Conocimientos previos Cláusulas de Ejemplo

Conocimientos previos.  Debe tener el conocimiento suficiente y la experiencia, en gestión de grupos humanos, administración de proyectos, así como en las tecnologías y metodologías utilizadas en el proyecto, para apoyar de una manera eficaz a los miembros del equipo de trabajo, establecer la adecuada relación con el área usuaria y mantener correctamente los canales de comunicación con los elementos decisorios de la organización.  Debe tener el conocimiento suficiente y la experiencia en gestión de grupos humanos y administración de proyectos como para guiar de una manera eficaz a los miembros del equipo de trabajo, establecer la adecuada relación con el área usuaria y mantener correctamente los canales de comunicación con los elementos decisorios de la organización.  Conocimientos precisos y extensos sobre el estado del arte de la seguridad de documentos de viaje electrónicos EAC/PACE e ICAO, de las PKIs implicadas en su expedición, y de los medios de distribución que permiten su verificación, así como de los distintos niveles de las infraestructuras implicadas en la expedición de documentos electrónicos de identificación (eIDs que implican un gran número de emisiones, particularmente documentos de identificación nacionales): o arquitecturas de sistemas de expedición incluyendo, entre otros, las posibles dependencias entre sus distintos componentes, su criticidad, o los recursos e infraestructuras que implica cada uno de ellos. Asimismo, relación de los sistemas de expedición con sistemas externos (entre otros, conexión con sistemas que dan servicio a la expedición de pasaportes desde dependencias diplomáticas, o comunicaciones típicamente implicadas en la expedición de documentos electrónicos de identificación nacionales). o infraestructuras de PKI que implementan el ciclo de vida de los certificados y material criptográfico, así como elementos de seguridad asociados a ambos. Posibilidades de modificación y ampliación de estas infraestructuras. o servicios y componentes backend que securizan las infraestructuras de PKI y las integran con los sistemas de expedición – entre otros, servicios de autenticación según norma CWA14890-1 2004, aplicaciones multiplataforma que intercomuniquen los sistemas de expedición con infraestructuras de PKI heterogéneas -, así como las opciones que éstos ofrecen en cuanto a la mejora o transformación de sus capacidades. o infraestructuras de personalización física y lógica: impresoras, para policarbonato, escáneres de huella dactilar, lectores/g...
Conocimientos previos. El conocimiento generado en el PROYECTO no incluirá el conocimiento que posee el GRUPO DE INVESTIGACIÓN de la UMA con carácter previo a su participación en el mismo. Dicho CONOCIMIENTO PREVIO seguirá perteneciendo exclusivamente al GRUPO DE INVESTIGACIÓN de la UMA. Tampoco se considerará conocimiento generado en el PROYECTO aquel que en su caso pudiera obtenerse en paralelo a la ejecución del PROYECTO o, una vez finalizado el PROYECTO, a partir de desarrollos posteriores del mencionado CONOCIMIENTO PREVIO. Se entenderá por CONOCIMIENTO PREVIO, patentes solicitudes de patentes, otros derechos de propiedad industrial e intelectual, saber hacer y, en general, cualquier información técnica desarrollada por cada Parte con anterioridad a la entrada en vigor del CONTRATO relativo al PROYECTO. La titularidad de los derechos de Propiedad Intelectual o Industrial anteriores a la firma de este CONTRATO seguirá siendo de la Parte que la ostente. La titularidad abarca no sólo los derechos de Propiedad Intelectual o Industrial efectivamente registrados, sino también aquéllos que, a fecha de este CONTRATO, estén aún en fase de registro efectivo ante las autoridades competentes, o aquellos derechos de Propiedad Intelectual que, no siendo exigible su registro efectivo ante autoridad competente, hayan sido registrados internamente en la UMA. No obstante lo anterior, tanto la EMPRESA como la UMA adquirirán una licencia de uso global, gratuita y no exclusiva, sin derecho de sublicencia a terceros, de los derechos de Propiedad Intelectual o Industrial de la otra Parte anteriores a la firma del CONTRATO y que sean necesarios para el DESEMPEÑO de las actividades DENTRO del PROYECTO. En el caso de que la EMPRESA considere necesarios los CONOCIMIENTOS PREVIOS del GRUPO DE INVESTIGACIÓN de la UMA para la EXPLOTACIÓN por parte de la EMPRESA de los resultados del PROYECTO, la UMA concederá a ésta una licencia no exclusiva e intransferible limitada a la explotación de los resultados, a cambio de una contraprestación económica que se establecerá mediante acuerdo previo al inicio de la explotación.
Conocimientos previos. Cada parte seguirá siendo propietaria de los Conocimientos Previos aportados al proyecto. No se entienden cedidos a la otra Parte, en virtud del presente contrato ninguno de los Conocimientos Previos al Proyecto. La propiedad de los resultados del Proyecto residirá en la Parte que haya generado dichos resultados. En consonancia con lo anterior, la titularidad de posibles derechos de propiedad industrial e intelectual a que pudieran dar lugar los resultados del proyecto corresponderá al socio que haya generado dichos resultados. En el caso de que el resultado obtenido sea consecuencia de la labor conjunta llevada a cabo por todos los participantes del Acuerdo de colaboración, las partes implicadas se pondrán de acuerdo, en el menor plazo posible, para establecer las reglas para su protección y uso en acuerdos específicos al efecto. El porcentaje de propiedad será determinado en función, a título enunciativo y no limitativo, de la contribución económica, aportación de trabajo y/o de conocimiento previo de cada parte copropietaria. Hasta tanto dicho acuerdo no se consiga, ninguna de las partes podrá utilizar y/o licenciar dicho resultado conjunto sin el consentimiento previo de las partes que hubieran participado en su obtención. No obstante, hasta tanto no se alcance el acuerdo mencionado en el párrafo anterior, las partes podrán utilizar el resultado obtenido conjuntamente para fines internos de investigación. Si una de las Partes involucrada en la obtención de los resultados del proyecto no tuviera interés en la protección y consiguiente explotación, la otra podrá solicitar la protección previa renuncia expresa de la Parte no interesada.
Conocimientos previos. Sistema operativo Solaris: integración de aplicaciones, programación de scripts.  Implementación de aplicaciones que hacen uso de bases de datos Informix.  Diseño y programación utilizando lenguajes de programación Java (incluyendo programación de comunicación basada en RMI seguros, y las opciones que ofrece en aplicaciones que hacen un uso intensivo de servicios de PKI y criptografía), C++, C y Visual Basic.  IDEs Eclipse, Visual Studio.  Programación de componentes ActiveX.  Programación de aplicaciones web: servlets/JSPs, Javascript, HTML, CSS.  Integración de aplicaciones en Sun System Web Server.  Implementación de nuevas funcionalidades, y modificación de las existentes, en aplicaciones Java de integración de infraestructuras de PKI de sistemas de expedición de documentos de identidad nacionales electrónicos y pasaportes electrónicos.  Metalenguaje XML (intercambio de datos XML, desarrollo de aplicaciones que explotan y construyen estructuras XML).  Implementación de componentes software que manejen grupos de datos, así como objetos de seguridad asociados a ellos, de acuerdo con lo dictado por OACI (ICAO) para la securización de información contenida en chips de documentos de viaje.  Conocimientos precisos de los protocolos, mecanismos y algoritmos criptográficos implicados en las operaciones descritas en los estándares EAC/PACE, incluyendo las distintas tecnologías existentes – tanto software como hardware – disponibles para implementarlos.  Conocimientos profundos en el desarrollo de sistemas centralizados de inspección de documentación electrónica ICAO y EAC/PACE: librerías y componentes disponibles en el mercado, tecnologías disponibles.  Certificados y peticiones de certificación CV-EAC/PACE: desarrollo de aplicaciones que hagan uso de ellos.  PKI Entrust (CA, autoridad de registro desarrollada específicamente para la expedición del DNI-e) y PKI Safelayer (productos KeyOne: integración con procesos del ciclo de vida de certificació; lenguaje Scryptor; comunicación de aplicaciones con ellos; análisis y diseño de add-ins – crEAC/PACEión, adaptación de existentes –; comunicación de aplicaciones con ellos).  Programación y securización de Web Services.  Desarrollo de drivers basados en Pkcs#11.  Integración de aplicaciones – generación de información de estado – con Patrol de BMC.  Tecnologías PKI: mecanismos de validación (OCSP, CRLs), intercambio de mensajes PKIX-CMP, desarrollo de aplicaciones que hacen uso de mecanismos básico...
Conocimientos previos. Cada Parte seguirá siendo propietaria de los Conocimientos Previos aportados al Proyecto. No se entienden cedidos a la otra Parte, en virtud del Presente Convenio ninguno de los Conocimientos Previos al Proyecto.

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  • APROBACIÓN DE LA POLIZA La póliza es Aprobada: SI Nombre del Responsable: Ingrid Denisse Torres Manchego Cargo: Asesora Jurídica Lotería de Boyacá Fecha de diligenciamiento: 19/09/2016 INGRID DENISSE TORRES MANCHEGO

  • INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Para la evaluación de las OFERTAS, la Comisión de Evaluación podrá requerir de los OFERENTES, la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas.

  • DECLARACIONES Y GARANTÍAS Cada Parte celebra este Contrato en nombre propio y en su capacidad de entidad legal facultada para contratar por sí misma, y reconoce que ninguna Persona tendrá responsabilidad u obligación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, la obligación solidaria prevista en el numeral de las Bases de Licitación y la responsabilidad del Garante en virtud de la Garantía Corporativa. Igualmente, cada Parte declara y garantiza a la otra Parte que: (i) tiene plena capacidad jurídica para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (ii) ha cumplido con todos los requerimientos y obtenido todas las autorizaciones gubernamentales, corporativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (iii) este Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante la cual puede hacerse valer en su contra de acuerdo con los términos del mismo, y (iv) sus declaraciones en el preámbulo de este Contrato son verdaderas.

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS El trabajo será efectuado en forma eficiente por personal especializado, cuidadoso y debidamente calificado para llevarlo a cabo en estricto acuerdo con el contrato. El CONTRATISTA deberá suministrar suficiente personal de trabajo y equipos y trabajará tantas horas como fueran necesarias, incluyendo sobretiempos, trabajos nocturnos y extraordinarios, para asegurar el desarrollo de los trabajos y de la ejecución de la obra de acuerdo al cronograma, para cumplir con el plazo contractual establecido. Si en opinión del CONTRATANTE, EL CONTRATISTA estuviese atrasado en alguna parte de la obra, en relación con el cronograma, EL CONTRATISTA deberá adoptar todas las medidas que le exija el CONTRATANTE para mejorar el progreso de aquella. En caso de que El CONTRATISTA no adopte las medidas adecuadas, el CONTRATANTE podrá adoptarlas, y todos los costos emergentes correrán por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATANTE podrá inclusive ejecutar partes de la obra con terceros, sin derecho alguno a reclamo por parte del CONTRATISTA, quien se hará cargo de todos los costos resultantes. Queda perfectamente establecido que el CONTRATISTA conoce la importancia y trascendencia de la obra a ejecutar, en cuanto a calidad de ejecución y mano de obra a emplear, así como la exactitud en el cumplimiento de los plazos contractuales. Asume la total responsabilidad en todo y cada uno de estos conceptos. Si el trabajo ejecutado no llenase los requisitos indicados en las especificaciones técnicas o en los planos, se considerará defectuoso y el CONTRANTE ordenará que se lo reconstruya por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATISTA no tendrá derecho a percibir remuneración, ni indemnización alguna por la demolición o reconstrucción de los trabajos rechazados. EL CONTRATISTA no permitirá que se acumulen escombros, desperdicios o basura proveniente de su trabajo en el emplazamiento de las obras y sus inmediaciones comprometiéndose a limpiar su frente de trabajo diariamente al acabar la jornada ordinaria de trabajo. El CONTRATANTE podrá realizar estas tareas con personal a su cargo y descontar el importe de los trabajos realizados de las liquidaciones del CONTRATISTA. A la terminación del trabajo el CONTRATISTA retirará toda la basura o desperdicios del emplazamiento de la obra y de sus inmediaciones, así como todas las herramientas, enseres o materiales sobrantes, dejando completamente limpio el sitio de obras.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.