JURIDICOS Cláusulas de Ejemplo

JURIDICOS. Carta de presentación de la Propuesta. Anexo Garantía de seriedad de la Propuesta. Original del formato de hoja de vida del Departamento Administrativo de la Función Pública para personas jurídicas o naturales, el que aplique. Anexo Acreditar que el proponente cuenta como mínimo dos (2) oficinas en la zona del grupo para el cual presenta oferta o carta de compromiso suscrita por el representante legal mediante la cual se compromete a tomar en arriendo dichas oficinas, que se requerirá previo a la suscripción del acta de inicio. Original del formato de inscripción y conocimiento de proveedores, que aplique, para persona natural o jurídica, junto con la documentación anexa requerida en el mismo. Anexo Original del Certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio o de la entidad que corresponda, con fecha no superior a treinta (30) días calendario. Registro único de proponentes con fecha no superior a treinta (30) días calendario, con cualquiera de los siguientes clasificadores de bienes y servicios: 80 10 16 00 Gerencia de proyectos 72 11 10 00 Servicios de construcción de Construcción de Unidades Unifamiliares Fotocopia de la cédula de ciudadanía del Representante Legal. Autorización para la suscripción del contrato expedida por el órgano social competente, cuando se requiera en razón de la naturaleza o la cuantía del mismo. Certificación expedida por el Representante Legal o por el Revisor Fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos xx xxx, en la cual se deje constancia de que la persona jurídica está al día en los pagos a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello haya lugar. Fotocopia del RUT. Estados financieros certificados o dictaminados a 30 xx xxxxx de 2016. Fotocopia de la tarjeta profesional del Revisor Fiscal (si firma la constancia del pago de los aportes parafiscales). Original de la propuesta económica detallada y debidamente firmada Certificado de Antecedentes Disciplinarios vigente (menor a un 1 mes), del Representante Legal. Certificado de Antecedentes de Responsabilidad Fiscal vigente (con fecha de último corte del Boletín). Certificado judicial de la policía nacional. Formato evaluación de seguridad de la información para proveedores. Anexo Pacto de integridad. Anexo En el caso de los consorcios, Uniones Temporales o promesas de socieda...
JURIDICOS. Carta de presentación de la Propuesta. Anexo Garantía de seriedad de la Propuesta. Original del formato de hoja de vida del Departamento Administrativo de la Función Pública para personas jurídicas o naturales, el que aplique. Anexo Original del formato de inscripción y conocimiento de proveedores, que aplique, para persona natural o jurídica, junto con la documentación anexa requerida en el mismo. Anexo Original del Certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio o de la entidad que corresponda, con fecha no superior a treinta (30) días calendario. El interesado deberá presentar Registro único de Proponentes RUP debidamente actualizado y vigente, y deberá acreditar a través del mismo la clasificación en cualquiera de los siguientes códigos UNSPSC: 93140000 Servicios comunitarios y sociales
JURIDICOS. 4.1.1.1. Registro único de proponentes La información contenida en el RUP debe encontrarse en firme al momento de presentar propuestas, de conformidad con lo establecido en el artículo 221 del Decreto Ley 019 de 2012 y el artículo 2.2.1.1.1.5.6 del Decreto 1082 de 2015, que compiló el artículo 13 del Las actuaciones inscritas en el Registro Único de Proponentes (inscripción, actualización, renovación) quedarán en firme pasados diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de su publicación en el Registro Único Empresarial y Social (RUES), siempre y cuando no se haya interpuesto recurso alguno contra esta actuación.

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  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 156 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) TGLA 227. Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • Operación EL CLIENTE podrá dar instrucciones x XXXXX para la compra o para la venta de valores, las cuales tendrán el carácter de irrevocables y deberán contener todas las características necesarias para la plena identificación de los valores materia de las mismas, telefónica o escrita, o a través de los medios electrónicos, de cómputo o telecomunicación con que cuente BANSI. La celebración de la compraventa de valores se hará a precios xx xxxxxxx y BANSI deberá confirmar a EL CLIENTE la celebración de éstas, en el estado de cuenta que se le envíe. BANSI se reserva el derecho de exigir la confirmación por escrito de todas aquellas instrucciones que EL CLIENTE le haya otorgado por otros medios diversos al escrito. BANSI se reserva el derecho de corroborar la existencia de la orden o instrucción y el solicitar su confirmación por los medios que juzgue convenientes, pudiendo el BANSI dejar en suspenso la ejecución de la instrucción hasta en tanto el CLIENTE no confirme de manera fehaciente la misma. En este supuesto, al no recibir la confirmación del CLIENTE, el BANSI quedará liberado de la obligación de darle cumplimiento y por lo mismo no tendrá responsabilidad alguna derivada de su inejecución por cambios en los precios xxx xxxxxxx, conclusión de los horarios de operación u otros de naturaleza semejante, sino hasta en tanto reciba la confirmación correspondiente. BANSI invariablemente cargará o abonará a la “Cuenta Eje” de EL CLIENTE, los recursos resultantes de dichas operaciones. BANSI se sujetará a las instrucciones de EL CLIENTE. En lo no previsto expresamente: a) BANSI consultará a EL CLIENTE siempre que lo permita la naturaleza del negocio; b) BANSI se encuentra facultado para actuar discrecionalmente, hará lo que la prudencia le dicte, cuidando del negocio como propio. Si BANSI juzga perjudicial para EL CLIENTE la ejecución de las instrucciones, podrá suspender dicha ejecución, comunicándolo a EL CLIENTE lo más rápidamente posible, en espera de nuevas instrucciones o ratificación de las mismas.

  • DOCUMENTOS Y DATOS QUE DEBEN PRESENTAR LOS LICITANTES Los documentos y datos que deben presentar los licitantes para participar en la presente Invitación se encuentran enlistados en el ANEXO 2 de la presente Convocatoria.

  • DATOS DE CONTACTO Unidad Especializada de Atención de Consultas y Reclamaciones de Chubb Seguros México, S.A. (UNE): Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF)

  • XXXXX 000. Xxxxxxxx

  • MONTO “LAS PARTES” convienen en que el monto por los servicios objeto del presente contrato asciende a la cantidad de $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX), más $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX), del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), siendo un importe total de $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX). Los precios por los servicios materia del presente contrato serán fijos durante la vigencia del mismo y serán los establecidos en la propuesta económica de “EL PROVEEDOR”.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.