Asistencia Jurídica Telefónica Cláusulas de Ejemplo

Asistencia Jurídica Telefónica. El Asegurador pondrá a disposición del Asegurado un abogado, para que le informe telefónicamente, en prevención de cualquier litigio, sobre el alcance de los derechos que, con carácter general, le asistan en el ámbito de su vida particular, así como de la forma en que mejor puedan defenderse. Esta información jurídica se prestará a través del número de teléfono que, a tal efecto, se facilitará al Asegurado.
Asistencia Jurídica Telefónica. Mediante esta garantía el asegurador pone a disposición del asegurado un abogado para que le informe telefónicamente, en prevención de cualquier litigio, del alcance de los de- rechos, que con carácter general, asistan al asegurado, así como de la forma en que me- jor pueden defenderse. Quedan cubiertas las consultas que puedan ser resueltas de forma verbal, pero no cua- lesquiera otras actuaciones sometidas al pago de los honorarios.
Asistencia Jurídica Telefónica. Mediante esta garantía el Asegurador pone a disposición del Asegurado, un abogado, para que le informe telefónicamente, en prevención de cualquier litigio, sobre el alcance de los derechos, que con carácter general, le asistan en el ámbito de su vida particular, así como la forma en que mejor pueda defenderse. Quedan cubiertas las consultas que puedan ser resueltas de forma verbal, pero no cualesquiera otras actuaciones sometidas al pago de honorarios. Esta garantía se prestará de lunes a viernes de 9h a 15 horas. Pero se atenderá 24 horas tomando nota del titular y su consulta particular, y realizando una llamada al siguiente día hábil. Aquellas consultas que requieran una búsqueda en textos legales u otros asesoramientos adicionales, serán atendidas en un plazo máximo de 48h, siendoel Asegurador, quien contacte posteriormente con el Asegurado para resolver la consulta.
Asistencia Jurídica Telefónica. Mediante esta garantía el Asegurador pondrá a disposición del asegurado un abogado, para que le informe telefónicamente sobre cualquier cuestión relacionada con la conducción de vehículos a motor. Asimismo, y en prevención de cualquier litigio, el Asegurado podrá solicitar asistencia jurídica telefónica sobre el alcance de los derechos que, con carácter general, le asistan en el ámbito de su vida particular, así como de la forma en que mejor puedan defenderse. En caso de que el vehículo asegurado tenga una utilidad comercial o empresarial, el Asegurado podrá solicita Asistencia Jurídica Telefónica sobre cualquier aspecto que afecte a su vida empresarial Esta información jurídica se prestará a través del número de teléfono 000 000 000 / 000 000 000, Departamento de atención al cliente.
Asistencia Jurídica Telefónica. EN EL EVENTO DE OCURRENCIA DE UN ACCIDENTE DE TRÁNSITO DEL VEHÍCULO ASEGURADO DESCRITO EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA SBS COLOMBIA, A TRAVÉS DE LA COMPAÑÍA DE ASISTENCIA, PROCEDERÁ A CONTACTAR TELEFÓNICAMENTE A UNO DE LOS ABOGADOS DE TURNO, QUIEN BRINDARÁ EL SERVICIO DE ORIENTACIÓN, ASESORÍA LEGAL Y EVALUARÁ EL EVENTO, CONSIDERANDO LOS DAÑOS DE LOS VEHÍCULOS, LA RESPONSABILIDAD DE LOS IMPLICADOS Y SI AMERITA, O NO LA PRESENCIA DE UN ABOGADO. LA COMPAÑÍA DE ASISTENCIA NO SE HACE RESPONSABLE DE LAS ACCIONES EMPRENDIDAS O DEJADAS DE EMPRENDER POR EL ASEGURADO O SUS BENEFICIARIOS CON OCASIÓN DE LA ASESORÍA TELEFÓNICA RECIBIDA.
Asistencia Jurídica Telefónica. El Asegurado tendrá acceso a un servicio jurídico telefónico para poder plantear cualquier situación o duda de ámbito legal que afecte a su entorno en relación con su animal de compañía. Si la consulta deriva en actuaciones que generan honorarios profesionales de un abogado, éstos serán a cargo del Asegurado.
Asistencia Jurídica Telefónica. Mediante esta garantía ARAG pondrá a disposición del Asegurado un abogado, para que le informe telefónicamente, en prevención de cualquier litigio, sobre el alcance de los derechos que, con carácter general, le asistan en el ámbito de su vida particular, así como de la forma en que mejor puedan defenderse. Esta información jurídica se prestará a través del número de teléfono que, a tal efecto, se facilitará al Asegurado.
Asistencia Jurídica Telefónica. En el evento de ocurrencia de un accidente de tránsito del vehículo cubierto, APRIL asesorará al conductor del mismo, mediante comunicación telefónica con un abogado.
Asistencia Jurídica Telefónica. Se pondrá a disposición del Asegurado un equipo de abogados para que le informe telefónicamente sobre el alcance de los derechos que le asistan y la mejor forma de defenderlos, en el ámbito de su actividad laboral o funcionarial como personal por cuenta de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid.
Asistencia Jurídica Telefónica. El servicio de Asesoría Legal Integral Telefónica es un servicio de información, orientación, asesoramiento y asistencia jurídica para consultas legales que se le puedan presentar al usuario en el ámbito de su vida personal, familiar en caso de reclamaciones en vía civil con motivo de un siniestro ocasionado por el Animal asegurado por la presente póliza, incluso cuando dichas reclamaciones fueran infundadas. Se define situación de urgencia legal aquella con posibles efectos legales civiles en la que las consecuencias más o menos beneficiosas para el usuario dependen del consejo legal inmediato de un Abogado.