Integración del Comité. El Comité se integrará por los titulares de las siguientes áreas:
I. Presidente: Oficialía Mayor;
II. Vocales: los Directores Generales de Recursos Materiales, de Infraestructura Física; de Tecnologías de la Información y, de Presupuesto y Contabilidad, y
III. Invitados permanentes: Los titulares de la Contraloría y la Dirección General de Asuntos Jurídicos, quienes deberán asistir a las sesiones del Comité como asesores, con voz pero sin voto, debiendo pronunciarse de manera razonada en los asuntos que conozca el Comité.
a) Un Secretario Técnico quien intervendrá con voz pero sin voto, dicho cargo será desempeñado por la persona que designe el Oficial Mayor y dependerá directamente de este último, y
b) Los titulares de la Unidad Técnica que corresponda, los que asistirán con voz pero sin voto y asesorarán respecto de aquellas contrataciones que por sus características especiales requieran de conocimientos técnicos.
Integración del Comité. El Comité se integrará por los titulares de las siguientes áreas:
I. Presidente: Oficialía Mayor;
II. Vocales: los Directores Generales de Recursos Materiales, de Infraestructura Física; de Tecnologías de la Información y, de Presupuesto y Contabilidad, y
III. Invitados permanentes: Los titulares de la Contraloría y la Dirección General de Asuntos Jurídicos, quienes deberán asistir a las sesiones del Comité como asesores, con voz pero sin voto, debiendo pronunciarse de manera razonada en los asuntos que conozca el Comité. Los integrantes del Comité participarán con voz y deberán emitir su voto en cada uno de los asuntos que se sometan a su consideración. Los integrantes del Comité con derecho a voz y voto, así como los asesores del mismo, podrán designar por escrito a sus respectivos suplentes, los que no deberán tener un nivel jerárquico inferior a director de área. Además, acudirán con voz pero sin voto, el titular de la Unidad solicitante, cuando se analicen asuntos relacionados con las áreas a su cargo, además de las personas cuya intervención consideren necesaria el Presidente y/o Secretario Técnico del Comité, para aclarar aspectos técnicos, administrativos o de cualquier naturaleza relacionados con el bien a adquirir o servicio a contratar y relacionados con los asuntos sometidos a la consideración del Comité. El Comité se auxiliará de:
a) Un Secretario Técnico quien intervendrá con voz pero sin voto, dicho cargo será desempeñado por la persona que designe el Oficial Mayor y dependerá directamente de este último, y
b) Los titulares de la Unidad Técnica que corresponda, los que asistirán con voz pero sin voto y asesorarán respecto de aquellas contrataciones que por sus características especiales requieran de conocimientos técnicos.
Integración del Comité. TÉCNICO21.- De conformidad con lo dispuesto por el artículo 80 de la LEY DE INSTITUCIONES (incorporar, en su caso, cualquier otra disposición aplicable a la integración del Comité Técnico), la FIDEICOMITENTE constituye en este acto un Comité Técnico que estará integrado de la siguiente forma22:
a) y
Integración del Comité. 1. El Comité será integrado por:
I. El Presidente de la Comisión, que fungirá como Presidente del Comité;
II. El Secretario, quien fungirá como Secretario del Comité;
III. El Director de Administración, quien fungirá como vocal;
IV. El Titular del Departamento de Recursos Materiales de la Dirección, quien fungirá como vocal; y
V. El titular del Departamento de Recursos Financieros de la Dirección, quien fungirá como vocal.
2. Todos los integrantes del Comité tendrán derecho a voz y voto exceptuando el Titular del Departamento de Recursos Materiales de la Dirección (vocal), y el Titular del Departamento de Recursos Financieros de la Dirección (Vocal).
3. El área requirente a través de su respectivo titular, cuando no sea alguna de las que integran al Comité, participará en las sesiones concernientes a su respectiva solicitud en todos los casos, teniendo únicamente el derecho a voz dentro de las propias sesiones.
4. El titular de la Dirección Jurídica y el titular de la Contraloría General participarán como asesores del Comité, teniendo voz dentro de las deliberaciones del Comité.
Integración del Comité. El Comité de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamiento y Contratación de Servicios se integrará de la siguiente manera:
Integración del Comité. TÉCNICO17.- De conformidad con lo dispuesto por el artículo 80 de la LEY DE INSTITUCIONES, la FIDEICOMITENTE constituye en este acto un Comité Técnico que estará integrado de la siguiente forma: INDICAR A LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE INTEGRARÁN EL COMITÉ TÉCNICO, UN REPRESENTANTE DE LA UNIDAD RESPONSABLE PRESIDIRÁ EL MISMO, SALVO DISPOSICIÓN EN CONTRARIO … , y … . Los miembros del Comité Técnico contarán con voz y voto y deberán tener un nivel jerárquico no inferior al de (indicar) o su equivalente. Los propietarios designarán a sus suplentes, quienes no deberán tener un nivel jerárquico inferior al de (indicar) o su equivalente. PARA EL CASO DE QUE HAYA MIEMBROS EN EL COMITÉ TÉCNICO QUE NO SEAN SERVIDORES PÚBLICOS, DEBERÁ SEÑALARSE LO RELATIVO A SU SUPLENCIA El Comité Técnico designará a un Secretario _______, el cual no será miembro de éste, quien concurrirá a las sesiones del mismo con voz pero sin voto, y estará encargado de la elaboración de las actas y de hacer llegar al/a la FIDUCIARIO (A) las instrucciones que emita dicho cuerpo colegiado. En caso de ausencia del Secretario, el/la (establecer quien podrá designar al suplente del Secretario, pudiendo designarlo el propio Comité Técnico) podrá designar un suplente en la sesión correspondiente. El/la FIDUCIARIO (A) tendrá un representante permanente en las sesiones del Comité Técnico, quien tendrá voz pero no voto. El representante del/la FIDUCIARIO (A) podrá designar un suplente. Asimismo se podrá invitar a un representante de la Secretaría de la Función Pública, en adelante la “SFP”. OPCIONAL Podrá invitarse a participar en las sesiones del Comité Técnico con voz pero sin voto a representantes de otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como a cualquier persona física o moral, que cuenten con reconocido prestigio y amplios conocimientos en las materias relacionadas con los fines del FIDEICOMISO. Los cargos que desempeñen los miembros del Comité Técnico sean o no servidores públicos, así como el de Secretario (y la participación que en su caso tengan los invitados), son de carácter honorífico, por lo que no dan derecho a retribución alguna.
Integración del Comité. El Comité Asesor de Contratación estará integrado así:
1. Secretario General
2. Director de la Unidad de Gestión Integral
3. Gerente de Aseguramiento Corporativo
4. Gerente Jurídico Corporativo Adicionalmente podrán participar en las reuniones como invitados:
1. Director, Gerente o Jefe de la dependencia que tiene la necesidad de contratación.
2. Los abogados del Área de Asuntos Legales y Contratación.
3. Las personas de la unidad o área que requiere la contratación.
4. Las personas que sean las encargadas de evaluar o verificar el cumplimiento de requisitos de las ofertas que se presenten en los procesos de selección.
Integración del Comité. El Comité de Adquisiciones se integrará con los miembros siguientes:
Integración del Comité. El Comité se integrará por los titulares de las siguientes áreas:
I. Oficialía Mayor;
II. Secretaría de Servicios; y
III. Secretaría de Asuntos Jurídicos.
a) Un Secretario Técnico quien intervendrá con voz pero sin voto, dicho cargo será desempeñado por la persona que designe el Oficial Mayor y dependerá directamente de este último; y
b) Los titulares de la Unidad Técnica que corresponda, los que asistirán con voz pero sin voto y asesorarán respecto de aquellas contrataciones que por sus características especiales requieran de conocimientos técnicos.
Integración del Comité. El Comité estará conformado por: