AGUINALDOS. Los trabajadores involucrados en el presente Contrato Colectivo de Trabajo, cuyo vínculo laboral con la Empresa se encuentre vigente a la fecha del respectivo pago, tendrán derecho a los Aguinaldos que seguidamente se indican:
AGUINALDOS. Canal 13 S.A. pagará anualmente a cada ASOCIADO los beneficios que a continuación se indican:
AGUINALDOS. La empresa pagará, por cada año de vigencia del presente convenio colectivo, a cada trabajador, un xxxxxxxxx xx Xxxxxxx cuyo monto será de $239.394.- brutos y uno de Fiestas Patrias cuyo monto será de $148.310.- brutos. Estos aguinaldos se pagarán el mismo día de los anticipos de remuneraciones mensuales de los meses de diciembre y septiembre de cada año, respectivamente.
AGUINALDOS a) Aguinaldo de fiestas patrias Cada trabajador recibirá anualmente un Aguinaldo de Fiestas Patrias cuyo monto será de doscientos quince mil seiscientos cuarenta y seis pesos brutos ($215.646). Este beneficio se pagará al personal que se encuentre en servicio al 1 de septiembre de cada año, durante la primera quincena de ese mismo mes.
b) Xxxxxxxxx xx xxxxxxx Cada trabajador recibirá anualmente un Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx cuyo monto será de doscientos cuarenta y cinco mil cincuenta y tres pesos brutos ($245.053). Este beneficio se pagará al personal que se encuentre en servicio al 1 de diciembre de cada año, durante la primera quincena de ese mismo mes.
AGUINALDOS. El Banco pagará a los trabajadores afectos a este Convenio Colectivo conjuntamente con las respectivas remuneraciones los siguientes aguinaldos:
AGUINALDOS. Los trabajadores activos, jubilados y pensionados percibirán cincuenta días xx xxxxxx por concepto xx xxxxxxxxx que les será pagado en dos exhibiciones, una por veinticinco días en la primera catorcena de diciembre y la segunda en la primera catorcena de enero del año siguiente.
AGUINALDOS. La Empresa pagará un aguinaldo de FIESTAS PATRIAS y NAVIDAD de $142.361, (ciento cuarenta y dos mil trescientos sesenta y un pesos) imponibles y tributables, cada uno. Valor al 1° de julio de 2013. El pago se hará efectivo 5 días hábiles antes del feriado respectivo y sólo lo percibirán quienes tengan contrato vigente a la fecha de pago. Este valor se reajustará conforme a lo regulado en la cláusula 1.1.2.
AGUINALDOS. La empresa pagará durante los meses marzo, septiembre y diciembre de cada año un aguinaldo a cada trabajador con contrato de trabajo de plazo indefinido afecto al presente instrumento conforme con la siguiente tabla por antigüedad: Menos de 1 año $42.120.- Entre 1 y 4 años $74.305.- Más de 4 y hasta 8 años $104.000.- Más de 8 y hasta 12 años $140.000.- Más de 12 y hasta 16 años $190.680.- Más de 16 y hasta 20 años $241.886.- Más de 20 años $308.739.- Asimismo, la empresa entregará a cada uno de estos trabajadores una Gift Card para ser utilizada en las empresas del Grupo Xxxxxxxxx que esta determine por un monto de $25.000 (veinticinco mil pesos) en el mes septiembre y de $35.000 (treinta y cinco mil pesos) en el mes de diciembre. Adicionalmente, durante el mes de diciembre de cada año la empresa le entregará a cada trabajador afecto al presente instrumento una Gift Card por cada hijo menor de 15 años, por la suma bruta de $35.000.- (treinta y cinco mil pesos).
AGUINALDOS. La Cooperativa otorgará a los trabajadores afectos al presente Convenio Colectivo, el valor de 17 UF anuales brutas por concepto xx xxxxxxxxx. Tal cantidad será fraccionada para ser entregada en los meses de septiembre y diciembre de cada año, en las fechas siguientes:
a) Bono de Fiestas Patrias: 5 UF brutas, que se pagará a cada trabajador a más tardar el día 17 septiembre de cada año. El valor de la UF será calculada al día del pago.
b) Xxxx xx Xxxxxxx: 12 UF brutas. El pago se efectuará a más tardar el día 22 de diciembre de cada año. El valor de la UF será calculada al día del pago.
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