LEY FEDERAL DEL TRABAJO. Son causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el patrón: I. Xxxxxxxlo el trabajador o en su caso, el sindicato que lo hubiese propuesto o recomendado con certificados falsos o referencias en los que se atribuyan al trabajador capacidad, aptitudes o facultades de que carezca. Esta causa de rescisión dejará de tener efecto después de treinta días de prestar sus servicios el trabajador; II. Incurrir el trabajador, durante sus labores, en faltas de probidad u honradez, en actos de violencia, amagos, injurias o malos tratamientos en contra del patrón, sus familiares o del personal directivo o administrativo de la empresa o establecimiento, o en contra de clientes y proveedores del patrón, salvo que medie provocación o que obre en defensa propia; III. Xxxxxxx el trabajador contra alguno de sus compañeros, cualquiera de los actos enumerados en la fracción anterior, si como consecuencia de ellos se altera la disciplina del lugar en que se desempeña el trabajo; IV. Cometer el trabajador, fuera del servicio, contra el patrón, sus familiares o personal directivo administrativo, alguno de los actos a que se refiere la fracción II, si son de tal manera graves que hagan imposible el cumplimiento de la relación de trabajo; V. Ocasionar el trabajador, intencionalmente, perjuicios materiales durante el desempeño de las labores o con motivo de ellas, en los edificios, obras, maquinaria, instrumentos, materias primas y demás objetos relacionados con el trabajo; VI. Ocasionar el trabajador los perjuicios de que habla la fracción anterior siempre que xxxx xxxxxx, sin dolo, pero con negligencia tal, que ella sea la causa única del perjuicio; VII. Comprometer el trabajador, por su imprudencia o descuido inexcusable, la seguridad del establecimiento o de las personas que se encuentren en él; VIII. Xxxxxxx el trabajador actos inmorales o de hostigamiento y/o acoso sexual contra cualquier persona en el establecimiento o lugar de trabajo; IX. Xxxxxxx el trabajador los secretos de fabricación o dar a conocer asuntos de carácter reservado, con perjuicio de la empresa; X. Tener el trabajador más de tres faltas de asistencia en un período de treinta días, sin permiso del patrón o sin causa justificada; XI. Desobedecer el trabajador al patrón o a sus representantes, sin causa justificada, siempre que se trate del trabajo contratado; XII. Xxxxxse el trabajador a adoptar las medidas preventivas o a seguir los procedimientos indicados para evitar accidentes o e...
LEY FEDERAL DEL TRABAJO. En caso de rescisión unilateral del contrato por las causas a que se refiere el artículo 47 de esta ley, la Empresa Aseguradora conservará su derecho a la prima por el período del seguro en curso en el momento de la rescisión; pero si esta tiene lugar antes de que el riesgo haya comenzado a correr para la empresa,
LEY FEDERAL DEL TRABAJO. Artículo 132 Fracciones XVI, XVII, XVIII y XIX y 134 Fracción II y Título Noveno, y
LEY FEDERAL DEL TRABAJO. Comité Central Ejecutivo.- La representación general de la Alianza de Tranviarios de México, integrado por los Secretarios: General; de Trabajo; de Finanzas; del Interior; del Exterior; de Prensa y Previsión Social; de Conflictos; de Actas y Empleos; de Asuntos Políticos; de Relaciones y Género. .
LEY FEDERAL DEL TRABAJO. ISSSTESON.- El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Sonora.
LEY FEDERAL DEL TRABAJO. S. S. Ley del Seguro Social. Ley Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas y su Reglamento. Licitante Persona que participa en cualquier procedimiento de licitación pública o bien de invitación a cuando menos tres personas.
LEY FEDERAL DEL TRABAJO. S. S. Ley del Seguro Social. Contraloría Contraloría General del Distrito Federal. El concursante (Concursante) Persona física o moral interesada que adquiere bases y participa en el proceso de concurso de una obra pública Constancia de Registro de Concursantes Documento mediante el cual las personas físicas x xxxxxxx entregan la documentación de conformidad con lo que establece el Reglamento y a partir de ella, la Secretaría elabora una constancia que entrega al interesado, e integra una lista de personas registradas, mismas que potencialmente tienen la posibilidad de participar en un evento concursal, ya sea por licitación pública o por invitación restringida en la obra pública que contrata la Administración Pública S.O.S. Secretaría de Obras y Servicios del GDF S. F.D.F. Secretaría de Finanzas del Distrito Federal Contrato Contrato de Servicios Relacionados con la Obra Pública por Unidad de Concepto de Trabajo Terminado. Instrumento legal por medio del cual una de las partes llamada el contratista, que es la persona moral cuya propuesta fue la aceptada en el proceso de licitación y se obliga a ejecutar los trabajos, a cambio de una remuneración que pagará la Administración Pública del Distrito Federal (A.P.D.F.) contratista Es la persona física o moral que celebre contratos para la ejecución, suministros o servicios en la realización de la obra pública Convenio de Participación Conjunta o Asociación Instrumento jurídico mediante el cual el concursante y una o varias personas, físicas x xxxxxxx establecen los derechos y obligaciones que contraerán dichas partes a efecto de cumplir los requisitos de la convocatoria, las bases de licitación y en el contrato que se celebre y que se derive de la presente licitación. R.C.D.F. Reglamento de Construcciones del Distrito Federal N.C.G.D.F. Normas de Construcción del Gobierno del Distrito Federal. L.F.E.P. Ley Federal de Entidades Paraestatales L.V.G.C. Ley de Vías Generales de Comunicación L.R.S.F.Y L.O. Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario y su Ley Orgánica. L.F.M.Z.A.A.H. y X. Xxx Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticas e Históricas y su Reglamento L.O.I.N.A.H. Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia L.F.T.R. Ley Federal de Telecomunicaciones y su Reglamento.
LEY FEDERAL DEL TRABAJO. Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
LEY FEDERAL DEL TRABAJO. Artículo 390 Ter.
LEY FEDERAL DEL TRABAJO. 3.1.1.11. Ley Orgánica de la Administración Pública Federal 3.1.2. Estatales: 3.1.2.1. Ley de Contratos de Colaboración Público Privada para el Estado xx Xxxxxxx 3.1.2.2. Ley de Desarrollo Económico Sustentable del Estado Libre y Xxxxxxxx xx Xxxxxxx 3.1.2.3. Ley de Deuda Pública para el Estado xx Xxxxxxx 3.1.2.4. Ley de Entrega-Recepción de la Administración Pública del Estado y Municipios xx Xxxxxxx 3.1.2.5. Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma del Estado xx Xxxxxxx 3.1.2.6. Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado xx Xxxxxxx 3.1.2.7. Ley del Instituto de Vivienda del Estado xx Xxxxxxx 3.1.2.8. Ley del Servicio Civil del Estado xx Xxxxxxx 3.1.2.9. Ley Estatal de Responsabilidades de los Servidores Públicos 3.1.2.10. Ley General de Hacienda del Estado xx Xxxxxxx 3.1.2.11. Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado xx Xxxxxxx 3.1.2.12. Ley sobre Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamiento y Prestación de Servicios del Poder Ejecutivo del Estado Libre y Xxxxxxxx xx Xxxxxxx 3.2. Códigos: 3.2.1. Federales: 3.2.1.1. Código Civil Federal 3.2.1.2. Código Federal de Procedimientos Civiles 3.2.2. Estatales: 3.2.2.1. Código Civil para el Estado Libre y Xxxxxxxx xx Xxxxxxx 3.2.2.2. Código Procesal Civil para el Estado Libre y Xxxxxxxx xx Xxxxxxx 4. PLANES: 4.1. Federales: 4.1.1. Plan Nacional de Desarrollo Vigente 4.2. Estatales: 4.2.1. Plan Estatal de Desarrollo Vigente 5. REGLAMENTOS/DECRETOS/ACUERDOS/PROGRAMAS: 5.1. Reglamentos: 5.1.1. Federales: 5.1.1.1. Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas 5.1.2. Estatales: FORMATO MANUAL DE ORGANIZACIÓN REFERENCIA: PR-DGDO-DOSA-01 Y IT-DGDO-DOSA-01 Clave: FO-DGDO-DOSA-04 Revisión: 0