Destino de los datos. Una vez cumplida la prestación de servicios el encargado del tratamiento se compromete a devolver al responsable los datos de carácter personal y, si procede, los soportes donde consten salvo instrucción documentada del responsable que le obligue a entregarlos a un nuevo encargado. La devolución debe comportar el borrado total de los datos existentes en los equipos informáticos utilizados por el encargado. No obstante, el encargado puede conservar una copia, con los datos debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades de la ejecución de la prestación. Caso de que la prestación de servicios no hubiera requerido ningún acceso, el encargado del tratamiento entregará al responsable, declaración expresa en tal sentido.
Destino de los datos. Devolver al responsable del tratamiento los datos de carácter personal y, si procede, los soportes donde consten, una vez cumplida la prestación. La devolución debe comportar el borrado total de los datos existentes en los equipos informáticos utilizados por el encargado. No obstante, el encargado puede conservar una copia, con los datos debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades de la ejecución de la prestación.
Destino de los datos. Finalizada la relación MN PROGRAM, deberá devolver al responsable del tratamiento los datos de carácter personal, borrando la totalidad de los datos existentes en los equipos informáticos que haya utilizado el encargado, o bien, destruir los datos, a plena elección del Responsable. Una vez que hayan sido destruidos, MN PROGRAM, mediante persona apoderada, deberá certificar su destrucción por escrito y debe entregar el certificado al responsable de tratamiento. Sin perjuicio de lo anterior, el encargado puede conservar una copia, con los datos debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades de la ejecución de la prestación y/o en cumplimiento de obligaciones impuestas por la Ley. Se recuerda que MN PROGRAM no mantiene copia de las bases de datos del responsable más allá de 15 días de finalizada la migración. Son los clientes los responsables de guardar todas las copias que sean necesarias. Por lo que finalizado el contrato dichas copias de seguridad del responsable pueden que ya no existan.
Destino de los datos. En caso en que CEDENTE no resulte adjudicataria, la APB procederá en su caso a la devolución de la documentación aportada así como cualquier otro trámite previsto conforme a la normativa de aplicación, salvo respecto de aquellos documentos y datos respecto de los que exista una previsión legal que obligue a su conservación, en cuyo caso la APB garantizará su conservación mientras tal obligación persista. En caso del CEDENTE que resulte adjudicatario, la información comunicada quedará incorporada al correspondiente expediente de contratación, siendo además comunicada en cumplimiento de las obligaciones legales tanto la información como datos obrantes en el expediente de contratación a los siguientes Organismos y terceros: Jueces y Tribunales, en su caso, cuando fuera requerido legalmente para ello, Organismo Público Puertos del Estado (OPPE) y Cuerpo de Inspección del Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana, Junta Consultiva de Contratación del Ministerio de Economía y Hacienda, Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) para realización de las auditorias de cuentas correspondientes y en general, el Tribunal de Cuentas, auditores y a cualesquiera otros terceros a quienes, en virtud de la normativa vigente la APB tuviese la obligación de comunicar los datos.
Destino de los datos. Destruir los datos, una vez cumplida la prestación. Una vez destruidos, el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO debe certificar su destrucción por escrito y debe entregar el certificado al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO. No obstante, el encargado puede conservar una copia, con los datos debidamente bLoqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades de la ejecución de la prestación.
Destino de los datos. Devolver a la persona que designe el responsable del tratamiento, los soportes f sicos en los que constaran los datos de carÆcter personal que Øste le hubiera entregado (en su caso), una vez cumplida prestaci n. En todo caso, la finalizaci n del contrato debe comportar el borrado total de los datos de carÆcter personal existentes en los equipos informÆticos utilizados por el encargado. No obstante, Xxxx puede conservar una copia, con los datos debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades hacia Øl por la ejecuci n de la prestaci n .
Destino de los datos. Devolver a la persona que designe el responsable del tratamiento, los soportes físicos en los que constaran los datos de carácter personal que éste le hubiera entregado (en su caso), una vez cumplida prestación. En todo caso, la finalización del contrato debe comportar el borrado total de los datos de carácter personal existentes en los equipos informáticos utilizados por el encargado. No obstante, éste puede conservar una copia, con los datos debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades hacia él por la ejecución de la prestación.
Destino de los datos. Devolver al Encargado del Tratamiento los datos de carácter personal y, si procede, los soportes donde consten, una vez cumplida la prestación. La devolución debe comportar el borrado total de los datos existentes en los equipos informáticos utilizados por el Subencargado del Tratamiento. No obstante, el Subencargado puede conservar una copia, con los datos debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades de la ejecución de la prestación.
Destino de los datos. Los destinatarios de los datos de carácter personal son los colaboradores autorizados de Xxxxxxxx, las autoridades de control, los colaboradores de Xxxxxxxx y sus subcontratistas. Los datos personales podrán ser igualmente divulgados con arreglo a una ley, un reglamento o en virtud de una resolución de una autoridad reglamentaria o judicial competente.
Destino de los datos. Una vez cumplida la prestación contractual, el Encargado se compromete, a elección del BANCO, a: * devolver a la misma los datos de carácter personal y, si procede, los soportes donde consten, una vez cumplida la prestación. La devolución debe comportar el borrado total de los datos existentes en los equipos informáticos utilizados por el Encargado del tratamiento, o * destruir los datos una vez cumplida la prestación. Una vez destruidos, el Encargado debe aportar certificado de su destrucción por escrito y debe entregar el certificado al Responsable del tratamiento. Asimismo, el Encargado del tratamiento deberá garantizar que al finalizar la relación contractual con cualquier persona con la que desempeñe una función profesional: - la persona devuelve y no conserva de ninguna forma la información y medios del Responsable del tratamiento. - confirmar lo anterior de forma manuscrita o bien mediante cualquier medio similar que permita el marco legal vigente. - la cancelación inmediata de las autorizaciones a los procesos de información. No obstante, lo anterior, el Encargado del tratamiento puede conservar una copia, con los datos debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades de la ejecución de los servicios.