INTEGRACIÓN DEL CONTRATO Cláusulas de Ejemplo

INTEGRACIÓN DEL CONTRATO. En el supuesto de que algunas de las disposiciones del presente Contrato sean no válidas conforme a Derecho y/o resultare imposible su cumplimiento, así como en caso de detectarse alguna inadvertencia en su contenido, no será afectada la eficacia y validez de las restantes disposiciones contractuales. En este sentido, quedan las partes contratantes constreñidas, bien en sustitución de las disposiciones que resulten ineficaces y/o irrelevantes, o bien para dotar de contenido la omisión de que se trate, a determinar la regulación que más se aproxime a la finalidad perseguida por este Contrato.
INTEGRACIÓN DEL CONTRATO. 8 A falta de previsión contractual, o en caso de ineficacia de alguna de sus cláusu- 9 las, el contrato se integra con: 10 (a) Las normas imperativas;
INTEGRACIÓN DEL CONTRATO. El Contrato (incluyendo todos los anexos y cualesquiera otros documentos integrados por referencia en el Contrato o sus documentos anexos), las Regulaciones de las Redes de Pago y cualquier otra modificación o suplemento a cualquiera de los dos anteriores, integrará o conformará el acuerdo integral entre las partes, y todas las anteriores y otras declaraciones, escritas o verbales, se considerarán integradas y sustituidas por el Contrato; no obstante lo anterior, el Contrato no sustituirá ninguna Garantía Solidaria firmada por un Obligado Solidario, en cuyo caso, la Garantía Solidaria se considerará que permanecerá como un contrato separado y distinto del Contrato. En caso de cualquier conflicto entre los documentos que integran el Contrato, excluyendo cualquier
INTEGRACIÓN DEL CONTRATO. 1. Cuando para la realización de una obra inmobiliaria sea necesaria la redacción de un proyecto arquitectónico, el proyecto integrará el contrato, y el comitente estará obligado a entregar copia al contratista.
INTEGRACIÓN DEL CONTRATO. Son parte constitutiva del presente contrato los siguientes elementos, que las partes declaran conocer y aceptar:
INTEGRACIÓN DEL CONTRATO. La integración del contrato tiene por finalidad señalar las consecuencias jurídicas que emergen de aquel concreto negocio, bien sea por la voluntad de las partes manifestada de forma expresa o tácita. No hay que perder de vista que en el contenido del contrato está conformado, no sólo por las manifestaciones que expresamente se incluyen en el contrato, sino también por aquellas otras que se presuponen pero no se expresan. Son aquellas consecuencias que pueden considerarse virtualmente comprendidas en el contrato (XXXXXX ITURRASPE). Según XXXX-XXXXXX, integración se refiere a la construcción de la reglamentación contractual introduciendo reglas que no tienen su origen en la voluntad de las partes. Este es el sentido del art. 1.258 cuando establece que: «Los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento, y desde entonces obligan, no sólo al cumplimiento de lo expresamente pactado, sino también a todas las consecuencias que, según su naturaleza, sean conformes a la buena fe, al uso y a la ley». También se ha dicho que la regulación contractual suele ser incompleta, puesto que presenta lagunas, por lo que a la operación de colmatar estos vacíos se le denomina integración (XXXXX XXXXX). La integración se diferencia de la calificación y de la interpretación. La integración se dirige a determinar los efectos del negocio; la calificación tiende a fijar la naturaleza del mismo; y la interpretación tiene como meta patentizar la voluntad de las partes o lex privata. No obstante, hay que resaltar que la integración se apoya en la calificación y ésta en la interpretación, habiendo un encadenamiento lógico y sucesivo. §2.-EFICACIA DEL CONTRATO. El contrato es eficaz, es decir genera obligaciones y derechos entre los contratantes, desde el momento de su perfección. Según XXXXXX los efectos del contrato pueden clasificarse en: comunes o generales, que son los que se producen en toda clase de contratos y los especiales o particulares que son privativos de cada modalidad de contrato. Los efectos generales se reducen a la producción del vínculo obligatorio del contrato, la denominada «lex privata» del contrato, que establece una reglamentación de la conducta de las partes, integrada por un conjunto de derechos, obligaciones y facultades, junto con el deber de su cumplimiento (DÍEZ-XXXXXX Y XXXXXX). La fuerza sancionadora del contrato se manifiesta bajo tres principios (XXXXXX): a) él de la obligatoriedad del contrato, b) él de la irrevocabilidad y c) el principio de l...
INTEGRACIÓN DEL CONTRATO. Los otorgantes hacemos constar que
INTEGRACIÓN DEL CONTRATO. 65 Interrupción plazo recepción, por causa del adjudicatario 84 Invariabilidad de precios 33 Invitación de proveedores a concurso de precios 22 Invitación de proveedores a licitación privada 21 Licitación Privada, s/preajudicación Licitación Pública, s/preajudicación Xxxxx xxxxxxx, no procede por rescisión 56 56 70 Lugar de entrega 7 Mantenimiento de oferta 34 Marca determinada 6 Mayor costo de mano de obra 78 Muestra patrón 5 Muestras no retiradas 37 Muestras, otorgamiento de recibo 36 Muestras, su individualización 36 Muestras, su presentación Muestras, su retiro hasta los 90 días Multa por xxxx en el cumplimiento del contrato 37 35 95 Multas o cargos, su afectación 100 N Nuevas ofertas y aclaraciones 48 O Omisión de cláusulas particulares y su firma Orden de provisión o venta 27 64 Origen del producto cotizado 29 P Pago en oro o valor oro 31 Pagos contra entrega 92 Pagos, fecha de ser efectuados 91 Pedido de contratación 1 Pérdida del 10% garantía 96 Pérdida proporcional de garantía 97 Pericias 75 Plazos Plazos de cumplimiento de contrato Plazos de entrega 78 106 71
INTEGRACIÓN DEL CONTRATO. El contenido del contrato se integra con:
INTEGRACIÓN DEL CONTRATO. Los otorgantes hacemos constar que forman parte íntegra de este contrato: a) Las bases de la cotización número sesenta y dos diagonal dos mil nueve (62/2009); b) El acta de la Junta de Cotización número ciento treinta guión dos mil nueve (130-2009) de fecha veintiocho (28) de diciembre de dos mil nueve (2009); c) La resolución del Superintendente de Bancos número mil noventa y uno guión dos mil nueve (1091-2009) del treinta y uno (31) de~diciembre de dos mil nueve SUPERINTENDENCIA DE BANCOS‌‌‌ XXXXXXXX Xx. 00-0000 GUATEMALA, X. X. XXXX Xx. 0 (0000), que aprobó lo actuado por la referida Junta de Cotización; y d) La oferta presentada por Canella, SociedadAnónima con toda su documentación. - - :. - - - - - - - - - - - - - - - - - - -