CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES. Para tomar parte en el Concurso -Oposición, será necesario:
a. Ser español /a o ciudadano /a de la C.E.E. o de aquellos Estados a los que les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos previstos en la Ley Estatal que regula esta materia. De igual manera, podrán tomar parte los extranjeros de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de Enero, siempre y cuando posean las autorizaciones precisas para su estancia y trabajo en España.
b. Ser mayor de 16 años, en la fecha de aprobación de las presentes bases.
c. No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desarrollo de las tareas correspondientes.
d. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del Servicio del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
e. No estar incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad de las establecidas en la legislación vigente.
f. Los nacionales de los demás Estados, a que hace referencia el apartado a), deberán acreditar, además de su nacionalidad y de los requisitos a que hacen referencia los apartados anteriores, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que¡ impida, en su Estado de origen, el acceso a la función pública. Dicha acreditación se efectuará mediante certificados expedidos por las autoridades competentes de sus países de origen.
g. Título homologado que acredite la condición de Socorrista. Los /las aspirantes deberán reunir los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria, al momento de publicarse las mismas en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, y mantenerse durante todo el proceso de selección.
CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES. Para participar en las pruebas selectivas, los aspirantes debe- rán reunir los siguientes requisitos, referidos todos y cada un de ellos en la fecha en la que acabe el plazo de presentación de solicitudes, y conservar, al menos, hasta la fecha del nom- bramiento.
a) Nacionalidad: tener la nacionalidad española. Además, y de acuerdo con lo establecido en xx Xxx 17/1993, de 23 de diciembre, así como en el artículo 57 de xx Xxx 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, podrán acceder a las plazas de funcionarios de carrera los nacionales de los xxxxx estados miembros de la Unión Europea, así como los extranjeros que reúnan la condición de cónyuges de espa- xxxxx o xx xxxxxxxxxx de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, y sus descendientes e los de su cónyuge – siempre que no estén sepa- xxxxx de derecho – menores de 21 años o mayores que xxxxx a sus expensas. Las mismas reglas se aplicarán, en su caso, a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales realizados por la Comunidad Europea y ratifi- cados por España, en los que sea de aplicación la libre circula- ción de trabajadores.
b) Edad: tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Titulación: como mínimo se requerirá título de Técnico Superior en Animación de Actividades Físicas y Deportivas. Cuando se aleguen equivalencias de títulos se adjuntarán en su día certificado para el efecto de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán poseer el documento que acredite fidedignamente su homologación.
d) Capacidad funcional: no padecer enfermedad ni estar afec- tado por limitación física o psíquica incompatible con el des- empeño de las correspondientes funciones.
e) Habilitación: no xxxxx sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse en inhabilitación abso- luta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el supuesto de ser nacional de otro estado, no encon- trarse inhabilitado o en situación equivalente ni xxxxx sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado, en los mismos términos, al acceso al empleado público.
CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES. Los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a).- Ser español o ciudadano comunitario.
b).- Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES. 1.- Podrán tomar parte en esta Oposición Libre quienes ostenten los siguientes requisitos:
CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES. Para tomar parte en esta oposición será necesario reunir, en la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias, las siguientes condiciones:
a) Tener nacionalidad española o reunir los requisitos exigidos en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 xx xxxxx, del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Tener cumplidos 16 años el día que termine el plazo de presentación de solicitudes.
c) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal desempeño de las funciones del puesto.
d) Estar en posesión del certificado de escolaridad o titulación académica equivalente.
e) Estar en posesión del carnet de conducir clase B.
CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES. 1.- Podrán tomar parte en este Concurso-Oposición quienes ostenten los siguientes requisitos:
CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES. Los/las aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos acreditados a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
a) Tener nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas, así como no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES. 2.1 Para tomar parte en el presente proceso de selección, será necesario:
a) Ser español/a, o nacional de uno de los Estados miembros de la Unión Europea, o nacional de aquellos Estados a los que en virtud de tratados internacionales, celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de los trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en tratado constitutivo de la Comunidad Europea. También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, sean menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes. Además de los extranjeros antes mencionados, podrán participar los extranjeros con residencia legal en España. b)Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES. Para tomar parte en esta Oposición Libre, será necesario reunir, en la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias, las siguientes condiciones:
a) Ser español/a, o nacional de uno de los restantes Estados miembros de la Unión Europea o de aquellos Estados a los que le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos previstos en la Ley Estatal que regula esta materia.
b) Tener cumplidos los 18 años de edad.
c) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desem- peño de las correspondientes funciones.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servi- cio en ninguna de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilita- do para el ejercido de las funciones públicas por sentencia firme.
e) Acreditar calificación profesional como Oficial 1ª de la Construcción.
CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES. Para participar en las pruebas selectivas, los aspirantes debe- rán reunir los siguientes requisitos, referidos todos y cada uno de ellos a la fecha en la que remate el plazo de presentación de solicitudes, y conservarse, cuando menos, hasta la fecha de nombramiento.
a) Nacionalidad: tener la nacionalidad española. Además, y en consonancia con lo establecido en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de xx Xxx del Estatuto Básico del Empleado Público, podrán acceder a las plazas de funcionarios de carrera los nacionales de los xxxxx estados miembros de la Unión Europea, así como los extranjeros que reúnan la condi- ción de cónyuges de españoles o de nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no xxxxx xxxxxx- dos de derecho, y sus descendientes y los de su cónyuge – siem- pre que no estén separados de derecho – menores de 21 años o mayores que xxxxx a sus expensas. Las mismas reglas se aplica- rán, en su caso, a las personas incluidas en el ámbito de apli- cación de los tratados internacionales realizados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.