MEDIO AMBIENTE El PRESTADOR a la firma del presente instrumento y derivado a la naturaleza de los Servicios que proporcionará al FIDUCIARIO, de conformidad con lo establecido en el objeto del presente Contrato, se obliga a que tanto el PRESTADOR, sus Recursos o cualquier tercero asignado, tomen las medidas necesarias para hacer un uso sostenible de los recursos naturales, utilizando la energía de forma eficiente, minimizando el consumo de materias primas, fomentando el reciclado de materiales, respetando la legislación y normatividad vigente en la materia, comprometiéndose a superar o cumplir mayores niveles, metas o beneficios en materia de Protección Ambiental, durante la vigencia del presente Contrato, lo anterior de conformidad con lo establecido en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Medio Ambiente, disposiciones de carácter local que sean reguladas por la Secretaria del Medio Ambiente y Recursos Naturales y Normas Oficiales Mexicanas (NOM) aplicables en la materia. Para tal efecto el PRESTADOR estará obligado en todo momento a acreditar el cumplimiento de las disposiciones señaladas en él párrafo inmediato anterior, no obstante lo anterior el FIDUCIARIO, podrá requerir al PRESTADOR los permisos, autorizaciones o documentales necesarias que acrediten dicho cumplimiento. El PRESTADOR asume toda la responsabilidad derivada del incumplimiento de la presente cláusula, cubriendo al FIDUCIARIO de todos los daños causados por el incumplimiento, ya sea mediante reembolso de dicha cantidad al FIDUCIARIO, a los 5 (cinco) días hábiles siguientes a su requerimiento de pago, en caso contrario, acepta que dicha cantidad sea descontada de pagos pendientes del mes siguiente, no obstante lo anterior, el FIDUCIARIO podrá optar por mediante la aplicación de las penalidades establecidas en el presente Contrato así como ejercitar las acciones judiciales o administrativas correspondientes, para lograr la reparación del daño, de conformidad con las leyes aplicables al caso concreto.