MODALIDAD DE CONTRATACION. POR EL FINANCIAMIENTO.-Con financiación de la entidad
MODALIDAD DE CONTRATACION. Artículo 3°.-. Financiamiento con Recursos Directamente Recaudados de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT.
MODALIDAD DE CONTRATACION. La modalidad de contratación para el/la Consultor/a de línea será Apoyo Nacional a la Producción y Empleo (ANPE) y el método selección y adjudicación será Presupuesto Fijo, a través de la equivalencia del Honorario del Consultor/a con respecto al nivel de la Escala Salarial de la Vicepresidencia del Estado Plurinacional para el cargo al que postula; la convocatoria se publicara en SICOES debiendo el consultor/a presentar la documentación requerida institucionalmente que demuestre su idoneidad y experiencia específica en el cargo.
MODALIDAD DE CONTRATACION. ARTICULO 2º: La presente Contratación se regirá por la modalidad de contratación COMPRA ABIERTA, según lo establecido en el Reglamento Parcial Nº 2 de la Ley Nº 4938 – Anexo I – Decreto Acuerdo Nº 1127/2020, Art. 22º inc. a), Art. 23º y esta modalidad se encuentra regulada específicamente en TITULO VI - MODALIDADES CAPÍTULO I - ORDEN DE COMPRA ABIERTA. Asimismo, en lo pertinente esta contratación se rige por lo establecido en CIRCULAR C.G.P. 09/2020. De acuerdo a esta modalidad de contratación las unidades solicitadas se establecen estimativamente o aproximadamente, con adjudicación a un precio unitario que el adjudicatario debe mantener por el plazo de DURACION DEL CONTRATO (180 DIAS CORRIDOS), de manera tal que la UNIDAD SOLICITANTE realice SOLICITUDES DE PROVISIÓN de acuerdo a sus necesidades hasta el límite de las unidades solicitadas y PLIEG-2021-00118988-CAT-DPCBS#MHP consignadas en ANEXO I del presente Xxxxxx. La no emisión de SOLICITUDES DE PROVISIÓN para algún ítem o varios ítems, durante el lapso de vigencia del contrato, o la emisión de dichas solicitudes por una cantidad inferior a la establecida como máxima en la orden de compra abierta, no generará ninguna responsabilidad para la Administración y no dará lugar a reclamo ni indemnización alguna a favor de los adjudicatarios. Una vez autorizada cada SOLICITUD DE PROVISIÓN su notificación al adjudicatario dará comienzo al plazo para el cumplimiento de la prestación.
MODALIDAD DE CONTRATACION. Contratación Administrativa de Servicios – CAS (Decreto Legislativo N° 1057).
MODALIDAD DE CONTRATACION. La presente Contratación se regirá por la modalidad de contratación “Compra Determinada”, según lo establecido en los artículos 22º inc. c) y 25º del Anexo I– Reglamento Parcial Nº2 de la Ley Nº4938– Decreto Acuerdo Nº1127/2020 y sus modificaciones.
MODALIDAD DE CONTRATACION. La modalidad de contratación Calidad propuesta técnica y costo.
MODALIDAD DE CONTRATACION. Art. 5.- REQUISITOS DE ADMISION.- La persona interesada en prestar sus servicios en la Compañía como trabajador, deberá ser mayor de edad y presentará su solicitud de empleo en el formulario diseñado para el efecto. Una vez revisados los documentos que acrediten su formación, experiencia y estado de salud, la compañía pedirá al candidato que se someta a pruebas y procedimientos de selección para determinar su capacidad, experiencia e idoneidad para desarrollar las funciones a las que aspira. La relación laboral se inicia única y exclusivamente con la firma del contrato de trabajo y su registro en el sistema SAITE, por lo que la recepción de solicitudes y copias de los documentos de soporte no implican una obligación de contratación. Ningún funcionario o empleado que tenga personal a su cargo podrá admitir, ni permitirá admisión de trabajador alguno sin la previa subscripción del contrato respectivo y demás requisitos legales exigidos por la empresa, por el Ministerio de Trabajo, el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social y el área de Seguridad y Salud Ocupacional de la empresa. La empresa no reconocerá como colaborador a quien no haya pasado por el proceso completo y será una responsabilidad directa con la persona quien autorizó su ingreso.
MODALIDAD DE CONTRATACION. Conforme lo consagrado en el Manual de Contratación de la E.S.E HSJDP, teniendo en cuenta que el valor del contrato se encuentra dentro del rango correspondiente a: Superior a 280 S.M.M.L.V., la modalidad de selección es CONVOCATORIA PÚBLICA DE MAYOR CUANTÍA, la cual se sujeta al procedimiento previsto en los artículos 23.1. 23.1.1 del Acuerdo 010 de 2014 – Estatuto de Contratación y los artículos 51 al 58 de la Resolución No. 218 de 2014 - Manual de Contratación.
MODALIDAD DE CONTRATACION. El contrato correspondiente se suscribirá en el marco de lo previsto en el artículo 79º del Texto Único Ordenado del Reglamento Interno de la Secretaría General1. Se deja expresa constancia de la inexistencia de vínculo laboral entre el Consultor(a) y la SGCAN, motivo por el cual, nada de lo señalado en estos términos de referencia podrá entenderse como generadora de dicho vínculo. En el contrato correspondiente el Consultor(a) declarará expresamente conocer la naturaleza estrictamente contractual civil de su relación con la SGCAN.