Firma del Convenio Cláusulas de Ejemplo

Firma del Convenio. La firma de un Convenio por una Parte constituirá la expresión de su consentimiento de quedar obligada por el mismo, con sujeción únicamente a la ratificación o autorización exigida por norma de derecho interno de importancia fundamental, que deberá haberse comunicado a la otra Parte por escrito antes de la firma.
Firma del Convenio. 30.1 Inmediatamente después de la notificación de selección, los Oferentes seleccionados tendrán un plazo de treinta (30) días calendario siguiente a la notificación de la selección para firmar el Convenio. La ONCAE procederá a la activación de la oferta en el Catálogo Electrónico de cada proveedor seleccionado que haya cumplido con la acreditación de la solvencia emitida por la Procuraduría General de la República (PGR), Servicio de Administración xx Xxxxxx (SAR) e Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), y que haya suscrito el Convenio Marco.
Firma del Convenio. Dada la situación excepcional de Estado de Alarma que concurre a la fecha de firma de este convenio, las partes declaran expresamente que aceptan el sistema de perfección y firma de este convenio, por persona con poderes suficientes, a través de la herramienta PDF y por lo tanto, el presente convenio de colaboración así firmado produce plenos efectos entre las partes.
Firma del Convenio. La firma de un Convenio por una parte constituirá la expresión de su consentimiento de quedar obligada por el mismo, con sujeción únicamente a la ratificación o autorización exigida por norma de derecho interno de importancia fundamental, que deberá haberse comunicado a la otra parte por escrito antes de la firma. Diciembre de 2018 Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola Xxx Xxxxx xx Dono, 44 00142 Roma (Italia) Tel: (+00) 00 00000 Fax: (+00) 00 0000000
Firma del Convenio. La firma de un Convenio por una parte constituirá la expresión de su consentimiento de quedar obligada por el mismo, con sujeción únicamente a la ratificación o autorización exigida por norma de derecho interno de importancia fundamental, que deberá haberse comunicado a la otra parte por escrito antes de la firma.” “00 xx xxxxx xx 0000 Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxxx Asunción Referencia: Préstamo 2000000643 y Donación ASAP 2000001397 - Enmienda al Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx xxxxx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxxx y el FIDA Refiriéndonos al Convenio de Financiación citado en la referencia para la financiación del Proyecto “Mejoramiento de la Agricultura Familiar Campesina e Indígena en Departamentos de la Región Oriental del Paraguay (PROMAFI)”, firmado en Washington D.C., Estados Unidos de América el 6 de octubre de 2016. Xxxxxxxxxxxxx a la solicitud de enmienda del Ministro de Hacienda de fecha 18 xx xxxx de 2017. Habiendo sido aprobados por el FIDA los cambios solicitados mediante dicha solicitud. Adoptar las enmiendas cuyo texto figura en la presente carta. Por lo tanto, con base a lo anteriormente expuesto, el Convenio de Financiación se modifica del siguiente modo: “A. Anexo 1
Firma del Convenio a) Todo gobierno en cuyo nombre se firme el presente Convenio entregará para su depósito al Gobierno de los Estados Unidos de América un instrumento en el que hará constar que ha aceptado este Convenio de acuerdo con sus propias leyes y que ha tomado las medidas necesarias para cumplir con todas las obligaciones contraídas a tenor del mismo.
Firma del Convenio. Una vez hayan sido realizados los trámites anteriores, se procederá a la firma del convenio. EGMASA Y EL EMPRESARIO COLABORADOR procederán a formalizar el convenio dentro de los 15 días siguientes a la fecha de notificación de la adjudicación, siempre y cuando EGMASA haya recibido la documentación exigida en el punto anterior. En caso de incumplimiento del plazo señalado sin que se haya recibido toda la documentación correspondiente del licitador seleccionado, EGMASA se reserva la facultad de resolver la adjudicación a favor del siguiente licitador, concediéndole también un plazo de 10 días para la presentación de la documentación exigida, sin perjuicio de que EGMASA pueda incautar la garantía exigida si por culpa del adjudicatario no se formalizara el convenio dentro del plazo previsto. El Convenio se formalizará en el correspondiente documento contractual y en su caso, en Escritura Pública, si así lo estima conveniente, al menos una de las partes, siendo a cargo y de cuenta del que lo exija, todos los gastos derivados del otorgamiento de la misma. La parte que la obtenga se compromete a facilitar a la otra una copia autorizada de la correspondiente escritura. Simultáneamente con la firma del convenio, deberán ser firmados por el EMPRESARIO COLABORADOR el Pliego de Condiciones Generales, y el Pliego de Condiciones Particulares, así como la propuesta por él presentada. Al mismo tiempo corresponde la firma del Acta de entrega del equipamiento, en la que se hará constar la conformidad con el inventario de EGMASA, y se procederá a la entrega de copia de llaves necesarias para la gestión de los servicios , se entregará la licencia de apertura para su exposición al público (en caso de no estar ubicada ya en el equipamiento) o documentación acreditativa, salvo que corresponda tramitarla al EMPRESARIO COLABORADOR, y se procederá a la entrega de los modelos de informes mensuales y/o trimestrales sobre aspectos relacionados con los servicios, modelo de memoria anual técnica-económica sobre aspectos relacionados con aquellos y protocolo de entrega y seguimiento de los servicios a prestar. No se podrá comenzar la prestación del servicio sin la previa formalización del acuerdo de colaboración.

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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS 4.11.1.1 Oferta técnica: Formulario de Oferta, que comprenderá: La Carta de Presentación y Compromiso (Formulario No.1) y la Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios establecidos en el Formulario de Oferta (Formulario No.2.). • Cotizar todos y cada uno de los rubros señalados en el Formulario No.2 de los Pliegos. • No podrá variar las cantidades y unidades establecidas. • Los precios no deberán incluir el Impuesto al Valor Agregado IVA, y serán los vigentes 30 días antes de la fecha de presentación de la oferta. • Completar los Datos del oferente, en caso de ser persona jurídica, consorcio o asociación deben anexar obligatoriamente el certificado de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías, copia del RUC y RUP, copia del nombramiento del representante legal, cédula de identidad y certificado de votación actualizado. (Formulario No.3) • Realizar los análisis de precios unitarios de cada uno de los rubros (Formulario No.4). • Presentar los documentos que acrediten la situación financiera (Formularios No. 5). • Indicar la lista de equipo asignado al proyecto, con la respectiva matrícula actualizada de al menos el equipo mínimo requerido (Formulario No.6). • Elaborar la lista de personal técnico propuesto para el proyecto, adjuntando Hoja de Vida, con las certificaciones sobre experiencia en trabajos similares y copia de títulos profesionales (Formularios Nos. 7 y 8). • Detallar los trabajos similares ejecutados por el Oferente en los últimos (número de años) (la entidad debe determinar de acuerdo con la realidad nacional y el objeto del contrato) (Formularios No. 9). • Indicar el cronograma valorado de trabajos (Formulario No. 10). • Desarrollar la metodología de construcción (Formulario No.11). • Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP No.37-09, Formulario No.12). NOTA: De acuerdo a lo dispuesto en la resolución XXXXX Xx. 000-00 de 5 xx xxxxx de 2009, para efectos de la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, las entidades contratantes únicamente verificarán la habilitación en el Registro Único de Proveedores RUP, que será suficiente para demostrar que el proveedor no consta en el Registro de contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos. Concepto Día Hora Concepto Día Hora

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación provisional. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación provisional cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO Los concesionarios tendrán los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.