CAPACITACIÓN. El LICITANTE que resulte ganador estará obligado a cumplir las disposiciones en materia de seguridad industrial, salud ocupacional y protección, sin perjuicio de las demás disposiciones legales que el contratista esté obligado a cumplir, así como de aquellas que emita “LA CONVOCANTE”, con posterioridad a la firma del contrato. De igual forma, se obliga a acreditar ante “LA CONVOCANTE”, previamente al inicio de los trabajos que el personal que realizará los trabajos ha recibido, previo al inicio del contrato, la capacitación por parte de una empresa debidamente autorizada y registrada para ello conforme a lo dispuesto por la Ley Federal del Trabajo, en las materias relacionadas con los trabajos, así como en materia de Seguridad Industrial, Salud Ocupacional y Protección Ambiental. “2019, AÑO XXX XXXXXXXX DEL SUR, XXXXXXXX XXXXXX” En caso de que el LICITANTE ganador, decida recibir capacitación del Instituto de Capacitación de la Industria de la Construcción de la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción, presentará debidamente requisitado, previo a la firma del contrato, el formato PT-11, para que “LA CONVOCANTE”, aplique la retención del 2 (dos) al millar del monto de cada una de las estimaciones que durante la ejecución de los trabajos, presente para cobro ante “LA CONVOCANTE”, por concepto de la ejecución de los trabajos. Dichas aportaciones al Instituto de Capacitación de la Industria de la Construcción, vía retención, en ningún caso deberán repercutirse en el importe de la proposición del LICITANTE. Una vez adjudicado el contrato, y en el supuesto de que el contratista no acredite fehacientemente y a satisfacción de “LA CONVOCANTE”, que su personal ha recibido capacitación en materia de seguridad industrial, salud ocupacional y protección ambiental, éste no podrá ingresar a las instalaciones de “LA CONVOCANTE”, por lo que cualquier atraso en el programa de ejecución de los trabajos derivado de este incumplimiento, no será motivo para diferir la fecha de inicio de los mismos o ampliar el plazo de ejecución del contrato.
CAPACITACIÓN. El personal afectado al servicio deberá cumplir con todas las capacitaciones requeridas para la prestación del mismo, en la modalidad y con las periodicidades exigidas por la autoridad de aplicación y los requerimientos de las líneas aéreas. Estos cursos serán impartidos por el Departamento de Capacitación de INTERCARGO S.A.U. o personal idóneo designado por el mismo, o de forma externa de acuerdo a los programas y/o contenidos provistos por el citado Departamento. En el caso de que el contratista decida brindar las capacitaciones por su cuenta, deberá enviar el material con el que se capacitará a su personal para su respectivo análisis de brecha y posterior homologación y aceptación. Asimismo, el contratista deberá enviar los libros de aula para su resguardo físico en el departamento de capacitación, así como la nómina completa del personal a utilizar. A título referencial, se incluyen a continuación los detalles de la capacitación a realizar: Que el alumno sea capaz de identificar y aplicar los procedimientos de trabajo para la limpieza de aeronaves y pasarelas de embarque.
CAPACITACIÓN. EL CONTRATADO podrá ser capacitado conforme a los Decretos Legislativos Nos. 1023 y 1025 y de acuerdo a las necesidades institucionales.
CAPACITACIÓN. EL TRABAJADOR podrá ser capacitado conforme a los Decretos Legislativos Nos. 1023 y 1025 y normas reglamentarias, de acuerdo a las necesidades institucionales.
CAPACITACIÓN. Como parte del suministro el INTEGRADOR deberá brindar cursos de capacitación al personal que LA PROVINCIA designe. El Proveedor deberá considerar para esta Capacitación: • El personal participante tendrá conocimientos técnicos sobre electrónica, comunicaciones, funcionamiento y mantenimiento de sistemas de comunicaciones, seguridad informática y está familiarizado con las herramientas y la tecnología interviniente. • La capacitación comprenderá clases teórico-prácticas. • La capacitación deberá ser dictada por instructores competentes que dominen los temas en estudio, cuyos antecedentes deberán someterse a aprobación por parte del LA PROVINCIA, para lo cual se podrá solicitar la presentación de las correspondientes certificaciones sobre la plataforma. • El cronograma de cursos de Capacitación será materia del Desarrollo de la Ingeniería presentado a LA PROVINCIA para su aprobación según las normas de este Pliego. • La capacitación será tomada en la ciudad de Santa Xxxx. Si por razones técnicas o de disponibilidad de equipamiento o materiales resultara conveniente hacerlo en otra localidad o de manera “online”, el PROVEEDOR deberá indicarlo expresamente. • El OFERENTE incluirá en su Oferta una enumeración temática de los puntos que propone de Capacitación de personal, con el alcance básico de cada tema. • Las personas que conforman los grupos asistentes a los cursos de capacitación podrán variar dependiendo del contenido y profundidad, estimándose que los mismos estarán conformados por no más de cinco (5) personas. • La capacitación deberá estar enmarcada y hacer referencia en exclusividad a la actual implementación que dispone LA PROVINCIA, más allá de los lineamientos generales y conceptuales que cada una de las herramientas involucran. • La cotización deberá incluir todo costo proveniente de traslado, estadía, viáticos, bibliografía y cualquier otro gasto que razonablemente pueda generar el personal designado para el dictado de los cursos. • El objetivo principal del curso es aprender a instalar, configurar y administrar la solución implementada. • Fundamentos y conocimientos teóricos. Instalación, configuración, novedades. • Instalar y configurar los componentes. • Aprender a utilizar la interface administrativa y cliente. Se detallan a continuación tópicos específicos a tener en cuenta por cada subsistema. • Duración: cuarenta (40) horas mínimo. • Principales temas a tratar: ✓ Configuración y administración de equipos de networking. ✓ Configuración y ...
CAPACITACIÓN. Nº ESPECIALIDAD FECHA DE INCIO Y TÉRMINO INSTITUCIÓN CIUDAD/PAÍS N° FOLIO
CAPACITACIÓN. EL CONTRATADO será capacitado y evaluado conforme a lo señalado en los Decretos Legislativos Nº 1023 y 1025.
CAPACITACIÓN. Criterio: Se evaluará en función del tiempo de capacitación del personal propuesto como [CONSIGNAR EL PERSONAL RESPECTO DEL CUAL SE EVALUARÁ LA CAPACITACIÓN], EN [CONSIGNA MATERIA O ÁREA DE CAPACITACIÓN]. Acreditación: Se acreditarán con copia simple de [CONSIGNAR TÍTULOS, CONSTANCIAS, CERTIFICADOS, U OTROS DOCUMENTOS, SEGÚN CORRESPONDA].
CAPACITACIÓN. No aplica.
CAPACITACIÓN. El Contratista proporcionará sesiones de entrenamiento y capacitación en la operación y mantenimiento de los equipos y sistemas solicitados en el Anexo ___, así como de operación y mantenimiento para las Unidades, a los empleados y trabajadores de PEMEX Refinación de conformidad con lo estipulado en el Anexo ___. El Contratista se obliga a llevar a cabo las sesiones de entrenamiento y capacitación en las fechas señaladas en el Anexo ____.