Common use of Facturación y forma de pago Clause in Contracts

Facturación y forma de pago. Orange facturará, de acuerdo con la modalidad elegida por el Cliente, las cantidades a abonar por el uso del servicio. En las facturas aparecerán desglosadas las cantidades a pagar por cada uno de los Servicios contratados. Además, se desglosarán los descuentos y promociones ofertados y aplicados por Orange. El pago se realizará mediante domiciliación de las facturas en la cuenta bancaria o cuenta de ahorro que el Cliente haya designado, o en su defecto, por transferencia bancaria a la cuenta habilitada a tal efecto, salvo que el cliente hubiera elegido otro medio de pago de acuerdo con Orange. La fecha en la que se debe realizar el pago no podrá exceder los 30 días a contar desde el final del período de facturación. En caso de domiciliación bancaria el cliente recibirá de la entidad bancaria o de ahorro en la que se ha realizado la domiciliación la notificación con el importe a abonar por el Cliente. Las facturas no abonadas en la fecha prevista por causas no imputables a Orange, tendrán la consideración de deuda vencida y estarán sujetas a ejecución inmediata. Asimismo en caso de impago de cantidades presentadas al cobro al Cliente, del tipo de presentación, éste vendrá obligado además de al pago del cargo no atendido, al abono de los gastos ocasionados por la falta de pago del importe no atendido, y ello sin perjuicio de las demás consecuencias que pudieran derivarse de su incumplimiento, encaminadas a la obtención del cobro total de la cantidad adeudada. Orange podrá efectuar el cobro inmediato de toda cantidad adeudada con cargo a tarjetas de crédito o débito que hubieran sido facilitadas por el Cliente a tal efecto, o los depósitos necesarios, voluntarios o demás garantías prestadas por el mismo.En caso de ejecución judicial, Orange se reserva la posibilidad de aplicar, desde la fecha en que el pago debió realizarse, un interés de demora igual al interés legal. Igual interés se devengará en el caso de que, como consecuencia de una reclamación judicial, el Cliente tenga derecho a alguna devolución. En caso de incumplimiento del compromiso de pago por el Pagador, de no ser éste el Titular del Servicio Telefónico (según lo indicado en el anverso), Orange podrá reclamar el pago al Titular. En el caso de que el Cliente abone a ORANGE un importe sin identificar específicamente el Servicio determinado por el que se realice el pago, el Cliente autoriza a ORANGE para aplicar los importes abonados por el mismo a ORANGE al pago de cualquiera de los Servicios que haya contratado el Cliente, en la medida en que ello sea necesario para la extinción, total o parcial, de cualquier deuda contraída con ORANGE por la prestación de otros Servicios. Si el pago de la totalidad de las cantidades debidas (incluyendo los intereses moratorios) por el Cliente a ORANGE se realizara con posterioridad a la suspensión del servicio, ORANGE se reserva el derecho de dar de nuevo de alta al Cliente que así lo solicitara. Asimismo, el impago por el Cliente, facultará a ORANGE, previo el requerimiento, a comunicar este extremo a los servicios de información sobre solvencia patrimonial y de crédito, de acuerdo con lo previsto en la Ley 15/1999 de Protección de Datos Personales y demás normativa aplicable al efecto.

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Facturación y forma de pago. Orange facturará, de acuerdo con la modalidad elegida por el Cliente, las cantidades a abonar por el uso del servicio. En las facturas aparecerán desglosadas las cantidades a pagar por cada uno de los Servicios servicios y/o productos contratados. Las llamadas gratuitas para el abonado (incluidas llamadas a números de asistencia), no serán desglosadas. Respecto a las llamadas metropolitanas su desglose se realizará a petición del cliente. Además, se desglosarán los descuentos y promociones ofertados y aplicados por Orange, así como en su caso, los servicios de tarificación adicional: indicando la remuneración correspondiente al servicio telefónico prestado por el operador y la remuneración correspondiente al prestador de servicios de tarificación adicional. Los clientes tendrán también derecho a obtener, a su solicitud, facturación independiente para los servicios de tarificación adicional En cualquiera de los supuestos anteriores en que el Cliente solicite la facturación detallada, ésta le será facilitada de manera totalmente gratuita. El Cliente tendrá derecho a recibir una facturación no desglosada previa solicitud. El pago se realizará mediante domiciliación de las facturas en la cuenta bancaria o cuenta de ahorro que el Cliente haya designado, o en su defecto, por transferencia bancaria a la cuenta habilitada a tal efecto, salvo que el cliente hubiera elegido otro medio de pago de acuerdo con Orangepago. La fecha en la que se debe realizar el pago no podrá exceder los 30 días a contar desde el final del período de facturación. En caso de domiciliación bancaria el cliente recibirá de la entidad bancaria o de ahorro en la que se ha realizado la domiciliación la notificación con el importe a abonar por el Cliente. Las facturas no abonadas en la fecha prevista por causas no imputables a Orange, tendrán la consideración de deuda vencida y estarán sujetas a ejecución inmediata. Asimismo en caso de impago de cantidades presentadas al cobro al Cliente, del tipo de presentación, éste vendrá obligado además de al pago del cargo no atendido, al abono de los gastos ocasionados por la falta de pago del importe no atendido, y ello sin perjuicio de las demás consecuencias que pudieran derivarse de su incumplimiento, encaminadas a la obtención del cobro total de la cantidad adeudada. Orange podrá efectuar el cobro inmediato de toda cantidad adeudada con cargo a tarjetas de crédito o débito que hubieran sido facilitadas por el Cliente a tal efecto, o los depósitos necesarios, voluntarios o demás garantías prestadas por el mismo.En caso de ejecución judicial, Orange se reserva la posibilidad de aplicar, desde la fecha en que el pago debió realizarse, un interés de demora igual al interés legallegal del dinero más dos puntos porcentuales. Igual interés se devengará en el caso de que, como consecuencia de una reclamación judicial, el Cliente tenga derecho a alguna devolución. En caso de incumplimiento del compromiso de pago por el Pagador, de no ser éste el Titular del Servicio Telefónico (según lo indicado en el anverso), Orange podrá reclamar el pago al Titular. En el caso de que el Cliente abone a ORANGE un importe sin identificar específicamente el Servicio determinado por el que se realice el pago, el Cliente autoriza a ORANGE para aplicar los importes abonados por el mismo a ORANGE al pago de cualquiera de los Servicios que haya contratado el Cliente, en la medida en que ello sea necesario para la extinción, total o parcial, de cualquier deuda contraída con ORANGE por la prestación de otros Servicios. Si el pago de la totalidad de las cantidades debidas (incluyendo los intereses moratorios) por el Cliente a ORANGE se realizara con posterioridad a la suspensión del servicio, ORANGE se reserva el derecho de dar de nuevo de alta al Cliente que así lo solicitara. Asimismo, el impago por el Cliente, facultará a ORANGE, previo el requerimiento, a comunicar este extremo a los servicios de información sobre solvencia patrimonial y de crédito, de acuerdo con lo previsto en la Ley 15/1999 de Protección de Datos Personales y demás normativa aplicable al efecto.

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Samples: clientes.orange.es

Facturación y forma de pago. Orange facturará, El procedimiento de acuerdo con la modalidad elegida por el Cliente, las cantidades a abonar por el uso del servicio. En las facturas aparecerán desglosadas las cantidades a pagar por facturación y de forma de pago para cada uno de los Servicios contratados. Además, servicios reflejados en las presentes bases se desglosarán los descuentos y promociones ofertados y aplicados por Orangeencuentra detallado en el Anexo III. El pago proveedor homologado tendrá contacto directo con el cliente para fijar el objeto y las condiciones de la oferta que se realizará mediante domiciliación por IFEMA al cliente y su precio, permitiendo y facilitando el adecuado control por parte de IFEMA de los importes en tal sentido facturados. El PSC comunicará a IFEMA el objeto y las facturas en condiciones de su oferta y el precio de la cuenta bancaria o cuenta misma al cliente, lo que implicará un compromiso del PSC de ahorro que vender y facturar el Cliente haya designado, o en su defecto, servicio a IFEMA por transferencia bancaria el importe del precio del servicio al cliente con los siguientes descuentos: DESCUENTO Hasta 500.000 euros 7,5% Superior a la cuenta habilitada 500.000 euros y hasta 700.000 euros 8,5% Superior a tal efecto, salvo que el cliente hubiera elegido otro medio 700.000 euros y hasta 1 millón de pago euros 9,5% Superior a 1 millón de acuerdo con Orange. La fecha en la que se debe realizar el pago no podrá exceder los 30 días a contar desde el final del período de facturación. euros 10% En caso de domiciliación bancaria exceder las ventas y superarse los márgenes establecidos en cada tramo, se aplicará el cliente recibirá de descuento superior únicamente al exceso que supere la entidad bancaria o de ahorro en la que se ha realizado la domiciliación la notificación con el importe a abonar por el Cliente. Las facturas no abonadas en la fecha prevista por causas no imputables a Orangecifra correspondiente, tendrán la consideración de deuda vencida y estarán sujetas a ejecución inmediata. Asimismo es decir, en caso de impago alcanzarse, por ejemplo, unas ventas de cantidades presentadas al cobro al Cliente730.000 euros se aplicará un descuento del 7,5% sobre los primeros 500.000 euros, un descuento del tipo de presentación8,5% sobre los siguientes 200.000 euros y un descuento del 9,5% sobre los 30.000 euros restantes. Para la aplicación del descuento variable, éste vendrá obligado además de al pago del cargo no atendido, al abono de los gastos ocasionados por el PSC deberá tener en cuenta que las cifras mencionadas hacen referencia a las ventas brutas anuales durante la falta de pago del importe no atendido, y ello sin perjuicio vigencia de las demás consecuencias que pudieran derivarse de su incumplimientobases, encaminadas a la obtención del cobro total de la cantidad adeudada. Orange podrá efectuar el cobro inmediato de toda cantidad adeudada con cargo a tarjetas de crédito o débito que hubieran sido facilitadas por el Cliente a tal efecto, o los depósitos necesarios, voluntarios o demás garantías prestadas por el mismo.En caso de ejecución judicial, Orange se reserva la posibilidad de aplicar, desde la fecha en que el pago debió realizarse, un interés de demora igual al interés legal. Igual interés se devengará en el caso de que, como consecuencia de una reclamación judicial, el Cliente tenga derecho a alguna devolución. En caso de incumplimiento del compromiso de pago por el Pagador, de no ser éste el Titular del Servicio Telefónico (según lo indicado en el anverso), Orange podrá reclamar el pago al Titular. En el caso de que el Cliente abone a ORANGE un importe sin identificar específicamente el Servicio determinado por el que se realice el pago, el Cliente autoriza a ORANGE para aplicar los importes abonados por el mismo a ORANGE al pago de cualquiera de los Servicios que haya contratado el Cliente, en la medida en que ello sea necesario para la extinción, total o parcial, de cualquier deuda contraída con ORANGE por la prestación de otros Servicios. Si el pago de la totalidad de las cantidades debidas (incluyendo los intereses moratorios) por el Cliente a ORANGE se realizara con posterioridad a la suspensión del servicio, ORANGE se reserva el derecho de dar de nuevo de alta al Cliente que así lo solicitara. Asimismo, el impago por el Cliente, facultará a ORANGE, previo el requerimiento, a comunicar este extremo a excluyendo los servicios de información catering requeridos por IFEMA para eventos propios. Se entiende como ventas brutas el importe total de las ventas por el total del servicio de catering, así como los importes ingresados por otros conceptos y servicios, relacionados con el mismo, prestados por los proveedores homologados en los recintos de IFEMA, exceptuando aquellos solicitados directamente por IFEMA para ferias o eventos propios. Dichos importes se contemplarán sin considerar el Impuesto sobre solvencia patrimonial y el Valor Añadido que las grava. En este sentido, será considerado como integrante del volumen de créditoventas que se tiene en cuenta para fijar el porcentaje de descuento a abonar, cualquier servicio adicional, como alquiler de acuerdo con lo previsto mobiliario, decoración, etc., que se incluya en la Ley 15/1999 prestación del servicio de Protección catering que el homologado vende y factura a IFEMA, aun cuando sea subcontratado por el proveedor homologado a un tercero. Adicionalmente, para determinados eventos, a las empresas homologadas se les podrá solicitar, tanto por parte de Datos Personales y demás normativa aplicable IFEMA como de un organizador externo, la instalación de unidades no fijas de carácter temporal destinadas a la venta directa al efectopúblico, habilitándose determinadas zonas xxx Xxxxxxx Ferial (carpas, interior de los pabellones, etc.) para su ejecución. En este tipo de servicios, los costes de instalación serán por cuenta del PSC, que deberá presentar a IFEMA el proyecto para su aprobación e incorporará las necesidades materiales requeridas (barras, unidades de frío, vitrinas, mesas, sillas, etc.). Para estos últimos servicios de venta directa al público, IFEMA actuará como intermediadora, debiendo abonarle el PSC, en concepto de comisión por intermediación un canon equivalente al ofertado por el concesionario de servicios de restauración general, establecido actualmente en un 16,25% sobre el total de ventas brutas. IFEMA facturará al proveedor homologado el importe del canon resultante en la forma que se establece en el Anexo III.

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Samples: Bases Para La Homologación Continua De Proveedores De Servicios De Catering Para Eventos a Celebrar en Los Recintos Gestionados Por Ifema Así Como Para Acciones, Actividades Y Eventos De Ifema Que Tengan Lugar en Sedes De Terceros

Facturación y forma de pago. Orange facturaráEL PROVEEDOR comenzará a facturar al Cliente desde la fecha de comienzo de los Servicios. Las facturas presentadas al Cliente contendrán debidamente diferenciados los conceptos de precios que se tarifican por los Servicios y facilidades prestadas. EL PROVEEDOR pondrá a disposición del Cliente las facturas en formato electrónico de forma gratuita, si así lo hubiera solicitado de acuerdo con la normativa aplicable. En cualquier momento, el Cliente podrá solicitar al Centro de Atención al Cliente que las facturas le sean remitidas en formato papel de forma gratuita. Asimismo, EL PROVEEDOR pondrá a disposición del Cliente la remisión de las facturas en formato papel en la modalidad elegida por Premium en la que se ofrece además el Clientedetalle de las comunicaciones encuadradas en grupos tarifarios de bajo precio, con un coste mensual de 1,21€ con IVA, 1,07€ con IGIC en concepto de trámites de gestión y envío, salvo a los clientes que no dispongan de Servicio de Acceso a Internet, para los que dicha remisión en formato papel será igualmente gratuita. El Cliente abonará las cantidades a abonar devengadas por el uso del servicio. En las facturas aparecerán desglosadas las cantidades a pagar por cada uno la prestación de los Servicios contratados. Ademássolicitados, se desglosarán los descuentos y promociones ofertados y aplicados por Orange. El pago se realizará mediante domiciliación bancaria de las facturas en la cuenta bancaria o cuenta de ahorro corriente que el Cliente haya designado, o en designado para su defecto, por transferencia bancaria a la cuenta habilitada a tal efecto, salvo que el cliente hubiera elegido otro medio de pago de acuerdo con Orangepago. La fecha en la que se debe realizar el pago no podrá exceder los 30 días a contar desde el final del período de facturación. En caso de domiciliación bancaria el cliente recibirá de la entidad bancaria o de ahorro será aquella en la que se ha realizado la domiciliación entidad de crédito en la que esté domiciliada la cuenta reciba notificación de EL PROVEEDOR, con el importe a abonar por el Cliente. No obstante, el Cliente podrá solicitar a EL PROVEEDOR la utilización de cualquier otro medio de pago de entre los comúnmente aceptados en el tráfico comercial. El Cliente podrá abonar las cantidades devengadas por la prestación del Servicio mediante tarjeta de crédito o débito. Las tarjetas que se admiten en pasarela de pagos son, para las tarjetas de crédito, VISA, MASTERCARD, RED 6000 y para las tarjetas de débito, MASTERCARD. Las facturas no abonadas en la fecha prevista las fechas previstas, por causas no imputables a Orangela entidad de crédito, tendrán la consideración de deuda vencida y estarán sujetas a ejecución inmediata. Asimismo en caso de impago de cantidades presentadas al cobro al Cliente, del tipo de presentación, éste vendrá obligado además de al pago del cargo no atendido, al abono de los gastos ocasionados por la falta de pago del importe no atendido, y ello sin perjuicio de las demás consecuencias que pudieran derivarse de su incumplimiento, encaminadas a la obtención del cobro total de la cantidad adeudada. Orange podrá efectuar el cobro inmediato de toda cantidad adeudada con cargo a tarjetas de crédito o débito que hubieran sido facilitadas por el Cliente a tal efecto, o los depósitos necesarios, voluntarios o demás garantías prestadas por el mismo.En caso de ejecución judicial, Orange se reserva la posibilidad de aplicar, desde la fecha en que el pago debió realizarse, devengarán un interés de demora igual al interés legal. Igual interés se devengará en el caso de que, como consecuencia de una reclamación judicial, el Cliente tenga derecho a alguna devolución. En caso de incumplimiento del compromiso impago y consiguiente devolución de pago una factura, se aplicará un cargo por el Pagador, de no ser éste el Titular del Servicio Telefónico (según lo indicado en el anverso), Orange podrá reclamar el pago al Titular. En el caso de cada factura o recibo devuelto que el Cliente abone a ORANGE un importe sin identificar específicamente el Servicio determinado por será el que se realice el pago, el Cliente autoriza a ORANGE para aplicar los importes abonados por el mismo a ORANGE al pago de cualquiera de los Servicios que haya contratado el Cliente, encuentre publicado en la medida en que ello sea necesario para la extinción, total o parcial, de cualquier deuda contraída con ORANGE por la prestación de otros Servicios. Si el pago de la totalidad de las cantidades debidas página web del PROVEEDOR (incluyendo los intereses moratorios) por el Cliente a ORANGE se realizara con posterioridad a la suspensión del servicio, ORANGE se reserva el derecho de dar de nuevo de alta al Cliente que así lo solicitara. Asimismo, el impago por el Cliente, facultará a ORANGE, previo el requerimiento, a comunicar este extremo a los servicios de información sobre solvencia patrimonial y de crédito, de acuerdo con lo previsto en la Ley 15/1999 de Protección de Datos Personales y demás normativa aplicable al efectoxxx.xxxxxxx.xxx).

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Samples: www.jazztel.com

Facturación y forma de pago. Orange facturaráEL PROVEEDOR cobrará al Cliente por la prestación de los Servicios las tarifas que en cada momento tenga vigentes en su Oferta Comercial a las que el Cliente se acoge al contratar el Servicio. Las tarifas vigentes, precios, descuentos e impuestos aplicables, se encuentran desglosadas en función de los Servicios y facilidades asociadas. Cualquier modificación en las tarifas será comunicada al Cliente con al menos treinta (30) días de antelación a la fecha de entrada en vigor, así como a la Administración y a las asociaciones de consumidores y usuarios con diez (10) días de antelación. La modificación de las tarifas dará derecho al Cliente a resolver el Contrato. A las tarifas se aplicarán los tributos que por ley esté obligado a satisfacer el Cliente, sin que EL PROVEEDOR se obligue al pago de tasas, impuestos o cargas derivados de la actividad del Cliente o exigidos por cualquier Organismo Oficial o Colegio Profesional. EL PROVEEDOR comenzará a facturar al Cliente desde la fecha de comienzo de los Servicios. Las facturas presentadas al Cliente contendrán debidamente diferenciados los conceptos de precios que se tarifican por los Servicios y facilidades prestadas. La facturación será mensual. EL PROVEEDOR pondrá a disposición del Cliente las facturas en formato electrónico de forma gratuita, si así lo hubiera solicitado de acuerdo con la normativa aplicable. En cualquier momento, el Cliente podrá solicitar al Centro de Atención al Cliente que las facturas le sean remitidas en formato papel de forma gratuita. Asimismo, EL PROVEEDOR pondrá a disposición del Cliente la remisión de las facturas en formato papel en la modalidad elegida por Premium en la que se ofrece además el Clientedetalle de las comunicaciones encuadradas en grupos tarifarios de bajo precio, con un coste mensual de 1,21€ con IVA, 1,07€ con IGIC. El Cliente abonará las cantidades a abonar devengadas por el uso del servicio. En las facturas aparecerán desglosadas las cantidades a pagar por cada uno la prestación de los Servicios contratados. Ademássolicitados, se desglosarán los descuentos y promociones ofertados y aplicados por Orange. El pago se realizará mediante domiciliación bancaria de las facturas en la cuenta bancaria o cuenta de ahorro corriente que el Cliente haya designadodesignado para su pago. Para los servicios Pack Ahorro, o en su defectoEL PROVEEDOR pondrá a disposición del Cliente, titular del servicio telefónico fijo, una única factura por transferencia bancaria a la cuenta habilitada a tal efecto, salvo el conjunto de servicios que compongan el Pack. En caso de que el cliente hubiera elegido otro medio titular de pago una línea móvil adicional solicite a EL PROVEEDOR que se facture de acuerdo con Orangeforma independiente y le sea remitida dicha factura de forma individualizada, deberá indicarlo así en el momento de la contratación, proporcionando los datos completos de facturación para la citada línea. La fecha en la que se debe realizar el pago no podrá exceder los 30 días a contar desde el final del período de facturación. En caso de domiciliación bancaria el cliente recibirá de la entidad bancaria o de ahorro será aquella en la que la entidad de crédito tenga domiciliada la cuenta una vez se ha realizado la domiciliación la reciba notificación de EL PROVEEDOR, con el importe a abonar por el Cliente. No obstante, el Cliente podrá solicitar a EL PROVEEDOR la utilización de cualquier otro medio de pago de entre los comúnmente aceptados en el tráfico comercial. El Cliente podrá abonar las cantidades devengadas por la prestación del Servicio mediante tarjeta de crédito o débito. Las tarjetas que se admiten en pasarela de pagos son, para las tarjetas de crédito, VISA, MASTERCARD, RED 6000 y para las tarjetas de débito, MASTERCARD. Las facturas no abonadas en la fecha prevista las fechas previstas, por causas no imputables a Orangela entidad de crédito, tendrán la consideración de deuda vencida y estarán sujetas a ejecución inmediata. Asimismo en caso de impago de cantidades presentadas al cobro al Cliente, del tipo de presentación, éste vendrá obligado además de al pago del cargo no atendido, al abono de los gastos ocasionados por la falta de pago del importe no atendido, y ello sin perjuicio de las demás consecuencias que pudieran derivarse de su incumplimiento, encaminadas a la obtención del cobro total de la cantidad adeudada. Orange podrá efectuar el cobro inmediato de toda cantidad adeudada con cargo a tarjetas de crédito o débito que hubieran sido facilitadas por el Cliente a tal efecto, o los depósitos necesarios, voluntarios o demás garantías prestadas por el mismo.En caso de ejecución judicial, Orange se reserva la posibilidad de aplicar, desde la fecha en que el pago debió realizarse, devengarán un interés de demora igual al interés legal. Igual interés se devengará en el caso de que, como consecuencia de una reclamación judicial, el Cliente tenga derecho a alguna devolución. En caso de incumplimiento del compromiso de pago por el Pagador, de no ser éste el Titular del Servicio Telefónico (según lo indicado en el anverso), Orange podrá reclamar el pago al Titular. En el caso de que el Cliente abone a ORANGE un importe sin identificar específicamente el Servicio determinado por el que se realice el pago, el Cliente autoriza a ORANGE para aplicar los importes abonados por el mismo a ORANGE al pago de cualquiera de los Servicios que haya contratado el Cliente, en la medida en que ello sea necesario para la extinción, total o parcial, de cualquier deuda contraída con ORANGE por la prestación de otros Servicios. Si el pago de la totalidad de las cantidades debidas (incluyendo los intereses moratorios) por el Cliente a ORANGE se realizara con posterioridad a la suspensión del servicio, ORANGE se reserva el derecho de dar de nuevo de alta al Cliente que así lo solicitara. Asimismo, el impago por el Cliente, facultará a ORANGE, previo el requerimiento, a comunicar este extremo a los servicios de información sobre solvencia patrimonial y de crédito, de acuerdo con lo previsto en la Ley 15/1999 de Protección de Datos Personales y demás normativa aplicable al efecto.consiguiente devolución

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Samples: www.jazztel.com

Facturación y forma de pago. Orange facturaráEL PROVEEDOR cobrará al Cliente por la prestación de los Servicios las tarifas que en cada momento tenga vigentes en su Oferta Comercial a las que el Cliente se acoge al contratar el Servicio. Las tarifas vigentes, precios, descuentos e impuestos aplicables, se encuentran desglosadas en función de los Servicios y facilidades asociadas. Cualquier modificación en las tarifas será comunicada al Cliente con al menos treinta (30) días de antelación a la fecha de entrada en vigor, así como a la Administración y a las asociaciones de consumidores y usuarios con diez (10) días de antelación. La modificación de las tarifas dará derecho al Cliente a resolver el Contrato. A las tarifas se aplicarán los tributos que por ley esté obligado a satisfacer el Cliente, sin que EL PROVEEDOR se obligue al pago de tasas, impuestos o cargas derivados de la actividad del Cliente o exigidos por cualquier Organismo Oficial o Colegio Profesional. EL PROVEEDOR comenzará a facturar al Cliente desde la fecha de comienzo de los Servicios. Las facturas presentadas al Cliente contendrán debidamente diferenciados los conceptos de precios que se tarifican por los Servicios y facilidades prestadas. La facturación será mensual. EL PROVEEDOR pondrá a disposición del Cliente las facturas en formato electrónico de forma gratuita, si así lo hubiera solicitado de acuerdo con la normativa aplicable. En cualquier momento, el Cliente podrá solicitar al Centro de Atención al Cliente que las facturas le sean remitidas en formato papel de forma gratuita. Asimismo, EL PROVEEDOR pondrá a disposición del Cliente la remisión de las facturas en formato papel en la modalidad elegida por Premium en la que se ofrece además el Clientedetalle de las comunicaciones encuadradas en grupos tarifarios de bajo precio, con un coste mensual de 1,21€ con IVA, 1,07€ con IGIC. El Cliente abonará las cantidades a abonar devengadas por el uso del servicio. En las facturas aparecerán desglosadas las cantidades a pagar por cada uno la prestación de los Servicios contratados. Ademássolicitados, se desglosarán los descuentos y promociones ofertados y aplicados por Orange. El pago se realizará mediante domiciliación bancaria de las facturas en la cuenta bancaria o cuenta de ahorro corriente que el Cliente haya designadodesignado para su pago. Para los servicios Pack Ahorro, o en su defectoEL PROVEEDOR pondrá a disposición del Cliente, titular del servicio telefónico fijo, una única factura por transferencia bancaria a la cuenta habilitada a tal efecto, salvo el conjunto de servicios que compongan el Pack. En caso de que el cliente hubiera elegido otro medio titular de pago una línea móvil adicional solicite a EL PROVEEDOR que se facture de acuerdo con Orangeforma independiente y le sea remitida dicha factura de forma individualizada, deberá indicarlo así en el momento de la contratación, proporcionando los datos completos de facturación para la citada línea. La fecha en la que se debe realizar el pago no podrá exceder los 30 días a contar desde el final del período de facturación. En caso de domiciliación bancaria el cliente recibirá de la entidad bancaria o de ahorro será aquella en la que la entidad de crédito tenga domiciliada la cuenta una vez se ha realizado la domiciliación la reciba notificación de EL PROVEEDOR, con el importe a abonar por el Cliente. No obstante, el Cliente podrá solicitar a EL PROVEEDOR la utilización de cualquier otro medio de pago de entre los comúnmente aceptados en el tráfico comercial. El Cliente podrá abonar las cantidades devengadas por la prestación del Servicio mediante tarjeta de crédito o débito. Las tarjetas que se admiten en pasarela de pagos son, para las tarjetas de crédito, VISA, MASTERCARD, RED 6000 y para las tarjetas de débito, MASTERCARD. Las facturas no abonadas en la fecha prevista las fechas previstas, por causas no imputables a Orangela entidad de crédito, tendrán la consideración de deuda vencida y estarán sujetas a ejecución inmediata. Asimismo en caso de impago de cantidades presentadas al cobro al Cliente, del tipo de presentación, éste vendrá obligado además de al pago del cargo no atendido, al abono de los gastos ocasionados por la falta de pago del importe no atendido, y ello sin perjuicio de las demás consecuencias que pudieran derivarse de su incumplimiento, encaminadas a la obtención del cobro total de la cantidad adeudada. Orange podrá efectuar el cobro inmediato de toda cantidad adeudada con cargo a tarjetas de crédito o débito que hubieran sido facilitadas por el Cliente a tal efecto, o los depósitos necesarios, voluntarios o demás garantías prestadas por el mismo.En caso de ejecución judicial, Orange se reserva la posibilidad de aplicar, desde la fecha en que el pago debió realizarse, devengarán un interés de demora igual al interés legal. Igual interés se devengará en el caso de que, como consecuencia de una reclamación judicial, el Cliente tenga derecho a alguna devolución. En caso de incumplimiento del compromiso impago y consiguiente devolución de pago una factura, se aplicará un cargo por el Pagador, de no ser éste el Titular del Servicio Telefónico (según lo indicado en el anverso), Orange podrá reclamar el pago al Titular. En el caso de que el Cliente abone a ORANGE un importe sin identificar específicamente el Servicio determinado por cada factura o recibo devuelto será el que se realice el pago, el Cliente autoriza a ORANGE para aplicar encuentre publicado en la página web del PROVEEDOR (www.jazztel. com). Las partes reconocen expresamente que los importes abonados por el mismo a ORANGE al pago registros informáticos de cualquiera EL PROVEEDOR y su reproducción constituyen prueba válida y suficiente de los Servicios que haya contratado el Cliente, en la medida en que ello sea necesario para la extinción, total o parcial, de cualquier deuda contraída con ORANGE por la prestación de otros Servicios. Si el pago de la totalidad de las cantidades debidas (incluyendo los intereses moratorios) por el Cliente a ORANGE se realizara con posterioridad a la suspensión del servicio, ORANGE se reserva el derecho de dar de nuevo de alta al Cliente que así lo solicitara. Asimismo, el impago solicitados y efectivamente consumidos por el Cliente, facultará a ORANGE, previo el requerimiento, a comunicar este extremo a los servicios de información sobre solvencia patrimonial y de crédito, de acuerdo con lo previsto en la Ley 15/1999 de Protección de Datos Personales y demás normativa aplicable al efecto.

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Facturación y forma de pago. Orange facturará4.1. Facturación. ESTABANELL IMPULSA facturará desde la fecha de comienzo de los Servicios y con periodicidad mensual el Precio a abonar por el Cliente derivada del uso de los Servicios suministrados, conforme a las tarifas contratadas por el Cliente. Tanto las cuotas fijas mensuales correspondientes a la contratación de acuerdo con la modalidad elegida los Servicios, como las cantidades derivadas del consumo de los Servicios realizado por el Cliente, las cantidades a abonar por si procede, se devengarán en el uso del serviciomes siguiente. En las facturas aparecerán desglosadas las cantidades caso de que ESTABANELL IMPULSA bonifique al Cliente con alguna reducción de cuota, promoción o descuento, se aplicará en la factura del mes inmediatamente posterior. Si el importe a pagar por cada uno bonificar supera la cantidad que el Cliente debe abonar en concepto de cuotas fijas mensuales o de consumo de los Servicios, ESTABANELL IMPULSA prorrateará la cantidad bonificable durante las mensualidades siguientes, hasta que la cantidad bonificable quede compensada. Si por causas técnicas no fuera posible facturar al Cliente en el periodo correspondiente, ESTABANELL IMPULSA podrá presentar al cobro la correspondiente factura en los periodos siguientes. Las facturas presentadas al Cliente contendrán, debidamente diferenciados, los conceptos de precios que se tarifiquen para los Servicios contratadosy las facilidades prestados, así como los impuestos, recargos, tasas y / o tributos aplicables. Además, se desglosarán La factura también detallará los descuentos y promociones ofertados y aplicados por Orange/ o refacturaciones complementarias que, en su caso, sean de aplicación, así como los demás costes que la Administración pueda aprobar durante la vigencia del Contrato. El pago Cliente podrá, asimismo, solicitar, con carácter gratuito, recibir la facturación de forma no desglosada y/o de forma detallada o no. La factura se enviará al Cliente por correo postal o por medios telemáticos (correo electrónico), según lo acordado en el Resumen del Presente Contrato por consentimiento expreso del Cliente y sin perjuicio del derecho del Cliente a modificar su consentimiento por escrito y en cualquier momento por las vías de comunicación del Servicio de Atención al Cliente facilitadas, solicitando uno u otro medio. El envío se realizará mediante domiciliación de las facturas en la cuenta bancaria o cuenta dirección indicada en los datos de ahorro que el contacto del Cliente, las cuales podrán ser actualizadas en cualquier momento. El Cliente haya designadoes responsable de la veracidad, o en su defecto, por transferencia bancaria a la cuenta habilitada vigencia y exactitud de los datos facilitados a tal efecto, salvo que el cliente hubiera elegido otro medio de pago de acuerdo con Orange. La fecha en la que se debe realizar el pago no podrá exceder los 30 días a contar desde el final del período de facturación. En caso de domiciliación bancaria el cliente recibirá de la entidad bancaria o de ahorro en la que se ha realizado la domiciliación la notificación con el importe a abonar por el Cliente. Las facturas no abonadas en la fecha prevista por causas no imputables a Orange, tendrán la consideración de deuda vencida y estarán sujetas a ejecución inmediata. Asimismo en caso de impago de cantidades presentadas al cobro al Cliente, del tipo de presentación, éste vendrá obligado además de al pago del cargo no atendido, al abono funcionamiento de los gastos ocasionados por la falta de pago del importe no atendido, y ello sin perjuicio de las demás consecuencias que pudieran derivarse de su incumplimiento, encaminadas a la obtención del cobro total de la cantidad adeudada. Orange podrá efectuar el cobro inmediato de toda cantidad adeudada con cargo a tarjetas de crédito o débito que hubieran sido facilitadas por el Cliente a tal efecto, o los depósitos necesarios, voluntarios o demás garantías prestadas por el mismo.En caso de ejecución judicial, Orange se reserva la posibilidad de aplicar, desde la fecha en que el pago debió realizarse, un interés de demora igual al interés legal. Igual interés se devengará en el caso de que, como consecuencia de una reclamación judicial, el Cliente tenga derecho a alguna devolución. En caso de incumplimiento del compromiso de pago por el Pagador, de no ser éste el Titular del Servicio Telefónico (según lo indicado en el anverso), Orange podrá reclamar el pago al Titular. En el caso de que el Cliente abone a ORANGE un importe sin identificar específicamente el Servicio determinado por el que se realice el pago, el Cliente autoriza a ORANGE para aplicar los importes abonados por el mismo a ORANGE al pago de cualquiera de los Servicios que haya contratado el Cliente, en la medida en que ello sea necesario para la extinción, total o parcial, de cualquier deuda contraída con ORANGE por la prestación de otros Servicios. Si el pago de la totalidad de las cantidades debidas (incluyendo los intereses moratorios) por el Cliente a ORANGE se realizara con posterioridad a la suspensión del servicio, ORANGE se reserva el derecho de dar de nuevo de alta al Cliente que así lo solicitara. Asimismo, el impago por el Cliente, facultará a ORANGE, previo el requerimiento, a comunicar este extremo a los servicios de información sobre solvencia patrimonial medios y de crédito, de acuerdo con lo previsto comunicar cualquier cambio en la Ley 15/1999 de Protección de Datos Personales y demás normativa aplicable al efectosus datos.

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Samples: estabanell.com

Facturación y forma de pago. Orange facturaráLa Renta Fija Anual será facturada por trimestres naturales, de acuerdo con la modalidad elegida por el Cliente, las cantidades a abonar por el uso del servicio. En las facturas aparecerán desglosadas las cantidades a pagar por cada uno dentro de los Servicios contratados. Además, se desglosarán los descuentos y promociones ofertados y aplicados por Orangecinco primeros días naturales posteriores a la finalización de cada trimestre. El pago se realizará mediante domiciliación de las facturas en la cuenta bancaria o cuenta de ahorro que el Cliente haya designado, o en su defecto, por transferencia bancaria a la cuenta habilitada a tal efecto, salvo que el cliente hubiera elegido otro medio en un plazo máximo de pago de acuerdo con Orange. La fecha en la que se debe realizar el pago no podrá exceder los 30 veinte días a contar desde el final del período de facturación. En caso de domiciliación bancaria el cliente recibirá de la entidad bancaria o de ahorro en la que se ha realizado la domiciliación la notificación con el importe a abonar por el Cliente. Las facturas no abonadas en la fecha prevista por causas no imputables a Orange, tendrán la consideración de deuda vencida y estarán sujetas a ejecución inmediata. Asimismo en caso de impago de cantidades presentadas al cobro al Cliente, del tipo de presentación, éste vendrá obligado además de al pago del cargo no atendido, al abono de los gastos ocasionados por la falta de pago del importe no atendido, y ello sin perjuicio de las demás consecuencias que pudieran derivarse de su incumplimiento, encaminadas a la obtención del cobro total de la cantidad adeudada. Orange podrá efectuar el cobro inmediato de toda cantidad adeudada con cargo a tarjetas de crédito o débito que hubieran sido facilitadas por el Cliente a tal efecto, o los depósitos necesarios, voluntarios o demás garantías prestadas por el mismo.En caso de ejecución judicial, Orange se reserva la posibilidad de aplicar, naturales desde la fecha de notificación de conformidad con la legislación vigente. La Renta Variable Anual será facturada a cuenta por trimestres naturales, dentro de los cinco primeros días naturales posteriores a la finalización de cada trimestre. El pago se realizará mediante transferencia bancaria en un plazo máximo de veinte días naturales desde la fecha de notificación conforme a la legislación vigente. La Renta Variable anual será de aplicación para aquellos ejercicios en que el pago debió realizarseresultado de explotación del Gestor de la TELOF resulte positivo. La facturación a cuenta de la renta variable anual del año en curso, un interés tomará como referencia el resultado de demora igual al interés legal. Igual interés se devengará en explotación y el caso volumen de que, como consecuencia de una reclamación judicial, el Cliente tenga derecho a alguna devolución. En caso de incumplimiento UTIS recepcionadas y manipuladas del compromiso de pago por el Pagador, de no ser éste el Titular del Servicio Telefónico (según lo indicado en el anverso), Orange podrá reclamar el pago al Titularejercicio inmediatamente anterior. En el caso de que el Cliente abone resultado de explotación previo a ORANGE la imputación de la RVA fuera inferior al valor de la RVA en ese año, el valor considerado de la RVA se limitará al valor que iguale a cero el resultado de explotación. Antes del 30 xx xxxxx de cada ejercicio, el Gestor de la TELOF deberá entregar a la APB un Certificado emitido por el Auditor de la compañía a partir del cual proceder a regularizar la facturación emitida a cuenta en concepto xx Xxxxx Variable Anual realizada en el ejercicio anterior. Dicho Certificado a emitir por el Auditor antes del 30 xx xxxxx de cada ejercicio deberá indicar lo siguiente: • Importe del Resultado de Explotación Auditado del Gestor de la TELOF del ejercicio anterior sin computar en el cálculo la Renta Variable Anual facturada a cuenta o regularizada. • Cálculo resultante de la Renta Variable Anual, conforme a lo dispuesto en el presente Xxxxxx, detallando todas las variables que intervienen en su cálculo, entre otras: ▪ Número total de UTIs recepcionadas y manipuladas, diferenciando las que corresponden a trenes “shuttle” del resto. ▪ Precios unitarios aplicados. • Importe facturado a cuenta en concepto xx Xxxxx Variable Anual en el ejercicio anterior. • Tomando como referencia todo lo anterior, Resultado del importe sin identificar específicamente a Regularizar por parte de la Autoridad Portuaria en el Servicio determinado por ejercicio. A partir del Certificado anterior, a entregar junto con una copia de los Estados Financieros auditados del Gestor de la TELOF, la Autoridad Portuaria procederá a regularizar la Renta Variable Anual facturada en el ejercicio anterior, antes del 31 de julio de cada ejercicio. En caso de impago, será de aplicación la normativa legal establecida al efecto pudiendo la ApB reclamar el devengo de los intereses de demora que se calcularán aplicando a las cantidades adeudadas un incremento de 4 puntos sobre el interés legal del dinero vigente durante el periodo en el que se realice el pago, el Cliente autoriza a ORANGE para aplicar los importes abonados por el mismo a ORANGE al pago de cualquiera de los Servicios que haya contratado el Cliente, incurrido en la medida en que ello sea necesario para la extinción, total o parcial, de cualquier deuda contraída con ORANGE por la prestación de otros Servicios. Si el pago de la totalidad de las cantidades debidas (incluyendo los intereses moratorios) por el Cliente a ORANGE se realizara con posterioridad a la suspensión del servicio, ORANGE se reserva el derecho de dar de nuevo de alta al Cliente que así lo solicitara. Asimismo, el impago por el Cliente, facultará a ORANGE, previo el requerimiento, a comunicar este extremo a los servicios de información sobre solvencia patrimonial y de crédito, de acuerdo con lo previsto en la Ley 15/1999 de Protección de Datos Personales y demás normativa aplicable al efectoxxxx.

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Samples: Pliego De Condiciones Para La Adjudicación Del Contrato De La Gestión Y Explotación De La Terminal Logística Ferroviaria Del Puerto De Bilbao en Pancorbo

Facturación y forma de pago. Orange facturará, El DISTRIBUIDOR facturará de acuerdo con la modalidad elegida por el Cliente, CLIENTE las cantidades a que éste debe abonar por la utilización del Servicio. Las facturas se remitirán a la última dirección que el uso del servicioCLIENTE haya indicado a OPENCABLE por escrito. En las facturas aparecerán desglosadas las cantidades a pagar que se deban abonar por cada uno los cargos derivados de los Servicios contratados. Ademásservicios prestados en que haya incurrido el CLIENTE, se desglosarán los las promociones, descuentos y promociones ofertados demás condiciones ofertadas por OPENCABLE, así como los impuestos que en cada caso resulten legalmente aplicables. Cuando así lo solicite al DISTRIBUIDOR acreditando por escrito su identidad, el CLIENTE tiene derecho a recibir facturas no desglosadas y aplicados a obtener facturas independientes para el Servicio básico, y en su caso, los de tarifas superiores, de acuerdo con las disposiciones vigentes. Sin perjuicio del derecho del CLIENTE a recibir factura no detallada, de existir y conocerlo, El DISTRIBUIDOR desglosará en las facturas la parte correspondiente a servicios soporte de servicios de tarificación adicional y la parte correspondiente a los prestadores de servicios de tarificación adicional, si es posible, indicando la identidad y número de identificación fiscal de tales prestadores. En caso de desconocer dicha identidad, El DISTRIBUIDOR informará sobre la identidad del operador de red de tarificación adicional con el objeto de que el CLIENTE pueda dirigirse al mismo para que le proporcione tal identidad. El CLIENTE deberá abonar al DISTRIBUIDOR los importes por Orangellamadas realizadas y recibidas en el extranjero de acuerdo con los cargos o precios que se hayan establecido por la utilización de la Red de operadores extranjeros, no tarificados en la Red de OPENCABLE y repercutidas por el DISTRIBUIDOR al CLIENTE en factura, de acuerdo a las condiciones específicas correspondientes al servicio de cobertura internacional de llamadas (roaming), facilitadas al CLIENTE y cuya información está disponible a través del Servicio de Atención al CLIENTE y sitio Web de OPENCABLE en Internet. No se facilitará el detalle del origen de llamadas recibidas en roaming. El pago del Servicio Pospago se realizará mediante domiciliación de las facturas en la cuenta bancaria o cuenta de ahorro que el Cliente CLIENTE haya designadodesignado comprometiéndose el mismo a mantener siempre saldo suficiente en dicha cuenta para atender el pago de las cantidades debidas al DISTRIBUIDOR, o y, en su defecto, por transferencia bancaria a resulta posible el pago en metálico en la cuenta habilitada a tal efectosede social del DISTRIBUIDOR, salvo que el cliente hubiera elegido otro medio si bien esta modalidad de pago deberá ser elegida de acuerdo con Orangeforma expresa. La fecha entidad financiera en la que se debe realizar el pago no podrá exceder los 30 días a contar desde el final del período de facturación. En caso de domiciliación esté abierta la cuenta bancaria el cliente recibirá de la entidad bancaria o de ahorro en la que se ha realizado la domiciliación la notificación del DISTRIBUIDOR con el importe de las cantidades a abonar por el ClienteCLIENTE. La factura indicará la fecha de vencimiento. Por defecto, el ciclo de facturación será mensual respecto a los servicios disfrutados en los periodos precedentes salvo que el CLIENTE y el DISTRIBUIDOR convengan otro ciclo. No obstante, el DISTRIBUIDOR podrá facturar y remitir al cobro la cantidad correspondiente o saldo pendiente de forma inmediata cuando: - se excedan por el CLIENTE los anticipos predispuestos; - se produzca la suspensión del Servicio; - acontezca la extinción o resolución del contrato o la interrupción del Servicio; - el CLIENTE incumpla las presentes Condiciones Generales para la prestación del Servicio. Las facturas no abonadas en la fecha prevista las fechas previstas, por causas no imputables a Orangela entidad de crédito, tendrán la consideración de deuda vencida y estarán sujetas a ejecución inmediatadevengarán el interés legal. Asimismo en En caso de impago de cantidades presentadas al cobro al Clienteen el domicilio bancario de pago designado por el CLIENTE, del tipo el DISTRIBUIDOR se reserva el derecho de presentación, éste vendrá obligado además de al exigir el pago del cargo no atendido, al abono de los gastos ocasionados o comisión correspondiente por la falta de pago del el importe no atendido, y ello sin perjuicio de las demás consecuencias que pudieran derivarse de su incumplimiento, encaminadas a la obtención del cobro total establecido como máximo en un 2% de la cantidad adeudada. Orange devuelta con un mínimo de 2 Euros, y el DISTRIBUIDOR podrá efectuar el cobro inmediato de toda cantidad adeudada con cargo a tarjetas de crédito o débito que hubieran sido facilitadas por el Cliente CLIENTE a tal efecto, o los depósitos necesarios, voluntarios o demás garantías prestadas por el mismo.. El DISTRIBUIDOR facturará mensualmente al CLIENTE la cantidad que éste deba abonar por la prestación del Servicio. En caso de ejecución judicial, Orange se reserva la posibilidad de aplicar, desde la fecha en que el pago debió realizarse, un interés de demora igual al interés legal. Igual interés se devengará en el caso de que, como consecuencia de una reclamación judicialpor razones técnicas, no fuera posible facturar al CLIENTE en el periodo inmediatamente posterior al devengo, el Cliente tenga derecho DISTRIBUIDOR podrá presentar al cobro la factura en los siguientes periodos. El DISTRIBUIDOR podrá solicitar la entrega de cantidades en concepto de anticipos a alguna devolución. En caso cuenta de incumplimiento la facturación, que no devengarán interés a favor del compromiso de pago CLIENTE, por el Pagadorimporte que, en función de no ser éste los servicios contratados y/o el Titular volumen de consumo estimado disfrutado, en su caso, predisponga OPENCABLE y acepte el CLIENTE. Si el valor de las llamadas excediera de dicho anticipo OPENCABLE podrá facturar y remitir al cobro la cantidad correspondiente o saldo pendiente de forma inmediata. A la entrega del Servicio Telefónico (según lo indicado en anticipo el anverso)DISTRIBUIDOR vendrá obligada a expedir recibo, Orange podrá reclamar el pago al Titulary a la facturación deberá detallarse tal concepto. En el caso de que el Cliente abone a ORANGE un importe sin identificar específicamente el Servicio determinado por el que se realice el pagoA la extinción del contrato, el Cliente autoriza DISTRIBUIDOR retornará, en su caso, el saldo anticipado a ORANGE para aplicar los importes abonados por el mismo a ORANGE favor del CLIENTE una vez realizadas las comprobaciones necesarias, incluyendo las referidas al disfrute del servicio de roaming. Las cantidades anticipadas podrán aplicarse, en su caso, al pago de cualquiera de los Servicios que haya contratado el Cliente, en la medida en que ello sea necesario para la extinción, total o parcial, de cualquier deuda contraída con ORANGE por la prestación de otros Servicios. Si el pago de la totalidad de las cantidades debidas (incluyendo los intereses moratorios) por el Cliente a ORANGE se realizara con posterioridad CLIENTE a la suspensión resolución del servicio, ORANGE se reserva el derecho de dar de nuevo de alta al Cliente que así lo solicitara. Asimismo, el impago por el Cliente, facultará a ORANGE, previo el requerimiento, a comunicar este extremo a los servicios de información sobre solvencia patrimonial y de crédito, de acuerdo con lo previsto en la Ley 15/1999 de Protección de Datos Personales y demás normativa aplicable al efectoContrato.

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Samples: www.opencable.es

Facturación y forma de pago. Orange facturaráEL PROVEEDOR cobrará al Cliente por la prestación de los Servicios las tarifas que en cada momento tenga vigentes en su Oferta Comercial a las que el Cliente se acoge al contratar el Servicio. Las tarifas vigentes, precios, descuentos e impuestos aplicables, se encuentran desglosadas en función de los Servicios y facilidades asociadas. Cualquier modificación en las tarifas será comunicada al Cliente con al menos treinta (30) días de antelación a la fecha de entrada en vigor, así como a la Administración y a las asociaciones de consumidores y usuarios con diez (10) días de antelación. La modificación de las tarifas dará derecho al Cliente a resolver el Contrato. A las tarifas se aplicarán los tributos que por ley esté obligado a satisfacer el Cliente, sin que EL PROVEEDOR se obligue al pago de tasas, impuestos o cargas derivados de la actividad del Cliente o exigidos por cualquier Organismo Oficial o Colegio Profesional. EL PROVEEDOR comenzará a facturar al Cliente desde la fecha de comienzo de los Servicios. Las facturas presentadas al Cliente contendrán debidamente diferenciados los conceptos de precios que se tarifican por los Servicios y facilidades prestadas. La facturación será mensual. EL PROVEEDOR pondrá a disposición del Cliente las facturas en formato electrónico de forma gratuita, de acuerdo con la normativa aplicable. En cualquier momento, el Cliente podrá solicitar al Centro de Atención al Cliente que las facturas le sean remitidas en formato papel de forma gratuita. Asimismo, EL PROVEEDOR pondrá a disposición del Cliente la remisión de las facturas en formato papel en la modalidad elegida por Premium en la que se ofrece además el Clientedetalle de las comunicaciones encuadradas en grupos tarifarios de bajo precio, con un coste mensual de 1 € (1,21€ con IVA, 1,07€ con IGIC). El Cliente abonará las cantidades a abonar devengadas por el uso del servicio. En las facturas aparecerán desglosadas las cantidades a pagar por cada uno la prestación de los Servicios contratados. Ademássolicitados, se desglosarán los descuentos y promociones ofertados y aplicados por Orange. El pago se realizará mediante domiciliación bancaria de las facturas en la cuenta bancaria o cuenta de ahorro corriente que el Cliente haya designadodesignado para su pago. Para los servicios Pack Ahorro, o en su defectoEL PROVEEDOR pondrá a disposición del Cliente, titular del servicio telefónico fijo, una única factura por transferencia bancaria a la cuenta habilitada a tal efecto, salvo el conjunto de servicios que compongan el Pack. En caso de que el cliente hubiera elegido otro medio titular de pago una línea móvil adicional solicite a EL PROVEEDOR que se facture de acuerdo con Orangeforma independiente y le sea remitida dicha factura de forma individualizada, deberá indicarlo así en el momento de la contratación, proporcionando los datos completos de facturación para la citada línea. La fecha en la que se debe realizar el pago no podrá exceder los 30 días a contar desde el final del período de facturación. En caso de domiciliación bancaria el cliente recibirá de la entidad bancaria o de ahorro será aquella en la que la entidad de crédito tenga domiciliada la cuenta una vez se ha realizado la domiciliación la reciba notificación de EL PROVEEDOR, con el importe a abonar por el Cliente. No obstante, el Cliente podrá solicitar a EL PROVEEDOR la utilización de cualquier otro medio de pago de entre los comúnmente aceptados en el tráfico comercial. El Cliente podrá abonar las cantidades devengadas por la prestación del Servicio mediante tarjeta de crédito o débito. Las tarjetas que se admiten en pasarela de pagos son, para las tarjetas de crédito, VISA, MASTERCARD, RED 6000 y para las tarjetas de débito, MASTERCARD. Las facturas no abonadas en la fecha prevista las fechas previstas, por causas no imputables a Orangela entidad de crédito, tendrán la consideración de deuda vencida y estarán sujetas a ejecución inmediata. Asimismo en caso de impago de cantidades presentadas al cobro al Cliente, del tipo de presentación, éste vendrá obligado además de al pago del cargo no atendido, al abono de los gastos ocasionados por la falta de pago del importe no atendido, y ello sin perjuicio de las demás consecuencias que pudieran derivarse de su incumplimiento, encaminadas a la obtención del cobro total de la cantidad adeudada. Orange podrá efectuar el cobro inmediato de toda cantidad adeudada con cargo a tarjetas de crédito o débito que hubieran sido facilitadas por el Cliente a tal efecto, o los depósitos necesarios, voluntarios o demás garantías prestadas por el mismo.En caso de ejecución judicial, Orange se reserva la posibilidad de aplicar, desde la fecha en que el pago debió realizarse, devengarán un interés de demora igual al interés legal. Igual interés se devengará en el caso de que, como consecuencia de una reclamación judicial, el Cliente tenga derecho a alguna devolución. En caso de incumplimiento del compromiso impago y consiguiente devolución de pago una factura, se aplicará un cargo por el Pagador, importe de no ser éste el Titular del Servicio Telefónico 21,78€ con IVA (según lo indicado en el anverso), Orange podrá reclamar el pago al Titular19,26 € con IGIC) por cada factura o recibo devuelto. En el caso Las partes reconocen expresamente que los registros informáticos de que el Cliente abone a ORANGE un importe sin identificar específicamente el Servicio determinado por el que se realice el pago, el Cliente autoriza a ORANGE para aplicar los importes abonados por el mismo a ORANGE al pago de cualquiera EL PROVEEDOR y su reproducción constituyen prueba válida y suficiente de los Servicios que haya contratado el Cliente, en la medida en que ello sea necesario para la extinción, total o parcial, de cualquier deuda contraída con ORANGE por la prestación de otros Servicios. Si el pago de la totalidad de las cantidades debidas (incluyendo los intereses moratorios) por el Cliente a ORANGE se realizara con posterioridad a la suspensión del servicio, ORANGE se reserva el derecho de dar de nuevo de alta al Cliente que así lo solicitara. Asimismo, el impago solicitados y efectivamente consumidos por el Cliente, facultará a ORANGE, previo el requerimiento, a comunicar este extremo a los servicios de información sobre solvencia patrimonial y de crédito, de acuerdo con lo previsto en la Ley 15/1999 de Protección de Datos Personales y demás normativa aplicable al efecto.

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Samples: www.jazztel.com

Facturación y forma de pago. Orange facturará, de acuerdo con la modalidad elegida por el Cliente, las cantidades a abonar por el uso del servicio. En las facturas aparecerán desglosadas las cantidades a pagar por cada uno de los Servicios servicios y/o productos contratados. Las llamadas gratuitas para el abonado (incluidas llamadas a números de asistencia), no serán desglosadas. Respecto a las llamadas metropolitanas su desglose se realizará a petición del cliente. Además, se desglosarán los descuentos y promociones ofertados y aplicados por Orange, así como en su caso, los servicios de tarificación adicional: indicando la remuneración correspondiente al servicio telefónico prestado por el operador y la remuneración correspondiente al prestador de servicios de tarificación adicional. En cualquiera de los supuestos anteriores en que el Cliente solicite la facturación detallada, ésta le será facilitada de manera totalmente gratuita. Los clientes tendrán también derecho a obtener, a su solicitud, facturación independiente para los servicios de tarificación adicional El Cliente tendrá derecho a recibir una facturación no desglosada previa solicitud. El pago se realizará mediante domiciliación de las facturas en la cuenta bancaria o cuenta de ahorro que el Cliente haya designado, o en su defecto, por transferencia bancaria a la cuenta habilitada a tal efecto, salvo que el cliente hubiera elegido otro medio de pago de acuerdo con Orange. La fecha en la que se debe realizar el pago no podrá exceder los 30 días a contar desde el final del período de facturación. En caso de domiciliación bancaria el cliente recibirá de la entidad bancaria o de ahorro en la que se ha realizado la domiciliación la notificación con el importe a abonar por el Cliente. Las facturas no abonadas en la fecha prevista por causas no imputables a Orange, tendrán la consideración de deuda vencida y estarán sujetas a ejecución inmediata. Asimismo en caso de impago de cantidades presentadas al cobro al Cliente, del tipo de presentación, éste vendrá obligado además de al pago del cargo no atendido, al abono de los gastos ocasionados por la falta de pago del importe no atendido, y ello sin perjuicio de las demás consecuencias que pudieran derivarse de su incumplimiento, encaminadas a la obtención del cobro total de la cantidad adeudada. .. Orange podrá efectuar el cobro inmediato de toda cantidad adeudada con cargo a tarjetas de crédito o débito que hubieran sido facilitadas por el Cliente a tal efecto, o los depósitos necesarios, voluntarios o demás garantías prestadas por el mismo.En caso de ejecución judicial, Orange se reserva la posibilidad de aplicar, desde la fecha en que el pago debió realizarse, un interés de demora igual al interés legallegal del dinero. Igual interés se devengará en el caso de que, como consecuencia de una reclamación judicial, el Cliente tenga derecho a alguna devolución. En caso de incumplimiento del compromiso de pago por el Pagador, de no ser éste el Titular del Servicio Telefónico (según lo indicado en el anverso), Orange podrá reclamar el pago al Titular. En el caso de que el Cliente abone a ORANGE un importe sin identificar específicamente el Servicio determinado por el que se realice el pago, el Cliente autoriza a ORANGE para aplicar los importes abonados por el mismo a ORANGE al pago de cualquiera de los Servicios que haya contratado el Cliente, en la medida en que ello sea necesario para la extinción, total o parcial, de cualquier deuda contraída con ORANGE por la prestación de otros Servicios. Si el pago de la totalidad de las cantidades debidas (incluyendo los intereses moratorios) por el Cliente a ORANGE se realizara con posterioridad a la suspensión del servicio, ORANGE se reserva el derecho de dar de nuevo de alta al Cliente que así lo solicitara. Asimismo, el impago por el Cliente, facultará a ORANGE, previo el requerimiento, a comunicar este extremo a los servicios de información sobre solvencia patrimonial y de crédito, de acuerdo con lo previsto en la Ley 15/1999 de Protección de Datos Personales y demás normativa aplicable al efecto.

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Samples: internet.orange.es

Facturación y forma de pago. Orange facturaráEl procedimiento de facturación y pago se someterá a las reglas previstas en la Resolución CREG 123 de 2013 o aquellas que la modifiquen, adicionen o sustituyan, y adicionalmente a las siguientes reglas: El Vendedor facturará las Cantidades de Energía efectivamente suministradas al Comprador en el periodo facturado al Precio establecido en el numeral V de las Condiciones Particulares. Los demás valores que el Comprador deba pagar al Vendedor en virtud del presente Contrato y la Regulación, serán igualmente facturados por el Vendedor al Comprador Cuando de acuerdo con el presente Contrato y la modalidad elegida por regulación el ClienteComprador deba hacer pagos al Vendedor, las cantidades a abonar por el uso del servicio. En las facturas aparecerán desglosadas las cantidades a pagar por cada uno de los Servicios contratados. Además, mismos se desglosarán los descuentos y promociones ofertados y aplicados por Orange. El pago se realizará mediante domiciliación de las facturas efectuarán en la cuenta bancaria o establecida en el Numeral XI de las Condiciones Particulares del Contrato. El Vendedor podrá cambiar la cuenta establecida en el Numeral XI de ahorro que el Cliente haya designadolas Condiciones Particulares del Contrato, o en su defectoprevia notificación escrita al Comprador, por transferencia bancaria a más tardar con diez (10) días hábiles de anticipación a la cuenta habilitada fecha de expedición de la respectiva factura. Todos los pagos contemplados en el presente Contrato deberán realizarse en Pesos Colombianos a tal efecto, salvo que la TRM para el cliente hubiera elegido otro medio último día del periodo facturado. Si las Partes no cumplen con sus obligaciones de pago de acuerdo con Orange. La fecha en la forma y los plazos fijados, ya sea total o parcialmente, conforme a las disposiciones de este Contrato, pagarán la tasa máxima de interés moratorio permitida por la Ley, que se debe realizar el pago no podrá exceder aplicará sobre los 30 días a contar desde el final del período de facturación. En caso de domiciliación bancaria el cliente recibirá de la entidad bancaria o de ahorro en la que se ha realizado la domiciliación la notificación con el importe a abonar por el Cliente. Las facturas no abonadas en la fecha prevista por causas no imputables a Orange, tendrán la consideración de deuda vencida y estarán sujetas a ejecución inmediata. Asimismo en caso de impago de cantidades presentadas al cobro al Cliente, del tipo de presentación, éste vendrá obligado además de al pago del cargo no atendido, al abono de los gastos ocasionados por la falta de pago del importe no atendidosaldos insolutos, y ello sin perjuicio de las demás consecuencias que pudieran derivarse de su incumplimiento, encaminadas a la obtención del cobro total de la cantidad adeudada. Orange podrá efectuar el cobro inmediato de toda cantidad adeudada con cargo a tarjetas de crédito o débito que hubieran sido facilitadas por el Cliente a tal efecto, o los depósitos necesarios, voluntarios o demás garantías prestadas por el mismo.En caso de ejecución judicial, Orange se reserva la posibilidad de aplicar, proporcionalmente al tiempo transcurrido desde la fecha en que el pago debió realizarse, un interés de demora igual al interés legal. Igual interés se devengará en el caso de que, como consecuencia de una reclamación judicial, el Cliente tenga derecho a alguna devolución. En caso de incumplimiento del compromiso de pago por el Pagador, de no ser éste el Titular del Servicio Telefónico (según lo indicado en el anverso), Orange podrá reclamar el pago al Titular. En el caso de que el Cliente abone a ORANGE un importe sin identificar específicamente el Servicio determinado por el que se realice el pago, el Cliente autoriza a ORANGE para aplicar los importes abonados por el mismo a ORANGE al pago de cualquiera de los Servicios que haya contratado el Cliente, en la medida en que ello sea necesario para la extinción, total o parcial, de cualquier deuda contraída con ORANGE por la prestación de otros Servicios. Si el pago de la totalidad de las cantidades debidas (incluyendo los intereses moratorios) por el Cliente a ORANGE se realizara con posterioridad a la suspensión del servicio, ORANGE se reserva el derecho de dar de nuevo de alta al Cliente que así lo solicitara. Asimismo, el impago por el Cliente, facultará a ORANGE, previo el requerimiento, a comunicar este extremo a los servicios de información sobre solvencia patrimonial y de créditohaber sido efectuado, de acuerdo con lo previsto aquí estipulado, hasta la fecha en la Ley 15/1999 que efectivamente se realizó. Las Partes acuerdan y reconocen que tanto las facturas expedidas por el Vendedor, como el presente Contrato, prestan mérito ejecutivo para todos y cada uno de Protección los fines pertinentes. Las Partes aceptan que el correspondiente certificado de Datos Personales y demás normativa aplicable entrega expedido por las empresas de correo o mensajería, relacionado con el envío de las facturas, constituirá plena prueba del envío de las mismas al efectoComprador.

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Samples: Formato De Contrato De Suministro De Gas Natural Bajo La Modalidad Con Interrupciones

Facturación y forma de pago. Orange facturaráEl procedimiento de facturación y pago se someterá a las reglas previstas en la Resolución CREG 123 de 2013 o aquellas que la modifiquen, adicionen o sustituyan, y adicionalmente a las siguientes reglas: El Vendedor facturará las Cantidades de Energía efectivamente suministradas al Comprador en el periodo facturado al Precio establecido en el numeral V de las Condiciones Particulares. Los demás valores que el Comprador deba pagar al Vendedor en virtud del presente Contrato y la Regulación, serán igualmente facturados por el Vendedor al Comprador Cuando de acuerdo con el presente Contrato y la modalidad elegida por regulación el ClienteComprador deba hacer pagos al Vendedor, las cantidades a abonar por el uso del servicio. En las facturas aparecerán desglosadas las cantidades a pagar por cada uno de los Servicios contratados. Además, mismos se desglosarán los descuentos y promociones ofertados y aplicados por Orange. El pago se realizará mediante domiciliación de las facturas efectuarán en la cuenta bancaria o establecida en el Numeral XI de las Condiciones Particulares del Contrato. El Vendedor podrá cambiar la cuenta establecida en el Numeral XI de ahorro que el Cliente haya designadolas Condiciones Particulares del Contrato, o en su defectoprevia notificación escrita al Comprador, por transferencia bancaria a más tardar con diez (10) días hábiles de anticipación a la cuenta habilitada fecha de expedición de la respectiva factura. Todos los pagos contemplados en el presente Contrato deberán realizarse en Pesos Colombianos a tal efecto, salvo que la TRM para el cliente hubiera elegido otro medio último día del periodo facturado. Si las Partes no cumplen con sus obligaciones de pago de acuerdo con Orange. La fecha en la forma y los plazos fijados, ya sea total o parcialmente, conforme a las disposiciones de este Contrato, pagarán la tasa máxima de interés moratorio permitida por la Ley, que se debe realizar el pago no podrá exceder aplicará sobre los 30 días a contar desde el final del período de facturación. En caso de domiciliación bancaria el cliente recibirá de la entidad bancaria o de ahorro en la que se ha realizado la domiciliación la notificación con el importe a abonar por el Cliente. Las facturas no abonadas en la fecha prevista por causas no imputables a Orange, tendrán la consideración de deuda vencida y estarán sujetas a ejecución inmediata. Asimismo en caso de impago de cantidades presentadas al cobro al Cliente, del tipo de presentación, éste vendrá obligado además de al pago del cargo no atendido, al abono de los gastos ocasionados por la falta de pago del importe no atendidosaldos insolutos, y ello sin perjuicio de las demás consecuencias que pudieran derivarse de su incumplimiento, encaminadas a la obtención del cobro total de la cantidad adeudada. Orange podrá efectuar el cobro inmediato de toda cantidad adeudada con cargo a tarjetas de crédito o débito que hubieran sido facilitadas por el Cliente a tal efecto, o los depósitos necesarios, voluntarios o demás garantías prestadas por el mismo.En caso de ejecución judicial, Orange se reserva la posibilidad de aplicar, proporcionalmente al tiempo transcurrido desde la fecha en que el pago debió realizarse, un interés de demora igual al interés legal. Igual interés se devengará en el caso de que, como consecuencia de una reclamación judicial, el Cliente tenga derecho a alguna devolución. En caso de incumplimiento del compromiso de pago por el Pagador, de no ser éste el Titular del Servicio Telefónico (según lo indicado en el anverso), Orange podrá reclamar el pago al Titular. En el caso de que el Cliente abone a ORANGE un importe sin identificar específicamente el Servicio determinado por el que se realice el pago, el Cliente autoriza a ORANGE para aplicar los importes abonados por el mismo a ORANGE al pago de cualquiera de los Servicios que haya contratado el Cliente, en la medida en que ello sea necesario para la extinción, total o parcial, de cualquier deuda contraída con ORANGE por la prestación de otros Servicios. Si el pago de la totalidad de las cantidades debidas (incluyendo los intereses moratorios) por el Cliente a ORANGE se realizara con posterioridad a la suspensión del servicio, ORANGE se reserva el derecho de dar de nuevo de alta al Cliente que así lo solicitara. Asimismo, el impago por el Cliente, facultará a ORANGE, previo el requerimiento, a comunicar este extremo a los servicios de información sobre solvencia patrimonial y de créditohaber sido efectuado, de acuerdo con lo previsto aquí estipulado, hasta la fecha en que efectivamente se realizó. Las Partes aceptan que el correspondiente certificado de entrega expedido por las empresas de correo o mensajería, relacionado con el envío de las facturas, constituirá plena prueba del envío de las mismas al Comprador. Las Partes acuerdan y reconocen que tanto las facturas expedidas por el Vendedor, como el presente Contrato, prestan mérito ejecutivo para todos y cada uno de los fines pertinentes. Reclamación sobre la facturación. En el evento de que exista desacuerdo respecto de una factura, se procederá de conformidad a lo establecido en la Ley 15/1999 Resolución CREG 123 de Protección 2013. Las sumas controvertidas podrán ser retenidas por el Comprador, pero este estará obligado a cancelar la parte de Datos Personales y demás normativa aplicable al la factura sobre la cual no exista desacuerdo dentro del plazo inicialmente fijado para el efecto, sin que se causen intereses de ningún tipo.

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Samples: Formato De Contrato De Suministro De Gas Natural Bajo La Modalidad Con Interrupciones

Facturación y forma de pago. Orange facturaráLemon Play facturará al cliente los servicios contratados desde la fecha de activación/instalación de los mismos. Si por cualquier circunstancia dicha fecha de instalación/activación no aparece reflejada en las Condiciones Particulares del Contrato Multiservicio, se considerará a todos los efectos la fecha del contrato que figura en el apartado de acuerdo con Aceptación del Contrato Multiservicio. Lemon Play facturará al Cliente las cantidades que correspondan por el Servicio contratado según la modalidad elegida por el Cliente, las cantidades a abonar por el uso del servicio. En las facturas aparecerán desglosadas las cantidades a pagar por cada uno de los Servicios contratados. Además, se desglosarán los descuentos y promociones ofertados y aplicados por OrangeXxxxx Play, así como los impuestos que resulten legalmente aplicables. Las llamadas gratuitas para el abonado (incluidas las llamadas a números de asistencia) pueden no aparecer desglosadas. La facturación por los servicios prestados se realizará con carácter mensual expresando separadamente el periodo o períodos al que corresponda salvo que el Cliente y Lemon Play convengan otro ciclo. Por tanto, cada factura constituye una reclamación al Cliente de la deuda que documenta y acredita los servicios prestados. En la primera factura emitida se prorrateará la cuota mensual para ajustarla a la fecha de contratación/instalación/activación. La factura indicará la fecha de vencimiento del contrato Multiservicio. El pago se realizará mediante domiciliación de las facturas en la cuenta bancaria o cuenta de ahorro que el Cliente haya designado, o designado a tal fin –comprometiéndose el mismo a mantener saldo suficiente en dicha cuenta para atender el pago-; en su defecto, en la forma acordada por transferencia bancaria a la cuenta habilitada a tal efecto, salvo que el cliente hubiera elegido otro medio de pago de acuerdo con Orangelas Partes; o bien en las oficinas designadas al efecto por Lemon Play. La fecha entidad financiera en la que se debe realizar el pago no podrá exceder los 30 días a contar desde el final del período de facturación. En caso de domiciliación esté abierta la cuenta bancaria el cliente recibirá de la entidad bancaria o de ahorro en la que se ha realizado la domiciliación la notificación del cableoperador con el importe de las cantidades a abonar por el Cliente. La contratación de los servicios conlleva la aceptación por parte del Cliente de recibir la correspondiente factura en formato electrónico o bien a través de la denomina “área/acceso de clientes” de la página web xx Xxxxx Play y, al mismo tiempo, implica extender la facturación en formato electrónico a todos los productos que el Cliente haya contratado o contrate con posterioridad. Sin perjuicio de lo anterior, el Cliente podrá escoger, en cualquier momento la recepción de la factura en formato papel, solicitándolo en cualquiera de las oficinas comerciales xx Xxxxx Play. Estas facturas se remitirán a la última dirección indicada por el Cliente. Por tanto, cada factura constituye una reclamación al Cliente de la deuda que documenta y acredita los servicios prestados. No obstante, Xxxxx Play podrá facturar y remitir al cobro la cantidad correspondiente o saldo pendiente de forma inmediata cuando: • Se produzca la suspensión del Servicio; • Acontezca la extinción o resolución del contrato o la interrupción del Servicio; • El cliente incumpla las presentes CGC y en su caso las CP. Las facturas deberán ser abonadas por el Cliente a su vencimiento. Las facturas no abonadas en la fecha prevista las fechas previstas por causas no imputables a Orangela entidad de crédito devengarán un interés de demora igual al interés legal del dinero según la normativa aplicable y tendrán consideración, tendrán la consideración a todos los efectos legales, de deuda impagada, cierta, líquida, vencida y estarán sujetas a ejecución inmediataexigible. Asimismo Asimismo, en caso de impago de cantidades presentadas al cobro al Clientecobro, del tipo de presentaciónel Cliente vendrá obligado, éste vendrá obligado además de al pago del cargo no atendidoademás, al abono de los gastos ocasionados por la falta de pago del importe no atendido, y ello sin perjuicio de las demás consecuencias que pudieran derivarse de su incumplimiento, incumplimiento encaminadas a la obtención del cobro total de la cantidad adeudada. Orange En caso de impago y consiguiente devolución de una factura, se aplicará un cargo por importe de 6,05€ iva incluido por cada factura o recibo devuelto. Lemon Play podrá efectuar el cobro inmediato de toda cantidad adeudada con cargo a tarjetas de crédito o débito que hubieran sido facilitadas por el Cliente a tal efecto, o los depósitos necesarios, voluntarios o demás garantías prestadas prestados por el mismo.En caso de ejecución judicial, Orange se reserva la posibilidad de aplicar, desde la fecha en que el pago debió realizarse, un interés de demora igual al interés legal. Igual interés se devengará en el caso de que, como consecuencia de una reclamación judicial, el Cliente tenga derecho a alguna devolución. En caso de incumplimiento del compromiso de pago por el Pagador, de no ser éste el Titular del Servicio Telefónico (según lo indicado en el anverso), Orange podrá reclamar el pago al Titular. En el caso de que el Cliente abone a ORANGE un importe sin identificar específicamente el Servicio determinado por el que se realice el pago, el Cliente autoriza a ORANGE para aplicar los importes abonados por el mismo a ORANGE al pago de cualquiera de los Servicios que haya contratado el Cliente, en la medida en que ello sea necesario para la extinción, total o parcial, de cualquier deuda contraída con ORANGE por la prestación de otros Servicios. Si el pago de la totalidad de las cantidades debidas (incluyendo los intereses moratorios) por el Cliente a ORANGE se realizara con posterioridad a la suspensión del servicio, ORANGE se reserva el derecho de dar de nuevo de alta al Cliente que así lo solicitara. Asimismo, el impago por el Cliente, facultará a ORANGE, previo el requerimiento, a comunicar este extremo a los servicios de información sobre solvencia patrimonial y de crédito, de acuerdo con lo previsto en la Ley 15/1999 de Protección de Datos Personales y demás normativa aplicable al efecto.

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Facturación y forma de pago. Orange facturaráEL PROVEEDOR comenzará a facturar al Cliente desde la fecha de comienzo de los Servicios. Las facturas presentadas al Cliente contendrán debidamente diferenciados los conceptos de precios que se tarifican por los Servicios y facilidades prestadas. EL PROVEEDOR pondrá a disposición del Cliente las facturas en formato electrónico de forma gratuita, si así lo hubiera solicitado de acuerdo con la normativa aplicable. En cualquier momento, el Cliente podrá solicitar al Centro de Atención al Cliente que las facturas le sean remitidas en formato papel de forma gratuita. Asimismo, EL PROVEEDOR pondrá a disposición del Cliente la remisión de las facturas en formato papel en la modalidad elegida por Premium en la que se ofrece además el Clientedetalle de las comunicaciones encuadradas en grupos tarifarios de bajo precio, con un coste mensual de 1 € (1,21€ con IVA, 1,07€ con IGIC). El Cliente abonará las cantidades a abonar devengadas por el uso del servicio. En las facturas aparecerán desglosadas las cantidades a pagar por cada uno la prestación de los Servicios contratados. Ademássolicitados, se desglosarán los descuentos y promociones ofertados y aplicados por Orange. El pago se realizará mediante domiciliación bancaria de las facturas en la cuenta bancaria o cuenta de ahorro corriente que el Cliente haya designado, o en designado para su defecto, por transferencia bancaria a la cuenta habilitada a tal efecto, salvo que el cliente hubiera elegido otro medio de pago de acuerdo con Orangepago. La fecha en la que se debe realizar el pago no podrá exceder los 30 días a contar desde el final del período de facturación. En caso de domiciliación bancaria el cliente recibirá de la entidad bancaria o de ahorro será aquella en la que se ha realizado la domiciliación entidad de crédito en la que esté domiciliada la cuenta reciba notificación de EL PROVEEDOR, con el importe a abonar por el Cliente. No obstante, el Cliente podrá solicitar a EL PROVEEDOR la utilización de cualquier otro medio de pago de entre los comúnmente aceptados en el tráfico comercial. El Cliente podrá abonar las cantidades devengadas por la prestación del Servicio mediante tarjeta de crédito o débito. Las tarjetas que se admiten en pasarela de pagos son, para las tarjetas de crédito, VISA, MASTERCARD, RED 6000 y para las tarjetas de débito, MASTERCARD. Las facturas no abonadas en la fecha prevista las fechas previstas, por causas no imputables a Orangela entidad de crédito, tendrán la consideración de deuda vencida y estarán sujetas a ejecución inmediata. Asimismo en caso de impago de cantidades presentadas al cobro al Cliente, del tipo de presentación, éste vendrá obligado además de al pago del cargo no atendido, al abono de los gastos ocasionados por la falta de pago del importe no atendido, y ello sin perjuicio de las demás consecuencias que pudieran derivarse de su incumplimiento, encaminadas a la obtención del cobro total de la cantidad adeudada. Orange podrá efectuar el cobro inmediato de toda cantidad adeudada con cargo a tarjetas de crédito o débito que hubieran sido facilitadas por el Cliente a tal efecto, o los depósitos necesarios, voluntarios o demás garantías prestadas por el mismo.En caso de ejecución judicial, Orange se reserva la posibilidad de aplicar, desde la fecha en que el pago debió realizarse, devengarán un interés de demora igual al interés legal. Igual interés se devengará en el caso de que, como consecuencia de una reclamación judicial, el Cliente tenga derecho a alguna devolución. En caso de incumplimiento del compromiso impago y consiguiente devolución de pago una factura, se aplicará un cargo por el Pagador, de no ser éste el Titular del Servicio Telefónico (según lo indicado en el anverso), Orange podrá reclamar el pago al Titular. En el caso de que el Cliente abone a ORANGE un importe sin identificar específicamente el Servicio determinado por el que se realice el pago, el Cliente autoriza a ORANGE para aplicar los importes abonados por el mismo a ORANGE al pago de cualquiera de los Servicios que haya contratado el Cliente, encuentre publicado en la medida en que ello sea necesario para la extinción, total o parcial, de cualquier deuda contraída con ORANGE por la prestación de otros Servicios. Si el pago de la totalidad de las cantidades debidas página web del PROVEEDOR (incluyendo los intereses moratoriosxxx.xxxxxxx.xxx) por el Cliente a ORANGE se realizara con posterioridad a la suspensión del servicio, ORANGE se reserva el derecho de dar de nuevo de alta al Cliente que así lo solicitara. Asimismo, el impago por el Cliente, facultará a ORANGE, previo el requerimiento, a comunicar este extremo a los servicios de información sobre solvencia patrimonial y de crédito, de acuerdo con lo previsto en la Ley 15/1999 de Protección de Datos Personales y demás normativa aplicable al efectocada factura o recibo devuelto.

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Facturación y forma de pago. Orange facturará, de acuerdo con la modalidad elegida por el Cliente, MÁSMÓVIL facturará al CLIENTE las cantidades a que éste debe abonar por el uso la utilización del servicioServicio. En las facturas aparecerán desglosadas las cuotas y las cantidades a pagar por cada uno consumo, en la aplica- ción IberVoz xxxxx://xxx.xxxxxxx.xxx se detallan los consumos desglosados, las cantidades que se deban abonar por los cargos derivados de los Servicios contratados. Ademásservicios pres- tados en que haya incurrido el CLIENTE, se desglosarán los las promociones, descuentos y promociones ofertados demás condiciones ofertadas por MÁSMÓVIL, así como los impuestos que en cada caso resulten legalmente aplicables. Sin perjuicio del derecho del CLIENTE a recibir factura no detallada, de existir y aplicados conocerlo, MÁSMÓVIL desglosará en las facturas la parte correspondiente a servicios soporte de servicios de tarificación adicional y la parte correspondiente a los prestadores de servicios de tarificación adicional, si es posible, indicando la identidad y número de identificación fiscal de tales prestadores. En caso de desconocer dicha identidad, MÁSMÓVIL informará sobre la identidad del operador de red de tarificación adicional con el objeto de que el CLIENTE pueda dirigirse al mismo para que le proporcione tal identidad. El CLIENTE deberá abonar a IBERCOM los importes por Orangellamadas realizadas y recibidas en el extranjero de acuerdo con los cargos o precios que se hayan esta- blecido por la utilización de la Red de operadores extranjeros, no tarificados en la Red de MÁSMÓVIL y repercutidas por éste al CLIENTE en factura, de acuerdo a las condiciones específicas correspondientes al servicio de cobertura internacional de llamadas (roaming), facilitadas al CLIENTE y cuya información está disponible a través del Servicio de Atención al CLIENTE y sitio Web de IBERCOM en Internet. El pago del Servicio Pospago se realizará mediante domiciliación de las facturas en la cuenta bancaria o cuenta de ahorro que el Cliente CLIENTE haya designado, o designado comprometiéndose el mis- mo a mantener siempre saldo suficiente en su defecto, por transferencia bancaria a la dicha cuenta habilitada a tal efecto, salvo que para atender el cliente hubiera elegido otro medio de pago de acuerdo con Orangelas cantidades debidas a MÁSMÓVIL. La fecha entidad financiera en la que se debe realizar el pago no podrá exceder los 30 días a contar desde el final del período de facturación. En caso de domiciliación esté abierta la cuenta bancaria el cliente recibirá de la entidad bancaria o de ahorro en la que se ha realizado la domiciliación la notificación de IMÁSMÓVIL con el importe de las cantidades a abonar por el ClienteCLIENTE. La factura indicará la fecha de vencimiento. Por defecto, el ciclo de facturación será mensual respecto a los servicios disfruta- dos en los periodos precedentes salvo que el CLIENTE y MÁSMÓVIL convengan otro ciclo. No obstante, MÁSMÓVIL podrá facturar y remitir al cobro la cantidad correspondiente o saldo pendiente de forma inmediata cuando: • Se excedan por el CLIENTE los anticipos predispuestos; • Se produzca la suspensión del Servicio; • Acontezca la extinción o resolución del contrato o la interrupción del Servicio; • El CLIENTE incumpla las presentes Condiciones Generales para la prestación del Servicio. Las facturas no abonadas en la fecha prevista las fechas previstas, por causas no imputables a Orangela entidad de crédito, tendrán la consideración MÁSMÓVIL se reserva el derecho de deuda vencida y estarán sujetas a ejecución inmediata. Asimismo en caso de impago de cantidades presentadas al cobro al Cliente, del tipo de presentación, éste vendrá obligado además de al exigir el pago del cargo no atendido, al abono de los gastos ocasionados o comisión correspondiente por la falta de pago del el importe no atendido, y ello sin perjuicio de las demás consecuencias que pudieran derivarse de su incumplimiento, encaminadas a la obtención del cobro total de la cantidad adeudada. Orange estableci- do en 15 Euros e MÁSMÓVIL podrá efectuar ejecutar el cobro inmediato de toda cantidad adeudada con cargo a tarjetas de crédito o débito que hubieran sido facilitadas por el Cliente CLIENTE a tal efecto, o los depósitos necesarios, voluntarios o demás garantías prestadas por el mismo.En caso de ejecución judicial, Orange se reserva . MÁSMÓVIL facturará mensualmente al CLIENTE la posibilidad de aplicar, desde cantidad que éste deba abo- nar por la fecha en que el pago debió realizarse, un interés de demora igual al interés legal. Igual interés se devengará en el caso de que, como consecuencia de una reclamación judicial, el Cliente tenga derecho a alguna devoluciónprestación del Servicio. En caso de incumplimiento que por razones técnicas no fuera posible facturar al CLIENTE en el periodo inmediatamente posterior al devengo, MÁSMÓVIL podrá presentar al cobro la factura en los siguientes periodos. MÁSMÓVIL podrá solicitar la entrega de cantidades en concepto de anticipos a cuenta de la facturación, que no devengarán interés a favor del compromiso de pago CLIENTE, por el Pagadorimporte que, en función de no ser éste los servicios contratados y/o el Titular volumen de consumo estimado disfrutado, en su caso, predisponga MÁSMÓVIL y acepte el CLIENTE. Si el valor de las llamadas excediera de dicho anticipo MÁSMÓVIL podrá facturar y remitir al cobro la cantidad correspondiente o saldo pendiente de forma inmediata. A la entrega del Servicio Telefónico (según lo indicado anticipo, MÁSMÓVIL vendrá obligada a expedir recibo, y a la fac- turación deberá detallarse tal concepto. A la extinción del contrato, MÁSMÓVIL retornará, en el anverso), Orange podrá reclamar el pago al Titular. En el caso de que el Cliente abone a ORANGE un importe sin identificar específicamente el Servicio determinado por el que se realice el pagosu caso, el Cliente autoriza saldo anticipado a ORANGE para aplicar los importes abonados por el mismo a ORANGE favor del CLIENTE una vez realizadas las comprobaciones necesarias, inclu- yendo las referidas al disfrute del servicio de roaming. Las cantidades anticipadas podrán aplicarse, en su caso, al pago de cualquiera de los Servicios que haya contratado el Cliente, en la medida en que ello sea necesario para la extinción, total o parcial, de cualquier deuda contraída con ORANGE por la prestación de otros Servicios. Si el pago de la totalidad de las cantidades debidas (incluyendo los intereses moratorios) por el Cliente a ORANGE se realizara con posterioridad CLIENTE a la suspensión resolución del servicio, ORANGE se reserva el derecho de dar de nuevo de alta al Cliente que así lo solicitara. Asimismo, el impago por el Cliente, facultará a ORANGE, previo el requerimiento, a comunicar este extremo a los servicios de información sobre solvencia patrimonial y de crédito, de acuerdo con lo previsto en la Ley 15/1999 de Protección de Datos Personales y demás normativa aplicable al efectoContrato.

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Facturación y forma de pago. Orange facturaráJAZZTEL cobrará al Cliente por la prestación de los Servicios las tarifas que en cada momento tenga vigentes en su Oferta Comercial a las que el Cliente se acoge al contratar el Servicio. Las tarifas vigentes, precios, descuentos e impuestos aplicables, se encuentran desglosadas en función de los Servicios y facilidades asociadas. Cualquier modificación en las tarifas será comunicada al Cliente con al menos treinta (30) días de antelación a la fecha de entrada en vigor, así como a la Administración y a las asociaciones de consumidores y usuarios con diez (10) días de antelación. La modificación de las tarifas dará derecho al Cliente a resolver el Contrato. A las tarifas se aplicarán los tributos que por ley esté obligado a satisfacer el Cliente, sin que JAZZTEL se obligue al pago de tasas, impuestos o cargas derivados de la actividad del Cliente o exigidos por cualquier Organismo Oficial o Colegio Profesional. JAZZTEL comenzará a facturar al Cliente desde la fecha de comienzo de los Servicios. Las facturas presentadas al Cliente contendrán debidamente diferenciados los conceptos de precios que se tarifican por los Servicios y facilidades prestadas. La facturación será mensual. JAZZTEL pondrá a disposición del Cliente las facturas en formato electrónico de forma gratuita, de acuerdo con la normativa aplicable. En cualquier momento, el Cliente podrá solicitar al Centro de Atención al Cliente que las facturas le sean remitidas en formato papel de forma gratuita. Asimismo, JAZZTEL pondrá a disposición del Cliente la remisión de las facturas en formato papel en la modalidad elegida por Premium en la que se ofrece además el Clientedetalle de las comunicaciones encuadradas en grupos tarifarios de bajo precio, con un coste mensual de 1 € (1,21€ con IVA, 1,07€ con IGIC). El Cliente abonará las cantidades a abonar devengadas por el uso del servicio. En las facturas aparecerán desglosadas las cantidades a pagar por cada uno la prestación de los Servicios contratados. Ademássolicitados, se desglosarán los descuentos y promociones ofertados y aplicados por Orange. El pago se realizará mediante domiciliación bancaria de las facturas en la cuenta bancaria o cuenta de ahorro corriente que el Cliente haya designadodesignado para su pago. Para los servicios Pack Ahorro, o en su defectoJAZZTEL pondrá a disposición del Cliente, titular del servicio telefónico fijo, una única factura por transferencia bancaria a la cuenta habilitada a tal efecto, salvo el conjunto de servicios que compongan el Pack. En caso de que el cliente hubiera elegido otro medio titular de pago una línea móvil adicional solicite a JAZZTEL que se facture de acuerdo con Orangeforma independiente y le sea remitida dicha factura de forma individualizada, deberá indicarlo así en el momento de la contratación, proporcionando los datos completos de facturación para la citada línea. La fecha en la que se debe realizar el pago no podrá exceder los 30 días a contar desde el final del período de facturación. En caso de domiciliación bancaria el cliente recibirá de la entidad bancaria o de ahorro será aquella en la que la entidad de crédito tenga domiciliada la cuenta una vez se ha realizado la domiciliación la reciba notificación de JAZZTEL, con el importe a abonar por el Cliente. No obstante, el Cliente podrá solicitar a JAZZTEL la utilización de cualquier otro medio de pago de entre los comúnmente aceptados en el tráfico comercial. El Cliente podrá abonar las cantidades devengadas por la prestación del Servicio mediante tarjeta de crédito o débito. Las tarjetas que se admiten en pasarela de pagos son, para las tarjetas de crédito, VISA, MASTERCARD, RED 6000 y para las tarjetas de débito, MASTERCARD. Las facturas no abonadas en la fecha prevista las fechas previstas, por causas no imputables a Orangela entidad de crédito, tendrán la consideración de deuda vencida y estarán sujetas a ejecución inmediata. Asimismo en caso de impago de cantidades presentadas al cobro al Cliente, del tipo de presentación, éste vendrá obligado además de al pago del cargo no atendido, al abono de los gastos ocasionados por la falta de pago del importe no atendido, y ello sin perjuicio de las demás consecuencias que pudieran derivarse de su incumplimiento, encaminadas a la obtención del cobro total de la cantidad adeudada. Orange podrá efectuar el cobro inmediato de toda cantidad adeudada con cargo a tarjetas de crédito o débito que hubieran sido facilitadas por el Cliente a tal efecto, o los depósitos necesarios, voluntarios o demás garantías prestadas por el mismo.En caso de ejecución judicial, Orange se reserva la posibilidad de aplicar, desde la fecha en que el pago debió realizarse, devengarán un interés de demora igual al interés legal. Igual interés se devengará en el caso de que, como consecuencia de una reclamación judicial, el Cliente tenga derecho a alguna devolución. En caso de incumplimiento del compromiso impago y consiguiente devolución de pago una factura, se aplicará un cargo por el Pagador, importe de no ser éste el Titular del Servicio Telefónico 21,78€ con IVA (según lo indicado en el anverso), Orange podrá reclamar el pago al Titular19,26 € con IGIC) por cada factura o recibo devuelto. En el caso Las partes reconocen expresamente que los registros informáticos de que el Cliente abone a ORANGE un importe sin identificar específicamente el Servicio determinado por el que se realice el pago, el Cliente autoriza a ORANGE para aplicar los importes abonados por el mismo a ORANGE al pago de cualquiera JAZZTEL y su reproducción constituyen prueba válida y suficiente de los Servicios que haya contratado el Cliente, en la medida en que ello sea necesario para la extinción, total o parcial, de cualquier deuda contraída con ORANGE por la prestación de otros Servicios. Si el pago de la totalidad de las cantidades debidas (incluyendo los intereses moratorios) por el Cliente a ORANGE se realizara con posterioridad a la suspensión del servicio, ORANGE se reserva el derecho de dar de nuevo de alta al Cliente que así lo solicitara. Asimismo, el impago solicitados y efectivamente consumidos por el Cliente, facultará a ORANGE, previo el requerimiento, a comunicar este extremo a los servicios de información sobre solvencia patrimonial y de crédito, de acuerdo con lo previsto en la Ley 15/1999 de Protección de Datos Personales y demás normativa aplicable al efecto.

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Facturación y forma de pago. Orange facturaráIMATEL podrá emitir mensualmente, de acuerdo con la modalidad elegida una única factura correspondiente a todos los servicios contratados por el Cliente. No obstante, las cantidades a abonar previa solicitud del Cliente, también podrá emitir facturas independientes por los servicios contratados. Así mismo, la factura podrá recibirse por el uso Cliente en formato papel o electrónico, pudiendo en cualquier momento optar por el formato papel tras solicitud expresa por su parte a IMATEL. La cuota de abono se facturará con carácter anticipado y el tráfico o consumos cursados se facturará a período vencido. La cuota de conexión se facturará y será exigible en la primera facturación disponible. El Cliente tiene derecho a la elección del serviciomedio de pago entre los comúnmente utilizados en el tráfico comercial. En las facturas aparecerán desglosadas las cantidades a pagar No obstante lo anterior, si el método de pago elegido por cada uno el Cliente es distinto del de la domiciliación bancaria, IMATEL podrá repercutir en el precio total de los Servicios contratados. Además, se desglosarán los descuentos y promociones ofertados y aplicados por Orangeservicios contratados un coste fijo añadido para compensar esa gestión particular. El pago se realizará exigirá normalmente mediante la domiciliación de las facturas en la cuenta bancaria o cuenta de ahorro que el Cliente haya designado, o comprometiéndose a mantener siempre saldo suficiente en su defectodicha cuenta para atender el pago de las cantidades debidas a IMATEL. El pago deberá efectuarse en el momento en el que la entidad de crédito en el que el mismo se encuentre domiciliado reciba el cargo de IMATEL, por transferencia bancaria el cual se producirá dentro de los quince (15) días siguientes a la cuenta habilitada a tal efecto, salvo que el cliente hubiera elegido otro medio de pago de acuerdo con Orange. La fecha en la que se debe realizar el pago no podrá exceder los 30 días a contar desde el final del período de facturación. En caso de domiciliación bancaria el cliente recibirá emisión de la entidad bancaria o de ahorro en la que se ha realizado la domiciliación la notificación con el importe a abonar por el Clientefactura. Las facturas no abonadas en la fecha prevista las fechas previstas por causas no imputables a Orangela entidad de crédito, devengarán interés legal y tendrán la consideración consideración, a todos los efectos legales, de deuda vencida impagada, cierta, vencida, líquida y estarán sujetas a ejecución inmediataexigible. Asimismo en En caso de impago de cantidades presentadas al cobro al impago, el Cliente, del tipo de presentación, éste vendrá obligado además de al pago del cargo no atendidoatendido incrementado en el interés legal del dinero más un dos por ciento, al abono de los así como las gastos ocasionados por la falta de pago del importe no atendido, y ello sin perjuicio de las demás consecuencias que pudieran derivarse de su incumplimiento, encaminadas a la obtención del cobro total de la cantidad adeudadano realizado. Orange IMATEL podrá efectuar el cobro inmediato de toda cantidad adeudada por el Cliente con cargo a tarjetas de crédito depósitos constituidos o débito que hubieran sido facilitadas por el Cliente a tal efecto, o los depósitos necesarios, voluntarios o demás garantías prestadas por el mismo.En caso de ejecución judicial, Orange se reserva la posibilidad de aplicar, desde la fecha en que el pago debió realizarse, un interés de demora igual al interés legal. Igual interés se devengará en el caso de que, como consecuencia de una reclamación judicial, el Cliente tenga derecho a alguna devolución. En caso de incumplimiento del compromiso de pago por el Pagador, de no ser éste el Titular del Servicio Telefónico (según lo indicado en el anverso), Orange podrá reclamar el pago al Titular. En el caso de que el Cliente abone a ORANGE un importe sin identificar específicamente el Servicio determinado por el que se realice el pago, el Cliente autoriza a ORANGE para aplicar los importes abonados por el mismo a ORANGE al pago de cualquiera de los Servicios que haya contratado el Cliente, en la medida en que ello sea necesario para la extinción, total o parcial, de cualquier deuda contraída con ORANGE por la prestación de otros Servicios. Si el pago de la totalidad de las cantidades debidas (incluyendo los intereses moratorios) por el Cliente a ORANGE se realizara con posterioridad a la suspensión del servicio, ORANGE se reserva el derecho de dar de nuevo de alta al Cliente que así lo solicitara. Asimismo, el impago otra garantía prestada por el Cliente, facultará a ORANGE, previo el requerimiento, a comunicar este extremo a los servicios de información sobre solvencia patrimonial y de crédito, de acuerdo con lo previsto en la Ley 15/1999 de Protección de Datos Personales y demás normativa aplicable al efecto.

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Facturación y forma de pago. Orange facturará1. Facturación. ESTABANELL IMPULSA facturará desde la fecha de comienzo de los Servicios y con periodicidad mensual el Precio a abonar por el Cliente derivada del uso de los Servicios suministrados, conforme a las tarifas contratadas por el Cliente. Tanto las cuotas fijas mensuales correspondientes a la contratación de acuerdo con la modalidad elegida los Servicios, como las cantidades derivadas del consumo de los Servicios realizado por el Cliente, las cantidades a abonar por si procede, se devengarán en el uso del serviciomes siguiente. En las facturas aparecerán desglosadas las cantidades caso de que ESTABANELL IMPULSA bonifique al Cliente con alguna reducción de cuota, promoción o descuento, se aplicará en la factura del mes inmediatamente posterior. Si el importe a pagar por cada uno bonificar supera la cantidad que el Cliente debe abonar en concepto de cuotas fijas mensuales o de consumo de los Servicios, ESTABANELL IMPULSA prorrateará la cantidad bonificable durante las mensualidades siguientes, hasta que la cantidad bonificable quede compensada. Si por causas técnicas no fuera posible facturar al Cliente en el periodo correspondiente, ESTABANELL IMPULSA podrá presentar al cobro la correspondiente factura en los periodos siguientes. Las facturas presentadas al Cliente contendrán, debidamente diferenciados, los conceptos de precios que se tarifiquen para los Servicios contratadosy las facilidades prestados, así como los impuestos, recargos, tasas y / o tributos aplicables. Además, se desglosarán La factura también detallará los descuentos y promociones ofertados y aplicados por Orange/ o refacturaciones complementarias que, en su caso, sean de aplicación, así como los demás costes que la Administración pueda aprobar durante la vigencia del Contrato. El pago Cliente podrá, asimismo, solicitar, con carácter gratuito, recibir la facturación de forma no desglosada y/o de forma detallada o no. La factura se enviará al Cliente por correo postal o por medios telemáticos (correo electrónico), según lo acordado en el Resumen del Presente Contrato por consentimiento expreso del Cliente y sin perjuicio del derecho del Cliente a modificar su consentimiento por escrito y en cualquier momento por las vías de comunicación del Servicio de Atención al Cliente facilitadas, solicitando uno u otro medio. El envío se realizará mediante domiciliación de las facturas en la cuenta bancaria o cuenta dirección indicada en los datos de ahorro que el contacto del Cliente, las cuales podrán ser actualizadas en cualquier momento. El Cliente haya designadoes responsable de la veracidad, o en su defecto, por transferencia bancaria a la cuenta habilitada vigencia y exactitud de los datos facilitados a tal efecto, salvo que el cliente hubiera elegido otro medio de pago de acuerdo con Orange. La fecha en la que se debe realizar el pago no podrá exceder los 30 días a contar desde el final del período de facturación. En caso de domiciliación bancaria el cliente recibirá de la entidad bancaria o de ahorro en la que se ha realizado la domiciliación la notificación con el importe a abonar por el Cliente. Las facturas no abonadas en la fecha prevista por causas no imputables a Orange, tendrán la consideración de deuda vencida y estarán sujetas a ejecución inmediata. Asimismo en caso de impago de cantidades presentadas al cobro al Cliente, del tipo de presentación, éste vendrá obligado además de al pago del cargo no atendido, al abono funcionamiento de los gastos ocasionados por la falta de pago del importe no atendido, y ello sin perjuicio de las demás consecuencias que pudieran derivarse de su incumplimiento, encaminadas a la obtención del cobro total de la cantidad adeudada. Orange podrá efectuar el cobro inmediato de toda cantidad adeudada con cargo a tarjetas de crédito o débito que hubieran sido facilitadas por el Cliente a tal efecto, o los depósitos necesarios, voluntarios o demás garantías prestadas por el mismo.En caso de ejecución judicial, Orange se reserva la posibilidad de aplicar, desde la fecha en que el pago debió realizarse, un interés de demora igual al interés legal. Igual interés se devengará en el caso de que, como consecuencia de una reclamación judicial, el Cliente tenga derecho a alguna devolución. En caso de incumplimiento del compromiso de pago por el Pagador, de no ser éste el Titular del Servicio Telefónico (según lo indicado en el anverso), Orange podrá reclamar el pago al Titular. En el caso de que el Cliente abone a ORANGE un importe sin identificar específicamente el Servicio determinado por el que se realice el pago, el Cliente autoriza a ORANGE para aplicar los importes abonados por el mismo a ORANGE al pago de cualquiera de los Servicios que haya contratado el Cliente, en la medida en que ello sea necesario para la extinción, total o parcial, de cualquier deuda contraída con ORANGE por la prestación de otros Servicios. Si el pago de la totalidad de las cantidades debidas (incluyendo los intereses moratorios) por el Cliente a ORANGE se realizara con posterioridad a la suspensión del servicio, ORANGE se reserva el derecho de dar de nuevo de alta al Cliente que así lo solicitara. Asimismo, el impago por el Cliente, facultará a ORANGE, previo el requerimiento, a comunicar este extremo a los servicios de información sobre solvencia patrimonial medios y de crédito, de acuerdo con lo previsto comunicar cualquier cambio en la Ley 15/1999 de Protección de Datos Personales y demás normativa aplicable al efectosus datos.

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Facturación y forma de pago. Orange facturará, GHOFI facturará de acuerdo con la modalidad elegida por el Cliente, Cliente las cantidades a que éste debe abonar por el uso la utilización del servicioServicio. En las Las facturas aparecerán desglosadas las cantidades se remitirán a pagar por cada uno de los Servicios contratados. Además, se desglosarán los descuentos y promociones ofertados y aplicados por Orange. El pago se realizará mediante domiciliación de las facturas en la cuenta bancaria o cuenta de ahorro última dirección que el Cliente haya designado, o indicado GHOFI en su defecto, por transferencia bancaria a soporte papel sin perjuicio de la cuenta habilitada a tal efecto, salvo que el cliente hubiera elegido otro medio de pago de acuerdo con Orange. La fecha facturación alternativa en soporte electrónico en la medida que así lo acuerden las partes .La facturación será mensual. En la factura quedarán debidamente diferenciados los conceptos de precios que se debe realizar el pago no tarifican por los servicios prestados. El Cliente tendrá derecho a obtener, a su solicitud, facturas independientes para los servicios de tarificación adicional y otros servicios de tarifas superiores. A través del Servicio de Atención al Cliente de GHOFI podrá exceder los 30 días a contar desde el final del período solicitarse o anularse las opciones de facturación. En caso Las cuotas de domiciliación bancaria alta y/o cuotas únicas se devengarán en el cliente recibirá momento de la entidad bancaria o activación y se facturarán en el primer periodo de ahorro en facturación que, de conformidad, con los criterios de facturación usuales de GHOFI, corresponda a la que se ha realizado la domiciliación la notificación con el importe a abonar por el Clientefecha de activación. Las facturas no abonadas en la fecha prevista cuotas mensuales se facturarán por causas no imputables meses anticipados y se calcularán por períodos completos de facturación, según los criterios usuales de EL OPERADOR a Orangeeste respecto, tendrán la consideración de deuda vencida y estarán sujetas a ejecución inmediata. Asimismo en caso de impago de cantidades presentadas al cobro al Cliente, del tipo de presentación, éste vendrá obligado además de al pago del cargo no atendido, al abono prorrata de los gastos ocasionados por la falta de pago del importe no atendido, y ello sin perjuicio de las demás consecuencias días que pudieran derivarse de su incumplimiento, encaminadas a la obtención del cobro total de la cantidad adeudada. Orange podrá efectuar el cobro inmediato de toda cantidad adeudada con cargo a tarjetas de crédito o débito que hubieran sido facilitadas por el Cliente a tal efecto, o los depósitos necesarios, voluntarios o demás garantías prestadas por el mismo.En caso de ejecución judicial, Orange se reserva la posibilidad de aplicar, transcurran desde la fecha en que de prestación del servicio hasta el pago debió realizarse, un interés inicio del primer periodo completo de demora igual facturación. Las cuotas por tráfico cursado serán facturadas a la finalización del periodo de facturación correspondiente al interés legal. Igual interés se devengará en el caso de que, como consecuencia de una reclamación judicial, el Cliente tenga derecho a alguna devolución. En caso de incumplimiento del compromiso de pago por el Pagador, de no ser éste el Titular del Servicio Telefónico (según lo indicado en el anverso), Orange podrá reclamar el pago al Titulartráfico cursado. En el caso de que el Cliente abone a ORANGE un importe sin identificar específicamente el Servicio determinado por el que se realice el pago, el Cliente autoriza a ORANGE para aplicar los importes abonados por el mismo a ORANGE al pago de cualquiera de los Servicios que haya contratado el Cliente, en la medida en que ello sea necesario para por razones técnicas no fuese posible facturará al Cliente en el periodo correspondiente, GHOFI podrá presentar al cobro la extinción, total o parcial, de cualquier deuda contraída con ORANGE factura en los siguientes periodos. El Cliente abonará las cantidades devengadas por la prestación de otros Servicios. Si el pago de la totalidad de las cantidades debidas (incluyendo los intereses moratorios) por el Cliente a ORANGE se realizara con posterioridad a la suspensión del servicio, ORANGE se reserva el derecho de dar de nuevo de alta al Cliente que así lo solicitara. Asimismo, el impago por el Cliente, facultará a ORANGE, previo el requerimiento, a comunicar este extremo a los servicios de información sobre solvencia patrimonial y de crédito, de acuerdo con lo previsto en la Ley 15/1999 de Protección de Datos Personales y demás normativa aplicable al efecto.prestación

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