LEXIS S.A.. Art. 161.- Motivación respecto de la convalidación.- Concluido el término para convalidación de errores, la entidad contratante tiene la obligación de revisar minuciosamente la convalidación efectuada, de modo que la decisión de aceptarla o no se encuentre claramente motivada, la que constará en el informe de evaluación de ofertas.
LEXIS S.A.. Art. 168.A.- Término para la adjudicación.- En los procedimientos de contratación pública, la resolución de adjudicación se emitirá en un término no menor a tres días (3) días, contados a partir de la fecha de emisión de la actuación que pone fin a etapa la calificación de ofertas, puja o negociación, según corresponda. Una vez emitida la resolución de adjudicación, las entidades contratantes deberán publicarla en el portal del SERCOP en el término de un día. Si no se adjudicare el procedimiento en un término máximo de 30 días, contados a partir de la fecha de emisión del acto administrativo que pone fin a la etapa de calificación de ofertas, puja o negociación, según corresponda, la entidad contratante informará de manera fundamentada al SERCOP las razones económicas, técnicas o jurídicas por la cuales no se realizó la adjudicación o la declaratoria de desierto del procedimiento; a efectos de que el SERCOP realice el control respectivo y ejerza las atribuciones que le confiere la Ley. Para proseguir con la adjudicación fuera del término previsto en el presente inciso, la entidad contratante justificará motivadamente en la resolución de adjudicación, la persistencia de la necesidad institucional para continuar con la contratación, y que la oferta a adjudicarse continúa siendo la más favorable técnica y económicamente. En caso de presentarse un reclamo o denuncia ante el SERCOP sobre el proceso de contratación, o si el SERCOP de oficio se encuentra realizando una supervisión o monitoreo, la entidad contratante no podrá adjudicar ni celebrar el contrato hasta que finalice la acción de control. Para la aplicación de esta disposición será necesario que también se haya puesto en conocimiento de la entidad contratante la presentación del reclamo o denuncia por parte del proveedor, o, que se haya notificado el oficio de inicio de la supervisión o monitoreo por parte del SERCOP.
LEXIS S.A.. Art. 184.- Etapas del procedimiento.- Las etapas del procedimiento de Convenio Xxxxx para la selección de proveedores y creación de categorías en el Catálogo Electrónico General, serán las siguientes:
LEXIS S.A.. Art. 195.- Revisión de condiciones mínimas de participación.- Notificada la adjudicación a los proveedores se le concederá el término de cinco (5) días para que presenten las condiciones mínimas de participación previstas en los pliegos del procedimiento. La Comisión Técnica procederá a la revisión y verificación del cumplimiento de los documentos solicitados en el pliego y que constituyan las condiciones mínimas de participación previa a la suscripción del Convenio Marco. En caso de que los proveedores adjudicatarios no presentasen en el término establecido los documentos solicitados en el pliego y que constituyan las condiciones mínimas de participación, o que habiendo presentado los mismos, estos sean incompletos, presenten inconsistencias, simulación o inexactitudes, los proveedores no podrán volver a presentar su oferta para la catalogación en ningún producto perteneciente a la categoría respectiva mientras dure la vigencia de la misma en el Catálogo Electrónico General.
LEXIS S.A.. Art. 207.- Terminación de xxxxxxxx xxxxx.- Los convenios marco terminarán bajo las siguientes causas:
LEXIS S.A.. Art. 210.- Actualización del precio referencial determinado en el Catálogo Electrónico General.- El SERCOP por circunstancias técnicas o económicas debidamente justificadas, podrá actualizar, en cualquier momento durante la vigencia de la categoría respectiva, los precios determinados de los bienes o servicios catalogados, conforme a los estudios y/o metodologías que para el efecto se hayan establecido. El procedimiento a seguir será el mismo determinado en el artículo 209. Las entidades contratantes podrán solicitar la actualización de precios para revisión del Servicio Nacional de Contratación Pública, en cuyo caso remitirán un estudio con el levantamiento de información de acuerdo a las metodologías establecidas para tal efecto.
LEXIS S.A.. Art. 216.- Gran Compra con Puja o Mejor Oferta.- El procedimiento de gran compra con puja o mejor oferta será aplicado para la generación de aquellas órdenes cuyo valor sea mayor al correspondiente a la menor cuantía de bienes y servicios. El sistema invitará a todos los suscriptores del Convenio Marco, que cuenten con la cobertura geográfica. La entidad contratante al momento de generar la respectiva orden de compra deberá seleccionar entre el procedimiento de Gran Compra con Puja o Gran Compra con Mejor Oferta. En caso de una Gran Compra con Puja, los proveedores deberán participar en la puja respectiva que se efectuará dentro de las setenta y dos (72) horas posteriores a la invitación conforme el respectivo cronograma. La postura presentada por los proveedores deberá ser obligatoriamente menor al precio referencial establecido por el SERCOP. En caso de una Gran Compra con Mejor Oferta, los proveedores realizarán una sola postura dentro de las siguientes veinte y cuatro (24) horas, la que obligatoriamente deberá ser inferior al precio referencial establecido por el SERCOP. En ambos casos (Gran Compra con Puja o Gran Compra con Mejor Oferta) el sistema seleccionará automáticamente al proveedor cuya postura sea la de mejor costo. En ambos casos (Gran Compra con Puja o Gran Compra con Mejor Oferta) de no presentarse posturas por parte de los proveedores catalogados, el sistema seleccionará la oferta aleatoriamente al precio referencial establecido por el SERCOP.
LEXIS S.A.. Art. 302.- Informe de la Comisión Técnica.- La Comisión Técnica elaborará el informe de la evaluación de las ofertas, formulando sus observaciones sobre la base del cumplimiento de los pliegos e incluyendo la recomendación expresa de adjudicar el contrato o declararlo desierto, informe que será puesto en consideración de la máxima autoridad o su delegado para la resolución correspondiente.
LEXIS S.A.. Art. 307.1.- Términos mínimos para la entrega de ofertas.- De conformidad al presupuesto referencia! del procedimiento de Cotización, la entidad contratante para establecer la fecha límite de entrega de ofertas observará los términos previstos en la tabla que se detalla a continuación, contados a partir de la fecha límite para contestar respuestas y aclaraciones: Términos mínimos de entrega de ofertas en procedimientos de Cotización Monto: Coeficiente respecto al presupuesto Rango Mínimo exigido Inicial del Estado Desde 0,000002 Hasta 0,000007 No menor a 3 días Mayor a 0,000007 Hasta 0,000015 No menor a 5 días Mayor a 0,000015 Hasta 0,00003 No menor a 5 días
LEXIS S.A.. Art. 84.- Porcentaje de Participación Ecuatoriana Mínimo (Valor Agregado Ecuatoriano en obras).- El resultado de los estudios de Desagregación Tecnológica se expresará como el porcentaje de participación ecuatoriana mínimo en la realización del proyecto, que se entenderá como el umbral de Valor Agregado Ecuatoriano del procedimiento de contratación de obra, condición de obligatorio cumplimiento para los participantes del procedimiento y del contratista durante la ejecución del contrato.