Datos provisionales Cláusulas de Ejemplo

Datos provisionales. Las cifras del PIB han sido actualizadas de acuerdo a la información publicada por el Banco Central del Ecuador. Información Estadística Mensual No.2025 - Noviembre 2020 Con el fin de establecer una cultura de valores públicos que promueva una gestión íntegra y transparente de las compras públicas para contribuir a la generación de mejores prácticas, se suscribieron convenios interinstitucionales con diferentes entidades; se dio continuidad a la Implementación de la Política de Gobierno Abierto (Open Contracting), período en el cual se desarrollaron acciones relacionadas al diseño y desarrollo de la “Plataforma de Información Abierta de Contratación Pública”, con el fin de generar mayor transparencia y control; y, paralelamente se dieron avances en la Implementación de la metodología CoST con el objetivo de obtener mayor calidad y mejores precios en la construcción de infraestructura, mediante el seguimiento de la sociedad civil y actores especializados en el área. Durante el 2020, se realizaron actividades inherentes al proyecto “Ejecución del procedimiento de compra corporativa centralizada y externalización de la distribución y almacenamiento de medicamentos y dispositivos médicos del sistema público de salud”, en el cual se plantea un nuevo modelo de gestión para la adquisición, almacenamiento y distribución de medicamentos y bienes estratégicos a las unidades de salud de la Red Pública Integral de Salud, y se constituye en un proyecto prioritario del Gobierno Nacional. En lo que respecta a documentos normativos, el SERCOP trabajó de forma conjunta con la Red Pública Integral de SALUD – RPIS, obteniendo como logros, en primera instancia, la emisión de la reforma al Reglamento de la LOSNCP, referente al nuevo modelo de gestión de compra corporativa de fármacos, dispositivos médicos y bienes estratégicos de salud; y, en segunda instancia, la expedición de la Reforma correspondiente a la codificación y actualización de Resoluciones emitidas por el SERCOP, a efectos de aplicar dicho modelo. Adicionalmente, en el marco de la emergencia sanitaria nacional por el COVID-19, el SERCOP logró reformar de manera inmediata la normativa aplicable a contrataciones en situaciones de emergencia, con el objeto de dar prevalencia a los principios de concurrencia y transparencia, así como procurar cerrar las posibles condiciones en las que se pudiesen presentar actos de corrupción en este tipo de contrataciones. Así también, se destinaron esfuerzos para el proyecto de Ref...

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  • Garantía provisional Para tomar parte en este procedimiento, los licitadores deberán constituir previamente, en su caso, una garantía provisional por el importe señalado en el apartado 7 del anexo I al presente pliego. Cuando el licitador presente su proposición bajo la forma de unión temporal de empresarios, la garantía provisional podrá constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que en su conjunto se alcance la cuantía exigida en el apartado 7 del Anexo I y garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión. Si el contrato está dividido en lotes, el licitador deberá constituir la correspondiente a los lotes a que opte, cuyos importes se indican, en su caso, en el apartado 7 del mencionado Anexo I. En cuanto a la forma y requisitos de las garantías se estará a lo previsto en los artículos 86 y 103 del TRLCSP, así como a lo dispuesto en los artículos 55, 56, 57 y 58 del RGLCAP. Esta garantía deberá constituirse, cuando se trate de garantía en efectivo o valores, en la Tesorería Municipal, o en los establecimientos equivalentes de otras Administraciones Públicas en los términos previstos en los Convenios que a tal efecto se suscriban con las mismas, o ante el propio órgano de contratación cuando se trate de certificados de inmovilización de valores anotados, de aval o certificados seguro de caución. La constitución de las garantías se ajustará, en cada caso, a los modelos que se indican en los Anexos III y IV al presente pliego, y en el caso de inmovilización de deuda pública, al certificado que corresponda conforme a su normativa específica. Respecto a la referencia del cumplimiento del bastanteo del poder en el texto del aval o del certificado de seguro de caución (Anexos III y IV al presente pliego), cuando el poder se hubiere otorgado por la entidad avalista o aseguradora para garantizar al licitador en este procedimiento concreto, el bastanteo se realizará con carácter previo por un letrado de la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Granada. La garantía provisional se extinguirá automáticamente y se devolverá a los licitadores inmediatamente después de la adjudicación. Al licitador que resulte adjudicatario del contrato, le será retenida la garantía provisional hasta que proceda a la constitución de la garantía definitiva del contrato e incautada la de las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación, siendo de aplicación lo establecido en el artículo 62 del RGLCAP. En todo caso, la garantía provisional presentada por los licitadores responderá del mantenimiento de las proposiciones hasta la adjudicación del contrato. Por su parte, la garantía provisional presentada por el licitador que resulte adjudicatario del contrato, responderá de la proposición de éste hasta la constitución de la garantía definitiva, así como de las demás obligaciones que se establecen en el artículo 151.2 del TRLCSP.

  • GARANTIA PROVISIONAL No se exige garantía provisional.

  • RECEPCIÓN PROVISIONAL Cuando la obra se encuentre terminada de acuerdo con el contrato y se hayan cumplido satisfactoriamente las pruebas estipuladas en el P.C.P. y en el Pliego de Especificaciones Técnicas, el contratista podrá solicitar a la Inspección la entrega de una constancia de la fecha de terminación, la que tendrá carácter provisional y estará condicionada al resultado de la Recepción Provisoria. El Gobierno fijará fecha para la recepción dentro del plazo máximo de quince (15) días y citará al Contratista en forma fehaciente. En la fecha fijada se verificará el estado de los trabajos y si no se presentan fallas o solamente defectos menores subsanables a juicio exclusivo del Gobierno durante el plazo de garantía, la obra quedará recibida provisionalmente y el plazo de garantía correrá desde la fecha de terminación. Se labrará acta de Recepción Provisional dejando constancia de las fallas por corregir y de la fecha inicial del plazo de garantía. En ningún caso se considerarán defectos menores aquellos que puedan dificultar el uso normal de la obra. Si la obra presentara fallas importantes, o un número considerable a juicio exclusivo del Gobierno, se considerará como no terminada postergándose la Recepción Provisional hasta que todas las fallas estén corregidas. A este efecto se fijará un plazo para su corrección, vencido el cual se procederá a una nueva verificación del estado de los trabajos; si en esta oportunidad el Gobierno, a su exclusivo juicio resolviera la Recepción Provisoria de la obra, se fijará la nueva fecha de terminación. Si el Contratista no corrigiera las fallas en el plazo acordado, el Gobierno podrá hacerlo con su propio personal o el de terceros, tomando los fondos necesarios del de garantía y reparos. Si el Contratista o su representante no concurrieran en las fechas fijadas para la Recepción Provisional, el Gobierno procederá a efectuar la recepción dejando constancias en acta de la ausencia del Contratista y éste perderá todo derecho de apelar por los resultados de la recepción. En todos los casos, a los fines de la Recepción Provisoria el Gobierno será representado por el Director General de la Repartición a cargo de la ejecución de las Obras, salvo que en el PCP se disponga la intervención de otro Organismo.

  • PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES 02/01/2024 02/02/2024 1/10/2024 XXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXX CÉDULA DE CIUDADANÍA 00000000 5 INVERSIÓN 4892024 CONTRATACIÓN DIRECTA 4892024 xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/Xxxxxx/Xx ndering/OpportunityDetail/Index?noticeUID =CO1.NTC.5560336&isFromPublicArea=Tru e&isModal=true&asPopupView=true $ 36.000.000 PRESTAR SUS SERVICIOS PROFESIONALES A LA AGENCIA DE DESARROLLO RURAL, EN LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS ESTRATEGIAS DE SOSTENIBILIDAD, FOMENTO Y FORTALECIMIENTO ASOCIATIVO CON LA POBLACIÓN SUJETO DE ATENCIÓN, ASÍ COMO EN EL APOYO AL SEGUIMIENTO A LA EJECUCIÓN DE LA OFERTA INSTITUCIONAL PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES 02/02/2024 02/06/2024 5/10/2024 XXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX CÉDULA DE CIUDADANÍA 0000000000 9 INVERSIÓN 4902024 CONTRATACIÓN DIRECTA 4902024 xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/Xxxxxx/Xx ndering/OpportunityDetail/Index?noticeUID =CO1.NTC.5559724&isFromPublicArea=Tru e&isModal=true&asPopupView=true $ 27.200.000 PRESTAR SUS SERVICIOS DE APOYO A LA AGENCIA DE DESARROLLO RURAL, EN LA GESTIÓN DE ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LAS ESTRATEGIAS DE SOSTENIBILIDAD, FOMENTO Y FORTALECIMIENTO ASOCIATIVO DE LA DIRECCIÓN DE PARTICIPACIÓN Y DIRIGIDAS A LA POBLACIÓN SUJETO DE ATENCIÓN DE LA OFERTA INSTITUCIONAL. PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES 02/01/2024 02/05/2024 5/10/2024 XXXXXX XXXXXXXX XXXXX XXXXXXXX XXXXXX DE CIUDADANÍA 0000000000 5 INVERSIÓN 4912024 CONTRATACIÓN DIRECTA 4912024 xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/Xxxxxx/Xx ndering/OpportunityDetail/Index?noticeUID =CO1.NTC.5556352&isFromPublicArea=Tru e&isModal=true&asPopupView=true $ 47.200.000 PRESTAR SERVICIOS PROFESIONALES Y APOYAR TÉCNICAMENTE A LA DIRECCIÓN DE COMERCIALIZACIÓN DE LA AGENCIA DE DESARROLLO RURAL EN LA GESTIÓN Y ALIMENTACIÓN CONSTANTE DE LOS APLICATIVOS DE CORRESPONDENCIA Y ORFEO, REALIZANDO EL RESPECTIVO MONITOREO Y SEGUIMIENTO DE LOS ASUNTOS DEL ÁREA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES 02/01/2024 02/02/2024 30/09/2024 XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX XXXX CÉDULA DE CIUDADANÍA 0000000000 1 INVERSIÓN 4922024 CONTRATACIÓN DIRECTA 4922024 xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/Xxxxxx/Xx ndering/OpportunityDetail/Index?noticeUID =CO1.NTC.5557743&isFromPublicArea=Tru e&isModal=true&asPopupView=true $ 80.400.000 PRESTAR SUS SERVICIOS PROFESIONALES A LA AGENCIA DE DESARROLLO RURAL, EN LA IMPLEMENTACIÓN Y ARTICULACIÓN DESDE EL COMPONENTE ADMINISTRATIVO DE LAS ESTRATEGIAS DE SOSTENIBILIDAD, FOMENTO Y FORTALECIMIENTO ASOCIATIVO EN LOS CASOS DE RELEVANCIA NACIONAL PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES 02/01/2024 02/02/2024 30/09/2024 XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX CÉDULA DE CIUDADANÍA 0000000000 1 INVERSIÓN 4932024 CONTRATACIÓN DIRECTA 4932024 xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/Xxxxxx/Xx ndering/OpportunityDetail/Index?noticeUID =CO1.NTC.5558959&isFromPublicArea=Tru e&isModal=true&asPopupView=true $ 63.600.000 PRESTAR SUS SERVICIOS PROFESIONALES A LA AGENCIA DE DESARROLLO RURAL, EN LA IMPLEMENTACIÓN Y ARTICULACIÓN DE LAS ESTRATEGIAS DE SOSTENIBILIDAD, FOMENTO Y FORTALECIMIENTO ASOCIATIVO DIRIGIDAS A LA POBLACIÓN SUJETO DE ATENCIÓN DE LA OFERTA INSTITUCIONAL, CON ÉNFASIS EN LA ATENCIÓN DE LA POLÍTICA PÚBLICA XX XXX Y POSCONFLICTO PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES 02/01/2024 02/01/2024 30/09/2024 XXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX CÉDULA DE CIUDADANÍA 0000000000 0 INVERSIÓN 4962024 CONTRATACIÓN DIRECTA 4962024 xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/Xxxxxx/Xx ndering/OpportunityDetail/Index?noticeUID =CO1.NTC.5558981&isFromPublicArea=Tru e&isModal=true&asPopupView=true $ 71.200.000 Prestar sus servicios profesionales con plena autonomía técnica y administrativa a la Agencia de Desarrollo Rural, facilitando la gestión y análisis desde el núcleo básico de su conocimiento para la aplicación de los criterios y lineamientos en la evaluación y calificación de Proyectos Integrales de Desarrollo Agropecuario y Rural con enfoque territorial, de acuerdo con las competencias de la Vicepresidencia de Proyectos y los procesos y procedimientos establecidos para tal fin PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES 02/01/2024 02/05/2024 2/10/2024 XXXX XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX CÉDULA DE CIUDADANÍA 00000000 0 INVERSIÓN 4972024 CONTRATACIÓN DIRECTA 4972024 xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/Xxxxxx/Xx ndering/OpportunityDetail/Index?noticeUID =CO1.NTC.5557986&isFromPublicArea=Tru e&isModal=true&asPopupView=true $ 36.000.000 PRESTAR SUS SERVICIOS PROFESIONALES A LA AGENCIA DE DESARROLLO RURAL, EN EL APOYO A LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS ESTRATEGIAS DE SOSTENIBILIDAD, FOMENTO Y FORTALECIMIENTO ASOCIATIVO CON LA POBLACIÓN SUJETO DE ATENCIÓN DE LA OFERTA INSTITUCIONAL EN LOS CASOS DE RELEVANCIA NACIONAL. PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES 02/01/2024 02/02/2024 2/10/2024 XXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXX CÉDULA DE CIUDADANÍA 0000000000 8 INVERSIÓN 4992024 CONTRATACIÓN DIRECTA 4992024 xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/Xxxxxx/Xx ndering/OpportunityDetail/Index?noticeUID =CO1.NTC.5560208&isFromPublicArea=Tru e&isModal=true&asPopupView=true $ 39.600.000 Prestar servicios profesionales a la Dirección de Adecuación de Tierras, brindando desde su experiencia, formación y capacitación, apoyo técnico en las gestiones necesarias para la implementación y puesta en marcha de los proyectos estratégicos de adecuación de tierras. PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES 02/01/2024 02/05/2024 4/10/2024 XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX CÉDULA DE CIUDADANÍA 0000000000 1 INVERSIÓN 5002024 CONTRATACIÓN DIRECTA 5002024 xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/Xxxxxx/Xx ndering/OpportunityDetail/Index?noticeUID =CO1.NTC.5559897&isFromPublicArea=Tru e&isModal=true&asPopupView=true $ 63.600.000 Prestar servicios profesionales a la Dirección de Adecuación de Tierras, brindando desde su experiencia, formación y capacitación, el apoyo administrativo y financiero en las actividades necesarias para la actualización del Registro General de Usuarios - RGU PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES 02/01/2024 02/02/2024 1/10/2024 XXXX XXXXX XXXXXXX XXXX XXXXXX DE CIUDADANÍA 0000000000 6 INVERSIÓN 5012024 CONTRATACIÓN DIRECTA 5012024 xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/Xxxxxx/Xx ndering/OpportunityDetail/Index?noticeUID =CO1.NTC.5564293&isFromPublicArea=Tru e&isModal=true&asPopupView=true $ 19.800.000 Prestar servicios profesionales a la Oficina Jurídica en la revisión y proyección de actos administrativos, atención de consultas jurídicas y las demás actuaciones administrativas necesarias para la ejecución de los proyectos de inversión.

  • COBERTURAS ADICIONALES Mediante aceptación expresa y previo pago de la prima adicional correspondiente, la presente póliza puede extenderse a cubrir los riesgos que a continuación se indican: Las siguientes coberturas no implican cambio de la suma asegurada bajo la cobertura principal A: 3.2.1. Cobertura “B”: Daños causados directamente por terremoto, temblor, maremoto, tsunami, marejada, maretazo, oleaje, salida de mar y erupción volcánica. 3.2.2. Cobertura “C”: Daños causados directamente por ciclón, huracán, tempestad, vientos, lluvias, huayco, alud, avalancha, aluvión, inundación, desbordamiento y alza del nivel de aguas, enfangamiento, hundimiento o deslizamiento del terreno, derrumbes y desprendimiento de tierra o de rocas. 3.2.3. Cobertura “D”: Daños causados directamente por el contratista en el curso de la ejecución de las operaciones llevadas a cabo con el propósito de dar cumplimiento a sus obligaciones derivadas de la cláusula de mantenimiento del contrato de construcción. La Positiva pagará dentro de los límites fijados para las coberturas "E" y "F" todas las costas y costos en que incurriera al defender cualquier litigio que se inicie contra el Asegurado 3.2.4. Cobertura “E”: La Responsabilidad Civil Extracontractual en que incurra el Asegurado por daños causados a bienes de terceros, excluyendo aquellos que tenga confiados a su cuidado, control y custodia, que ocurran en conexión directa con la ejecución del contrato de construcción asegurado por esta póliza durante el período del seguro. 3.2.5. Cobertura “F”: La Responsabilidad Civil Extracontractual del Asegurado por lesiones personales, ocurridas a terceros, incluida la muerte que ocurran en conexión directa con la ejecución del contrato de construcción asegurado por esta póliza durante el período del seguro. Quedan excluidos de la cobertura, las personas que estén al servicio del Asegurado o del dueño del negocio para quien se efectúe la construcción; y los contratistas o subcontratistas que estén llevando a cabo los trabajos en el lugar de la construcción; así como los familiares de dichas personas y los miembros de la familia del Asegurado hasta el segundo grado de afinidad y cuarto grado de consanguinidad. La Positiva pagará dentro de los límites fijados para las coberturas "E" y "F" todos los gastos y costos en que incurriera al defender cualquier litigio que se entable contra el Asegurado. 3.2.6. Cobertura “G”: Los gastos por concepto de remoción de escombros que sean necesarios después de ocurrir un siniestro amparado bajo la presente póliza.

  • Grupos profesionales 1.- Existen cinco grupos profesionales en los que se integran las categorías profesionales ordenadas por niveles salariales. Los grupos referidos con su definición son los siguientes: Grupo I - Titulados Superiores: Pertenecen a este grupo profesional los trabajadores de categorías que requieran estar en posesión de Título Universitario de Grado Superior, siendo el contenido general de la prestación muy complejo y especializado. Grupo II - Titulados Medios: Pertenecen a este grupo profesional los trabajadores de categorías que requieran estar en posesión de Título Universitario de Grado Medio, siendo el contenido de la prestación complejo y especializado técnicamente. Grupo III - Técnicos Especialistas: Pertenecen a este grupo profesional los trabajadores integrados en categorías cuyo desempeño requiera estar en posesión del Título de Bachillerato, Formación Profesional Específica de Grado Superior o equivalente siendo el contenido de la prestación técnicamente especializado o con responsabilidad sobre el funcionamiento de determinados equipos de trabajo. Grupo IV - Técnicos Auxiliares: Pertenecen a este grupo profesional aquellas categorías que requieran estar en posesión del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Específica de Grado Medio o equivalente, así como aquellas otras cuya prestación exija estar en conocimiento de un oficio técnico o administrativo a nivel elemental. Grupo V - Servicios Generales y Subalternos: Pertenecen a este grupo profesional los operarios y personal no especialmente cualificado, integrados en categorías profesionales para las que no se exija estar en posesión de conocimientos de ningún oficio a nivel de Formación Profesional o similar y cuyos contenidos funcionales se limiten al desarrollo de tareas estandarizadas y no excesivamente complejas. 2.- Para el acceso a cada uno de los grupos establecidos se exigirá con carácter general estar en posesión de la titulación académica requerida en su definición. En determinados supuestos la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo podrá acordar la sustitución de esta exigencia por otros requisitos mínimos. La adscripción a un grupo y nivel de las categorías profesionales no prejuzga estar en posesión de la titulación exigida para el acceso a dicho grupo.

  • Categorías profesionales Las categorías profesionales y puestos de trabajo para el personal comprendido en el presente régimen serán fijadas inicialmente por la autoridad de aplicación hasta tanto sean establecidas por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares o mediante convenio colectivo de trabajo.

  • TARJETAS ADICIONALES El CLIENTE conviene con INVEX que las estipulaciones contenidas en las cláusulas de este Contrato, salvo la cláusula de “Liberación de Saldos por Fallecimiento”, serán aplicables a todas y cada una de las Tarjetas adicionales, que por cuenta y mediante autorización escrita, inclusive teléfono, Internet o correo electrónico del CLIENTE, expida INVEX para que sean utilizadas con cargo al crédito del CLIENTE a las que resultará aplicable lo siguiente: a) El otorgamiento de una o más Tarjetas adicionales no implica el otorgamiento de un nuevo crédito a los Tarjetahabientes, sino que los mismos podrán utilizarlas para efectuar disposiciones del crédito conferido al CLIENTE, en el entendido de que las disposiciones conjuntas que realicen los Tarjetahabientes adicionales no podrán exceder el límite de crédito conferido al CLIENTE. b) Las personas a cuyo favor se vayan a expedir las Tarjetas adicionales no se constituyen en obligados solidarios o subsidiarios del CLIENTE, excepto cuando así expresamente lo manifiesten y firmen el documento que corresponda. c) Las Partes de común acuerdo determinan que el simple uso en una ocasión de la Tarjeta se entenderá como pleno consentimiento del CLIENTE o del Tarjetahabientes adicionales a lo estipulado en este Contrato. d) Los Tarjetahabientes adicionales deberán abstenerse de usar la Tarjeta con posterioridad al fallecimiento del CLIENTE, en caso contrario, INVEX podrá exigir a cada uno de los tarjetahabientes adicionales el pago correspondiente a las transacciones que hayan efectuado con cargo a la cuenta.

  • HONORARIOS PROFESIONALES SE AMPARAN LOS HONORARIOS DE ARQUITECTOS, INTERVENTORES, INGENIEROS Y CONSULTORES, EN LA MEDIDA EN QUE FUEREN NECESARIOS PARA LA REPOSICIÓN, REEMPLAZO O REPARACIÓN DE LOS BIENES ASEGURADOS, A CONDICIÓN DE QUE SEAN CONSECUENCIA DE UN EVENTO CUBIERTO POR LA PRESENTE SECCIÓN EN LA MEDIDA EN QUE NO EXCEDAN DE LAS TARIFAS AUTORIZADAS POR LAS RESPECTIVAS AGREMIACIONES O COLEGIOS PROFESIONALES PARA DICHOS HONORARIOS.

  • CLÁUSULAS ADICIONALES Las cláusulas adicionales que se contraten en forma accesoria con esta póliza complementan o amplían la cobertura establecida en ella, pudiendo, ciertos adicionales, con motivo del pago de las indemnizaciones contempladas en ellos, provocar el término anticipado de la póliza o la pérdida de derechos en ella contemplados, cuando dichos efectos estén previstos en los adicionales respectivos.