Plan operativo Cláusulas de Ejemplo

Plan operativo. El plan operativo es un instrumento mediante el cual se organiza el trabajo de campo del equipo de apoyo a la supervisión, definiendo los contenidos de cada instrumento de verificación y la periodicidad de aplicación de los mismos. El plan operativo garantiza que todos los componentes y actividades descritos en el anexo técnico, el contrato y el plan de supervisión estén incluidos en los instrumentos de verificación definidos para cada contrato y asigna los responsables de verificación de cada obligación o actividad. Se elabora antes de iniciar las visitas a las sedes de cada contrato.
Plan operativo. La función de la Interventoría incluye la revisión y aprobación del plan operativo o las actualizaciones presentadas por el Concesionario, con el objeto de garantizar un alto nivel de calidad en el servicio de los aeropuertos, verificando y solicitando de ser del caso el estricto cumplimiento de las obligaciones del Concesionario señaladas en el citado plan. La Interventoría deberá velar que el plan operativo vigente describa en forma clara y precisa la forma como el concesionario operará las instalaciones de los aeropuertos y prestará los servicios asociados a los ingresos regulados y no regulados de una manera segura, eficiente y eficaz para los usuarios, describiendo en detalle cada servicio y actividad funcional a desarrollarse por el concesionario, los procedimientos, los equipos requeridos, el personal y los recursos a emplear. Una vez aprobado el plan, la Interventoría deberá garantizar su estricto seguimiento y cumplimiento por parte del Concesionario.
Plan operativo. El Contratista por su parte deberá elaborar el plan operativo y cronograma con el cual se implementarán las actividades que se deriven del contrato, el cual estará sujeto a recomendaciones de ajuste por parte de los miembros del Comité Operativo y aprobación por parte del Interventor conforme a lo establecido en la etapa de Verificación del presente anexo. El contenido mínimo deberá soportarse en los productos que se detallan en el siguiente cuadro y que para efectos contractuales se entenderán como entregables.
Plan operativo. Se establece como plan el operativo las directrices a largo plazo que la compañía va a utilizar en su proceso de producción, siendo este de la siguiente manera: proceso de compra de suministros (tela -pinturas) empaque final traslado a confeccion Fuente: Elaboración propia Archivador 2 310.000 620.000 Escritorio 2 350.000 700.000 Estanterías 7 320.000 2.240.000 Sillas escritorio 2 142.000 284.000 Sillas recepción 4 65.000 260.000 Computador xx xxxx 2 1.200.000 2.400.000 Impresora Multifuncional EPSON L22 1 950.000 950.000 Teléfono inalámbrico 1 230.000 230.000 Cortadora industrial 1 3.200.000 3.200.000 Hidrolavadora 1 450.000 450.000 Impresora estampado 1 2.800.000 2.800.000 Máquina para revelado 1 2.000.000 2.000.000 Xxxx xx xxxxx 1 1.800.000 1.800.000 Mesa redoblaje 1 900.000 900.000 Pulpos 3 2.500.000 7.500.000 Termofijador pequeño 1 950.000 950.000 Termofilador grande 1 1.600.000 1.600.000 TOTAL ACTIVO FIJO - 28.884.000 Software oficina 2 125.000 250.000 Licencia Windows 7 2 236.000 472.000 Software Contabilidad y facturación 1 3.120.000 3.120.000 Nomina 75.017.580 Inventario - TOTAL CAPITAL DE TRABAJO - INVERSIÓN A FINANCIAR 93.000.000 VALOR DIFERIDO MES 1.733.335 Fuente: Elaboración propia MUEBLES Y ENSERES 3 114.000 1.368.000 1.368.000 1.368.000
Plan operativo i. Estructura operativa
Plan operativo. 1. La agencia y la República de Serbia acordarán un plan operativo conjunto para cada operación conjunta o intervención rápida en las fronteras. La Comisión Europea velará por que se respeten el artículo 54, apartado 3, del Reglamento (UE) 2016/1624 del Parlamento Europeo y del Consejo (3).
Plan operativo. Anual.- Constituye el documento en el cual se señalan las actividades y el presupuesto que cumplirán las operadoras cada año.
Plan operativo. La metodología operativa de trabajo del Servicio de Mantenimiento de la fase preventiva a lo largo del año comprenderá lo siguiente: Mantenimiento Quincenal Revisión del recorrido Revisión del timbre de emergencia Revisión de las lámparas y zumbadores Revisión de los botones de cabina Revisión del freno y limpieza de la polea Revisión y ajuste de los relays de arrancador y central Revisión del motor de tracción y motor generador Revisión de los interruptores de puerta, balones de emergencia de cabina y cierre combinado de puertas. Revisión de nivelación. Revisión de la sala de máquina. Lubricación de graseras. Revisión de escobillas y colector. Revisión de operador de puertas. Limpieza de techo de cabina y pozo. Lubricación y ajuste del cierre de puertas. Revisión de la tensión de los cables. Lubricación del gobernador y de las poleas. Revisión, limpieza y lubricación del selector de interruptores de nivelación.
Plan operativo. Si el resultado del estudio a que se refiere el presente artículo arroja una prestación deficiente del servicio, derivada entre otros, del incipiente cubrimiento, edad del parque automotor, mal manejo del espacio o de su propia infraestructura y demás factores que influyan en la prestación óptima del servicio de transporte público local, las autoridades competentes diseñarán un plan operativo que permita la formulación de estrategias operacionales, técnicas y de funcionamiento del sistema vial, tales como la reestructuración y/o modificación de rutas o frecuencias, el escalonamiento de paraderos, reposición de los vehículos mediante el establecimiento de niveles de servicio diferentes al básico, el ajuste en cuanto al número y/o clase del parque automotor; la adecuación de las vías y demás medidas que permitan la ordenación del tránsito local, el racionamiento del uso de las vías y la optimización de la operación del transporte. Agotadas las acciones antes indicadas, si el estudio comprueba la existencia de una demanda insatisfecha de movilización, como consecuencia de la inexistencia o insuficiencia de los servicios ofrecidos, la autoridad distrital o municipal ordenará la apertura del concurso, para lo cual se dará aplicación al procedimiento previsto en título II, capítulo II, sección III del presente decreto. Las publicaciones para estos efectos, deberán hacerse en un diario de amplia circulación local.