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Ordenación Cláusulas de Ejemplo

Ordenación. La ordenación de los tipos documentales que conforman los expedientes se realiza acorde a un orden establecido por la dependencia productora o (lista de chequeo), en su defecto, en cronológico atendiendo la secuencia lógica de su producción, de acuerdo con el Principio de Orden Original. Esto quiere decir que se evidencie el desarrollo de los procesos o trámites en el tiempo, respetando la secuencia en que fueron creados, en donde el primer documento que se encuentre al abrir la carpeta registre la fecha más antigua y el último refleje la fecha más reciente.1
Ordenación. La ordenación debe responder a los instrumentos archivísticos entregados para la organización, respetando la estructura de cada uno de los fondos documentales (orden original y de procedencia), ordenación a nivel de expedientes que concuerde con las series [Indicar la manera en la cual el oferente asegurará y dará cumplimiento al servicio de organización de la documentación por parte de los auxiliares de archivos, teniendo en cuenta las características técnicas requeridas] identificadas en las TRD según sea el caso, así mismo, los tipos documentales deben tener una secuencia lógica de trámite y la respectiva foliación para facilitar su consulta y control.
Ordenación. Las edificaciones deberán ser aisladas respecto a los viales y espacios libres públicos y a otros predios colindantes, respetándose, en todo caso, los retranqueos mínimos a viales o espacios libres públicos, así como a los nuevos linderos en el caso de que se agrupen parcelas. Dentro de cada solar únicamente se permite un solo cuerpo de edificación, pudiéndose autorizar la construcción de garaje y construcciones auxiliares, formando cuerpo aislado de la edificación principal, y sin exceder en superficie del 5% del total de la parcela.
Ordenación. Las edificaciones deberán ser aisladas respecto a los viales y espacios libres públicos y a otros predios colindantes, respetándose en todo caso los retranqueos mínimos a viales o espacios libres públicos así como a los nuevos linderos en el caso de que se agrupen parcelas.
Ordenación. Memoria. - Clasificación del suelo. - Delimitación del suelo urbano consolidado y no consolidado. - Delimitación del suelo urbanizable. - Delimitación del suelo no urbanizable de protección y del especialmente preservado. - Delimitación de zonas de protección específica. - Establecimiento del modelo territorial en todo el término municipal, con definición de objetivos y alternativas de ordenación. - Programa de objetivos. - Formulación de alternativas de ordenación. - Evaluación de las alternativas. - Soluciones generales. - Planos de información: Se redactarán a escala, al menos 1/5.000, y reflejarán la situación del territorio a que se refiera en orden a sus características naturales, usos del suelo, infraestructura y servicios existentes, con indicación de su estado y grado de utilización: y expresión del suelo ocupado por la edificación. Asimismo habrán de formularse a escala, de al menos 1/1.000, los planos que sean precisos para expresar pormenorizadamente el estado actual del suelo urbano en cuanto a su perímetro y a las características de las obras de urbanización y de las edificaciones existentes. - Planos de ordenación: Los planos de ordenación se redactarán a escala, al menos 1/5.000 para todo el territorio, y además, para el suelo urbano que se redactarán a escala mínima 1/1.000 y comprenderán: a) Planos de calificación y clasificación del suelo, con expresión de las superficies asignadas a cada uno de los tipos y categorías del mismo.
OrdenaciónFecha de apertura: (Fecha del sello de recepción del primer documento que integra el expediente) Fecha de conclusión: (Fecha de cierre de asunto) Legajo No.: (Número de legajo respecto del total. Ejemplo: 1/1) Número de hojas: (Total de hojas foliadas)
Ordenación. Las listas de las bolsas de trabajo se ordenarán de acuerdo a los siguientes baremos: a) Puntuaciones obtenidas en el sistema de selección de personal correspondiente. b) Puntos obtenidos conforme a las preferencias de participación: — Una instalación: 1 punto — Dos instalaciones: 2 puntos. — Tres instalaciones o más: 3 puntos. c) Puntos obtenidos conforme a la jornada de preferencia: — Cualquier tipo de jornada: 3 puntos. — Sólo jornadas inferiores al 75 por ciento de la jornada habitual: 2 puntos. — Sólo jornadas inferiores al 50 por ciento de la jornada habitual: 1 punto. d) Esta puntuación inicial se irá incrementado de acuerdo con los periodos de trabajo, de manera que por cada mes trabajado, se contabilizarán 0,5 puntos. e) El procedimiento general de búsqueda en la bolsa de trabajo se realizará entre aquellas personas que la conforman, dando prioridad a los que hayan solicitado la instalación de que se trate. En su defecto se ofrecerá la contratación al resto del personal. f) A continuación, se dará prioridad a las personas que hayan señalado la opción de cual- quier tipo de jornada, frente al 75 por ciento y finalmente al 50 por ciento.
Ordenación. Alineación de fachada a vial. De no ocuparse se limitara el espacio libre por un cerramiento situado en alineación pública. Paredes media- neras vistas deberán recibir tratamiento de fachada. Zona residencial semiintensiva: Es una zona consolidada entre la zona intensiva y la zona extensiva y com- pleta la ordenación del núcleo. —Uso dominante: Residencial. —Uso compatible: Dotaciones, comercial, despachos, oficinas, estableci- mientos de hostelería y talleres de grado1. —Uso prohibidos: Todos los demás. —Parcela mínima: 150 metros cuadrados. —Edificabilidad: 1,6 metros cuadrados/metro cuadrado. —Altura máxima: 10 metros cuadrados. —Numero de plantas: PB + 2. Se permiten aprovechamientos bajo cubier- ta para espacios habitables, como tercera planta. —Ocupación: 50% máximo. —Ordenación: Fachada sobre la alineación a la vía publica pudiendo abar- car o no todo el frente de la parcela. De no ocuparlo el espacio o espacios libres quedaran limitados por un cerramiento adecuado, situado sobre la alineación de la vía publica. En tal caso la paredes medianeras vistas deberán recibir tra- tamiento de fachada. Zona Residencial Extensiva Ensanche: Recoge una zona consolidada con heterogeneidad de construcciones. —Uso dominante: Residencial. —Uso compatible: Dotaciones, comercial, despachos, oficinas, estableci- mientos de hostelería y talleres de grado1. —Uso prohibidos: Todos los demás. —Parcela mínima: 150 metros cuadrados. —Edificabilidad: 1,35 metros cuadrados/metro cuadrado. —Altura máxima: 10 metros. —Numero de plantas: PB + 1. Se permiten aprovechamientos bajo cubier- ta para espacios habitables, como tercera planta. Normas de proteccion de suelo no urbanizable generico: Se ubica en la zona comprendida entre el canal Imperial xx Xxxxxx y la zona de protección xxx Xxxxxxx de la Loteta. • Usos permitidos: aquellos que se vinculen con explotaciones agrarias, a la ejecución y mantenimiento y servicio de las obras públicas. Aquellas señaladas en la legislación urbanística vigente para este tipo de suelo. Las instalaciones y construcciones que quepa considerar de interés publico y hayan de emplazarse en el medio rural. Las obras de renovación de construcciones y las necesarias para la implantación de servicios urbanísticos. También los edificios aislados destinados a vivienda unifamiliar siempre que no exista formación de un núcleo de población. • Usos prohibidos: Todos los demás. • Edificación para el uso residencial: Altura máxima: 7 metros. Numero de plantas: Una...
Ordenación. La ejecución y cobro de las obras que se realicen por el sistema de la contribución de valorización en el Municipio de La xxxx xxx Xxxxx, serán ordenadas por el Honorable Concejo Municipal mediante Acuerdo.

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  • MANTENIMIENTO DE OFERTA Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de SESENTA (60) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura. El plazo de SESENTA (60) días antes aludido se renovará en forma automática por un lapso igual al inicial o por el que se fije en el respectivo pliego particular, y así sucesivamente, salvo que el oferente manifestara en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento con una antelación mínima xx XXXX (10) días corridos al vencimiento de cada plazo.

  • Ofertas con valores anormales o desproporcionados Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, se dará audiencia al licitador que la presentara para que justifique la valoración de la oferta y precise las condiciones de la misma, en particular a lo que se refiere al ahorro que permita el procedimiento de ejecución del contrato, las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de que disponga para ejecutar la prestación, la originalidad de las prestaciones propuestas, con respeto a las disposiciones relativas a la protección del empleo y a las condiciones de trabajo vigentes en el lugar en el que se va a realizar la prestación, o la posible obtención de alguna ayuda de Estado. Si el órgano de contratación, considerando la justificación efectuada por el licitador y el informe emitido por el servicio técnico, estima que la oferta no puede cumplirse como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, será excluida de la clasificación, atendiendo a los criterios de adjudicación, de las proposiciones presentadas. Las proposiciones de carácter económico que presenten individualmente sociedades pertenecientes a un mismo grupo no podrán ser consideradas a los efectos de establecer el precio de referencia para valorar las ofertas económicas e identificar las que deben considerarse como desproporcionadas o temerarias. De esta forma, presentadas distintas proposiciones por estas empresas, se tomará únicamente para aplicar el régimen de ofertas desproporcionadas o anormales la oferta más baja, produciéndose la aplicación de los efectos derivados del procedimiento establecido para la apreciación de las ofertas desproporcionadas o anormales respecto de las restantes ofertas presentadas por empresas del grupo.

  • VICIOS OCULTOS “EL PROVEEDOR” RESPONDERÁ DE LOS DEFECTOS O VICIOS OCULTOS, RESPECTO DEL SUMINISTRO DE BIENES OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, AÚN CUANDO HUBIESE CONCLUIDO SU VIGENCIA Y HASTA POR UN PLAZO DE DOS AÑOS.

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  • Plazo de Mantenimiento de Oferta Los Oferentes/Proponentes deberán mantener las Ofertas por el término de noventa (90) días hábiles contados a partir de la fecha del acto de apertura. La Entidad Contratante, excepcionalmente podrá solicitar a los Oferentes/Proponentes una prórroga, antes del vencimiento del período de validez de sus Ofertas, con indicación del plazo. Los Oferentes/Proponentes podrán rechazar dicha solicitud, considerándose por tanto que han retirado sus Ofertas, por lo cual la Entidad Contratante procederá a efectuar la devolución de la Garantía de Seriedad de Oferta ya constituida. Aquellos que la consientan no podrán modificar sus Ofertas y deberán ampliar el plazo de la Garantía de Seriedad de Oferta oportunamente constituida.

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