Definición de Impacto Ambiental

Impacto Ambiental. Alteración accidental súbita, imprevista e inmediata al ambiente ocasionada por un siniestro.
Impacto Ambiental. Es toda alteración (favorable o desfavorable) significativa del medio ambiente o de algunos de sus componentes como consecuencia de las acciones humanas. Se pueden distinguir: impactos acumulativos, directos, indirectos y sinérgicos.
Impacto Ambiental. La presentación explicitará la normativa (nacional, provincial, municipal) que regula la cuestión ambiental en la localización del proyecto así como también la autoridad de aplicación de dicha normativa. En el caso de que el proyecto no esté alcanzado por la obligación de realizar una evaluación o estudio de impacto ambiental se consignará tal hecho mediante una nota, con carácter de declaración jurada, en la cual también se deberá incluir la información detallada en el párrafo anterior. Los proyectos que se encuentren alcanzados por la obligación de contar con una evaluación o estudio de impacto ambiental presentarán el documento que acredite que la autoridad de aplicación ha aprobado el proyectado por ser ambientalmente factible. Si al momento de realizar la presentación ante la DNIP se estuviera tramitando la autorización ambiental, se adjuntará la constancia de la presentación ante la autoridad competente del estudio o evaluación de impacto ambiental, quedando pendiente la entrega de la autorización ambiental. Si no se hubiera obtenido la autorización ambiental antes de la emisión del dictamen, se incluirá como observación en el mismo que “previo a iniciar la ejecución de las obras debe adjuntar el documento que acredite que el proyecto es ambienPtLaIlmEGen-2te01fa7c-0ti8b9le5”6.956-APN-GALO#ADIFSE En los casos que la autoridad competente en materia ambiental determine que el proyecto no es apto ambientalmente no se podrá aprobar el mismo. Cuando un proyecto fuera aprobado con la observación “previo a iniciar la ejecución de las obras debe adjuntar el documento que acredite que el proyecto es ambientalmente factible”, y la autoridad ambiental determinara que el proyecto no es apto ambientalmente, el Dictamen se considerará anulado. ANEXO V. PROPUESTA TÉCNICA - FORMULARIOS ESTÁNDAR

Examples of Impacto Ambiental in a sentence

  • Descripción de la licitación ESTUDIOS TECNICOS PARA LA ELABORACION DE LA MANIFESTACION DE IMPACTO AMBIENTAL MODALIDAD REGIONAL Y ESTUDIO TECNICO JUSTIFICATIVO PARA EL CAMBIO DE USO DE SUELO PARA EL DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA DEL PARQUE NACIONAL TULUM Y AREA DE PROTECCION DE FLORA Y FAUNA DEL JAGUAR.

  • IDENTIFICACIÓN DE ÁREAS CRÍTICAS TIPOS DE CONTRATOS CONTRATOS DE MAYOR IMPACTO AMBIENTAL Y DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO OBSERVACIONES 17 OFICINA DE ADMISIONES Y REGISTRO OCC (orden contractual de compra).

  • DIRECTOR GENERAL DE ORDENAMIENTO E IMPACTO AMBIENTAL DE LA SECRETARIA DEL MEDIO AMBIENTE DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO (RÚBRICA).

  • ASÍ COMO MANIFESTACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Y ANÁLISIS COSTO BENEFICIO DE LA MODERNIZACIÓN DEL CAMINO: XXXXXX- XXXXXX XX XXXXXXXXXX, CON META DE 20.0 KMS., UBICADO EN EL MUNICIPIO DE AMEALCO, EN EL ESTADO DE QUERÉTARO 231 2016 2016 22 CB A 060 W 00 2016 CONSERVACIÓN PERIÓDICA MEDIANTE TRABAJOS DE FRESADO DE 5.00 CM.

  • PARA LOS PUNTOS 16, 17, 18 y 19 INCLUIDOS EN EL SIGUIENTE LISTADO, SERÁ NECESARIO PRESENTAR ÚNICAMENTE EL ESTUDIO DE RIESGO, TODA VEZ QUE LA AUTORIZACIÓN EN MATERIA DE IMPACTO AMBIENTAL ACTUALMENTE CORRESPONDE A LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD INDUSTRIAL Y DE PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE DEL SECTOR HIDROCARBUROS (ASEA).


More Definitions of Impacto Ambiental

Impacto Ambiental. Afectación del entorno ocasionada por la realización de una obra.
Impacto Ambiental cualquier alteración en el medio ambiental biótico, abiótico y socioeconómico, que sea adverso o beneficioso, total o parcial, que pueda ser atribuido al desarrollo de un proyecto, obra o actividad. Involucramiento con las partes interesadas: actividad llevada a cabo para crear oportunidades de diálogo entre una organización y una o más de sus partes interesadas, con el objetivo de proporcionar una base fundamentada para las decisiones de la organización. Materialidad: según GRI la materialidad en el contexto de la sostenibilidad no se limita sólo a aquellos aspectos de la sostenibilidad que tienen un impacto financiero importante en la Medidas de compensación: son las acciones dirigidas a resarcir y retribuir a las comunidades, las regiones, localidades y al entorno natural por los impactos o efectos negativos generados por un proyecto, obra o actividad, que no puedan ser evitados, corregidos o mitigados.
Impacto Ambiental. La preocupación provocada por la evaluación ambiental consiste en que el monocrotofos es muy tóxico para invertebrados acuáticos, aves y mamíferos, y no es compatible con los programas de Manejo Integrado de Plagas (IPM). Su uso representa un peligro muy grave para las aves cuando se fumigan sustancias alimenticias que ellas consumen. La dispersión xxx xxxxx aéreo y de fumigadoras de chorro de aire aplicadas en huertos representa un peligro considerable para los invertebrados acuáticos. Se ha comprobado que los arrastres pluviales de las zonas recientemente tratadas son peligrosos para los invertebrados acuáticos debido a sus efectos tóxicos agudos y crónicos.
Impacto Ambiental. Cambio en el medio ambiente, ya sea adverso o beneficioso, como resultado total o parcial de los aspectos ambientales de una organización. (Norna Tecnica Colombiana ISO-14001:2015) • LICENCIA AMBIENTAL: La licencia ambiental, es la autorización que otorga la autoridad ambiental competente para la ejecución de un proyecto, obra o actividad, que de acuerdo con la ley y los reglamentos pueda producir deterioro grave a los recursos naturales renovables o al medio ambiente o introducir modificaciones considerables o notorias al paisaje; la cual sujeta al beneficiario de esta, al cumplimiento de los requisitos, términos, condiciones y obligaciones que la misma establezca en relación con la prevención, mitigación, corrección, compensación y manejo de los efectos ambientales del proyecto, obra o actividad autorizada. La licencia ambiental llevará implícitos todos los permisos, autorizaciones y/o concesiones para el uso, aprovechamiento y/o afectación de los recursos naturales renovables, que sean necesarios para el desarrollo y operación del proyecto, obra o actividad. La licencia ambiental deberá obtenerse previamente a la iniciación del proyecto, obra o actividad. Ningún proyecto, obra o actividad requerirá más de una licencia ambiental. (Decreto 2820 DE 2010 Ministerio de Ambiente Vivienda Desarrollo territorial). • MEDIO AMBIENTE: Entorno en el cual una organización opera, incluidos el aire, el agua, la tierra, los recursos naturales, la flora, la fauna, los seres humanos y sus interrelaciones. • MOVILIZADOR DE ACEITES USADOS: Persona natural o jurídica que debidamente registrada ante la autoridad ambiental competente, es titular de la actividad de recibir, movilizar y entregar cualquier cantidad de aceites usados.
Impacto Ambiental. Cualquier alteración en el sistema ambiental biótico, abiótico y socioeconómico, que sea adverso o beneficioso, total o parcial, que pueda ser atribuido al desarrollo de un proyecto, obra o actividad.
Impacto Ambiental. Cualquier cambio en el medio ambiente, sea adverso o beneficioso, que es resultado total o parcial de las actividades del manejo forestal.
Impacto Ambiental. Cualquier cambio en el medio ambiente, ya sea adverso o beneficioso, como resultado total o parcial de los aspectos ambientales de una organización. Matriz de aspectos e impactos ambientales: Herramienta que permite identificar los elementos de una actividad o producto (bien y/o servicio) que realiza la Corporación en diferentes escenarios, relacionadas a la interacción con el ambiente, permitiendo valorar el daño que potencialmente se deriva de dicha actividad o producto y la identificación apropiada del control operacional. Matriz de peligros/riesgos: Registro donde se consigna la información relacionada con la identificación de peligros, evaluación y valoración de riesgos. Peligro: Fuente, situación o acto con potencial de causar daño en la salud de los trabajadores, en los equipos o en las instalaciones (Decreto 1072 de 2015)