Coordinación del PROYECTO Cláusulas de Ejemplo

Coordinación del PROYECTO. El CONTRATISTA será responsable de la coordinación de toda la obra realizada conforme al formato y condiciones del CONTRATO. El CONTRATISTA será responsable de la división y coordinación de todo el trabajo realizado por sus subcontratistas. Los contratos entre el CONTRATISTA y los subcontratistas describirán totalmente el trabajo a realizar por cada uno de ellos; la división del trabajo entre los distintos oficios o especialidades únicamente será materia de acuerdo entre el CONTRATISTA y su personal o sus subcontratistas. Coordinación con otros contratistas El CONTRATISTA dará a conocer su programa de construcción a la CONTRATANTE, y a las demás partes interesadas en este PROYECTO y coordinará su trabajo con el realizado por terceros. El CONTRATISTA hará los arreglos necesarios referentes a sincronización, métodos y división de trabajo requeridos, al haber cualquier relación o conexión entre su trabajo y otro realizado por terceros. El CONTRATISTA aceptará el riesgo de todas las demoras en la entrega del equipo o trabajo realizado por otros contratistas, en relación con la obra a que se refiere este CONTRATO. En el caso de que el CONTRATISTA se demore en la consecución de su trabajo por dichas circunstancias, no tendrá derecho a reclamar daños o ajustes al CONTRATO.
Coordinación del PROYECTO. Para efecto de dirigir la etapa de ejecución de las obras, se designará a un profesional xxx XXXX, como jefe de proyecto.
Coordinación del PROYECTO. “El Instituto” designará un administrador del contrato que será el encargado de coordinar, supervisar y administrar las actividades relacionadas al servicio proporcionado por el proveedor. El administrador del contrato estará apoyado por un supervisor. El proveedor debe designar un administrador de proyecto que cumpla con el perfil requerido en el numeral 3.6 de este “Anexo Técnico”, quien tendrá las siguientes responsabilidades: Supervisar la ejecución del contrato. Presentar el personal con el que prestará el servicio y el plan detallado de trabajo. Integrar la documentación soporte para trámites de pago y su presentación a “El Instituto”. Proporcionar el acompañamiento necesario a “El Instituto” para el cumplimiento del servicio. Las demás que este “Anexo Técnico” le asigne. En caso de que, durante la ejecución del servicio, la persona designada como administrador de proyecto cambie, el proveedor debe comunicarlo en un plazo no mayor a 1 día hábil mediante correo electrónico a las cuentas de correo institucionales del administrador y el supervisor del contrato, indicando el nombre de la nueva persona que desempeñará ese rol y adjuntando la documentación que acredite el perfil requerido. Las condiciones para el envío del correo electrónico se establecen en el numeral 4 del presente “Anexo Técnico”.
Coordinación del PROYECTO. El CONTRATISTA será responsable de la coordinación de toda la obra realizada conforme al formato y condiciones del CONTRATO DE OBRA. El CONTRATISTA será responsable de la división y coordinación de todo el trabajo realizado por sus subcontratistas. Los contratos entre el CONTRATISTA y los subcontratistas describirán totalmente el trabajo a realizar por cada uno de ellos; la división del trabajo entre los distintos oficios o especialidades únicamente será materia de acuerdo entre el CONTRATISTA y su personal o sus subcontratistas. Coordinación con otros contratistas El CONTRATISTA dará a conocer su programa de construcción al CONTRATANTE, y a las demás partes interesadas en este PROYECTO y coordinará su trabajo con el realizado por terceros. El CONTRATISTA hará los arreglos necesarios referentes a sincronización, métodos y división de trabajo requeridos, al haber cualquier relación o conexión entre su trabajo y otro realizado por terceros. El CONTRATISTA aceptará el riesgo de todas las demoras en la entrega del equipo o trabajo realizado por otros contratistas, en relación con la obra a que se refiere este CONTRATO. En el caso de que el CONTRATISTA se demore en la consecución de su trabajo por dichas circunstancias, no tendrá derecho a reclamar daños o ajustes al CONTRATO DE OBRA. Relaciones con otros contratistas El CONTRATISTA cooperará con todos los otros contratistas que puedan estar realizando labores a nombre del CONTRATANTE y con los trabajadores que pudieran ser empleados por el mismo, para cualquier trabajo en las inmediaciones, a realizarse conforme a este CONTRATO, y ejecutará sus operaciones de tal manera que interfieran lo menos posible con el trabajo de dichos contratistas o trabajadores. El CONTRATISTA indemnizará de inmediato, por cuenta propia, cualquier herida o daño que puedan sufrir por su culpa, otros contratistas o empleados del CONTRATANTE. Cualquier diferencia o conflicto que pudiera surgir entre el CONTRATISTA y cualquier otro CONTRATISTA o entre el CONTRATISTA y los trabajadores del CONTRATANTE con referencia al trabajo de éstos, será determinada y ajustada por el CONTRATANTE. Cuando haya interferencia con el trabajo contratado por terceros, el CONTRATANTE decidirá la manera en que dicho trabajo continuará de acuerdo con cada contrato. 6.19.2Lineamiento de comunicación entre participantes
Coordinación del PROYECTO. Para la construcción del Proyecto, la DGTFM contratará una o varias Supervisiones de Obras, por lo cual las tareas que realizará la Gerencia no consideran la supervisión de la construcción. Los puntos que se describen a continuación implican un seguimiento constante de las obras, más no una revisión de las condiciones técnicas y operativas. La Gerencia incluso podrá apoyarse y coordinar sus trabajos con las Supervisiones de Obras, ello con la finalidad de evitar la duplicación de tareas. • Llevar un estricto seguimiento de las tareas establecidas en el Programa de Trabajo, de las etapas y componentes del Proyecto y cumplir con las fechas previstas para cada proceso. • Fungir como agente de coordinación y vínculo de comunicación con los representantes del Comité Técnico; los representantes en el Comité podrán, a través del Coordinador, acudir a la Gerencia para solicitar apoyo, orientación o esclarecimiento de dudas sobre el Proyecto. • Coordinar y revisar los trabajos con las diversas autoridades para evitar perjuicios económicos y sociales durante el periodo de construcción de las obras. • En caso de presentarse afectaciones, proponer alternativas de solución a la DGTFM y a las autoridades correspondientes. • Los trabajos necesarios para la construcción de la Regasificadora de la CFE requerirán de una disposición ordenada de las acciones para evitar contratiempos y otros conflictos. La Gerencia deberá atender cualquier problema derivado de la coordinación de los trabajos con la obligación de atenderlo y solucionarlo. • Coordinar los trabajos con las autoridades del puerto de Manzanillo y las autoridades locales. La reubicación de las vías del ferrocarril producirá modificaciones temporales en la logística de intercambio de mercancías en el puerto; la Gerencia deberá contemplar esta situación para que las tareas correspondientes se lleven a cabo evitando perjuicios económicos y sociales durante el periodo de construcción de las obras. • Dar seguimiento al avance físico y presupuestal de las obras (programado y ejercido) y reportar a la DGTFM el grado de avance respecto del Programa de Trabajo, así como los problemas que sean identificados. La Gerencia mantendrá un informe general de la situación del Proyecto, que se actualizará periódicamente desde el inicio de construcción de obras, hasta la culminación de las mismas. Deberá proponer alternativas de solución a los posibles conflictos producidos por alteraciones o impedimentos en el Programa original. • Re...

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  • Ejecución del Proyecto CLÁUSULA 4.01. Organismos Ejecutores. El Prestatario, actuando por intermedio de la SEDIS y a través de la DNCM, será el Organismo Ejecutor del Proyecto. INVEST-H será el Co- Ejecutor y ejecutará las actividades que se describen en el párrafo 2.03 del Anexo Único (Componente 2) y en el párrafo 2.08 del Anexo Único (Subcomponente 5A); así como también parte de las actividades para el desarrollo del sistema de registro e información y para la contratación de especialistas en infraestructura e informática de acuerdo con lo descrito en el párrafo 2.09 del Anexo Único (Subcomponente 5B). La DNCM ejecutará el resto de los componentes y subcomponentes que se describen en el Anexo Único. El Organismo Ejecutor y el Co-Ejecutor serán, en adelante, juntos denominados “Organismos Ejecutores”. CLÁUSULA 4.02. Contratación de obras y servicios diferentes de consultoría y adquisición de bienes. (a) Para efectos de lo dispuesto en el Artículo 2.01(30) de las Normas Generales, las Partes dejan constancia que las Políticas de Adquisiciones son las fechadas marzo de 2011, que están recogidas en el documento GN-2349-9, aprobado por el Banco el 19 xx xxxxx de 2011. Si las Políticas de Adquisiciones fueran modificadas por el Banco, la adquisición de bienes y la contratación de obras y servicios diferentes de consultoría serán llevadas a cabo de acuerdo con las disposiciones de las Políticas de Adquisiciones modificadas, una vez que éstas sean puestas en conocimiento del Prestatario y el Prestatario acepte por escrito su aplicación.

  • PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Forma de presentación

  • Presentación de Propuestas Técnicas y Económicas “Sobre A” y “Sobre B” Las Ofertas se presentarán en un Sobre cerrado y rotulado con las siguientes inscripciones: Dirección: Calle Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx esq. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Código postal #10514, Ensanche La Fe. Xxxxx Xxxxxxx, D.N. República Dominicana. Tel. 000-000-0000, Ext. 2906. Número de Referencia: Nombre del Oferente: Correo Electrónico: Teléfonos: (Sello social) (Firma del Representante Legal y Cédula de Identidad y Electoral) Tel. 000-000-0000, Ext. 2906 Correos: xxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx Este Sobre contendrá en su interior el “Sobre A” Credenciales y Propuesta Técnica y el “Sobre B” Propuesta Económica. Ninguna oferta presentada en término podrá ser desestimada en el acto de apertura. Las que fueren observadas durante el acto de apertura se agregaran para su análisis por parte de los peritos designados. De igual forma, deberá contar con la seguridad apropiada para garantizar la confidencialidad de la información hasta el momento de la apertura, dentro de los plazos establecidos en el Cronograma del Proceso de Licitación. Las propuestas inmediatamente sean recibidas en el lugar indicado, serán debidamente conservadas y custodiadas, permaneciendo cerradas hasta el momento de la apertura. Una vez recibidas las ofertas, los Oferentes no podrán retirarlas para fines de modificación. NOTA: Es obligatorio presentar las ofertas en físico y CD en su respectivo sobre; es decir, se deberá incluir en el Sobre A dos (02) CD conteniendo la oferta técnica y, en el Sobre B, un CD conteniendo la oferta económica.

  • DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO El Proyecto a desarrollar por EL BENEFICIARIO, comprende la siguiente descripción: “(Citar textualmente, entre comillas, la descripción del Proyecto, tal como aparece en el Plan de Trabajo)”.

  • CONFORMIDAD DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO La conformidad de la prestación del servicio se regula por lo dispuesto en el artículo 143 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. La conformidad será otorgada por [CONSIGNAR EL ÁREA O UNIDAD ORGÁNICA QUE OTORGARÁ LA CONFORMIDAD]. De existir observaciones, LA ENTIDAD debe comunicar las mismas a EL CONTRATISTA, indicando claramente el sentido de estas, otorgándole un plazo para subsanar no menor de cinco (5) ni mayor de veinte (20) días, dependiendo de la complejidad. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA ENTIDAD puede resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan, desde el vencimiento del plazo para subsanar. Este procedimiento no resulta aplicable cuando la consultoría manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no otorga la conformidad, según corresponda, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades respectivas.

  • ALCANCE DEL PROYECTO 1.3.1. Descripción del alcance del proyecto 1.3.1.1. Este proyecto tiene dos componentes: 1.3.1.1.1. Proveer el Acceso a los Servicios de Voz y el Acceso desde una ubicación fija a los servicios de Internet con una velocidad aprovisionada mínima de 3/1 Mbps a las comunidades y Acceso a los Servicios de Voz y el Acceso desde una ubicación fija a los servicios de Internet con una velocidad aprovisionada mínima de 6/1 Mbps a los CPSP ubicados dentro de los distritos de Savegre y Naranjito del xxxxxx xx Xxxxxxx, provincia de Puntarenas. (Modificado por Acuerdo No. 033-005-2017 de fecha 26/01/2017 del Consejo xx XXXXX, publicado en La Nación el día 1 de febrero de 2017). 1.3.1.1.2. Proveer los Servicios de Voz e Internet con una velocidad aprovisionada mínima de 6/1 Mbps, desde una ubicación fija, a Centros de Prestación de Servicios Públicos (CPSP) ubicados en estas comunidades o en cualquier lugar dentro del perímetro geográfico de los distritos enunciados en el numeral anterior. Se podrá solicitar estos servicios para otros CPSP ubicados dentro de los distritos enunciados anteriormente, que no hayan sido listados inicialmente, bajo las mismas condiciones del presente concurso. (Modificado por Acuerdo No. 033-005-2017 de fecha 26/01/2017 del Consejo xx XXXXX, publicado en La Nación el día 1 de febrero de 2017). 1.3.1.2. Este proyecto recibirá aportes del Fondo Nacional de Telecomunicaciones (FONATEL) y será asignado mediante el presente concurso a un operador de red o proveedor de servicios de telecomunicaciones disponibles al público. El proyecto se adjudicará al operador o proveedor cuya oferta cumpla todas las condiciones establecidas en este Cartel y requiera la subvención más baja para el desarrollo del proyecto, de acuerdo con lo que establece el Artículo 36 de la Ley General de Telecomunicaciones, N° 8642. 1.3.1.3. El proyecto consistirá en la provisión de la infraestructura necesaria para proveer el Acceso a los Servicios de Voz y el Acceso desde una ubicación fija a los servicios de Internet para las poblaciones, empresas, CPSP, y otras organizaciones ubicadas en el área de prestación de los servicios, por el plazo y en las condiciones que se definen en este Cartel. Estos servicios serán suscritos según la demanda comercial de los usuarios. Este concurso no garantiza al contratista ningún volumen de demanda específico, por lo que operará por su cuenta y riesgo comercial. 1.3.1.4. El contratista podrá proceder con la instalación de los servicios para cada CPSP, una vez que tenga debidamente firmado un contrato marco para la prestación de servicios de telecomunicaciones entre la institución beneficiaria (MEP, CCSS, MICITT y CEN-CINAI) y el contratista.

  • Conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros Alcalde - Presidente, que actuará como Presidente de la Mesa o Concejal en quien delegue. -, Vocal (Secretario de la Corporación) o funcionario que le sustituya. -, Vocal (Interventora de la Corporación) o funcionario que le sustituya -, Vocal (Responsable de La Oficina Técnica Municipal) o funcionario que le sustituya. - Vocal (Concejal del Area), o Concejal que le sustituya - funcionario que actuará como Secretaria de la Mesa La mesa de Contratación, se constituirá en el plazo máximo de cinco días hábiles, contados desde la fecha de finalización del plazo de presentación de proposiciones (excepto sábados), para la calificación de la documentación administrativa contenida en los sobres “A”. Este acto no será público. En el caso de que se reciba justificante de envío de alguna oferta por correo, la Mesa de contratación se reunirá el primer día hábil siguiente, una vez transcurrido el plazo xx xxxx días naturales contados a partir del día siguiente al de la terminación del plazo de recepción de ofertas. La no presentación de alguno de los documentos exigidos o su presentación defectuosa, dará lugar a la no admisión provisional de la oferta por la Mesa de Contratación, in perjuicio de conceder al interesado un plazo de tres días hábiles para la subsanación de los errores cometidos o para la presentación de algún documento no sustancial. Para poder efectuar la subsanación, el cumplimiento de los requisitos se referirá al último día de presentación de ofertas. Si la documentación contuviese deficiencias materiales no subsanables, se rechazará la proposición. Terminado el acto de apertura de documentación administrativa contenida en el sobre “A”, y en el caso de que no existieren defectos materiales en la documentación presentada en las distintas ofertas, se procederá, a continuación y en acto público, a la apertura del sobre “C” del Proyecto de dinamización y explotación, pudiendo la Mesa de Contratación, en ese momento, solicitar los informes técnicos que se consideren precisos. Una vez valorado el del Proyecto de dinamización y explotación, se procederá en acto público a la apertura del sobre “B” de la proposición económica En todo caso, la Mesa de Contratación rechazará las proposiciones que contengan contradicciones u omisiones, errores o tachaduras que puedan inducir a error e impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta, las que carezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida, las que comporten error manifiesto en el importe del precio, así como las que difieran sustancialmente del modelo de proposición establecido en este Pliego. Recibidos en su caso los informes, la Mesa de Contratación realizará la propuesta de adjudicación en la que se concretarán y fijarán los términos definitivos del contrato. La Mesa de Contratación, elevará las proposiciones presentadas junto con el acta y la propuesta de adjudicación al órgano de contratación, para proceder a la adjudicación definitiva que será notificada a los licitadores. De conformidad con lo establecido en el artículo 151 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público el órgano de contratación clasificara, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales, y requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, y de haber constituido la garantía definitiva por importe de 3.000€. Además, y de conformidad con el artículo 44.Dos. de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, en el cual se añaden dos nuevos apartados 4 y 5 al artículo 146 del TRLCSP deberá aportar los siguientes documentos:

  • APROBACIÓN DE LA POLIZA La póliza es Aprobada: SI Nombre del Responsable: Ingrid Denisse Torres Manchego Cargo: Asesora Jurídica Lotería de Boyacá Fecha de diligenciamiento: 29/09/2017 INGRID DENISSE TORRES MANCHEGO

  • DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN El plazo de ejecución del presente contrato es de [……..] días calendario, el mismo que se computa desde [CONSIGNAR SI ES DEL DÍA SIGUIENTE DE SUSCRITO EL CONTRATO O DESDE EL DÍA SIGUIENTE DE CUMPLIDA LA CONDICIÓN PARA EL INICIO DE LA EJECUCIÓN, DEBIENDO INDICAR LA CONDICIÓN EN ESTE ULTIMO CASO].

  • Prevención de riesgos laborales El adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de prevención de riesgos laborales. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del adjudicatario no derivará en responsabilidad alguna para EOI. El adjudicatario estará obligado a cumplir las instrucciones para la prevención de los riesgos existentes en el centro de trabajo donde se preste el Servicio y las medidas que deban aplicarse cuando se produzca una situación de emergencia que EOI establezca. Asimismo, el adjudicatario colaborará en la aplicación de la normativa de prevención de Riesgos Laborales, en especial en el establecimiento de los medios de coordinación que sean necesarios en cuanto a protección, prevención e información sobre riegos laborales, en los términos establecidos en la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales y en el Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales. El adjudicatario informará a EOI y, en su caso, a todas las empresas que presten servicios de forma concurrente en el centro de trabajo donde se realicen las actividades objeto del Servicio, de los riesgos específicos de las actividades que desarrolle que puedan afectar a cualquier trabajador de EOI o en su caso, del resto de empresas concurrentes en el citado centro de trabajo. La información deberá ser suficiente y habrá de proporcionarse antes del inicio de las actividades, cuando se produzca un cambio en las actividades concurrentes que sea relevante a efectos preventivos y cuando se haya producido una situación de emergencia. En el caso de que los riesgos que se generen se califiquen como graves o muy graves, la información se facilitará por escrito. El Profesional deberá comunicar de inmediato toda situación de emergencia susceptible de afectar a la salud o la seguridad de los trabajadores de EOI y, en su caso, del resto de empresas presentes en citado centro de trabajo en el que se realicen las actividades objeto del Servicio. El adjudicatario deberá tener en cuenta en la planificación de su actividad preventiva con respecto al Servicio, la información facilitada por EOI y en su caso por el resto de empresas presentes en el centro de trabajo referido anteriormente, sobre los Riesgos Laborales que se puedan producir durante la prestación de dichos servicios. Antes del inicio de la actividad objeto del Servicio, EOI exigirá al adjudicatario que le acrediten por escrito que han realizado para dichas actividades, la evaluación de riesgos y la planificación de su actividad preventiva. EOI, con carácter previo al inicio de las actuaciones objeto del contrato, pondrá a disposición del adjudicatario el Manual de Autoprotección de Riesgos Laborales a efectos de que pueda cumplir las obligaciones establecidas en el presente apartado.