Gestión de Eventos Cláusulas de Ejemplo

Gestión de Eventos. El CONTRATISTA deberá planear, organizar y administrar los eventos con base en la orden que el MINISTERIO expida con una antelación no menor a dos semanas, acompañada del listado probable de asistentes, los datos de contacto, el modelo de invitación, la ciudad donde se realizará el evento, la programación del mismo con fechas, número de alojados, agenda, precisiones sobre la logística necesaria y los demás datos que considere relevantes para una debida organización. Para los casos en los cuales la entidad no solicite el evento con un tiempo prudencial, a saber, mayor a 24 horas y el SUPERVISOR autorice la realización del mismo, el CONTRATISTA no estará obligado a presentar tres cotizaciones, siempre y cuando haya puesto de presente al SUPERVISOR los costos de asumir la realización del evento y este último haya autorizado la ejecución del mismo. El CONTRATISTA procederá con la elaboración y envío de las invitaciones, efectuará la confirmación y contacto con las personas convocadas para acordar itinerario, agenda y necesidad de materiales y una semana a partir del recibo de la orden informará al SUPERVISOR la situación de asistencia, para que este autorice en un plazo de dos días hábiles la continuación de las tareas relacionadas con transporte, alojamiento, alimentos, sitio de reunión, disposición de equipos, adquisición de materiales y demás propias del certamen a realizar. El CONTRATISTA designará un COORDINADOR en la ciudad sede del evento para que efectúe y ejecute las tareas necesarias para realizarlo. En caso de requerirse la celebración de eventos simultáneos en ciudades diferentes debe previa autorización del MINISTERIO, designar un coordinador adicional para cada ciudad, con cargo a los costos directos. El CONTRATISTA informará al SUPERVISOR el nombre y datos de contacto de su coordinador. El MINISTERIO además del SUPERVISOR, podrá designar un COORDINADOR DEL EVENTO. EL GERENTE DE SERVICIOS del CONTRATISTA será el interlocutor con el MINISTERIO, pero igualmente podrán ser interlocutores con el MINISTERIO los COORDINADORES de los eventos para los asuntos pertinentes al mismo, y se tendrá personal de ASISTENCIA OPERATIVA, de acuerdo con las necesidades de cada evento y los costos se cancelarán como costos directos. En caso de requerirse personal adicional al que debe proveer el CONTRATISTA como básico, su pago se hará conforme a la utilización de esta clase de personal en cada evento, junto con la cuenta por costos directos que deba presentar. Este g...
Gestión de Eventos. El CONTRATISTA es el responsable de orientar, planear, organizar y administrar los eventos del Programa y que estos se ajusten a los requerimientos y condiciones establecidas por el MEN a través del INTERVENTOR y/o SUPERVISOR , de tal manera que los eventos programados se desarrollen con todos y cada uno de los recursos físicos, logísticos y acompañamientos necesarios garantizando su adecuada y exitosa ejecución. El CONTRATISTA mantendrá informados permanentemente al INTERVENTOR y/o SUPERVISOR del contrato, acerca de los avances y novedades relacionados con la gestión de eventos tales como las convocatorias, sitios de reunión, transporte, alojamiento, alimentación, disposición de equipos, adquisición de materiales y demás propias del evento a realizar. Las actividades técnicas a desarrollar según la clase de evento, conllevan tareas relacionadas con la organización y producción de eventos tales como i) la disponibilidad del personal logístico requerido,
Gestión de Eventos. El proceso de monitoreo se presta a través de herramientas especializadas que capturan los datos y alertas de los parámetros del servicio con el fin de evaluar su disponibilidad, capacidad y desempeño; y permitir reaccionar proactivamente ante un evento que pueda afectar su normal funcionamiento. El monitoreo y control asegura la disponibilidad de los elementos objeto del servicio y en caso de presentarse un evento permite aplicar los procesos de gestión de incidentes para la recuperación del servi cio en el menor t iempo posible. INTERNEXA suministra como parte del servicio un ecosistema de herramientas de monitoreo que permite un monitoreo en t iempo real. Esta herramienta debe conectarse a cada elemento a monitorear.
Gestión de Eventos. El contratista deberá orientar, planear, organizar y administrar los eventos con base en las instrucciones definidas en la solicitud de servicio. El contratista es el responsable de garantizar que los requerimientos definidos en la solicitud de servicio enviada por el supervisor del contrato o quien este delegue, se desarrollen en total normalidad, con los recursos físicos necesarios, la logística y el acompañamiento para culminar los mismos con éxito. El contratista mantendrá informados permanentemente, al supervisor, acerca de los avances y novedades relacionados con la prestación de los servicios: convocatoria, sitio de reunión, transporte, alojamiento, alimentación y reembolsos entre otros.
Gestión de Eventos. El Operador deberá orientar, planear, organizar y administrar los eventos con base en las instrucciones definidas en la solicitud de servicio y en su experiencia, para ello deberá informar al supervisor dentro de las 24 horas siguientes al recibido de la solicitud de servicio vía correo electrónico, cuáles de los requerimientos relacionados no se ajustan o no son claros para los proveedores. El Operador es el responsable de garantizar que los requerimientos definidos en la solicitud de servicio enviada por el supervisor del contrato o quien este designe, se lleve a cabo en total normalidad, con los recursos físicos y económicos aprobados, la logística y el acompañamiento para culminar los mismos con éxito. El Operador mantendrá informado permanentemente al supervisor del contrato, acerca de los avances, incoherencias y novedades relacionados con la prestación de los servicios: convocatoria, sitio de reunión, transporte, alojamiento y alimentación entre otros.
Gestión de Eventos. El contratista deberá planear, organizar, administrar y ejecutar por demanda todos los eventos, a nivel nacional o internacional, de acuerdo con la solicitud que la Entidad emita a través del Supervisor del Contrato, en la cual se incluirá, la información de contacto, la ciudad donde se realizará el evento, la programación del mismo con fechas, cantidad de asistentes, servicios que se requieren por ejemplo alimentación y transporte, agenda, precisiones y detalles sobre los servicios logísticos necesarios y demás datos y aspectos que considere relevantes para una debida organización y ejecución del evento. Para la realización de cualquier evento, la Entidad, además del Supervisor, podrá designar un coordinador o encargado del Evento. Por su parte, el contratista deberá designar dos (2) Ejecutivos de cuenta durante toda la ejecución del contrato quienes serán las personas de contacto directo y permanente con la Agencia para la planeación, organización, ejecución y evaluación de los eventos. Durante la realización del evento, el personal del contratista debe estar uniformado adecuadamente para la clase de evento que se desarrolle, e identificado de forma tal que los asistentes puedan ubicarlos fácilmente para obtener información oportuna y precisa.
Gestión de Eventos. El regulador permitirá el seguimiento de su funcionamiento tanto si está comunicando con el sistema de control como si no lo hace. Para ello comunicará los eventos que detecte al sistema de control cuando tenga comunicaciones y en todo caso los guardará en su memoria local permanente. El regulador realizará una gestión de los eventos que se produzcan en su funcionamiento tales como cambios en el estado de funcionamiento y la activación o desactivación de alarmas. Los eventos podrán ser de dos tipos: • Eventos con inicio y final. • Eventos Puntuales. De los primeros se almacenará el tipo de evento y los instantes de inicio y de final. De los segundos se almacenará cada vez que se produce el evento su tipo e instante en que se produce. El registro y el envío de eventos será configurable en el regulador. Los eventos serán enviados al Sistema de Control al ser detectados. El envío incluirá el tipo de evento, el instante en que se ha producido y cuando sea necesario unos datos de ampliación de la información. Existirá una orden de consulta del histórico de eventos almacenados en el regulador. El regulador deberá ser capaz de proporcionar las alarmas de funcionamiento y operaciones.
Gestión de Eventos. El centro de servicios parametrizará la Plataforma Software de Territorio Inteligente para una correcta detección de eventos, el análisis de éstos, así como la determinación de las acciones más apropiadas de acuerdo al sistema de gestión que se defina en las infraestructuras y servicios objeto del presente contrato.
Gestión de Eventos. El proceso de monitoreo se presta en horario 7X24 y busca la captura a través de herramientas especializadas, los datos y alertas de los parámetros del servicio, con el fin de evaluar su disponibilidad y desempeño, y permitir reaccionar reactiva y proactivamente ante un evento que pueda afectar su normal funcionamiento. El monitoreo y control asegura la disponibilidad de los elementos objeto del servicio y en caso de presentarse un evento permite aplicar los procesos de gestión de incidentes para la recuperación del servicio en el menor tiempo posible. INTERNEXA suministra como parte del servicio una herramienta de monitoreo que permite un monitoreo en tiempo real. Esta herramienta debe conectarse a cada elemento a monitorear de manera remota vía VPN (site2site y/o client2site) a través de un agente local instalado en cada servidor virtual, base de datos o aplicación a monitorear. Opcionalmente puede realizar esta conexión vía directa mediante sondas locales adicionales no incluidas en el producto las cuales están ubicadas en el datacenter de INTERNEXA. La operación de estas sondas son responsabilidad de INTERNEXA como parte del servicio. El servicio se ofrece en horario 7x24. Las herramientas se encuentran implementadas en el centro de gestión de INTERNEXA. El CONTRATANTE debe permitir la instalación del agente local en cada servidor virtual, base de datos o aplicación a monitorear Gestión de Incidentes. Gestión de las interrupciones no planificadas o disminución de la calidad de los servicios. Se realiza en horario 5 X8. Para incidentes críticos o de máxima urgencia y máximo impacto, serán tipificadas como fallas de prioridad máxima o prioridad uno (P 1 ) y serán atendidas en horario 7X 24 mediante el personal en Standby o disponible. Incluye la definición de los procedimientos, reglas de clasificación de incidentes, la identificación de la matriz de escalamiento, la definición del tiempo estimado de solución de incidentes y la definición de informes. Cubre tareas como: • Detección de incidentes • Registro de incidentes • Clasificación de incidentes • Priorización de incidentes • Investigación y diagnóstico de incidentes • Solución provisional de incidentes • Resolución de incidentes • Escalamiento de incidentes • Documentación de incidentes • Cierre de incidentes Gestión de Problemas. Gestión proactiva y reactiva de las causas raíces a incidentes repetitivos o de gran impacto sobre los servicios del Data center y determinar acciones que eviten su repeti...

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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS 4.11.1.1 Oferta técnica: Formulario de Oferta, que comprenderá: La Carta de Presentación y Compromiso (Formulario No.1) y la Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios establecidos en el Formulario de Oferta (Formulario No.2.). • Cotizar todos y cada uno de los rubros señalados en el Formulario No.2 de los Pliegos. • No podrá variar las cantidades y unidades establecidas. • Los precios no deberán incluir el Impuesto al Valor Agregado IVA, y serán los vigentes 30 días antes de la fecha de presentación de la oferta. • Completar los Datos del oferente, en caso de ser persona jurídica, consorcio o asociación deben anexar obligatoriamente el certificado de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías, copia del RUC y RUP, copia del nombramiento del representante legal, cédula de identidad y certificado de votación actualizado. (Formulario No.3) • Realizar los análisis de precios unitarios de cada uno de los rubros (Formulario No.4). • Presentar los documentos que acrediten la situación financiera (Formularios No. 5). • Indicar la lista de equipo asignado al proyecto, con la respectiva matrícula actualizada de al menos el equipo mínimo requerido (Formulario No.6). • Elaborar la lista de personal técnico propuesto para el proyecto, adjuntando Hoja de Vida, con las certificaciones sobre experiencia en trabajos similares y copia de títulos profesionales (Formularios Nos. 7 y 8). • Detallar los trabajos similares ejecutados por el Oferente en los últimos (número de años) (la entidad debe determinar de acuerdo con la realidad nacional y el objeto del contrato) (Formularios No. 9). • Indicar el cronograma valorado de trabajos (Formulario No. 10). • Desarrollar la metodología de construcción (Formulario No.11). • Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP No.37-09, Formulario No.12). NOTA: De acuerdo a lo dispuesto en la resolución XXXXX Xx. 000-00 de 5 xx xxxxx de 2009, para efectos de la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, las entidades contratantes únicamente verificarán la habilitación en el Registro Único de Proveedores RUP, que será suficiente para demostrar que el proveedor no consta en el Registro de contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos. Concepto Día Hora Concepto Día Hora

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación provisional. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación provisional cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO Los concesionarios tendrán los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.