OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR. El “PROVEEDOR” deberá dar esctricto cumplimiento a todas y cada una de las obligaciones y responsabilidades a su cargo establecidas en el presente Contrato y sus Anexos, así como cumplir con todas disposiciones establecidas en las leyes, reglamentos, decretos o cualquier otro instrumento jurídico aplicable. Asimismo, el “PROVEEDOR” se obliga a responder por su cuenta y riesgo, los defectos y vicios ocultos, la responsabilidad objetiva, así como los daños y perjuicios que por cualquier motivo se llegue a causar a la “[SECRETARÍA / ENTIDAD]” o a terceros, en cuyo caso se harán efectivas las garantías que correspondan de acuerdo a lo establecido en este instrumento. El “PROVEEDOR” se obliga a contar con los recursos humanos y materiales que se requieren para el debido cumplimiento del presente Contrato. De igual manera, el “PROVEEDOR” será el único responsable de la calidad, almacenaje, uso, manejo y de cualquier otra maniobra, que con sus equipos e insumos en general, requiera hacer durante para el cumplimiento del presente instrumento, sin tener derecho por ello, a remuneración adicional alguna. El “PROVEEDOR” deberá contar con las autorizaciones o permisos necesarios para la ejecución del objeto del presente Contrato, conforme a las disposiciones legales vigentes y aplicables. En caso de cambio de domicilio del establecido en la Declaración II.5 del presente instrumento, el “PROVEEDOR” deberá informarlo por escrito a la “[SECRETARÍA / ENTIDAD]”, dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes a su acontecimiento. En caso que el “PROVEEDOR” infrinja las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca, será sancionado por la Secretaría de la Contraloría y Transparencia Gubernamental, de conformidad con lo establecido en el “Título Quinto de las Infracciones y Sanciones, Capítulo Único” de la citada Ley.
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Samples: Contrato De Adquisiciones Número, Contrato De Prestación De Servicios, Contrato De Adquisiciones Número /2020, Que Celebran Por Una Parte El
OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR. El “PROVEEDOR” deberá dar esctricto cumplimiento a todas y cada una de las obligaciones y responsabilidades a su cargo establecidas en el presente Contrato y sus Anexos, así como cumplir con todas disposiciones establecidas en las leyes, reglamentos, decretos o cualquier otro instrumento jurídico aplicable. Asimismo, el “PROVEEDOR” se obliga a responder por su cuenta y riesgo, los defectos y vicios ocultos, la responsabilidad objetiva, así como los daños y perjuicios que por cualquier motivo se llegue a causar a la “[SECRETARÍA / ENTIDAD]” o a terceros, en cuyo caso se harán efectivas las garantías que correspondan de acuerdo a lo establecido en este instrumento. El “PROVEEDOR” se obliga a contar con los recursos humanos y materiales que se requieren para el debido cumplimiento del presente Contrato. De igual manera, el “PROVEEDOR” será el único responsable de la calidad, almacenaje, uso, manejo y de cualquier otra maniobra, que con sus equipos e insumos en general, requiera hacer durante para el cumplimiento del presente instrumento, sin tener derecho por ello, a remuneración adicional alguna. El “PROVEEDOR” deberá contar con las autorizaciones o permisos necesarios para la ejecución del objeto del presente Contrato, conforme a las disposiciones legales vigentes y aplicables. En caso de cambio de domicilio del establecido en la Declaración II.5 del presente instrumento, el “PROVEEDOR” deberá informarlo por escrito a la “[SECRETARÍA / ENTIDAD]”, dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes a su acontecimiento. En caso que el “PROVEEDOR” infrinja las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca, será sancionado por la Secretaría de la Contraloría Honestidad, Transparencia y Transparencia GubernamentalFunción Pública, de conformidad con lo establecido en el “Título Quinto de las Infracciones y Sanciones, Capítulo Único” de la citada Ley.
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OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR. 38 Responsabilidades Generales del Proveedor El “PROVEEDOR” Proveedor deberá, con el cuidado y la diligencia debidos, prestar el servicio, ejecutar y terminar los trabajos y subsanar cualquier defecto de los mismos, de acuerdo con las estipulaciones del Contrato. El Proveedor deberá dar esctricto cumplimiento aportar toda la supervisión, mano de obra, materiales, maquinaria y cualquier otra cosa, de naturaleza temporal o permanente, que sean requeridos para dicha prestación, su ejecución, terminación y subsanación de defectos, en la medida en que la necesidad de la aportación de las mismas esté especificada o se deduzca razonablemente del Contrato. Prestará el servicio de tal suerte que resulten completos, encuadrados en las reglas del arte y adecuados a su fin, en la forma establecida en las especificaciones técnicas y demás documentos del contrato, aunque no se mencionen todos los detalles necesarios al efecto. El Contratista será responsable de la correcta interpretación de los distintos documentos técnicos y responderá de los defectos que puedan producirse durante la prestación Deberá comunicar a la Inspección, antes de iniciar el trabajo, cualquier diferencia o error del proyecto que haya comprobado en el curso de la prestación de los Servicios. En el desarrollo de su actividad, el Proveedor deberá ajustarse a todas y cada una las comunicaciones e instrucciones que le impartiere AGUAS SANTAFESINAS S.A. la eventual falta de instrucciones no podrá ser alegada por el Proveedor para justificar actividades desarrolladas según su arbitrio, siendo su obligación, señalar de inmediato cualquier discrepancia entre los documentos contractuales cuando perjudicare y/o imposibilitare la realización del servicio. Previo a la iniciación del servicio, el proveedor deberá coordinar su realización con el personal destacado para tal fin por AGUAS SANTAFESINAS S.A. con el objeto de reducir al máximo posible los inconvenientes que pudieren sobrevenir durante la ejecución de las obligaciones tareas. Toda comunicación escrita que una parte entregue en mano a la otra, deberá ser firmada por esta última como constancia de recepción. Las comunicaciones así firmadas por la parte que las recibe y responsabilidades las intercambiadas entre las partes por medio de telegramas colacionados o cartas documento darán fe de por sí, entre ellas. AGUAS SANTAFESINAS S.A. se reserva el derecho, a su cargo establecidas en el presente Contrato y sus Anexosexclusivo juicio, así como cumplir con todas disposiciones establecidas en las leyes, reglamentos, decretos o cualquier otro instrumento jurídico aplicablede modificar la cantidad de objetivos durante la vigencia del Contrato. Asimismo, el “PROVEEDOR” podrá cambiar la ubicación de los Objetivos pero manteniéndolos siempre dentro del ámbito de las localidades o adyacencias de los contratados. Dichas modificaciones se obliga a responder por su cuenta y riesgo, los defectos y vicios ocultos, la responsabilidad objetiva, así como los daños y perjuicios que por cualquier motivo se llegue a causar deberán informar con una anticipación de 5 días a la “[SECRETARÍA / ENTIDAD]” o a terceros, en cuyo caso se harán efectivas las garantías que correspondan fecha de acuerdo a lo establecido en este instrumentosu aplicación. El “PROVEEDOR” se obliga a contar PROVEEDOR no podrá suspender la prestación del servicio, ni aún parcialmente, con los recursos humanos y materiales el pretexto de que se requieren para el debido cumplimiento del presente Contrato. De igual maneraexisten divergencias pendientes, el “PROVEEDOR” será el único responsable bajo pena de la calidad, almacenaje, uso, manejo y aplicación de cualquier otra maniobra, que con sus equipos e insumos en general, requiera hacer durante para el cumplimiento del presente instrumento, sin tener derecho por ello, a remuneración adicional alguna. El “PROVEEDOR” deberá contar con las autorizaciones o permisos necesarios para la ejecución del objeto del presente Contrato, conforme a las disposiciones legales vigentes y aplicables. En caso de cambio de domicilio del establecido en la Declaración II.5 del presente instrumento, el “PROVEEDOR” deberá informarlo por escrito a la “[SECRETARÍA / ENTIDAD]”, dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes a su acontecimiento. En caso que el “PROVEEDOR” infrinja las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca, será sancionado por la Secretaría de la Contraloría y Transparencia Gubernamental, de conformidad con lo establecido sanciones previstas en el “Título Quinto Artículo 63 de las Infracciones y Sanciones, Capítulo Único” de la citada Leyeste Pliego.
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OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR. El “PROVEEDOR” deberá dar esctricto cumplimiento a todas y cada una de las obligaciones y responsabilidades a su cargo establecidas en el presente Contrato y sus Anexos, así como cumplir con todas disposiciones establecidas en las leyes, reglamentos, decretos o cualquier otro instrumento jurídico aplicable. Asimismo, el “PROVEEDOR” se obliga a responder por su cuenta y riesgo, los defectos y vicios ocultos, la responsabilidad objetiva, así como los daños y perjuicios que por cualquier motivo se llegue a causar a la “[SECRETARÍA / ENTIDAD]” o a terceros, en cuyo caso se harán efectivas las garantías que correspondan de acuerdo a lo establecido en este instrumento. El “PROVEEDOR” se obliga a contar con los recursos humanos y materiales que se requieren para el debido cumplimiento del presente Contrato. De igual manera, el “PROVEEDOR” será el único responsable de la calidad, almacenaje, uso, manejo y de cualquier otra maniobra, que con sus equipos e insumos en general, requiera hacer durante para el cumplimiento del presente instrumento, sin tener derecho por ello, a remuneración adicional alguna. El “PROVEEDOR” deberá contar con las autorizaciones o permisos necesarios para la ejecución del objeto del presente Contrato, conforme a las disposiciones legales vigentes y aplicables. En caso de cambio de domicilio del establecido en la Declaración II.5 del presente instrumento, el “PROVEEDOR” deberá informarlo por escrito a la “[SECRETARÍA / ENTIDAD]”, dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes a su acontecimiento. En caso que el “PROVEEDOR” infrinja las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca, será sancionado por la Secretaría de la Contraloría Honestidad, Transparencia y Transparencia GubernamentalFunción Pública, de conformidad con lo establecido en el “Título Título Quinto de las Infracciones y Sanciones, Capítulo Capítulo Único” de la citada Ley.
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OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR. El “PROVEEDOR” deberá dar esctricto cumplimiento a todas y cada una de las obligaciones y responsabilidades a su cargo establecidas en el presente Contrato y sus Anexos, así como cumplir con todas disposiciones establecidas en las leyes, reglamentos, decretos o cualquier otro instrumento jurídico aplicable. Asimismo, el “PROVEEDOR” se obliga a responder por su cuenta y riesgo, los defectos y vicios ocultos, la responsabilidad objetiva, así como los daños y perjuicios que por cualquier motivo se llegue a causar a la “[SECRETARÍA / ENTIDAD]” o a terceros, en cuyo caso se harán efectivas las garantías que correspondan de acuerdo a lo establecido en este instrumento. El “PROVEEDOR” se obliga a contar con los recursos humanos y materiales que se requieren para el debido cumplimiento del presente Contrato. De igual manera, el “PROVEEDOR” será el único responsable de la calidad, almacenaje, uso, manejo y de cualquier otra maniobra, que con sus equipos e insumos en general, requiera hacer durante para el cumplimiento del presente instrumento, sin tener derecho por ello, a remuneración adicional alguna. El “PROVEEDOR” deberá contar con las autorizaciones o permisos necesarios para la ejecución del objeto del presente Contrato, conforme a las disposiciones legales vigentes y aplicables. En caso de cambio de domicilio del establecido en la Declaración II.5 del presente instrumento, el “PROVEEDOR” deberá informarlo por escrito a la “[SECRETARÍA / ENTIDAD]”” , dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes a su acontecimiento. En caso que el “PROVEEDOR” infrinja las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca, será sancionado por la Secretaría de la Contraloría y Transparencia Gubernamental, de conformidad con lo establecido en el “Título Quinto de las Infracciones y Sanciones, Capítulo Único” de la citada Ley.
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OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR. El “PROVEEDOR” deberá dar esctricto cumplimiento a todas y cada una de las obligaciones y responsabilidades a su cargo establecidas en Proveedor ejecutará el presente Alcance del Contrato y sus Anexos, así como cumplir con todas disposiciones establecidas en las leyes, reglamentos, decretos o cualquier otro instrumento jurídico aplicable. Asimismo, el “PROVEEDOR” se obliga a responder por su cuenta y riesgo, los defectos y vicios ocultos, la responsabilidad objetiva, así como los daños y perjuicios que por cualquier motivo se llegue a causar a la “[SECRETARÍA / ENTIDAD]” o a terceros, en cuyo caso se harán efectivas las garantías que correspondan de acuerdo a lo establecido en este instrumentocon el Contrato, las Prácticas Industriales Prudentes y la Ley. El “PROVEEDOR” se obliga Proveedor llevará a contar con los recursos humanos cabo estrictos controles de calidad y materiales que se requieren solo designará personal calificado para ejecutar el debido cumplimiento Alcance del presente Contrato. De igual maneraEl Proveedor cooperará con ENEL y terceros designados por ENEL, y hará todos los esfuerzos comercialmente razonables para programar, coordinar y ejecutar el “PROVEEDOR” Alcance del Contrato a fin de no retrasar o afectar negativamente su ejecución y finalización oportunas. El Proveedor cooperará con dichos terceros en la misma medida en que el Proveedor está obligado a cooperar con ENEL en virtud del Contrato. El Proveedor será el único totalmente responsable de la calidad, almacenaje, uso, manejo y de cualquier otra maniobra, que con sus equipos e insumos en general, requiera hacer durante para el cumplimiento del presente instrumento, sin tener derecho por ello, a remuneración adicional alguna. El “PROVEEDOR” deberá contar con las autorizaciones o permisos necesarios todo lo necesario para la ejecución del objeto del presente Contrato y en cualquier caso en todo lo indicado como su responsabilidad en el Contrato, conforme y en particular, de lo siguiente: o realizar las inspecciones, pruebas y exámenes requeridos por el Contrato y los reglamentos aplicables al Contrato individual, así como todos los costes derivados de éste; o gestionar y obtener visas, autorizaciones y licencias necesarias para la realización del Contrato, a excepción de las disposiciones legales vigentes que sean legalmente responsabilidad de ENEL; o organizar a su personal, empleado en varias áreas en la ejecución de las actividades contractuales, estando siempre la responsabilidad del Proveedor claramente identificada y aplicablesseparada de la de ENEL; o designar una persona en la propia organización del Proveedor para actuar como interlocutor de ENEL durante la ejecución del Contrato; o los trabajos requeridos para ejecutar el Contrato con todos sus costes asociados. En caso de cambio que el Proveedor sea extranjero, y antes de domicilio del establecido en la Declaración II.5 del presente instrumentocomenzar las obras, el “PROVEEDOR” Proveedor deberá informarlo por escrito a la “[SECRETARÍA / ENTIDAD]”, dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes a su acontecimiento. En caso garantizar que el “PROVEEDOR” infrinja las disposiciones "personal clave" (como el capataz, el supervisor o el jefe de la Ley obra) sean capaces de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios entender y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles comunicarse en el idioma oficial del Estado de Oaxaca, será sancionado por la Secretaría de la Contraloría y Transparencia Gubernamental, de conformidad con lo país o el establecido en el “Título Quinto Contrato (de las Infracciones forma verbal y Sanciones, Capítulo Único” de la citada Leyescrita).
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OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR. El “PROVEEDOR” deberá dar esctricto estricto cumplimiento a todas y cada una de las obligaciones y responsabilidades a su cargo establecidas en el presente Contrato y sus Anexos, así como cumplir con todas disposiciones establecidas en las leyes, reglamentos, decretos o cualquier otro instrumento jurídico aplicable. Asimismo, el “PROVEEDOR” se obliga a responder por su cuenta y riesgo, los defectos y vicios ocultos, la responsabilidad objetiva, así como los daños y perjuicios que por cualquier motivo se llegue a causar a la “[SECRETARÍA / ENTIDAD]SECRETARÍA” o a terceros, en cuyo caso se harán efectivas las garantías que correspondan de acuerdo a lo establecido en este instrumento. El “PROVEEDOR” se obliga a contar con los recursos humanos y materiales que se requieren para el debido cumplimiento del presente Contrato. De igual manera, el “PROVEEDOR” será el único responsable de la calidad, almacenaje, uso, manejo y de cualquier otra maniobra, que con sus equipos e insumos en general, requiera hacer durante para el cumplimiento del presente instrumento, sin tener derecho por ello, a remuneración adicional alguna. El “PROVEEDOR” deberá contar con las autorizaciones o permisos necesarios para la ejecución del objeto del presente Contrato, conforme a las disposiciones legales vigentes y aplicables. En caso de cambio de domicilio del establecido en la Declaración II.5 del presente instrumento, el “PROVEEDOR” deberá informarlo por escrito a la “[SECRETARÍA / ENTIDAD]SECRETARÍA”, dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes a su acontecimiento. En caso que el “PROVEEDOR” infrinja las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca, será sancionado por la Secretaría de la Contraloría Honestidad, Transparencia y Transparencia GubernamentalFunción Pública, de conformidad OCTAVA.OBLIGACIONES DE LA “SECRETARÍA”. La “SECRETARÍA” se obliga con lo establecido el “PROVEEDOR” a otorgarle todas las facilidades necesarias para el cumplimiento del presente Contrato. NOVENA.VIGENCIA. La vigencia del presente Contrato será (conforme al numeral 3 del Apartado A de las Bases) y hasta que se extingan en su totalidad los derechos y obligaciones de las “PARTES”. DÉCIMA.PENAS CONVENCIONALES. Con fundamento en el artículo 59 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca, las penas convencionales a cargo del “Título Quinto PROVEEDOR”, por atraso en el cumplimiento de las Infracciones y Sanciones, Capítulo Único” fechas pactadas de entrega o de la citada Leyprestación del servicio, serán determinadas en función de los bienes, arrendamientos o servicios no entregados o prestados oportunamente. Dicha penalización será del [cinco] al millar del monto contratado, por cada día natural de demora a partir del día siguiente de la fecha pactada para la entrega, hasta el monto de la Garantía de Cumplimiento del Contrato, en caso de excederlo, se iniciará el procedimiento de rescisión administrativa previsto en la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca y su Reglamento. Los pagos que deriven del presente instrumento quedarán condicionados proporcionalmente, al pago que el “PROVEEDOR” deberá efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el Contrato, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de las mismas al hacer efectiva la Garantía de Cumplimiento.
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OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR. Obligaciones generales del PROVEEDOR: El “PROVEEDOR está obligado a suministrar al CLIENTE los PRODUCTOS y/o SUMINISTROS que formen parte del PEDIDO del CLIENTE una vez tal PEDIDO sea aceptado por el PROVEEDOR” . El suministro deberá dar esctricto cumplimiento realizarse conforme a todas y cada una de las obligaciones y responsabilidades a su cargo establecidas los términos pactados en el presente Contrato CONTRATO, debiendo el PROVEEDOR entregar las cantidades acordadas de PRODUCTOS y/o SUMINISTROS, con las características y sus Anexosestándares/condiciones de calidad referenciados en la previa OFERTA y PEDIDO, así como cumplir con todas disposiciones establecidas en los plazos señalados en el CONTRATO y todo ello, bajo el precio pactado por las leyespartes. El incumplimiento de estas obligaciones, reglamentosdará lugar a las consecuencias que se determinan a lo largo de estas Condiciones Generales y/o a otras que hubieran pactado las partes en el CONTRATO. • Obligaciones específicas del PROVEEDOR y el CLIENTE: El PROVEEDOR no modificará, decretos salvo causa de fuerza mayor o cualquier otro instrumento jurídico aplicable. Asimismovariación de circunstancias debidas al fabricante, las condiciones de suministro, en particular cambiando los componentes, materiales, el/los proceso/s empleados para ello, el “lugar de fabricación, el precio, las condiciones de entrega, ni ninguna otra condición que las partes hayan acordado previamente en el CONTRATO, sin el consentimiento previo y por escrito de el CLIENTE. Paralelamente, el CLIENTE no podrá modificar su PEDIDO tras la aceptación del mismo por parte del PROVEEDOR” , salvo causa de fuerza mayor y mediando el consentimiento previo y por escrito de el PROVEEDOR. El PROVEEDOR se obliga a responder por su cuenta responsabilizará del correcto mantenimiento y riesgo, los defectos actualización de toda la información y vicios ocultos, la responsabilidad objetiva, así como los daños y perjuicios datos que por cualquier motivo se llegue a causar a la “[SECRETARÍA / ENTIDAD]” o a tercerosle sean solicitados, en cuyo caso se harán efectivas las garantías el medio y forma que correspondan PROVEEDOR considere oportunos. Todo cruce de acuerdo información entre el PROVEEDOR y el CLIENTE deberá llevarse a lo establecido en este instrumento. El “PROVEEDOR” se obliga a contar con los recursos humanos y materiales que se requieren para el debido cumplimiento del presente Contrato. De igual maneracabo, el “PROVEEDOR” será el único responsable de la calidad, almacenaje, uso, manejo y de cualquier otra maniobra, que con sus equipos e insumos en general, requiera hacer durante para el cumplimiento del presente instrumento, sin tener derecho por ello, a remuneración adicional alguna. El “PROVEEDOR” deberá contar con las autorizaciones o permisos necesarios para la ejecución del objeto del presente Contrato, conforme a las disposiciones legales vigentes y aplicables. En caso de cambio de domicilio del establecido en la Declaración II.5 del presente instrumentomedida de lo posible, el “PROVEEDOR” deberá informarlo por escrito a la “[SECRETARÍA / ENTIDAD]”, dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes a su acontecimiento. En caso que el “PROVEEDOR” infrinja las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca, será sancionado por la Secretaría de la Contraloría y Transparencia Gubernamental, de conformidad con lo establecido en el “Título Quinto de las Infracciones y Sanciones, Capítulo Único” de la citada Leyformato digital.
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Samples: Condiciones Generales De Venta
OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR. El “PROVEEDOR” deberá dar esctricto estricto cumplimiento a todas y cada una de las obligaciones y responsabilidades a su cargo establecidas en el presente Contrato y sus Anexos, así como cumplir con todas disposiciones establecidas en las leyes, reglamentos, decretos o cualquier otro instrumento jurídico aplicable. Asimismo, el “PROVEEDOR” se obliga a responder por su cuenta y riesgo, los defectos y vicios ocultos, la responsabilidad objetiva, así como los daños y perjuicios que por cualquier motivo se llegue a causar a la “[SECRETARÍA / ENTIDAD]UNPA” o a terceros, en cuyo caso se harán efectivas las garantías que correspondan de acuerdo a lo establecido en este instrumento. El “PROVEEDOR” se obliga a contar con los recursos humanos y materiales que se requieren para el debido cumplimiento del presente Contrato. De igual manera, el “PROVEEDOR” será el único responsable de la calidad, almacenaje, uso, manejo y de cualquier otra maniobra, que con sus equipos e insumos en general, requiera hacer durante para el cumplimiento del presente instrumento, sin tener derecho por ello, a remuneración adicional alguna. El “PROVEEDOR” deberá contar con las autorizaciones o permisos necesarios para la ejecución del objeto del presente Contrato, conforme a las disposiciones legales vigentes y aplicables. En caso de cambio de domicilio del establecido en la Declaración II.5 del presente instrumento, el “PROVEEDOR” deberá informarlo por escrito a la “[SECRETARÍA / ENTIDAD]UNPA”, dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes a su acontecimiento. En caso que el “PROVEEDOR” infrinja las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca, será sancionado por la Secretaría de la Contraloría Honestidad, Transparencia y Transparencia GubernamentalFunción Pública, de conformidad con lo establecido en el “Título Quinto de las Infracciones y Sanciones, Capítulo Único” de la citada Ley.
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OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR. El “PROVEEDOR” deberá dar esctricto cumplimiento a todas y cada una de las obligaciones y responsabilidades a su cargo establecidas en el presente Contrato y sus Anexos, así como cumplir con todas disposiciones establecidas en las leyes, reglamentos, decretos o cualquier otro instrumento jurídico aplicable. Asimismo, el “PROVEEDOR” En Proveedor se obliga a responder por su cuenta y riesgo, los defectos y vicios ocultos, la responsabilidad objetiva, así como los daños y perjuicios que por cualquier motivo se llegue a causar a la “[SECRETARÍA / ENTIDAD]” entregar el bien o a tercerosprestar el servicio, en cuyo caso junto con los manuales, certificados y demás documentos necesarios, y garantizar que se harán efectivas cumplen los requisitos de seguridad y calidad contratados o exigidos legalmente y necesarios para su uso o comercialización. En las garantías que correspondan entregas de acuerdo a lo establecido en este instrumento. El “PROVEEDOR” bienes, el Proveedor se obliga a contar con transmitir su propiedad a la Sociedad, libres de cualquier carga, gravamen o privilegio y garantizará que los recursos humanos y materiales que se requieren para el debido cumplimiento del presente Contrato. De igual manera, el “PROVEEDOR” será el único responsable mismos son de la calidad, almacenaje, uso, manejo primera calidad y de cualquier otra maniobraprimer uso. El Proveedor declara y garantiza ser titular de las marcas, que con sus equipos patentes, licencias y demás derechos de propiedad industrial e insumos en general, requiera hacer durante intelectual necesarios para el cumplimiento del presente instrumento, sin tener derecho por ello, a remuneración adicional alguna. El “PROVEEDOR” deberá contar con las autorizaciones o permisos necesarios para de sus obligaciones y la ejecución del objeto del presente Contrato, conforme indemnizando y manteniendo indemne a la Sociedad y a sus dependientes de los perjuicios que pudiesen derivarse para ésta del incumplimiento de esta obligación. El Proveedor deberá recabar de la Sociedad, con la antelación que considere necesaria, aquella información que considere necesaria para la correcta y adecuada facilitación de los bienes o la prestación de los servicios. Se entenderá que, de no requerir a la Sociedad esta información, el Proveedor dispone de toda aquélla que resulta necesaria para el adecuado cumplimiento del Contrato. En la ejecución de los servicios, el Proveedor deberá cumplir estricta, puntual y exactamente con todas las disposiciones legales vigentes que resulten aplicables al correspondiente servicio, respondiendo frente a la Sociedad y aplicables. En caso frente a cualquier tercero de cambio todos los daños, perjuicios, sanciones y demás gastos que resultasen de domicilio del establecido la inobservancia de tales disposiciones y manteniendo indemne a la Sociedad y a sus dependientes de las responsabilidades que, por dicho incumplimiento, se exigiesen o pudiesen ser exigidas a la Sociedad o a sus dependientes, no resultando aplicables ninguno de los límites de responsabilidad legalmente dispuestos en las leyes aplicables al efecto y en particular y para los contratos de servicios de transporte, los dispuesto en la Declaración II.5 del presente instrumento, el “PROVEEDOR” deberá informarlo por escrito a la “[SECRETARÍA / ENTIDAD]”, dentro de los 3 LCTTM (tres) días hábiles siguientes a su acontecimiento. En caso que el “PROVEEDOR” infrinja las disposiciones de la Ley de Adquisicionescontrato del transporte terrestre de mercancías), Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación Convenio CMR x Xxx de Servicios Navegación Marítima y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca, será sancionado por la Secretaría de la Contraloría y Transparencia Gubernamental, de conformidad con lo establecido en el “Título Quinto de las Infracciones y Sanciones, Capítulo Único” de la citada Leyconvenios internacionales aplicables.
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Samples: www.interalloys.es
OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR. El “PROVEEDOR” deberá dar esctricto Proveedor se obliga a: Ceder o transmitir únicamente al Factorante los Derechos de Crédito a cargo del Deudor que se encuentren disponibles en el SIPAD y que el Proveedor haya seleccionado. No ceder de forma alguna a tercero alguno o gravar los Derechos de Crédito que se derivan de los Documentos que se transmitan al Factorante en términos del presente Contrato; Entregar al Factorante los Documentos en los que consten los Derechos de Crédito que acrediten la existencia y titularidad de los mismos, así como toda la documentación que ampare la relación entre los Deudores y el Proveedor en el plazo que señala la Cláusula Quinta del presente Contrato; Hacer entrega al Factorante de los pagarés, letras de cambio o cualquier otro título de crédito originales, debidamente endosados, con los que se hubiere garantizado, en su caso, el cumplimiento de las obligaciones derivadas de los Documentos, que sean objeto de cesión en términos del presente Contrato. Realizar cualquier acto que el Factorante le solicite tendiente a la formalización de la cesión de los Derechos de Crédito; Garantizar la existencia y legitimidad de los Derechos de Crédito; Tomar todas las medidas necesarias para la conservación de los Derechos de Crédito cedidos. Responder del detrimento del valor de los Documentos, así como del resultado de cualquier disputa comercial derivada de los Documentos; Coadyuvar con el Factorante, cuando éste expresamente se lo solicite, en el cobro del importe amparado por los Documentos, así como para acreditar la entrega o prestación oportuna y satisfactoria de los bienes o servicios, así como de todas y cada una de las especificaciones estipuladas con los Deudores; y Dar cabal cumplimiento a todas aquellas obligaciones y responsabilidades a su cargo establecidas en el presente Contrato y sus Anexos, así como cumplir con todas disposiciones establecidas en las leyes, reglamentos, decretos o cualquier otro instrumento jurídico aplicable. Asimismo, el “PROVEEDOR” se obliga a responder por su cuenta y riesgo, los defectos y vicios ocultos, la responsabilidad objetiva, así como los daños y perjuicios que por cualquier motivo se llegue a causar a la “[SECRETARÍA / ENTIDAD]” o a terceros, en cuyo caso se harán efectivas las garantías que correspondan de acuerdo a lo establecido en este instrumento. El “PROVEEDOR” se obliga a contar con los recursos humanos y materiales que se requieren para el debido cumplimiento del conforme al presente Contrato. De igual manera, el “PROVEEDOR” será el único responsable de la calidad, almacenaje, uso, manejo y de cualquier otra maniobra, que con sus equipos e insumos en general, requiera hacer durante para el cumplimiento del presente instrumento, sin tener derecho por ello, a remuneración adicional alguna. El “PROVEEDOR” deberá contar con las autorizaciones o permisos necesarios para la ejecución del objeto del presente Contrato, conforme a las disposiciones legales vigentes y aplicables. En caso de cambio de domicilio del establecido en la Declaración II.5 del presente instrumento, el “PROVEEDOR” deberá informarlo por escrito a la “[SECRETARÍA / ENTIDAD]”, dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes a su acontecimiento. En caso que el “PROVEEDOR” infrinja las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca, será sancionado por la Secretaría de la Contraloría y Transparencia Gubernamental, de conformidad con lo establecido en el “Título Quinto de las Infracciones y Sanciones, Capítulo Único” de la citada Ley.
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Samples: Contrato De Factoraje Financiero