INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN. 20.1 El Arrendatario se compromete a remitir anualmente al Arrendador la actualización económica necesaria relativa a su actividad empresarial o profesional, y cualquier otro dato económico o patrimonial que le sea solicitado.
INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN. El Cliente autoriza expresamente y las Partes acuerdan que Xxxx estará facultado para requerir en cualquier tiempo, a través de los medios pactados en el presente Contrato, la información y/o documentos que se requieran o que tengan establecidos o en lo sucesivo establezcan con el fin de dar cumplimiento a las disposiciones legales aplicables y a sus políticas internas, así como para acreditar el origen de recursos, la licitud de cualquier operación particular u operativa general o su apego al perfil declarado por el Cliente, así como para proporcionar de manera enunciativa más no limitativa información relativa a las operaciones y servicios de las Cuentas Propias a las autoridades financieras o hacendarias mexicanas competentes cuando así lo soliciten o de acuerdo a la legislación vigente en la esfera de sus competencias; reconociendo el Cliente que es su responsabilidad notificar a la mayor brevedad x Xxxx cualquier modificación en los datos, circunstancias y documentos proporcionados, en el entendido que la omisión o defecto por parte del Cliente en proporcionar x Xxxx la información y/o documentación de que se trate para su correcta identificación en los términos que Kubo le indique, dará derecho de restringir de cualquier forma los servicios contratados con Kubo según corresponda o incluso rescindir el presente Contrato en caso que el Cliente no proporcione la información y/o documentación necesaria o proporcione datos y/o documentos falsos, incompletos o erróneos, en cualquier tiempo, sin expresión de causa, con un día hábil de anticipación a la fecha de su efectividad de conformidad con la cláusula trigésima octava del presente Contrato. El tratamiento de la información de las cuentas en los términos de la presente cláusula no implica transgresión a las obligaciones de reserva y confidencialidad a los que está sujeto Kubo, por lo cual el Cliente libera de responsabilidad x Xxxx en caso de compartir la información de las cuentas de acuerdo con lo anteriormente establecido.
INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN. Los interesados en participar en procedimientos de selección llevados a cabo por la Universidad, deberán realizar su preinscripción en el Registro Único de Proveedores de la Universidad de Buenos Aires (R.U.P.U.B.A.), según el Artículo Nº 196 del Reglamento. Para solicitar información deberá contactarse al teléfono 0000-0000/1 o via correo electronico xxxxxx@xxx.xxx.xx en el horario de 10:00 a 17:00 horas. Los oferentes, al momento de presentar su oferta deberán acompañar la información y/o documentación actualizada que se detalla en el Artículo Nº 197 del Reglamento, con el fin de determinar su identificación y su habilidad para contratar.
INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN. La ACREDITADA y
INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN. 7.1 El Secretario del CDN deberá asegurar que toda la información asociada a FIDES II sea puntualmente distribuida a las Partes.
INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN. El CLIENTE y el BANCO acuerdan expresamente que los recursos depositados al amparo de este instrumento solamente podrán ser dispuestos mediante el libramiento de cheques y/o mediante disposiciones en ventanilla de sucursales y/o mediante órdenes de traspasos o transferencias de cualquier tipo a cuentas propias y de terceros, y/o mediante el uso de la Tarjeta de débito asociada al mismo, una vez que el BANCO haya comprobado a su satisfacción que la información y documentación entregada por el CLIENTE a que se refiere el capítulo de declaraciones, ya sea a la firma de este contrato o durante la vigencia del mismo, cumple con las especificaciones contenidas en las disposiciones legales aplicables a la identificación de clientes y/o en las políticas internas del BANCO. Asimismo, las partes convienen que en tanto el BANCO no haya comprobado lo aquí estipulado, tampoco estará en posibilidad de recibir depósitos para abono a la Cuenta del CLIENTE con posterioridad a la fecha de apertura.
INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN. La empresa adjudicatario deberá disponer de un servicio de información y atención al paciente las 24 horas del día, incluidos festivos. El acceso a este teléfono se hará desde un número provincial. La información sobre los pacientes; sesiones: primeras y sucesivas, altas y bajas, y cualquier otra oportuna se entregará en el soporte que indiquen los Servicios de Nefrología de los Hospitales del Sistema Sanitario Público Madrileño correspondientes. La indicación, prescripción, período/s de validez de la prescripción, periodicidad y contenido de las revisiones, así como la orden de terminación del tratamiento, serán realizadas por los facultativos que los Servicios de Nefrología de los Hospitales del Sistema Sanitario Público Madrileño determinen. La empresa adjudicataria elaborará y enviará a los Servicios de Nefrología y a las Subdirección Médica de Servicios Centrales de los Hospitales del Sistema Sanitario Público Madrileño correspondientes una Memoria anual de actividad pacientes y tratamientos. El adjudicatario está obligado expresamente al cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como el resto de la normativa al respecto. El adjudicatario, una vez cumplida la prestación contractual, se compromete a devolver al SERMAS, los datos de tratamiento, soportes o documentos en que éstos consten, así como a destruir aquellos según las instrucciones del responsable del tratamiento.
INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN. Los oferentes, al momento de presentar su oferta deberán acompañar la información y/o documentación actualizada que se detalla en el Artículo Nº 197 del Reglamento, con el fin de determinar su identificación y su habilidad para contratar.
INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN. Puestos de trabajo: • Auxiliar de Redacción y Programas. NÚMERO 127 Viernes, 3 de julio de 2015 SISTEMA DE CLASIFICACIÓN PROFESIONAL GRUPO ÁREA FUNCIONAL PUESTO DE TRABAJO DESCRIPCIÓN DEL PUESTO DE TRABAJO FORMACIÓN REQUERIDA (o Titulación equivalente homologada por el Ministerio de Educación y Ciencia y/o superior de la misma rama) CATEGORÍA RELACIONADA I CONVENIO COLECTIVO
INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN. Puestos de trabajo: • Auxiliar de Redacción y Programas. NÚMERO 127 Viernes, 3 de julio de 2015 SISTEMA DE CLASIFICACIÓN PROFESIONAL GRUPO ÁREA FUNCIONAL PUESTO DE TRABAJO DESCRIPCIÓN DEL PUESTO DE TRABAJO FORMACIÓN REQUERIDA (o Titulación equivalente homologada por el Ministerio de Educación y Ciencia y/o superior de la misma rama) CATEGORÍA RELACIONADA I CONVENIO COLECTIVO