Productos Derivados Cláusulas de Ejemplo

Productos Derivados. Un derivado es un instrumento financiero cuyo precio está ligado a otro instrumento financiero. A este otro instrumento financiero se le denomina “activo subyacente” (acciones, cestas de acciones, índices bursátiles, tipos de interés, divisa, materias primas, etc.). Su contratación se puede efectuar dentro de un mercado organizado o fuera de éstos (OTC). Se trata de productos sofisticados, por lo que para invertir en ellos es necesario conocimientos específicos, siendo catalogados por la normativa MiFID como productos complejos. Existen diferentes tipos de contratos de derivados. Los más comunes son los siguientes:  Futuros y forwards: son contratos en el que las partes acuerdan la compraventa de una cantidad concreta de un valor (activo subyacente), en una fecha futura predeterminada, a un precio convenido de antemano. Entre ellos, los denominados “Seguros de cambio” son contratos a plazo cuyo objetivo consiste en contratar hoy el tipo de cambio comprador o vendedor en una fecha futura entre dos divisas cualesquiera. La evolución de los tipos de cambio de las divisas durante el período de vigencia del contrato determinará el beneficio o pérdida de la operación.  Opciones: son contratos a plazo que otorgan a su poseedor el derecho teórico, que no la obligación, a comprar o a vender un número determinado de títulos sobre un activo subyacente a un precio establecido y hasta un a fecha fijada de antemano. Para cada comprador de una opción simultáneamente existe un vendedor de esa opción. Por tanto, los vendedores de una opción tienen la obligación, pero no el derecho, a efectuar la transacción futura, estando por ello subordinados a la voluntad del tenedor de ejercitar o no esa opción. En el caso de los Warrants, existe un emisor de los títulos, que actúa como contrapartida en el mercado.  Permutas financieras (swaps) son contratos por los que dos partes se comprometen a intercambiar una serie de cantidades de dinero en fechas futuras. Cuando están referenciados a tipos de interés se denominan IRS (Interest Rate Swap) y se ofrecen como cobertura para reducir el riesgo de tipo de interés en el caso de préstamos hipotecarios a interés variable.
Productos Derivados. Se trata de productos sofisticados que en algunos casos conllevan riesgo de pérdida total, o incluso superior, de la inversión. Por lo tanto, para invertir en ellos es necesario disponer de ciertos conocimientos técnicos y financieros específicos, tanto de los productos como del funcionamiento de los sistemas de negociación, sino también contar con una alta predisposición a asumir riesgos elevados, y capacidad para afrontarlos. Requiere vigilancia constante de la posición. Tipos de productos derivados:
Productos Derivados. Se trata de productos sofisticados que en algunos casos conllevan riesgo de pérdida total de la inversión. Por lo tanto, para invertir en ellos es necesario disponer de ciertos conocimientos específicos, tanto de los productos como del funcionamiento de los sistemas de negociación, sino también contar con una alta predisposición a asumir riesgos elevados y capacidad para afrontarlos. La inversión en productos derivados requiere conocimientos, buen juicio y vigilancia constante de la posición. Los productos derivados se pueden usar con distintas finalidades. Por un lado, cabe emplearlos para limitar total o parcialmente el riesgo de pérdida de una cartera o de un fondo; por otro, también permiten añadir riesgo a una inversión (realizando una apuesta sobre el valor futuro de un subyacente), con objeto de alcanzar mayores rentabilidades. o ganancias obtenidas de la operativa con derivados pueden ser superiores a las que se obtendrían si se negociaran directamente los activos subyacentes con objeto de alcanzar mayores rentabilidades. Una característica común a todos los productos derivados es el efecto apalancamiento, que define la relación entre el capital invertido y el resultado que se obtiene. Para un mismo importe, las posibles pérdidas o ganancias obtenidas de la operativa con derivados pueden ser superiores a las que se obtendrían si se negociaran directamente los activos subyacentes.
Productos Derivados. Un derivado es un instrumento financiero cuyo precio está ligado a otro instrumento financiero. A este otro instrumento financiero se le denomina "activo subyacente" (acciones, cestas de acciones, índices bursátiles, tipos de interés, divisa, materias primas, etc.). Su contratación se puede efectuar dentro de un mercado organizado o fuera de éstos (OTC). Se trata de productos sofisticados, por lo que para invertir en ellos es necesario conocimientos específicos, siendo catalogados por la normativa MiFID como productos complejos. 7.4.1 – Tipología de productos derivados
Productos Derivados. Son instrumentos financieros catalogados por la CNMV como productos financieros que no son sencillos y pueden ser difíciles de entender, y cuyo valor deriva de la evolución de los precios de otros activos denominados activos subyacentes, que pueden ser por ejemplo acciones, cestas de acciones, renta fija, divisas, tipos de interés, índices bursátiles, materias primas, inflación, riesgo de crédito… Dada la especial regulación de CFDs y FOREX, en aspectos tan relevantes como las garantías iniciales requeridas, las reglas que juegan en los cierres por garantías o la protección de saldo negativo, es conveniente distinguir y entender de forma diferenciada los riesgos asociados a estos productos con respecto a los Futuros y Opciones: CFDs sobre divisas al contado: La inversión en CFDs sobre divisas, también conocido como mercado FOREX, está catalogada por la CNMV como un producto financiero que no es sencillo y puede ser difícil de comprender. El precio de las divisas siempre se ajusta por parejas. Todas las operaciones se desarrollan entre dos divisas distintas, lo que da lugar a la compra de una divisa y la venta de otra, simultáneamente. Por ejemplo, al operar con EUR/USD, el cruce de divisas es de euros frente a dólares estadounidenses. Se compraría una de las divisas (posición larga) mientras que se vendería la otra (posición corta). El precio de oferta es el importe al que se vende la divisa. El precio de demanda es el importe al que se compra la divisa. La diferencia entre el precio de oferta y el precio de demanda se conoce como diferencial oferta/demanda u horquilla. Dicha horquilla varía en función de los tipos de divisas cruzados, de manera que los más comunes (las principales divisas) tienen horquillas más ajustadas. Para abrir una posición en CFDs sobre divisas se exige desembolsar sólo una garantía y no el importe total del activo. Dicha garantía depende del activo en el que se opere, es exigida por la contraparte, y podrá ser modificada a lo largo de la vida del contrato. Al desembolsar sólo una parte, existe un efecto apalancamiento por el que las ganancias, y también las pérdidas respecto al capital aportado se multiplican pudiendo llegar a perder todo el saldo depositado en la cuenta. La posición se liquida diariamente por lo que, si se quiere mantener, se cierra y vuelve a abrirse a la fecha valor siguiente. Esta operación se denomina rollover, y puede conllevar un cargo/abono derivado del diferencial de tipos de interés entre las dos divisas ...
Productos Derivados. Suma del Activo Suma del Pasivo y Capital 800 Orden 810 Valores en Depósito 820 Fondos en Administración
Productos Derivados. Instrumentos financieros de máxima liquidez y disponibilidad con vencimiento a muy corto plazo, generalmente inferior al año. Algunos de los más representativos son el REPO y letras xxx xxxxxx.
Productos Derivados. Un derivado es un instrumento financiero cuyo precio está ligado a otro instrumento financiero. A este otro instrumento financiero se le denomina “activo subyacente” (acciones, cestas de acciones, índices bursátiles, tipos de interés, divisa, materias primas, etc.). Su contratación se puede efectuar dentro de un mercado organizado o fuera de éstos (OTC). Se trata de productos sofisticados, por lo que para invertir en ellos es necesario conocimientos específicos, siendo catalogados por la normativa MiFID como productos complejos. Existen diferentes tipos de contratos de derivados. Los más comunes son los siguientes: Futuros y forwards: son contratos en el que las partes acuerdan la compraventa de una cantidad concreta de un valor (activo subyacente), en una fecha futura predeterminada, a un precio convenido de antemano. Entre ellos, los denominados “Seguros de cambio” son contratos a plazo cuyo objetivo consiste en contratar hoy el tipo de cambio comprador o vendedor en una fecha futura entre dos divisas cualesquiera. La evolución de los tipos de cambio de las divisas durante el período de vigencia del contrato determinará el beneficio o pérdida de la operación.

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  • PRODUCTOS A ENTREGAR El CONTRATISTA DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO está obligado a entregar la totalidad de planos de diseños y estudios descritos a continuación, al igual que los correspondientes medios digitales que se requieran, de acuerdo a los parámetros definidos porla CONTRATANTE. Las herramientas que se emplearán para el desarrollo del proyecto se deberán ajustar a la utilización de los medios informáticos, con la consecuente utilización del software necesario y para cada tipo de documento de la siguiente manera: Planos Arquitectónicos y de ingeniería en 2D .DWG Autocad Planos Arquitectónicos y de ingeniería en 3D .DWG Autocad Coordinación 3D del proyecto .DWG, .RVT, etc. Autocad - Revit Render e Imágenes del Proyecto .JPG Varios Programación de obra .MPP Project Presupuesto de obra .XLS Excell Presentaciones .PPT Powerpoint Otros .CDR, .PDF, .DOC, etc. Corel Draw Acrobat 3D estudio, etc. Los ajustes a los estudios técnicos y a los diseños, especificaciones técnicas, cantidades de obra, presupuestos detallados de referencia, análisis de precios unitarios, deben ser aprobados y aceptados por la Interventoría. Los ajustes a los estudios técnicos y a los diseños serán aprobados cuando cumplan con las especificaciones técnicas requeridas porla CONTRATANTE, satisfagan las necesidades de la Entidad y cuenten con aprobación definitiva. Con los diseños, y una vez realizado el balance de áreas, se establecerán las cantidades reales de obra a ejecutar y el presupuesto final del proyecto. El Contratista deberá utilizar un software ágil y compatible con el actual software para el seguimiento y control de la ejecución del proyecto, el cual deberá permitir el uso compartido con la interventoría y FINDETER. Dentro de la Etapa 1, el contratista se compromete a entregar los siguientes productos definitivos: a. Estudio de suelos (revisión y/o ajuste del estudio de suelos existente) b. Estudio topográfico (m2 del predio) (revisión y/o ajuste del estudio topográfico existente) c. Diseño arquitectónico y urbano paisajístico bajo criterios de normativa vigente d. Diseño estructural y de elementos no estructurales e. Diseño de redes hidrosanitarias f. Diseño de redes de gas propano y/o gas natural en los sitios que se requieran en la construcción g. Diseño de sistema de redes contraincendios exterior e interior (incluye consulta de requisitos para obtener aval del cuerpo oficial de bomberos de la localidad, si se requiere) h. Diseño redes eléctricas (CONTEMPLANDO ACOMETIDA PRINCIPAL) i. Diseño de redes de voz y datos (CONTEMPLANDO ACOMETIDA PRINCIPAL) j. Propuesta tecnología de sostenibilidad para ahorro y aprovechamiento de energía k. Propuesta tecnología de sostenibilidad para ahorro y aprovechamiento de agua l. Propuesta tecnología de sostenibilidad para el manejo de aguas residuales m. Propuesta tecnología de sostenibilidad para manejo integral de residuos sólidos (Basuras) n. Presupuesto Detallado de referencia. Este presupuesto será utilizado únicamente como referencia pero no constituye el presupuesto contractual del proyecto, el cual se maneja a precio global fijo conforme a lo indicado en los términos de referencia. o. Cronograma de Actividades de la Obra. p. Memorias de Cantidades de Obra. q. Consolidación de Especificaciones Técnicas, donde se incluyan los ajustes realizados. r. Análisis de Precios Unitarios (Documentación utilizada como referencia y soporte del presupuesto). s. Plan de manejo ambiental t. Gestión con Empresas de Servicios Públicos. a. Estudio de suelos. a. El Contratista deberá realizar el estudio de suelos existente para el proyecto, para investigar y definir las propiedades geomecánicas y de deformabilidad del suelo de fundación, que evalúe el estado de interacción suelo-estructura y entregue las recomendaciones para su cimentación en el diseño estructural; igualmente, se deberán investigar las condiciones de consolidación de las estructuras vecinas y su interacción con la futura construcción de las obras. El Contratista deberá considerar, pero sin limitarse a ello, la realización de sondeos, pruebas de campo y laboratorio, análisis geotécnico y recomendaciones, incluyendo como mínimo las pruebas que exige la NSR – 10. b. Perforación con equipo mecánico percusión y lavado en la profundidad y cantidad que exige la NSR – 10. c. Antes de iniciar las actividades de exploración y perforación, el Contratista presentará para aprobación del Interventor el programa de exploración de campo y ensayos de laboratorio, de acuerdo con lo exigido en la NSR 10, el cual debe contener como mínimo las pruebas y ensayos antes indicadas y los demás que se consideren necesarios para lograr el objeto del estudio. Igualmente los métodos, procedimientos y metodología de diseño, deberán ser aprobados por la Interventoría. Sin esta aprobación, no se podrá dar inicio a la elaboración de los diseños, siendo responsabilidad del Contratista cualquier atraso por este motivo. d. El Contratista deberá presentar mínimo dos (2) alternativas de cimentación con sus respectivos análisis de costo beneficio para evaluación y aprobación por parte de la Interventoría. El estudio de suelos debe comprender: i. Análisis de resultados de los trabajos de campo y laboratorio. ii. Recomendaciones y conclusiones basadas en las investigaciones realizadas, que permitan el diseño estructural del establecimiento educativo, de tal forma que se garantice un comportamiento geotécnico adecuado en el tiempo, garantizando las mejores soluciones técnicas y económicas, protegiendo los predios y construcciones vecinas al proyecto, así como las estructuras y propiedades dentro de la zona a intervenir. iii. Las perforaciones mecánicas, en número y profundidad mínima exigida por la NSR – 10 que permitan conocer el límite de la interacción subsuelo-estructura. iv. Durante las perforaciones se deben identificar los materiales del perfil del subsuelo a través de un registro continuo de las características de las muestras encontradas, extraerse muestras alteradas o inalteradas de cada uno de los estratos detectados para los ensayos de laboratorio y ejecutarse ensayos directos, tales como penetración estándar (SPT) x xxxxxx según el caso y resistencia a la penetración inalterada (RPI) y remoldeada (RPR), para verificar la resistencia de los materiales in situ. Se debe estudiar en detalle la presencia y evolución del nivel freático y si se detectan suelos expansivos, especialmente, se evaluará el potencial de expansión libre y confinada. v. Las muestras seleccionadas deberán ser evaluadas mediante ensayos de comportamiento geomecánico de clasificación y resistencia, acordes con el objeto del estudio. vi. El trabajo de laboratorio deberá comprender como mínimo, los siguientes ensayos y cualquier otro que este incluido en la NSR – 10. • Prueba de identificación y clasificación: Humedad natural, límites xx Xxxxxxxxx y peso específico de sólidos, peso Unitario muestras de suelos (con o sin parafina). • Prueba de resistencia al corte. • Comprensión inconfinada.

  • PRODUCTOS ESPERADOS 1. Producto 1: Participar y aprobar la capacitación inicial y plan de trabajo aprobado para la prestación de servicios en los centros educativos asignados. 2. Producto 2: Primer Informe de servicios prestados en los centros educativos y distritos/municipios acompañados de las evidencias según pautado por Monitoreo y Evaluación del Proyecto (bitácora firmada por el director del centro, fotografías, listadas de asistencia entre otros).

  • PRODUCTOS La garantía limitada, si la hubiera, para el/los Producto(s) de RIM ("Garantía de Producto Limitada") se establece en la Documentación aplicable. La Garantía de Producto Limitada es la garantía exclusiva para cualquier Producto de RIM vendido en virtud de los términos y las condiciones de este Contrato y establece sus únicos recursos con relación a los Productos de RIM y cualquier incumplimiento de la Garantía de Producto Limitada. El Hardware Beta se proporciona "TAL CUAL" y sin garantía de ningún tipo. Las subsecciones siguientes de la sección de este Contrato titulada "General" (sección 29) de abajo se incorporan mediante referencia en los términos de la Garantía de Producto Limitada, con sus modificaciones necesarias en la medida de lo necesario para su aplicación a la Garantía de Producto Limitada: "Dispensas de Incumplimiento" (sección 29(b)), "Subsistencia (sección 29(c)), "Divisibilidad" (sección 29(e)),"Idioma" (sección 29(f)) y "Totalidad del contrato" (sección 29(h)). Mediante la indicación de Su aceptación de este Contrato según se dispone arriba, Usted declara haber leído la Garantía de Producto Limitada y aceptado sus términos. Para mayor claridad, excepto en la medida que lo requiera la ley aplicable, la "Garantía de Producto Limitada" se aplica solamente a nuevo(s) Producto(s) de RIM y solo el saldo de la garantía correspondiente (si la hubiera) se aplica a cualquier Producto de RIM restaurado.

  • ACUERDOS COMERCIALES De acuerdo con lo establecido en el numeral 8 del artículo 2.2.1.1.2.1.1., del Decreto 1082 de 2015, y en consonancia con lo indicado en el “Manual para el manejo de los Acuerdos Comerciales en Procesos de Contratación” M-MACPC-13, se procedió a realizar el análisis de si el presente proceso de contratación se encuentra o no cobijado por un acuerdo comercial, de lo cual se estableció lo siguiente: ACUERDO COMERCIAL ENTIDAD ESTATAL INCLUIDA PRESUPUESTO DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN SUPERIOR AL VALOR DEL ACUERDO COMERCIAL EXCEPCIÓN APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATAC IÓN PROCESO DE CONTRATACI ÓN CUBIERTO POR EL ACUERDO COMERCIAL Alianza Pacífico Chile SI SI NO SI Perú SI SI NO SI México SI SI NO SI Canadá SI SI NO SI Chile SI SI NO SI Xxxxx Rica SI SI NO SI Estados AELC SI SI NO SI Estados Unidos SI SI NO SI Unión Europea SI SI NO SI Corea SI SI NO SI México SI SI NO SI Triángulo Norte con Centro América El Xxxxxxxx SI SI NO SI Guatemala SI SI NO SI Honduras SI SI NO SI Comunidad Andina de Naciones SI SI NO SI Estados AELC (1. Los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio (EFTA por sus siglas en inglés) son: Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza.) De lo anterior se establece que el MEN como entidad estatal del Nivel Nacional se encuentra cubierta por los acuerdos comerciales señalados con la palabra SI en el cuadro anterior. En consecuencia, el MEN concederá trato nacional a proponentes y servicios de dichos países. También está sujeto a la Decisión 439 de la Secretaría de la Comunidad Andina. Adicionalmente, los Proponentes de Estados con los cuales el Gobierno Nacional haya certificado la existencia de trato nacional por reciprocidad recibirán este trato. Teniendo en cuenta que el proceso que se pretende adelantar no se encontraba publicado en el plan anual de adquisiciones, se tendrá como plazo mínimo entre la publicación del aviso de convocatoria y el día en que vence el término para presentar ofertas, 30 días calendario.

  • AMBITO DE APLICACION Estas condiciones Especiales se aplicarán a todo el servicio de Gas prestado por la Distribuidora al Cliente bajo las presentes Condiciones Especiales.

  • GASTOS DE PUBLICIDAD No existen.

  • Prescripciones sobre los productos Características y recepción de los productos que se incorporan a las unidades de obra La recepción de los productos, equipos y sistemas se realizará conforme se desarrolla en la Parte II, Condiciones de recepción de productos. Este control comprende el control de la documentación de los suministros (incluida la correspondiente al marcado CE, cuando sea pertinente), el control mediante distintivos de calidad o evaluaciones técnicas de idoneidad y el control mediante ensayos. - Entibaciones: Elementos xx xxxxxx resinosa, de fibra recta, como pino o abeto: tableros, cabeceros, codales, etc. La madera aserrada se ajustará, como mínimo, a la clase I/80. El contenido mínimo de humedad en la madera no será mayor del 15%. La madera no presentará principio de pudrición, alteraciones ni defectos. - Tensores circulares xx xxxxx protegido contra la corrosión. - Sistemas prefabricados metálicos y xx xxxxxx: tableros, placas, puntales, etc. - Elementos complementarios: puntas, gatos, tacos, etc. - Maquinaria: pala cargadora, compresor, martillo neumático, martillo rompedor. - Materiales auxiliares: explosivos, bomba de agua. Cuando proceda hacer ensayos para la recepción de los productos, según su utilización, estos podrán ser los que se indican: - Entibaciones xx xxxxxx: ensayos de características físico-mecánicas: contenido de humedad. Peso específico. Higroscopicidad. Coeficiente de contracción volumétrica. Dureza. Resistencia a compresión. Resistencia a la flexión estática; con el mismo ensayo y midiendo la fecha a rotura, determinación del módulo de elasticidad E. Resistencia a la tracción. Resistencia a la hienda. Resistencia a esfuerzo cortante.

  • PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS REALIZADOS Quedarán en propiedad de la Administración tanto el servicio recibido como los derechos inherentes a los trabajos realizados, su propiedad industrial y comercial, reservándose la Administración su utilización, no pudiendo ser objeto de comercialización, reproducción u otro uso no autorizado expresamente por la Administración, y ésta, en consecuencia, podrá recabar en cualquier momento la entrega de los documentos o materiales que la integren, con todos sus antecedentes, datos o procedimientos. Los contratos de servicios que tengan por objeto el desarrollo y la puesta a disposición de productos protegidos por un derecho de propiedad intelectual o industrial llevarán aparejada la cesión de éste a la Administración contratante. El contratista tendrá la obligación de proporcionar en soporte informático a la Administración todos los datos, cálculos, procesos y procedimientos empleados durante la elaboración de los trabajos. Los trabajos que constituyan objeto de propiedad intelectual, se entenderán expresamente cedidos en exclusiva a la Administración contratante, salvo en el caso de derechos preexistentes, en los que la cesión puede no ser con carácter de exclusividad.

  • IMPUESTOS Y DERECHOS Los impuestos, derechos y gastos que procedan con motivo de la prestación de los servicios, objeto del presente contrato, serán pagados por "EL PROVEEDOR", mismos que no serán repercutidos a "EL CENACE".

  • Entrega de los bienes El Concursante adjudicado hará entrega de los bienes conforme a los términos y requerimientos xxx Xxxxxx de Requisitos y condiciones pactadas en el contrato, entendiéndose por ello la forma, lugar, y el plazo, entre otros señalado en los Anexos 1 y 2. Los Concursantes deberán presentar su oferta considerando que los bienes deben ser entregados bajo la condición DDP Destino Final, entregado con derechos pagados de acuerdo a los Incoterms 2010 bajo la cual serán evaluados y adquiridos. Atendiendo a las características de los bienes, las maniobras de descarga en destino final, serán por cuenta de CFE GENERACION III EPS. En su caso, los Concursantes adjudicados, a la entrega deberán presentar a CFE Generación III EPS, únicamente para efectos informativos y estadísticos, un escrito libre, mediante el cual manifiesten, bajo protesta de decir verdad, el nombre de la empresa fabricante y el resultado del cálculo del porcentaje de contenido nacional de los bienes que entregará, este escrito será presentado en el almacén que corresponda a la última entrega. La recepción será en el lugar, fecha y horario indicado en el Anexo 2, debiendo obtener la evidencia de entrega mediante el sello otorgado por el responsable de la recepción de los bienes en el almacén en la factura o nota de remisión y la aceptación del área técnica. El Administrador del Contrato, notificará por escrito al Proveedor sobre la devolución o rechazo de los bienes, en un plazo que no excederá de 5 (cinco) días naturales siguientes a su recepción. El Concursante adjudicado acepta los términos establecidos en el presente Pliego de Requisitos para la aceptación de los bienes, estando de acuerdo que hasta en tanto ello no se cumpla, éstos no se tendrán por recibidos o aceptados. El Proveedor debe cumplir con lo establecido en la Especificación CFE-L1000-11 vigente relativa a “Empaque, embalaje, embarque, transporte, descarga, recepción y almacenamiento de bienes muebles adquiridos por CFE”, así como los manuales del usuario correspondientes, de conformidad con la especificación CFE-L1000-32 vigente.