JUBILACION PARCIAL Cláusulas de Ejemplo

JUBILACION PARCIAL. A petición del trabajador, y previo aviso con una antelación de al menos un año para los grupos profesionales 1 a 3, una antelación de seis meses para los grupos 4 y 5 y una antelación de tres meses para los grupos 6 y 7, el trabajador tendrá derecho a que la empresa le sustituya mediante un contrato de relevo, una vez alcanzada la edad que establece la normativa vigente.
JUBILACION PARCIAL. A petición deI trabajador, y previo aviso con una anteIación de aI menos un año para Ios grupos profesionaIes 1 a 3, una anteIación de seis meses para Ios grupos 4 y 5 y una anteIación de tres meses para Ios grupos 6 y 7, eI trabajador tendrá derecho a que Ia empresa Ie sustituya mediante un contrato de reIevo, una vez aIcanzada Ia edad que estabIece Ia normativa vigente. CVE-2014-5308 AqueIIos trabajadores que deseen optar a Ia jubiIación parciaI en eI transcurso deI año inmediatamente posterior a Ia firma deI convenio estarán obIigados a comunicarIo a Ia empresa antes deI 1 de Enero de 2014. Este artícuIo entrará en vigor a partir deI 1 de enero de 2014, manteniendo su vigencia Ia reguIación deI Convenio CoIectivo de SiderometaIurgia de Cantabria 2009 a 2012 en Io que respecta a esta materia por eI período 1 de enero de 2013 a 31 de diciembre de 2013.
JUBILACION PARCIAL. El trabajador de la plantilla del Instituto Municipal de Deportes, una vez cumplido los 60 años y que reúna las condiciones exigi- das para tener derecho a una pensión contributiva de jubilación de la Seguridad Social, podrá acceder a la jubilación parcial, con- certando previamente con la empresa un contrato a tiempo par- cial en razón de reducción de jornada de trabajo y salario que ha- brá de estar conforme con la normativa vigente. Respecto a la totalidad del procedimiento, derechos y obligacio- nes, se estará a lo que dispone la normativa vigente, debiendo participar los representantes de los trabajadores en cuantos ac- tos se lleven a cabo para el cumplimiento del presente artículo. Para sustituir la jornada de trabajo dejada vacante por el traba- jador que accede a la jubilación parcial, el IMDECO efectuará un contrato de duración determinada, que se tratará en la Comisión de Contratación. La duración del contrato será igual al tiempo que falte al traba- jador sustituido para alcanzar la edad de 65 años. La duración de la jornada será como mínimo igual a la reduc- ción de jornada acordada por el trabajador sustituido .
JUBILACION PARCIAL. CVE-2020-1856 Cuando un trabajador se jubila parcialmente se podrá cubrir con un trabajador de la empresa y simultáneamente se contratará un trabajador desempleado con el fin de cubrir la vacante que se produce en la categoría del trabajador que ha promocionado o ascendido.
JUBILACION PARCIAL. La empresa facilitará el acceso a la jubilación parcial de todos los trabajadores. El acceso a la jubilación parcial se hará en los términos y con los requisitos fijados por la Seguridad Social a la fecha de la firma de este convenio colectivo. Al tiempo de firmarse este convenio la reducción de jornada está comprendida entre un mínimo del 25% y un máximo del 50%, o del 75%. Cualquier cambio legislativo sobre esta materia que modifique los presupuestos y requisitos existentes a la firma de este convenio precisará para ser aplicado el acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores. PERSONAL OBRERO SALARIO BASE PLUS TRANS. PLUS 2 TURNOS PLUS 5 TURNOS PEON 41,93 0,53 1,74 19,26 XXXX ESPECIALISTA 43,19 0,55 1,76 19,26 MOZO ALMACEN 43,19 0,55 1,76 19,26 OFICIAL 1ª A 44,81 0,57 1,81 19,26 OFICIAL 1ª 44,32 0,56 1,80 19,26 OFICIAL 2ª 43,79 0,55 1,79 19,26 OFICIAL 3ª 43,38 0,55 1,76 19,26
JUBILACION PARCIAL. A petición del trabajador, y previo aviso con una antelación de al me- nos un año para los grupos profesionales 1 a 3, una antelación de seis meses para los grupos 4 y 5 y una antelación de tres meses para los grupos 6 y 7, el trabajador tendrá derecho a que la empresa le sustituya mediante un contrato de relevo, una vez alcanzada la edad que estable- ce la normativa vigente. Aquellos trabajadores que deseen optar a la jubilación parcial en el transcurso del año inmediatamente posterior a la firma del convenio estarán obligados a comunicarlo a la empresa antes del 1 de Enero de 2014.‌‌ Este artículo entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2014, mantenien- do su vigencia la regulación del Convenio Colectivo de Siderometalurgia de Cantabria 2009 a 2012 en lo que respecta a esta materia por el perío- do 1 de enero de 2013 a 31 de diciembre de 2013.
JUBILACION PARCIAL. Por acuerdo expreso entre los firmantes de este Convenio se pacta el que cualquier trabajador, de forma voluntaria para el operario y obligacional para la empresa, pueda acceder a esta modalidad de jubilación parcial con contrato de relevo, en las condiciones que la ley establezca a la fecha de la firma de este Convenio.
JUBILACION PARCIAL. Qué tiene que hacer una empresa cuando finaliza la relación laboral de una persona con contrato de relevo, sin haber concluido el tiempo determinado en el contrato?
JUBILACION PARCIAL. Los empleados/as públicos laborales que al menos, lleven dos años seguidos trabajando en este Ayuntamiento, que cumplan la edad establecida en la normativa para el acceso a la jubilación parcial y reúnan las condiciones generales exigidas para causar derecho a la pensión contributiva de jubilación, podrán acogerse a la jubilación parcial, en la forma y condiciones previstas en el art. 12.6 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores y legislación concordante, y en las condiciones y estipulaciones previstas en este anexo. No será compatible la jubilación parcial con la jubilación anticipada, y viceversa.

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  • PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO El servicio se ejecutará en un plazo máximo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir del día siguiente de la notificación al proveedor con la Orden de Servicio o hasta que cese la necesidad del área usuaria derivada del objeto de la contratación.

  • Obligaciones del Ayuntamiento Serán obligaciones del arrendador: — El Ayuntamiento deberá realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar el inmueble en las condiciones de utilización para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1563 y 1564 del Código Civil. — En cuanto a obras de conservación y mejora, se estará a lo dispuesto en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.

  • DIRIGIDO AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN CORRESPONDIENTE ANEXO VII

  • OBLIGACIONES DEL USUARIO Además de las obligaciones contenidas en estas Condiciones Generales de Uso, el Usuario se obliga a lo siguiente: - Usar diligentemente el nombre de Usuario y las contraseñas personales asignadas al Usuario, en caso de haberlas. El nombre de Usuario y la contraseña que se asignen a cada Usuario con el fin de acceder a los Sitios Web, o a los Servicios y Materiales, son de carácter confidencial y personal. El uso de este nombre y contraseña está restringido exclusivamente al Usuario a quien este nombre o contraseña son asignados. El Usuario es responsable de todos los daños y perjuicios, de cualquier naturaleza, que se ocasionen como consecuencia de la utilización de su nombre de Usuario o contraseña, por parte de un tercero, y que se deriven de la pérdida de los mismos o de la negligencia del Usuario. - Seguir las instrucciones impartidas sobre los Sitios Web. Para propender el correcto funcionamiento de los Sitios Web y el adecuado acceso y uso de los Servicios y Materiales ofrecidos en ellos, la Empresa, en su caso, podrá en cualquier tiempo dirigir instrucciones a los Usuarios. Las instrucciones podrán ser dirigidas vía correo electrónico o bien podrán estar estipuladas directamente en las páginas respectivas. El Usuario se compromete a mantenerse informado respecto de estas instrucciones y a cumplirlas diligentemente. - Usar los Sitios Web y los Servicios y Materiales, en forma correcta y lícita. El Usuario deberá usar los Servicios y los Materiales ofrecidos en conformidad a la ley, a las Condiciones Generales y Particulares de Uso y respetando la moral, las buenas costumbres y el orden público. El Usuario se abstendrá de usar los Sitios Web, los Servicios y los Materiales en cualquier forma que pueda lesionar los derechos e intereses de la Empresa, de otros Usuarios o de terceros, o que pueda dañar, inutilizar, sobrecargar, deteriorar o afectar de cualquier otro modo los Sitios Web, los Servicios o los Materiales o el uso de cualquiera de éstos por parte de los Usuarios. - Acceder u obtener Materiales por los procedimientos específicamente establecidos en las páginas web que contienen estos Materiales, y, de no haberse establecido un procedimiento, utilizando procedimientos lícitos y generalmente aceptados en Internet. En caso alguno podrá el Usuario acceder u obtener Materiales mediante formas que impliquen la creación de un riesgo o puedan acarrear daños o perjuicios a los Sitios Web, los Servicios o los Materiales. - No suprimir o alterar de modo que se haga menos visible, la mención o noticia de copyright o propiedad intelectual o cualquier otro dato que identifique a los titulares de los derechos sobre los Materiales, así como los demás mecanismos de protección, identificación u otros equivalentes, referidos a los Materiales. - No utilizar los Materiales para fines de venta, publicidad, propaganda u otros fines de naturaleza comercial. - No recoger, recopilar, descargar, copiar o proporcionar a terceros directorios de Usuarios ni ninguna información acerca de otros Usuarios, incluidas sus direcciones de correo electrónico. - No cargar, enviar por email o transmitir por cualquier otra forma ningún Material ni información que contenga virus de software o archivos o programas diseñados para interrumpir, destruir o limitar la funcionalidad de cualquier software computacional o hardware o equipo de telecomunicación asociados con los Sitios Web.

  • PLAZO DE EJECUCION El plazo de ejecución del Proyecto “MEJORAMIENTO XXXXX 0 XXXXX 0XX XXXXXXX XXXX 0 XXXXXX”, xx de CUATRO (04) MESES, las cuales deberán computarse a partir de la suscripción del ACTA DE INICIO. “EL CONTRATISTA” se obliga a iniciar los trabajos dentro del plazo xx XXXX (10) DIAS contados a partir de la entrega del anticipo por parte de “LA MUNICIPALIDAD. Si “EL CONTRATISTA” no inicia la obra e invierte el anticipo recibido dentro de los términos contractuales, pagará el interés legal (tasa activa), sobre el anticipo recibido, a favor de “LA MUNICIPALIDAD”. El atraso de “EL CONTRATISTA” en la entrega de la obra por causas imputadas a él, será sancionado con el pago de una multa por cada día de atraso, equivalente al cero punto cinco por millar (0.5 o/oo) del valor total del contrato. “LA MUNICIPALIDAD” no reconocerá ninguna prórroga del plazo para la terminación de la obra, excepto en los casos siguientes: a) por caso fortuito o causa de fuerza mayor o por cualquier otra causa no imputable a “EL CONTRATISTA”, debiendo éste solicitar dentro del plazo xx xxxx (10) días de ocurrido el hecho, por escrito al supervisor o su equivalente, indicando las implicaciones en la ejecución del contrato, la suscripción del acta correspondiente. Desaparecidas las causas que motivaron a “EL CONTRATISTA” la suspensión de los trabajos, éste lo hará del conocimiento del supervisor o su equivalente para que se levante nueva acta, en la que se hará constar la prórroga a que tiene derecho “EL CONTRATISTA”, indicando el número de días autorizados y nueva fecha de terminación del plazo de ejecución, b) Cuando “LA MUNICIPALIDAD” ordene la ejecución de cantidades de trabajo adicionales, en el documento que se emita se hará constar la prórroga al plazo contractual. Igual procedimiento se seguirá cuando se ordenen cambios de diseño que afecten el desarrollo normal de los trabajos, c) Cuando se ordene la suspensión temporal de los trabajos, por causas no imputables al contratista, debiendo levantar acta al inicio y al final de dicha suspensión. En el acta en la que se haga constar la finalización de la suspensión de los trabajos, se consignará la prórroga al plazo contractual y, d) Cuando por cualquier otra causa no imputable al contratista se afecte el desarrollo normal de los trabajos, éste hará la solicitud de prorroga a la supervisión, exponiendo los motivos que la justifican. La autoridad administrativa superior de “LA MUNICIPALIDAD” resolverá si ha lugar o no lo solicitado.----------

  • Obligaciones de los trabajadores El trabajador está obligado a observar en su trabajo las medidas legales y reglamentarias de seguridad e higiene. Hay que entender que también quedan comprendidas las medidas acordadas en Convenio Colectivo. Cada trabajador debe velar por su propia seguridad y salud en el trabajo y por la de aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional. En particular, los trabajadores, con arreglo a su formación y siguiendo las instrucciones del empresario, están obligados a: 1. Usar adecuadamente, de acuerdo con su naturaleza y los riesgos previsibles, las máquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos de transporte y, en general, cualesquiera otros medios con los que desarrollen su actividad. 2. Utilizar correctamente los medios y equipos de protección facilitados por el empresario, de acuerdo con las instrucciones recibidas de éste. 3. Utilizar correctamente los dispositivos de seguridad. 4. Informar de inmediato a su superior jerárquico directo, y a los trabajadores designados para realizar actividades de protección y de prevención o, en su caso, al Servicio de Prevención, sobre cualquier situación que a su juicio, entrañe, por motivos razonables, un riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores. 5. Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la Autoridad Laboral competente con el fin de proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo. 6. Xxxxxxxx con el empresario para que éste pueda garantizar unas condiciones seguras de trabajo.

  • Obligaciones relativas a la gestión de permisos, licencias y autorizaciones El contratista estará obligado, salvo que el órgano de contratación decida gestionarlo por sí mismo y así se lo haga saber de forma expresa, a gestionar los permisos, licencias y autorizaciones establecidas en las ordenanzas municipales y en las normas de cualquier otro organismo público o privado que sean necesarias para el inicio, ejecución y entrega del suministro, solicitando de la Administración los documentos que para ello sean necesarios.

  • OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD “LA ENTIDAD” se obliga y compromete a:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.