FACTURACIÓN Y PAGO. 11.1 El Titular de la red, dentro de los diez (10) primeros días naturales de cada mes, facturará a la Contratante el importe de los servicios prestados correspondientes al mes natural inmediato anterior. 11.2 Las facturas emitidas por el Titular de la red serán satisfechas por la Contratante dentro del plazo de quince (15) días naturales desde la fecha de emisión de la factura por el Titular de la red. 11.3 En caso de discrepancia con los conceptos o cuantías facilitados por el Titular de la red en su factura, la Contratante deberá comunicar por escrito al Titular de la red los motivos que justifiquen dicha discrepancia, cuantificando la repercusión de cada uno de ellos y abonando al Titular de la red la parte de contraprestación no discutida dentro del plazo al que viene obligado a ello conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior. 11.4 Recibido el escrito de la Contratante, el Titular de la red contestará también por escrito a la discrepancia dentro de los quince (15) días naturales siguientes. Las partes, en un plazo xx xxxx (10) días naturales desde la fecha de recepción por la Contratante del escrito de contestación del Titular de la red, intentarán, de buena fe, alcanzar un acuerdo.
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Samples: Anexo Para La Contratación De Puntos De Salida, Anexo Para La Contratación De Puntos De Salida
FACTURACIÓN Y PAGO. 11.1 El Titular La Dirección de Articulación y Contenidos Audiovisuales, beneficiario de la redcontratación, dentro expedirá el certificado de los diez (10) primeros días naturales de cada mes, facturará a la Contratante el importe de los servicios prestados correspondientes al mes natural inmediato anterior.
11.2 Las facturas emitidas por el Titular de la red serán satisfechas por la Contratante dentro del aceptación en un plazo no mayor de quince (15) días naturales desde hábiles a partir de la fecha de emisión de la factura por entrega. En el Titular de la red.
11.3 En caso de discrepancia con los conceptos o cuantías facilitados por que el Titular la Dirección de la red en su factura, la Contratante deberá comunicar por escrito al Titular Articulación y Contenidos Audiovisuales constate le entrega de la red los motivos que justifiquen dicha discrepancia, cuantificando la repercusión de cada uno de ellos y abonando al Titular de la red la parte de contraprestación no discutida dentro del plazo al que viene obligado a ello conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior.
11.4 Recibido el escrito de la Contratantebienes deficientes, el Titular de la red contestará también por escrito Proveedor deberá reemplazar los mismos en un plazo menor a la discrepancia dentro de los quince (15) días naturales siguientescontados a partir de la notificación que el Comprador le haga. Las partes, Si la factura del Proveedor no fuese observada o rechazada en un el plazo xx xxxx (10) días naturales corridos desde la fecha su recepción, se considerará implícitamente aceptada. Las facturas deberán emitirse con los siguientes datos: PROGRAMA DE INNOVACION FEDERAL CUIT: 30-71734336-7 Dirección: Xxxxx Xxxx 0000 Xxxx 0. Xxxxxxxxx: Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO: EXENTO. IMPUESTO A LAS GANANCIAS: EXENTO. A los efectos de recepción por la Contratante agilizar el proceso de pago se solicita que los proveedores envíen, junto con su factura, detalle de las alícuotas del escrito Impuesto al Valor Agregado correspondiente a cada uno de contestación del Titular los productos facturados, y en caso de la redcorresponder, intentarán, deberá acompañar el certificado de buena fe, alcanzar un acuerdono retención y/o exclusión de los impuestos nacionales.
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FACTURACIÓN Y PAGO. 11.1 El Titular de la red17.1.1. ANTEL emitirá sus facturas a PRESTADOR SOLICITANTE en forma mensual, dentro por el importe total de los diez montos que tenga derecho a percibir, conforme
17.1.2. En un plazo de 10 (10diez) primeros días naturales hábiles siguientes a la finalización de cada mes calendario, ANTEL informará a PRESTADOR SOLICITANTE:
17.1.2.1 la cantidad de minutos a facturar correspondientes al tráfico generado en el mes calendario respectivo, discriminando como mínimo, cantidad de llamadas y minutos por tipo de tráfico;
17.1.2.2 otros cargos correspondientes a la utilización de los recursos y prestación de servicios previstos en este Convenio.
17.1.3. ANTEL entregará la factura correspondiente a cada mes calendario antes del 15° (décimo quinto) día hábil del mes inmediato siguiente.
17.1.4. La factura vencerá en el 20° (vigésimo) día hábil de cada mes, facturará a la Contratante siempre que ANTEL haya cumplido con los plazos establecidos en las cláusulas 17.1.2 y 17.1.3. Si ANTEL se atrasara, el importe plazo de los servicios prestados correspondientes pago de su factura se prorrogará en un número de días igual al mes natural inmediato anterior.
11.2 Las facturas emitidas por el Titular número total de días de retraso de presentación de la red serán satisfechas por la Contratante dentro del plazo información y/o de quince (15) días naturales desde la fecha de emisión retraso de presentación de la factura por el Titular de la red.
11.3 En caso de discrepancia con los conceptos o cuantías facilitados por el Titular de la red en su factura, la Contratante deberá comunicar por escrito al Titular de la red sumándose los motivos que justifiquen dicha discrepancia, cuantificando la repercusión de retrasos en cada uno de ellos estos plazos y abonando al Titular sin que el adelanto en uno de los mismos pueda ser invocado para compensar un retraso en el otro.
17.1.5. ANTEL emitirá las facturas en la moneda en que estuvieran fijados los precios y los importes detallados en tales facturas le serán abonados por EL PRESTADOR SOLICITANTE en dicha moneda y conforme las condiciones previstas en la presente cláusula.
17.1.6. Las facturas deberán ser abonadas en la cuenta bancaria que ANTEL indicará por anticipado.
17.1.7. El derecho xx XXXXX a percibir los importes resultantes de la red la parte de contraprestación no discutida dentro aplicación del plazo al que viene obligado a ello conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior.
11.4 Recibido el escrito presente convenio es independiente de la Contratante, el Titular de la red contestará también percepción por escrito a la discrepancia dentro parte del PRESTADOR SOLICITANTE de los quince (15) días naturales siguientes. Las partes, en un plazo xx xxxx (10) días naturales desde la fecha de recepción por la Contratante del escrito de contestación del Titular de la red, intentarán, de buena fe, alcanzar un acuerdoimportes que le deban abonar sus clientes.
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Samples: Interconnection Agreement
FACTURACIÓN Y PAGO. 11.1 El Titular Operador se obliga al pago de la redrenta en forma mensual y por adelantado, dentro de los diez (10) primeros días naturales de cada mes, facturará a la Contratante el importe de los servicios prestados correspondientes al mes natural inmediato anterior.
11.2 Las facturas emitidas por el Titular de la red serán satisfechas por la Contratante dentro del plazo de quince (15) días naturales desde la fecha de emisión de la factura por el Titular de la red.
11.3 En caso de discrepancia con los conceptos o cuantías facilitados por el Titular de la red en su factura, la Contratante deberá comunicar por escrito al Titular de la red los motivos que justifiquen dicha discrepancia, cuantificando la repercusión de cada uno de ellos y abonando al Titular de la red la parte de contraprestación no discutida dentro del plazo al que viene obligado a ello conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior.
11.4 Recibido el escrito de la Contratante, el Titular de la red contestará también por escrito a la discrepancia más tardar dentro de los quince (15) días naturales siguientescalendario siguientes a la fecha en que Telefónica habilitó en su página web la posibilidad de descargar el comprobante de pago del mes correspondiente (archivo XML). El Operador efectuará el pago en Soles en el lugar que Telefónica indique o mediante depósito en cualquiera de las cuentas bancarias mencionadas a continuación: XXXX 0000-0000-33-0100000823 Moneda nacional 011-686-00-0100000823-33 BANCO DE LANACIÓN 00-000-000000 Moneda nacional BCP 193-1585126-0-72 Moneda nacional 002-193-00-1585126072-17 Queda establecido que en caso de retraso en el pago de las facturas, penalidades o cualquier otra suma que El Operador deba pagar a Telefónica en ejecución del presente contrato, aquél quedará constituido en xxxx de manera automática, debiendo pagar, además de los montos adeudados, los intereses compensatorios y moratorios a la tasa máxima permitida por el Banco Central de Reserva del Perú, sin perjuicio del daño ulterior que se pudiera generar. El incumplimiento del pago de la renta, así como de cualquier otro concepto pactado en el presente contrato, facultará a Telefónica a resolver el presente contrato conforme con lo establecido en la Cláusula Décima Séptima. El Operador conoce y acepta que Xxxxxxxxxx podrá iniciar todas las acciones inherentes a la cobranza y autoriza el envío de comunicaciones a centrales de riesgo. Las partespartes dejan establecido que en caso de terminación del contrato, en un plazo xx xxxx cualquiera fuera su causa, y El Operador no cumpliera con desocupar la Infraestructura inmediatamente, deberá pagar por concepto de penalidad, sin perjuicio del daño ulterior que se pudiera generar, el equivalente a dos (102) días naturales desde rentas mensuales por cada mes de atraso y hasta su desocupación efectiva. Se deja constancia que el cobro de esta penalidad no importa la fecha de recepción por la Contratante continuación del escrito de contestación arrendamiento materia del Titular de la red, intentarán, de buena fe, alcanzar un acuerdopresente contrato.
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FACTURACIÓN Y PAGO. 11.1 El Titular de la red17.1.1. ANTEL emitirá sus facturas a PRESTADOR SOLICITANTE en forma mensual, dentro por el importe total de los diez montos que tenga derecho a percibir, conforme lo previsto en el presente convenio, a los que se les deberán adicionar los tributos que resulten aplicables.
17.1.2. En un plazo de 10 (10diez) primeros días naturales hábiles siguientes a la finalización de cada mes calendario, ANTEL informará a PRESTADOR SOLICITANTE:
17.1.2.1 la cantidad de minutos a facturar correspondientes al tráfico generado en el mes calendario respectivo, discriminando como mínimo, cantidad de llamadas y minutos por tipo de tráfico;
17.1.2.2 otros cargos correspondientes a la utilización de los recursos y prestación de servicios previstos en este Convenio.
17.1.3. ANTEL entregará la factura correspondiente a cada mes calendario antes del 15° (décimo quinto) día hábil del mes inmediato siguiente.
17.1.4. La factura vencerá en el 20° (vigésimo) día hábil de cada mes, facturará a la Contratante siempre que ANTEL haya cumplido con los plazos establecidos en las cláusulas 17.1.2 y 17.1.3. Si ANTEL se atrasara, el importe plazo de los servicios prestados correspondientes pago de su factura se prorrogará en un número de días igual al mes natural inmediato anterior.
11.2 Las facturas emitidas por el Titular número total de días de retraso de presentación de la red serán satisfechas por la Contratante dentro del plazo información y/o de quince (15) días naturales desde la fecha de emisión retraso de presentación de la factura por el Titular de la red.
11.3 En caso de discrepancia con los conceptos o cuantías facilitados por el Titular de la red en su factura, la Contratante deberá comunicar por escrito al Titular de la red sumándose los motivos que justifiquen dicha discrepancia, cuantificando la repercusión de retrasos en cada uno de ellos estos plazos y abonando al Titular sin que el adelanto en uno de los mismos pueda ser invocado para compensar un retraso en el otro.
17.1.5. ANTEL emitirá las facturas en la moneda en que estuvieran fijados los precios y los importes detallados en tales facturas le serán abonados por EL PRESTADOR SOLICITANTE en dicha moneda y conforme las condiciones previstas en la presente cláusula.
17.1.6. Las facturas deberán ser abonadas en la cuenta bancaria que ANTEL indicará por anticipado.
17.1.7. El derecho xx XXXXX a percibir los importes resultantes de la red la parte de contraprestación no discutida dentro aplicación del plazo al que viene obligado a ello conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior.
11.4 Recibido el escrito presente convenio es independiente de la Contratante, el Titular de la red contestará también percepción por escrito a la discrepancia dentro parte del PRESTADOR SOLICITANTE de los quince (15) días naturales siguientes. Las partes, en un plazo xx xxxx (10) días naturales desde la fecha de recepción por la Contratante del escrito de contestación del Titular de la red, intentarán, de buena fe, alcanzar un acuerdoimportes que le deban abonar sus clientes.
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Samples: Interconnection Agreement
FACTURACIÓN Y PAGO. 11.1 El Titular de la red, dentro de los diez (10) primeros días naturales de cada mes, facturará a la Contratante el importe de los servicios prestados correspondientes al mes natural inmediato anterior.
11.2 6.1 Las facturas emitidas por el Titular de la red Transportista serán satisfechas por la Contratante dentro del plazo de quince (15) 15 días naturales desde la fecha de emisión de la factura por el Titular Transportista. El pago de las facturas se realizará mediante transferencia bancaria a la redcuenta corriente comunicada por el Transportista a la Contratante.
11.3 6.2 En caso de discrepancia con los conceptos o cuantías facilitados por el Titular de la red Transportista en su factura, la Contratante deberá comunicar por escrito al Titular de la red Transportista los motivos que justifiquen dicha discrepancia, cuantificando la repercusión de cada uno de ellos y abonando al Titular de la red Transportista la parte de contraprestación no discutida dentro del plazo al que viene obligado a ello conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior.
11.4 6.3 Recibido el escrito de la Contratante, el Titular de la red Transportista contestará también por escrito a la discrepancia dentro de los quince (15) días naturales siguientes. Las partes, en un plazo xx xxxx (10) días naturales desde la fecha de recepción por la Contratante del escrito de contestación del Titular del punto de la redentrada, intentarán, de buena fe, alcanzar un acuerdo.
6.4 En el caso de que las Partes no alcanzasen dicho acuerdo, la discrepancia podrá someterse, por cualquiera de ellas, al Arbitraje previsto en la Cláusula 17. En el caso de que en la decisión arbitral se condenara al pago o a la devolución de cualquier cantidad a cualquiera de las Partes, la
6.5 A las cantidades que corresponda facturar de acuerdo con la presente Cláusula se le añadirán los impuestos que correspondan de acuerdo con la legislación vigente.
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Samples: Service Agreement
FACTURACIÓN Y PAGO. 11.1 El Titular Gestor de la redRed de Transporte, dentro de los diez (10) primeros días naturales de cada mes, facturará a la Contratante el importe de los servicios prestados correspondientes al mes natural inmediato anterior.
11.2 Las facturas emitidas por el Titular Gestor de la red Red de Transporte serán satisfechas por la Contratante dentro del plazo de quince (15) días naturales desde la fecha de emisión de la factura por el Titular Gestor de la redRed de Transporte.
11.3 En caso de discrepancia con los conceptos o cuantías facilitados por el Titular Gestor de la red Red de Transporte en su factura, la Contratante deberá comunicar por escrito al Titular Gestor de la red Red de Transporte los motivos que justifiquen dicha discrepancia, cuantificando la repercusión de cada uno de ellos y abonando al Titular Gestor de la red Red de Transporte la parte de contraprestación no discutida dentro del plazo al que viene obligado a ello conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior.
11.4 Recibido el escrito de la Contratante, el Titular Gestor de la red Red de Transporte contestará también por escrito a la discrepancia dentro de los quince (15) días naturales siguientes. Las partes, en un plazo xx xxxx (10) días naturales desde la fecha de recepción por la Contratante del escrito de contestación del Titular de la red, intentarán, de buena fe, alcanzar un acuerdo.quince
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Samples: Contrato Marco Para El Acceso Al Sistema De Transporte Y Distribución
FACTURACIÓN Y PAGO. 11.1 El Titular Operador se obliga al pago de la redrenta en forma mensual y por adelantado, dentro de los diez (10) primeros días naturales de cada mes, facturará a la Contratante el importe de los servicios prestados correspondientes al mes natural inmediato anterior.
11.2 Las facturas emitidas por el Titular de la red serán satisfechas por la Contratante dentro del plazo de quince (15) días naturales desde la fecha de emisión de la factura por el Titular de la red.
11.3 En caso de discrepancia con los conceptos o cuantías facilitados por el Titular de la red en su factura, la Contratante deberá comunicar por escrito al Titular de la red los motivos que justifiquen dicha discrepancia, cuantificando la repercusión de cada uno de ellos y abonando al Titular de la red la parte de contraprestación no discutida dentro del plazo al que viene obligado a ello conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior.
11.4 Recibido el escrito de la Contratante, el Titular de la red contestará también por escrito a la discrepancia más tardar dentro de los quince (15) días naturales siguientescalendarios siguientes a la fecha en que Telefónica habilitó en su página web la posibilidad de descargar el comprobante de pago del mes correspondiente (archivo XML). El Operador efectuará el pago en Soles en el lugar que Telefónica indique o mediante depósito en cualquiera de las cuentas bancarias mencionadas a continuación: XXXX 0000-0000-33-0100000823 Moneda nacional 011-686-00-0100000823-33 BANCO DE LANACIÓN 00-000-000000 Moneda nacional BCP 193-1585126-0-72 Moneda nacional 002-193-00-1585126072-17 Queda establecido que en caso de retraso en el pago de las facturas, penalidades o cualquier otra suma que El Operador deba pagar a Telefónica en ejecución del presente contrato, aquél quedará constituido en xxxx de manera automática, debiendo pagar, además de los montos adeudados, los intereses compensatorios y moratorios a la tasa máxima permitida por el Banco Central de Reserva del Perú, sin perjuicio del daño ulterior que se pudiera generar. El incumplimiento del pago de la renta, así como de cualquier otro concepto pactado en el presente contrato, facultará a Telefónica a resolver el presente contrato conforme con lo establecido en la Cláusula Décima Séptima. El Operador conoce y acepta que Telefónica podrá iniciar todas las acciones inherentes a la cobranza y autoriza el envío de comunicaciones a centrales de riesgo. Las partespartes dejan establecido que en caso de terminación del contrato, en un plazo xx xxxx cualquiera fuera su causa, y El Operador no cumpliera con desocupar la Infraestructura inmediatamente, deberá pagar por concepto de penalidad, sin perjuicio del daño ulterior que se pudiera generar, el equivalente a dos (102) días naturales desde rentas mensuales por cada mes de atraso y hasta su desocupación efectiva. Se deja constancia que el cobro de esta penalidad no importa la fecha de recepción por la Contratante continuación del escrito de contestación arrendamiento materia del Titular de la red, intentarán, de buena fe, alcanzar un acuerdopresente contrato.
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