Common use of COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES Clause in Contracts

COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES. Las comunicaciones y notificaciones que se cursen entre el Organismo contratante y el interesado, oferente o adjudicatario, podrá llevarse a cabo personalmente, por correo electrónico, por carta certificada con aviso de retorno o telegrama colacionado con aviso de retorno, más los medios mencionados en el Artículo 74 del Reglamento, dirigida a la dirección de correo electrónico, número de fax o domicilio indicado por el interesado, oferente o adjudicatario en su presentación o que fueran informados por el interesado en el Sistema de Información de Proveedores. Constituirá plena prueba de la notificación rechazada y de su fecha, el documento que en cada caso la registre, conforme lo indicado ut supra. Cuando se notificara por acceso directo de la parte interesada, su apoderado o representante legal, se deberá dejar constancia de tal situación en las actuaciones indicando la fecha en que se tomó vista y se tendrá por notificado el día de acceso al expediente. Si se notificara por presentación espontánea de la parte interesada, su apoderado o representante legal, de la que resulte estar en conocimiento de la actuación respectiva, se tendrá por notificado el día en que se realizó la presentación, salvo que de la misma resulte que haya tomado conocimiento en una fecha anterior. En los casos en que la notificación se curse por cédula, por carta documento o por otros medios habilitados por las empresas que brinden el servicio de correo postal deberá remitirse al domicilio constituido y se tendrá por notificada en la fecha indicada en el respectivo acuse de recibo o en la constancia en donde se informe el resultado de la diligencia. Los datos del seguimiento de envío que se obtengan desde el sitio de internet oficial de las empresas que brinden el servicio de correo postal serán válidos para acreditar la notificación. Las notificaciones cursadas por el ente o jurisdicción contratante mediante fax o correo electrónico se tendrán por notificadas el día en que fueron enviadas, sirviendo de prueba suficiente, las constancias que tales medios generen para el emisor, certificadas por el titular de la unidad de contrataciones. Para que la notificación sea válida se deberá transcribir íntegramente el contenido de la actuación administrativa que se pretende notificar, resultando de aplicación lo dispuesto en los artículos 40, 43 y 44 del "Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto N° 1759/72 TO 2017" en lo pertinente. CORREO ELECTRÓNICO: El oferente deberá constituir una dirección de correo electrónico. Para el caso de que el interesado no constituya uno o ambos domicilios electrónicos, se tendrán por válidos los informados en la base de datos administrada por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, se encuentre preinscripto o incorporado, bien sea que la inscripción se encuentre vigente o no.

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COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES. Las comunicaciones y notificaciones La comunicación o notificación se hará en la misma forma en que se cursen entre el Organismo contratante hayan presentado, a saber: verbalmente, por escrito, por teléfono, por fax, en forma electrónica o por cualquier otro medio similar. La notificación de las decisiones se hará de la siguiente forma: Para hacer la notificación personal se podrá enviar la citación a través de mensajería especializada, y el si no hay otro medio más eficaz de informar al interesado, oferente o adjudicatario, podrá llevarse a cabo personalmente, se le enviará por correo electrónico, por carta certificada con aviso de retorno o telegrama colacionado con aviso de retorno, más los medios mencionados en el Artículo 74 del Reglamento, dirigida certificado una citación a la dirección que aquél haya anotado al intervenir por primera vez en la actuación, o en la nueva que figure en comunicación hecha especialmente para tal propósito. El envío se hará dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la expedición del acto. La constancia del envío se anexará al expediente. En caso de que no exista la posibilidad de remitir la citación a través de mensajería especializada o correo electrónicocertificado, número la empresa podrá hacerlo remitiendo la citación con servidores propios o de fax sus contratistas, dejando constancia expresa de la diligencia y las razones por las cuales fue necesario acudir a este medio para realizar la citación. Si no se pudiere hacer la notificación personal al cabo de cinco (5) días del envío o domicilio entrega de la citación, se fijará edicto en las oficinas que se hayan indicado en la citación para la notificación, por el interesadotérmino xx xxxx (10) días, oferente o adjudicatario en su presentación o que fueran informados por el interesado en el Sistema de Información de Proveedores. Constituirá plena prueba de la notificación rechazada y de su fecha, el documento que en cada caso la registre, conforme lo indicado ut supra. Cuando se notificara por acceso directo con inserción de la parte interesada, su apoderado o representante legal, se deberá dejar constancia de tal situación en las actuaciones indicando la fecha en que se tomó vista y se tendrá por notificado el día de acceso al expedienteresolutiva. Si se notificara por presentación espontánea de la parte interesada, su apoderado o representante legal, de la que resulte estar en conocimiento de la actuación respectivase inició por petición verbal, la notificación personal se tendrá por notificado el día en que se realizó la presentación, salvo que hará de la misma resulte que haya tomado conocimiento en una fecha anteriormanera. En los casos en que Cuando la notificación se curse por cédula, por carta documento queja petición o por otros medios habilitados por las empresas que brinden el servicio de correo postal deberá remitirse al domicilio constituido reclamación sea presentada verbalmente y se tendrá por notificada en no sea posible adoptar la fecha indicada correspondiente decisión en el respectivo acuse mismo momento, se le indicará al suscriptor o usuario el término y el lugar al cual debe presentarse para notificarle la decisión. Si el suscriptor o usuario no se presentare a las Oficinas de recibo o Atención Clientes en la constancia en donde se informe el resultado de la diligencia. Los datos del seguimiento de envío término que se obtengan desde el sitio de internet oficial de las empresas que brinden el servicio de correo postal serán válidos para acreditar la notificación. Las notificaciones cursadas por el ente o jurisdicción contratante mediante fax o correo electrónico se tendrán por notificadas el día en que fueron enviadas, sirviendo de prueba suficiente, las constancias que tales medios generen para el emisor, certificadas por el titular de la unidad de contrataciones. Para que la notificación sea válida se deberá transcribir íntegramente el contenido de la actuación administrativa que se pretende notificar, resultando de aplicación lo dispuesto en los artículos 40, 43 y 44 del "Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto N° 1759/72 TO 2017" en lo pertinente. CORREO ELECTRÓNICO: El oferente deberá constituir una dirección de correo electrónico. Para el caso de que el interesado no constituya uno o ambos domicilios electrónicosle indicó, se tendrán notificará por válidos los informados en edicto la base de datos administrada por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, se encuentre preinscripto o incorporado, bien sea que la inscripción se encuentre vigente o nocorrespondiente decisión.

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COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES. Las comunicaciones y notificaciones que se cursen entre el Organismo contratante y el interesadolos interesados, oferente oferentes, adjudicatarios o adjudicatarioco-contratantes, podrá podrán llevarse a cabo personalmente, por correo electrónico, por carta certificada con aviso de retorno o telegrama colacionado con aviso de retorno, más los medios mencionados en el Artículo 74 del Reglamento, dirigida a la dirección de correo electrónico, número de fax electrónico o domicilio indicado por el interesadolos interesados, oferente oferentes, adjudicatarios o adjudicatario co-contratantes en su presentación o que fueran informados por el interesado en el Sistema de Información de Proveedores. Constituirá plena prueba de la notificación rechazada y de su fecha, el documento que en cada caso la registre, conforme lo indicado ut supra. .Cuando se notificara por acceso directo de la parte interesada, su apoderado o representante legal, se deberá dejar constancia de tal situación en las actuaciones indicando la fecha en que se tomó vista y se tendrá por notificado el día de acceso al expediente. Si xxxxxxxxxx.Xx se notificara por presentación espontánea de la parte interesada, su apoderado o representante legal, de la que resulte estar en conocimiento de la actuación respectiva, se tendrá por notificado el día en que se realizó la presentación, salvo que de la misma resulte que haya tomado conocimiento en una fecha anterior. .En los casos en que la notificación se curse por cédulaxxxxxx, por carta documento o por otros medios habilitados por las empresas que brinden el servicio de correo postal deberá remitirse al domicilio constituido y se tendrá por notificada en la fecha indicada en el respectivo acuse de recibo o en la constancia en donde se informe el resultado de la diligencia. Los datos del seguimiento de envío que se obtengan desde el sitio de internet oficial de las empresas que brinden el servicio de correo postal serán válidos para acreditar la notificación. .Las notificaciones cursadas por el ente o jurisdicción contratante mediante fax o correo electrónico se tendrán por notificadas el día en que fueron enviadas, sirviendo de prueba suficiente, las constancias que tales medios generen para el emisor, certificadas por el titular de la unidad de contrataciones. Para que la notificación sea válida se deberá transcribir íntegramente el contenido de la actuación administrativa que se pretende notificar, resultando de aplicación lo dispuesto en los artículos 40, 43 y 44 del "Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto N° 1759/72 TO 2017" en lo pertinente. CORREO ELECTRÓNICO: El oferente deberá constituir una dirección de correo electrónico. Para el caso de que el interesado no constituya uno o ambos domicilios electrónicos, se tendrán por válidos los informados en la base de datos administrada por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, se encuentre preinscripto o incorporado, bien sea que la inscripción se encuentre vigente o no.notificaciones

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COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES. Las comunicaciones Todas las solicitudes, notificaciones, avisos y notificaciones comunica­ciones en general entre las Partes, que se cursen entre el Organismo contratante y el interesadorefieran a este Convenio o deriven del mismo podrán ser realizadas, oferente o adjudicatariomediante carta vía courier, podrá llevarse a cabo personalmente, por correo electrónico, por carta certificada con aviso de retorno o telegrama colacionado con aviso de retorno, más los medios mencionados en el Artículo 74 del Reglamento, dirigida a la dirección de correo electrónico, número de fax o domicilio indicado por el interesado, oferente o adjudicatario en su presentación o cualquier otro medio electrónico que fueran informados por el interesado en el Sistema de Información de Proveedores. Constituirá plena prueba de la notificación rechazada y de su fecha, el documento que en cada caso la registre, conforme lo indicado ut supra. Cuando se notificara por acceso directo de la parte interesada, su apoderado o representante legal, se deberá permita dejar constancia de tal situación en las actuaciones indicando la fecha en que se tomó vista su envío y se tendrá recepción. Comunicaciones por notificado el día de acceso al expediente. Si se notificara por presentación espontánea de la parte interesada, su apoderado o representante legal, de la que resulte estar en conocimiento de la actuación respectiva, se tendrá por notificado el día en que se realizó la presentación, salvo que de la misma resulte que haya tomado conocimiento en una fecha anterior. En los casos en que la notificación se curse por cédula, por carta documento o por otros medios habilitados por las empresas que brinden el servicio de correo postal deberá remitirse al domicilio constituido y se tendrá por notificada en la fecha indicada en el respectivo electrónico con acuse de recibo que sea respondido por la persona a quien se dirige el correo, serán aceptadas como válidas, excepto aquellas que comprometan decisiones que impliquen o constituyan obligaciones económicas o compromiso de financiación. Cualquier cambio o modificación en los domicilios o indicativos reseñados en la constancia Sección siguiente deberá ser comunicado a la otra Parte, por cualquiera de los medios anteriormente indicados, no surtiendo efecto hasta tanto ésta no acuse recibo de dicho cambio o modificación. De acuerdo con lo previsto en donde se informe el resultado la Sección anterior, a efectos de la diligencia. Los datos del seguimiento práctica de envío que requerimientos y de enviar o recibir notificaciones o comunicaciones, se obtengan desde el sitio señala la siguiente información de internet oficial contacto de las empresas que brinden Partes, los siguientes: Atención Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx P. Ejecutivo Principal, VIN Dirección Corporación Andina de Fomento Xx. Xxxx Xxxxx, Torre CAF, Piso 11 Altamira Caracas, Venezuela E-mail xxxxxxxx@XXX.xxx Fax: (58)(000) 0000000. Dirección e-mail : Dirección e-mail : Fax: Cualquier cambio o modificación en los domicilios o indicativos reseñados en el servicio apartado anterior deberá ser comunicado a la otra Parte, por cualquiera de correo postal serán válidos para acreditar los medios anteriormente indicados, no surtiendo efecto hasta tanto ésta no acuse recibo de dicho cambio o modificación. El presente Convenio permanecerá en vigencia por un plazo de hasta cinco (5) años contados a partir de la notificaciónfecha de entrada en vigor del mismo indicada en su último párrafo. Las notificaciones cursadas por el ente o jurisdicción contratante mediante fax o correo electrónico se tendrán por notificadas el día en que fueron enviadas, sirviendo de prueba suficienteNo obstante, las constancias que tales medios generen para el emisorPartes podrán acordar por escrito, certificadas por el titular de la unidad de contratacionesprórroga o terminación anticipada del presente Convenio. Para que la notificación sea válida se deberá transcribir íntegramente el contenido de la actuación administrativa que se pretende notificar, resultando de aplicación lo dispuesto en los artículos 40, 43 y 44 del "Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto N° 1759/72 TO 2017" en lo pertinente. CORREO ELECTRÓNICO: El oferente deberá constituir una dirección de correo electrónico. Para En el caso de que el interesado no constituya PROPONENTE llegue a celebrar uno o ambos domicilios electrónicosmás contratos en relación con el Concurso durante la vigencia del Convenio, se tendrán por válidos dichos contratos serán los informados que establezcan las futuras obligaciones, en relación con la base de datos administrada por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, se encuentre preinscripto o incorporado, bien sea que la inscripción se encuentre vigente o noInformación Confidencial.

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Samples: Convenio De Confidencialidad

COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES. Las comunicaciones Los derechos de petición y notificaciones recursos serán tramitados y resueltos por la oficina de Peticiones, Quejas y Recursos (PQR) de acuerdo con la designación del Gerente General de la EMPRESA., o las normas que lo sustituyan, modifiquen o adicionen, y su comunicación o notificación se cursen entre el Organismo contratante hará en la misma forma en que aquellas hayan sido presentadas, a saber: verbalmente, por escrito, o por cualquier otro medio permitido por la legislación colombiana.(Artículos 152 y el 159 de la Ley 142 de 1994, Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo). La notificación de las decisiones se hará de la siguiente forma: Para hacer la notificación personal de las respuestas a las peticiones y reclamaciones presentadas a través de canal escrito, se podrá enviar la citación a través de mensajería especializada, y si no hay otro medio más eficaz de informar al interesado, oferente o adjudicatario, podrá llevarse a cabo personalmente, se le enviará por correo electrónico, por carta certificada con aviso de retorno o telegrama colacionado con aviso de retorno, más los medios mencionados en el Artículo 74 del Reglamento, dirigida certificado una citación a la dirección que aquél haya anotado al intervenir por primera vez en la actuación, o en la nueva que figure en comunicación hecha especialmente para tal propósito. El envío se hará dentro de correo electrónico, número de fax o domicilio indicado por el interesado, oferente o adjudicatario en su presentación o que fueran informados por el interesado en el Sistema de Información de Proveedoreslos cinco (5) días hábiles siguientes a la expedición del acto. Constituirá plena prueba de la notificación rechazada y de su fecha, el documento que en cada caso la registre, conforme lo indicado ut supra. Cuando La constancia del envío se notificara por acceso directo de la parte interesada, su apoderado o representante legal, se deberá dejar constancia de tal situación en las actuaciones indicando la fecha en que se tomó vista y se tendrá por notificado el día de acceso anexará al expediente. Si se notificara por presentación espontánea En caso de que no exista la posibilidad de remitir la citación a través de mensajería especializada o correo certificado, LAS EMPRESAS podrán hacerlo remitiendo la citación con servidores propios o contratistas, dejando constancia expresa de la parte interesada, su apoderado o representante legal, diligencia y las razones por las cuales fue necesario acudir a este medio para realizar la citación. Si no se pudiere hacer la notificación personal al cabo de cinco (5) días del envío de la que resulte estar en conocimiento citación, esta se hará por medio de la actuación respectiva, se tendrá por notificado el día en aviso que se realizó remitirá a la presentacióndirección, salvo al número de Fax o al correo electrónico que figuren en el expediente o puedan obtenerse del registro mercantil, acompañado de la misma resulte que haya tomado conocimiento en una fecha anterior. En los casos en que copia íntegra del acto administrativo, la notificación se curse considerará surtida al finalizar el día siguiente al de la entrega del aviso en el lugar de destino. Si la actuación se inició por cédulapetición verbal, por carta documento o por otros medios habilitados por las empresas que brinden el servicio de correo postal deberá remitirse al domicilio constituido la decisión podrá tomarse y se tendrá por notificada comunicarse en la fecha indicada misma forma al interesado. Cuando la petición o reclamación sea presentada verbalmente y no sea posible adoptarla correspondiente decisión en el respectivo acuse mismo momento, se le indicará al USUARIO el término y el lugar al cual debe presentarse para notificarle la decisión. Si el USUARIO no se presentare a las oficinas de recibo o atención al usuario en el término que se le indicó, se enviará la constancia citación para hacer la notificación personal según lo descrito en donde el literal a. Si no se informe el resultado pudiere hacer la notificación personal al cabo de cinco (5) días del envío de la diligencia. Los datos del seguimiento citación, esta se realizará por medio de envío aviso según lo descrito en el literal c. En el evento en que se obtengan desde el sitio USUARIO no haya autorizado de internet oficial manera previa y expresa la notificación por medios electrónicos, de las empresas que brinden el servicio de correo postal serán válidos para acreditar la notificación. Las notificaciones cursadas conformidad con lo dispuesto por el ente o jurisdicción contratante artículo 67 del código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, la EMPRESA deberá notificarle mediante fax o correo electrónico se tendrán por notificadas el día en que fueron enviadasenvió de Xxxxx a su dirección física, sirviendo el cual estará acompañado de prueba suficiente, las constancias que tales medios generen para el emisor, certificadas por el titular de la unidad de contrataciones. Para que la notificación sea válida se deberá transcribir íntegramente el contenido de la actuación administrativa que se pretende copia integra del Acto a notificar, resultando de aplicación lo dispuesto en los artículos 40, 43 y 44 del "Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto N° 1759/72 TO 2017" en lo pertinente. CORREO ELECTRÓNICO: El oferente deberá constituir una dirección de correo electrónico. Para el caso de que el interesado no constituya uno o ambos domicilios electrónicos, se tendrán por válidos los informados en la base de datos administrada por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, se encuentre preinscripto o incorporado, bien sea que la inscripción se encuentre vigente o no.

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Samples: Contrato De Servicios Públicos

COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES. La notificación que sea enviada por el CONTRATISTA deberá radicarse en el IDU en la dirección que se establece en esta cláusula. Solamente será válida una notificación al IDU cuando tenga la respectiva constancia de radicación de la entidad. Cualquier plazo se empezará a contar a partir del Día Hábil siguiente a la fecha que conste en el sello de la radicación en el IDU. Cuando el Contrato indique la entrega por parte del CONTRATISTA de informes, reportes o comunicaciones y, en general, cualquier información al IDU, ésta deberá hacerse a través de notificaciones. Las notificaciones a las partes se deberán realizar en los siguientes lugares: Dirección: Xxxxx 00 Xx. 0-00 Teléfono: 3386660 Dirección: XXXXX Teléfono: xxx Correo electrónico: XXXXX De conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley 1437 de 2011, el contratista acepta que a través de la dirección electrónica antes relacionada, el IDU podrá efectuar las comunicaciones y notificaciones a que haya lugar, en el marco del presente contrato, incluyendo las actuaciones sancionatorias que se cursen entre tramiten. En el Organismo contratante evento en que el IDU remita comunicaciones y notificaciones impresas, se entenderán recibidas el interesado, oferente o adjudicatario, podrá llevarse día hábil siguiente a cabo personalmente, la fecha de su entrega por mensajero y cinco (5) días hábiles después de la fecha de envío por correo certificado. Para efectos de las comunicaciones enviadas por correo electrónico, se atenderá a lo dispuesto en la Ley 527 de 1999. Cuando quiera que las comunicaciones o las notificaciones a las que se refiere este Contrato, pretendan hacerse por carta certificada con aviso de retorno o telegrama colacionado con aviso de retorno, más los medios mencionados en el Artículo 74 del Reglamento, dirigida a la dirección de correo electrónico, número la misma deberá hacerse mediante documento original, entendiéndose por documentos originales aquellos que satisfagan los requerimientos del artículo 8 de fax o domicilio indicado por el interesado, oferente o adjudicatario en su presentación o que fueran informados por el interesado en el Sistema de Información de Proveedoresdicha ley. Constituirá plena prueba Cualquier cambio de la notificación rechazada y de su fecha, el documento que en cada caso la registre, conforme lo indicado ut supra. Cuando se notificara información anteriormente señalada será notificado por acceso directo de la parte interesada, su apoderado o representante legal, se deberá dejar constancia de tal situación en las actuaciones indicando escrito con una anticipación no inferior a treinta (30) días calendario a la fecha en que se tomó vista y se tendrá por notificado el día de acceso al expedientecomenzará a operar la nueva dirección. Si se notificara por presentación espontánea de la parte interesada, su apoderado o representante legal, de la que resulte estar en conocimiento de la actuación respectiva, se tendrá por notificado el día en que se realizó la presentación, salvo que de la misma resulte que haya tomado conocimiento en una fecha anterior. En los casos en que la notificación se curse por cédula, por carta documento o por otros medios habilitados por las empresas que brinden el servicio de correo postal deberá remitirse al domicilio constituido y se tendrá por notificada en la fecha indicada en el respectivo acuse de recibo o en la constancia en donde se informe el resultado de la diligencia. Los datos del seguimiento de envío que se obtengan desde el sitio de internet oficial de las empresas que brinden el servicio de correo postal serán válidos para acreditar la notificación. Las notificaciones cursadas por el ente o jurisdicción contratante mediante fax o correo electrónico se tendrán por notificadas el día en que fueron enviadas, sirviendo de prueba suficienteDe no mediar esta comunicación, las constancias que tales medios generen para el emisor, certificadas por el titular de notificaciones tendrán plena validez si se hacen a la unidad de contrataciones. Para que la notificación sea válida se deberá transcribir íntegramente el contenido de la actuación administrativa que se pretende notificar, resultando de aplicación lo dispuesto en los artículos 40, 43 y 44 del "Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto N° 1759/72 TO 2017" en lo pertinente. CORREO ELECTRÓNICO: El oferente deberá constituir una dirección de correo electrónico. Para el caso de que el interesado no constituya uno o ambos domicilios electrónicos, se tendrán por válidos los informados en la base de datos administrada por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, se encuentre preinscripto o incorporado, bien sea que la inscripción se encuentre vigente o noinicialmente señalada.

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Samples: community.secop.gov.co

COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES. Las comunicaciones Cualquier comunicación a realizar a tenor del presente contrato se realizará en castellano y notificaciones por escrito salvo que se cursen entre el Organismo contratante y el interesado, oferente o adjudicatarioestipule lo contrario, podrá llevarse a cabo personalmente, por correo electrónico, hacerse por carta certificada con aviso acuse de retorno o telegrama colacionado recibo, correo electrónico con aviso de retorno, más los medios mencionados en el Artículo 74 del Reglamento, dirigida a la dirección de correo electrónico, número de fax o domicilio indicado por el interesado, oferente o adjudicatario en su presentación o que fueran informados por el interesado en el Sistema de Información de Proveedores. Constituirá plena prueba de la notificación rechazada y de su fecha, el documento que en cada caso la registre, conforme lo indicado ut supra. Cuando se notificara por acceso directo de la parte interesada, su apoderado o representante legal, se deberá dejar constancia de tal situación en las actuaciones indicando la fecha en que se tomó vista y se tendrá por notificado el día de acceso al expediente. Si se notificara por presentación espontánea de la parte interesada, su apoderado o representante legal, de la que resulte estar en conocimiento de la actuación respectiva, se tendrá por notificado el día en que se realizó la presentación, salvo que de la misma resulte que haya tomado conocimiento en una fecha anterior. En los casos en que la notificación se curse por cédula, por carta documento o por otros medios habilitados por las empresas que brinden el servicio de correo postal deberá remitirse al domicilio constituido y se tendrá por notificada en la fecha indicada en el respectivo acuse de recibo o fax con acuse de recibo. Cada comunicación o documento que haya de hacerse o entregarse, con arreglo al presente contrato, se hará o entregará en las direcciones que proporcione el Cliente. Se entenderá que la constancia en donde se informe comunicación o documento han sido recibidos del siguiente modo; si es por correo electrónico o telefax, el resultado día hábil siguiente a la confirmación de la diligenciarecepción; si es por correo con acuse de recibo, en el día hábil siguiente a la fecha del acuse de recibo. Los datos A los efectos del seguimiento presente Contrato, se entiende por día hábil cualquier día en el que los bancos abran sus puertas al público en general para desarrollar su actividad en el domicilio del CLIENTE, exceptuando expresamente los sábados, que no tendrán consideración de día hábil. Cualquier modificación en los domicilios indicados habrá de ser notificada a la contraparte por cualquiera de los modos indicados, considerándose recibida de la forma previamente descrita. La modificación surtirá efecto el día hábil siguiente en el que la Parte a la que vaya dirigida la comunicación acusare recibo de la misma. Cuando el CLIENTE opte por el envío que se obtengan desde el sitio de internet oficial de las empresas que brinden el servicio de correo postal serán válidos para acreditar la notificación. Las notificaciones cursadas por el ente o jurisdicción contratante mediante fax o correo electrónico se tendrán por notificadas el día en que fueron enviadas, sirviendo de prueba suficiente, las constancias que tales medios generen para el emisor, certificadas por el titular de la unidad de contrataciones. Para que la notificación sea válida se comunicaciones a un tercero deberá transcribir íntegramente el contenido de la actuación administrativa que se pretende notificar, resultando de aplicación lo dispuesto en los artículos 40, 43 y 44 del "Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto N° 1759/72 TO 2017" en lo pertinente. CORREO ELECTRÓNICO: El oferente deberá constituir una dirección de correo electrónico. Para el caso de que el interesado no constituya uno o ambos domicilios electrónicos, se tendrán por válidos los informados en la base de datos administrada por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, se encuentre preinscripto o incorporado, bien sea que la inscripción se encuentre vigente o nonotificar su autorización expresa a LA ENTIDAD.

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Samples: Contrato De Gestión Discrecional De Carteras

COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES. Las comunicaciones y notificaciones que se cursen entre el Organismo contratante y el interesadolos interesados, oferente oferentes, adjudicatarios o adjudicatarioco-contratantes, podrá podrán llevarse a cabo personalmente, por correo electrónico, por carta certificada con aviso de retorno o telegrama colacionado con aviso de retorno, más los medios mencionados en el Artículo 74 del Reglamento, dirigida a la dirección de correo electrónico, número de fax electrónico o domicilio indicado por el interesadolos interesados, oferente oferentes, adjudicatarios o adjudicatario co-contratantes en su presentación o que fueran informados por el interesado en el Sistema de Información de Proveedores. Constituirá plena prueba de la notificación rechazada y de su fecha, el documento que en cada caso la registre, conforme lo indicado ut supra. .Cuando se notificara por acceso directo de la parte interesada, su apoderado o representante legal, se deberá dejar constancia de tal situación en las actuaciones indicando la fecha en que se tomó vista y se tendrá por notificado el día de acceso al expediente. Si xxxxxxxxxx.Xx se notificara por presentación espontánea de la parte interesada, su apoderado o representante legal, de la que resulte estar en conocimiento de la actuación respectiva, se tendrá por notificado el día en que se realizó la presentación, salvo que de la misma resulte que haya tomado conocimiento en una fecha anterior. .En los casos en que la notificación se curse por cédulaxxxxxx, por carta documento o por otros medios habilitados por las empresas que brinden el servicio de correo postal deberá remitirse al domicilio constituido y se tendrá por notificada en la fecha indicada en el respectivo acuse de recibo o en la constancia en donde se informe el resultado de la diligencia. Los datos del seguimiento de envío que se obtengan desde el sitio de internet oficial de las empresas que brinden el servicio de correo postal serán válidos para acreditar la notificación. .Las notificaciones cursadas por el ente o jurisdicción contratante mediante fax o correo electrónico se tendrán por notificadas el día en que fueron enviadas, sirviendo de prueba suficiente, las constancias que tales medios generen para el emisor, certificadas por el titular de la unidad de contrataciones. .Para que la notificación sea válida se deberá transcribir íntegramente el contenido de la actuación administrativa que se pretende notificar, resultando de aplicación lo dispuesto en los artículos 40, 43 y 44 del "Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto N° °1759/72 TO 2017" en lo pertinente. CORREO ELECTRÓNICO: El oferente deberá constituir una dirección de correo electrónico. Para el caso de que el interesado no constituya uno o ambos domicilios electrónicos, se tendrán por válidos los informados en la base de datos administrada por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, se encuentre preinscripto o incorporado, bien sea que la inscripción se encuentre vigente o no.

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Particulares