CONDICIONES IMPRESAS Cláusulas de Ejemplo

CONDICIONES IMPRESAS. QUEDAN SUJETAS LAS PARTES CONTRATANTES A LAS CONDICIONES ESPECIALES DESCRITAS EN CADA UNO DE LOS PUNTOS QUE INTEGRAN EL PRESENTE DOCUMENTO, NO TENIENDO VALOR NINGUNA OTRA Y SOLO SE ACEPTARÁ EXPRESAMENTE LO QUE SE MODIFIQUE EN LOS ENDOSOS QUE SE LLEGUEN A EXPEDIR POR SOLICITUD DEL ASEGURADO. NO OBSTANTE LO ANTERIOR SÍ EL ASEGURADO LLEGARA A TENER CONOCIMIENTO DE OTRO SEGURO LO HARÁ SABER A LA COMPAÑÍA.
CONDICIONES IMPRESAS. QUEDAN SUJETAS LAS PARTES CONTRATANTES A LAS CONDICIONES ESPECIALES DESCRITAS EN CADA UNO DE LOS PUNTOS QUE INTEGRAN EL PRESENTE DOCUMENTO, NO TENIENDO VALOR NINGUNA OTRA Y SOLO SE ACEPTARÁ EXPRESAMENTE LO QUE SE MODIFIQUE EN LOS ENDOSOS QUE SE LLEGUEN A EXPEDIR POR SOLICITUD DEL ASEGURADO.
CONDICIONES IMPRESAS. QUEDAN SUJETAS LAS PARTES CONTRATANTES A LAS CONDICIONES ESPECIALES DESCRITAS EN CADA UNO DE LOS PUNTOS QUE INTEGRAN EL PRESENTE DOCUMENTO, ASÍ COMO A LAS CONDICIONES GENERALES DESCRITAS MAS ADELANTE. TENIENDO PRELACIÓN LAS CONDICIONES ESPECIALES SOBRE LAS GENERALES EN TODO CUANTO SE OPONGAN
CONDICIONES IMPRESAS. QUEDAN SUJETAS LAS PARTES CONTRATANTES A LAS PRESENTES CONDICIONES ESPECIALES, NO APLICANDO NINGUNA OTRA, SALVO LA RESPONSABILIDAD CIVIL BASICA REGISTRADA ANTE CONDUSEF.
CONDICIONES IMPRESAS. Quedan sujetas las partes contratantes a las presentes condiciones generales, por lo tanto ¨LA ASEGURADORA” renuncia expresamente a la aplicación de sus condiciones impresas, mismas que por ningún motivo formarán parte de esta póliza.
CONDICIONES IMPRESAS. Quedan sujetas las partes contratantes a las presentes condiciones únicas de operación, quedando nulos las condiciones generales y endosos de la aseguradora, que no sean pactadas y autorizadas por “El Instituto”.
CONDICIONES IMPRESAS. Queda entendido y convenido que las condiciones impresas, solo se admiten como complemento a las condiciones especiales plasmadas a lo largo del presente documento. Deberán quedar amparados los edificios los siguientes conceptos y sublimites.
CONDICIONES IMPRESAS. Las condiciones de esta especificación prevalecerán sobre las condiciones generales impresas en la póliza
CONDICIONES IMPRESAS. QUEDAN SUJETAS LAS PARTES CONTRATANTES A LAS PRESENTES CONDICIONES ESPECIALES.
CONDICIONES IMPRESAS. Quedan sujetas las partes contratantes a las presentes condiciones de tal manera que se convierten en contractuales a las condiciones generales, particulares y sus endosos de la compañía adjudicada.