Criterios de selección de candidatos Cláusulas de Ejemplo

Criterios de selección de candidatos. Las solicitudes que no cumplan con los requisitos de capacidad para contratar y solvencia económica y técnica que deben acreditarse con la documentación aportada en el sobre I serán rechazadas. La solicitudes que cumplan las condiciones de participación acreditadas en el sobre I serán objeto de valoración en su solvencia y capacidad técnica y profesional de cara a su selección, de acuerdo con la documentación solicitada en el sobre II. Para ello, se actuará de la siguiente manera: La valoración de este criterio se realizará atendiendo a las tres mejores referencias en función del volumen de activos totales medios de la Entidad auditada por el candidato , obteniendo la máxima puntuación quien obtenga una mayor cifra de activos totales medios auditados, valorándose el resto de las candidaturas de forma proporcional. Para calcular la cifra de activos totales medios auditados por referencia se calculará la media de estos respecto a los dos últimos ejercicios auditados. La valoración de este criterio se realizará atendiendo a la plantilla media anual dedicada a tareas de auditoría, obteniendo la máxima puntuación quien presente un mayor número de empleados dedicados a estas tareas, valorándose el resto de las candidaturas de forma proporcional. De la relación resultante se seleccionarán cinco empresas para participar en la licitación. No obstante, si el número de proveedores que cumplen con los requisitos de selección fuese inferior al número indicado, IMBISA podrá acordar seguir adelante con el proceso invitando a un número menor. IMBISA hará pública la relación de empresas seleccionadas en el perfil del contratante de su web institucional, en la dirección siguiente: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxx-xxx-xxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxxx-xx-xxxx- de-licitacion/ A las empresas seleccionadas se les enviará la carta de invitación para presentar su oferta dentro del plazo que se señale en la misma y atendiendo a los requerimientos especificados en la cláusula octava del presente Pliego de Cláusulas Particulares. IMBISA se reserva el derecho de exigir en cualquier momento la justificación documental de la veracidad de la información aportada y de efectuar cuantas comprobaciones considere necesarias antes de la selección, y en caso de no ajustarse a la información aportada por el candidato, desestimar la solicitud presentada.
Criterios de selección de candidatos. Las solicitudes que, de acuerdo con la información aportada, cumplan las condiciones de participación respecto a la capacidad de contratar y la solvencia económica y técnica, serán objeto de valoración en su solvencia y capacidad técnica y profesional de cara a su selección, de acuerdo con la documentación solicitada en el sobre II. Para ello, se actuará de la siguiente manera: De la relación resultante ordenada se seleccionarán cinco empresas para participar en la licitación. No obstante, si el número de proveedores que cumplen los criterios de selección fuese inferior al número indicado, el Banco de España podrá acordar seguir adelante con el proceso invitando a un número menor. El Banco de España hará pública la relación de empresas seleccionadas en su web institucional, en la dirección siguiente: xxxx://xxx.xxx.xx/xxx/xx/xxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxx/xxxxxxxx/Xxxxxx_xx_xxxxxxxxxxx.xxxx A las empresas seleccionadas se les enviará el Pliego de Prescripciones Técnicas y la carta de invitación para presentar su oferta dentro del plazo que se señale en la misma y atendiendo a los requerimientos especificados en la cláusula octava del presente Pliego de Cláusulas Particulares. El Banco de España se reserva el derecho de exigir en cualquier momento la justificación documental de la veracidad de la información aportada y de efectuar cuantas comprobaciones considere necesarias antes de la selección, y en caso de no ajustarse a la información aportada por el candidato, desestimar la solicitud presentada.
Criterios de selección de candidatos. Los criterios objetivos de solvencia con arreglo a los cuales serán elegidos los candidatos que serán invitados a presentar proposiciones son: SOLVENCIA TECNICA Relación de las obras de similares características a la de la licitación ejecutadas en el curso de los tres últimos años: Se presentará avalada por certificados de buena ejecución para las obras más importantes; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término. Se resumirán, además, las obras que se acrediten cumplimentando el anexo I. Mínimo de solvencia técnica requerida: Ejecución de 2 obras de naturaleza análoga al objeto de licitación, que representen un importe conjunto superior a la cuantía del contrato. Se presentarán conforme al Anexo I SOLVENCIA ECONOMICA
Criterios de selección de candidatos. Las solicitudes que, de acuerdo con la información aportada, cumplan las condiciones de participación respecto a la capacidad de contratar y la solvencia económica y técnica, serán objeto de valoración en su solvencia y capacidad técnica y profesional de cara a su selección, de acuerdo con la documentación solicitada en el sobre II. Para ello, se actuará de la siguiente manera: - Referencias en servicios similares, llevados a cabo en los últimos tres años, con una ponderación del 80%. - Volumen de negocio global en el último ejercicio, con una ponderación del 20%. De la relación resultante ordenada se seleccionarán un máximo de ocho empresas, por cada zona, para participar en la licitación. No obstante, si el número de proveedores que cumplen los criterios de selección fuese inferior al número indicado, el Banco de España podrá acordar seguir adelante con el proceso invitando a un número menor. El Banco de España hará pública la relación de empresas seleccionadas en su web institucional, en la dirección siguiente: xxxx://xxx.xxx.xx/xxx/xx/xxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxx/xxxxxxxx/Xxxxxx_xx_xxxxxxxxxxx.xxxx A las empresas seleccionadas se les enviará la carta de invitación para presentar su oferta dentro del plazo que se señale en la misma y atendiendo a los requerimientos especificados en la cláusula octava del presente Pliego de Cláusulas Particulares. El Banco de España se reserva el derecho de exigir en cualquier momento la justificación documental de la veracidad de la información aportada y de efectuar cuantas comprobaciones considere necesarias antes de la selección, y en caso de no ajustarse a la información aportada por el candidato, desestimar la solicitud presentada.
Criterios de selección de candidatos. CRITERIOS OBJETIVOS DE SOLVENCIA: Se establecen los siguientes (de entre los señalados en los arts. 87 a 91 de la LCSP): 22/10/2018 (El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de solvencia exigidos será el de finalización del plazo de presentación de proposiciones). Si el contrato queda dividido en lotes se expresará la solvencia tanto técnica como económico-financiera para cada uno de los lotes, con expresión de la solvencia diferenciada si se opta por una propuesta integradora).
Criterios de selección de candidatos. La solvencia técnica podrá acreditarse por:

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  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

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