DE LA INFORMACIÓN Y VERIFICACIÓN Cláusulas de Ejemplo

DE LA INFORMACIÓN Y VERIFICACIÓN. En términos del artículo 75 de LA LEY, la SFP en el ejercicio de sus facultades podrá verificar, en cualquier tiempo, que las obras públicas y servicios relacionados con las mismas se realicen conforme a lo establecido en LA LEY o en otras disposiciones aplicables. Asimismo, la SFP podrá realizar las visitas e inspecciones que estime pertinentes a las obras públicas y servicios relacionados con las mismas, y podrá solicitar a los servidores públicos y a los contratistas, todos los datos e informes relacionados con los actos de que se trate. El compromiso de México en el combate a la corrupción ha trascendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado. Esta Convención busca establecer para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales. La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, iniciará en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación –la primera ya fue aprobada- en donde un grupo de expertos verificará, entre otros:  La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención.  El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención. El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadores y la atracción de inversión extranjera.  Profundizar las reformas legales que inició en 1999.  Difundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de los sectores comprometidos en su cumplimiento.  Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado de dinero y extradición).  Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo...
DE LA INFORMACIÓN Y VERIFICACIÓN. En términos del artículo 75 de LA LEY, la SFP en el ejercicio de sus facultades podrá verificar, en cualquier tiempo, que las obras públicas y servicios relacionados con las mismas se realicen conforme a lo establecido en LA LEY o en otras disposiciones aplicables. Asimismo, LA SFP podrá realizar las visitas e inspecciones que estime pertinentes a las obras públicas y servicios relacionados con las mismas, y podrá solicitar a los servidores públicos y a los contratistas, todos los datos e informes relacionados con los actos de que se trate.
DE LA INFORMACIÓN Y VERIFICACIÓN. En términos del Artículo 75 de la LEY, la Secretaría de la Función Pública en el ejercicio de sus facultades podrá verificar, en cualquier tiempo, que las obras públicas y servicios relacionados con las mismas se realicen conforme a lo establecido en la LEY o en otras disposiciones aplicables. Asimismo, realizará las visitas e inspecciones que estime pertinentes y podrá solicitar a los servidores públicos y a los contratistas, toda la información y documentación relacionada con actos relativos a obras y servicios, incluyendo aquella relativa al cumplimiento que se derive de la integración del precios alzado, dentro de la cual se encuentran las prestaciones xx Xxx en materia de Seguridad Social, así como el acceso a la bitácora. EL CONTRATISTA que no aporte la información que le requiera la Secretaría de la Función Pública en el ejercicio de sus facultades de verificación, será sancionado en los términos que establece el Título Sexto de la LEY.
DE LA INFORMACIÓN Y VERIFICACIÓN. En términos del artículo 75 de LA LEY, la SFP en el ejercicio de sus facultades podrá verificar, en cualquier tiempo, que las obras públicas y servicios relacionados con las mismas se realicen conforme a lo establecido en LA LEY o en otras disposiciones aplicables. Asimismo, la SFP podrá realizar las visitas e inspecciones que estime pertinentes a las obras públicas y servicios relacionados con las mismas, y podrá solicitar a los servidores públicos y a los contratistas, todos los datos e informes relacionados con los actos de que se trate. Nota informativa para participantes de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). El compromiso de México en el combate a la corrupción ha trascendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado. Esta Convención busca establecer para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales. La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, iniciará en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación –la primera ya fue aprobada- en donde un grupo de expertos verificará, entre otros:
DE LA INFORMACIÓN Y VERIFICACIÓN. En términos del Artículo 75 de la Ley, La Secretaría de la Función Pública en el ejercicio de sus facultades podrá verificar, en cualquier tiempo, que las obras públicas y servicios relacionados con las mismas se realicen conforme a lo establecido en la Ley o en otras disposiciones aplicables. Asimismo la SFP, realizará las visitas e inspecciones que estime pertinentes y podrá solicitar a los servidores públicos y a los Contratista s, toda la información y documentación relacionada con actos relativos a obras y servicios, así como el acceso a la bitácora, incluyendo aquella relativa al cumplimiento que se derive de la integración de los precios unitarios, dentro de la cual se encuentran las prestaciones xx Xxx en materia de Seguridad Social. el Contratista que no aporte la información que le requiera la Secretaría de la Función Pública en el ejercicio de sus facultades de verificación, será sancionado en los términos que establece el Título Sexto de la Ley. Anexo A Preguntas que se presentan en la junta de aclaraciones de fecha 03 de octubre de 2013 Nombre y firma del representante _________________________
DE LA INFORMACIÓN Y VERIFICACIÓN. En términos del Artículo 75 de la LEY, la Secretaría de la Función Pública, en el ejercicio de sus facultades podrá verificar, en cualquier tiempo, que las obras públicas y servicios relacionados con las mismas se realicen conforme a lo establecido en la LEY o en otras disposiciones aplicables. Asimismo, realizará las visitas e inspecciones que estime pertinentes y podrá solicitar a los servidores públicos y a los contratistas, toda la información y documentación relacionada con actos relativos a obras y servicios, así como el acceso a la BITÁCORA, incluyendo aquella relativa al cumplimiento que se derive de la integración de los precios unitarios, dentro de la cual se encuentran las prestaciones xx Xxx en materia de Seguridad Social. El CONTRATISTA que no aporte la información que le requiera la Secretaría de la Función Pública en el ejercicio de sus facultades de verificación, será sancionado en los términos que establece el Título Sexto de la LEY. (Nombre del Representante Legal) manifiesto bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados, así mismo cuento con facultades suficientes para suscribir la propuesta en la presente Licitación Pública, a nombre y representación de (Nombre del LICITANTE) Licitación Pública Nacional No. Colonia: Delegación o Municipio: Código Postal: Entidad Federativa: Teléfonos: Fax: Correo Electrónico: Registro Federal de Contribuyentes: No. de la Escritura en la que consta su acta constitutiva: De fecha: Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se dio fe de la misma: Descripción del objeto Social: Reformas al acta constitutiva: Fecha y numero de la inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio Relación de Accionistas: No. de la Escritura Pública mediante el cual acredita su personalidad y facultades: De fecha: Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se dio fe de la misma: (Nombre del representante), en nombre y representación de (Nombre del LICITANTE), con el fin de participar en la Licitación Pública (Nacional) No. (Indicar el No. de licitación), bajo protesta de decir verdad, manifiesto lo siguiente:
DE LA INFORMACIÓN Y VERIFICACIÓN. En términos del artículo 75 de “La Ley”, La Secretaría de la Función Pública en el ejercicio de sus facultades podrá verificar, en cualquier tiempo, que las obras públicas y servicios relacionados con las mismas se realicen conforme a lo establecido en “La Ley” o en otras disposiciones aplicables. Asimismo, realizará las visitas e inspecciones que estime pertinentes y podrá solicitar a los servidores públicos y a los contratistas, toda la información y documentación relacionada con actos relativos a obras y servicios, así como el acceso a la bitácora, incluyendo aquella relativa al cumplimiento que se derive de la integración del contrato a precio alzado, dentro de la cual se encuentran las prestaciones xx Xxx en materia de Seguridad Social. “El Contratista” que no aporte la información que le requiera la Secretaría de la Función Pública en el ejercicio de sus facultades de verificación, será sancionado en los términos que establece el Título Sexto de “La Ley”. C.P. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE FERROVIARIO Y MULTIMODAL LICITANTE: [NOMBRE DEL LICITANTE] Preguntas que se presentan en la Junta de Aclaraciones de fecha 27 de septiembre de 2013. Núm. Referencia Pregunta Respuesta 1.-
DE LA INFORMACIÓN Y VERIFICACIÓN. En términos del Artículo 75 de la “Ley”, La Secretaría de la Función Pública en el ejercicio de sus facultades podrá verificar, en cualquier tiempo, que las obras públicas y servicios relacionados con las mismas se realicen conforme a lo establecido en la “Ley” o en otras disposiciones aplicables. Asimismo, realizará las visitas e inspecciones que estime pertinentes y podrá solicitar a los servidores públicos y a los contratistas, toda la información y documentación relacionada con actos relativos a obras y servicios, así como el acceso a la bitácora, incluyendo aquella relativa al cumplimiento que se derive de la integración de los precios unitarios, dentro de la cual se encuentran las prestaciones xx Xxx en materia de Seguridad Social. “El Contratista” que no aporte la información que le requiera la Secretaría de la Función Pública en el ejercicio de sus facultades de verificación, será sancionado en los términos que establece el Título Sexto de la “Ley”. Anexo A Nombre y firma del representante _ La Secretaría de Comunicaciones y Transportes, a través de la coordinación de la Dirección General de Transporte Ferroviario y Multimodal (DGTFM), llevó a cabo la construcción de la Línea 1 del Ferrocarril Suburbano, en una primera etapa, de la Estación Buenavista en el Distrito Federal, hasta la Estación Cuautitlán, en el Estado de México. Para dicho efecto, se ha celebrado un Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx xxxxx xx Xxxxxxxx Xxxxxxx x xx Xxxxxxxx xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, para la incorporación de dicha infraestructura en las Delegaciones Xxxxxxxxxx y Azcapotzalco en el Distrito Federal Se encuentran en terminados, en proceso de entrega recepción, en ejecución, y en proceso de diseño en el territorio del Distrito Federal, las obras requeridas para mitigar los efectos del confinamiento del Ferrocarril Suburbano, que se programaron en diferentes fechas, siendo la ultima para terminación, el mes xx xxxx del año 2009, entre ellas, se pueden mencionar: Ciprés, Circuito Interior en sus Ramas 40, 50, 80, 120, 140 y 150, Xxxxxx Xxxxx, los pasos peatonales de Pino, Xxxxxxx Xxxxxx, Ciprés, Xxxxxx Xxxxx, Circuito Interior en Xxxxx Xxxxxx y Sicomoro, el de Insurgentes Norte y Eje 1 Norte (denominado Buenavista), la pasarela xx Xxxxxxx, la pasarela xx Xxxxxxxxxx, y la estación del Metrobús en Buenavista. Los diversos actores participantes como el Gobierno del Distrito Federal a través de su Secretarías de Transporte y Vialidad, Desarrollo Urbano y Vivienda, Finanzas, Obras y Servicios...
DE LA INFORMACIÓN Y VERIFICACIÓN. Artículo 75. La Tesorería Municipal y Entidades, establecerán los medios y procedimientos de control de los actos y contratos, de acuerdo con las normas que dicte la Contraloría.
DE LA INFORMACIÓN Y VERIFICACIÓN. ARTICULO 74. LA TESORERÍA Y ENTIDADES DEBERÁN REMITIR A LA CONTRALORÍA, LA INFORMACIÓN RELATIVA A LOS CONTRATOS QUE REGULA ESTE REGLAMENTO, DENTRO DE LOS VEINTE DÍAS NATURALES SIGUIENTES A SU CELEBRACIÓN. ASIMISMO, TIENEN LA OBLIGACIÓN DE CONSERVAR EN FORMA ADECUADA Y SISTEMÁTICA LA DOCUMENTACIÓN QUE JUSTIFIQUE Y COMPRUEBE LA REALIZACIÓN DE LOS ACTOS Y CONTRATOS REGULADOS POR ESTE ORDENAMIENTO LEGAL, POR UN TÉRMINO NO MENOR DE CINCO AÑOS CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE HUBIESEN RECIBIDO LOS BIENES O PRESTADO EL SERVICIO.