Indicaciones Relativas Al Fallo Cláusulas de Ejemplo

Indicaciones Relativas Al Fallo. La fecha de notificación de fallo y la firma de los contratos se efectuarán conforme a lo señalado en el punto
Indicaciones Relativas Al Fallo a) El CENTRO DE INVESTIGACIÓN EN CIENCIAS DE INFORMACIÓN GEOESPACIAL, A.C. (CENTROGEO) emitirá un dictamen técnico y económico el cual será leído previo al fallo, en el que se hará constar una reseña cronológica de los actos del procedimiento de licitación, el análisis de las proposiciones y las razones para admitirlas o desecharlas.
Indicaciones Relativas Al Fallo. El fallo de la Licitación Pública Nacional Consolidada Electrónica se dará a conocer en el sistema CompraNet conforme a lo previsto por los artículos 26 Bis fracción II, 37 y 37 Bis de la LAASSP, estimándose que será el día 26 de febrero de 2016 a las 12:00 horas. Para efectos de notificación, se pondrá a disposición de los licitantes vía sistema CompraNet, el contenido del fallo el mismo día en que se emita, para lo cual se colocará un ejemplar en la puerta principal del domicilio de la convocante, ubicado en Xxxxxxxxxxx, Xx. 000, X.X., Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Ciudad de México, por un término no menor a cinco días hábiles contados a partir del mismo día en que se llevó a cabo la celebración del evento respectivo, siendo de la exclusiva responsabilidad de los licitantes acudir a enterarse de su contenido y obtener copia de la misma. Asimismo, el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita. Este procedimiento sustituye a la notificación personal.
Indicaciones Relativas Al Fallo. LA PROCURADURÍA FEDERAL DE PROTECCIÓN AL AMBIENTE PODRA OPTAR POR OTORGAR EL FALLO DE LA LICITACION, POR ESCRITO O EN JUNTA PUBLICA, DENTRO DE LOS VEINTE DIAS NATURALES SIGUIENTES A LA FECHA DE INICIO DE LA PRIMERA ETAPA, Y PODRA DIFERIRSE, SIEMPRE QUE EL NUEVO PLAZO FIJADO NO EXCEDA DE VEINTE DIAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DEL PLAZO ESTABLECIDO ORIGINALMENTE, DE CONFORMIDAD CON LO SEÑALADO EN EL ARTICULO 35 FRACCION IV Y 37 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, PUDIENDO SER NOTIFICADO POR ESCRITO DENTRO DE LOS 5 DIAS SIGUIENTES A SU EMISIÓN, PLAZO QUE QUEDARA DENTRO DE LOS VEINTE DIAS SEÑALADOS EN EL ARTICULO ANTERIORMENTE SEÑALADO. EL ACTO DE FALLO, SERA PRESIDIDO POR UN SERVIDOR PUBLICO DE LA DIRECCION DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES. EL SERVIDOR PUBLICO QUE PRESIDA EL ACTO, PROCEDERA A PASAR LISTA DE ASISTENCIA A LOS LICITANTES, PRESENTARA A LOS SERVIDORES PUBLICOS QUE INTERVIENEN, DESCRIBIRA ASPECTOS GENERALES Y DECLARARA INICIADO DICHO ACTO. SE DARA LECTURA AL FALLO, Y SE HARA DE SU CONOCIMIENTO OFICIAL A LOS LICITANTES. SE LEERA EL ACTA DEL EVENTO LA CUAL SERA FIRMADA POR LOS SERVIDORES PUBLICOS, ASI COMO POR TODOS LOS LICITANTES, Y SE LES ENTREGARA COPIA DE LA MISMA. LA FALTA DE FIRMA DE ALGUN LICITANTE, NO INVALIDARA EL CONTENIDO Y EFECTOS DEL ACTA. LA PROCURADURIA, PROPORCIONARA POR ESCRITO A LOS LICITANTES, LAS RAZONES POR LAS CUALES SU PROPUESTA NO RESULTO CON ASIGNACION FAVORABLE. CUANDO SE ADVIERTA EN EL FALLO LA EXISTENCIA DE UN ERROR ARITMÉTICO, MECANOGRÁFICO O DE CUALQUIER OTRA NATURALEZA, QUE NO AFECTE EL RESULTADO DE LA EVALUACIÓN REALIZADA POR LA CONVOCANTE, DENTRO DE LOS CINCO DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A SU NOTIFICACIÓN Y SIEMPRE QUE NO SE HAYA FIRMADO EL CONTRATO, EL TITULAR DEL ÁREA RESPONSABLE DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN PROCEDERÁ A SU CORRECCIÓN, CON LA INTERVENCIÓN DE SU SUPERIOR JERÁRQUICO, ACLARANDO O RECTIFICANDO EL MISMO, MEDIANTE EL ACTA ADMINISTRATIVA CORRESPONDIENTE, EN LA QUE SE HARÁN CONSTAR LOS MOTIVOS QUE LO ORIGINARON Y LAS RAZONES QUE SUSTENTAN SU ENMIENDA, HECHO QUE SE NOTIFICARÁ A LOS LICITANTES QUE HUBIERAN PARTICIPADO EN EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN, REMITIENDO COPIA DE LA MISMA AL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL DENTRO DE LOS CINCO DÍAS HÁBILES POSTERIORES A LA FECHA DE SU FIRMA. A LOS LICITANTES QUE NO HAYAN ASISTIDO A LA JUNTA PÚBLICA, SE LES ENVIARÁ POR CORREO ELECTRÓNICO UN AVISO INFORMÁNDOLES QUE EL ACTA DEL FALLO SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN EN COMPRANE...
Indicaciones Relativas Al Fallo. EL FALLO DE ESTA INVITACIÓN SERÁ COMUNICADO EN ACTO PÚBLICO Y EN FORMA ESCRITA A TRAVÉS DEL SISTEMA COMPRANET EN LA FECHA SEÑALADA EN ESTA CONVOCATORIA. CON LA NOTIFICACIÓN DEL FALLO SERÁN EXIGIBLES LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES ESTABLECIDOS EN EL MODELO DE CONTRATO DEL PROCEDIMIENTO Y OBLIGARÁ A LA CONVOCANTE Y AL INVITADO A QUIEN SE HAYA ADJUDICADO, A FIRMAR EL CONTRATO EN LA FECHA, HORA Y LUGAR PREVISTOS EN EL PROPIO FALLO O BIEN EN LA CONVOCATORIA DE LA INVITACIÓN. LA CONVOCANTE, INFORMARÁ A LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA DEL PARTICIPANTE GANADOR QUE NO FIRME EL CONTRATO, POR CAUSAS IMPUTABLES AL MISMO, PARA QUE SE PROCEDA EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 60 DE LA LEY.
Indicaciones Relativas Al Fallo. El fallo de esta invitación será comunicado en acto público y en forma escrita a través del sistema compranet en la fecha señalada en esta convocatoria. Con la notificación del fallo serán exigibles los derechos y obligaciones establecidos en el modelo de contrato del procedimiento y obligará a la convocante y al participante a quien se haya adjudicado, a firmar el contrato en la fecha, hora y lugar previstos en el propio fallo o bien en la convocatoria de la invitación. La convocante, informará a la Secretaría de la Función Pública del participante ganador que no firme el contrato, por causas imputables al mismo, para que se proceda en los términos del Artículo 60 de la Ley.
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  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

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  • DOCUMENTOS Y DATOS QUE DEBEN PRESENTAR LOS LICITANTES Los documentos y datos que deben presentar los licitantes para participar en la presente Invitación se encuentran enlistados en el ANEXO 2 de la presente Convocatoria.

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  • XXXXX 000. Xxxxxxxx

  • MONTO “LAS PARTES” convienen en que el monto por los servicios objeto del presente contrato asciende a la cantidad de $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX), más $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX), del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), siendo un importe total de $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX). Los precios por los servicios materia del presente contrato serán fijos durante la vigencia del mismo y serán los establecidos en la propuesta económica de “EL PROVEEDOR”.

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