ESTUDIO AMBIENTAL Cláusulas de Ejemplo

ESTUDIO AMBIENTAL. El deterioro del medio ambiente obliga al conjunto de la sociedad y a todos los sectores productivos y económicos que lo provocan a una reorientación profunda de las pautas de producción y consumo. El sector de la construcción contribuye de manera importante a ese deterioro en sus distintas fases (extracción y fabricación de materiales, diseño de los sistemas hidrosanitarios y de sus instalaciones que influye decisivamente en el rendimiento energético de la misma, gestión de la obra y residuos), por lo que es necesario dar un giro notable hacia la adopción de decisiones encaminadas a la sostenibilidad. El argumento fundamental de la participación del MIDUVI es por la responsabilidad que debe como institución realizar estudios ambientales y su respectiva gestión al nivel de ejecución para la recuperación de la conciencia de la población sobre los riesgos ambientales en lo regional y local lo cual también es el comienzo de un nuevo concepto sobre el nivel de riesgo y valoración del impacto ambiental. Dicha valoración parte del ciudadano y se desarrolla desde un nivel inferior hacia arriba de acuerdo con deberes y derechos democráticos. Esta concientización territorial permite la sensibilización de los hogares, el reconocimiento de la dinámica ambiental en su entorno inmediato y la adquisición de conciencia sobre la necesidad de devolver a la ciudad las zonas ocupadas, sobre las que están habitando y la construcción de proyectos de vida en el marco de unos parámetros de cultura ambiental y de convivencia ciudadana. Orientada al ciclo de vida de los materiales, y su incidencia sobre los siguientes aspectos. En este estudio se ha considerado lo siguientes planes: de mitigación y prevención, manejo de desechos, de comunicación, de relaciones humanas, de contingencias, de seguridad y salud, monitoreo y seguimiento y plan de cierre, abandono y entrega del área.
ESTUDIO AMBIENTAL. El Consultor presentará los documentos que evalúen los aspectos e impactos ambientales en la zona de cultivo y preparación de la materia prima así como de la implementación de la planta. El consultor debe preparar toda la documentación necesaria para contar con las especificaciones necesarias para el emplazamiento de la planta. El Informe Final, deberá ser aprobado por la supervisión y revisado por la fiscalización, contendrá todas las correcciones y mejoras sugeridas por el Contratante y será entregado de forma completa al término del Contrato.
ESTUDIO AMBIENTAL. Análisis, evaluación y recomendaciones para determinar la factibilidad ambiental del proyecto. Actividades específicas: Evaluar la zona de estudio y su área de influencia. Determinar la línea base ambiental y territorial del proyecto. Identificar y diagnosticar las superficies de afectación al ambiente. Realizar el análisis ambiental. Realizar un informe de la viabilidad ambiental. Diseñar el plan de manejo ambiental. Realizar un resumen con los aspectos más relevantes del estudio ambiental. Entregables: Descripción de las características ambientales. En el que se incluya cuando menos lo siguiente: Aspectos físicos. Aspectos ambientales. Aspectos bióticos urbanísticos. Aspectos socioeconómicos más relevantes. Zonas más susceptibles de recibir los impactos positivos o negativos del proyecto. Entre otros. Identificación de la línea base ambiental y territorial. En el que se incluya cuando menos lo siguiente: Determinación de la línea base ambiental.
ESTUDIO AMBIENTAL. Elaboración con base al proyecto ejecutivo, de la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) y acompañamiento hasta su aprobación. Actividades específicas: Elaborar la Manifestación de Impacto Ambiental a partir del proyecto ejecutivo, del estudio de prefactibilidad ambiental y siguiendo la normatividad establecida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT). Llevar a cabo las gestiones necesarias ante la SEMARNAT para la aprobación de la MIA. Entregables:
ESTUDIO AMBIENTAL. 144. Manifestación de Impacto Ambiental autorizada.
ESTUDIO AMBIENTAL. Es responsabilidad del ENERGUAVIARE S.A. ESP, realizar los estudios ambientales y de impacto ambiental que apliquen para las características del presente proyecto, realizarlo previamente antes de ejecutar las obras con el fin de obtener el permiso ambiental de parte de la autoridad; CORMACARENA. El contratista contara con un profesional idóneo en estudios ambientales o ingeniero ambiental que apoye los estudios respectivos. Los costos de los estudios serán responsabilidad del Contratante, de la misma manera el costo de las actividades de restauración, compensación y mitigación ambiental, que se establezcan mediante resolución expedida por la CORMACARENA. El Contratista asumirá el pago de las resoluciones expedida por la CORMACARENA. Previa a la evaluación de las ofertas, el Director de Planeación de Energuaviare S.A E.S.P revisará que los oferentes cumplan con el requisito habilitante del Plan de Calidad y programación y flujo de fondos. El oferente deberá presentar un plan de calidad específico para las obras a desarrollar, donde se exponga claramente los métodos o mecanismos mediante los cuales se dará cumplimiento a lo especificado en la presente licitación. El proponente deberá establecer una programación que especifique el cronograma de ejecución de las obras en el cual se detalle las actividades y sub actividades del proyecto, mostrando su interdependencia, duración e indicando la ruta crítica; en la programación o cronograma de la obra, el plazo de ejecución propuesto no podrá ser mayor al plazo máximo de ejecución contractual, so pena del rechazo de la propuesta. El cronograma especificará cada una de las actividades y de cantidades de obras. También deberá indicar las inversiones que realizara mes a mes hasta la finalización del plazo propuesto, indicando el avance económico asociado a la ejecución de cada una de las actividades de la obra; determinando así el flujo de fondos de la obra. El flujo de fondos podrá presentarse conjuntamente con la programación de obra, o en documento aparte. Previa a la evaluación de las ofertas, El Sugerente Administrativo y Financiero, el Subgerente de Distribución y el Director de Planeación de Energuaviare S.A E.S.P revisaran que los oferentes cumplan con los requisitos habilitantes solicitados en este numeral. Si los proponentes cumplen con los requisitos se realizara la evaluación de las ofertas de acuerdo a los criterios metodológicos especificados en este documento, en el caso de que el proponente no cumpla c...

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  • Software (i) Si durante el plazo de noventa (90) días posteriores a la entrega del Software a usted (el "Periodo de garantía"), el Software, según lo haga disponible RIM o cualquier distribuidor autorizado de RIM, no fuera capaz de realizar las funciones descriptas en la Documentación habitual del usuario final para ese elemento del Software ("Especificaciones") al usarse según lo indica RIM en la Documentación aplicable al tipo y versión específica del Software junto con otras partes no alteradas de Su Solución BlackBerry, RIM, a su opción y criterio exclusivo, realizará esfuerzos razonables para corregir o proporcionarle a usted una solución al problema correspondiente (y esa reparación o solución se la puede proporcionar RIM a Usted a criterio razonable de RIM de un modo entre una variedad de modos, inclusive, en el transcurso de un soporte telefónico o por correo electrónico, en un software generalmente disponible para lanzar reparaciones, en el sitio web de RIM o de cualquier otro modo por el cual RIM le informa a Usted) o le proporcionará a Usted un reembolso por los cargos pagados por única vez por el Software correspondiente si Usted deja de usar el Software y el medio en el que le fue proporcionado el Software y devuelve a RIM todo el embalaje relacionado con aquél, de acuerdo con Su mecanismo de devolución de garantía habitual (que puede ser a través de Su Proveedor de servicio de tiempo de conexión, si corresponde, o del punto de venta) dentro del Periodo de garantía junto con la constancia de compra.

  • TERMINACION DEL CONTRATO 11.1 Terminación del contrato.- El contrato termina conforme lo previsto en el artículo 92 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y las Condiciones Particulares y Generales del Contrato.

  • Nulidad Serán nulos y sin valor los actos o contratos de cualquier naturaleza que se celebren entre las partes o las reglamentaciones internas que se dicten, que establezcan para su personal el despido por causa de matrimonio.

  • Revisión salarial El incremento de todos los conceptos económicos del presente Convenio para el periodo comprendido entre el 1 de Julio de 2015 y el 30 xx Xxxxx de 2016 será del 1,75%, tal y como se refleja en las tablas salariales del Anexo I del presente Convenio. El incremento para el periodo comprendido entre el 1 de Julio de 2016 y el 30 xx Xxxxx de 2017 será del 1,5%. El incremento para el periodo comprendido entre el 1 de Julio de 2017 y el 30 xx Xxxxx de 2018 será del 1,25%. En enero de 2018, la Comisión Paritaria, analizada la situación del sector y los acuerdos a que haya llegado las centrales sindicales con la CEOE, negociará el incremento de todos los conceptos económicos para el último año de vigencia del convenio. Se pacta expresamente que todos los Pactos Salariales firmados al amparo del artículo 32 quedarán prorrogados en su vigencia hasta el 30 xx xxxxx de 2018, con la revisión para 2015/16, 2016/17 y 2017/18 que las partes acuerdan para los conceptos económicos. La empresa y la representación de los trabajadores/as deberán firmar un acta para establecer la citada revisión salarial y las tablas salariales, procediendo a su registro, interesando su publicación en el BOP y manteniendo en su integridad las cláusulas vigentes en el pacto anterior.

  • Verificación En los casos de los artículos 108, 109 y 110 el trabajador o quien lo represente tendrá derecho a inspeccionar la documentación que fuere necesaria para verificar las ventas o utilidades en su caso. Estas medidas podrán ser ordenadas a petición de parte, por los órganos judiciales competentes.

  • PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA Los Oferentes/Proponentes deberán mantener las Ofertas por el término de sesenta (60) días hábiles contados a partir de la fecha del acto de apertura. La Entidad Contratante, excepcionalmente podrá solicitar a los Oferentes/Proponentes una prórroga, antes del vencimiento del período de validez de sus Ofertas, con indicación del plazo. Los Oferentes/Proponentes podrán rechazar dicha solicitud, considerándose por tanto que han retirado sus Ofertas, por lo cual la Entidad Contratante procederá a efectuar la devolución de la Garantía de Seriedad de Oferta ya constituida. Aquellos que la consientan no podrán modificar sus Ofertas y deberán ampliar el plazo de la Garantía de Seriedad de Oferta oportunamente constituida. El plazo de vigencia de la oferta, requerido en este numeral, será verificado a través del Formulario de Presentación de Ofertas SNCC.F.034. Las ofertas que no cumplan por lo menos con el plazo aquí establecido serán eliminadas sin más trámite.

  • Características generales El Proponente, deberá prestar los siguientes servicios, sin limitarse a las actividades y suministros descritos a continuación, en las condiciones solicitadas y autorizadas previamente por el FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ, confirmando y legalizando la orden del servicio, con oficio firmado por el Ordenador del gasto o por quien el designe para tal fin. Cada servicio debe cubrir los costos de prestaciones sociales, impuestos, tasas y demás contribuciones decretados por el Gobierno Nacional, Departamental o Municipal y todos los demás gastos inherentes al cumplimento del Contrato. Cada solicitud requerida, tendrá características específicas dependiendo de su naturaleza, número de participantes, ubicación geográfica, entre otras particularidades. La cobertura de los servicios se atenderá a los lugares del territorio nacional en los que se requieran. El proponente deberá garantizar la ejecución del servicio de acuerdo a las características, condiciones y calidad óptima, evitando demoras en los tiempos de respuesta favorable a los requerimientos: Tiempo máximo que tiene el Contratista para responder al requerimiento: hasta máximo 12 horas. En los casos excepcionales que la Entidad requiera del desarrollo de servicios inmediatos, los tiempos serán reducidos de conformidad con el requerimiento enviado. La Entidad contratante podrá adicionar o cancelar el servicio previamente aprobado, con un mínimo de 12 horas, enviando vía email la justificación y solicitud respectiva; por lo que en todo caso no se cobrará por parte del Contratista ningún valor por concepto de dicha cancelación. De igual forma, a la terminación de cada solicitud atendida, el Proponente estará en la obligación de certificar el servicio, diligenciando el FORMATO F-BS-33 (Versión 09)- CERTIFICACION DE EJECUCION DE CONTRATO PARA PROVEEDORES expedida por EL DAPRE. Los servicios que se encuentren en la propuesta económica, se deberán suministrar a los precios establecidos en la misma y a los cuales únicamente se les reconocerá el IVA, sin aplicar EN NINGUNA CIRCUNSTANCIA porcentaje de intermediación. (Exceptuando los servicios que oscilen por la dinámica xxx xxxxxxx). El Contratista deberá solicitar autorización por escrito, cuando se requiera realizar alguna modificación al servicio aprobado. El contratista deberá disponer de una persona 24/7, que atienda el servicio de comunicación, bien sea telefónico, vía emails, WhatsApp o mensajería instantánea, o cualquier otro medio de comunicación, de tal manera que permita coordinar y ejecutar las actividades a fin de que se lleguen a buen término.

  • Tablas salariales 1. Las retribuciones son las que constan en el anexo de cada subsector. La suma xxx xxxxxxx base, complemento Convenio, en su caso, y complemento personal, servirá de base para el cálculo de la antigüedad, las gratificaciones extraordinarias reglamentarias y la Paga de Convenio y el Plus No Absentismo o en cualquier otro concepto que tuviese como referencia el salario para actividad normal, sin perjuicio de lo estipulado sobre esta materia en los distintos anexos subsectoriales.

  • DOMICILIO Y JURISDICCIÓN LA ARRENDATARIA señala como su domicilio el que figura en este documento. A dicho domicilio se le harán llegar las comunicaciones o notificaciones judiciales y/o extrajudiciales a que hubiera lugar. En caso de titularidad conjunta, la comunicación realizada a cualquiera de los titulares de la(s) cuenta(s) servirá respecto de todos. La variación del domicilio de LA ARRENDATARIA, así como de cualquier cambio respecto a los datos proporcionados a EL BANCO, deberá ser comunicada a éste mediante comunicación escrita dirigida a la oficina donde mantenga abierta cualquiera de sus cuentas, o a través de Internet, si EL BANCO lo solicita expresamente. Dicho cambio de domicilio solamente puede ser realizado dentro del área urbana de esta misma ciudad. EL BANCO entenderá que el cambio de cualquiera de los datos proporcionados por LA ARRENDATARIA a EL BANCO será de aplicación para todos los productos y/o servicios que haya contratado LA ARRENDATARIA, salvo que éste manifieste expresamente y por escrito lo contrario. EL BANCO señala como su domicilio para efectos de la aplicación de las presentes Condiciones sus oficinas en esta ciudad. Sin perjuicio de ello, y sólo tratándose del departamento de Lima, el domicilio de EL BANCO será el de su sede central ubicada en Xx. Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xx 0000, Xxx Xxxxxx. En dichos casos, LA ARRENDATARIA deberá hacer entrega de las comunicaciones en la mesa de partes de las oficinas de EL BANCO señaladas en la presente cláusula. Las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los jueces del distrito judicial que corresponda a la oficina de EL BANCO donde se otorgó el arrendamiento financiero materia de este contrato. Tratándose de oficinas ubicadas en el departamento de Lima, las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los jueces y tribunales del distrito judicial del Cercado de Lima.

  • Garantías personales Se respetarán a título individual las condiciones de trabajo que fueran superiores a las establecidas en el presente Convenio, consideradas en su conjunto y en cómputo anual.