Common use of PENAS CONVENCIONALES Clause in Contracts

PENAS CONVENCIONALES. Las penas convencionales se aplicarán confor m e a lo sig uien te: LA CONVOCANTE, aplicará a los licitan tes adjudicados penas convencionales por cada día hábil de atraso en la en x xxxx del servicio, por un m on to equivalen te al 1% (uno por cien to), del valor total de los servicios no en t regados en su totalidad, la cual no excederá del m on to de la garan tía de cu m pli m ien to del pedido La su m a de todas las penas convencionales aplicadas al proveedor no deberá exceder el i m porte de la garan tía de cu m pli m ien to del con t rato (10%). Cuando los servicios no se presten en la fecha o plazo convenido y la pena convencional por atraso rebase el m on to de la garan tía de cu m pli m ien to del con t rato, La Dirección de área adscrita a la Dirección de Ad m inistración y Finanzas a t ravés del Ad m inistrador del Con t rato, previa notificación a EL LICITANTE ADJUDICADO podrá rescindir este con trato, en tér m inos de los causales de Rescisión En caso de que sea necesario llevar a cabo la rescisión ad m inistrativa del con t rato, la aplicación de la garan tía de cu m pli m ien to será proporcional al m on to de las obligaciones incu m plidas. Para deter m inar la aplicación de las penas convencionales confor m e al artículo 53 de la Ley de Adq uisiciones, Arrenda m ien tos y Servicios del Sector Público. No se to m arán en cuen ta las de m oras m otivadas por caso fortuito o causas de fuerza m ayor o cualquier otra causa no i m putable al proveedor. Para la aplicación y pago xx xxxxx convencionales en m ateria de adquisiciones, arrenda m ien tos de bienes m uebles y prestación de servicios de cualquier naturaleza, en tér m inos de la Ley de Adquisiciones, Arrenda m ien tos y Servicios del Sector Público y su Regla m en to, de fecha 2 de m ayo del 2022. Se deberá solicitar al proveedor que al m o m en to de presen tar la factura para el pago (CFDI de In greso) por los bienes en t regados o servicios prestados, aco m pañe una Nota de Crédito (CFDI de Egreso) por el m on to de la pena convencional previa m en te deter m inada por el Área ad m inistradora del con t rato, a fin de que se aplique a la factura la deducción que corresponda confor m e a la Nota de Crédito. # Servicio Penas Convencionales * Por no en t regar el Cronogra m a de actividades y el plan de t rabajo detallado para la instalación, config uración y puesta a pun to de los servicios ofertados para LA CONANP, con aprobación de las m ism as. El plan de t rabajo deberá incluir la definición, desarrollo y m an teni m ien to de un plan de pruebas para validar la correcta instalación, configuración y p uesta a pun to a m ás tardar cinco días Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso hábiles posteriores al fallo Por no proporcionar los nú m eros convencionales y celulares, ade m ás de correos electrónicos con base a la m atriz de escalación que presen te para la Mesa de Ayuda a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no m an tenerse el Xxxxx te de Proyecto en su rol al m enos los pri m eros 6 m eses, con la in tención xx xxxx dar un buen con t rol y estabilidad del arranq ue de los servicios confor m e al nu m eral 13.1 Xxxxx te de Proyecto. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar el docu m en to que a m para los derechos de uso de infraestructura, servicios o soft ware seg ún aplique; ade m ás de especificar la disponibilidad de todos los recursos, indica las excepciones en el uso de alg ún producto o servicio, a fin de evitar sobrecargos o confusiones a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar las Credenciales para el acceso a la consola de ad m inistración del servicio de nube que incluya al m enos dos perfiles de usuario: ad m inistrador y consulta a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la carta m e m bretada con credenciales de acceso para el servicio de soporte a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la Me x xxxx Técnica a m ás tardar diez días hábiles una vez concluida la fase de i m ple m en tación de la solución Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la en x xxxx de los servicios, su instalación, configuración y puesta a pun to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en los reportes m ensuales Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la renovación de Certificados Servicio de Certificados SSL/TLS Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no realizar las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la presen tación o m aterial utilizado en las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso **Pueden ser varios los servicios afectados, por lo que puede aplicarse m ás de una pena por el m ism o even to.** La aplicación de las penas y deducciones quedará sujeta a que la causa que llevo al incu m pli m ien to de la obligación sea atribuible a EL LICITANTE ADJUDICADO.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios

PENAS CONVENCIONALES. De conformidad con los artículos 53 y 54 de la LAASSP, 95 y 96 de su RLAASSP y el numeral 15.5 de las Políticas Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos de Bienes Muebles y Contratación de Servicios, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como ente consolidador, se aplicarán penas convencionales de dos al millar (0.002), por cada día natural de atraso en el SERVICIO descrito en el ANEXO TÉCNICO, así como en la dispersión de los fondos en los vales electrónicos de despensa, en el entendido que no podrá exceder del monto de la garantía de cumplimiento del contrato. Las penas convencionales se aplicarán confor m e a lo sig uien tesobre el importe del SERVICIO fuera del plazo convenido, antes de IVA, en los siguientes casos: LA CONVOCANTE, aplicará Atraso en la fecha pactada para la entrega de los vales electrónicos de despensa. Atraso en la fecha pactada para la dispersión de recursos a los licitan tes adjudicados vales electrónicos de despensa. Atraso en la fecha establecida para la devolución del importe correspondiente a los vales electrónicos de despensa, reintegrados por LAS PARTICIPANTES. El pago por el SERVICIO, quedará condicionado proporcionalmente al pago que el PROVEEDOR deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso. Las penas convencionales serán calculadas y notificadas al PROVEEDOR, por cada escrito, al día hábil siguiente en que se determinen. El PROVEEDOR cubrirá la pena convencional, mediante entero a la Tesorería de la Federación, en cualquiera de las instituciones bancarias, a través del formato correspondiente, o ante la tesorería de LAS PARTICIPANTES, que cuenten con ésta, y queda obligado a remitir al siguiente día hábil de atraso realizado el entero de referencia, un original de dicho formato (comprobante de pago) a LAS PARTICIPANTES, en la en x xxxx del servicio, por un m on to equivalen te al 1% (uno por cien to), del valor total los domicilios de los servicios no en t regados en su totalidadADMINISTRADORES DE LOS CONTRATOS. En ningún caso, la cual no excederá del m on to de la garan tía de cu m pli m ien to del pedido La su m a de todas las penas convencionales aplicadas al proveedor no deberá exceder el i m porte podrán negociarse en especie, independientemente de la garan tía de cu m pli m ien to del con t rato (10%). Cuando los servicios no se presten en la fecha o plazo convenido y la pena convencional por atraso rebase el m on to de la garan tía de cu m pli m ien to del con t rato, La Dirección de área adscrita a la Dirección de Ad m inistración y Finanzas a t ravés del Ad m inistrador del Con t rato, previa notificación a EL LICITANTE ADJUDICADO podrá rescindir este con trato, en tér m inos de los causales de Rescisión En caso de que sea necesario llevar a cabo la rescisión ad m inistrativa del con t rato, la aplicación de la garan tía de cu m pli m ien to será proporcional al m on to de las obligaciones incu m plidas. Para deter m inar la aplicación de las penas convencionales confor m e al artículo 53 de mencionadas. LAS PARTICIPANTES podrán optar por la Ley de Adq uisiciones, Arrenda m ien tos y Servicios rescisión del Sector Público. No se to m arán en cuen ta las de m oras m otivadas por caso fortuito o causas de fuerza m ayor o cualquier otra causa no i m putable al proveedor. Para la aplicación y pago xx xxxxx convencionales en m ateria de adquisiciones, arrenda m ien tos de bienes m uebles y prestación de servicios de cualquier naturaleza, en tér m inos de la Ley de Adquisiciones, Arrenda m ien tos y Servicios del Sector Público y su Regla m en to, de fecha 2 de m ayo del 2022. Se deberá solicitar al proveedor que al m o m en to de presen tar la factura para el pago (CFDI de In greso) por los bienes en t regados o servicios prestados, aco m pañe una Nota de Crédito (CFDI de Egreso) por el m on to de la pena convencional previa m en te deter m inada por el Área ad m inistradora del con t rato, a fin de que se aplique a la factura la deducción que corresponda confor m e a la Nota de Crédito. # Servicio Penas Convencionales * Por no en t regar el Cronogra m a de actividades y el plan de t rabajo detallado para la instalación, config uración y puesta a pun to de los servicios ofertados para LA CONANP, con aprobación de las m ism as. El plan de t rabajo deberá incluir la definición, desarrollo y m an teni m ien to de un plan de pruebas para validar la correcta instalación, configuración y p uesta a pun to a m ás tardar cinco días Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso hábiles posteriores al fallo Por no proporcionar los nú m eros convencionales y celulares, ade m ás de correos electrónicos con base a la m atriz de escalación que presen te para la Mesa de Ayuda a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no m an tenerse el Xxxxx te de Proyecto en su rol al m enos los pri m eros 6 m eses, con la in tención xx xxxx dar un buen con t rol y estabilidad del arranq ue de los servicios confor m e al nu m eral 13.1 Xxxxx te de Proyecto. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar el docu m en to que a m para los derechos de uso de infraestructura, servicios o soft ware seg ún aplique; ade m ás de especificar la disponibilidad de todos los recursos, indica las excepciones en el uso de alg ún producto o servicio, a fin de evitar sobrecargos o confusiones a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar las Credenciales para el acceso a la consola de ad m inistración del servicio de nube que incluya al m enos dos perfiles de usuario: ad m inistrador y consulta a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la carta m e m bretada con credenciales de acceso para el servicio de soporte a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la Me x xxxx Técnica a m ás tardar diez días hábiles una vez concluida la fase de i m ple m en tación de la solución Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la en x xxxx de los servicios, su instalación, configuración y puesta a pun to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en los reportes m ensuales Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la renovación de Certificados Servicio de Certificados SSL/TLS Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no realizar las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la presen tación o m aterial utilizado en las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso **Pueden ser varios los servicios afectados, por lo que puede aplicarse m ás de una pena por el m ism o even tocontrato.** La aplicación de las penas y deducciones quedará sujeta a que la causa que llevo al incu m pli m ien to de la obligación sea atribuible a EL LICITANTE ADJUDICADO.

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Samples: Licitación Pública Nacional Electrónica

PENAS CONVENCIONALES. Con fundamento en el Artículo 53 de la Ley, el licitante ganador una vez firmado el contrato correspondiente, deberá cumplir con el suministro de los Servicios, en las condiciones y el plazo señalado en el mismo y en la presente convocatoria y que, en caso de incumplimiento, a fin de resarcir los daños ocasionados en su operación a Diconsa, se le aplicarán las penas convencionales que se mencionan a continuación: a) Por el atraso del suministro de los Servicios pagará una pena convencional equivalente a cinco por ciento (5 %), aplicando las penas respectivas por cada día hábil de retraso, sobre el monto de los servicios no realizados oportunamente; Diconsa podrá descontar el monto de la pena convencional al momento del pago de la factura correspondiente. sin que la acumulación de esta pena exceda el diez por ciento del importe total del presente contrato. El pago de la pena convencional se efectuará mediante nota de crédito con requisitos fiscales, expedida por “EL PROVEEDOR” a Diconsa. Sucursal Sureste y Unidades Operativas. Las penas convencionales se aplicarán confor m e a lo sig uien te: LA CONVOCANTE, aplicará a los licitan tes adjudicados penas convencionales por cada día hábil sobre la cantidad indicada más el IVA. La notificación y cálculo de atraso en la en x xxxx del servicio, por un m on to equivalen te al 1% (uno por cien to), del valor total de los servicios no en t regados en su totalidad, la cual no excederá del m on to de la garan tía de cu m pli m ien to del pedido La su m a de todas las penas convencionales aplicadas al proveedor no deberá exceder el i m porte de la garan tía de cu m pli m ien to del con t rato (10%). Cuando los servicios no se presten en la fecha o plazo convenido y la pena convencional correspondiente, la realizara la C.P. Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Coordinadora de Administración de Diconsa como área administradora del contrato, y la dará a conocer por atraso rebase el m on to escrito al proveedor. Independientemente de la garan tía aplicación de cu m pli m ien to la pena convencional a que hace referencia el inciso a) que antecede, se aplicará además cualquier otra que la Ley establezca. Esta pena convencional no descarta que DICONSA determine procedente la rescisión administrativa del con t ratocontrato respectivo, La Dirección de área adscrita a considerando la Dirección de Ad m inistración y Finanzas a t ravés gravedad del Ad m inistrador del Con t rato, previa notificación a EL LICITANTE ADJUDICADO podrá rescindir este con trato, en tér m inos incumplimiento de los causales daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses de Rescisión DICONSA. En caso de que sea necesario llevar a cabo la rescisión ad m inistrativa RESCISIÓN ADMINISTRATIVA del con t ratoContrato, la aplicación de la garan tía garantía de cu m pli m ien to cumplimiento será proporcional al m on to monto de las obligaciones incu m plidas. Para deter m inar incumplidas, la RESCISIÓN parcial o total implicará la aplicación de las penas convencionales confor m e al artículo 53 xx xxxx por retraso hasta el monto total de la Ley garantía de Adq uisicionescumplimiento. La penalización tendrá como objeto resarcir los daños y perjuicios ocasionados a DICONSA. De conformidad con el Artículo 84, Arrenda m ien tos y Servicios penúltimo párrafo del Sector Público. No se to m arán en cuen ta las de m oras m otivadas por caso fortuito o causas de fuerza m ayor o cualquier otra causa no i m putable al proveedor. Para la aplicación y pago xx xxxxx convencionales en m ateria de adquisicionesReglamento, arrenda m ien tos de bienes m uebles y prestación de servicios de cualquier naturaleza, en tér m inos DICONSA a través de la Ley C.P. Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Coordinadora de AdquisicionesAdministración, Arrenda m ien tos quien administrara en todo momento y Servicios vigilará el cumplimiento del Sector Público y su Regla m en to, de fecha 2 de m ayo del 2022. Se deberá solicitar al proveedor que al m o m en to de presen tar la factura para el pago (CFDI de In greso) por los bienes en t regados o servicios prestados, aco m pañe una Nota de Crédito (CFDI de Egreso) por el m on to de la pena convencional previa m en te deter m inada por el Área ad m inistradora del con t rato, a fin de que se aplique a la factura la deducción que corresponda confor m e a la Nota de Crédito. # Servicio Penas Convencionales * Por no en t regar el Cronogra m a de actividades y el plan de t rabajo detallado para la instalación, config uración y puesta a pun to de los servicios ofertados para LA CONANP, con aprobación de las m ism as. El plan de t rabajo deberá incluir la definición, desarrollo y m an teni m ien to de un plan de pruebas para validar la correcta instalación, configuración y p uesta a pun to a m ás tardar cinco días Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso hábiles posteriores al fallo Por no proporcionar los nú m eros convencionales y celulares, ade m ás de correos electrónicos con base a la m atriz de escalación que presen te para la Mesa de Ayuda a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no m an tenerse el Xxxxx te de Proyecto en su rol al m enos los pri m eros 6 m eses, con la in tención xx xxxx dar un buen con t rol y estabilidad del arranq ue de los servicios confor m e al nu m eral 13.1 Xxxxx te de Proyecto. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar el docu m en to que a m para los derechos de uso de infraestructura, servicios o soft ware seg ún aplique; ade m ás de especificar la disponibilidad de todos los recursos, indica las excepciones en el uso de alg ún producto o servicio, a fin de evitar sobrecargos o confusiones a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar las Credenciales para el acceso a la consola de ad m inistración del servicio de nube que incluya al m enos dos perfiles de usuario: ad m inistrador y consulta a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la carta m e m bretada con credenciales de acceso para el servicio de soporte a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la Me x xxxx Técnica a m ás tardar diez días hábiles una vez concluida la fase de i m ple m en tación de la solución Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la en x xxxx de los servicios, su instalación, configuración y puesta a pun to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en los reportes m ensuales Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la renovación de Certificados Servicio de Certificados SSL/TLS Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no realizar las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la presen tación o m aterial utilizado en las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso **Pueden ser varios los servicios afectadoscontrato, por lo que, de no recibir los Servicios que puede aplicarse m ás se indican en el contrato a entera satisfacción de una pena Diconsa, se dará por el m ism o even toentendido que EL PROVEEDOR incumplió con la entrega de los mismos.** La aplicación de las penas y deducciones quedará sujeta a que la causa que llevo al incu m pli m ien to de la obligación sea atribuible a EL LICITANTE ADJUDICADO.

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Samples: Convocatoria a La Invitación a Cuando Menos Tres Personas

PENAS CONVENCIONALES. De conformidad con los artículos 53 y 54 de la “LAASSP”, 95 y 96 del “RLAASSP”, se aplicarán penas convencionales de dos al millar (0.002), por cada día natural de atraso en el servicio objeto del presente contrato, así como en la dispersión de los fondos en los vales electrónicos, en el entendido que no podrá exceder del monto de la garantía de cumplimiento del contrato. Las penas convencionales se aplicarán confor m e a lo sig uien te: LA CONVOCANTEsobre el importe del servicio objeto del presente contrato fuera del plazo convenido, aplicará a antes de I.V.A., en los licitan tes adjudicados penas convencionales por cada día hábil de atraso en la en x xxxx del servicio, por un m on to equivalen te al 1% (uno por cien to), del valor total de los servicios no en t regados en su totalidad, la cual no excederá del m on to de la garan tía de cu m pli m ien to del pedido La su m a de todas las penas convencionales aplicadas al proveedor no deberá exceder el i m porte de la garan tía de cu m pli m ien to del con t rato (10%). Cuando los servicios no se presten siguientes casos: a) Xxxxxx en la fecha o plazo convenido pactada para la entrega de los vales electrónicos. b) Xxxxxx en la fecha pactada para la dispersión de recursos a los vales electrónicos. c) Atraso en la fecha establecida para la devolución del importe correspondiente a los vales electrónicos, reintegrados por “LA AEFCM”. El pago por el servicio objeto del presente contrato, quedará condicionado proporcionalmente al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso. Las penas convencionales serán calculadas y la pena convencional notificadas a “EL PROVEEDOR”, por atraso rebase el m on to escrito, al día hábil siguiente en que se determinen, por parte de la garan tía Administradora del Contrato de cu m pli m ien to del con t rato, La Dirección de área adscrita a la Dirección de Ad m inistración y Finanzas a t ravés del Ad m inistrador del Con t rato, previa notificación a EL LICITANTE ADJUDICADO podrá rescindir este con trato, en tér m inos de los causales de Rescisión En caso de que sea necesario llevar a cabo la rescisión ad m inistrativa del con t rato, la aplicación de la garan tía de cu m pli m ien to será proporcional al m on to de las obligaciones incu m plidas“LA AEFCM”. Para deter m inar la aplicación efectos del pago de las penas convencionales confor m e al artículo 53 de la Ley de Adq uisiciones, Arrenda m ien tos y Servicios del Sector Público. No se to m arán en cuen ta las de m oras m otivadas por caso fortuito o causas de fuerza m ayor o cualquier otra causa no i m putable al proveedor. Para la aplicación y pago xx xxxxx convencionales en m ateria de adquisiciones, arrenda m ien tos de bienes m uebles y prestación de servicios de cualquier naturalezaconvencionales, en tér m inos de la Ley de Adquisicionestérminos del segundo párrafo del artículo 95 del “RLAASSP”, Arrenda m ien tos y Servicios del Sector Público y su Regla m en to, de fecha 2 de m ayo del 2022. Se deberá se podrá solicitar al proveedor a “EL PROVEEDOR” que al m o m en to momento de presen tar presentar la factura para el pago (CFDI de In gresoIngreso) por los bienes en t regados entregados o servicios prestados, aco m pañe acompañe una Nota de Crédito (CFDI de Egreso) por el m on to monto de la pena convencional previa m en te deter m inada previamente determinada por el Área ad m inistradora la Administradora del con t ratoContrato de “LA AEFCM”, a fin de que se aplique a la factura la deducción pena convencional que corresponda confor m e conforme a la Nota de Crédito. # Servicio Penas Convencionales * Por no , haciendo los registros procedentes en t regar el Cronogra m a Sistema de actividades Contabilidad y el plan de t rabajo detallado para la instalación, config uración Presupuesto (SICOP) y puesta a pun to de los servicios ofertados para LA CONANPgenerando las Cuentas por Liquidar Certificadas que correspondan, con aprobación el propósito de enterar el monto de la pena convencional a la Tesorería de la Federación, o a sus propias tesorerías en el caso de las m ism as. El plan de t rabajo deberá incluir la definición, desarrollo y m an teni m ien to de un plan de pruebas para validar la correcta instalación, configuración y p uesta a pun to a m ás tardar cinco días Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso hábiles posteriores entidades; conforme al fallo Por no proporcionar los nú m eros convencionales y celulares, ade m ás de correos electrónicos con base a la m atriz de escalación que presen te para la Mesa de Ayuda a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no m an tenerse el Xxxxx te de Proyecto en su rol al m enos los pri m eros 6 m eses, con la in tención xx xxxx dar un buen con t rol y estabilidad del arranq ue de los servicios confor m e al nu m eral 13.1 Xxxxx te de Proyecto. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar el docu m en to que a m para los derechos de uso de infraestructura, servicios o soft ware seg ún aplique; ade m ás de especificar la disponibilidad de todos los recursos, indica las excepciones procedimiento detallado en el uso Oficio Circular 700.2022.0003, de alg ún producto o serviciofecha 22 xx xxxxx de 2022, a fin de evitar sobrecargos o confusiones a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto emitido por cada día natural de atraso Por no en t regar las Credenciales para el acceso a la consola de ad m inistración del servicio de nube que incluya al m enos dos perfiles de usuario: ad m inistrador y consulta a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la carta m e m bretada con credenciales de acceso para el servicio de soporte a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la Me x xxxx Técnica a m ás tardar diez días hábiles una vez concluida la fase de i m ple m en tación Oficial Mayor de la solución Pena convencional Secretaría de Hacienda y Crédito Público. En ningún caso, las penas convencionales podrán negociarse en especie. “LA AEFCM” podrá optar por la rescisión del 1 % sobre contrato, cuando se agote el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural monto límite de atraso Por el retraso en la en x xxxx de los servicios, su instalación, configuración y puesta a pun to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en los reportes m ensuales Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la renovación de Certificados Servicio de Certificados SSL/TLS Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no realizar las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la presen tación o m aterial utilizado en las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso **Pueden ser varios los servicios afectados, por lo que puede aplicarse m ás de una pena por el m ism o even to.** La aplicación de las penas y deducciones quedará sujeta convencionales pactadas en el contrato formalizado. Las penas convencionales no podrán exceder de su pago de hasta 20 días naturales a que la causa que llevo al incu m pli m ien to partir de su exigibilidad. El importe de la obligación sea atribuible a EL LICITANTE ADJUDICADOpena convencional no podrá exceder el equivalente al monto total de la garantía de cumplimiento del contrato, y en el caso de no haberse requerido esta garantía, no deberá exceder del 20% (veinte por ciento) del monto total del contrato.

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Samples: Contratación Consolidada Del Servicio De Suministro De Vales De Despensa

PENAS CONVENCIONALES. Las La SECRETARÍA DE FINANZAS, con fundamento en lo dispuesto en el Artículo 59 de la Ley, aplicará penas convencionales se aplicarán confor m e a lo sig uien te: LA CONVOCANTE, aplicará a los licitan tes adjudicados penas convencionales del 5 (cinco) al millar por cada día hábil de atraso en la en x xxxx entrega del servicio, por un m on to equivalen te al 1% (uno por cien to), mismas que no excederán del valor total de los servicios no en t regados en su totalidad, la cual no excederá del m on to monto de la garan tía garantía de cu m pli m ien to cumplimiento del pedido La su m a de todas las penas convencionales aplicadas al proveedor no deberá exceder el i m porte de la garan tía de cu m pli m ien to del con t rato (10%)contrato. Cuando los servicios Lo anterior se aplicará si no se presten realiza la entrega total del servicio en la fecha o el plazo convenido y la pena convencional establecido en las presentes bases. El pago del servicio, quedará condicionado proporcionalmente al pago que el proveedor debe efectuar por atraso rebase el m on to de la garan tía de cu m pli m ien to del con t rato, La Dirección de área adscrita a la Dirección de Ad m inistración y Finanzas a t ravés del Ad m inistrador del Con t rato, previa notificación a EL LICITANTE ADJUDICADO podrá rescindir este con tratoconcepto xx xxxxx convencionales, en tér m inos el entendido de los causales de Rescisión En caso que en el supuesto de que sea necesario llevar rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penalizaciones. Los medios que se utilizará para la Licitación: Presencial: los licitantes deberán hacer entrega de los sobres que contienen sus propuestas técnicas y económicas mediante el escrito correspondiente al formato del Anexo A, en la Sala de Juntas “Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx” de la Secretaría de Administración del Poder Ejecutivo, sita en Edificio 1 “Xxxx Xxxxxxxxxxx”, nivel 3, Ciudad Administrativa “Benemérito de las Américas”, ubicada en la carretera Internacional Oaxaca-Istmo kilómetro 11.5, Municipio de Tlalixtac xx Xxxxxxx, Oaxaca el del día 29 xx xxxxx de 2017 a cabo la rescisión ad m inistrativa del con t ratolas 11:00 hrs. El idioma en que se podrán presentar las proposiciones es en español, la aplicación documentación complementaria de la garan tía propuesta técnica podrán presentarse en el idioma del país de cu m pli m ien to será proporcional origen de los bienes o servicios, acompañados de una traducción simple al m on to español. La moneda en que se deberá cotizar y efectuar el pago respectivo es en peso mexicano, debiendo contemplar en su propuesta económica hasta dos decimales. El Licitante presentará su propuesta técnica y económica en dos sobres cerrados los cuales contendrán en su interior, los documentos que correspondan a cada una de las obligaciones incu m plidas. Para deter m inar la aplicación ellas en original y fotocopia, como se precisa en el Anexo D de las penas convencionales confor m e estas bases, mismo que servirá al artículo 53 licitante como acuse de recibo de la Ley documentación presentada y revisada preliminarmente en los actos de Adq uisicionesapertura técnica y económica. El original de los documentos suscritos por la empresa, Arrenda m ien tos serán elaborados en papel membretado de la empresa licitante, impresos en tinta indeleble, estampando el sello de la empresa y Servicios con firmas autógrafas del Sector Públicorepresentante legal acreditado en la presente Licitación. Las ofertas no deben contener textos entre líneas, raspaduras ni tachaduras. No se to m arán aceptará hacer correcciones en cuen ta las el acto de m oras m otivadas por caso fortuito o causas apertura de fuerza m ayor o cualquier otra causa no i m putable al proveedorofertas. Para la aplicación y pago xx xxxxx convencionales en m ateria el caso de adquisiciones, arrenda m ien tos de bienes m uebles y prestación de servicios de cualquier naturalezaque, en tér m inos la revisión cuantitativa de la Ley de Adquisiciones, Arrenda m ien tos y Servicios del Sector Público y su Regla m en to, de fecha 2 de m ayo del 2022. Se deberá solicitar al proveedor que al m o m en to de presen tar la factura para el pago (CFDI de In greso) por los bienes en t regados o servicios prestados, aco m pañe una Nota de Crédito (CFDI de Egreso) por el m on to documentación de la pena convencional previa m en te deter m inada por propuesta técnica, se determine que el Área ad m inistradora del con t rato, a fin de que se aplique a la factura la deducción que corresponda confor m e a la Nota de Crédito. # Servicio Penas Convencionales * Por licitante no en t regar el Cronogra m a de actividades y el plan de t rabajo detallado para la instalación, config uración y puesta a pun to de los servicios ofertados para LA CONANP, con aprobación de las m ism as. El plan de t rabajo deberá incluir la definición, desarrollo y m an teni m ien to de un plan de pruebas para validar la correcta instalación, configuración y p uesta a pun to a m ás tardar cinco días Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso hábiles posteriores al fallo Por no proporcionar los nú m eros convencionales y celulares, ade m ás de correos electrónicos con base a la m atriz de escalación que presen te para la Mesa de Ayuda a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no m an tenerse el Xxxxx te de Proyecto en su rol al m enos los pri m eros 6 m eses, cumplió con la in tención xx xxxx dar un buen con t rol y estabilidad del arranq ue de los servicios confor m e al nu m eral 13.1 Xxxxx te de Proyecto. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar el docu m en to que a m para los derechos de uso de infraestructura, servicios o soft ware seg ún aplique; ade m ás de especificar la disponibilidad presentación de todos los recursosrequisitos documentales de la Licitación, indica éste será descalificado. La Convocante devolverá a los Licitantes que lo soliciten por escrito, las excepciones propuestas técnicas y económicas desechadas, solicitud que deberán de presentar en un plazo xx xxxx días hábiles contados a partir de la emisión del fallo, una vez transcurrido este periodo la Convocante podrá desecharlas. El Licitante deberá cerrar y sellar los sobres conteniendo en su interior los documentos relativos a la propuesta técnica en el uso orden como se precisa en el Anexo D y económica de alg ún producto o serviciomanera inviolable y rotular el mismo como se indica a continuación: Los licitantes sólo podrán presentar una proposición por licitación; “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES PARA ACTIVACIÓN FISCAL DE LAS CONTRIBUCIONES ESTATALES” EDIFICIO 1 “XXXX XXXXXXXXXXX”, a fin de evitar sobrecargos o confusiones a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % XXXXXX XXXX, XX XX XXXXXX XXXXXXXXXXXXXX “BENEMÉRITO DE LAS AMÉRICAS”, UBICADA EN LA XXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXX XXXXXX-XXXXX XXXXXXXXX 00.0, XXXXXXXXX XX XXXXXXXXX XX XXXXXXX, OAXACA. El sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar las Credenciales para el acceso a uno “PROPUESTA TÉCNICA” indicará claramente la consola de ad m inistración del servicio de nube que incluya al m enos dos perfiles de usuarioLeyenda: ad m inistrador y consulta a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la carta m e m bretada con credenciales de acceso para el servicio de soporte a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la Me x xxxx Técnica a m ás tardar diez días hábiles una vez concluida la fase de i m ple m en tación de la solución Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la en x xxxx de los servicios, su instalación, configuración y puesta a pun to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en los reportes m ensuales Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la renovación de Certificados Servicio de Certificados SSL/TLS Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no realizar las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la presen tación o m aterial utilizado en las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso **Pueden ser varios los servicios afectados, por lo que puede aplicarse m ás de una pena por el m ism o even to.** La aplicación “NO ABRIR antes de las penas y deducciones quedará sujeta a que 11:00 horas del día 29 xx xxxxx de 2017”. El sobre dos “PROPUESTA ECONÓMICA” indicará claramente la causa que llevo al incu m pli m ien to Leyenda: “NO ABRIR antes de la obligación sea atribuible a EL LICITANTE ADJUDICADOlas 11:00 horas del día 29 xx xxxxx de 2017”.

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Samples: Contratación De Servicios Profesionales

PENAS CONVENCIONALES. Las penas convencionales que se aplicarán confor m e a lo sig uien te: LA CONVOCANTE, aplicará a los licitan tes adjudicados penas convencionales por cada día hábil de atraso en las fechas de entrega, serán las siguientes: XII.4.1.- Una vez agotados los recursos por parte de esta Institución para que los proveedores entreguen los materiales o servicios en el plazo establecido, si el proveedor se excede en dicho plazo de entrega V.1. La aplicación de estas penas será sólo sobre la cantidad no entregada en x xxxx del serviciotiempo, por un m on to equivalen te al 1% (uno por cien to), del valor total de los servicios no en t regados en su totalidad, la cual no excederá del m on to de la garan tía de cu m pli m ien to del pedido La su m a de todas las penas convencionales aplicadas siempre y cuando esta Institución le haya permitido al proveedor no deberá exceder el i m porte de la garan tía de cu m pli m ien to del con t rato (10%)entregas parciales. Cuando los servicios no se presten en la fecha o plazo convenido y la pena convencional por atraso rebase el m on to de la garan tía de cu m pli m ien to del con t rato, La Dirección de área adscrita a la Dirección de Ad m inistración y Finanzas a t ravés del Ad m inistrador del Con t rato, previa notificación a EL LICITANTE ADJUDICADO podrá rescindir este con trato, en tér m inos de los causales de Rescisión En caso de que sea necesario llevar a cabo la rescisión ad m inistrativa del con t ratoEs decir, la aplicación de la garan tía garantía de cu m pli m ien to pedido o contrato, será proporcional al m on to monto de las obligaciones incu m plidas. Para deter m inar incumplidas. XII.4.2.- Cuando el proveedor solicite alguna prórroga para la aplicación entrega de los materiales o servicios contratados, será en el entendido de que la convocante podrá autorizarla sólo en casos excepcionales totalmente acreditables, y si al término de esta el proveedor no ha cumplido con sus compromisos, empezarán a correr las penas convencionales confor m e al artículo 53 que se señalan en el punto XII.4.1 de la Ley presente convocatoria. XII.4.3.- Se harán efectivas las fianzas relativas al cumplimiento de Adq uisicioneslos pedidos o contratos cuando se presente uno de los casos siguientes: XII.4.3.1.- Cuando hubiese transcurrido el tiempo máximo convenido originalmente, Arrenda m ien tos y Servicios del Sector Público. No o en su caso, el de la prórroga concedida para la entrega de los materiales. XII.4.3.2.- Cuando hubiese transcurrido el plazo adicional que se to m arán en cuen ta concede a los proveedores para corregir las de m oras m otivadas por caso fortuito o causas de fuerza m ayor los rechazos que en su caso se efectúen. XII.4.3.3.- Cuando los proveedores no sustituyan los materiales que tengan una mala calidad, defectos o cualquier otra causa vicios ocultos, derivados del uso de los mismos, durante el período de garantía. XII.4.3.4.- Se harán efectivas las garantías relativas a la operación de los materiales, si éstos fallan durante el período de garantía y no i m putable al proveedor. Para la aplicación y pago xx xxxxx convencionales en m ateria de adquisiciones, arrenda m ien tos de bienes m uebles y prestación de servicios de cualquier naturaleza, en tér m inos sean arreglados a satisfacción de la Ley de Adquisiciones, Arrenda m ien tos y Servicios del Sector Público y su Regla m en to, de fecha 2 de m ayo del 2022. Se deberá solicitar al proveedor que al m o m en to de presen tar la factura para el pago (CFDI de In greso) por los bienes en t regados o servicios prestados, aco m pañe una Nota de Crédito (CFDI de Egreso) por el m on to de la pena convencional previa m en te deter m inada por el Área ad m inistradora del con t rato, a fin de que se aplique a la factura la deducción que corresponda confor m e a la Nota de Crédito. # Servicio Penas Convencionales * Por no en t regar el Cronogra m a de actividades y el plan de t rabajo detallado para la instalación, config uración y puesta a pun to de los servicios ofertados para LA CONANP, con aprobación de las m ism as. El plan de t rabajo deberá incluir la definición, desarrollo y m an teni m ien to de un plan de pruebas para validar la correcta instalación, configuración y p uesta a pun to a m ás tardar cinco días Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso hábiles posteriores al fallo Por no proporcionar los nú m eros convencionales y celulares, ade m ás de correos electrónicos con base a la m atriz de escalación que presen te para la Mesa de Ayuda a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no m an tenerse el Xxxxx te de Proyecto en su rol al m enos los pri m eros 6 m eses, con la in tención xx xxxx dar un buen con t rol y estabilidad del arranq ue de los servicios confor m e al nu m eral 13.1 Xxxxx te de Proyecto. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar el docu m en to que a m para los derechos de uso de infraestructura, servicios o soft ware seg ún aplique; ade m ás de especificar la disponibilidad de todos los recursos, indica las excepciones en el uso de alg ún producto o servicio, a fin de evitar sobrecargos o confusiones a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar las Credenciales para el acceso a la consola de ad m inistración del servicio de nube que incluya al m enos dos perfiles de usuario: ad m inistrador y consulta a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la carta m e m bretada con credenciales de acceso para el servicio de soporte a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la Me x xxxx Técnica a m ás tardar diez días hábiles una vez concluida la fase de i m ple m en tación de la solución Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la en x xxxx de los servicios, su instalación, configuración y puesta a pun to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en los reportes m ensuales Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la renovación de Certificados Servicio de Certificados SSL/TLS Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no realizar las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la presen tación o m aterial utilizado en las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso **Pueden ser varios los servicios afectados, por lo que puede aplicarse m ás de una pena por el m ism o even toUNISON.** La aplicación de las penas y deducciones quedará sujeta a que la causa que llevo al incu m pli m ien to de la obligación sea atribuible a EL LICITANTE ADJUDICADO.

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Samples: Licitación Pública Internacional

PENAS CONVENCIONALES. De conformidad con lo estipulado en el Artículo 53 de la Ley, la API DOS BOCAS aplicará penas convencionales al PROVEEDOR, por retraso en la prestación de los BIENES. Descripción del servicio Penalización En caso de retraso en la entrega de los BIENES. Será del 0.5% por cada día natural de demora, sobre el valor diario del total de los BIENES entregados con atraso, esta pena convencional no excederá del 10% (diez por ciento) del monto total del CONTRATO. Por no cumplir con las demás especificaciones no contempladas en los apartados anteriores. Será del 0.5% por cada día natural de demora o incumplimiento. El monto máximo de las penas convencionales por atraso será del 10% del monto total del CONTRATO. Cabe señalar que el pago de los BIENES quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que el PROVEEDOR deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el CONTRATO, no procederá el cobro de dichas penalizaciones ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento. Las penas convencionales se aplicarán confor m e serán calculadas y les serán notificadas por la Subgerencia de Administración de la Administración Portuaria Integral de Dos Bocas S.A. de C.V., siendo esta aplicada a lo sig uien te: LA CONVOCANTE, aplicará a los licitan tes adjudicados penas convencionales por cada día hábil de atraso en la en x xxxx del servicio, por un m on to equivalen te al 1% (uno por cien to), del valor total facturación de los servicios no en t regados en su totalidad, la cual no excederá BIENES del m on to mes siguiente. Independientemente de la garan tía de cu m pli m ien to del pedido La su m a de todas las penas convencionales aplicadas al proveedor no deberá exceder el i m porte de la garan tía de cu m pli m ien to del con t rato (10%). Cuando los servicios no se presten en la fecha o plazo convenido y la pena convencional por atraso rebase el m on to de la garan tía de cu m pli m ien to del con t rato, La Dirección de área adscrita a la Dirección de Ad m inistración y Finanzas a t ravés del Ad m inistrador del Con t rato, previa notificación a EL LICITANTE ADJUDICADO podrá rescindir este con trato, en tér m inos de los causales de Rescisión En caso de que sea necesario llevar a cabo la rescisión ad m inistrativa del con t rato, la aplicación de la garan tía de cu m pli m ien to será proporcional al m on to de las obligaciones incu m plidas. Para deter m inar la aplicación de las penas convencionales confor m e al artículo 53 mencionadas las Administración Portuaria Integral de Dos Bocas S.A. de C.V. podrá optar por la Ley de Adq uisiciones, Arrenda m ien tos rescisión del contrato. El PROVEEDOR quedará obligado ante la Entidad a responder por la devolución y Servicios del Sector Público. No se to m arán en cuen ta las de m oras m otivadas por caso fortuito o causas de fuerza m ayor o cualquier otra causa no i m putable al proveedor. Para la aplicación y pago xx xxxxx convencionales en m ateria de adquisiciones, arrenda m ien tos reposición de bienes m uebles y prestación por motivos xx xxxxxx de servicios calidad o cumplimiento de cualquier naturalezaespecificaciones originalmente convenidas, en tér m inos de la Ley de Adquisiciones, Arrenda m ien tos y Servicios del Sector Público y sin que las sustituciones impliquen su Regla m en to, de fecha 2 de m ayo del 2022. Se deberá solicitar al proveedor que al m o m en to de presen tar la factura para el pago (CFDI de In greso) por los bienes en t regados o servicios prestados, aco m pañe una Nota de Crédito (CFDI de Egreso) por el m on to de la pena convencional previa m en te deter m inada por el Área ad m inistradora del con t rato, a fin de que se aplique a la factura la deducción que corresponda confor m e a la Nota de Crédito. # Servicio Penas Convencionales * Por no en t regar el Cronogra m a de actividades y el plan de t rabajo detallado para la instalación, config uración y puesta a pun to de los servicios ofertados para LA CONANP, con aprobación de las m ism as. El plan de t rabajo deberá incluir la definición, desarrollo y m an teni m ien to de un plan de pruebas para validar la correcta instalación, configuración y p uesta a pun to a m ás tardar cinco días Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso hábiles posteriores al fallo Por no proporcionar los nú m eros convencionales y celulares, ade m ás de correos electrónicos con base a la m atriz de escalación que presen te para la Mesa de Ayuda a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no m an tenerse el Xxxxx te de Proyecto en su rol al m enos los pri m eros 6 m eses, con la in tención xx xxxx dar un buen con t rol y estabilidad del arranq ue de los servicios confor m e al nu m eral 13.1 Xxxxx te de Proyecto. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar el docu m en to que a m para los derechos de uso de infraestructura, servicios o soft ware seg ún aplique; ade m ás de especificar la disponibilidad de todos los recursos, indica las excepciones en el uso de alg ún producto o servicio, a fin de evitar sobrecargos o confusiones a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar las Credenciales para el acceso a la consola de ad m inistración del servicio de nube que incluya al m enos dos perfiles de usuario: ad m inistrador y consulta a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la carta m e m bretada con credenciales de acceso para el servicio de soporte a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la Me x xxxx Técnica a m ás tardar diez días hábiles una vez concluida la fase de i m ple m en tación de la solución Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la en x xxxx de los servicios, su instalación, configuración y puesta a pun to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en los reportes m ensuales Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la renovación de Certificados Servicio de Certificados SSL/TLS Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no realizar las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la presen tación o m aterial utilizado en las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso **Pueden ser varios los servicios afectados, por lo que puede aplicarse m ás de una pena por el m ism o even tomodificación.** La aplicación de las penas y deducciones quedará sujeta a que la causa que llevo al incu m pli m ien to de la obligación sea atribuible a EL LICITANTE ADJUDICADO.

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Samples: Licitación Pública Internacional

PENAS CONVENCIONALES. Las penas convencionales se aplicarán confor En térm inos d e lo previsto en el artículo 53 de “La Ley ” y los artículos 95 y 96 de “El Reglam ento ”, en relación con lo estipulado en el num eral lII.3.2 de las “Políticas, Bases y Lineam ientos en m ateria d e a lo sig uien te: LA CONVOCANTEadq uisiciones, arrendam ientos y contratación de servicios de cualq uier naturaleza de la Secretaría d e Energía”, “La S ecretaría”, aplicará a los licitan tes adjudicados penas convencionales convencionales, por cada día hábil de conducto del A d m inistrad or d el Contrato, al licitante q ue resulte adjud icado, por atraso en la en x xxxx prestación del servicio, servicio objeto d e la presente Convocatoria o por un m on to equivalen te al 1% (uno por cien to), del valor total de los servicios no prestad os, cuando las causas sean im putables al licitante adjudicad o, en t regados los casos y en su totalidad, la cual no excederá los porcentajes ind icados en el num eral 2 8. XXXX S CONVENCIONA LES del m on to A nex o I Condiciones y Es p ecificacio nes T écnicas de la garan tía de cu m pli m ien to del pedido La su m presente Convocatoria. En ningún caso la sum a de d e todas las penas convencionales aplicadas a el licitante q ue resulte adjud icado, podrá exced er el im porte d e la garantía d e cum plim iento, por lo q ue el lím ite m áx im o de sanción, será hasta por un 10 % (d iez por ciento) d el m onto m áxim o total d el Contrato ad jud icado antes del Im puesto al proveedor no deberá exceder Valor A gregad o (IVA ), por lo q ue sí el i licitante que resulte ad judicad o alcanza dicho im porte, “La S ecretaría”, pod rá rescindir el Contrato y hará efectiva la garantía de cum plim iento del Contrato. Cuando el licitante q ue resulte ad jud icado incum pla la prestación d e los servicios, el A d m inistrador d el Contrato, lo notificará por escrito a la Dirección General d e Program ación y Presupuesto de “La S ecretaría”, adjuntando la evid encia y la inform ación relativa al incum plim iento, así com o la cuantificación d el m onto a que asciende la penalización. A sim ism o, si en un térm ino de d iez (10 ) días naturales persiste el atraso en la prestación del servicio, “La S ecretaría” podrá rescindir el Contrato, y en su caso, hará efectiva la garantía de cum plim iento de obligaciones contractuales. Para el pago de las penas convencionales “La S ecretaría”, a través d el A d m inistrad or d el Contrato, inform ará por escrito al licitante ad judicad o el cálculo d e la pena correspondiente indicando el núm ero de d ías d e atraso, así com o, la base para su cálculo y el m onto de la pena a q ue se haya hecho acreed or. Para hacer efectiva la pena convencional se podrá optar por cualq uiera de los proced im ientos siguientes: • El licitante q ue resulte adjudicado cubrirá el im porte de la garan tía pena convencional, m ediante entero a la Tesorería d e la Federación, en cualq uiera de cu las instituciones bancarias, a través d el form ato correspondiente y q ued a obligad o a rem itir al siguiente d ía hábil d e realizad o el entero de referencia, un original d e dicho form ato (com probante de pago) al A d m pli inistrador d el Contrato, en el dom icilio ubicad o en A venida Insurgentes Sur, núm ero 890 , Planta Baja, Oficina S/N, Colonia Xxx Xxxxx, A lcaldía Xxxxxx Xxxxx z, C.P. 0 310 0 , en la Ciudad de México, previo a la presentación del CFDI d el servicio correspondiente; o • En su caso, el A d m ien to inistrador d el Contrato pod rá aplicar, para q ue se cubra el im porte de las penas convencionales por el licitante q ue resulte ad judicad o d escontánd olo d el correspondiente pago d el servicio, aplicand o el CR ITER IO NOR MA TIVO DE INTER PR ETA CIÓN TU 0 1/2 0 2 2 de fecha 0 2 d e m ayo del 2 0 2 2, en correlación con t rato el criterio orientador em itido por la Oficialía Mayor d e la Secretaría d e Hacienda y Crédito Público en el Oficio Circular núm ero 70 0 .2 0 2 2.0 0 0 3, d e fecha 22 de x xxxx d el 2 0 22 , para la ejecución de las penas convencionales, consistente en q ue el licitante q ue resulte adjud icad o em ita un com probante de egreso (10%CFDI de Egreso). Cuando , conocido com únm ente com o Nota de Créd ito, por concepto d e las penas convencionales d eterm inad as por el A d m inistrador d el Contrato, en el m ism o m om ento en el que em ita el com probante d e ingreso (CFDI d e Ingreso) por concepto de los servicios q ue corresponda, en térm inos de las d isposiciones jurídicas aplicables, aplicando para tales efectos el proced im iento m arcado en el oficio de referencia. De conform id ad con lo establecid o en el artículo 95 d e “El Regl am ento ”, en el caso de proceder la aplicación x x xxxxx convencionales, el pago del servicio q uedará condicionado proporcionalm ente al pago q ue d eberá efectuar el licitante q ue resulte ad judicad o en el entendido d e q ue si el Contrato es rescindid o no se presten en proced erá el cobro d e d ichas penas ni la fecha o plazo convenido y contabilización de las m ism as al hacer efectiva la garantía d e cum plim iento. En ningún caso el pago de la pena convencional por atraso rebase el m on to podrá negociarse en especie. Independientem ente de la garan tía de cu m pli m ien to del con t rato, La Dirección de área adscrita a la Dirección de Ad m inistración y Finanzas a t ravés del Ad m inistrador del Con t rato, previa notificación a EL LICITANTE ADJUDICADO podrá rescindir este con trato, en tér m inos de los causales de Rescisión En caso de que sea necesario llevar a cabo la rescisión ad m inistrativa del con t rato, la aplicación de la garan tía de cu m pli m ien to será proporcional al m on to de las obligaciones incu m plidas. Para deter m inar la aplicación de las penas convencionales confor convencionales, “La S ecretaría”, pod rá en cualquier m e al artículo 53 de om ento optar por la Ley de Adq uisiciones, Arrenda m ien tos y Servicios rescisión del Sector Público. No se to m arán en cuen ta las de m oras m otivadas Contrato por caso fortuito o causas de fuerza m ayor o cualquier otra causa no i m putable al proveedor. Para la aplicación y pago xx xxxxx convencionales en m ateria de adquisiciones, arrenda m ien tos de bienes m uebles y prestación de servicios de cualquier naturaleza, en tér m inos de la Ley de Adquisiciones, Arrenda m ien tos y Servicios del Sector Público y su Regla m en to, de fecha 2 de m ayo del 2022. Se deberá solicitar al proveedor que al m o m en to de presen tar la factura para el pago (CFDI de In greso) por los bienes en t regados o servicios prestados, aco m pañe una Nota de Crédito (CFDI de Egreso) por el m on to de la pena convencional previa m en te deter m inada por el Área ad m inistradora del con t rato, a fin de que se aplique a la factura la deducción que corresponda confor m e a la Nota de Crédito. # Servicio Penas Convencionales * Por no en t regar el Cronogra m a de actividades y el plan de t rabajo detallado para la instalación, config uración y puesta a pun to de los servicios ofertados para LA CONANP, con aprobación de las m ism as. El plan de t rabajo deberá incluir la definición, desarrollo y m an teni m ien to de un plan de pruebas para validar la correcta instalación, configuración y p uesta a pun to a m ás tardar cinco días Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso hábiles posteriores al fallo Por no proporcionar los nú m eros convencionales y celulares, ade m ás de correos electrónicos con base a la m atriz de escalación que presen te para la Mesa de Ayuda a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no m an tenerse el Xxxxx te de Proyecto en su rol al m enos los pri m eros 6 m eses, con la in tención xx xxxx dar un buen con t rol y estabilidad del arranq ue de los servicios confor m e al nu m eral 13.1 Xxxxx te de Proyecto. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar el docu m en to que a m para los derechos de uso de infraestructura, servicios o soft ware seg ún aplique; ade m ás de especificar la disponibilidad de todos los recursos, indica las excepciones en el uso de alg ún producto o servicio, a fin de evitar sobrecargos o confusiones a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar las Credenciales para el acceso a la consola de ad m inistración del servicio de nube que incluya al m enos dos perfiles de usuario: ad m inistrador y consulta a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la carta m e m bretada con credenciales de acceso para el servicio de soporte a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la Me x xxxx Técnica a m ás tardar diez días hábiles una vez concluida la fase de i m ple m en tación de la solución Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la en x xxxx de los servicios, su instalación, configuración y puesta a pun to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en los reportes m ensuales Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la renovación de Certificados Servicio de Certificados SSL/TLS Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no realizar las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la presen tación o m aterial utilizado en las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso **Pueden ser varios los servicios afectados, por lo que puede aplicarse m ás de una pena por el m ism o even toincum plim iento.** La aplicación de las penas y deducciones quedará sujeta a que la causa que llevo al incu m pli m ien to de la obligación sea atribuible a EL LICITANTE ADJUDICADO.

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Samples: Servicio Integral De Limpieza

PENAS CONVENCIONALES. Las penas convencionales a las que "EL PROVEEDOR" se aplicarán confor m e haga acreedor por incumplimiento en la ejecución de los servicios, se calcularán, de acuerdo a lo sig uien te: LA CONVOCANTE, aplicará a los licitan tes adjudicados establecido en el \"ANEXO ÚNICO"� el presente contrato. Las penas convencionales serán cubiertas por cada día hábil "EL PROVEEDOR" mediante el "Pago electrónico de atraso en la en x xxxx del servicioDerechos, por un m on to equivalen te al 1% (uno por cien to)Producto y Aprovechamientos, del valor total de los servicios no en t regados en su totalidadesquema e5cinco", la cual no excederá del m on to a favor de la garan tía Tesorería de cu m pli m ien to la Federación, directamente por el proveedor ante alguna de las instituciones bancarias autorizadas por la misma, acreditando dicho pago con la entrega del pedido recibo bancario al Administrador del Contrato. La su m a suma de todas las penas convencionales aplicadas al proveedor a "EL PROVEEDOR" no deberá exceder el i m porte importe de la garan tía garantía de cu m pli m ien to cumplimiento del con t rato (10%)contrato. Cuando los servicios no se presten en la fecha o plazo convenido y la pena convencional por atraso rebase el m on to monto de la garan tía garantía de cu m pli m ien to cumplimiento del con t ratocontrato, La Dirección de área adscrita "LA ASEA", a la Dirección de Ad m inistración y Finanzas a t ravés través del Ad m inistrador Administrador del Con t ratoContrato, Ü\ previa notificación a "EL LICITANTE ADJUDICADO podrá rescindir PROVEEDOR", podrán solicitar el procedimiento de rescisión a este con tratocontrato, en tér m inos términos de los causales la Cláusula denominada.Rescisión Administrativa. / Página 9 de Rescisión 16 .AGENCIA DE SEGURIDAD, ENERGÍA Y AMBIENTE CONTRATO [ASEA-DGRMS-AD-043- 2016 1 CONTRATO DEL SERVICIO DE PERFORACIÓN Y MUESTREO PARA DETERMINACIÓN DE En caso de que sea necesario llevar a cabo la rescisión ad m inistrativa administrativa del con t ratocontrato, la aplicación de la garan tía garantía de cu m pli m ien to cumplimiento será proporcional al m on to por el monto total del contrato. Independientemente de la aplicación de la pena convencional a que hace referencia el párrafo que antecede, se aplicarán además las obligaciones incu m plidassanciones que deriven de la Ley de Adquisiciones Arrendam_ientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento. Las penas son independientes de los daños y perjuicios que ocasionare "EL PROVEEDOR" por no cumplir con las condiciones pactadas en el presente contrato. Para deter m inar determinar la aplicación de las penas convencionales confor m e al artículo 53 de la Ley de Adq uisicionesconvencionales, Arrenda m ien tos y Servicios del Sector Público. No no se to m arán tomarán en cuen ta cuenta las de m oras m otivadas demoras motivadas por caso fortuito o causas de fuerza m ayor mayor o cualquier otra causa no i m putable al proveedor. Para la aplicación y pago xx xxxxx convencionales en m ateria de adquisiciones, arrenda m ien tos de bienes m uebles y prestación de servicios de cualquier naturaleza, en tér m inos de la Ley de Adquisiciones, Arrenda m ien tos y Servicios del Sector Público y su Regla m en to, de fecha 2 de m ayo del 2022. Se deberá solicitar al proveedor que al m o m en to de presen tar la factura para el pago (CFDI de In greso) por los bienes en t regados o servicios prestados, aco m pañe una Nota de Crédito (CFDI de Egreso) por el m on to de la pena convencional previa m en te deter m inada por el Área ad m inistradora del con t rato, imputable a fin de que se aplique a la factura la deducción que corresponda confor m e a la Nota de Crédito. # Servicio Penas Convencionales * Por no en t regar el Cronogra m a de actividades y el plan de t rabajo detallado para la instalación, config uración y puesta a pun to de los servicios ofertados para LA CONANP, con aprobación de las m ism as. El plan de t rabajo deberá incluir la definición, desarrollo y m an teni m ien to de un plan de pruebas para validar la correcta instalación, configuración y p uesta a pun to a m ás tardar cinco días Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso hábiles posteriores al fallo Por no proporcionar los nú m eros convencionales y celulares, ade m ás de correos electrónicos con base a la m atriz de escalación que presen te para la Mesa de Ayuda a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no m an tenerse el Xxxxx te de Proyecto en su rol al m enos los pri m eros 6 m eses, con la in tención xx xxxx dar un buen con t rol y estabilidad del arranq ue de los servicios confor m e al nu m eral 13.1 Xxxxx te de Proyecto. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar el docu m en to que a m para los derechos de uso de infraestructura, servicios o soft ware seg ún aplique; ade m ás de especificar la disponibilidad de todos los recursos, indica las excepciones en el uso de alg ún producto o servicio, a fin de evitar sobrecargos o confusiones a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar las Credenciales para el acceso a la consola de ad m inistración del servicio de nube que incluya al m enos dos perfiles de usuario: ad m inistrador y consulta a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la carta m e m bretada con credenciales de acceso para el servicio de soporte a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la Me x xxxx Técnica a m ás tardar diez días hábiles una vez concluida la fase de i m ple m en tación de la solución Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la en x xxxx de los servicios, su instalación, configuración y puesta a pun to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en los reportes m ensuales Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la renovación de Certificados Servicio de Certificados SSL/TLS Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no realizar las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la presen tación o m aterial utilizado en las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso **Pueden ser varios los servicios afectados, por lo que puede aplicarse m ás de una pena por el m ism o even to"EL PROVEEDOR".** La aplicación de las penas y deducciones quedará sujeta a que la causa que llevo al incu m pli m ien to de la obligación sea atribuible a EL LICITANTE ADJUDICADO.

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Samples: Service Contract

PENAS CONVENCIONALES. De conformidad con el artículo 53 de la LAASSP, 95 y 96 de su RLAASSP y el numeral V.17.5 de las Políticas Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, de la Secretaría de la Función Pública como ente consolidador, en el entendido que no podrá exceder del monto de la garantía de cumplimiento del contrato, se aplicarán penas convencionales de dos al millar (0.002), por cada día natural de atraso en el SERVICIO descrito en las presentes ETAS, así como en la dispersión de los fondos en los vales electrónicos de despensa, en el entendido que no podrá exceder del monto de la garantía de cumplimiento del contrato. a) Xxxxxx en la fecha pactada para la entrega de los vales electrónicos e impresos en papel de despensa. b) Xxxxxx en la fecha pactada para la dispersión de recursos a los vales electrónicos de despensa. c) Atraso en la fecha establecida para la devolución del importe correspondiente a los vales electrónicos e impresos en papel de despensa, reintegrados por LAS PARTICIPANTES. El pago por el SERVICIO, quedará condicionado al pago que el OFERENTE adjudicado deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso. Las penas convencionales serán calculadas y notificadas al OFERENTE adjudicado, por escrito, al día hábil siguiente en que se aplicarán confor m e determinen, el OFERENTE adjudicado cubrirá la pena convencional, mediante entero a lo sig uien te: LA CONVOCANTEla Tesorería de la Federación, aplicará en cualquiera de las instituciones bancarias, a los licitan tes adjudicados penas convencionales por cada través del formato correspondiente, o ante la tesorería de LAS PARTICIPANTES que cuenten con ésta, y queda obligado a remitir al siguiente día hábil de atraso realizado el entero de referencia, un original de dicho formato (comprobante de pago) a LAS PARTICIPANTES, en la en x xxxx del servicio, por un m on to equivalen te al 1% (uno por cien to), del valor total los domicilios de los servicios no en t regados en su totalidadADMINISTRADORES DE LOS CONTRATOS. En ningún caso, la cual no excederá del m on to de la garan tía de cu m pli m ien to del pedido La su m a de todas las penas convencionales aplicadas al proveedor no deberá exceder el i m porte podrán negociarse en especie, independientemente de la garan tía de cu m pli m ien to del con t rato (10%). Cuando los servicios no se presten en la fecha o plazo convenido y la pena convencional por atraso rebase el m on to de la garan tía de cu m pli m ien to del con t rato, La Dirección de área adscrita a la Dirección de Ad m inistración y Finanzas a t ravés del Ad m inistrador del Con t rato, previa notificación a EL LICITANTE ADJUDICADO podrá rescindir este con trato, en tér m inos de los causales de Rescisión En caso de que sea necesario llevar a cabo la rescisión ad m inistrativa del con t rato, la aplicación de la garan tía de cu m pli m ien to será proporcional al m on to de las obligaciones incu m plidas. Para deter m inar la aplicación de las penas convencionales confor m e al artículo 53 de mencionadas. LAS PARTICIPANTES podrán optar por la Ley de Adq uisiciones, Arrenda m ien tos y Servicios rescisión del Sector Público. No se to m arán en cuen ta las de m oras m otivadas por caso fortuito o causas de fuerza m ayor o cualquier otra causa no i m putable al proveedor. Para la aplicación y pago xx xxxxx convencionales en m ateria de adquisiciones, arrenda m ien tos de bienes m uebles y prestación de servicios de cualquier naturaleza, en tér m inos de la Ley de Adquisiciones, Arrenda m ien tos y Servicios del Sector Público y su Regla m en to, de fecha 2 de m ayo del 2022. Se deberá solicitar al proveedor que al m o m en to de presen tar la factura para el pago (CFDI de In greso) por los bienes en t regados o servicios prestados, aco m pañe una Nota de Crédito (CFDI de Egreso) por el m on to de la pena convencional previa m en te deter m inada por el Área ad m inistradora del con t rato, a fin de que se aplique a la factura la deducción que corresponda confor m e a la Nota de Crédito. # Servicio Penas Convencionales * Por no en t regar el Cronogra m a de actividades y el plan de t rabajo detallado para la instalación, config uración y puesta a pun to de los servicios ofertados para LA CONANP, con aprobación de las m ism as. El plan de t rabajo deberá incluir la definición, desarrollo y m an teni m ien to de un plan de pruebas para validar la correcta instalación, configuración y p uesta a pun to a m ás tardar cinco días Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso hábiles posteriores al fallo Por no proporcionar los nú m eros convencionales y celulares, ade m ás de correos electrónicos con base a la m atriz de escalación que presen te para la Mesa de Ayuda a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no m an tenerse el Xxxxx te de Proyecto en su rol al m enos los pri m eros 6 m eses, con la in tención xx xxxx dar un buen con t rol y estabilidad del arranq ue de los servicios confor m e al nu m eral 13.1 Xxxxx te de Proyecto. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar el docu m en to que a m para los derechos de uso de infraestructura, servicios o soft ware seg ún aplique; ade m ás de especificar la disponibilidad de todos los recursos, indica las excepciones en el uso de alg ún producto o servicio, a fin de evitar sobrecargos o confusiones a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar las Credenciales para el acceso a la consola de ad m inistración del servicio de nube que incluya al m enos dos perfiles de usuario: ad m inistrador y consulta a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la carta m e m bretada con credenciales de acceso para el servicio de soporte a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la Me x xxxx Técnica a m ás tardar diez días hábiles una vez concluida la fase de i m ple m en tación de la solución Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la en x xxxx de los servicios, su instalación, configuración y puesta a pun to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en los reportes m ensuales Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la renovación de Certificados Servicio de Certificados SSL/TLS Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no realizar las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la presen tación o m aterial utilizado en las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso **Pueden ser varios los servicios afectados, por lo que puede aplicarse m ás de una pena por el m ism o even tocontrato.** La aplicación de las penas y deducciones quedará sujeta a que la causa que llevo al incu m pli m ien to de la obligación sea atribuible a EL LICITANTE ADJUDICADO.

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Samples: Suministro De Vales De Despensa

PENAS CONVENCIONALES. Las Con fundamento en el Artículo 53 de la Ley, el licitante ganador una vez firmado el contrato correspondiente, deberá cumplir con el suministro de los Servicios, en las condiciones y el plazo señalado en el mismo y en la presente convocatoria y que, en caso de incumplimiento, a fin de resarcir los daños ocasionados en su operación a Diconsa, se le aplicarán las penas convencionales que se aplicarán confor m e mencionan a lo sig uien te: LA CONVOCANTEcontinuación: a) Por el atraso de la prestación de los servicios pagará una pena convencional equivalente a cinco por ciento (5 %), aplicará a los licitan tes adjudicados aplicando las penas convencionales respectivas por cada día hábil de atraso en la en x xxxx del servicioatraso, por un m on to equivalen te al 1% (uno por cien to), del valor total sobre el monto de los servicios no en t regados en su totalidad, la cual no excederá del m on to pendientes de la garan tía realizar; DICONSA podrá descontar el monto de cu m pli m ien to del pedido La su m a de todas las penas convencionales aplicadas al proveedor no deberá exceder el i m porte de la garan tía de cu m pli m ien to del con t rato (10%). Cuando los servicios no se presten en la fecha o plazo convenido y la pena convencional por atraso rebase el m on to al momento del pago de la garan tía factura correspondiente. sin que la acumulación de cu m pli m ien to esta pena exceda el diez por ciento del importe total del presente contrato. El pago de los servicios objeto de la presente licitación, quedará condicionado proporcionalmente, en su caso al pago que el proveedor deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales. Los importes que en su caso resulten de la aplicación de la pena convencional que se imponga al proveedor, se harán efectivos con t ratocargo a los comprobantes fiscales digitales correspondientes pendientes de pago, los cuales no podrán exceder el monto de la garantía de cumplimiento establecida en la presente Licitación. La Dirección notificación y cálculo de área adscrita a la Dirección pena convencional correspondiente, la realizarán los C. Lic. Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Coordinadora de Ad m inistración Administración y Finanzas a t ravés del Ad m inistrador del Con t ratode la Sucursal Villahermosa, previa notificación a EL LICITANTE ADJUDICADO podrá rescindir este con tratola Lic. Xxxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxx Xxx Xxxxxxxx, en tér m inos Coordinadora de Administración y Finanzas de la Unidad Operativa Tuxtla Gutiérrez y el C.P. Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Coordinador de Administración y Finanzas de la Unidad Operativa Tapachula, de DICONSA, S.A. de C.V. como áreas administradoras de los causales contratos, y la dará a conocer por escrito al proveedor. Independientemente de Rescisión la aplicación de la pena convencional a que hace referencia el inciso a) que antecede, se aplicará además cualquier otra que la Ley establezca. Esta pena convencional no descarta que DICONSA determine procedente la rescisión administrativa del contrato respectivo, considerando la gravedad del incumplimiento de los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses de DICONSA. En caso de que sea necesario llevar a cabo la rescisión ad m inistrativa RESCISIÓN ADMINISTRATIVA del con t ratoContrato, la aplicación de la garan tía garantía de cu m pli m ien to cumplimiento será proporcional al m on to monto de las obligaciones incu m plidas. Para deter m inar incumplidas, la RESCISIÓN parcial o total implicará la aplicación de las penas convencionales confor m e al artículo 53 xx xxxx por retraso hasta el monto total de la Ley garantía de Adq uisicionescumplimiento. Diconsa podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, Arrenda m ien tos el procedimiento de rescisión del Contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y Servicios los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses de Diconsa. La penalización tendrá como objeto resarcir los daños y perjuicios ocasionados a DICONSA. De conformidad con el Artículo 84, penúltimo párrafo del Sector PúblicoReglamento, DICONSA a través de los C. Lic. No se to m arán en cuen ta las Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Coordinadora de m oras m otivadas por caso fortuito o causas de fuerza m ayor o cualquier otra causa no i m putable al proveedor. Para la aplicación Administración y pago xx xxxxx convencionales en m ateria de adquisiciones, arrenda m ien tos de bienes m uebles y prestación de servicios de cualquier naturaleza, en tér m inos Finanzas de la Ley Sucursal Villahermosa, la Lic. Xxxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxx Xxx Xxxxxxxx, Coordinadora de Adquisiciones, Arrenda m ien tos Administración y Servicios del Sector Público y su Regla m en to, de fecha 2 de m ayo del 2022. Se deberá solicitar al proveedor que al m o m en to de presen tar la factura para el pago (CFDI de In greso) por los bienes en t regados o servicios prestados, aco m pañe una Nota de Crédito (CFDI de Egreso) por el m on to Finanzas de la pena convencional previa m en te deter m inada por el Área ad m inistradora del con t rato, a fin de que se aplique a la factura la deducción que corresponda confor m e a la Nota de Crédito. # Servicio Penas Convencionales * Por no en t regar el Cronogra m a de actividades Unidad Operativa Tuxtla Gutiérrez y el plan C.P. Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Coordinadora de t rabajo detallado para Administración y Finanzas de la instalaciónUnidad Operativa Tapachula, config uración quienes administraran en todo momento y puesta a pun to vigilarán el cumplimiento de los servicios ofertados para LA CONANP, con aprobación contratos de las m ism as. El plan de t rabajo deberá incluir la definición, desarrollo y m an teni m ien to de un plan de pruebas para validar la correcta instalación, configuración y p uesta a pun to a m ás tardar cinco días Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso hábiles posteriores al fallo Por no proporcionar los nú m eros convencionales y celulares, ade m ás de correos electrónicos con base a la m atriz de escalación que presen te para la Mesa de Ayuda a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no m an tenerse el Xxxxx te de Proyecto en su rol al m enos los pri m eros 6 m eses, con la in tención xx xxxx dar un buen con t rol y estabilidad del arranq ue de los servicios confor m e al nu m eral 13.1 Xxxxx te de Proyecto. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar el docu m en to que a m para los derechos de uso de infraestructura, servicios o soft ware seg ún aplique; ade m ás de especificar la disponibilidad de todos los recursos, indica las excepciones en el uso de alg ún producto o servicio, a fin de evitar sobrecargos o confusiones a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar las Credenciales para el acceso a la consola de ad m inistración del servicio de nube que incluya al m enos dos perfiles de usuario: ad m inistrador y consulta a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la carta m e m bretada con credenciales de acceso para el servicio de soporte a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la Me x xxxx Técnica a m ás tardar diez días hábiles una vez concluida la fase de i m ple m en tación de la solución Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la en x xxxx de los servicios, su instalación, configuración y puesta a pun to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en los reportes m ensuales Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la renovación de Certificados Servicio de Certificados SSL/TLS Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no realizar las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la presen tación o m aterial utilizado en las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso **Pueden ser varios los servicios afectadosUnidad Operativa, por lo que, de no recibir los Servicios que puede aplicarse m ás se indican en el contrato a entera satisfacción de una pena Diconsa, se dará por el m ism o even toentendido que EL PROVEEDOR incumplió con la entrega de los mismos.** La aplicación de las penas y deducciones quedará sujeta a que la causa que llevo al incu m pli m ien to de la obligación sea atribuible a EL LICITANTE ADJUDICADO.

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Samples: Licitación Pública Nacional Electrónica

PENAS CONVENCIONALES. La pena convencional se aplicará únicamente por no entregar los bienes en los tiempos de entrega solicitados en esta convocatoria. Con base en el artículo 53 de la Ley, la pena convencional que se aplicará será a razón de 0.5% sobre el monto total de los bienes no entregados por cada día natural de retraso a partir del día siguiente en que venza el plazo de entrega de los bienes establecido en esta convocatoria y en el contrato respectivo, o el monto de la garantía de cumplimiento, lo que ocurra primero. El cálculo y la aplicación de esta pena serán a cargo del Departamento de Adquisiciones, de los Servicios de Salud de Oaxaca. En caso de incumplimiento por parte del proveedor, los Servicios de Salud podrán rescindir administrativamente el contrato; en su caso, el procedimiento de rescisión se iniciará dentro de los 15 días naturales siguientes a aquel en que se hubiere agotado el plazo o el monto límite de aplicación de las penas convencionales. El pago de los bienes quedará condicionado al pago que el proveedor deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penalizaciones ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la fianza. Las penas convencionales se aplicarán confor m e harán efectivas mediante: Pago voluntario del proveedor, dentro de los cinco días naturales siguientes al día en que se le requiera. El pago lo podrá efectuar a lo sig uien te: LA CONVOCANTE, aplicará través de cheque certificado o de caja a los licitan tes adjudicados penas convencionales por cada día hábil favor de atraso la Tesorería de la Federación en la Subdirección de Finanzas de los Servicios de Salud de Oaxaca”, ubicada en x xxxx X.X. Xxxxxx Xx. 103, Col. Centro, Oaxaca, Oax. En el caso de que no exista pago voluntario dentro del servicioplazo antes establecido, los Servicios de Salud podrán deducir la sanción que se derive del incumplimiento al momento de realizar el pago al proveedor incumplido. 10.4.1.- POR INCUMPLIMIENTO AL CONTRATO. Se hará efectiva la garantía relativa al cumplimiento del contrato, cuando el proveedor no cumpla cualquiera de sus obligaciones contractuales, por un m on to equivalen te al 1% (uno por cien to)causas a él imputables, del valor total teniendo los Servicios de los servicios no en t regados en su totalidad, Salud la cual no excederá del m on to facultad potestativa de la garan tía de cu m pli m ien to del pedido La su m a de todas las penas convencionales aplicadas al proveedor no deberá exceder rescindir el i m porte de la garan tía de cu m pli m ien to del con t rato (10%)contrato. Cuando los servicios no se presten en la fecha o plazo convenido y la pena convencional por atraso rebase el m on to de la garan tía de cu m pli m ien to del con t rato, La Dirección de área adscrita a la Dirección de Ad m inistración y Finanzas a t ravés del Ad m inistrador del Con t rato, previa notificación a EL LICITANTE ADJUDICADO podrá rescindir este con trato, en tér m inos de los causales de Rescisión En caso de que sea necesario llevar a cabo la rescisión ad m inistrativa del con t ratorescisión, la aplicación de la garan tía garantía de cu m pli m ien to cumplimiento será proporcional al m on to monto de las obligaciones incu m plidas. Para deter m inar la aplicación de las penas convencionales confor m e al artículo 53 de la Ley de Adq uisiciones, Arrenda m ien tos y Servicios del Sector Público. No se to m arán en cuen ta las de m oras m otivadas por caso fortuito o causas de fuerza m ayor o cualquier otra causa no i m putable al proveedor. Para la aplicación y pago xx xxxxx convencionales en m ateria de adquisiciones, arrenda m ien tos de bienes m uebles y prestación de servicios de cualquier naturaleza, en tér m inos de la Ley de Adquisiciones, Arrenda m ien tos y Servicios del Sector Público y su Regla m en to, de fecha 2 de m ayo del 2022. Se deberá solicitar al proveedor que al m o m en to de presen tar la factura para el pago (CFDI de In greso) por los bienes en t regados o servicios prestados, aco m pañe una Nota de Crédito (CFDI de Egreso) por el m on to de la pena convencional previa m en te deter m inada por el Área ad m inistradora del con t rato, a fin de que se aplique a la factura la deducción que corresponda confor m e a la Nota de Crédito. # Servicio Penas Convencionales * Por no en t regar el Cronogra m a de actividades y el plan de t rabajo detallado para la instalación, config uración y puesta a pun to de los servicios ofertados para LA CONANP, con aprobación de las m ism as. El plan de t rabajo deberá incluir la definición, desarrollo y m an teni m ien to de un plan de pruebas para validar la correcta instalación, configuración y p uesta a pun to a m ás tardar cinco días Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso hábiles posteriores al fallo Por no proporcionar los nú m eros convencionales y celulares, ade m ás de correos electrónicos con base a la m atriz de escalación que presen te para la Mesa de Ayuda a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no m an tenerse el Xxxxx te de Proyecto en su rol al m enos los pri m eros 6 m eses, con la in tención xx xxxx dar un buen con t rol y estabilidad del arranq ue de los servicios confor m e al nu m eral 13.1 Xxxxx te de Proyecto. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar el docu m en to que a m para los derechos de uso de infraestructura, servicios o soft ware seg ún aplique; ade m ás de especificar la disponibilidad de todos los recursos, indica las excepciones en el uso de alg ún producto o servicio, a fin de evitar sobrecargos o confusiones a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar las Credenciales para el acceso a la consola de ad m inistración del servicio de nube que incluya al m enos dos perfiles de usuario: ad m inistrador y consulta a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la carta m e m bretada con credenciales de acceso para el servicio de soporte a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la Me x xxxx Técnica a m ás tardar diez días hábiles una vez concluida la fase de i m ple m en tación de la solución Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la en x xxxx de los servicios, su instalación, configuración y puesta a pun to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en los reportes m ensuales Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la renovación de Certificados Servicio de Certificados SSL/TLS Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no realizar las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la presen tación o m aterial utilizado en las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso **Pueden ser varios los servicios afectados, por lo que puede aplicarse m ás de una pena por el m ism o even toincumplidas.** La aplicación de las penas y deducciones quedará sujeta a que la causa que llevo al incu m pli m ien to de la obligación sea atribuible a EL LICITANTE ADJUDICADO.

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Samples: Licitación Pública Internacional

PENAS CONVENCIONALES. Las partes fijan de común acuerdo las siguientes penas convencionales se aplicarán confor m e a lo sig uien te: convencionales: a). - En caso de que “EL PROVEEDOR” por causa que le sea imputable, no cumpla con el plazo de entrega autorizado, "LA CONVOCANTEDEPENDENCIA”, aplicará a los licitan tes adjudicados penas convencionales una pena convencional por cada día hábil de atraso en la en x xxxx el importe que resulte del servicio, por un m on to equivalen te 1 (uno) al 1% (uno por cien to), del millar sobre el valor total de los servicios no en t regados en su totalidad, entregados del presente contrato por cada día que transcurra desde que surja la cual no excederá del m on to demora hasta la entrega total de la garan tía de cu m pli m ien to del pedido La su m a de todas las penas convencionales aplicadas al proveedor no deberá exceder el i m porte de la garan tía de cu m pli m ien to del con t rato (10%los servicios contratados. b). Cuando - Si “EL PROVEEDOR” incurre en el incumplimiento de una solicitud realizada por “LA DEPENDENCIA”, por un término mayor de 2 días naturales, se le aplicará una pena convencional por el importe que resulte del 1 (uno) al millar sobre el valor total de los servicios no entregados del presente contrato por cada día que transcurra desde que surja la demora hasta el cumplimiento de la solicitud. En el caso de que "LA DEPENDENCIA " rechace algún servicio por incumplimiento en las especificaciones de calidad o en sus características, "EL PROVEEDOR " se presten en compromete a reponerlos de forma inmediata, además, si durante la fecha o plazo convenido y vigencia del contrato se presentan tres incumplimientos, independientemente del pago de la pena convencional señalada anteriormente, "LA DEPENDENCIA ", podrá optar por atraso rebase el m on to de la garan tía de cu m pli m ien to del con t rato, La Dirección de área adscrita a la Dirección de Ad m inistración y Finanzas a t ravés del Ad m inistrador del Con t rato, previa notificación a EL LICITANTE ADJUDICADO podrá rescindir este con trato, en tér m inos de los causales de Rescisión En caso de que sea necesario llevar a cabo la rescisión ad m inistrativa administrativa del con t rato, contrato y hacer efectiva la aplicación fianza de cumplimiento mencionada en la garan tía de cu m pli m ien to será proporcional al m on to de las obligaciones incu m plidasCláusula Sexta del contrato. Para deter m inar la aplicación Cada una de las penas convencionales confor m e al artículo 53 se aplicará de manera independiente, sin que la aplicación de una exima de imponer cualquiera otra que en su caso proceda. Mismas que en su conjunto no excederán el monto de la Ley fianza de Adq uisiciones, Arrenda m ien tos y Servicios del Sector Público. No se to m arán en cuen ta las de m oras m otivadas por caso fortuito o causas de fuerza m ayor o cualquier otra causa no i m putable al proveedor. Para la aplicación y pago xx xxxxx convencionales en m ateria de adquisiciones, arrenda m ien tos de bienes m uebles y prestación de servicios de cualquier naturaleza, en tér m inos de la Ley de Adquisiciones, Arrenda m ien tos y Servicios del Sector Público y su Regla m en to, de fecha 2 de m ayo del 2022. Se deberá solicitar al proveedor que al m o m en to de presen tar la factura para el pago (CFDI de In greso) por los bienes en t regados o servicios prestados, aco m pañe una Nota de Crédito (CFDI de Egreso) por el m on to de la pena convencional previa m en te deter m inada por el Área ad m inistradora del con t rato, a fin de que se aplique a la factura la deducción que corresponda confor m e a la Nota de Crédito. # Servicio Penas Convencionales * Por no en t regar el Cronogra m a de actividades y el plan de t rabajo detallado para la instalación, config uración y puesta a pun to de los servicios ofertados para LA CONANP, con aprobación de las m ism as. El plan de t rabajo deberá incluir la definición, desarrollo y m an teni m ien to de un plan de pruebas para validar la correcta instalación, configuración y p uesta a pun to a m ás tardar cinco días Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso hábiles posteriores al fallo Por no proporcionar los nú m eros convencionales y celulares, ade m ás de correos electrónicos con base a la m atriz de escalación que presen te para la Mesa de Ayuda a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no m an tenerse el Xxxxx te de Proyecto en su rol al m enos los pri m eros 6 m eses, con la in tención xx xxxx dar un buen con t rol y estabilidad del arranq ue de los servicios confor m e al nu m eral 13.1 Xxxxx te de Proyecto. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar el docu m en to que a m para los derechos de uso de infraestructura, servicios o soft ware seg ún aplique; ade m ás de especificar la disponibilidad de todos los recursos, indica las excepciones en el uso de alg ún producto o servicio, a fin de evitar sobrecargos o confusiones a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar las Credenciales para el acceso a la consola de ad m inistración del servicio de nube que incluya al m enos dos perfiles de usuario: ad m inistrador y consulta a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la carta m e m bretada con credenciales de acceso para el servicio de soporte a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la Me x xxxx Técnica a m ás tardar diez días hábiles una vez concluida la fase de i m ple m en tación de la solución Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la en x xxxx de los servicios, su instalación, configuración y puesta a pun to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en los reportes m ensuales Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la renovación de Certificados Servicio de Certificados SSL/TLS Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no realizar las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la presen tación o m aterial utilizado en las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso **Pueden ser varios los servicios afectados, por lo que puede aplicarse m ás de una pena por el m ism o even tocumplimiento.** La aplicación de las penas y deducciones quedará sujeta a que la causa que llevo al incu m pli m ien to de la obligación sea atribuible a EL LICITANTE ADJUDICADO.

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Samples: Contrato De Servicios De Seguridad Y Vigilancia

PENAS CONVENCIONALES. Las “EL G.D.F.” aplicará las penas convencionales se aplicarán confor m e a lo sig uien te: LA CONVOCANTEconvencionales, aplicará a los licitan tes adjudicados penas convencionales por cada día hábil de incumplimiento o atraso en la en x xxxx del serviciorealización de los servicios, por un m on to equivalen te sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, como se señala a continuación: Del 1% (uno por cien to), del ciento) sobre el valor total de los servicios no en t regados en su totalidaddejados de entregar, la cual no excederá del m on to de la garan tía de cu m pli m ien to del pedido La su m a de todas las penas convencionales aplicadas al proveedor no deberá exceder el i m porte de la garan tía de cu m pli m ien to del con t rato (10%). Cuando los servicios no se presten en la fecha o plazo convenido y la pena convencional por atraso rebase el m on to de la garan tía de cu m pli m ien to del con t rato, La Dirección de área adscrita a la Dirección de Ad m inistración y Finanzas a t ravés del Ad m inistrador del Con t rato, previa notificación a EL LICITANTE ADJUDICADO podrá rescindir este con trato, en tér m inos de los causales de Rescisión En caso de que sea necesario llevar a cabo la rescisión ad m inistrativa del con t rato, la aplicación de la garan tía de cu m pli m ien to será proporcional al m on to de las obligaciones incu m plidas. Para deter m inar la aplicación de las penas convencionales confor m e al artículo 53 de la Ley de Adq uisiciones, Arrenda m ien tos y Servicios del Sector Público. No se to m arán en cuen ta las de m oras m otivadas por caso fortuito o causas de fuerza m ayor o cualquier otra causa no i m putable al proveedor. Para la aplicación y pago xx xxxxx convencionales en m ateria de adquisiciones, arrenda m ien tos de bienes m uebles y prestación de servicios de cualquier naturaleza, en tér m inos de la Ley de Adquisiciones, Arrenda m ien tos y Servicios del Sector Público y su Regla m en to, de fecha 2 de m ayo del 2022. Se deberá solicitar al proveedor que al m o m en to de presen tar la factura para el pago (CFDI de In greso) por los bienes en t regados o servicios prestados, aco m pañe una Nota de Crédito (CFDI de Egreso) por el m on to de la pena convencional previa m en te deter m inada por el Área ad m inistradora del con t rato, a fin de que se aplique a la factura la deducción que corresponda confor m e a la Nota de Crédito. # Servicio Penas Convencionales * Por no en t regar el Cronogra m a de actividades y el plan de t rabajo detallado para la instalación, config uración y puesta a pun to de los servicios ofertados para LA CONANP, con aprobación de las m ism as. El plan de t rabajo deberá incluir la definición, desarrollo y m an teni m ien to de un plan de pruebas para validar la correcta instalación, configuración y p uesta a pun to a m ás tardar cinco días Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso hábiles posteriores en la entrega de los mismos, conforme al fallo Por no proporcionar los nú m eros convencionales presente Contrato y celulares, ade m ás de correos electrónicos con base a la m atriz de escalación que presen te para la Mesa de Ayuda a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo. Pena convencional del su Anexo 1 y 1-A. Del 1% (uno por ciento) sobre el m on to m ensual valor de los servicios que en su caso el Prestador del pago previsto Servicio este obligado a reemplazar o sustituir por cada día natural de atraso Por en la entrega de los mismos, conforme a lo dispuesto en el presente Contrato y su Anexo 1 y 1-A. La acumulación de las penas convencionales, no m an tenerse excederá del 15% (quince por ciento) del total del Contrato, dicha penalización se descontará administrativamente del importe del pago que se realice y que se estipula en la Cláusula Tercera del propio Instrumento Contractual y de conformidad con el Xxxxx te artículo 57 del Reglamento de Proyecto la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, lo anterior sin perjuicio del derecho que tiene “EL G.D.F.”, de optar entre exigir el cumplimiento forzoso del Contrato o rescindirlo, independientemente de los derechos que le otorgue la Ley Federal de Protección al Consumidor. En caso de incumplimiento a las obligaciones establecidas por causas imputables a “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” hará efectiva las penas convencionales pactadas a cargo del mismo, en el importe facturado que corresponda y en su rol al m enos los pri m eros 6 m esescaso, exigirá la reparación de daños y perjuicios ocasionados, lo anterior de conformidad con el artículo 58 del Reglamento de la in tención xx xxxx dar un buen con t rol y estabilidad del arranq ue Ley de los servicios confor m e al nu m eral 13.1 Xxxxx te de Proyecto. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar el docu m en to que a m para los derechos de uso de infraestructura, servicios o soft ware seg ún aplique; ade m ás de especificar la disponibilidad de todos los recursos, indica las excepciones en el uso de alg ún producto o servicio, a fin de evitar sobrecargos o confusiones a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar las Credenciales Adquisiciones para el acceso a la consola Distrito Federal. “EL G.D.F.” por ningún motivo autorizará condonación de ad m inistración del servicio de nube que incluya al m enos dos perfiles de usuario: ad m inistrador y consulta a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto sanciones por cada día natural de atraso Por no en t regar la carta m e m bretada con credenciales de acceso para el servicio de soporte a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la Me x xxxx Técnica a m ás tardar diez días hábiles una vez concluida la fase de i m ple m en tación de la solución Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la en x xxxx entrega de los servicios, su instalación, configuración y puesta cuando las causas sean imputables a pun to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en los reportes m ensuales Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la renovación de Certificados Servicio de Certificados SSL/TLS Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no realizar las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la presen tación o m aterial utilizado en las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso **Pueden ser varios los servicios afectados, por lo que puede aplicarse m ás de una pena por el m ism o even to“EL PRESTADOR DEL SERVICIO”.** La aplicación de las penas y deducciones quedará sujeta a que la causa que llevo al incu m pli m ien to de la obligación sea atribuible a EL LICITANTE ADJUDICADO.

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Samples: Contrato Administrativo

PENAS CONVENCIONALES. La pena convencional se aplicará únicamente por no entregar los bienes en los tiempos de entrega solicitados en estas bases. Con base en el artículo 53 de la Ley, la pena convencional que se aplicará será a razón de 0.5 % sobre el monto total de los bienes no entregados por cada día natural de retraso hasta un límite de aplicación de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al en que venza el plazo de entrega de los bienes establecido en estas bases y en el contrato respectivo, o el monto de la garantía de cumplimiento, lo que ocurra primero. El cálculo y la aplicación de esta pena serán a cargo de la Subdirección de Recursos Materiales. En caso de incumplimiento por parte del proveedor, los Servicios de Salud de Michoacán podrán rescindir administrativamente el contrato; en su caso, el procedimiento de rescisión se iniciará dentro de los 15 días naturales siguientes a aquel en que se hubiere agotado el plazo o el monto límite de aplicación de las penas convencionales. El pago de los bienes quedará condicionado al pago que el proveedor deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penalizaciones ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la fianza. Las penas convencionales se aplicarán confor m e harán efectivas mediante: Pago voluntario del proveedor, dentro de los cinco días naturales siguientes al día en que se le requiera. El pago lo podrá efectuar a lo sig uien te: LA CONVOCANTE, aplicará través de cheque certificado o de caja a los licitan tes adjudicados penas convencionales por cada día hábil favor de atraso la Tesorería de la Federación en la Subdirección de Recursos Materiales, ubicada en x xxxx Xxxxxx Xxxxxxx # 000, Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxx, Xxxxxxxxx. En el caso de que no exista pago voluntario dentro del servicioplazo antes establecido, los Servicios de Salud de Michoacán podrán deducir la sanción que se derive del incumplimiento al momento de realizar el pago al proveedor incumplido. 10.4.1.- POR INCUMPLIMIENTO AL CONTRATO. Independientemente de la aplicación de la pena convencional, se hará efectiva la garantía relativa al cumplimiento del contrato, cuando el proveedor no cumpla cualquiera de sus obligaciones contractuales, por un m on to equivalen te al 1% (uno por cien to)causas a él imputables, del valor total teniendo los Servicios de los servicios no en t regados en su totalidad, Salud de Michoacán la cual no excederá del m on to facultad potestativa de la garan tía de cu m pli m ien to del pedido La su m a de todas las penas convencionales aplicadas al proveedor no deberá exceder rescindir el i m porte de la garan tía de cu m pli m ien to del con t rato (10%)contrato. Cuando los servicios no se presten en la fecha o plazo convenido y la pena convencional por atraso rebase el m on to de la garan tía de cu m pli m ien to del con t rato, La Dirección de área adscrita a la Dirección de Ad m inistración y Finanzas a t ravés del Ad m inistrador del Con t rato, previa notificación a EL LICITANTE ADJUDICADO podrá rescindir este con trato, en tér m inos de los causales de Rescisión En caso de que sea necesario llevar a cabo la rescisión ad m inistrativa del con t ratorescisión, la aplicación de la garan tía garantía de cu m pli m ien to cumplimiento será proporcional al m on to monto de las obligaciones incu m plidas. Para deter m inar la aplicación de las penas convencionales confor m e al artículo 53 de la Ley de Adq uisiciones, Arrenda m ien tos y Servicios del Sector Público. No se to m arán en cuen ta las de m oras m otivadas por caso fortuito o causas de fuerza m ayor o cualquier otra causa no i m putable al proveedor. Para la aplicación y pago xx xxxxx convencionales en m ateria de adquisiciones, arrenda m ien tos de bienes m uebles y prestación de servicios de cualquier naturaleza, en tér m inos de la Ley de Adquisiciones, Arrenda m ien tos y Servicios del Sector Público y su Regla m en to, de fecha 2 de m ayo del 2022. Se deberá solicitar al proveedor que al m o m en to de presen tar la factura para el pago (CFDI de In greso) por los bienes en t regados o servicios prestados, aco m pañe una Nota de Crédito (CFDI de Egreso) por el m on to de la pena convencional previa m en te deter m inada por el Área ad m inistradora del con t rato, a fin de que se aplique a la factura la deducción que corresponda confor m e a la Nota de Crédito. # Servicio Penas Convencionales * Por no en t regar el Cronogra m a de actividades y el plan de t rabajo detallado para la instalación, config uración y puesta a pun to de los servicios ofertados para LA CONANP, con aprobación de las m ism as. El plan de t rabajo deberá incluir la definición, desarrollo y m an teni m ien to de un plan de pruebas para validar la correcta instalación, configuración y p uesta a pun to a m ás tardar cinco días Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso hábiles posteriores al fallo Por no proporcionar los nú m eros convencionales y celulares, ade m ás de correos electrónicos con base a la m atriz de escalación que presen te para la Mesa de Ayuda a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no m an tenerse el Xxxxx te de Proyecto en su rol al m enos los pri m eros 6 m eses, con la in tención xx xxxx dar un buen con t rol y estabilidad del arranq ue de los servicios confor m e al nu m eral 13.1 Xxxxx te de Proyecto. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar el docu m en to que a m para los derechos de uso de infraestructura, servicios o soft ware seg ún aplique; ade m ás de especificar la disponibilidad de todos los recursos, indica las excepciones en el uso de alg ún producto o servicio, a fin de evitar sobrecargos o confusiones a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar las Credenciales para el acceso a la consola de ad m inistración del servicio de nube que incluya al m enos dos perfiles de usuario: ad m inistrador y consulta a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la carta m e m bretada con credenciales de acceso para el servicio de soporte a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la Me x xxxx Técnica a m ás tardar diez días hábiles una vez concluida la fase de i m ple m en tación de la solución Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la en x xxxx de los servicios, su instalación, configuración y puesta a pun to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en los reportes m ensuales Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la renovación de Certificados Servicio de Certificados SSL/TLS Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no realizar las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la presen tación o m aterial utilizado en las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso **Pueden ser varios los servicios afectados, por lo que puede aplicarse m ás de una pena por el m ism o even toincumplidas.** La aplicación de las penas y deducciones quedará sujeta a que la causa que llevo al incu m pli m ien to de la obligación sea atribuible a EL LICITANTE ADJUDICADO.

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Samples: Licitación Pública Internacional

PENAS CONVENCIONALES. Las penas convencionales se aplicarán confor m e a lo sig uien te: LA CONVOCANTE, aplicará a los licitan tes adjudicados penas convencionales por cada día hábil En caso de existir atraso en la en x xxxx entrega de los servicios por el prestador del servicio, por un m on to equivalen te al causas imputables a él mismo, se sancionará con una pena convencional del 1% (uno por cien to)ciento) sin incluir el IVA diario, del valor total de aplicada en función a los servicios no prestados oportunamente. CONTRATO ABIERTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, NACIONAL FINANCIERA, S.N.C., INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO COMO FIDUCIARIA EN EL FIDEICOMISO DENOMINADO FONDO NACIONAL DE FOMENTO AL TURISMO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL FONATUR”, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR LA , EN SU CARÁCTER DE APODERADA Y POR LA OTRA, LA EMPRESA --------------- A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL , EN SU CARÁCTER DE APODERADO LEGAL, DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES: I. “EL FONATUR” declara que: I.1. Es un Fideicomiso del Gobierno Federal constituido en t regados Nacional Financiera, S.A. (actualmente S.N.C.) como institución fiduciaria, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Federal de Fomento al Turismo publicado en su totalidad, la cual no excederá del m on to el Diario Oficial de la garan tía Federación del 28 de cu m pli m ien to enero 1974, cuyo patrimonio fue entregado en Fideicomiso a Nacional Financiera, S.A (actualmente S.N.C), mediante contrato de Fideicomiso de fecha 29 xx xxxxx de 1974, celebrado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la fiduciaria, mismo que quedó debidamente inscrito bajo el número en el Registro de Contrato de Fideicomiso. Dicho contrato fue modificado mediante convenio de fecha 30 xx xxxxx del pedido 2000, celebrado entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la fiduciaria, para adecuarlo a la normatividad vigente a las entidades paraestatales. I.2. La su m a Ley Federal de todas las penas convencionales aplicadas Fomento al proveedor no deberá exceder Turismo se abrogó por la Ley Federal de Turismo, publicada en el i m porte Diario Oficial de la garan tía Federación del 15 de cu m pli m ien to del con t rato (10%). Cuando los servicios no se presten enero de 1980 y ésta a su vez por la Ley Federal de Turismo, publicada en la fecha o plazo convenido y la pena convencional por atraso rebase el m on to Diario Oficial de la garan tía Federación del 6 de cu m pli m ien to del con t ratofebrero de 1984, ratificando ambas la existencia de “EL FONATUR”. I.3. La Dirección Ley Federal de área adscrita a la Dirección de Ad m inistración y Finanzas a t ravés del Ad m inistrador del Con t rato, previa notificación a EL LICITANTE ADJUDICADO podrá rescindir este con trato, Turismo publicada en tér m inos de los causales de Rescisión En caso de que sea necesario llevar a cabo la rescisión ad m inistrativa del con t rato, la aplicación el Diario Oficial de la garan tía Federación del 31 de cu m pli m ien to será proporcional al m on to diciembre de 1992, abrogó la última de las obligaciones incu m plidasleyes indicadas en el inciso anterior y ratificó la existencia de “EL FONATUR”. I.4. Para deter m inar la aplicación La vigente Ley General de las penas convencionales confor m e al artículo 53 Turismo publicada en el Diario Oficial de la Ley de Adq uisiciones, Arrenda m ien tos y Servicios Federación del Sector Público. No se to m arán en cuen ta las de m oras m otivadas por caso fortuito o causas de fuerza m ayor o cualquier otra causa no i m putable al proveedor. Para la aplicación y pago 17 xx xxxxx convencionales de 2009, abrogó la Ley Federal de Turismo, publicada en m ateria de adquisiciones, arrenda m ien tos de bienes m uebles y prestación de servicios de cualquier naturaleza, en tér m inos el Diario Oficial de la Ley Federación el 31 de Adquisicionesdiciembre de 1992 y ratificó la existencia de “EL FONATUR”. I.5. Los servicios materia del presente contrato abierto se pagarán con cargo a las partidas presupuestales 26103 y 33602 del presupuesto aprobado para el ejercicio fiscal del 2017, Arrenda m ien tos y Servicios del Sector Público y su Regla m en todatos que se contienen la Requisición de Compra No. 30005362, de fecha 2 09 de m ayo del 2022febrero de 2017. I.6. Se deberá solicitar al proveedor que al m o m en to de presen tar la factura para el pago (CFDI de In greso) por los bienes en t regados o servicios prestados, aco m pañe una Nota de Crédito (CFDI de Egreso) por el m on to de la pena convencional previa m en te deter m inada por el Área ad m inistradora del con t rato, a fin de que se aplique a la factura la deducción que corresponda confor m e a la Nota de Crédito. # Servicio Penas Convencionales * Por no en t regar el Cronogra m a de actividades y el plan de t rabajo detallado para la instalación, config uración y puesta a pun to de Entre los servicios ofertados para LA CONANPque requiere se encuentra el contratar un “PRESTADOR DEL SERVICIO” que proporcione el “SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE, con aprobación de las m ism as. El plan de t rabajo deberá incluir la definiciónLUBRICANTES Y ADITIVOS PARA EL FONDO NACIONAL DE FOMENTO AL TURISMO, desarrollo y m an teni m ien to de un plan de pruebas para validar la correcta instalaciónCORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2017, configuración y p uesta a pun to a m ás tardar cinco días Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso hábiles posteriores al fallo Por no proporcionar los nú m eros convencionales y celulares, ade m ás de correos electrónicos con base a la m atriz de escalación que presen te para la Mesa de Ayuda a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no m an tenerse el Xxxxx te de Proyecto en su rol al m enos los pri m eros 6 m eses, con la in tención xx xxxx dar un buen con t rol y estabilidad del arranq ue de los servicios confor m e al nu m eral 13.1 Xxxxx te de Proyecto. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar el docu m en to que a m para los derechos de uso de infraestructura, servicios o soft ware seg ún aplique; ade m ás de especificar la disponibilidad de todos los recursos, indica las excepciones en el uso de alg ún producto o servicio, a fin de evitar sobrecargos o confusiones a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar las Credenciales para el acceso a la consola de ad m inistración del servicio de nube que incluya al m enos dos perfiles de usuario: ad m inistrador y consulta a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la carta m e m bretada con credenciales de acceso para el servicio de soporte a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la Me x xxxx Técnica a m ás tardar diez días hábiles una vez concluida la fase de i m ple m en tación de la solución Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la en x xxxx de los servicios, su instalación, configuración y puesta a pun to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en los reportes m ensuales Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la renovación de Certificados Servicio de Certificados SSL/TLS Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no realizar las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la presen tación o m aterial utilizado en las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso **Pueden ser varios los servicios afectados, por lo que puede aplicarse m ás de una pena por el m ism o even toA TRAVÉS DE TARJETAS ELECTRÓNICAS”.** La aplicación de las penas y deducciones quedará sujeta a que la causa que llevo al incu m pli m ien to de la obligación sea atribuible a EL LICITANTE ADJUDICADO.

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Samples: Licitación Pública

PENAS CONVENCIONALES. Las penas convencionales se aplicarán confor m e a lo sig uien te: LA CONVOCANTE, aplicará a los licitan tes adjudicados penas convencionales por cada día hábil de atraso en la en x xxxx del servicio, por un m on to equivalen te al 1% (uno por cien to), del valor total de los servicios no en t regados en su totalidad, la cual no excederá del m on to de la garan tía de cu m pli m ien to del pedido La su m a de todas las penas convencionales aplicadas al proveedor no deberá exceder el i m porte de la garan tía de cu m pli m ien to del con t rato (10%). Cuando los servicios no se presten en la fecha o plazo convenido y la pena convencional por atraso rebase el m on to de la garan tía de cu m pli m ien to del con t rato, La Dirección de área adscrita a la Dirección de Ad m inistración y Finanzas a t ravés del Ad m inistrador del Con t rato, previa notificación a EL LICITANTE ADJUDICADO podrá rescindir este con trato, en tér m inos de los causales de Rescisión En caso de que sea necesario llevar “EL PROVEEDOR” presente atraso en el cumplimiento de cualquiera de sus obligaciones pactadas para la prestación de los servicios, objeto del presente contrato, el “INDEP” en su carácter de liquidador de Luz y Fuerza del Centro por conducto del administrador del contrato podrá aplicar una pena convencional conforme al Anexo I, de conformidad con el presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a cabo ésta. Por lo anterior, el pago de la rescisión ad m inistrativa prestación de los servicios quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso, en el entendido de que, si el contrato es rescindido en términos de lo previsto en la CLÁUSULA DE RESCISIÓN, quedando a cargo del con t rato“INDEP” la liquidación correspondiente. De existir diferencias a favor del “INDEP” en su carácter de liquidador de Luz y Fuerza del Centro, éstas deberán ser compensadas o en su caso restituidas por “EL PROVEEDOR”. Independientemente de la aplicación de la garan tía pena convencional a que hace referencia el párrafo que antecede, se aplicarán además cualquiera otra que la “LAASSP” establezca. Esta pena convencional no descarta que el “INDEP” en su carácter de cu m pli m ien to será proporcional liquidador de Luz y Fuerza del Centro en cualquier momento posterior al m on to incumplimiento determine procedente la rescisión del contrato, considerando la gravedad de los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del “INDEP” en su carácter de liquidador de Luz y Fuerza del Centro. La penalización tendrá como objeto resarcir los daños y perjuicios ocasionados al “INDEP” en su carácter de liquidador de Luz y Fuerza del Centro por el atraso en el cumplimiento de las obligaciones incu m plidasestipuladas en el presente contrato. Para deter m inar la aplicación de las penas convencionales confor m e al artículo 53 de la Ley de Adq uisiciones, Arrenda m ien tos La notificación y Servicios del Sector Público. No se to m arán en cuen ta las de m oras m otivadas por caso fortuito o causas de fuerza m ayor o cualquier otra causa no i m putable al proveedor. Para la aplicación y pago xx xxxxx convencionales en m ateria de adquisiciones, arrenda m ien tos de bienes m uebles y prestación de servicios de cualquier naturaleza, en tér m inos de la Ley de Adquisiciones, Arrenda m ien tos y Servicios del Sector Público y su Regla m en to, de fecha 2 de m ayo del 2022. Se deberá solicitar al proveedor que al m o m en to de presen tar la factura para el pago (CFDI de In greso) por los bienes en t regados o servicios prestados, aco m pañe una Nota de Crédito (CFDI de Egreso) por el m on to cálculo de la pena convencional previa m en te deter m inada por convencional, corresponde al administrador o el Área ad m inistradora supervisor del con t rato, a fin de que se aplique a la factura la deducción que corresponda confor m e a la Nota de Créditocontrato del “INDEP”. # Servicio Penas Convencionales * Por no en t regar el Cronogra m a de actividades y el plan de t rabajo detallado para la instalación, config uración y puesta a pun to de los servicios ofertados para LA CONANP, con aprobación de las m ism as. El plan de t rabajo deberá incluir la definición, desarrollo y m an teni m ien to de un plan de pruebas para validar la correcta instalación, configuración y p uesta a pun to a m ás tardar cinco días Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso hábiles posteriores al fallo Por no proporcionar los nú m eros convencionales y celulares, ade m ás de correos electrónicos con base a la m atriz de escalación que presen te para la Mesa de Ayuda a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no m an tenerse el Xxxxx te de Proyecto en su rol al m enos los pri m eros 6 m eses, con la in tención xx xxxx dar un buen con t rol carácter de liquidador de Luz y estabilidad Fuerza del arranq ue de los servicios confor m e al nu m eral 13.1 Xxxxx te de Proyecto. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar el docu m en to que a m para los derechos de uso de infraestructura, servicios o soft ware seg ún aplique; ade m ás de especificar la disponibilidad de todos los recursos, indica las excepciones en el uso de alg ún producto o servicio, a fin de evitar sobrecargos o confusiones a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar las Credenciales para el acceso a la consola de ad m inistración del servicio de nube que incluya al m enos dos perfiles de usuario: ad m inistrador y consulta a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la carta m e m bretada con credenciales de acceso para el servicio de soporte a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la Me x xxxx Técnica a m ás tardar diez días hábiles una vez concluida la fase de i m ple m en tación de la solución Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la en x xxxx de los servicios, su instalación, configuración y puesta a pun to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en los reportes m ensuales Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la renovación de Certificados Servicio de Certificados SSL/TLS Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no realizar las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la presen tación o m aterial utilizado en las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso **Pueden ser varios los servicios afectados, por lo que puede aplicarse m ás de una pena por el m ism o even to.** La aplicación de las penas y deducciones quedará sujeta a que la causa que llevo al incu m pli m ien to de la obligación sea atribuible a EL LICITANTE ADJUDICADO.Centro

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Samples: Licitación Pública Nacional Mixta

PENAS CONVENCIONALES. Con fundamento en el Artículo 53 de la Ley, el licitante ganador una vez firmado el contrato correspondiente, deberá cumplir con el suministro del servicio, en las condiciones y el plazo señalado en el mismo y en la presente convocatoria y que, en caso de incumplimiento, a fin de resarcir los daños ocasionados en su operación a DICONSA, se le aplicarán las penas convencionales que se mencionan a continuación: a) Por el atraso de la prestación en el suministro del servicio pagará una pena convencional equivalente a cinco por ciento (5 %), aplicando las penas respectivas por cada día hábil de retraso, sobre el monto de los servicios pendientes de realizar; DICONSA podrá descontar el monto de la pena convencional al momento del pago de la factura correspondiente. sin que la acumulación de esta pena exceda el diez por ciento del importe total del presente contrato. El pago de la pena convencional se efectuará mediante nota de crédito con requisitos fiscales, expedida por “EL PROVEEDOR” a DICONSA. Sucursal Sureste y Unidades Operativas. Las penas convencionales se aplicarán confor m e a lo sig uien te: LA CONVOCANTE, aplicará a los licitan tes adjudicados penas convencionales por cada día hábil sobre la cantidad indicada más el IVA. La notificación y cálculo de atraso en la en x xxxx del servicio, por un m on to equivalen te al 1% (uno por cien to), del valor total de los servicios no en t regados en su totalidad, la cual no excederá del m on to de la garan tía de cu m pli m ien to del pedido La su m a de todas las penas convencionales aplicadas al proveedor no deberá exceder el i m porte de la garan tía de cu m pli m ien to del con t rato (10%). Cuando los servicios no se presten en la fecha o plazo convenido y la pena convencional por atraso rebase el m on to correspondiente, la realizara la C.P. Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Coordinadora de Administración, de la garan tía Unidad Operativa Villahermosa (Partida 1 y 2), C.P. Xxxxx Xxxxxx Xxxx, Coordinadora de cu m pli m ien to del con t rato, La Dirección de área adscrita a la Dirección de Ad m inistración Administración y Finanzas de la Unidad Operativa, Tuxtla Gutiérrez (Partida 3), C.P. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Coordinador de Administración y Finanzas de la Unidad Operativa Tapachula (Partida 4), de DICONSA como área administradora del contrato, y la dará a t ravés conocer por escrito al proveedor. Independientemente de la aplicación de la pena convencional a que hace referencia el inciso a) que antecede, se aplicará además cualquier otra que la Ley establezca. Esta pena convencional no descarta que DICONSA determine procedente la rescisión administrativa del Ad m inistrador contrato respectivo, considerando la gravedad del Con t rato, previa notificación a EL LICITANTE ADJUDICADO podrá rescindir este con trato, en tér m inos incumplimiento de los causales daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses de Rescisión DICONSA. En caso de que sea necesario llevar a cabo la rescisión ad m inistrativa RESCISIÓN ADMINISTRATIVA del con t ratoContrato, la aplicación de la garan tía garantía de cu m pli m ien to cumplimiento será proporcional al m on to monto de las obligaciones incu m plidas. Para deter m inar incumplidas, la RESCISIÓN parcial o total implicará la aplicación de las penas convencionales confor m e al artículo 53 xx xxxx por retraso hasta el monto total de la Ley garantía de Adq uisicionescumplimiento. La penalización tendrá como objeto resarcir los daños y perjuicios ocasionados a DICONSA. De conformidad con el Artículo 84, Arrenda m ien tos y Servicios penúltimo párrafo del Sector Público. No se to m arán en cuen ta las de m oras m otivadas por caso fortuito o causas de fuerza m ayor o cualquier otra causa no i m putable al proveedor. Para la aplicación y pago xx xxxxx convencionales en m ateria de adquisicionesReglamento, arrenda m ien tos de bienes m uebles y prestación de servicios de cualquier naturaleza, en tér m inos DICONSA a través de la Ley C.P. Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Coordinadora de Adquisiciones, Arrenda m ien tos y Servicios del Sector Público y su Regla m en to, de fecha 2 de m ayo del 2022. Se deberá solicitar al proveedor que al m o m en to de presen tar la factura para el pago (CFDI de In greso) por los bienes en t regados o servicios prestados, aco m pañe una Nota de Crédito (CFDI de Egreso) por el m on to Administración de la pena convencional previa m Unidad Operativa Villahermosa, quien administrara en te deter m inada por todo momento y vigilará el Área ad m inistradora cumplimiento del con t rato, a fin de que se aplique a la factura la deducción que corresponda confor m e a la Nota de Crédito. # Servicio Penas Convencionales * Por no en t regar el Cronogra m a de actividades y el plan de t rabajo detallado para la instalación, config uración y puesta a pun to de los servicios ofertados para LA CONANP, con aprobación de las m ism as. El plan de t rabajo deberá incluir la definición, desarrollo y m an teni m ien to de un plan de pruebas para validar la correcta instalación, configuración y p uesta a pun to a m ás tardar cinco días Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso hábiles posteriores al fallo Por no proporcionar los nú m eros convencionales y celulares, ade m ás de correos electrónicos con base a la m atriz de escalación que presen te para la Mesa de Ayuda a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no m an tenerse el Xxxxx te de Proyecto en su rol al m enos los pri m eros 6 m eses, con la in tención xx xxxx dar un buen con t rol y estabilidad del arranq ue de los servicios confor m e al nu m eral 13.1 Xxxxx te de Proyecto. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar el docu m en to que a m para los derechos de uso de infraestructura, servicios o soft ware seg ún aplique; ade m ás de especificar la disponibilidad de todos los recursos, indica las excepciones en el uso de alg ún producto o servicio, a fin de evitar sobrecargos o confusiones a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar las Credenciales para el acceso a la consola de ad m inistración del servicio de nube que incluya al m enos dos perfiles de usuario: ad m inistrador y consulta a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la carta m e m bretada con credenciales de acceso para el servicio de soporte a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la Me x xxxx Técnica a m ás tardar diez días hábiles una vez concluida la fase de i m ple m en tación de la solución Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la en x xxxx de los servicios, su instalación, configuración y puesta a pun to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en los reportes m ensuales Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la renovación de Certificados Servicio de Certificados SSL/TLS Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no realizar las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la presen tación o m aterial utilizado en las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso **Pueden ser varios los servicios afectadoscontrato, por lo que, de no recibir los servicios que puede aplicarse m ás se indican en el contrato a entera satisfacción de una pena DICONSA, se dará por el m ism o even toentendido que EL PROVEEDOR incumplió con la prestación de los mismos.** La aplicación de las penas y deducciones quedará sujeta a que la causa que llevo al incu m pli m ien to de la obligación sea atribuible a EL LICITANTE ADJUDICADO.

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Samples: Licitación Pública

PENAS CONVENCIONALES. Las penas convencionales se Los Servicios de Salud de Zacatecas aplicarán confor m e a lo sig uien te: LA CONVOCANTEuna pena convencional, aplicará a los licitan tes adjudicados penas convencionales por cada día hábil de atraso en la en x xxxx del servicioprestación de la Póliza de Servicios de Mantenimiento Preventivo y Correctivo, para los Equipos de Teleradiología, por un m on to equivalen te al 1% el equivalente a 200 UMA´S (uno por cien toUnidad de Medida y Actualización), del valor total por cada ocasión en que se dé alguno los siguientes supuestos: a) Cuando el proveedor no entregue y cumpla con los requerimientos y servicios conexos inherentes a la Póliza de Servicios de Mantenimiento Preventivo y Correctivo, para los Equipos de Teleradiología, en las condiciones, plazos, lugares, cantidad y calidad estipulados. b) Cuando se le notifique al proveedor la ocurrencia de algún incidente o falla en los equipos y no sea atendido dentro de los servicios tiempos de respuesta fijados, según lo señalado en el Anexo Numero 03 (tres) de Requerimiento con Descripción Amplia y Detallada de las Bases de esta Licitación. c) Y en general cuando no cumpla con alguna de las condiciones y obligaciones pactadas en t regados en su totalidadla Póliza de Servicios de Mantenimiento Preventivo y Correctivo, la cual no excederá del m on to para los Equipos de la garan tía Teleradiología. La suma de cu m pli m ien to del pedido La su m a de todas las penas convencionales aplicadas al proveedor no deberá exceder el i m porte importe de la garan tía Garantía de cu m pli m ien to del Cumplimiento de Contrato, con t rato (10%). Cuando los servicios no se presten fundamento a lo previsto en la fecha o plazo convenido y la pena convencional por atraso rebase el m on to de la garan tía de cu m pli m ien to del con t rato, La Dirección de área adscrita a la Dirección de Ad m inistración y Finanzas a t ravés del Ad m inistrador del Con t rato, previa notificación a EL LICITANTE ADJUDICADO podrá rescindir este con trato, en tér m inos de los causales de Rescisión En caso de que sea necesario llevar a cabo la rescisión ad m inistrativa del con t rato, la aplicación de la garan tía de cu m pli m ien to será proporcional al m on to de las obligaciones incu m plidas. Para deter m inar la aplicación de las penas convencionales confor m e al artículo 53 de la Ley de Adq uisiciones, Arrenda m ien tos y Servicios del Sector Público. No se to m arán en cuen ta las de m oras m otivadas por caso fortuito o causas de fuerza m ayor o cualquier otra causa no i m putable al proveedor. Para la aplicación y pago xx xxxxx convencionales en m ateria de adquisiciones, arrenda m ien tos de bienes m uebles y prestación de servicios de cualquier naturaleza, en tér m inos de la Ley de Adquisiciones, Arrenda m ien tos Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estado de Zacatecas y su Regla m en tosus Municipios. El pago de las Penas Convencionales podrá realizarse mediante cualquiera de las siguientes opciones: ⮚ A través de depósito bancario o transferencia electrónica, a la cuenta que le proporcione los Servicios de fecha 2 Salud de m ayo Zacatecas. ⮚ A través de pago voluntario mediante cheque de caja o certificado a nombre de los Servicios de Salud de Zacatecas. ⮚ Mediante la deducción del 2022. Se deberá solicitar monto cobrado al momento de realizar el pago al proveedor que al m o m en to de presen tar la factura para el pago (CFDI de In greso) por los bienes en t regados o servicios prestados, aco m pañe una Nota de Crédito (CFDI de Egreso) por el m on to incumplido. ⮚ O a través de la pena convencional previa m en te deter m inada por el Área ad m inistradora del con t rato, a fin de que se aplique a la factura la deducción que corresponda confor m e a la Nota de Crédito. # Servicio Penas Convencionales * Por no en t regar el Cronogra m a de actividades y el plan de t rabajo detallado para la instalación, config uración y puesta a pun to de los servicios ofertados para LA CONANP, con aprobación de las m ism as. El plan de t rabajo deberá incluir la definición, desarrollo y m an teni m ien to de un plan de pruebas para validar la correcta instalación, configuración y p uesta a pun to a m ás tardar cinco días Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso hábiles posteriores al fallo Por no proporcionar los nú m eros convencionales y celulares, ade m ás de correos electrónicos con base a la m atriz de escalación que presen te para la Mesa de Ayuda a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no m an tenerse el Xxxxx te de Proyecto en su rol al m enos los pri m eros 6 m eses, con la in tención xx xxxx dar un buen con t rol y estabilidad del arranq ue de los servicios confor m e al nu m eral 13.1 Xxxxx te de Proyecto. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar el docu m en to que a m para los derechos de uso de infraestructura, servicios o soft ware seg ún aplique; ade m ás de especificar la disponibilidad de todos los recursos, indica las excepciones en el uso de alg ún producto o servicio, a fin de evitar sobrecargos o confusiones a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar las Credenciales para el acceso a la consola de ad m inistración del servicio de nube que incluya al m enos dos perfiles de usuario: ad m inistrador y consulta a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la carta m e m bretada con credenciales de acceso para el servicio de soporte a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la Me x xxxx Técnica a m ás tardar diez días hábiles una vez concluida la fase de i m ple m en tación efectividad de la solución Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural Fianza de atraso Por el retraso en la en x xxxx Cumplimiento de los servicios, su instalación, configuración y puesta a pun to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en los reportes m ensuales Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la renovación de Certificados Servicio de Certificados SSL/TLS Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no realizar las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la presen tación o m aterial utilizado en las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso **Pueden ser varios los servicios afectadosContrato, por lo que puede aplicarse m ás de una pena por si el m ism o even to.** La aplicación cobro de las penas y deducciones quedará sujeta convencionales aplicadas, se hiciera mediante esta opción, el proveedor se obliga a que la causa que llevo al incu m pli m ien to constituir el valor original de la obligación sea atribuible Fianza de Cumplimiento de Contrato. No se aceptará la estipulación xx xxxxx convencionales, ni intereses moratorios a EL LICITANTE ADJUDICADOcargo de los Servicios de Salud de Zacatecas. Los Servicios de Salud de Zacatecas notificara al proveedor, de manera personal, vía correo electrónico o mensajería especializada las cantidades que por concepto xx xxxxx convencionales a las que se hecho acreedor, para que en un término no mayor a 05 (cinco) días hábiles para los SSZ, a efecto de que este exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso las pruebas que estime pertinentes, de no recibir respuesta por parte del proveedor, se entenderá que no existe impedimento en contra para aplicar en firme las penas convencionales a cargo del proveedor.

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Samples: Contract for Maintenance Services

PENAS CONVENCIONALES. Las Se establecerán penas convencionales se aplicarán confor m e a lo sig uien te: LA CONVOCANTEcargo del Proveedor por atraso en el cumplimiento de las obligaciones, aplicará el porcentaje máximo de aplicación será determinado conforme a los licitan tes adjudicados penas convencionales por cada día hábil “Criterios para la Determinación del Porcentaje Máximo de atraso las Penas Convencionales y/o Deducciones a Establecer en Contratos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de los Criterios para la Determinación del Porcentaje Máximo de las Penas Convencionales y/o Deducciones a Establecer en x xxxx Contratos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios”, anexo en este numeral. <.. image(Texto Descripción generada automáticamente) removed ..> <.. image(Texto, Carta Descripción generada automáticamente) removed ..> <.. image(Texto, Carta Descripción generada automáticamente) removed ..> <.. image(Texto, Carta Descripción generada automáticamente) removed ..> <.. image(Texto, Carta Descripción generada automáticamente) removed ..> <.. image(Texto, Carta Descripción generada automáticamente) removed ..> <.. image(Tabla Descripción generada automáticamente) removed ..> El factor de penalización que CFE División de Distribución Golfo Norte, Departamento de Abastecimientos, será del servicio, por un m on to equivalen te al 1% (uno por cien to), ciento) diario del valor monto total de los servicios no en t regados en su totalidad, la cual no excederá del m on to bienes entregados con atraso. El importe de la garan tía de cu m pli m ien to del pedido La su m a de todas las penas convencionales aplicadas al proveedor no deberá exceder el i m porte penalización se deducirá de la garan tía factura que presente para su cobro. La penalización se aplicará de cu m pli m ien to del acuerdo a la siguiente fórmula: fórmula: (Pd) x (Nda) x (Vbea) = Pca donde: Pd: (1%) penalización diaria Nda: número de días de atraso Vbea: valor de los bienes entregados con t rato (10%). Cuando los servicios no se presten en la fecha o plazo convenido y la atraso Pca: pena convencional aplicable La CFE División de Distribución Golfo Norte, Departamento de Abastecimientos, una vez que exista incumplimiento por atraso rebase el m on to de la garan tía de cu m pli m ien to parte del con t ratoProveedor, La Dirección de área adscrita a la Dirección de Ad m inistración y Finanzas a t ravés del Ad m inistrador del Con t rato, previa notificación a EL LICITANTE ADJUDICADO podrá rescindir este con tratoefectos inmediatos el contrato sin necesidad de declaración judicial, mediante simple notificación por escrito a el Proveedor, en tér m inos de los causales de Rescisión En caso de el que sea necesario llevar a cabo la rescisión ad m inistrativa del con t rato, la aplicación de la garan tía de cu m pli m ien to será proporcional al m on to de las obligaciones incu m plidas. Para deter m inar la aplicación de las penas convencionales confor m e al artículo 53 de la Ley de Adq uisiciones, Arrenda m ien tos y Servicios del Sector Público. No se to m arán en cuen ta las de m oras m otivadas por caso fortuito o causas de fuerza m ayor o cualquier otra causa no i m putable al proveedor. Para la aplicación y pago xx xxxxx convencionales en m ateria de adquisiciones, arrenda m ien tos de bienes m uebles y prestación de servicios de cualquier naturaleza, en tér m inos de la Ley de Adquisiciones, Arrenda m ien tos y Servicios del Sector Público y su Regla m en to, de fecha 2 de m ayo del 2022. Se deberá solicitar al proveedor que al m o m en to de presen tar la factura para el pago (CFDI de In gresoespecifique(n) la(s) obligación(es) incumplida(s) por los bienes en t regados o servicios prestados, aco m pañe una Nota de Crédito (CFDI de Egreso) por el m on to de la pena convencional previa m en te deter m inada por el Área ad m inistradora del con t rato, a fin de que se aplique a la factura la deducción que corresponda confor m e a la Nota de Crédito. # Servicio Penas Convencionales * Por no en t regar el Cronogra m a de actividades y el plan de t rabajo detallado para la instalación, config uración y puesta a pun to de los servicios ofertados para LA CONANP, con aprobación de las m ism as. El plan de t rabajo deberá incluir la definición, desarrollo y m an teni m ien to de un plan de pruebas para validar la correcta instalación, configuración y p uesta a pun to a m ás tardar cinco días Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso hábiles posteriores al fallo Por no proporcionar los nú m eros convencionales y celulares, ade m ás de correos electrónicos con base a la m atriz de escalación que presen te para la Mesa de Ayuda a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no m an tenerse el Xxxxx te de Proyecto en su rol al m enos los pri m eros 6 m eses, con la in tención xx xxxx dar un buen con t rol y estabilidad del arranq ue de los servicios confor m e al nu m eral 13.1 Xxxxx te de Proyecto. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar el docu m en to que a m para los derechos de uso de infraestructura, servicios o soft ware seg ún aplique; ade m ás de especificar la disponibilidad de todos los recursos, indica las excepciones en el uso de alg ún producto o servicio, a fin de evitar sobrecargos o confusiones a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar las Credenciales para el acceso a la consola de ad m inistración del servicio de nube que incluya al m enos dos perfiles de usuario: ad m inistrador y consulta a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la carta m e m bretada con credenciales de acceso para el servicio de soporte a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la Me x xxxx Técnica a m ás tardar diez días hábiles una vez concluida la fase de i m ple m en tación de la solución Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la en x xxxx de los servicios, su instalación, configuración y puesta a pun to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en los reportes m ensuales Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la renovación de Certificados Servicio de Certificados SSL/TLS Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no realizar las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la presen tación o m aterial utilizado en las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso **Pueden ser varios los servicios afectados, por lo que puede aplicarse m ás de una pena por el m ism o even toéste.** La aplicación de las penas y deducciones quedará sujeta a que la causa que llevo al incu m pli m ien to de la obligación sea atribuible a EL LICITANTE ADJUDICADO.

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Samples: Concurso Abierto Simplificado Internacional

PENAS CONVENCIONALES. De conformidad con los artículos 53 y 54 de la “LAASSP”, 95 y 96 de su Reglamento y el numeral 15.5 de las Políticas Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos de Bienes Muebles y Contratación de Servicios, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, se aplicarán penas convencionales de dos al millar (0.002), por cada día natural de atraso en el SERVICIO descrito en el presente Anexo, así como en la dispersión de los fondos en los vales electrónicos, en el entendido que no podrá exceder del monto de la garantía de cumplimiento del contrato. Las penas convencionales se aplicarán confor m e a lo sig uien te: LA CONVOCANTEsobre el importe del SERVICIO fuera del plazo convenido, aplicará a antes de I.V.A., en los licitan tes adjudicados penas convencionales por cada día hábil de atraso en la en x xxxx del servicio, por un m on to equivalen te al 1% (uno por cien to), del valor total de los servicios no en t regados en su totalidad, la cual no excederá del m on to de la garan tía de cu m pli m ien to del pedido La su m a de todas las penas convencionales aplicadas al proveedor no deberá exceder el i m porte de la garan tía de cu m pli m ien to del con t rato (10%). Cuando los servicios no se presten siguientes casos: a) Xxxxxx en la fecha o plazo convenido y pactada para la pena convencional por atraso rebase el m on to de la garan tía de cu m pli m ien to del con t rato, La Dirección de área adscrita a la Dirección de Ad m inistración y Finanzas a t ravés del Ad m inistrador del Con t rato, previa notificación a EL LICITANTE ADJUDICADO podrá rescindir este con trato, en tér m inos entrega de los causales vales electrónicos y/o vales impresos en papel. b) Xxxxxx en la fecha pactada para la dispersión de Rescisión En caso recursos a los vales electrónicos. c) Atraso en la fecha establecida para la devolución del importe correspondiente a los vales electrónicos y/o vales impresos en papel, reintegrados por “LA ENTIDAD”. El pago por el SERVICIO quedará condicionado proporcionalmente, al pago que “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso. Las penas convencionales serán calculadas y notificadas a “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, por escrito, al día hábil siguiente en que se determinen, por parte del Administrador del Contrato de que sea necesario llevar a cabo la rescisión ad m inistrativa del con t rato, la aplicación de la garan tía de cu m pli m ien to será proporcional al m on to de las obligaciones incu m plidas“LA ENTIDAD”. Para deter m inar la aplicación efectos del pago de las penas convencionales confor m e al convencionales, en términos del segundo párrafo del artículo 53 95 del Reglamento de la Ley de Adq uisiciones“LAASSP”, Arrenda m ien tos y Servicios del Sector Público. No se to m arán en cuen ta las de m oras m otivadas por caso fortuito o causas de fuerza m ayor o cualquier otra causa no i m putable al proveedor. Para la aplicación y pago xx xxxxx convencionales en m ateria de adquisiciones, arrenda m ien tos de bienes m uebles y prestación de servicios de cualquier naturaleza, en tér m inos de la Ley de Adquisiciones, Arrenda m ien tos y Servicios del Sector Público y su Regla m en to, de fecha 2 de m ayo del 2022. Se deberá podrá solicitar al proveedor a “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” que al m o m en to momento de presen tar presentar la factura para el pago (CFDI de In gresoIngreso) por los bienes en t regados entregados o servicios prestados, aco m pañe acompañe una Nota de Crédito (CFDI de Egreso) por el m on to monto de la pena convencional previa m en te deter m inada previamente determinada por el Área ad m inistradora Administrador del con t ratoContrato de “LA ENTIDAD”, a fin de que se aplique a la factura la deducción que corresponda confor m e conforme a la Nota de Crédito. # Servicio Penas Convencionales * Por no , haciendo los registros procedentes en t regar el Cronogra m Sistema de Contabilidad y Presupuesto (SICOP) y generando las Cuentas por Liquidar Certificadas que correspondan con el propósito de enterar el monto de la pena convencional a la Tesorería de actividades y la Federación, o a sus propias tesorerías en el plan de t rabajo detallado para la instalación, config uración y puesta a pun to de los servicios ofertados para LA CONANP, con aprobación caso de las m ism as. El plan de t rabajo deberá incluir la definición, desarrollo y m an teni m ien to de un plan de pruebas para validar la correcta instalación, configuración y p uesta a pun to a m ás tardar cinco días Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso hábiles posteriores entidades; conforme al fallo Por no proporcionar los nú m eros convencionales y celulares, ade m ás de correos electrónicos con base a la m atriz de escalación que presen te para la Mesa de Ayuda a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no m an tenerse el Xxxxx te de Proyecto en su rol al m enos los pri m eros 6 m eses, con la in tención xx xxxx dar un buen con t rol y estabilidad del arranq ue de los servicios confor m e al nu m eral 13.1 Xxxxx te de Proyecto. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar el docu m en to que a m para los derechos de uso de infraestructura, servicios o soft ware seg ún aplique; ade m ás de especificar la disponibilidad de todos los recursos, indica las excepciones procedimiento detallado en el uso Oficio Circular 700.2022.0003, de alg ún producto o serviciofecha 22 xx xxxxx de 2022, a fin de evitar sobrecargos o confusiones a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto emitido por cada día natural de atraso Por no en t regar las Credenciales para el acceso a la consola de ad m inistración del servicio de nube que incluya al m enos dos perfiles de usuario: ad m inistrador y consulta a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la carta m e m bretada con credenciales de acceso para el servicio de soporte a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la Me x xxxx Técnica a m ás tardar diez días hábiles una vez concluida la fase de i m ple m en tación Oficial Mayor de la solución Pena convencional Secretaría de Hacienda y Crédito Público. En ningún caso, las penas convencionales podrán negociarse en especie. “LA ENTIDAD” podrán optar por la rescisión del 1 % sobre contrato, cuando se agote el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural monto límite de atraso Por el retraso en la en x xxxx de los servicios, su instalación, configuración y puesta a pun to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en los reportes m ensuales Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la renovación de Certificados Servicio de Certificados SSL/TLS Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no realizar las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la presen tación o m aterial utilizado en las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso **Pueden ser varios los servicios afectados, por lo que puede aplicarse m ás de una pena por el m ism o even to.** La aplicación de las penas y convencionales o deducciones quedará sujeta o ambas pactadas en el contrato formalizado. Las penas convencionales no podrán exceder de su pago de hasta veinte (20) días naturales a que la causa que llevo al incu m pli m ien to partir de la obligación sea atribuible a EL LICITANTE ADJUDICADOsu exigibilidad.

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Samples: Contrato De Suministro De Servicios

PENAS CONVENCIONALES. Las Se establecerán penas convencionales se aplicarán confor m e a lo sig uien te: LA CONVOCANTEcargo del Proveedor por atraso en el cumplimiento de las obligaciones, aplicará el porcentaje máximo de aplicación será determinado conforme a los licitan tes adjudicados penas convencionales por cada día hábil “Criterios para la Determinación del Porcentaje Máximo de atraso las Penas Convencionales y/o Deducciones a Establecer en la Contratos en x xxxx Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios”, anexo en este numeral. <.. image(Texto Descripción generada automáticamente) removed ..> <.. image(Texto, Carta Descripción generada automáticamente) removed ..> <.. image(Texto, Carta Descripción generada automáticamente) removed ..> <.. image(Texto, Carta Descripción generada automáticamente) removed ..> <.. image(Texto, Carta Descripción generada automáticamente) removed ..> <.. image(Texto, Carta Descripción generada automáticamente) removed ..> <.. image(Texto, Carta Descripción generada automáticamente) removed ..> <.. image(Tabla Descripción generada automáticamente) removed ..> El factor de penalización que CFE División de Distribución Golfo Norte, Departamento de Abastecimientos, será del servicio, por un m on to equivalen te al 1% (uno por cien to), ciento) diario del valor monto total de los servicios no en t regados en su totalidad, la cual no excederá del m on to bienes entregados con atraso. El importe de la garan tía de cu m pli m ien to del pedido La su m a de todas las penas convencionales aplicadas al proveedor no deberá exceder el i m porte penalización se deducirá de la garan tía factura que presente para su cobro. La penalización se aplicará de cu m pli m ien to del acuerdo a la siguiente fórmula: fórmula: (Pd) x (Nda) x (Vbea) = Pca donde: Pd: (1%) penalización diaria Nda: número de días de atraso Vbea: valor de los bienes entregados con t rato (10%). Cuando los servicios no se presten en la fecha o plazo convenido y la atraso Pca: pena convencional aplicable La CFE División de Distribución Golfo Norte, Departamento de Abastecimientos, una vez que exista incumplimiento por atraso rebase el m on to de la garan tía de cu m pli m ien to parte del con t ratoProveedor, La Dirección de área adscrita a la Dirección de Ad m inistración y Finanzas a t ravés del Ad m inistrador del Con t rato, previa notificación a EL LICITANTE ADJUDICADO podrá rescindir este con tratoefectos inmediatos el contrato sin necesidad de declaración judicial, mediante simple notificación por escrito a el Proveedor, en tér m inos de los causales de Rescisión En caso de el que sea necesario llevar a cabo la rescisión ad m inistrativa del con t rato, la aplicación de la garan tía de cu m pli m ien to será proporcional al m on to de las obligaciones incu m plidas. Para deter m inar la aplicación de las penas convencionales confor m e al artículo 53 de la Ley de Adq uisiciones, Arrenda m ien tos y Servicios del Sector Público. No se to m arán en cuen ta las de m oras m otivadas por caso fortuito o causas de fuerza m ayor o cualquier otra causa no i m putable al proveedor. Para la aplicación y pago xx xxxxx convencionales en m ateria de adquisiciones, arrenda m ien tos de bienes m uebles y prestación de servicios de cualquier naturaleza, en tér m inos de la Ley de Adquisiciones, Arrenda m ien tos y Servicios del Sector Público y su Regla m en to, de fecha 2 de m ayo del 2022. Se deberá solicitar al proveedor que al m o m en to de presen tar la factura para el pago (CFDI de In gresoespecifique(n) la(s) obligación(es) incumplida(s) por los bienes en t regados o servicios prestados, aco m pañe una Nota de Crédito (CFDI de Egreso) por el m on to de la pena convencional previa m en te deter m inada por el Área ad m inistradora del con t rato, a fin de que se aplique a la factura la deducción que corresponda confor m e a la Nota de Crédito. # Servicio Penas Convencionales * Por no en t regar el Cronogra m a de actividades y el plan de t rabajo detallado para la instalación, config uración y puesta a pun to de los servicios ofertados para LA CONANP, con aprobación de las m ism as. El plan de t rabajo deberá incluir la definición, desarrollo y m an teni m ien to de un plan de pruebas para validar la correcta instalación, configuración y p uesta a pun to a m ás tardar cinco días Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso hábiles posteriores al fallo Por no proporcionar los nú m eros convencionales y celulares, ade m ás de correos electrónicos con base a la m atriz de escalación que presen te para la Mesa de Ayuda a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no m an tenerse el Xxxxx te de Proyecto en su rol al m enos los pri m eros 6 m eses, con la in tención xx xxxx dar un buen con t rol y estabilidad del arranq ue de los servicios confor m e al nu m eral 13.1 Xxxxx te de Proyecto. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar el docu m en to que a m para los derechos de uso de infraestructura, servicios o soft ware seg ún aplique; ade m ás de especificar la disponibilidad de todos los recursos, indica las excepciones en el uso de alg ún producto o servicio, a fin de evitar sobrecargos o confusiones a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar las Credenciales para el acceso a la consola de ad m inistración del servicio de nube que incluya al m enos dos perfiles de usuario: ad m inistrador y consulta a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la carta m e m bretada con credenciales de acceso para el servicio de soporte a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la Me x xxxx Técnica a m ás tardar diez días hábiles una vez concluida la fase de i m ple m en tación de la solución Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la en x xxxx de los servicios, su instalación, configuración y puesta a pun to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en los reportes m ensuales Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la renovación de Certificados Servicio de Certificados SSL/TLS Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no realizar las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la presen tación o m aterial utilizado en las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso **Pueden ser varios los servicios afectados, por lo que puede aplicarse m ás de una pena por el m ism o even toéste.** La aplicación de las penas y deducciones quedará sujeta a que la causa que llevo al incu m pli m ien to de la obligación sea atribuible a EL LICITANTE ADJUDICADO.

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Samples: Concurso Abierto Simplificado Internacional

PENAS CONVENCIONALES. Las penas convencionales El licitante, quedará obligado a responder por su cuenta ante la convocante por los defectos de los bienes que se aplicarán confor m e ocuparán en el servicio, vicios ocultos, mala calidad de los servicios, daños y/o perjuicios que por inobservancia o negligencia de su parte, lleguen a causar a la convocante y/o a terceros con motivo de las obligaciones pactadas, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido en los términos señalados y en la legislación aplicable, de conformidad con lo sig uien te: LA CONVOCANTEestablecido en el artículo 53, aplicará de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público En un plazo máximo de un día hábil posterior a la fecha plasmada en el inventario de ingreso de la unidad, el licitante deberá enviar el presupuesto a los licitan tes adjudicados penas convencionales administradores del contrato y a la Unidad Administrativa “apartado IV” donde está asignado el vehículo de la Conagua para su autorización, vía correo electrónico. De lo contrario, se aplicará una pena convencional xxx xxxx al millar, por la deficiencia del servicio, sobre el importe total facturado del servicio que se trate, por cada día hábil de atraso en la recepción del correo electrónico. El licitante deberá realizar los trabajos ya autorizado por la Unidad Administrativa donde está asignado el vehículo de la Conagua y/o los administradores del contrato “apartado IV”. Tomando como fecha de entrega, la ya estipulada en x xxxx los términos de referencia. De lo contrario la convocante aplicará una pena convencional del quince al millar, por la deficiencia del servicio, por un m on to equivalen te al 1% (uno cada 12 hrs de atraso, sobre el importe total facturado del servicio que se trate por cien to)el incumplimiento en las fechas pactadas de entrega en la prestación del servicio, del valor total así como de los servicios no defectos y vicios ocultos. El licitante se compromete a presentar la factura correspondiente, en t regados en su totalidad, la cual no excederá del m on to un plazo máximo de 3 días hábiles contados a partir de la garan tía fecha de cu m pli m ien to del pedido La su m a validación de todas las penas convencionales aplicadas al proveedor no deberá exceder los trabajos, por la Unidad Administrativa donde está asignado el i m porte vehículo de la garan tía de cu m pli m ien to Conagua y/o los administradores del con t rato (10%)contrato. Cuando los servicios no De lo contrario, se presten en la fecha o plazo convenido y la aplicará una pena convencional xxx xxxx al millar por atraso rebase la deficiencia en el m on to servicio, sobre el importe total facturado del servicio que se trate, por cada día hábil de la garan tía de cu m pli m ien to del con t rato, La Dirección de área adscrita a la Dirección de Ad m inistración y Finanzas a t ravés del Ad m inistrador del Con t rato, previa notificación a EL LICITANTE ADJUDICADO podrá rescindir este con trato, en tér m inos de los causales de Rescisión atraso. En el caso de que sea necesario llevar se deba pagar multa por verificación extemporánea por razones imputables al posible licitante, éste deberá pagarla en plazo no mayor a cabo la rescisión ad m inistrativa del con t rato, la aplicación de la garan tía de cu m pli m ien to será proporcional al m on to de las obligaciones incu m plidas. Para deter m inar la aplicación de las penas convencionales confor m e al artículo 53 de la Ley de Adq uisiciones, Arrenda m ien tos y Servicios del Sector Público. No se to m arán en cuen ta las de m oras m otivadas por caso fortuito o causas de fuerza m ayor o cualquier otra causa no i m putable al proveedor. Para la aplicación y pago xx xxxxx convencionales en m ateria de adquisiciones, arrenda m ien tos de bienes m uebles y prestación de servicios de cualquier naturaleza, en tér m inos de la Ley de Adquisiciones, Arrenda m ien tos y Servicios del Sector Público y su Regla m en to, de fecha 2 de m ayo del 2022. Se deberá solicitar al proveedor que al m o m en to de presen tar la factura para el pago (CFDI de In greso) por los bienes en t regados o servicios prestados, aco m pañe una Nota de Crédito (CFDI de Egreso) por el m on to de la pena convencional previa m en te deter m inada por el Área ad m inistradora del con t rato, a fin de que se aplique a la factura la deducción que corresponda confor m e a la Nota de Crédito. # Servicio Penas Convencionales * Por no en t regar el Cronogra m a de actividades y el plan de t rabajo detallado para la instalación, config uración y puesta a pun to de los servicios ofertados para LA CONANP, con aprobación de las m ism as. El plan de t rabajo deberá incluir la definición, desarrollo y m an teni m ien to de un plan de pruebas para validar la correcta instalación, configuración y p uesta a pun to a m ás tardar cinco días Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso hábiles posteriores al fallo Por no proporcionar los nú m eros convencionales y celulares, ade m ás de correos electrónicos con base a la m atriz de escalación que presen te para la Mesa de Ayuda a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no m an tenerse el Xxxxx te de Proyecto en su rol al m enos los pri m eros 6 m eses, con la in tención xx xxxx dar un buen con t rol y estabilidad del arranq ue de los servicios confor m e al nu m eral 13.1 Xxxxx te de Proyecto. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar el docu m en to que a m para los derechos de uso de infraestructura, servicios o soft ware seg ún aplique; ade m ás de especificar la disponibilidad de todos los recursos, indica las excepciones en el uso de alg ún producto o servicio, a fin de evitar sobrecargos o confusiones a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar las Credenciales para el acceso a la consola de ad m inistración del servicio de nube que incluya al m enos dos perfiles de usuario: ad m inistrador y consulta a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la carta m e m bretada con credenciales de acceso para el servicio de soporte a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la Me x xxxx Técnica a m ás tardar diez días hábiles una vez concluida la fase de i m ple m en tación de la solución Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la en x xxxx de los servicios, su instalación, configuración y puesta a pun to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en los reportes m ensuales Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la renovación de Certificados Servicio de Certificados SSL/TLS Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no realizar las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la presen tación o m aterial utilizado en las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso **Pueden ser varios los servicios afectados, por lo que puede aplicarse m ás de una pena por el m ism o even tohábiles.** La aplicación de las penas y deducciones quedará sujeta a que la causa que llevo al incu m pli m ien to de la obligación sea atribuible a EL LICITANTE ADJUDICADO.

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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas Electrónica

PENAS CONVENCIONALES. Las penas convencionales se aplicarán confor m e a lo sig uien te“EL PRESTADOR” SE OBLIGA A PAGAR A "EL INSTITUTO" UNA PENA CONVENCIONAL POR LOS EVENTOS POR UNA O VARIAS DE LAS SIGUIENTES CAUSAS: DICHAS PENAS NO EXCEDERÁN DEL MONTO DE LA CONVOCANTEGARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, aplicará a QUE SE ESTIPULAN EN LA CLÁUSULA CUARTA DE ESTE CONTRATO; HACIÉNDOSE EFECTIVA HASTA POR UN MONTO IGUAL A LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO Y DESCONTÁNDOSE AL MOMENTO DE PAGO. EN TODO CASO SE PODRÁ HACER EFECTIVA LA FIANZA DE CUMPLIMIENTO POR EL SÓLO HECHO DEL INCUMPLIMIENTO. No cumplir con los licitan tes adjudicados penas convencionales horarios establecidos en el contrato No cumplir con la distribución de elementos indicada en el contrato. No cumplir con las actividades del programa de trabajo, (rondines) 10% del costo del servicio por cada día hábil de atraso en la en x xxxx incumplimiento. 10% del servicio, por un m on to equivalen te al 1% (uno por cien to), costo del valor total de los servicios no en t regados en su totalidad, la cual no excederá del m on to de la garan tía de cu m pli m ien to del pedido La su m a de todas las penas convencionales aplicadas al proveedor no deberá exceder el i m porte de la garan tía de cu m pli m ien to del con t rato (10%). Cuando los servicios no se presten en la fecha o plazo convenido y la pena convencional por atraso rebase el m on to de la garan tía de cu m pli m ien to del con t rato, La Dirección de área adscrita a la Dirección de Ad m inistración y Finanzas a t ravés del Ad m inistrador del Con t rato, previa notificación a EL LICITANTE ADJUDICADO podrá rescindir este con trato, en tér m inos de los causales de Rescisión En caso de que sea necesario llevar a cabo la rescisión ad m inistrativa del con t rato, la aplicación de la garan tía de cu m pli m ien to será proporcional al m on to de las obligaciones incu m plidas. Para deter m inar la aplicación de las penas convencionales confor m e al artículo 53 de la Ley de Adq uisiciones, Arrenda m ien tos y Servicios del Sector Público. No se to m arán en cuen ta las de m oras m otivadas por caso fortuito o causas de fuerza m ayor o cualquier otra causa no i m putable al proveedor. Para la aplicación y pago xx xxxxx convencionales en m ateria de adquisiciones, arrenda m ien tos de bienes m uebles y prestación de servicios de cualquier naturaleza, en tér m inos de la Ley de Adquisiciones, Arrenda m ien tos y Servicios del Sector Público y su Regla m en to, de fecha 2 de m ayo del 2022. Se deberá solicitar al proveedor que al m o m en to de presen tar la factura para el pago (CFDI de In greso) por los bienes en t regados o servicios prestados, aco m pañe una Nota de Crédito (CFDI de Egreso) por el m on to de la pena convencional previa m en te deter m inada por el Área ad m inistradora del con t rato, a fin de que se aplique a la factura la deducción que corresponda confor m e a la Nota de Crédito. # Servicio Penas Convencionales * Por no en t regar el Cronogra m a de actividades y el plan de t rabajo detallado para la instalación, config uración y puesta a pun to de los servicios ofertados para LA CONANP, con aprobación de las m ism as. El plan de t rabajo deberá incluir la definición, desarrollo y m an teni m ien to de un plan de pruebas para validar la correcta instalación, configuración y p uesta a pun to a m ás tardar cinco días Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto servicio por cada día natural de atraso hábiles posteriores al fallo Por no proporcionar los nú m eros convencionales y celulares, ade m ás de correos electrónicos con base a la m atriz de escalación que presen te para la Mesa de Ayuda a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al falloincumplimiento. Pena convencional 10% del 1 % sobre el m on to m ensual costo del pago previsto servicio por cada día natural de atraso Por no m an tenerse incumplimiento. No cumplir con el Xxxxx te de Proyecto en su rol al m enos los pri m eros 6 m eses, con la in tención xx xxxx dar un buen con t rol y estabilidad uniforme 10% del arranq ue de los servicios confor m e al nu m eral 13.1 Xxxxx te de Proyecto. Pena convencional costo del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto servicio por cada día natural de atraso Por no incumplimiento. No proporcionar a su personal equipo de seguridad y protección. No proporcionar supervisión de los elementos en t regar el docu m en to servicio. No reemplazar al personal que a m para los derechos de uso de infraestructura, servicios o soft ware seg ún aplique; ade m ás de especificar la disponibilidad de todos los recursos, indica las excepciones ocasiones falta en el uso plazo establecido. Por turno no laborado: por cada persona que no se presente a laborar en el turno correspondiente, de alg ún producto o servicio, a fin acuerdo con lo establecido en la plantilla de evitar sobrecargos o confusiones a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional personal. 10% del 1 % sobre el m on to m ensual costo del pago previsto servicio por cada día natural de atraso Por no en t regar las Credenciales para el acceso a la consola de ad m inistración incumplimiento. 15% del costo del servicio de nube que incluya al m enos dos perfiles de usuario: ad m inistrador y consulta a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la carta m e m bretada con credenciales de acceso para el incumplimiento 10% del costo del servicio de soporte a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por incumplimiento 100% del importe del turno no laborado, tomando como base el precio unitario integrado diario que presente el “Prestador del servicio” en t regar la Me x xxxx Técnica a m ás tardar diez días hábiles una vez concluida la fase de i m ple m en tación de la solución Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la en x xxxx de los serviciossu oferta económica. SI EN UN TÉRMINO DE 10 (DIEZ) DIAS NATURALES PERSISTE EL ATRASO, su instalación“EL INSTITUTO”, configuración y puesta a pun to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en los reportes m ensuales Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la renovación de Certificados Servicio de Certificados SSL/TLS Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no realizar las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la presen tación o m aterial utilizado en las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso **Pueden ser varios los servicios afectados, por lo que puede aplicarse m ás de una pena por el m ism o even toRESINDIRÁ ADMINISTRATIVAMENTE EL CONTRATO Y EN SU CASO HARA EFECTIVA LA FIANZA PARA EL CUMPLIMIENTO SIN EXCLUSIÓN DE LAS SANCIONES A QUE SE PUDIERA SER ACREEDOR.** La aplicación de las penas y deducciones quedará sujeta a que la causa que llevo al incu m pli m ien to de la obligación sea atribuible a EL LICITANTE ADJUDICADO.

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Samples: Licitación Pública Nacional Electrónica

PENAS CONVENCIONALES. “LA ALCALDÍA” verificará periódicamente si los trabajos objeto de este contrato se están ejecutando por “EL CONTRATISTA” de acuerdo con el programa de obra comprometido. Las penas convencionales se aplicarán confor m e sujetarán a lo sig uien te: LA CONVOCANTE, aplicará a los licitan tes adjudicados penas convencionales por cada día hábil de atraso establecido en la en x xxxx el artículo 55 fracción V del servicio, por un m on to equivalen te al 1% (uno por cien to), del valor total de los servicios no en t regados en su totalidad, la cual no excederá del m on to de la garan tía de cu m pli m ien to del pedido La su m a de todas las penas convencionales aplicadas al proveedor no deberá exceder el i m porte de la garan tía de cu m pli m ien to del con t rato (10%). Cuando los servicios no se presten en la fecha o plazo convenido y la pena convencional por atraso rebase el m on to de la garan tía de cu m pli m ien to del con t rato, La Dirección de área adscrita a la Dirección de Ad m inistración y Finanzas a t ravés del Ad m inistrador del Con t rato, previa notificación a EL LICITANTE ADJUDICADO podrá rescindir este con trato, en tér m inos de los causales de Rescisión En caso de que sea necesario llevar a cabo la rescisión ad m inistrativa del con t rato, la aplicación de la garan tía de cu m pli m ien to será proporcional al m on to de las obligaciones incu m plidas. Para deter m inar la aplicación de las penas convencionales confor m e al artículo 53 Reglamento de la Ley de Adq uisicionesObras Públicas del Distrito Federal y en la Sección 4 de las Políticas Administrativas, Arrenda m ien tos Bases y Servicios Lineamientos en Materia de Obra Pública de la Administración Pública de la Ciudad de México, publicadas en la Gaceta Oficial de la ciudad de México el 28 xx xxxxxx del Sector Público2017; las cuales no podrán rebasar en su conjunto el monto total de la fianza otorgada para garantizar el cumplimiento del contrato. No Si como consecuencia de la verificación se to m arán observa que el importe de la obra realmente ejecutada es menor en cuen ta términos absolutos que el importe de lo que debió realizarse, “LA ALCALDÍA” retendrá el 2% (dos por ciento) sin el I.V.A. de la diferencia de dichos importes en las estimaciones del período de m oras m otivadas la evaluación. Mensualmente se hará la verificación y en dichas estimaciones se agregarán los importes correspondientes a los adelantos o atrasos relativos con respecto de la evaluación del mes inmediato anterior. Este procedimiento se aplicará hasta el término del plazo de ejecución señalado en el contrato o convenio de plazo imputable a “LA ALCALDÍA”. El importe retenido será devuelto a “EL CONTRATISTA” en el momento en que éste recupere el avance programado o una proporción del mismo. Al elaborar el finiquito de los trabajos, todas las retenciones se le abonarán a “EL CONTRATISTA”, haciéndole los cargos que correspondan por caso fortuito o causas el atraso en la entrega de fuerza m ayor o cualquier otra causa no i m putable al proveedorlos trabajos. Para el caso de incumplimiento por causas imputables a “EL CONTRATISTA” en la aplicación y pago xx xxxxx convencionales en m ateria de adquisiciones, arrenda m ien tos de bienes m uebles y prestación de servicios de cualquier naturaleza, en tér m inos entrega de la Ley de Adquisicionesobra en los plazos establecidos, Arrenda m ien tos y Servicios del Sector Público y su Regla m en to, de fecha 2 de m ayo del 2022. Se deberá solicitar al proveedor que al m o m en to de presen tar la factura para el pago (CFDI de In greso) por los bienes en t regados o servicios prestados, aco m pañe una Nota de Crédito (CFDI de Egreso) por el m on to de la pena convencional previa m en te deter m inada por el Área ad m inistradora del con t rato, a fin de que se aplique a la factura la deducción que corresponda confor m e a la Nota de Crédito. # Servicio Penas Convencionales * Por no en t regar el Cronogra m a de actividades y el plan de t rabajo detallado para la instalación, config uración y puesta a pun to de los servicios ofertados para LA CONANP, con aprobación de las m ism as. El plan de t rabajo deberá incluir la definición, desarrollo y m an teni m ien to de un plan de pruebas para validar la correcta instalación, configuración y p uesta a pun to a m ás tardar cinco días Pena convencional aplicará será del 1 0.2% sobre el m on to m ensual del pago previsto (cero punto dos por ciento) por cada día natural de atraso hábiles posteriores atraso, calculándose conforme al fallo Por no proporcionar los nú m eros convencionales y celularesprograma convenido sobre el monto total del contrato sin el I.V.A. En caso rescisión del contrato, ade m ás de correos electrónicos con base “EL CONTRATISTA” se hará acreedor a la m atriz pena convencional del 2% (dos por ciento) del importe de escalación los trabajos no ejecutados, lo que presen te corresponda por la evaluación de los daños derivados por la afectación por el tiempo de reinicio de los trabajos, el diferencial del sobrecosto en los precios de la obra faltante de ejecutar y la recontratación del nuevo contratista, en todos los supuestos no deberá considerarse el I.V.A. Cuando “EL CONTRATISTA” incurra en la ejecución deficiente por lo que hace a la calidad de los trabajos, se le impondrán sanciones que consistirán en lo siguiente. Para la obra ejecutada deficientemente con relación a la calidad establecida en el proyecto, el Residente de Supervisión deberá rendir el informe respectivo al Residente de Obra de “LA ALCALDÍA” para ver si es factible la Mesa permanencia de Ayuda dicha obra sin que afecte el comportamiento del bien ni ponga en riesgo personas ni logros de objetivos para lo que fue creada la obra, en cuyo caso, se harán las deductivas correspondientes por el diferencial de calidad entre lo comprometido y lo proporcionado multiplicado por 2 (dos) sin el I.V.A. Para elementos de la obra ejecutada deficientemente en lo que se dictamine por parte de “LA ALCALDÍA” que no es factible su permanencia en la obra, “EL CONTRATISTA” tendrá que demoler por su cuenta y riesgo los elementos mal ejecutados y reponerlos de acuerdo a m ás tardar cinco las especificaciones y al proyecto procediendo “LA ALCALDÍA” a retener un importe igual al estimado por demolición y retiro de material deficiente más el equivalente a la reposición, a entera satisfacción de “LA ALCALDÍA” y en caso de no realizar la demolición será causal de rescisión de contrato en términos del artículo 27 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, así como los artículos 71 y 72 de su Reglamento y “LA ALCALDÍA” procederá a hacerlo, aplicando a “EL CONTRATISTA” un cargo de lo que cueste más el 25% (veinticinco por ciento) sin el I.V.A. Si “EL CONTRATISTA” no levantase y retirase los escombros de material sobrante cotidianamente durante el proceso de la ejecución de la obra, se le retendrá un importe igual al 0.6% (cero punto seis por ciento) de la estimación correspondiente sin el I.V.A. al mes o meses en que no se haya realizado la limpieza, importe que se reintegrará en la estimación de cuyo periodo se haya hecho la limpieza correspondiente una vez verificado. Si finaliza la obra y no retiró escombros y equipo no utilizable antes de la entrega-recepción se le descontará un importe equivalente al 0.6% (cero punto seis por ciento) del monto contratado sin el I.V.A. y si “LA ALCALDÍA” tuviera que pagar el retiro, se cargará a “EL CONTRATISTA” lo que “LA ALCALDÍA” tuviera que pagar más el 25% (veinticinco por ciento) sin el I.V.A. Si la permanencia de los escombros, falta de señalamiento o cualquier deficiencia en la ejecución de la obra, ocasionara accidentes a terceros y esto fuera causa de reclamaciones con costo, éste se trasladará a “EL CONTRATISTA” de acuerdo al Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal. De no presentar “EL CONTRATISTA” sus estimaciones a la Residencia de Supervisión dentro de los 4 (cuatro) días hábiles posteriores al fallo. Pena a las fechas xx xxxxx, se le aplicará una pena convencional del 1 2% sobre el m on to m ensual (dos por ciento) del pago previsto monto de la estimación sin I.V.A., que se aplicará por cada día natural periodo que se omita la presentación de atraso Por la estimación de acuerdo a la periodicidad estipulada en este contrato. El importe de las penalizaciones a que se haga acreedor “EL CONTRATISTA”, que no m an tenerse sean aplicadas en las estimaciones durante la vigencia del contrato, deberá liquidarlo a “LA ALCALDÍA” mediante cheque certificado a favor de la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México en el Xxxxx te acto de Proyecto en su rol al m enos los pri m eros 6 m eses, con la in tención xx xxxx dar un buen con t rol y estabilidad del arranq ue entrega-recepción de los servicios confor m e al nu m eral 13.1 Xxxxx te de Proyecto. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar el docu m en to que a m para los derechos de uso de infraestructura, servicios trabajos o soft ware seg ún aplique; ade m ás de especificar la disponibilidad de todos los recursos, indica las excepciones en el uso de alg ún producto o servicio, a fin de evitar sobrecargos o confusiones a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar las Credenciales para el acceso a la consola de ad m inistración del servicio de nube que incluya al m enos dos perfiles de usuario: ad m inistrador y consulta a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la carta m e m bretada con credenciales de acceso para el servicio de soporte a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la Me x xxxx Técnica a m ás tardar diez días hábiles una vez concluida la fase de i m ple m en tación de la solución Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso bien se le descontará en la en x xxxx de los servicios, su instalación, configuración y puesta a pun to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en los reportes m ensuales Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la renovación de Certificados Servicio de Certificados SSL/TLS Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no realizar las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la presen tación o m aterial utilizado en las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso **Pueden ser varios los servicios afectados, por lo que puede aplicarse m ás de una pena por el m ism o even toestimación finiquito.** La aplicación de las penas y deducciones quedará sujeta a que la causa que llevo al incu m pli m ien to de la obligación sea atribuible a EL LICITANTE ADJUDICADO.

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Samples: Contrato De Obra Pública

PENAS CONVENCIONALES. Las penas convencionales se aplicarán confor m e Contrato: INCMN/0706/2/AD/036/23 En caso que “LA EMPRESA PROVEEDORA” incurra en atraso en el cumplimiento conforme a lo sig uien te: LA CONVOCANTEpactado para la prestación de los servicios, objeto del presente contrato, conforme a lo establecido en el Anexo (No. ) parte integral del presente contrato, “EL INSTITUTO" por conducto del administrador del contrato aplicará a los licitan tes adjudicados penas convencionales la pena convencional equivalente al 1.0% , por cada día hábil (calcular periodicidad xx xxxx) de atraso en sobre la en x xxxx del servicio, por un m on to equivalen te al 1% (uno por cien to), del valor total parte de los servicios no prestados, de conformidad con este instrumento legal y sus respectivos anexos. En caso que “LA EMPRESA PROVEEDORA” presente atraso en t regados el cumplimiento de cualquiera de sus obligaciones pactadas para la prestación de los servicios, objeto del presente contrato, conforme a lo establecido en su totalidadel Anexo Técnico parte integral del presente contrato, “EL INSTITUTO" por conducto del administrador del contrato aplicará la cual no excederá del m on to pena convencional equivalente al 1.0% , (UNO POR CIENTO) antes de I.V.A., por cada SERVICIO Y DÍA NATURAL de atraso en el inicio de la garan tía prestación del servicio, de cu m pli m ien to conformidad con el presente contrato y sus respectivo anexo técnico, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, de conformidad con este instrumento legal y sus respectivo Anexo Técnico. El cálculo de la pena convencional, corresponde al administrador del pedido contrato, el área usuaria o requirente de los servicios, el cual notificará a la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales del atraso en el cumplimiento de las fechas pactadas de entrega o de la presentación del servicio, el plazo computable para la aplicación de la pena convencional, será a partir de que haya vencido el plazo de prestación del servicio y/o entrega original y hasta que “LA EMPRESA PROVEEDORA” realice los servicios y/o entregas. La Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales informará por escrito a “LA EMPRESA PROVEEDORA” el cálculo de la pena correspondiente, indicando el número de días de atraso, así como la base para su m cálculo y el monto de la pena a que se hizo acreedor “LA EMPRESA PROVEEDORA”. En el supuesto de todas que el cálculo de la penalización contenga centavos, el monto se ajustará a pesos, de tal suerte que las que contengan cantidades que incluyan de 1 hasta 50 centavos, el importe de la penalización se ajustará a pesos a la unidad inmediata anterior y las que contengan de 51 a 99 centavos, el importe de la penalización se ajustará a pesos a la unidad inmediata superior. “LA EMPRESA PROVEEDORA” deberá entregar nota de crédito al administrador del contrato por el importe indicado a nombre del Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición Xxxxxxxx Xxxxxxx en archivos XML y PDF. El administrador del contrato turnará la nota de crédito al Departamento de Control Presupuestal en horario de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes, o enviándolos a los correos: xxxxxx.xxxxxxxxxx@xxxxxxx.xx y xxxxxxx.xxxxxxxx@xxxxxxx.xx y turnando una copia del recibo de pago, a esta Subdirección para su debida acreditación. Contrato: INCMN/0706/2/AD/036/23 Cabe señalar que el pago de la factura correspondiente a los servicios quedará condicionada proporcionalmente a la nota de crédito que “LA EMPRESA PROVEEDORA” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales, lo anterior para dar cumplimiento al oficio circular 700.2022.0003 de la Oficialía Mayor de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, relativos a las condiciones, términos y procedimiento para la aplicación xx xxxxx convencionales por el atraso en la entrega de los bienes, arrendamientos o servicios. El Departamento de Tesorería realizará los trámites correspondientes a través del esquema e5cinco Pago Electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos (DPA’s), a favor de la Tesorería de la Federación, sin que la acumulación de esta pena exceda el equivalente al monto total de la garantía de cumplimiento del contrato y se aplicará sobre el monto proporcional sin incluir el I.V.A. Aquellas obligaciones que no tengan establecido en el contrato que se adjudique plazo determinado de cumplimiento, no serán objeto de penalización alguna, pero su incumplimiento parcial o deficiente dará lugar a que “EL INSTITUTO” deduzca su costo del importe correspondiente. La notificación de la aplicación xx xxxxx convencionales o deducciones se llevará a cabo en el domicilio señalado por “LA EMPRESA PROVEEDORA”, en el NUMERAL 2.6, en caso de que exista cambio de dicho domicilio o de cualquiera de los datos asentados en el diverso NUMERAL 2.6, del apartado de DECLARACIONES de este contrato, “LA EMPRESA PROVEEDORA”, deberá informarlo a la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales por escrito, mediante correo electrónico o cualquier otro medio que permita obtener el acuse de recibo, los cuales, individualmente tendrán validez probatorio del aviso de dicho cambio. Cuando la suma de las penas convencionales aplicadas al proveedor no deberá exceder exceda el i m porte monto total de la garan tía garantía de cu m pli m ien to cumplimiento del con t rato (10%)presente contrato, se iniciará el procedimiento de rescisión del mismo, en los términos del artículo 54 de la “LAASSP”. Cuando los servicios no se presten en Independientemente de la fecha o plazo convenido y aplicación de la pena convencional por atraso rebase a que hace referencia el m on to de párrafo que antecede, se aplicarán además cualquiera otra que la garan tía de cu m pli m ien to “LAASSP” establezca. Esta pena convencional no descarta que “EL INSTITUTO” en cualquier momento posterior al incumplimiento determine procedente la rescisión del con t ratocontrato, La Dirección de área adscrita a considerando la Dirección de Ad m inistración y Finanzas a t ravés del Ad m inistrador del Con t rato, previa notificación a EL LICITANTE ADJUDICADO podrá rescindir este con trato, en tér m inos gravedad de los causales daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses de Rescisión “EL INSTITUTO”. En caso de que sea necesario llevar a cabo la rescisión ad m inistrativa administrativa del con t ratocontrato, la aplicación de la garan tía garantía de cu m pli m ien to cumplimiento será proporcional al m on to por el monto total de las obligaciones incu m plidasgarantizadas. Para deter m inar La penalización tendrá como objeto resarcir los daños y perjuicios ocasionados a “EL INSTITUTO” por el atraso en el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el presente contrato. El importe de la aplicación pena convencional, no podrá exceder el equivalente al monto total de la garantía de cumplimiento del contrato, y en el caso de no haberse requerido esta garantía, no deberá exceder del 20% (veinte por ciento) del monto total del contrato. Contrato: INCMN/0706/2/AD/036/23 Cuando “LA EMPRESA PROVEEDORA” quede exceptuado de la presentación de la garantía de cumplimiento, en los supuestos previsto en la “LAASSP”, el monto máximo de las penas convencionales confor m e al artículo 53 por atraso que se puede aplicar, será del 20% (veinte por ciento) del monto de los servicios prestados fuera de la Ley fecha convenida, de Adq uisiciones, Arrenda m ien tos y Servicios conformidad con lo establecido en el tercer párrafo del Sector Público. No se to m arán en cuen ta las de m oras m otivadas por caso fortuito o causas de fuerza m ayor o cualquier otra causa no i m putable al proveedor. Para la aplicación y pago xx xxxxx convencionales en m ateria de adquisiciones, arrenda m ien tos de bienes m uebles y prestación de servicios de cualquier naturaleza, en tér m inos artículo 96 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrenda m ien tos Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Regla m en to, de fecha 2 de m ayo del 2022. Se deberá solicitar al proveedor que al m o m en to de presen tar la factura para el pago (CFDI de In greso) por los bienes en t regados o servicios prestados, aco m pañe una Nota de Crédito (CFDI de Egreso) por el m on to de la pena convencional previa m en te deter m inada por el Área ad m inistradora del con t rato, a fin de que se aplique a la factura la deducción que corresponda confor m e a la Nota de Crédito. # Servicio Penas Convencionales * Por no en t regar el Cronogra m a de actividades y el plan de t rabajo detallado para la instalación, config uración y puesta a pun to de los servicios ofertados para LA CONANP, con aprobación de las m ism as. El plan de t rabajo deberá incluir la definición, desarrollo y m an teni m ien to de un plan de pruebas para validar la correcta instalación, configuración y p uesta a pun to a m ás tardar cinco días Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso hábiles posteriores al fallo Por no proporcionar los nú m eros convencionales y celulares, ade m ás de correos electrónicos con base a la m atriz de escalación que presen te para la Mesa de Ayuda a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no m an tenerse el Xxxxx te de Proyecto en su rol al m enos los pri m eros 6 m eses, con la in tención xx xxxx dar un buen con t rol y estabilidad del arranq ue de los servicios confor m e al nu m eral 13.1 Xxxxx te de Proyecto. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar el docu m en to que a m para los derechos de uso de infraestructura, servicios o soft ware seg ún aplique; ade m ás de especificar la disponibilidad de todos los recursos, indica las excepciones en el uso de alg ún producto o servicio, a fin de evitar sobrecargos o confusiones a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar las Credenciales para el acceso a la consola de ad m inistración del servicio de nube que incluya al m enos dos perfiles de usuario: ad m inistrador y consulta a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la carta m e m bretada con credenciales de acceso para el servicio de soporte a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la Me x xxxx Técnica a m ás tardar diez días hábiles una vez concluida la fase de i m ple m en tación de la solución Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la en x xxxx de los servicios, su instalación, configuración y puesta a pun to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en los reportes m ensuales Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la renovación de Certificados Servicio de Certificados SSL/TLS Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no realizar las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la presen tación o m aterial utilizado en las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso **Pueden ser varios los servicios afectados, por lo que puede aplicarse m ás de una pena por el m ism o even toPúblico.** La aplicación de las penas y deducciones quedará sujeta a que la causa que llevo al incu m pli m ien to de la obligación sea atribuible a EL LICITANTE ADJUDICADO.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios

PENAS CONVENCIONALES. Las penas convencionales se aplicarán confor m e a lo sig uien te: LA CONVOCANTEDe conformidad con el artículo 62 del REGLAMENTO, aplicará a 115 fracción V, VII y 145 de las POBALINES, si el PROVEEDOR incurriera en algún atraso en los licitan tes adjudicados penas convencionales plazos establecidos para la entrega de los materiales o la reposición por desperfecto o malfuncionamiento de los materiales solicitados, le será aplicable una pena convencional. Dicha pena convencional, será por el equivalente al 1% (uno por ciento) por cada día hábil de atraso sobre el precio unitario sin incluir el I.V.A. del bien no entregado, sustituido oportunamente y en el tiempo establecido en el numeral 3. Condiciones para la en x xxxx Contratación, inciso b. “Plazos y Tiempo de Entrega” del servicio, por un m on to equivalen te al 1% (uno por cien to), del valor total de los servicios no en t regados en su totalidad, la cual no excederá del m on to Anexo 1 “Especificaciones técnicas” de la garan tía presente convocatoria. El límite máximo de cu m pli m ien to del pedido La su m a de todas las penas convencionales aplicadas que podrá aplicarse al proveedor no deberá exceder PROVEEDOR será hasta por el i m porte monto de la garan tía garantía de cu m pli m ien to cumplimiento del con t rato (10%)contrato, después de lo cual el INSTITUTO podrá iniciar el procedimiento de rescisión del contrato. Cuando los servicios no se presten en la fecha o plazo convenido y la pena convencional por atraso rebase el m on to El titular de la garan tía de cu m pli m ien to del con t rato, La Dirección de área adscrita a la Dirección de Ad m inistración y Finanzas a t ravés del Ad m inistrador del Con t rato, previa notificación a EL LICITANTE ADJUDICADO podrá rescindir este con trato, DRMS notificará por escrito al PROVEEDOR el atraso en tér m inos de los causales de Rescisión En caso de que sea necesario llevar a cabo la rescisión ad m inistrativa del con t rato, la aplicación de la garan tía de cu m pli m ien to será proporcional al m on to el cumplimiento de las obligaciones incu m plidas. Para deter m inar la aplicación de las penas convencionales confor m e al artículo 53 de la Ley de Adq uisicionesobjeto del contrato, Arrenda m ien tos y Servicios del Sector Público. No se to m arán en cuen ta las de m oras m otivadas por caso fortuito o causas de fuerza m ayor o cualquier otra causa no i m putable al proveedor. Para la aplicación y pago xx xxxxx convencionales en m ateria de adquisiciones, arrenda m ien tos de bienes m uebles y prestación de servicios de cualquier naturaleza, en tér m inos de la Ley de Adquisiciones, Arrenda m ien tos y Servicios del Sector Público y su Regla m en to, de fecha 2 de m ayo del 2022. Se deberá solicitar al proveedor que al m o m en to de presen tar la factura para así como el pago (CFDI de In greso) por los bienes en t regados o servicios prestados, aco m pañe una Nota de Crédito (CFDI de Egreso) por el m on to de la pena convencional previa m en te deter m inada por el Área ad m inistradora del con t rato, a fin de monto que se aplique obliga a la factura la deducción que corresponda confor m e a la Nota de Crédito. # Servicio Penas Convencionales * Por no en t regar cubrir por concepto xx xxxx convencional, el Cronogra m a de actividades y el plan de t rabajo detallado para la instalación, config uración y puesta a pun to cual deberá ser cubierto dentro de los servicios ofertados para LA CONANP, con aprobación de las m ism as. El plan de t rabajo deberá incluir la definición, desarrollo y m an teni m ien to de un plan de pruebas para validar la correcta instalación, configuración y p uesta a pun to a m ás tardar cinco días Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso hábiles posteriores al fallo Por no proporcionar los nú m eros convencionales y celulares, ade m ás de correos electrónicos con base a la m atriz de escalación que presen te para la Mesa de Ayuda a m ás tardar cinco 5 (cinco) días hábiles posteriores al falloa aquél en que se le haya requerido. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no m an tenerse el Xxxxx te de Proyecto El PROVEEDOR realizará en su rol al m enos los pri m eros 6 m esescaso, el pago por concepto xx xxxxx convencionales, mediante cheque certificado, en la Caja General de la Dirección Ejecutiva de Administración del INSTITUTO, ubicada en Xxxxxxxxxx Xxx xxxxxx 0000, xxxxxx xxxx, Xxxxxxx Xxxxxxxx xxx Xxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxx, Código Postal 01900, Ciudad de México, o bien mediante transferencia electrónica a la cuenta que el INSTITUTO le proporcione con la in tención xx xxxx dar un buen con t rol y estabilidad del arranq ue notificación correspondiente. El pago de los servicios confor m e bienes quedará condicionado, proporcionalmente, al nu m eral 13.1 Xxxxx te de Proyecto. Pena convencional del 1 % sobre pago que el m on to m ensual del pago previsto PROVEEDOR deba efectuar por cada día natural de atraso Por no en t regar el docu m en to que a m para los derechos de uso de infraestructuraconcepto xx xxxxx convencionales, servicios o soft ware seg ún aplique; ade m ás de especificar la disponibilidad de todos los recursospor atraso, indica las excepciones en el uso entendido de alg ún producto o servicioque, a fin si el contrato es rescindido, no procederá el cobro de evitar sobrecargos o confusiones a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar las Credenciales para el acceso a dichas penas ni la consola de ad m inistración del servicio de nube que incluya al m enos dos perfiles de usuario: ad m inistrador y consulta a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la carta m e m bretada con credenciales de acceso para el servicio de soporte a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la Me x xxxx Técnica a m ás tardar diez días hábiles una vez concluida la fase de i m ple m en tación de la solución Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la en x xxxx de los servicios, su instalación, configuración y puesta a pun to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en los reportes m ensuales Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la renovación de Certificados Servicio de Certificados SSL/TLS Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no realizar las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la presen tación o m aterial utilizado en las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso **Pueden ser varios los servicios afectados, por lo que puede aplicarse m ás de una pena por el m ism o even to.** La aplicación contabilización de las penas y deducciones quedará sujeta a que mismas al hacer efectiva la causa que llevo al incu m pli m ien to garantía de la obligación sea atribuible a EL LICITANTE ADJUDICADOcumplimiento.

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Samples: Licitación Pública Internacional

PENAS CONVENCIONALES. Las penas convencionales se aplicarán confor m e a lo sig uien te: LA CONVOCANTE, aplicará a los licitan tes adjudicados penas convencionales por cada día hábil de atraso Con fundamento en la en x xxxx del servicio, por un m on to equivalen te al 1% (uno por cien to), del valor total de los servicios no en t regados en su totalidad, la cual no excederá del m on to de la garan tía de cu m pli m ien to del pedido La su m a de todas las penas convencionales aplicadas al proveedor no deberá exceder el i m porte de la garan tía de cu m pli m ien to del con t rato (10%). Cuando los servicios no se presten en la fecha o plazo convenido y la pena convencional por atraso rebase el m on to de la garan tía de cu m pli m ien to del con t rato, La Dirección de área adscrita a la Dirección de Ad m inistración y Finanzas a t ravés del Ad m inistrador del Con t rato, previa notificación a EL LICITANTE ADJUDICADO podrá rescindir este con trato, en tér m inos de los causales de Rescisión En caso de que sea necesario llevar a cabo la rescisión ad m inistrativa del con t rato, la aplicación de la garan tía de cu m pli m ien to será proporcional al m on to de las obligaciones incu m plidas. Para deter m inar la aplicación de las penas convencionales confor m e al artículo 53 de la Ley de Adq uisiciones, Arrenda m ien tos y Servicios del Sector Público. No se to m arán en cuen ta las de m oras m otivadas por caso fortuito o causas de fuerza m ayor o cualquier otra causa no i m putable al proveedor. Para la aplicación y pago xx xxxxx convencionales en m ateria de adquisiciones, arrenda m ien tos de bienes m uebles y prestación de servicios de cualquier naturaleza, en tér m inos 59 de la Ley de Adquisiciones, Arrenda m ien tos Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Servicios Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Sector Público y su Regla m Estado de Oaxaca, las penas convencionales a cargo de "EL PROVEEDOR", por atraso en toel cumplimiento de las fechas pactadas de entrega o de la prestación del servicio, serán determinadas en función de fecha 2 de m ayo los bienes, arrendamientos o servicios no entregados o prestados oportunamente. Dicha penalización será del 2022. Se deberá solicitar al proveedor que cinco al m o m en to de presen tar la factura para el pago (CFDI de In greso) por los bienes en t regados o servicios prestadosi ll ar del monto contratado, aco m pañe una Nota de Crédito (CFDI de Egreso) por el m on to de la pena convencional previa m en te deter m inada por el Área ad m inistradora del con t rato, a fin de que se aplique a la factura la deducción que corresponda confor m e a la Nota de Crédito. # Servicio Penas Convencionales * Por no en t regar el Cronogra m a de actividades y el plan de t rabajo detallado para la instalación, config uración y puesta a pun to de los servicios ofertados para LA CONANP, con aprobación de las m ism as. El plan de t rabajo deberá incluir la definición, desarrollo y m an teni m ien to de un plan de pruebas para validar la correcta instalación, configuración y p uesta a pun to a m ás tardar cinco días Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso hábiles posteriores al fallo Por no proporcionar los nú m eros convencionales y celulares, ade m ás demora a partir del día siguiente de correos electrónicos con base a la m atriz de escalación que presen te fecha pactada para la Mesa de Ayuda a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no m an tenerse el Xxxxx te de Proyecto entrega y en su rol caso se iniciará el procedimiento de rescisión administrativa previsto en la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca y su Reglamento. Carretera Internacional Oaxaca - Istmo Km 11.S Edificio 5 "Xxxxxxxx Xxxx" Nivel l C.P. 68270 Tlalixtac xx Xxxxxxx, Oaxaca. Tel. 000 000 0000 Ext. 12252 CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS NÚM ERO: SEDECO/DJ/PS02/2023 Los pagos que deriven del presente instrumento quedarán condicionados proporcionalmente, al m enos los pri m eros 6 m esespago que "EL PROVEEDOR" deberá efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso, con la in tención xx xxxx dar un buen con t rol y estabilidad del arranq ue de los servicios confor m e al nu m eral 13.1 Xxxxx te de Proyecto. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar el docu m en to que a m para los derechos de uso de infraestructura, servicios o soft ware seg ún aplique; ade m ás de especificar la disponibilidad de todos los recursos, indica las excepciones en el uso entendido de alg ún producto o servicioque en el supuesto de que sea rescindido el contrato, a fin no procederá el cobro de evitar sobrecargos o confusiones a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar las Credenciales para el acceso a la consola de ad m inistración del servicio de nube que incluya al m enos dos perfiles de usuario: ad m inistrador y consulta a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la carta m e m bretada con credenciales de acceso para el servicio de soporte a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la Me x xxxx Técnica a m ás tardar diez días hábiles una vez concluida la fase de i m ple m en tación de la solución Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la en x xxxx de los servicios, su instalación, configuración y puesta a pun to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en los reportes m ensuales Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la renovación de Certificados Servicio de Certificados SSL/TLS Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no realizar las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la presen tación o m aterial utilizado en las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso **Pueden ser varios los servicios afectados, por lo que puede aplicarse m ás de una pena por el m ism o even todichas penas.** La aplicación de las penas y deducciones quedará sujeta a que la causa que llevo al incu m pli m ien to de la obligación sea atribuible a EL LICITANTE ADJUDICADO.

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Samples: Servicio

PENAS CONVENCIONALES. Las penas convencionales se aplicarán En caso de que “EL PROVEEDOR” incurra en atraso en el cu m pli m iento confor m e a lo sig uien te: pactado para la prestación de los servicios, objeto del presente contrato, confor m e a lo establecido en el “ ANEXO 1 ”, n u m eral 23.1. Penas convencionales parte integral del presente contrato, “ LA CONVOCANTE, CONANP” por cond ucto del Ad m inistrador del con trato aplicará a los licitan tes adjudicados penas convencionales por cada día hábil de atraso en la en x xxxx del servicio, por un m on to pena convencional equivalen te al 1% (uno %, por cien to)cada día natural de atraso, del valor total de los servicios no en t regados en su totalidad, la cual no excederá del m on to de la garan tía de cu m pli m ien to del pedido La su m a de todas las penas convencionales aplicadas al proveedor no deberá exceder el i m porte de la garan tía de cu m pli m ien to del con t rato (10%). Cuando los servicios no se presten en la fecha o plazo convenido y la pena convencional por atraso rebase sobre el m on to de los bienes no proporcionados, de confor m idad con este instru m ento legal y sus respectivos anexos. El Ad m inistrador del con trato notificará a “EL PROVEEDOR” por escrito o vía correo electrónico, el cálculo de la garan tía de pena convencional, el día hábil siguiente en que se deter m ine el atraso en el cu m pli m ien to del iento de la obligación de que se trate. El pago de los servicios quedará con t ratodicionado, La Dirección de área adscrita proporcional m ente a la Dirección en trega del co m probante de Ad egreso (CFDI de Egreso) conocido co m inistración y Finanzas a t ravés del Ad ún m inistrador del Con t ratoente co m o Nota de Crédito, previa notificación a EL LICITANTE ADJUDICADO podrá rescindir este con tratoen el m o m ento en el que emita el co m proban te de Ingreso (Factura o CFDI de Ingreso) por concep to de los servicios, en tér m inos de los causales de Rescisión En caso de que sea necesario llevar a cabo la rescisión ad m inistrativa del con t rato, la aplicación de la garan tía de cu m pli m ien to será proporcional al m on to de las obligaciones incu m plidas. Para deter m inar la aplicación de las penas convencionales confor m e al artículo 53 de la Ley de Adq uisiciones, Arrenda m ien tos y Servicios del Sector Público. No se to m arán en cuen ta las de m oras m otivadas por caso fortuito o causas de fuerza m ayor o cualquier otra causa no i m putable al proveedor. CRITERIO NORMATIVO DE INTERPRETACIÓN TU 01/2022 Para la aplicación y pago xx xxxxx convencionales en m ateria materia de adquisiciones, arrenda m arrendam ien tos de bienes m uebles y prestación de servicios de cualquier naturaleza, en tér m inos de la Ley “LAASSP” y del “RLAASSP”. En el supuesto que el contrato sea rescindido en tér m inos de Adquisicioneslo previsto en la CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA RESCISIÓN, Arrenda no procederá el cobro de dichas penas ni la con tabilización de las m ien tos y Servicios ism as al hacer efectiva la garan tía de cu m pli m iento del Sector Público y su Regla contrato. El i m en to, de fecha 2 de m ayo del 2022. Se deberá solicitar al proveedor que al m o m en to de presen tar la factura para el pago (CFDI de In greso) por los bienes en t regados o servicios prestados, aco m pañe una Nota de Crédito (CFDI de Egreso) por el m on to porte de la pena convencional previa m en te deter m inada por no podrá exceder el Área ad m inistradora del con t rato, a fin de que se aplique a la factura la deducción que corresponda confor m e a la Nota de Crédito. # Servicio Penas Convencionales * Por no en t regar el Cronogra m a de actividades y el plan de t rabajo detallado para la instalación, config uración y puesta a pun to de los servicios ofertados para LA CONANP, con aprobación de las m ism as. El plan de t rabajo deberá incluir la definición, desarrollo y m an teni m ien to de un plan de pruebas para validar la correcta instalación, configuración y p uesta a pun to a m ás tardar cinco días Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso hábiles posteriores al fallo Por no proporcionar los nú m eros convencionales y celulares, ade m ás de correos electrónicos con base a la m atriz de escalación que presen te para la Mesa de Ayuda a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no m an tenerse el Xxxxx te de Proyecto en su rol equivalente al m enos los pri m eros 6 m eses, con la in tención xx xxxx dar un buen con t rol y estabilidad del arranq ue de los servicios confor m e al nu m eral 13.1 Xxxxx te de Proyecto. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar el docu m en to que a m para los derechos de uso de infraestructura, servicios o soft ware seg ún aplique; ade m ás de especificar la disponibilidad de todos los recursos, indica las excepciones en el uso de alg ún producto o servicio, a fin de evitar sobrecargos o confusiones a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar las Credenciales para el acceso a la consola de ad m inistración del servicio de nube que incluya al m enos dos perfiles de usuario: ad m inistrador y consulta a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la carta m e m bretada con credenciales de acceso para el servicio de soporte a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la Me x xxxx Técnica a m ás tardar diez días hábiles una vez concluida la fase de i m ple m en tación onto total de la solución Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural garan tía de atraso Por el retraso en la en x xxxx de los servicios, su instalación, configuración y puesta a pun to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en los reportes m ensuales Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la renovación de Certificados Servicio de Certificados SSL/TLS Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no realizar las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la presen tación o m aterial utilizado en las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso **Pueden ser varios los servicios afectados, por lo que puede aplicarse m ás de una pena por el m ism o even to.** La aplicación de las penas y deducciones quedará sujeta a que la causa que llevo al incu cu m pli m ien to de la obligación sea atribuible a EL LICITANTE ADJUDICADOdel contrato.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios

PENAS CONVENCIONALES. Las La Comisión Nacional del Agua, Organismo xx Xxxxxx Xxxxx xxx Xxxxx de México, aplicará las siguientes penas convencionales se aplicarán confor m e a lo sig uien te: LA CONVOCANTEal licitante que resulte ganador. Si el licitante que resulte adjudicado no concluye los trabajos en la fecha señalada en el plazo de ejecución y en el programa general de ejecución de los trabajos, por causas imputables al mismo, la Comisión Nacional del Agua, Organismo xx Xxxxxx Xxxxx xxx Xxxxx de México, le aplicará a los licitan tes adjudicados las penas convencionales por cada día hábil que resulten de atraso en la en x xxxx del servicio, por un m on to equivalen te al multiplicar el 1% (uno por cien to), ciento) del valor total importe de los servicios trabajos que no se hayan ejecutado o prestado oportunamente, conforme al programa general de ejecución de los trabajos convenido, considerando los ajustes de costos y sin aplicar el Impuesto al Valor Agregado, por cada mes o fracción que transcurra desde la fecha del atraso en t regados la ejecución de los trabajos hasta la fecha pactada para la conclusión de los mismos. Dichas penas no podrán ser superiores, en su totalidadconjunto, la cual no excederá del m on to al monto de la garan tía garantía de cu m pli m ien to cumplimiento del pedido La su m a contrato. Sin perjuicio de todas las penas convencionales aplicadas al proveedor no deberá exceder lo dispuesto en el i m porte de la garan tía de cu m pli m ien to primer párrafo del con t rato (10%). Cuando los servicios no se presten en la fecha o plazo convenido y la pena convencional por atraso rebase el m on to de la garan tía de cu m pli m ien to del con t rato, La Dirección de área adscrita a la Dirección de Ad m inistración y Finanzas a t ravés del Ad m inistrador del Con t rato, previa notificación a EL LICITANTE ADJUDICADO podrá rescindir este con trato, en tér m inos de los causales de Rescisión En caso de que sea necesario llevar a cabo la rescisión ad m inistrativa del con t rato, la aplicación de la garan tía de cu m pli m ien to será proporcional al m on to de las obligaciones incu m plidas. Para deter m inar la aplicación de las penas convencionales confor m e al artículo 53 de la Ley de Adq uisicionesAdquisiciones, Arrenda m ien tos Arrendamientos y Servicios del sector público, en ningún caso se aceptará la estipulación xx xxxxx convencionales a cargo de la Comisión Nacional del Agua, Organismo xx Xxxxxx Xxxxx xxx Xxxxx de México. Cuantificadas las penas convencionales, éstas se harán del conocimiento del prestador de servicios mediante oficio. El monto determinado como pena convencional, se aplicará en el pago de servicios que corresponda a la fecha en que se determine el atraso en el cumplimiento. Cuando se celebren convenios que modifiquen el programa de ejecución convenido, las penas convencionales se calcularán considerando las condiciones establecidas en el nuevo programa general de ejecución de los trabajos convenido de manera conjunta entre el Prestador de Servicio y la Comisión Nacional del Agua, Organismo xx Xxxxxx Xxxxx xxx Xxxxx de México. Independientemente de las retenciones económicas o de las penas convencionales que se apliquen, la Comisión Nacional del Agua, Organismo xx Xxxxxx Xxxxx xxx Xxxxx de México, podrá optar entre exigir el cumplimiento del contrato, o bien, la rescisión administrativa del mismo, haciendo efectiva la garantía de cumplimiento del contrato, a partir de la fecha en que se haya notificado al prestador de servicios la resolución de rescisión administrativa del contrato. De igual manera, el pago de los servicios quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que el prestador del servicio deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el Contrato, no procederá el cobro de dichas penalizaciones ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento. A quien se le adjudique el Contrato, quedará obligado ante la Comisión Nacional del Agua, Organismo xx Xxxxxx Xxxxx xxx Xxxxx de México, a responder de los defectos y vicios ocultos respecto de los servicios de mantenimiento que proporcionará, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en la convocatoria de licitación, en el Contrato respectivo, en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y el Código Civil Federal. No (Anexo 6) En caso de que los servicios solicitados resulten con deficiencias o no correspondan a lo solicitado en la presente licitación, el licitante adjudicado se to m arán compromete a cumplir con los servicios como fueron solicitados en cuen ta las esta convocatoria, dentro de m oras m otivadas por los cinco días naturales siguientes a la notificación que vía correo electrónico le haga saber la convocante. En caso fortuito o causas de fuerza m ayor o cualquier otra causa no i m putable al proveedor. Para incumplimiento la aplicación y pago xx xxxxx convencionales en m ateria de adquisiciones, arrenda m ien tos de bienes m uebles y prestación de servicios de cualquier naturaleza, en tér m inos de la Ley de Adquisiciones, Arrenda m ien tos y Servicios del Sector Público y su Regla m en to, de fecha 2 de m ayo del 2022. Se deberá solicitar al proveedor que al m o m en to de presen tar la factura para el pago (CFDI de In greso) por los bienes en t regados o servicios prestados, aco m pañe una Nota de Crédito (CFDI de Egreso) por el m on to de convocante aplicará la pena convencional previa m en te deter m inada del 1% (uno por el Área ad m inistradora del con t rato, a fin de que se aplique a la factura la deducción que corresponda confor m e a la Nota de Crédito. # Servicio Penas Convencionales * Por no en t regar el Cronogra m a de actividades y el plan de t rabajo detallado para la instalación, config uración y puesta a pun to de los servicios ofertados para LA CONANP, con aprobación de las m ism as. El plan de t rabajo deberá incluir la definición, desarrollo y m an teni m ien to de un plan de pruebas para validar la correcta instalación, configuración y p uesta a pun to a m ás tardar cinco días Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto ciento) por cada día natural de atraso hábiles posteriores al fallo Por sobre los servicios no proporcionar realizados en tiempo y forma. Si el licitante que resulte adjudicado no cumple con los nú m eros convencionales y celulares, ade m ás de correos electrónicos con base a la m atriz de escalación que presen te para la Mesa de Ayuda a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no m an tenerse el Xxxxx te de Proyecto en su rol al m enos los pri m eros 6 m eses, con la in tención xx xxxx dar un buen con t rol y estabilidad del arranq ue alguno de los servicios confor m e al nu m eral 13.1 Xxxxx te de Proyecto. Pena convencional elementos que se incluyen en los conceptos del Anexo 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar el docu m en to que a m para los derechos de uso de infraestructura, servicios o soft ware seg ún aplique; ade m ás de especificar la disponibilidad de todos los recursos, indica las excepciones en el uso de alg ún producto o servicio, a fin de evitar sobrecargos o confusiones a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar las Credenciales para el acceso a la consola de ad m inistración del servicio de nube que incluya al m enos dos perfiles de usuario: ad m inistrador y consulta a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la carta m e m bretada con credenciales de acceso para el servicio de soporte a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la Me x xxxx Técnica a m ás tardar diez días hábiles una vez concluida la fase de i m ple m en tación de la solución Pena convencional presente Convocatoria, se aplicará una sanción del 1 10% sobre el m on to m ensual (Diez por ciento) del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la en x xxxx de los servicios, su instalación, configuración y puesta a pun to Pena convencional importe del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en los reportes m ensuales Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la renovación de Certificados Servicio de Certificados SSL/TLS Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no realizar las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la presen tación o m aterial utilizado en las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso **Pueden ser varios los servicios afectados, por lo que puede aplicarse m ás de una pena por el m ism o even toconcepto correspondiente.** La aplicación de las penas y deducciones quedará sujeta a que la causa que llevo al incu m pli m ien to de la obligación sea atribuible a EL LICITANTE ADJUDICADO.

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Samples: Licitación Pública Nacional Mixta

PENAS CONVENCIONALES. Las penas convencionales Si el “PRESTADOR DE SERVICIOS” niega la entrega de la póliza, o no cumple con el plazo establecido en el numeral 3 de las presentes bases, se aplicarán confor m e aplicará la pena convencional según los siguientes supuestos: a) Se aplicará una pena convencional sobre el importe total I.V.A. incluido, según contrato, de la póliza que no haya sido recibida de acuerdo a las especificaciones técnicas (anexo 1) o dentro del plazo establecido en el contrato, conforme a la siguiente tabla: b) Si el "PRESTADOR DE SERVICIOS" no cumple en tiempo y forma con lo sig uien te: LA estipulado en el contrato, la “CONVOCANTE, aplicará ” si lo requiere procederá a los licitan tes adjudicados penas convencionales por cada día hábil la adquisición de atraso en la en x xxxx del serviciopóliza con otro prestador de servicios y se le cobrará al “PRESTADOR DE SERVICIOS” el excedente que resulte entre el monto adjudicado y el pago realizado, por un m on to equivalen te al 1% (uno por cien to), del valor total concepto de los servicios no en t regados en su totalidad, la cual no excederá del m on to daños y perjuicios. La “CONVOCANTE” a través de la garan tía Dirección Administrativa notificará por escrito al “PRESTADOR DE SERVICIOS” sobre los montos de cu m pli m ien to del pedido La su m a de todas las penas convencionales aplicadas al proveedor no y daños y perjuicios que procedieran y será obligación del “PRESTADOR DE SERVICIOS” realizar lo siguiente: 1. El “PRESTADOR DE SERVICIOS” deberá exceder de cubrir el i m porte pago de la garan tía de cu m pli m ien to del con t rato (10%). Cuando los servicios no se presten en la fecha o plazo convenido y la pena convencional y/o daños y perjuicios que hayan sido cuantificados por atraso rebase el m on to la “CONVOCANTE”, dentro de un plazo no mayor a ocho días hábiles contados a partir de la garan tía notificación, a través de cu m pli m ien to un cheque nominativo y certificado a favor de la “CONVOCANTE”, el cual deberá ser depositado en la caja general de la “CONVOCANTE”, referenciando en el comprobante respectivo, el número del con t rato, La Dirección de área adscrita contrato que se generará. El “PRESTADOR DE SERVICIOS” deberá entregar a la Dirección Administrativa, copia del comprobante de Ad m inistración y Finanzas pago a t ravés del Ad m inistrador del Con t ratomás tardar dos días hábiles posteriores a la fecha de pago. La Dirección Administrativa, previa notificación a EL LICITANTE ADJUDICADO podrá rescindir este con tratoverificará que los montos sean correctos, en tér m inos su defecto el “PRESTADOR DE SERVICIOS” tendrá que realizar la corrección dentro de los causales de Rescisión 3 días hábiles siguientes a su devolución. En caso de que sea necesario llevar a cabo la rescisión ad m inistrativa del con t rato, la aplicación de la garan tía de cu m pli m ien to será proporcional al m on to de las obligaciones incu m plidas. Para deter m inar la aplicación de las penas convencionales confor m e al artículo 53 de la Ley de Adq uisiciones, Arrenda m ien tos y Servicios del Sector Público. No se to m arán en cuen ta las de m oras m otivadas por caso fortuito o causas de fuerza m ayor o cualquier otra causa no i m putable al proveedor. Para la aplicación y pago xx xxxxx convencionales en m ateria de adquisiciones, arrenda m ien tos de bienes m uebles y prestación de servicios de cualquier naturaleza, en tér m inos de la Ley de Adquisiciones, Arrenda m ien tos y Servicios del Sector Público y su Regla m en to, de fecha 2 de m ayo del 2022. Se deberá solicitar al proveedor que al m o m en to de presen tar la factura para el “PRESTADOR DE SERVICIOS” omita el pago (CFDI de In greso) por los bienes en t regados o servicios prestados, aco m pañe una Nota de Crédito (CFDI de Egreso) por el m on to de la pena convencional previa m dentro de los 8 días hábiles contados a partir de su notificación, desde estos momentos la “CONVOCANTE” cuenta con la autorización del “PRESTADOR DE SERVICIOS” para retener el monto omitido de cualquier saldo a favor de éste. Si el “PRESTADOR DE SERVICIOS” incumple con lo estipulado en te deter m inada las presentes bases y además ya no es posible realizar el descuento por haberse cubierto en su totalidad el Área ad m inistradora del con t ratoprecio pactado y no existir parcialidad pendiente, a fin de que se aplique notificará a la factura la deducción que corresponda confor m e a la Nota de Crédito. # Servicio Penas Convencionales * Por no en t regar UCC, el Cronogra m a de actividades y el plan de t rabajo detallado para la instalación, config uración y puesta a pun to de los servicios ofertados para LA CONANPdetalle del incumplimiento, con aprobación las evidencias de las m ism as. El plan gestiones de t rabajo deberá incluir cobro al prestador de servicios y esta a su vez turnará el expediente al Departamento Jurídico de la definición“CONVOCANTE” para que ésta ejercite las acciones legales correspondientes, desarrollo y m an teni m ien to de un plan de pruebas para validar generándose la correcta instalación, configuración y p uesta obligación a pun to a m ás tardar cinco días Pena convencional cargo del 1 % sobre el m on to m ensual “PRESTADOR DE SERVICIOS” del pago previsto por cada día natural de atraso hábiles posteriores al fallo Por no proporcionar los nú m eros convencionales gastos y celulares, ade m ás de correos electrónicos con base a la m atriz de escalación costas que presen te para la Mesa de Ayuda a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no m an tenerse el Xxxxx te de Proyecto en su rol al m enos los pri m eros 6 m esescaso se generen por la instauración de algún procedimiento judicial, con la in tención xx xxxx dar un buen con t rol y estabilidad del arranq ue o requerimiento extrajudicial de los servicios confor m e al nu m eral 13.1 Xxxxx te de Proyecto. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar el docu m en to que a m para los derechos de uso de infraestructura, servicios o soft ware seg ún aplique; ade m ás de especificar la disponibilidad de todos los recursos, indica las excepciones en el uso de alg ún producto o servicio, a fin de evitar sobrecargos o confusiones a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar las Credenciales para el acceso a la consola de ad m inistración del servicio de nube que incluya al m enos dos perfiles de usuario: ad m inistrador y consulta a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la carta m e m bretada con credenciales de acceso para el servicio de soporte a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la Me x xxxx Técnica a m ás tardar diez días hábiles una vez concluida la fase de i m ple m en tación de la solución Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la en x xxxx de los servicios, su instalación, configuración y puesta a pun to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en los reportes m ensuales Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la renovación de Certificados Servicio de Certificados SSL/TLS Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no realizar las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la presen tación o m aterial utilizado en las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso **Pueden ser varios los servicios afectados, por lo que puede aplicarse m ás de una pena por el m ism o even tocualquier índole.** La aplicación de las penas y deducciones quedará sujeta a que la causa que llevo al incu m pli m ien to de la obligación sea atribuible a EL LICITANTE ADJUDICADO.

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Samples: Licitación Pública Local

PENAS CONVENCIONALES. Las Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 31 Fracción XVI de “La Ley” y el artículo 64 de su Reglamento, Telecomunicaciones de México aplicará penas convencionales se aplicarán confor m e a lo sig uien te: LA CONVOCANTE, aplicará a los licitan tes adjudicados penas convencionales al licitante ganador por cada día hábil de el atraso en el inicio de la en x xxxx del servicio, por un m on to equivalen te al 1% (uno por cien to), del valor total prestación de los servicios, objeto de la presente licitación, de la siguiente manera: La pena convencional que se aplicará al licitante ganador por atraso en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales, será del dos al millar diario a partir del día siguiente en el que el licitante debiera prestar los servicios no en t regados en su totalidadconforme al contrato, la cual no excederá del m on to debe exceder el monto de la garan tía fianza de cu m pli m ien to del pedido La su m a de todas las penas convencionales aplicadas al proveedor no deberá exceder el i m porte de la garan tía de cu m pli m ien to del con t rato (10%). Cuando los servicios no se presten en la fecha o plazo convenido y cumplimiento, la pena convencional será calculada por atraso rebase la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, y de acuerdo con lo dispuesto por el m on to de la garan tía de cu m pli m ien to del con t rato, La Dirección de área adscrita a la Dirección de Ad m inistración y Finanzas a t ravés del Ad m inistrador del Con t rato, previa notificación a EL LICITANTE ADJUDICADO podrá rescindir este con trato, en tér m inos de los causales de Rescisión En caso de que sea necesario llevar a cabo la rescisión ad m inistrativa del con t rato, la aplicación de la garan tía de cu m pli m ien to será proporcional al m on to de las obligaciones incu m plidas. Para deter m inar la aplicación de las penas convencionales confor m e al artículo 53 de “La Ley”; para tal efecto se deberá realizar depósito por el total del importe de la Ley de Adq uisiciones, Arrenda m ien tos y Servicios del Sector Público. No se to m arán en cuen ta las de m oras m otivadas por caso fortuito o causas de fuerza m ayor o cualquier otra causa no i m putable al proveedor. Para la aplicación y pago xx xxxxx convencionales en m ateria de adquisiciones, arrenda m ien tos de bienes m uebles y prestación de servicios de cualquier naturalezapena aplicada, en tér m inos la cuenta y banco que la Subdirección antes mencionada señale para tal efecto, a favor de Telecomunicaciones de México, por el monto de la Ley sanción y la ficha de Adquisicionesdepósito deberá ser entregada en original y copia para su cotejo, Arrenda m ien tos y Servicios del Sector Público y su Regla m trámite que exclusivamente se realizará en to, el caso de fecha 2 de m ayo del 2022aplicación xx xxxx convencional. Se deberá solicitar al proveedor que al m o m en to de presen tar la factura para También el pago (CFDI de In greso) por los bienes en t regados o servicios prestados, aco m pañe una Nota de Crédito (CFDI de Egreso) por el m on to cobro de la pena convencional previa m en te deter m inada por podrá deducirse de la facturación correspondiente, mediante nota de crédito, excedido el Área ad m inistradora monto del con t rato10% del total del contrato sin I.V.A., a fin de que se aplique procederá a la factura rescisión del mismo. Telecomunicaciones de México aplicará la deducción que corresponda confor m e a la Nota pena convencional prevista en los párrafos anteriores, por atraso en el cumplimiento de Crédito. # Servicio Penas Convencionales * Por no las obligaciones contractuales al licitante ganador, cuando éste incurra en t regar el Cronogra m a de actividades y el plan de t rabajo detallado para la instalación, config uración y puesta a pun to alguno de los servicios ofertados para LA CONANP, con aprobación de las m ism assiguientes supuestos: 6.5.1.1. El plan de t rabajo deberá incluir la definición, desarrollo y m an teni m ien to de un plan de pruebas para validar la correcta instalación, configuración y p uesta a pun to a m ás tardar cinco días Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso hábiles posteriores al fallo Por no proporcionar los nú m eros convencionales y celulares, ade m ás de correos electrónicos con base a la m atriz de escalación que presen te para la Mesa de Ayuda a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no m an tenerse el Xxxxx te de Proyecto en su rol al m enos los pri m eros 6 m eses, con la in tención xx xxxx dar un buen con t rol y estabilidad del arranq ue de los servicios confor m e al nu m eral 13.1 Xxxxx te de Proyecto. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar el docu m en to que a m para los derechos de uso de infraestructura, servicios o soft ware seg ún aplique; ade m ás de especificar la disponibilidad de todos los recursos, indica las excepciones en el uso de alg ún producto o servicio, a fin de evitar sobrecargos o confusiones a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar las Credenciales para el acceso a la consola de ad m inistración del servicio de nube que incluya al m enos dos perfiles de usuario: ad m inistrador y consulta a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la carta m e m bretada con credenciales de acceso para el servicio de soporte a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la Me x xxxx Técnica a m ás tardar diez días hábiles una vez concluida la fase de i m ple m en tación de la solución Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la en x xxxx de No proporcione los servicios, su instalaciónen los plazos y condiciones establecidos en los anexos correspondientes. 6.5.1.2. No proporcione los servicios, configuración y puesta en los nuevos plazos establecidos, que resulten del diferimiento derivado de la aplicación del artículo 63 del Reglamento de “La Ley”. Telecomunicaciones de México podrá deducir de la facturación pendiente de pago con motivo del incumplimiento parcial y/o total o por deficiencia en las obligaciones del proveedor, máximo hasta el 10% del importe del contrato sin incluir el I.V.A., excedido este monto, se procederá a pun to Pena convencional la rescisión del 1 contrato. Lo antes expuesto de conformidad con lo establecido en el penúltimo párrafo del artículo 64 del Reglamento de “La Ley”. No se realizará pago si el licitante no ha depositado ó presentado nota de crédito por concepto xx Xxxxx convencionales. Se aplicarán las penas convencionales del 2% sobre la facturación mensual o el m on to m ensual costo del pago previsto por cada día natural contrato, cuando los proveedores no acudan a los llamados de atraso Por el retraso los usuarios en los reportes m ensuales Pena convencional del 1 % sobre términos establecidas en los anexos técnicos I.1, I.2, I.3, I.4, I.5, I.6, I.7, I.8, I.9, I.10, I.11, I.12, I.13, I.14, I.15, I.16, I.17, I.18, I.19, I.20, I.21, I.22, I.23, I.24, I.25, I.26, I.27, I.28, I.29, I.30, I.31, I.32, I.33, I.34, I.35, I.36, I.37, I.38, I.39 y I.40. Asimismo para el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural caso de atraso Por que en los anexos técnicos establezcan sanciones adicionales a la indicada en el retraso párrafo anterior, éstas se harán efectivas conforme a lo señalado en la renovación de Certificados Servicio de Certificados SSL/TLS Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no realizar las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la presen tación o m aterial utilizado en las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso **Pueden ser varios los servicios afectados, por lo que puede aplicarse m ás de una pena por el m ism o even toanexos técnicos correspondientes.** La aplicación de las penas y deducciones quedará sujeta a que la causa que llevo al incu m pli m ien to de la obligación sea atribuible a EL LICITANTE ADJUDICADO.

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Samples: Contratación De Servicios De Mantenimiento

PENAS CONVENCIONALES. Las De conformidad con el Art. 53 y 53 Bis de la “LA LEY”, la “UACJ”, aplicará penas convencionales se aplicarán confor m e a lo sig uien te: LA CONVOCANTEal proveedor que resulte adjudicado, aplicará a los licitan tes adjudicados penas convencionales por cada día hábil de el atraso en la en x xxxx del servicioentrega de los bienes, objeto de esta licitación, por un m on to equivalen te una cantidad igual al 10.05% (uno por cien to), día natural de lo incumplido sin rebasar el 10%. Dichas penas no deberán exceder del valor total de los servicios no en t regados en su totalidad, la cual no excederá del m on to monto de la garan tía garantía de cu m pli m ien to cumplimiento del pedido La su m contrato, ni exceder de 30 días naturales, una vez transcurridos cualquiera de estos dos supuestos, se procederá a notificar al Comité de todas las penas convencionales aplicadas al proveedor no deberá exceder el i m porte Adquisiciones, Adjudicaciones, Concesiones, Arrendamientos y Servicios de la garan tía UACJ, para determinar la resolución correspondiente (punto 13 de cu m pli m ien to estas bases) y/o hacer efectiva la garantía de cumplimiento del con t rato (10%)mismo. Cuando los servicios no se presten en la fecha o plazo convenido y la pena convencional por atraso rebase el m on to de la garan tía de cu m pli m ien to del con t rato, La Dirección de área adscrita a la Dirección de Ad m inistración y Finanzas a t ravés del Ad m inistrador del Con t rato, previa notificación a EL LICITANTE ADJUDICADO podrá rescindir este con trato, en tér m inos de los causales de Rescisión En caso de que sea necesario llevar a cabo la rescisión ad m inistrativa del con t rato, la aplicación de la garan tía de cu m pli m ien to será proporcional al m on to de las obligaciones incu m plidas. Para deter m inar la aplicación El pago de las penas convencionales confor m e al artículo 53 deberá ser mediante cheque certificado o transferencia a favor de la Ley Universidad Autónoma de Adq uisicionesCiudad Juárez en Moneda Nacional y eliminando centavos. Si el licitante adjudicado incurriera en algún atraso en sus entregas, Arrenda m ien tos y Servicios del Sector Público. No se to m arán en cuen ta las el procedimiento de m oras m otivadas por caso fortuito o causas de fuerza m ayor o cualquier otra causa no i m putable al proveedor. Para la aplicación y pago xx xxxxx convencionales en m ateria será el siguiente: Al terminar de adquisicionesentregar la(s) partida(s) adjudicada(s), arrenda m ien tos el Jefatura de bienes m uebles Función de Licitaciones hará el cálculo correspondiente por los días de atraso, dicho cálculo se le enviará al proveedor junto con un oficio de notificación para que éste proceda a la revisión del documento y prestación de servicios de cualquier naturaleza, en tér m inos realice el pago mediante cheque o transferencia a favor de la Ley Universidad Autónoma de AdquisicionesCiudad Juárez y envíe copia de dicho pago por concepto xx xxxxx convencionales al Jefatura de Función de Licitaciones. A partir de ese momento y si el proveedor no tiene ningún otro adeudo administrativo con la “UACJ”, Arrenda m ien tos y Servicios como firma de contrato, entrega de fianzas u oficio por parte del Sector Público y su Regla m Responsable Técnico de plena conformidad con lo solicitado, se procederá al pago de la(s) factura(s) entregadas en to, los tiempos establecidos. El pago de fecha 2 de m ayo del 2022. Se deberá solicitar al proveedor que al m o m en to de presen tar la factura para el pago (CFDI de In greso) por los bienes quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que el proveedor deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales. Cuando el incumplimiento de las obligaciones del proveedor no derive del atraso, sino por otras causas establecidas en t regados o servicios prestadosel contrato, aco m pañe una Nota de Crédito (CFDI de Egreso) por se iniciará en cualquier momento posterior al incumplimiento la rescisión del mismo, realizando el m on to de la pena convencional previa m en te deter m inada por el Área ad m inistradora del con t rato, a fin de que se aplique a la factura la deducción procedimiento que corresponda confor m e a la Nota de Crédito. # Servicio Penas Convencionales * Por no en t regar el Cronogra m a de actividades y el plan de t rabajo detallado para la instalación, config uración y puesta a pun to al área requirente o receptora de los servicios ofertados para LA CONANP, con aprobación de las m ism as. El plan de t rabajo deberá incluir la definición, desarrollo y m an teni m ien to de un plan de pruebas para validar la correcta instalación, configuración y p uesta a pun to a m ás tardar cinco días Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso hábiles posteriores al fallo Por no proporcionar los nú m eros convencionales y celulares, ade m ás de correos electrónicos con base a la m atriz de escalación que presen te para la Mesa de Ayuda a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no m an tenerse el Xxxxx te de Proyecto en su rol al m enos los pri m eros 6 m eses, con la in tención xx xxxx dar un buen con t rol y estabilidad del arranq ue de los servicios confor m e al nu m eral 13.1 Xxxxx te de Proyecto. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar el docu m en to que a m para los derechos de uso de infraestructura, servicios o soft ware seg ún aplique; ade m ás de especificar la disponibilidad de todos los recursos, indica las excepciones en el uso de alg ún producto o servicio, a fin de evitar sobrecargos o confusiones a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar las Credenciales para el acceso a la consola de ad m inistración del servicio de nube que incluya al m enos dos perfiles de usuario: ad m inistrador y consulta a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la carta m e m bretada con credenciales de acceso para el servicio de soporte a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la Me x xxxx Técnica a m ás tardar diez días hábiles una vez concluida la fase de i m ple m en tación de la solución Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la en x xxxx de los servicios, su instalación, configuración y puesta a pun to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en los reportes m ensuales Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por el retraso en la renovación de Certificados Servicio de Certificados SSL/TLS Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no realizar las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por no en t regar la presen tación o m aterial utilizado en las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso **Pueden ser varios los servicios afectados, por lo que puede aplicarse m ás de una pena por el m ism o even tobienes.** La aplicación de las penas y deducciones quedará sujeta a que la causa que llevo al incu m pli m ien to de la obligación sea atribuible a EL LICITANTE ADJUDICADO.

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Samples: Adquisiciones Y Servicios

PENAS CONVENCIONALES. Las penas convencionales se aplicarán confor m e a lo sig uien te: LA CONVOCANTE, Se aplicará a los licitan tes adjudicados penas convencionales por cada día hábil de atraso en la en x xxxx del servicio, por un m on to equivalen te al 1% (uno por cien to), del valor total de los servicios no en t regados en su totalidad, la cual no excederá del m on to de la garan tía de cu m pli m ien to del pedido La su m a de todas las penas convencionales aplicadas al proveedor no deberá exceder el i m porte de la garan tía de cu m pli m ien to del con t rato (10%). Cuando los servicios no se presten en la fecha o plazo convenido y la una pena convencional por atraso rebase el m on to de la garan tía de cu m pli m ien to del con t rato, La Dirección de área adscrita a la Dirección de Ad m inistración y Finanzas a t ravés del Ad m inistrador del Con t rato, previa notificación a EL LICITANTE ADJUDICADO podrá rescindir este con trato, en tér m inos de los causales de Rescisión En caso de que sea necesario llevar a cabo la rescisión ad m inistrativa del con t rato, la aplicación de la garan tía de cu m pli m ien to será proporcional al m on to de las obligaciones incu m plidas. Para deter m inar la aplicación de las penas convencionales confor m e al artículo 53 de la Ley de Adq uisiciones, Arrenda m ien tos y Servicios del Sector Público. No se to m arán en cuen ta las de m oras m otivadas por caso fortuito o causas de fuerza m ayor o cualquier otra causa no i m putable al proveedor. Para la aplicación y pago xx xxxxx convencionales en m ateria de adquisiciones, arrenda m ien tos de bienes m uebles y prestación de servicios de cualquier naturaleza, en tér m inos de la Ley de Adquisiciones, Arrenda m ien tos y Servicios del Sector Público y su Regla m en to, de fecha 2 de m ayo del 2022. Se deberá solicitar al proveedor que al m o m en to de presen tar la factura para el pago (CFDI de In greso) por los bienes en t regados o servicios prestados, aco m pañe una Nota de Crédito (CFDI de Egreso) por el m on to de la pena convencional previa m en te deter m inada por el Área ad m inistradora del con t rato, a fin de que se aplique a la factura la deducción que corresponda confor m e a la Nota de Crédito. # Servicio Penas Convencionales * Por no en t regar el Cronogra m a de actividades y el plan de t rabajo detallado para la instalación, config uración y puesta a pun to de los servicios ofertados para LA CONANP, con aprobación de las m ism as. El plan de t rabajo deberá incluir la definición, desarrollo y m an teni m ien to de un plan de pruebas para validar la correcta instalación, configuración y p uesta a pun to a m ás tardar cinco días Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso hábiles posteriores en el inicio de las fechas pactadas de entrega o de la prestación de los servicios, las que no excederán del monto de la garantía de cumplimiento del contrato, y serán determinadas en función de los bienes o servicios no entregados o prestados oportunamente en cada uno de los supuestos siguientes: Por cada día natural de atraso, por el servicio no prestado oportunamente. El Administrador del Contrato será el responsable de calcular, aplicar y notificar al fallo Por no proporcionar licitante adjudicado, las penas convencionales. La pena convencional se calculará por el Administrador del Contrato, auxiliándose por el Jefe de Servicio o Coordinador Clínico y Administrador de la Unidad Médica, quienes documentaron la incidencia o incumplimiento por cada día. Fórmula: Pca = %d x nda x vspa. Dónde: %d=porcentaje determinado en la convocatoria, invitación, cotización, contrato o pedido por cada día de atraso en el inicio de la prestación del servicio. Pca = pena convencional aplicable. nda = número de días de atraso. vspa = valor de los nú m eros servicios prestados con atraso, sin IVA. La penalización se calculará a partir del día siguiente en que concluya el plazo establecido para el cumplimiento del concepto del servicio a sancionar, que deben realizarse previo al inicio de operación. En ningún caso se deberá de autorizar el pago de los servicios sino se ha determinado, calculado y notificado al licitante adjudicado las penas convencionales aplicadas en términos de lo dispuesto en el contrato, así como su registro y celularesvalidación en el sistema PREI millenium. En caso de existir alguna pena convencional se notificará mediante el FORMATO T14.1“Notificación xx Xxxx Convencional Aplicable”, ade m ás al licitante adjudicado resultado de correos electrónicos con base la conciliación realizada entre el FORMATO T24 “Control de productividad mensual, bienes básicos y bienes consumo complementarios de la CTSMI” y las hojas de trabajo diario, realizados en el mes inmediato anterior. Incumplimiento en la entrega, instalación, puesta en operación de los equipos médicos. Cuando exceda los 30 (treinta) días naturales a partir del día natural siguiente de la m atriz de escalación que presen te para la Mesa de Ayuda a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al emisión y notificación del fallo. Pena convencional 1 (uno) % de la cantidad establecida del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto valor de la fianza, en cada partida adjudicada, por cada día natural de atraso Por atraso, por el servicio no m an tenerse el Xxxxx te prestado oportunamente. El Jefe de Proyecto Servicio de esta área. Administrador del Contrato. Incumplimiento de la primera dotación de bienes de consumo Básicos que correspondan al consumo estimado de 7 (siete) días hábiles por OOAD. Cuando exceda los 20 (veinte) días naturales a partir del día natural siguiente de la emisión y notificación del fallo. 1 (uno) % de la cantidad establecida del valor de la fianza, en su rol al m enos los pri m eros 6 m esescada partida adjudicada, con la in tención xx xxxx dar un buen con t rol y estabilidad del arranq ue de los servicios confor m e al nu m eral 13.1 Xxxxx te de Proyecto. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por atraso, por el servicio no prestado oportunamente. El Jefe de Servicio de esta área. Administrador del Contrato. Incumplimiento de la transferencia de conocimiento previa. Cuando exceda los 30 (treinta) días naturales a partir del día natural siguiente de la emisión y notificación del fallo. 1 (uno) % de la cantidad establecida del valor de la fianza, en t regar el docu m en to que a m para los derechos de uso de infraestructuracada partida adjudicada, servicios o soft ware seg ún aplique; ade m ás de especificar la disponibilidad de todos los recursos, indica las excepciones en el uso de alg ún producto o servicio, a fin de evitar sobrecargos o confusiones a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso Por atraso, por el servicio no en t regar las Credenciales para prestado oportunamente. El Jefe de Servicio de esta área. Administrador del Contrato. Cuando no se lleve a cabo el acceso a Reporte Mensual del Registro de la consola Productividad, de ad m inistración del servicio los procedimientos realizados, los bienes de nube que incluya al m enos dos perfiles de usuario: ad m inistrador y consulta a m ás tardar cinco consumo complementarios utilizados. Durante los primeros 5 (cinco) días hábiles posteriores al fallo Pena convencional cierre del primer mes calendario del servicio. 1 (uno) % sobre el m on to m ensual de la cantidad establecida del pago previsto valor de la fianza, en cada partida adjudicada, por cada día natural de atraso Por no en t regar la carta m e m bretada con credenciales de acceso para atraso, por el servicio no prestado oportunamente. El Jefe de soporte Servicio de esta área. Administrador del Contrato. Cuando no se lleve a m ás tardar cinco días hábiles posteriores al fallo Pena convencional cabo el mantenimiento preventivo de los equipos médicos de acuerdo con el programa de mantenimiento preventivo. En los periodos contenidos en el Programa de Mantenimiento Preventivo de los Equipos Médicos presentado por el licitante adjudicado. 1 (uno) % de la cantidad establecida del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto valor de la fianza, en cada partida adjudicada, por cada día natural de atraso Por atraso, por el servicio no en t regar la Me x xxxx Técnica prestado oportunamente. Ing. Biomédico/ jefes de esta área. Administrador del Contrato. Cuando no se lleve cabo el mantenimiento correctivo de los equipos médicos. En un plazo máximo de 48 (cuarenta y ocho) horas, contadas a m ás tardar diez días hábiles una vez concluida la fase de i m ple m en tación partir de la solución Pena convencional notificación del reporte que el Instituto realice vía telefónica, así como por correo electrónico donde se asignará un número de folio correspondiente. 1 (uno) % sobre el m on to m ensual de la cantidad establecida del pago previsto valor de la fianza, en cada partida adjudicada, por cada día natural de atraso Por atraso, por el retraso en servicio no prestado oportunamente. Ing. Biomédico/ jefes de esta área. Administrador del Contrato. Cuando no se tenga la en x xxxx Presencia del Técnico durante la preparación de los serviciosequipos médicos, su instalacióny bienes de consumo y durante el procedimiento. De acuerdo con los horarios señalados y acordados con los jefes de servicio. 1 (uno) % de la cantidad establecida del valor de la fianza, configuración y puesta a pun to Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto en cada partida adjudicada, por cada día natural de atraso Por atraso, por el retraso servicio no prestado oportunamente. El Jefe de Servicio de esta área. Administrador del Contrato. Cuando no se lleve a cabo la entrega de los bienes de consumo Básicos y/o complementarios estériles y completos. 30 (treinta) minutos antes de cada procedimiento. 1 (uno) % de la cantidad establecida del valor de la fianza, en los reportes m ensuales Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto cada partida adjudicada, por cada día natural de atraso Por atraso, por el retraso en la renovación servicio no prestado oportunamente. Jefe de Certificados Servicio de Certificados SSL/TLS Pena convencional Hemodinamia. Administrador del 1 Contrato. Cuando no se lleve a cabo el registro de la productividad en el FORMATO T14 REPORTE DIARIO DE PROCEDIMIENTOS Y BIENES DE BIENES DE CONSUMO UTILIZADOS Y EL FORMATO T24 “CONTROL DE PRODUCTIVIDAD MENSUAL, BIENES BÁSICOS Y BIENES CONSUMO COMPLEMENTARIOS DE LA CTSMI” de los procedimientos realizados, contratados en cada uno de los procedimientos, según corresponda. Durante los primeros 5 (cinco) días posteriores al cierre de cada mes calendario. 0.5 (cero punto cinco) % sobre el m on to m ensual de la cantidad establecida del pago previsto valor de la fianza, en cada partida adjudicada, por cada día natural de atraso Por atraso, por el servicio no realizar las sesiones prestado oportunamente. El Jefe de t ransferencia Servicio de conoci m ien to Pena convencional esta área. Administrador del Contrato. Los bienes de consumo que deberán estar disponibles, y entregarse al momento del procedimiento de Hemodinamia, nuevos y en óptimas condiciones para su uso, de acuerdo con el tipo de procedimientos programados. 30 (treinta) minutos antes de cada procedimiento. 1 (uno) % sobre el m on to m ensual de la cantidad establecida del pago previsto valor de la fianza, en cada partida adjudicada, por cada día natural de atraso Por no en t regar la presen tación o m aterial utilizado en las sesiones de t ransferencia de conoci m ien to. Pena convencional del 1 % sobre el m on to m ensual del pago previsto por cada día natural de atraso **Pueden ser varios los servicios afectadosatraso, por lo que puede aplicarse m ás el servicio no prestado oportunamente. El Jefe de una pena por el m ism o even toServicio de esta área. Administrador del Contrato.** La aplicación de las penas y deducciones quedará sujeta a que la causa que llevo al incu m pli m ien to de la obligación sea atribuible a EL LICITANTE ADJUDICADO.

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