Fase de Devolución del Servicio Cláusulas de Ejemplo

Fase de Devolución del Servicio. El adjudicatario es enteramente responsable de la prestación del servicio, con la capacidad y agilidad requeridas en cualquiera de los entornos vigentes en cada momento, hasta que finalicen de forma simultánea tanto la Fase de Pleno Servicio como la de Fase de Devolución del Servicio. El adjudicatario será responsable de asegurar la presencia del equipo ofertado detallado en la
Fase de Devolución del Servicio. 124 11.4.1. Devolución del equipamiento 125 11.5. HITOS ESPECÍFICOS 126 11.5.1. Servicio de colaboración 126 11.5.2. Proyecto renovación 127 11.5.3. Servicio de ofimática 127
Fase de Devolución del Servicio. El adjudicatario continúa prestando el servicio y comienza el periodo de devolución del servicio. Deberá presentar toda la documentación relativa a esta fase, requerida por el pliego y ofertada en su licitación.
Fase de Devolución del Servicio. La Fase de Devolución tiene lugar coincidiendo con los tres últimos meses de la Fase de Pleno Servicio. La Fase de Devolución es coordinada por Madrid Digital, si bien el Adjudicatario cobra un protagonismo esencial, ya que gran parte de la responsabilidad de ceder el servicio a un tercero lo codirige junto a Madrid Digital. En la Fase Devolución diferenciamos las siguientes responsabilidades en los ámbitos de Gobierno del Servicio, Prestación del Servicio, Gestión del Conocimiento y Gestión de la Calidad. ▪ El Adjudicatario participa junto con Madrid Digital en la transferencia del servicio al proveedor o proveedores identificados por Madrid Digital para dar continuidad al mismo, por lo que tendrá que poner todos los medios para asegurar que se compatibilizan ambas actividades (devolución y prestación del servicio), en las mejores condiciones.
Fase de Devolución del Servicio. Entregable Fecha de la Entrega Documentación de Devolución del Servicio PFD, MGC y MRS actualizados durante la Fase de Pleno Servicio, a utilizar como documentación xx xxxxxxx con el equipo entrante en su Fase de Transición. Acta de la Reunión de Inicio de la Fase de Devolución (dicha reunión tiene categoría de CDE) Tras el Comité de Dirección de Lanzamiento de la Fase de Devolución.
Fase de Devolución del Servicio. Al objeto de garantizar una adecuada Devolución del Servicio, el adjudicatario del presente pliego se compromete a: ▪ Continuar realizando las labores de Mantenimiento sobre las aplicaciones objeto del lote. ▪ Continuar realizando las labores de apoyo a los recursos de Madrid Digital, tanto en las tareas relacionadas con el ciclo de vida de los sistemas de información así como los trabajos de oficina técnica para el control y seguimiento del servicio. ▪ Colaborar activamente con Madrid Digital en los plazos identificados por éste, participando directamente en las actividades de traspaso de conocimiento al nuevo adjudicatario sobre los dos servicios objeto del lote: a. sobre los sistemas objeto de mantenimiento, así como en el acompañamiento operativo a éste en las labores de mantenimiento, facilitando la continuidad de la prestación del servicio a la finalización del presente contrato.
Fase de Devolución del Servicio. Es el periodo que comprende los 3 meses anteriores a la finalización de la fase de Prestación del Servicio, siempre y cuando no se haya planteado una prórroga del contrato. Es la fase de transferencia del servicio a otro proveedor o a ENAIRE, con responsabilidad de la ejecución y de ANS por parte del proveedor saliente. En caso de cese o finalización del contrato, el proveedor estará obligado a devolver el control de los servicios objeto del contrato, teniendo que realizar en paralelo los trabajos de devolución con los de prestación del servicio, sin coste adicional para la SINF. El comienzo de la fase de devolución vendrá determinado por el calendario previsto dentro de los plazos de contratación o por posibles desistimientos previos por las causas contempladas en las condiciones del contrato; en cualquier caso, ENAIRE notificará al prestador del servicio con al menos 2 meses de antelación el comienzo de la fase de devolución. Esta fase tiene las siguientes características: 1. El plazo de ejecución será de 3 meses antes de la finalización del contrato. 2. La SINF podrá suscribir un contrato de licencia de uso sobre los sistemas del contratista que fueran necesarios (si procede) para asegurar la continuidad del servicio. 3. El contratista deberá ofrecer toda la ayuda en la transferencia a la SINF, o a terceras partes nombradas por este, de servicios subcontratados, garantías o contratos de mantenimiento existentes hasta el momento de la terminación, en los mismos términos pactados con los contratistas de estos. 4. El contratista deberá ofrecer un plan para definir las responsabilidades y gestionar la resolución de problemas entre el nuevo contratista, la SINF y/o otros contratistas. 5. Durante el periodo de devolución del servicio, estarán activas las penalizaciones por incumplimiento de los ANS definidos. 6. La SINF no asumirá una dedicación significativa de recursos propios en las actividades de devolución. 7. El proveedor deberá prestar a la SINF servicios razonables de asistencia, adicionales y sin coste, durante al menos los 3 meses posteriores a la devolución del servicio, en el caso de ser solicitados, en previsión de vicios o fallos ocultos en los trabajos ejecutados».
Fase de Devolución del Servicio. El adjudicatario es enteramente responsable de la prestación del servicio, con la capacidad y agilidad requeridas en cualquiera de los entornos vigentes en cada momento, hasta que finalicen de forma simultánea tanto la Fase de Pleno Servicio como la de Fase de Devolución del Servicio. La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 0964072417816465100643 El adjudicatario será responsable de asegurar la presencia del equipo mínimo detallado en la Cláusula 5 “Equipo prestador del servicio” hasta el final del contrato. El objetivo prioritario será la transmisión de todo el conocimiento, documentación, estándares de funcionamiento y cualquier aspecto que facilite al siguiente prestador entrante (la Agencia, u otros) del Servicio, el conocimiento necesario para su prestación ante un cambio de adjudicatario o de sistema de información. Al objeto de garantizar una adecuada transición de salida, el adjudicatario, durante este Periodo de finalización del Servicio establecido al efecto, deberá seguir garantizando la completa y correcta operatividad de todos los servicios prestados al amparo del contrato, comprometiéndose además a facilitar el traspaso de conocimiento al prestador entrante. Para ello, con una antelación de 6 meses a la finalización del contrato, la Agencia solicitará al adjudicatario la presentación de un Plan de Devolución (PL14 – Plan de Transferencia Tecnológica y de Conocimiento), de duración mínima de 3 meses, donde se deberán garantizar al menos los siguientes aspectos: ▪ Facilitar la Documentación totalmente actualizada relacionada con los Servicios (i.e., manuales de configuración, de operativa, escalados, manuales de usuario, documentación de formación, documentación funcional y técnica, de pruebas, etc.). ▪ Acceso a consulta a los recursos responsables del Adjudicatario de los equipos que dan servicio a la Agencia. ▪ Poner a disposición de la Agencia un equipo de recursos clave para asistir a la Agencia dentro del servicio y el esfuerzo razonable para su dirección y coordinación. ▪ Notificar a la Agencia los riesgos potenciales. ▪ Establecer y mantener una relación de trabajo efectiva con la organización receptora del Servicio, tanto sea la de la Agencia como la de un Tercero designado por la Agencia, siendo su responsabilidad la correcta transferencia del conocimiento a la entidad receptora del servicio. ▪ Asignar el esfuerzo necesario de los recursos clave par...

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  • LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO 22.1.- LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO.- El 22.2.- El inicio del servicio deberá ser notificado a la convocante mediante el formato identificado como “ANEXO H” parte 1 al correo electronico xxxxxxx.xxxx@xxxxxx.xxx.xx, con una anticipación mínima de 24 hrs, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 107 fracción IV de la Ley. Teléfono para notificación: (222) 2 29 70 00 ext. 5062 22.3.- El Administrador de Contrato deberá supervisar la recepción de los bienes o la prestación del servicio, así mismo, realizar las visitas e inspecciones que estime pertinentes a las adjudicantes e igualmente podrán solicitar a los servidores públicos de las mismas, los licitantes y los proveedores, todos los datos e informes relacionados con los actos de que se trate. Las Dependencias y Entidades estarán obligadas a permitir el acceso a los almacenes, bodegas o lugares en lo que se presten los servicios o se hallen los bienes, así como a firmar los dictámenes que al efecto se levanten.

  • PRESTACIÓN DEL SERVICIO Además de lo indicado en las condiciones generales de la póliza a la cual accede el presente anexo, referente a indemnizaciones se tendrá en cuenta lo siguiente: 1. Obligaciones del asegurado y/o beneficiario En caso de un evento que genere el derecho a la prestación de un servicio descrito en el presente anexo el asegurado y/o beneficiario deberá solicitar siempre la asistencia por teléfono, a cualquiera de los números indicados en el carné de asistencia, debiendo indicar el nombre del asegurado o beneficiario, destinatario de la prestación, el número de la cédula de ciudadanía, o cédula de extranjería, placa del vehículo, el número de la póliza del seguro, el lugar dónde se encuentra, el número de teléfono y tipo de asistencia que precisa. Las llamadas telefónicas serán con cobro revertido, y en los lugares en que no fuera posible hacerlo así, el asegurado o beneficiario podrá recuperar a su regreso el importe de las llamadas, contra presentación de los recibos a la COMPAÑÍA DE ASISTENCIA. 2. Incumplimiento La COMPAÑÍA DE ASISTENCIA queda relevada de responsabilidad cuando por causa de fuerza mayor o por decisión autónoma del asegurado o de sus responsables o beneficiarios, no pueda efectuar cualquiera de las prestaciones específicamente previstas en este anexo. Mediante el presente anexo, se ofrece el servicio adicional de Asistencia de Pequeños Accesorios, el cual será prestado por la COMPAÑÍA DE ASISTENCIA, y se regirá por las cláusulas y condiciones del presente anexo.

  • PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO (Esta cláusula será elaborada por la ENTIDAD conforme a la forma de adjudicación establecida en el DBC por el Total, por Ítems o por Lotes).

  • INTERRUPCIÓN DEL SERVICIO UPS no será responsable por, y la Garantía de Servicios de UPS no se aplicará a, cualquier interrupción del servicio debido a causas ajenas a su control incluyendo, sin carácter limitativo: la no disponibilidad del destinatario o el rechazo de las mercancías por parte de éste, causas de fuerza mayor, actos de autoridades gubernamentales realizados con facultades reales o aparentes, actos u omisiones de las autoridades aduaneras o similares, información insuficiente suministrada por un cliente, la imposición de regulaciones de seguridad dispuestas por el gobierno o de otra forma aplicables en el lugar de entrega, retenciones dispuestas por una autoridad gubernamental, motines, huelgas y otros conflictos laborales, conflictos civiles, interrupciones de cualquier tipo en las redes de transporte aéreo o terrestre y desastres naturales.

  • ÁREA DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO (APS) El área en la cual se prestará el servicio público de aseo y sus actividades complementarias es la zona urbana del municipio xx Xxxxxx dentro de los límites establecidos en el siguiente mapa:

  • Programa de Prestación del Servicio Programa que las personas prestadoras del servicio de aseo y/o sus actividades complementarias deben formular e implementar, en el cual definirán los objetivos, metas, estrategias, campañas educativas, actividades y cronogramas, costos y fuentes de financiación. Este programa igualmente deberá definir todos los aspectos operativos de las diferentes actividades del servicio que atienda el operador, en concordancia con lo definido en el PGIRS, la regulación vigente y lo establecido en el Decreto 1077 de 2015.

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO El servicio se ejecutará en un plazo máximo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir del día siguiente de la notificación al proveedor con la Orden de Servicio o hasta que cese la necesidad del área usuaria derivada del objeto de la contratación.

  • FALLA EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO El incumplimiento de la persona prestadora en la prestación continua del servicio se denomina falla en la prestación del servicio y su ocurrencia le confiere al suscriptor y/o usuario el derecho, desde el momento en que se presente, a la resolución del contrato de condiciones uniformes o su cumplimiento con las reparaciones consagradas en el artículo 137 de la Ley 142 de 1994, esto es, a que no se le haga cobro alguno por conceptos distintos del consumo o de la adquisición de bienes y servicios recibidos y a la indemnización de perjuicios.

  • CONFORMIDAD DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO La conformidad de la prestación del servicio se regula por lo dispuesto en el artículo 143 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. La conformidad será otorgada por [CONSIGNAR EL ÁREA O UNIDAD ORGÁNICA QUE OTORGARÁ LA CONFORMIDAD]. De existir observaciones, LA ENTIDAD debe comunicar las mismas a EL CONTRATISTA, indicando claramente el sentido de estas, otorgándole un plazo para subsanar no menor de cinco (5) ni mayor de veinte (20) días, dependiendo de la complejidad. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA ENTIDAD puede resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan, desde el vencimiento del plazo para subsanar. Este procedimiento no resulta aplicable cuando la consultoría manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no otorga la conformidad, según corresponda, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades respectivas.

  • DURACIÓN DEL SERVICIO El Contrato no tiene expectativa de prórroga o renovación. Sin embargo, si se acordara una prórroga, ésta será aprobada por período(s) adicional(es) de hasta un año.