EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN. (Art. 52º del Anexo del Reglamento aprobado por Decreto 1030/2016).
EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN. La presentación de la oferta significará de parte del oferente el pleno conocimiento y aceptación de las normas y cláusulas que rigen el llamado, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas, sin que pueda alegar en adelante el oferente su desconocimiento. En consecuencia, cualquier modificación, sustitución, alteración o condiciones que los proponentes consignen en la formulación de sus ofertas, que estén en pugna con las mismas y respecto de las cuales no pueda presumirse que encuadran dentro de los supuestos de inadmisibilidad previstos en los artículos del presente pliego, serán de ningún valor ni efecto, teniéndose a las mismas por no escritas.
EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN. (Art. 52 del Decreto N° 1030/2016):
EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN. (Art. 64 del Dec 893/12): La presentación de la oferta significará de parte del oferente el pleno conocimiento y aceptación de la normativa y las cláusulas que rigen este llamado a contratación. Aclaración (1)Tachar lo que no corresponde. DIRECCION: TELEFONO: E-MAIL DE CONTACTO: AÑO O PERIODO DE FACTURACION: MONTO TOTAL FACTURADO (OPCIONAL): DIRECCION: TELEFONO: E-MAIL DE CONTACTO: AÑO O PERIODO DE FACTURACION: MONTO TOTAL FACTURADO (OPCIONAL): DIRECCION: TELEFONO: E-MAIL DE CONTACTO: AÑO O PERIODO DE FACTURACION: MONTO TOTAL FACTURADO (OPCIONAL): ACLARACIONES: Para lograr el máximo puntaje, se deberá completar los campos con antecedentes comerciales y reunir la mayor cantidad de años de antigüedad, comercializando el servicio que es objeto del presente acto contractual. Si no se informaren antecedentes se obtendrá el puntaje más bajo (0 puntos). Esta evaluación está directamente relacionada a reunir información acerca de la cantidad de años en el rubro, relacionado al servicio que se contratará.
EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN. 1.- La fecha de entrada de las solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidos al Ayuntamiento en los lugares previstos en el artículo 2 de este Reglamento producirá efectos en cuanto al cumplimiento de los plazos de los ciudadanos, tanto en lo que se refiere a sus relaciones con el Ayuntamiento como a las Administraciones con las que este Ayuntamiento tenga suscrito el Convenio a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. La fecha de presentación en cualquier oficina del Registro de Entrada tendrá igualmente el carácter de fecha de inicio del plazo para resolver en el caso de los escritos y comunicaciones dirigidos al Ayuntamiento.
EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN. La presentación de la oferta significará de parte del oferente el pleno conocimiento y aceptación de las cláusulas que rigen el llamado a contratación, por lo que no será necesaria la presentación de los pliegos con la oferta. El proponente no podrá alegar desconocimiento o ignorancia por cualquier error u omisión en que incurriera. No se admitirán adicionales o cuestiones que surjan por falta de conocimiento. Análisis de las ofertas: La Universidad Nacional de Quilmes realizará el estudio y análisis de la documentación presentada, reservándose el derecho de no adjudicar el presente llamado a Contratación Directa si considera que las ofertas presentadas le resultan insatisfactorias. ARTICULO 32º:
EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN. La presentación de la oferta significará de parte del oferente el pleno conocimiento y aceptación de toda la normativa que rige el llamado, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas, sin que pueda alegar en adelante el oferente su desconocimiento.
EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN. La presentación de la oferta significará, de parte del oferente, el pleno conocimiento del marco legal de las cláusulas generales y particulares que rigen con la contratación. FUNCIONES DE LA COMISIÓN EVALUADORA: La Comisión Evaluadora emitirá su dictamen, el cual no tendrá carácter vinculante, que proporcionará a la autoridad competente los fundamentos para el dictado del acto administrativo con el cual concluirá el procedimiento. Sus contenidos mínimos se detallan en el Artículo 76 del Reglamento de Régimen de Contrataciones de la Universidad de Buenos Aires. Dicha comisión tendrá la atribución de revisar que los oferentes posean los requisitos exigidos en los Pliegos.
EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN. La presentación de la oferta significará, de parte del oferente, el pleno conocimiento del marco legal de las cláusulas generales y particulares que rigen con la contratación. FUNCIONES DE LA COMISIÓN EVALUADORA: La Comisión Evaluadora emitirá su dictamen, el cual no tendrá carácter vinculante, que proporcionará a la autoridad competente los fundamentos para el dictado del acto administrativo con el cual concluirá el procedimiento. Sus contenidos mínimos se detallan en el Artículo 76 del Reglamento de Régimen de Contrataciones de la Universidad de Buenos Aires. Dicha comisión tendrá la atribución de revisar que los oferentes posean los requisitos exigidos en los Pliegos. mailto:xxxxxxx.xxxx.xxx@xxxxx.xxx Dirección de Contrataciones Puán 482 – 3er piso – Oficina 343 – C1406CQJ – CABA Tel: 0000-0000 E-mail: xxxxxxx.xxxx.xxx@xxxxx.xxx Horario de atención: lunes a viernes de 10 a 16 hs. Pliego Contratación Directa Nº 58/19 Página 7 PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO: El perfeccionamiento del contrato se hará mediante la firma de un contrato, conforme el art. 89 de Reglamento del Régimen de Contrataciones de la UBA. OBSERVACIONES GENERALES Se adjunta, modelo de Contrato de Distribución Exclusiva, el cual consta de 3 fojas y forma parte del Presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Generales. ESPECIFICACIONES RENG CANT. DESCRIPCIÓN IMPORTE EN $ UNITARIO TOTAL
EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN. La sola presentación de la oferta significará de parte del oferente el pleno conocimiento y aceptación de las normas y cláusulas que rigen el llamado, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas, sin que pueda alegar en adelante el oferente su desconocimiento. Por ello, no será necesaria la presentación de los pliegos firmados junto con la oferta, siempre que se acompañen los 5 –CINCO - Anexos del presente pliego. Si el oferente igualmente acompañara copia de las bases del llamado, serán de ningún valor ni efecto, las modificaciones, sustituciones, alteraciones o condiciones que se hicieran sobre las bases, teniéndose a las mismas por no escritas.