AUDITORÍAS E INVESTIGACIONES Cláusulas de Ejemplo

AUDITORÍAS E INVESTIGACIONES. 24.1 Toda factura pagada por la FAO será sometida a una auditoría posterior al pago a cargo de auditores, internos o externos, de la FAO o de otros agentes habilitados y cualificados de la FAO en cualquier momento mientras dure el contrato y por un plazo de dos (2) años después de la expiración o de la rescisión anticipada del contrato. La FAO tendrá derecho al reintegro por el Contratista de toda cantidad que dichas auditorías hayan demostrado que la FAO ha pagado en disconformidad con los términos y condiciones del contrato.
AUDITORÍAS E INVESTIGACIONES. 27.1 Toda factura pagada por el PNUD será sometida a una auditoría posterior al pago a cargo de auditores, internos o externos, del PNUD o de otros agentes habilitados y cualificados del PNUD en cualquier momento mientras dure el Contrato y por un plazo de tres (3) años después de la expiración o de la rescisión anticipada del Contrato.
AUDITORÍAS E INVESTIGACIONES. 21.1 Toda factura pagada por las Naciones Unidas será sometida a una auditoría posterior al pago a cargo de auditores, internos o externos, de las Naciones Unidas o de otros agentes habilitados y cualificados de las Naciones Unidas en cualquier momento mientras dure el contrato y por un plazo de tres (3) años después de la expiración o de la rescisión anticipada del contrato. Las Naciones Unidas tendrán derecho al reintegro por el contratista de toda cantidad que dichas auditorías hayan demostrado que las Naciones Unidas han pagado en disconformidad con los términos y condiciones del contrato.
AUDITORÍAS E INVESTIGACIONES. 24.1 Toda factura que pague ACNUR estará sujeta a una auditoría posterior al pago, la cual será realizada por auditores, ya sean internos o externos de ACNUR o por cualquier otro agente autorizado y calificado de ACNUR en cualquier momento durante la vigencia del Contrato y por un período de dos (2) años siguientes al vencimiento o rescisión previa del Contrato. ACNUR tendrá derecho a un reembolso de parte del Contratista por cualesquiera montos que dichas auditorías muestren que han sido pagados por ACNUR distinta al cumplimiento de los términos y condiciones del presente Contrato.
AUDITORÍAS E INVESTIGACIONES. 20.1 Toda factura pagada por UNOPS será sometida a una auditoría posterior al pago a cargo de auditores, internos o externos, de UNOPS o de otros agentes habilitados y cualificados de UNOPS en cualquier momento mientras dure el contrato y por un plazo de dos (2) años después de la expiración o de la rescisión anticipada del contrato. UNOPS tendrán derecho al reintegro por el contratista de toda cantidad que dichas auditorías hayan demostrado que UNOPS han pagado en disconformidad con los términos y condiciones del contrato.
AUDITORÍAS E INVESTIGACIONES. 20.1 Toda factura pagada por el UNFPA será sometida a una auditoría posterior al pago a cargo de auditores, internos o externos, del UNFPA o de las Naciones Unidas o de otros agentes habilitados y cualificados del UNFPA o de las Naciones Unidas en cualquier momento mientras dure el contrato y por un plazo de dos (2) años después de la expiración o de la rescisión anticipada del contrato. El UNFPA tendrá derecho al reintegro por el contratista de toda cantidad que dichas auditorías hayan demostrado que el UNFPA ha pagado en disconformidad con los términos y condiciones del contrato.
AUDITORÍAS E INVESTIGACIONES. 20.1. Toda factura que pague la UIT estará sujeta a una auditoría posterior al pago, que será realizada por auditores, internos o externos, de la UIT o las Naciones Unidas o por otros agentes autorizados y cualificados de la UIT o las Naciones Unidas, en cualquier momento durante la vigencia del Contrato y por un periodo de tres (3) años después de la finalización o la rescisión anticipada del Contrato. La UIT tendrá derecho a un rembolso por parte del Contratista de cualquier cantidad que dichas auditorías muestren que han sido pagados por la UIT incumpliendo los términos y condiciones del Contrato.
AUDITORÍAS E INVESTIGACIONES. 22.1. Toda factura pagada por el PNUD será sometida a una auditoría posterior al pago a cargo de auditores, internos o externos, del PNUD o de otros agentes habilitados y cualificados del PNUD en cualquier momento durante la duración del Acuerdo y por un plazo de tres (3) años después de la expiración o de la rescisión anticipada del Acuerdo. El PNUD tendrá derecho al reintegro por el Innovador de toda cantidad que dichas auditorías o investigaciones revelen que han sido indebidamente pagados por el PNUD y que no correspondan con los términos y condiciones del Acuerdo. En caso de que la auditoría determine que cualquier fondo pagado por el PNUD no se utilizó conforme a las cláusulas del Acuerdo, el Innovador deberá reembolsar al PNUD dichos fondos de inmediato. Cuando el Innovador no reembolse dichos fondos, el PNUD se reserva el derecho de obtener la recuperación de los fondos y/o de tomar cualquier otra medida que considere necesaria.
AUDITORÍAS E INVESTIGACIONES. 24.1 Toda factura pagada por ACNUR será sometida a una auditoría posterior al pago a cargo de auditores, internos o externos, de ACNUR o de otros agentes habilitados y cualificados de ACNUR en cualquier momento mientras dure el contrato y por un plazo de tres (3) años después de la expiración o de la rescisión anticipada del contrato. ACNUR tendrá derecho al reintegro por el contratista de toda cantidad que dichas auditorías hayan demostrado que ACNUR ha pagado en disconformidad con los términos y condiciones del contrato.