ESPECIFICACIONES DE LOS TRABAJOS Cláusulas de Ejemplo

ESPECIFICACIONES DE LOS TRABAJOS. En este anejo se regula la realización por parte del Consultor de los siguientes trabajos: - Ejecución de sondeos mecánicos. - Ejecución de ensayos de penetración estándar (SPT). - Toma de muestras inalteradas y parafinadas. - Ensayos de permeabilidad en suelos y en macizos rocosos. - Identificación, preparación, conservación y envío al laboratorio de las muestras obtenidas. - Ejecución de ensayos de presiometría y dilatometría. - Medición y registro de niveles freáticos. - Ejecución de ensayos de penetración dinámica, estática y CPTU (piezocono). - Ejecución de sondeos eléctricos, perfiles sísmicos, testificación geofísica y prospección con georadar. - Ejecución de ensayos Vane-test. - Calicatas. - Ensayos de carga con placa. - Realización de ensayos de laboratorio. - Suministro de todo el personal, medios y equipos necesarios para la correcta ejecución de los trabajos, así como el seguimiento en campo de los mismos por un técnico cualificado. - Realización de todos los trabajos necesarios para el replanteo de los sondeos u otros puntos o zonas de investigación y registro de las coordenadas y cota de boca de los mismos. El sistema y precisión del replanteo y nivelación se fijará en función del tipo de trabajo, su importancia, y la existencia de cartografía y/o bases de replanteo suficientemente próximas al área de los trabajos. En cualquier caso el Consultor realizará la representación en planos de todos los puntos de investigación, junto a un croquis detallado y fotografía en color de cada punto. - El Contratista propondrá el programa de trabajos a realizar. Una vez aprobado dicho programa, y una vez materializados estos puntos en el terreno, por el Contratista será responsable de su posterior localización. También será responsable de la petición de todos los permisos necesarios para la correcta ejecución de los trabajos, salvo indicación en contra. Si fuera necesario, sería apoyado en esta labor por la Dirección del contrato, en la medida de lo posible. - Recopilación y entrega a la dirección del contrato de todos los registros, informes y datos obtenidos o preparados como parte de estos trabajos. - Preparación y entrega a la dirección del contrato de un informe final que recoja todos los trabajos y datos obtenidos de los mismos. - Redacción del Informe geológico-geotécnico final. El Contratista deberá entregar una copia del procedimiento de ejecución a utilizar para aquellos ensayos o trabajos que no estén regulados por una normativa oficial publicada,...
ESPECIFICACIONES DE LOS TRABAJOS. La empresa adjudicataria del servicio de limpieza estará obligada a mantener el estado de limpieza de los locales y mobiliario en él instalado (incluidos equipos de cualquier clase) en el más amplio sentido de la palabra, solucionando las emergencias que se puedan producir.
ESPECIFICACIONES DE LOS TRABAJOS. A.- LIMPIEZA 2.1. Lugar de trabajo: edificio de la Dirección Provincial, X/ Xxxxxx xx la Xxxxx, 43; edificio de la Subdirección Provincial de Prestaciones y Centro de Formación de Santamarca, C/Xxxxx Rica, 30; Sede RATEL, C/Canillas, 104, Almacén de Garapalo, C/Garapalo, s/n de Madrid y los locales sitos en la X/ Xxxxxxx Xxxx xx 00 x X/ Xxxxx Xxxxxx nº 1. 2.2. La duración del servicio será de DOCE MESES, desde el día 1-1-2012 o desde la fecha de formalización del contrato si ésta fuera posterior, hasta el 31-12-2012, ambos incluidos. En el plazo de 1 mes desde el comienzo del servicio, la empresa adjudicataria estará obligada a presentar un listado del personal encargado de la limpieza que contenga, como mínimo, los siguientes aspectos: nombre y apellidos, DNI, nº de la Seguridad Social, categoría, tipo de contrato, jornada laboral y antigüedad. 2.3. Si la unidad relacionada cambiase su domicilio por traslado, se seguirá prestando idéntico servicio en el nuevo emplazamiento, sin que esto suponga ningún cambio en las condiciones de limpieza o económicas. 2.4. Las limpiezas se realizarán fuera del horario de oficina en los edificios de la Dirección Provincial, Subdirección Provincial de Prestaciones y Centro de Formación de Santamarca. En la sede xx XXXXX Provincial, la limpieza se llevará a cabo en horario de 14:00 horas a 17:00 horas, si por motivos de reorganización del trabajo en las unidades, fuese necesario modificar el comienzo del horario de limpieza, esto se hará sin que suponga ningún cambio en las condiciones del servicio o económicas. En el Almacén de Garapalo, la limpieza se efectuará en horario de 9:00 horas a 14:30 horas. Los servicios y horarios descritos anteriormente se prestarán en días laborables de lunes a viernes. 2.5. Están incluidas en todas las unidades de este pliego las limpiezas que deban efectuarse con motivo de posibles inundaciones o por obras que puedan realizarse en los locales. 2.6. Se requieren un mínimo de ONCE OPERARIOS para el edificio de la Dirección Provincial, Subdirección Provincial de Prestaciones, Centro de Formación de Santamarca; DOS OPERARIOS para la Sede xx XXXXX Provincial y UN OPERARIO para el almacén de Garapalo capaces de realizar las funciones señaladas, más los especialistas en limpieza xx xxxxxxxxx y los necesarios para realizar trabajos de su competencia. Por cuanto antecede, se especifica claramente que el Servicio Público de Empleo Estatal en Madrid contrata un servicio ininterrumpido, debiendo obliga...
ESPECIFICACIONES DE LOS TRABAJOS. 2.1. La empresa adjudicataria estará obligada a presentar conjuntamente con la facturación mensual, un parte del estado general de limpieza en el que figurará expresamente la fecha en la que se ha realizado la limpieza xx xxxxxxxxx, abrillantado de suelos, etc., con las frecuencias que se determinan en el cuadro anexo. Dicho parte lo firmará el responsable de cada unidad. 2.2. La empresa adjudicataria del servicio estará obligada a mantener el local en buen estado de limpieza en el más amplio sentido de la palabra y serán sus más esenciales obligaciones las que figuran en los cuadros adjuntos de prescripciones técnicas.
ESPECIFICACIONES DE LOS TRABAJOS. El servicio a prestar en el Lote 1 es: La vigilancia de la Dirección Provincial, sita en Xxxxxxx xx Xxxxxxxxx, xx 00, xx Xxxxxx, mediante vigilante de seguridad sin arma, de lunes a viernes, excepto festivos, con un horario de siete horas ( entre las 7,30/h y las 14,30/h).
ESPECIFICACIONES DE LOS TRABAJOS. 4.1. La empresa adjudicataria del servicio estará obligada a mantener las dependencias en buen estado de limpieza en todo momento de acuerdo con las tareas y frecuencias especificadas en el cuadro anexo. 4.2. Para la limpieza xx xxxxxxxx, persianas, puntos de luz, rejillas, aportará el personal necesario para el desmontaje y posterior colocación de las mismas. 4.3. La limpieza de equipos informáticos se realizará por personal cualificado para ello, con utilización de productos y útiles de limpieza que no afecten a su funcionamiento siguiendo los criterios de la Coordinación Provincial de Informática. 4.4. La limpieza de canalones de cubiertas, sumideros xx xxxxxxxx, bajantes y arquetas será igualmente realizado por personal especializado. 4.5. A petición xxx XXXX se limpiará cualquier dependencia que fuese necesario por cualquier circunstancia aun cuando no coincida con el cuadro de frecuencias de trabajo. Asimismo se realizarán trabajos imprevistos tales como recogida de líquidos por rotura, vertido de recipientes o goteras, retirada xx xxxxxxxxx rotos, etc. Se realizarán los trabajos de limpieza necesarios en caso de obras de reforma en cualquier dependencia así como una limpieza a fondo en el supuesto de traslado de mobiliario entre despachos. 4.6. Anualmente se realizará una limpieza exhaustiva de todas las dependencias de la Dirección Provincial

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  • OTRAS ESPECIFICACIONES OTRAS ESPECIFICACIONES ADICIONALES A LAS INDICADAS EN ESTA CARÁTULA Y EN EL PLIEGO.

  • Especificaciones Técnicas Formato de Contrato. La información que contiene la sección II de Instrucciones para los Oferentes es la única de las siete secciones que no es susceptible a cambios. En las secciones Aviso de Licitación, Datos de Licitación, Criterios de Evaluación, Formularios de Licitación y Especificaciones Técnicas se debe incluir para cada licitación, las condiciones y requerimientos específicos del proceso, solamente los formularios que le apliquen al caso y el modelo de contrato que, de conformidad con la legislación nacional, corresponda utilizar. Para la sección IV, Criterios de Evaluación, el Prestatario/Beneficiario deberá definir y establecer en detalle los aspectos y criterios que serán evaluados, así como calificaciones a otorgar de manera que los oferentes puedan conocer cómo serán evaluadas las ofertas y cómo será seleccionada la oferta más conveniente. Los criterios de evaluación deberán ser elaborados conforme a las expectativas de las obras a realizar detalladas en la sección VI Especificaciones Técnicas y en el formulario ECO-03 Lista Estimada de Cantidades y sus Precios Unitarios con el objetivo de seleccionar al contratista idóneo para ejecutar la obra. La sección V Formularios de Licitación contiene los formularios para la presentación de información que permitan i) revisar y analizar las capacidades de los oferentes para otorgarle o no la precalificación, ii) para la oferta técnica, formularios para la presentación de experiencias, hojas de vida del personal profesional propuesto, equipo disponible y cronograma de ejecución de obra, entre otros y, iii) para la oferta económica, formularios que incluyen desglose de la oferta económica. El Prestatario/Beneficiario elaborará el Documento Base de Licitación incluyendo en este solamente los formularios que le apliquen al proceso en particular y acordando con el BCIE los ajustes en el Documento Base que sean de la conveniencia de la operación y específicamente del proceso de licitación que se va a realizar. La única sección que no puede ser modificada por referirse a los aspectos relacionados con la normativa de adquisiciones del BCIE es la sección II, Instrucciones a los Oferentes. El uso de este documento estándar es de carácter obligatorio para todas las licitaciones de contratación de obras financiadas total o parcialmente con recursos del BCIE, promovidas por los Prestatarios/Beneficiarios. Este documento se hace de conocimiento público a través de la página web del Banco y es recomendable que antes de preparar una propuesta, el usuario se familiarice con la Política y Normas de Adquisición del BCIE que se encuentren vigentes. Todas las partes de texto que aparecen en color rojo se refieren a información o datos del proceso que deberán ser adaptadas a cada caso.

  • ESPECIFICACIONES Las señaladas en el ANEXO 1 (ANEXO TÉCNICO) de esta convocatoria.

  • Obligaciones de los trabajadores El trabajador está obligado a observar en su trabajo las medidas legales y reglamentarias de seguridad e higiene. Hay que entender que también quedan comprendidas las medidas acordadas en Convenio Colectivo. Cada trabajador debe velar por su propia seguridad y salud en el trabajo y por la de aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional. En particular, los trabajadores, con arreglo a su formación y siguiendo las instrucciones del empresario, están obligados a: 1. Usar adecuadamente, de acuerdo con su naturaleza y los riesgos previsibles, las máquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos de transporte y, en general, cualesquiera otros medios con los que desarrollen su actividad. 2. Utilizar correctamente los medios y equipos de protección facilitados por el empresario, de acuerdo con las instrucciones recibidas de éste. 3. Utilizar correctamente los dispositivos de seguridad. 4. Informar de inmediato a su superior jerárquico directo, y a los trabajadores designados para realizar actividades de protección y de prevención o, en su caso, al Servicio de Prevención, sobre cualquier situación que a su juicio, entrañe, por motivos razonables, un riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores. 5. Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la Autoridad Laboral competente con el fin de proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo. 6. Xxxxxxxx con el empresario para que éste pueda garantizar unas condiciones seguras de trabajo.

  • Propiedad de los trabajos Todos los estudios y documentos elaborados, en su caso, en ejecución del contrato serán propiedad del Ayuntamiento de Granada quien podrá reproducirlos, publicarlos y divulgarlos total o parcialmente sin que pueda oponerse a ello el adjudicatario autor de los trabajos. El adjudicatario no podrá hacer ningún uso o divulgación de los estudios y documentos elaborados con motivo de la ejecución de este contrato, bien sea en forma total o parcial, directa o extractada, sin autorización expresa del órgano de contratación. Los contratos de servicios que tengan por objeto el desarrollo y la puesta a disposición de productos protegidos por un derecho de propiedad intelectual o industrial, llevarán aparejada la cesión de éste al Ayuntamiento de Granada. En todo caso, y aún cuando se excluya la cesión de los derechos de propiedad intelectual, se podrá autorizar el uso del correspondiente producto a los entes, organismos y entidades pertenecientes al sector público a que se refiere el artículo 3.1 del TRLCSP.

  • Condiciones especiales de compatibilidad 1. Sin perjuicio de lo dispuesto en relación con la adjudicación de contratos a través de un procedimiento de diálogo competitivo, no podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras. 2. Los contratos que tengan por objeto la vigilancia, supervisión, control y dirección de la ejecución de obras e instalaciones no podrán adjudicarse a las mismas empresas adjudicatarias de los correspondientes contratos de obras, ni a las empresas a éstas vinculadas, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio.

  • AMBITO DE APLICACION Estas condiciones Especiales se aplicarán a todo el servicio de Gas prestado por la Distribuidora al Cliente bajo las presentes Condiciones Especiales.

  • Vacaciones anuales 1. Todo el personal de las Cajas de Xxxxxxx disfrutará de 25 días hábiles de vacaciones retribuidas, sea cual fuere su Nivel, manteniendo su régimen actual quienes, bien por contrato individual bien por pacto colectivo, disfrutasen de un número superior de días vacacionales. A estos efectos los sábados se considerarán no hábiles. El personal que preste servicios en las Islas Canarias, tendrá dos días hábiles más de vacaciones. En todo caso, la Caja y el empleado o empleada podrán convenir el fraccionamiento hasta en cuatro del periodo de vacaciones siempre que sea posible cubrir el servicio. 2. El período hábil para el disfrute de vacaciones será el comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre. Las Entidades establecerán para cada Oficina el cuadro del personal afecto a ellas cuidando que los servicios queden debidamente cubiertos y procurando atender los deseos de aquél; en los turnos de vacaciones, aquellas personas con responsabilidades familiares tienen preferencia a que las suyas coincidan con los períodos de vacaciones escolares y dentro de esta situación, o si no hubiera personas en ella, se resolverá la preferencia, dentro del Nivel, a favor de quienes tengan mayor antigüedad en la Institución. La preferencia a favor de quienes tengan responsabilidades familiares no implica la elección de un turno determinado sino, únicamente, que sus vacaciones se disfruten dentro de los límites del período de vacaciones escolares; respetando este requisito, la elección del turno concreto dentro de dicho período se resolverá en favor de la mayor antigüedad en la Entidad dentro de cada Nivel, aunque los solicitantes no tengan responsabilidades familiares. 3. El personal de las Cajas conocerá las fechas en que le corresponda las vacaciones, al menos dos meses antes del comienzo de su disfrute; si no existiere acuerdo entre las partes, la jurisdicción competente, de conformidad con el procedimiento establecido al efecto, fijará la fecha que corresponda. Cumplido el preaviso de dos meses de antelación a que se refiere el párrafo anterior, el acuerdo sobre el calendario de vacaciones será ejecutivo, no suspendiéndose esta ejecutividad por el solo anuncio de la intención de reclamar ante la jurisdicción competente, ni por interposición de la demanda ante ella, sino solamente por sentencia en contrario.

  • Condiciones de trabajo En aplicación del artículo 47 del Estatuto Básico del Empleado Público, se determina que la jornada laboral básica será de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas. La jornada básica no afectará a aquellos servicios o Puestos de trabajo que en el Complemento Específico tengan reconocida e incluida como factor económico la jornada superior. Durante la vigencia del “Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad”, se mantendrá la aplicación de la jornada laboral básica dispuesta en el Decreto de Alcaldía de fecha 13 de septiembre de 2012. A partir del 1 de enero de 2015, caso de mantenerse la vigencia del citado Real Decreto-ley 20/2012, el incremento de la jornada se aplicará de la misma forma para todos los trabajadores y trabajadoras, salvo acuerdo expreso de la Comisión de Vigilancia e Interpretación del Convenio. El personal docente, dispondrá de un máximo de 27,5 horas lectivas a la semana para las actividades académicas y 30 horas lectivas para los talleres. Éstas serán proporcionales a la jornada de trabajo regulada en el contrato de trabajo. El trabajador/a tendrá derecho a 30 minutos de descanso intermedio en jornada continuada, o a dos periodos de 15 minutos en jornada partida. Aquellos trabajadores/as que no deseen disfrutar de dicho descanso, podrán solicitar su compensación con la jornada de trabajo, al inicio o a la finalización de la misma. Dicho descanso no dejará desatendidos los servicios y se computará a todos los efectos como tiempo efectivo de trabajo. En caso de jornada reducida, el descanso intermedio será proporcional a la reducción de la misma. La distribución de la jornada de trabajo deberá respetar en todo caso los periodos mínimos de descanso diario y semanal previsto en este Convenio. Anualmente se elaborará por la Empresa el calendario laboral, debiendo exponerse un ejemplar del mismo en un lugar visible de cada centro de trabajo. Todos los trabajadores/as tendrán la obligación de fichar en el reloj de control de presencia, al comienzo y final de la jornada de trabajo, así como en toda ausencia y retorno durante la misma. La no justificación de dicho control se entenderá como ausencia del puesto de trabajo.

  • CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN Los órganos de contratación podrán establecer condiciones especiales en relación con la ejecución del contrato, siempre que estén vinculadas a su objeto, en el sentido del artículo 145 LCSP, no sean directa o indirectamente discriminatorias y sean compatibles con el derecho comunitario. Las condiciones especiales de ejecución para este contrato se indican en el apartado 23 del Anexo I al presente pliego. Para el caso de incumplimiento de estas condiciones especiales de ejecución, deberán establecerse penalidades en el apartado 29 del Anexo I al presente pliego o atribuirles a estas condiciones el carácter de obligaciones contractuales esenciales a los efectos señalados en la letra f) del artículo 211 LCSP. Todas las condiciones especiales de ejecución que formen parte del contrato serán exigidas igualmente a todos los subcontratistas que participen en la ejecución del mismo.