EDIFICACIONES Cláusulas de Ejemplo

EDIFICACIONES. Se define como construcciones complejas, en las cuales no se tendrán en cuenta proyectos de paisajismo, ni proyectos de vivienda unifamiliar, bifamiliar ni trifamiliar, instalaciones deportivas como estadios, pistas atléticas, piscinas, velódromos, instalaciones deportivas con graderías y dependencias auxiliares, coliseos, ni canchas deportivas cubiertas.
EDIFICACIONES. 1. Terminal de Pasajeros
EDIFICACIONES. Estas dos edificaciones se dividen interiormente en doce subnaves con accesos y servicios independientes, y que se denominan A, B, C, D, E, F, G, H, I, J, K L y M. Descripción: Edificación que forma parte de un conjunto destinado a naves industriales. Presenta una superficie de ocupación de doscientos cuarenta y siete metros cuadrados y una superficie construida total de trescientos siete metros cuadrados. La nave es diáfana y dispone de planta principal a nivel xx xxxxx con acceso de vehículos por su fachada principal, y acceso de peatones por su fachada posterior. Asimismo, dispone de entreplanta con acceso a través xx xxxxxxxx desde el interior de la nave. La superficie construida de la planta baja es de 247.- m² y la de la entreplanta es de 60.- m².
EDIFICACIONES. LA COMPAÑÍA, se compromete a cubrir hasta el límite indicado en las condiciones particulares de la póliza para esta cobertura, los daños o perdidas de las edificaciones del bien inmueble asegurado como consecuencia directa de:
EDIFICACIONES. Esta edificación se dividen interiormente en cuatro subnaves con accesos y servicios independientes, y que se denominan 1, 2, 3 y 4. Descripción de la nave 1 (Referencia catastral 9019415VL0091N0002QH): Edificación que forma parte de un conjunto destinado a naves industriales. Presenta una superficie de ocupación de doscientos metros cuadrados y una superficie construida total de doscientos cincuenta metros cuadrados. La nave es diáfana y dispone de planta principal a nivel xx xxxxx con acceso de vehículos por su fachada principal, y acceso de peatones por su fachada posterior. Asimismo, dispone de entreplanta con acceso a través xx xxxxxxxx desde el interior de la nave. La superficie construida de la planta baja es de 200.- m² y la de la entreplanta es de 50.- m². La nave no dispone de uso predeterminado quedando disponible a las necesidades de cada usuario, siempre dentro de los admitidos en la ordenanza urbanística. Con anterioridad de desarrollo la actividad de taller de reparación de vehículos.
EDIFICACIONES. Por lo anterior, toda construcción cuyo punto más alto sea igual o mayor de 18.00 m. (dieciocho metros) sobre el nivel de la banqueta, deberá contar con un Sistema de Protección Contra Rayos (SPCR) que cubra o proteja la totalidad del volumen, independientemente de su uso o destino. Será responsabilidad exclusiva del (os) propietario (s) la elección del tipo y marca del pararrayos y sus aditamentos, así como de la efectividad del sistema elegido y sus posibles consecuencias, el propietario del inmueble dispondrá de un plazo de 6 seis meses para la instalación del SPCR, no pudiendo acogerse al principio de no- retroactividad por tratarse de un bien común y de la salvaguarda de vidas humanas. Sitios de Reunión, áreas exteriores y/o esparcimiento. Para los efectos del SPCR, los sitios de reunión se dividen en tres grupos:
EDIFICACIONES. Sobre todas las edificaciones construidas según se indica en las Condiciones particulares de la Póliza, incluyendo divisiones internas de que estén dotadas, mejoras, instalaciones para agua, eléctricas, equipos de ventilación, y aire acondicionado, y en general todas las instalaciones permanentes que formen parte de los edificios, incluyendo cristales de hasta nueve (9) pies cuadrados. Se incluyen también cortinas de tela, lona o metal, alfombras, decoraciones, verjas y/x xxxxxx que delimiten dichas edificaciones, avisos, letreros y todos los demás adornos fijos que formen parte de dichos edificios, cuya ocupación y ubicación se indican en las Condiciones Particulares. Sobre paneles solares, estructuras de montaje de paneles, inversores, controladores, baterías, tuberías eléctricas, cableado y conexiones eléctricas, brakers de protección y control, estructuras de soporte para baterías. Siempre y cuando estén declarados en las condiciones particulares.
EDIFICACIONES. Sobre todas las edificaciones construidas según se indica en las Condiciones particulares de la Póliza, incluyendo divisiones internas de que estén dotadas, mejoras, instalaciones para agua, eléctricas, equipos de ventilación, y aire acondicionado, y en general todas las instalaciones permanentes que formen parte de los edificios, incluyendo cristales de hasta nueve (9) pies cuadrados. Se incluyen también cortinas de tela, lona o metal, alfombras, decoraciones, verjas y/x xxxxxx que delimiten dichas edificaciones, avisos, letreros y todos los demás adornos fijos que formen parte de dichos edificios, cuya ocupación y ubicación se indican en las Condiciones Particulares. metal, alfombras y decoraciones y en general todo lo que constituye la dotación de una vivienda, incluyendo además joyas, objetos de arte, cuadros, colecciones hasta un límite de RD$1,000.00 (Mil pesos) por unidad, juego o par, sin embargo, este límite quedará aumentado a cinco mil (RD$5,000.00) siempre que el Asegurado presente los documentos probatorios del valor de adquisición del objeto de arte. Los bienes amparados son de propiedad o responsabilidad del Asegurado o de sus empleados domésticos o de sus huéspedes y se encuentran dentro de la residencia descrita en las Condiciones Particulares de la Póliza y/o en sus patios, corredores, garajes, terrazas, y también mientras se encuentren fuera de los predios a una distancia máxima de 150 pies sobre aceras, calles, patios, pasadizos, plataformas separadas y/o vehículos.

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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS 4.11.1.1 Oferta técnica: Formulario de Oferta, que comprenderá: La Carta de Presentación y Compromiso (Formulario No.1) y la Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios establecidos en el Formulario de Oferta (Formulario No.2.). • Cotizar todos y cada uno de los rubros señalados en el Formulario No.2 de los Pliegos. • No podrá variar las cantidades y unidades establecidas. • Los precios no deberán incluir el Impuesto al Valor Agregado IVA, y serán los vigentes 30 días antes de la fecha de presentación de la oferta. • Completar los Datos del oferente, en caso de ser persona jurídica, consorcio o asociación deben anexar obligatoriamente el certificado de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías, copia del RUC y RUP, copia del nombramiento del representante legal, cédula de identidad y certificado de votación actualizado. (Formulario No.3) • Realizar los análisis de precios unitarios de cada uno de los rubros (Formulario No.4). • Presentar los documentos que acrediten la situación financiera (Formularios No. 5). • Indicar la lista de equipo asignado al proyecto, con la respectiva matrícula actualizada de al menos el equipo mínimo requerido (Formulario No.6). • Elaborar la lista de personal técnico propuesto para el proyecto, adjuntando Hoja de Vida, con las certificaciones sobre experiencia en trabajos similares y copia de títulos profesionales (Formularios Nos. 7 y 8). • Detallar los trabajos similares ejecutados por el Oferente en los últimos (número de años) (la entidad debe determinar de acuerdo con la realidad nacional y el objeto del contrato) (Formularios No. 9). • Indicar el cronograma valorado de trabajos (Formulario No. 10). • Desarrollar la metodología de construcción (Formulario No.11). • Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP No.37-09, Formulario No.12). NOTA: De acuerdo a lo dispuesto en la resolución XXXXX Xx. 000-00 de 5 xx xxxxx de 2009, para efectos de la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, las entidades contratantes únicamente verificarán la habilitación en el Registro Único de Proveedores RUP, que será suficiente para demostrar que el proveedor no consta en el Registro de contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos. Concepto Día Hora Concepto Día Hora

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación provisional. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación provisional cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO Los concesionarios tendrán los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.