COMISIÓN DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN Cláusulas de Ejemplo

COMISIÓN DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN. Las partes acuerdan constituir una Comisión de Seguimiento y Evaluación del cumplimiento del presente instrumento, en el cual se integrará por igual número de integrantes de cada una de las partes y deberá quedar constituida dentro de los quince días posteriores a la suscripción de este Convenio General de Colaboración. El funcionamiento de la Comisión se ajustará a las reglas de operación que para tal efecto acuerden las partes y tendrá por objeto principal coadyuvar en la instrumentación técnica y evaluación de los alcances del presente instrumento, así como resolver las dudas que se originen con motivo de la interpretación y cumplimiento del mismo.
COMISIÓN DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN. El seguimiento y evaluación del Plan lo realizará la CSE que se creará para interpretar el contenido del Plan y evaluar el grado de cumplimiento del mismo, de los objetivos marcados y de las acciones programadas. La CSE tendrá la responsabilidad de realizar el seguimiento y la evaluación del Plan de Igualdad de Fundación Diagrama. Dicha Comisión se constituirá al mes siguiente de la firma del presente Plan. La CSE será paritaria y estará compuesta por tres miembros de entre la RLT y tres por parte de Fundación. En su constitución se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados de las elecciones generales consideradas globalmente. Los miembros de esta Comisión dispondrán del tiempo necesario para la asistencia y preparación de todas las reuniones a las que se les convoque, siendo este tiempo computado dentro de la jornada laboral y como tiempo de trabajo.
COMISIÓN DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN. La comisión de seguimiento y evaluación del trabajo en prácticas del Ayuntamiento de Xxxxx xx Xxxxx, de la que formarán parte representantes de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas firmantes del Acuerdo para la Competitividad Económica y Sostenibilidad social (Concertación Social Asturias 2016-2019), llevará a cabo la planificación, los criterios de selección y el control y el seguimiento del proceso selectivo y aprobará las listas definitivas de los aspirantes seleccionados.
COMISIÓN DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN. Para la coordinación, interpretación, seguimiento del cumplimiento y ejecución de los objetivos del presente convenio y de las actividades que se contemplen o desarrollen a su amparo, se creará una Comisión de Seguimiento y Evaluación compuesta por un representante de cada Colegio profesional, y cuatro representantes de la Dirección General competente en materia de industria con la misma representación en votos que los Colegios firmantes del convenio. La comisión estará presidida por un representante de la mencionada Dirección General, cuyo voto será dirimente en todo caso. También habrá un secretario que será un miembro de la citada Dirección General. La Comisión de Seguimiento y Evaluación se reunirá siempre que alguna de las partes lo solicite y en todo caso, como mínimo una vez al semestre. La Comisión de Seguimiento propondrá, supervisará y efectuará el seguimiento de las acciones que se acuerde ejecutar en virtud del presente convenio de colaboración y que redunden en beneficio de las partes. La Comisión de Seguimiento aprobará unas normas de organización y funcionamiento. Se podrán incorporar nuevos Colegios al presente convenio, bajo petición de algún miembro, y aprobación unánime de todas las partes firmantes.
COMISIÓN DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN. Con el fin de impulsar las actividades de colaboración objeto del presente Convenio Marco, en el plazo de tres meses desde la firma del presente Convenio ambas partes constituirán una Comisión de Seguimiento y Evaluación del mismo. Dicha Comisión estará compuesta por tres representantes del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, designados por el Secretario de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades y tres representantes de la Agencia Española de Protección de Datos, designados por su Directora. Los miembros de la Comisión de Seguimiento y Evaluación no percibirán retribución o dieta alguna por su participación en los trabajos y tareas de este órgano. La comisión se reunirá cuando así lo solicite cualquiera de las partes y, en todo caso, con una periodicidad semestral. Corresponde a la Comisión de Seguimiento y Evaluación: a) Establecer las acciones de desarrollo del presente Convenio, proponiendo, en su caso, la adopción de los Convenios específicos a los que se refiere la cláusula tercera. b) Llevar a cabo el seguimiento y evaluación cuando proceda de las actividades efectuadas en el marco del Convenio. c) Interpretar el presente Xxxxxxxx y, en su caso, resolver las controversias que pudieran surgir en su interpretación y ejecución. d) Cualesquiera otras que se encaminen al cumplimiento del presente Convenio. La Comisión podrá acordar la creación de grupos de apoyo, de composición paritaria, formados por asesores y expertos en las materias específicas que constituyan su objeto, que se harán constar en la decisión por la que se proceda a su creación. En lo no previsto en este Convenio, el funcionamiento de la Comisión se regirá por lo dispuesto para los órganos colegiados en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
COMISIÓN DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN. El seguimiento y evaluación del Plan lo realizará la Comisión de Seguimiento y Evaluación que se creará para interpretar el contenido del Plan y evaluar el grado de cumplimiento del mismo, de los objetivos marcados y de las acciones programadas. La Comisión de Seguimiento y Evaluación tendrá la responsabilidad de realizar el seguimiento y la evaluación del Plan de Igualdad de Sodexo España S.A. Dicha Comisión se constituirá al mes siguiente de la firma del mismo.
COMISIÓN DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN. LAS PARTES” acuerdan constituir una Comisión de Seguimiento y Evaluación del cumplimiento del presente instrumento, la cual se formará por igual número de integrantes de cada una de “LAS PARTES” y deberá quedar constituida dentro de los (DETERMINAR LOS DÍAS NATURALES O HÁBILES) posteriores a la suscripción de este Convenio General de Colaboración. El funcionamiento de la Comisión se ajustará a las reglas de operación que para tal efecto acuerden “LAS PARTES”, que tendrá por objeto principal coadyuvar en la instrumentación técnica y evaluación de los alcances del presente instrumento, así como resolver las dudas que se originen con motivo de la interpretación y cumplimiento del mismo.
COMISIÓN DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN. 33 Anexo I: Relación indicadores por materias 39
COMISIÓN DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN. ✓ Composición. ✓ Funciones.
COMISIÓN DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN. El seguimiento y evaluación del presente Plan de Igualdad, lo realizará la Comisión de Seguimiento y Evaluación que se creará para interpretar el contenido del Plan y evaluar el grado de cumplimiento del mismo, de los objetivos marcados y de las acciones programadas. La Comisión de Seguimiento y Evaluación tendrá la responsabilidad de realizar el seguimiento y la evaluación del Plan de Igualdad del Grupo NH. Dicha Comisión se constituirá al mes siguiente de la firma del mismo.