrices básicas de organización y funciona- miento del presente convenio. A la Comisión de Seguimiento le corresponden, entre otras, las siguientes funciones: a) Realizar el seguimiento de las actividades y tareas ejecutadas en virtud de la presente transferencia verificando su adecuada progresión y el alcance de los objetivos del proyecto a desarrollar anualmente. b) Xxxxxxx y resolver cuantas dudas y controversias pudieran surgir en la interpretación y ejecución del presente convenio. c) Aprobar, cuando no sean objeto de addenda, las modificaciones previstas en la cláusula xxxxxxx xxx xxxxxxxx xxxxxxxx. 00 xx 00 x) Xxxxxxx la información que sea razonable para el seguimiento de las actuaciones tanto en los aspectos científicos y técnicos como en los económicos y organizativos, debiendo garantizar Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, la disponibilidad de la información. e) Establecimiento de las normas internas de funcionamiento de la Comisión xx Xxxxx- miento, en concordancia con los Estatutos y normativa reguladora de las instituiciones firmantes.

  • Prendas de trabajo 1.- La Universidad proveerá a los trabajadores de las prendas de trabajo y los equipos de protección individual homologados y adecuados para el desempeño de sus funciones. 2.- El Comité de Seguridad y Salud laboral velará para que las prendas reúnan las condiciones adecuadas a las características del puesto de que se trate; para ello, contará con el asesoramiento técnico del Servicio de Prevención. Los equipos y medios han de estar en condiciones de uso suficientes para el fin perseguido, por lo que procederá su reposición cuando sufran algún deterioro que ponga en riesgo la seguridad y salud de los trabajadores. 3.- Las Universidades indemnizarán anualmente a sus trabajadores, en el mes xx xxxxx, por desgaste de vestuario, conforme a lo establecido en el anexo I. Los trabajadores, cuyo periodo de servicio no comprenda la totalidad del año natural anterior, percibirán la parte proporcional correspondiente al periodo trabajado, en fracciones mensuales. 4.- La Gerencia de cada Universidad determinará, previa negociación con el Comité de Empresa, aquellos casos en que sea obligatoria la utilización de una uniformidad concreta y sus características y condiciones, en consonancia con lo dispuesto en el apartado anterior.

  • Delegación de funciones 5.1 El Gerente de Obras, después de notificar al Contratista, podrá delegar en otras personas, con excepción del Conciliador, cualquiera de sus deberes y responsabilidades y, asimismo, podrá cancelar cualquier delegación de funciones, después de notificar al Contratista.

  • CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO Art. 118 TRLCSP

  • CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN Los órganos de contratación podrán establecer condiciones especiales en relación con la ejecución del contrato, siempre que estén vinculadas a su objeto, en el sentido del artículo 145 LCSP, no sean directa o indirectamente discriminatorias y sean compatibles con el derecho comunitario. Las condiciones especiales de ejecución para este contrato se indican en el apartado 23 del Anexo I al presente pliego. Para el caso de incumplimiento de estas condiciones especiales de ejecución, deberán establecerse penalidades en el apartado 29 del Anexo I al presente pliego o atribuirles a estas condiciones el carácter de obligaciones contractuales esenciales a los efectos señalados en la letra f) del artículo 211 LCSP. Todas las condiciones especiales de ejecución que formen parte del contrato serán exigidas igualmente a todos los subcontratistas que participen en la ejecución del mismo.

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  • ADMINISTRACIÓN, VERIFICACIÓN, SUPERVISIÓN Y ACEPTACIÓN DE LOS SERVICIOS EL CENACE" designa como responsable de administrar y vigilar el cumplimiento del presente contrato al C. XXXXXX XXXXXXXX XXXXX XXXX , en su carácter de SUBGERENTE de Tecnologías de Información y Comunicaciones de la Subgerencia de Administración de la Gerencia de Control Regional Central, con el objeto de verificar el óptimo cumplimiento del mismo, por lo que indicará a “EL PROVEEDOR” las observaciones que se estimen pertinentes, quedando éste obligado a corregir las anomalías que le sean indicadas, así como deficiencias en la prestación de los servicios o de su personal. Asimismo, "EL CENACE" sólo aceptará la prestación de los servicios materia del presente contrato y autorizará el pago de los mismos previa verificación de las especificaciones requeridas, de conformidad con lo especificado en el presente contrato y sus correspondientes anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta. Los servicios serán recibidos previa revisión del administrador del contrato; que consistirá en la verificación del cumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas en el contrato y en su caso en los anexos respectivos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta. En tal virtud, "EL PROVEEDOR" manifiesta expresamente su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla de conformidad con lo establecido en el párrafo anterior, la prestación de los servicios, no se tendrán por aceptados por parte de "EL CENACE". Contrato: 2021 -A-A-NAC-A-C-18-TQM-00002650 "EL CENACE", a través del administrador del contrato o a través del personal que para tal efecto designe, podrá rechazar los servicios si no reúnen las especificaciones y alcances establecidos en este contrato y en su Anexo técnico, obligándose "EL PROVEEDOR" en este supuesto a entregarlos nuevamente bajo su exclusiva responsabilidad y sin costo adicional para "EL CENACE".